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SECCION TRANSCRIPCIONES MAGNETOFONICAS CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO COMISION PERMANENTE DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO 64a. SESION LUNES, 31 DE MAYO DE 1993 PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA HORA : 10. 25 horas.

Turno 1 Turno 10 Turno 2 Turno 11 Turno 3 Turno 12 Turno 4 Turno 13 Turno 5 Turno 14 Turno 6 Turno 15 Turno 7 Turno 16 Turno 8 Turno 17 Turno 9 Turno 18

T-1

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor PRESIDENTE.- Buenos días señores congresistas. Se da inicio a la sesión con la asistencia de los señores: Enrique Chirinos Soto, Róger Cáceres, Ricardo Marcenaro, Carlos Ferrero, Samuel Matsuda. Accesitario: Humberto Sambucetti.Invitados especiales: Jaime Freund, Nicolasa Villar, Rómulo Guerra. Se da la bienvenida a nuestros invitados. Hoy día la Comisión destinará sus trabajos para revisar el tema relativo a seguridad social, salud y bienestar. Se ha invitado a los señores Presidentes de las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y Salud, a que asistan a esta reunión para sutenar sus respectivos proyectos. Haremos una primera exposición de carácter general, analizaremos primero las propuestas de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y luego las propuestas de la Comisión de Salud. Tiene el uso de la palabra el señor Ricardo Macenaro. El señor MARCENARO FRERS.- Gracias, señor Presidente. Como ustedes recordarán la vez que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social expuso sobre el tema de trabajo, manifestamos que quedaban pendientes la medida que se trata de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, los artículos relativos a la seguridad social. En segundo lugar, señor Presidente, quiero aclarar, que esta Comisión de Constitución ya aprobó dos artículos con relación a este tema. Artículos que han sido aprobados simple y llanamente reiterando textualmente los artículos 12§ y 13§ de la actual Constitución. Estos artículos han sido repetidos en el anteproyecto que ha sido trabajado en esta Comisión. Nosotros hemos hechos un trabajo integral y quiero nuevamente referirme a la ayuda muy valiosa que hemos recibido del Instituto de Capacitación y Estudios Laborales, que nuevamente hizo el trabajo que se había efectuado anteriormente; es decir, reunió a un grupo de especialistas en la materia, les pidió su colaboración y en una serie de sesiones, se acordó un texto que ha sido adoptado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y que ha sido aprobado por unanimidad. Todos los miembros de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que está comprendida por los miembros de Nueva Mayoría - Cambio 90, el representante señor Vicuña del FREPAP, los señores Serrato y Chu Meris del FIM, y el señor Javier Barrón del PPC; todos aprobaron por unanimidad el texto que ha sido puesto a consideración de ustedes con la exposición de motivo correspondiente. El trabajo ha sido hecho tomando en cuenta creo, las características fundamentales siguientes. Me voy a pemitir referirme al comentario que ha hecho el doctor Mario Pasco Cosmópolis sobre el trabajo que se hizo e la parte de trabajo y que creo que sirve para los efectos de esta exposición. El doctor considera que las características del nuevo texto propuesto son las siguientes: Primera caracetrística.- De concisión y concreción; una buena Constitución debe ser concreta, veraz y factible, debe proponerse metas que puedan ser cumplidas, no meras declaraciones ideales, sino preceptos en los cuales pueda el trabajador obtener tutela para sus legítimas aspiraciones. Segunda característica.- Flexibilidad. Tercera característica.- Tecnisismo; es decir, dice el doctor Pasco: "Al haber sido redactado por expertos el uso del lenguaje es cuidadoso buascando presición y calridad". Estas mismas características hemos querido reflejarlas en este nuevo texto, razón por la cual nuevamente hemos querido ser sumamente concretos, reducir al máximo las palabras, para solamente fijar los derechos fundamentales_ (CONTINUA EN EL TURNO - 02)

T.02. CONSTITUCION _ MATINAL

Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172 El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)...en este nuevo texto, razón por la cual nuevamente hemos querido ser sumamente concretos, reducir al máximo las palabras para solamente fijar los derechos fundamentales. Ahora bien, el primer artículo de nuestra propuesta dice: "El Estado reconoce el derecho universal y progresivo." Acá hay varios conceptos, el primero que el "Estado reconoce" no "el Estado garantiza", que era la terminología empleada anteriormente; y que realmente no es el Estado quien garantiza sino el Estado reconoce el derecho; este es un derecho. Los otros dos elementos fundamentales son que este derecho es universal y progresivo, que son los dos elementos básicos de la seguridad social en el mundo; es decir, que debe cubrir al mayor ámbito de personas posibles y que estas personas deben ser integradas al sistema en forma progresiva. Luego dice: "Para su protección frente a las contingencias sociales que determine la ley." Como ustedes verán, a diferencia del artículo 13§ de la actual Constitución que fue recogido textualmente por el proyecto, viene a ser exactamente lo mismo. Mientras que en el artículo 13§ se mencionaban cuáles eran estas contingencias sociales y se decía enfermedad, maternidad, invalidez, desempleo, accidente, vejez, muerte, viudez, etc., en el nuevo texto simplemente se dice "frente a las contingencias sociales -que así se les llama en derecho de seguridad social- que determine la ley", de tal forma que sea la ley la que establezca cuáles contingencias son las cubre y pueda ir ampliándolas en la medida que se creen nuevas; y que a su vez, no incluya contingencias que el Estado no cumple con cubrir, como es por ejemplo el desempleo. La gran crítica que se le hacía siempre a este artículo constitucional era que se incluia el término desempleo, sin embargo en el Perú no ha existido ningún seguro contra el desempleo. En consecuencia, se permite con esta fórmula a que se incluyan todas las contingencias que se crean convenientes y a las que puedan crearse en el futuro. Y por último, este primer párrafo del primer artículo dice: "Y para la elevación de su nivel de calidad de vida." Este es el tema del gran objetivo, la gran finalidad que tiene la seguridad social hoy en día en la terminología actual, que es que sirve para elevar la calidad de vida de los seres humanos. Por lo tanto, se ha señalado ésto como el gran fin de la seguridad social y está mencionado en este primer párrafo, lo que no decía la Constitución anterior. Y ahora sí, en el segundo párrafo dice: "El Estado garantiza -ahora sí, esto sí garantiza el Estado- el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones." Es decir, el Estado garantiza a que todos tengamos libertad para acceder tanto a las prestaciones de salud como a las prestaciones de pensiones a través de sistemas públicos, privados o mixtos; permite las tres posibilidades de sistemas, tanto los públicos, tanto los privados como los mixtos, de tal forma que se abre el abanico a fin de que todas las posibilidades que permiten las leyes modernas pueden incluirse en los sistemas de seguridad social. Luego, el artículo siguiente de nuestra propuesta establece esta necesaria limitación para que se evite lo que ha ocurrido en el Perú con el sistema del Instituto Peruano de Seguridad Social; es decir, esta posibilidad que ha tenido el Instituto Peruano de Seguridad Social mediante la cual el Estado ha metido la mano en sus fondos, los ha extraído, los ha utilizado, luego no los ha pagado o los ha pagaso sin tomar en cuenta la devaluación de la moneda, de tal forma que se ha apropiado de fondos de la seguridad social. Nosotros queremos poner un límite, que ésto no vuelva producirse, y en consecuencia en nuestro artículo 2§ sostenemos que los fondos y reservas de la seguridad social son intangibles.; sin embargo se agrega: "Los recursos se invierten en la forma que señala la ley, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa, según sea el caso." Es decir, estamos estableciendo que es necesario que las leyes señalen en cada caso, ya sea para el IPPS o ya sea para los nuevos Sistemas Privados que se creen, que no estaban previstos con toda claridad en la Constitución vigente, que permita que solamente sean invertidos en aquellas actividades que la ley expresamente le señale; y que, evidentemente, si alguien no lo hiciera así, existan las responsabilidades que estas leyes también les señalen, ya sean responsabilidades civiles, penales o administrativas. Y por último, en el último artículo propuesto, señor Presidente, "el Estado supervisa -tercera función del Estado- el adecuado funcionamiento de la seguridad social", que ésta es la verdadera misión que tiene el estado. El Estado tiene por finalidad supervisar el funcionamiento de la seguridad social... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 03 )

T-03 C. Const. Matinal

Donato Velásquez V. 31-05-93 El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)... esta es la verdadera misión que tiene el Estado. El Estado tiene por finalidad supervisar el funcionamiento de la seguridad social, cumpla con la finalidad para la cual ha sido creado. Por eso, por ejemplo, para el régimen privado de pensiones se ha creado una Superintendencia Especial, para que el Estado cumpla con esta obligación. De tal forma, que si analizamos los tres artículos, a los cuales he hecho referencia; el Estado en el primero, reconoce el derecho a todos acceder a la seguridad social; en segundo lugar el Estado garantiza el libre acceso; y en tercer lugar supervisa el adecuado funcionamiento de la seguridad social. Creemos, señor Presidente, grupo de expertos -reitero mi agradecimiento a ellos que trabajaron en esto- han pretendido cubrir con estos tres artículos un método moderno que permita reunir las características a las cuales me he referido y que tan generosamente se han dicho que contienen el capítulo de Trabajo, es decir concisión, concresión, flexibilidad y tecnicismo en su redacción. Quedo, señor Presidente a disposición de cualquier comentario que se quiera hacer al respecto. El señor PRESIDENTE.- Consulto al señor Freundt si quiere hacer la exposición inmediatamente o cuando se concluya la parte de los tres artículos propuestos por el señor Marcenaro, dado que tienen alguna relación, lo dejamos a su decisión. El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, como usted crea más oportuno. Los tres artículos que el señor Marcenaro ha leído, son aceptados por la Comisión de Salud en su integridad y tal como están redactados. El señor PRESIDENTE.- ¨Usted cree para la discusión del tema de estos tres artículos, todavía no es necesario escuchar su posición? El señor FREUNDT THURNE.- Creo que no es necesario todavía. El señor PRESIDENTE.- Entonces continuamos con el tema propuesto por el señor Marcenaro. Para una cuestión de orden, tiene la palabra la señorita Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, usted ha hecho la consulta al señor Freundt, pero creo que en realidad sí es importante ver el tema integralmente. Por lo pronto estamos alcanzando a la Mesa una propuesta que integraría el Capítulo de Seguridad Social, Salud y Bienestar. He revisado el texto que ha presentado el señor Freundth, creo que hay importantes modificaciones al capítulo de Salud. Por tanto, creo que es importante, no sólo que el señor Freundt exponga, sino que en realidad se revise en conjunto la parte relativa a Salud y Segurdidad Social, por lo menos nuestra propuesta es un tratamiento que integra el tema de Seguridad Social y el tema de Salud. Si es que esta cuestión de orden se apruebe y usted lo dispone, quisiera exponerlo los puntos de vista del Partido Popular Cristiano. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, los temas a los que se refiere la señorita Flores Nano, ¨están integrados ya? Capítulo III de la Seguridad Social, Salud y Bienestar. Me parece, señor Presidente, que por razones de agilidad en el debate y hasta de orden; ha hecho el señor Marcenaro la exposición sólo sobre tres artículos; dos de los cuales sustituyen a los artículos que inclusive ya han pasado a Comisión de Redacción; y uno es la solución de un problema pendiente. Sin perjuicio de que en seguida escuchemos la exposición del señor Freundt y la que quiera hacer la señorita Flores, me permito pedirle que pongamos en debate uno por uno los tres artículos que trae el señor Marcenaro, cuya exposición ya hemos escuchado y empecemos por el artículo 1§. Eso es mi propuesta, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Habiendo dos propuestas sobre la materia, lo voy a someter a voto. Los que consideran que primero debe verse lo propuesto por el señor Marcenaro y luego ver el proyecto que trae la Comisión presidida por el señor Freundt, sírvanse manifestalo levantando la mano. (Votación). 5 votos. Los que estén en contra. (Votación). 1. El señor SANBUCETI PEDRAGLIO.- Señor Presidente, si vamos a discutir el articulado que nos presenta el señor Marcenaro, nos quedaríamos sin la posibilidad de escuchar a Lourdes Flores Nano con los articulados que puede... (Continúa en el turno 04)

T- 04 CONSTITUCION 31-05-93

Transcriptor : Julio Vera Barreto El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- (Continuando)... Lourdes Flores Nano, con los articulados que puede presentar el PPC con respecto a la seguridad social, podría discutir. El señor PRESIDENTE.- No, de ninguna manera, lo que ha aprobado la comisión es que primero se vean estos 3 artículos y luego se va a escuchar la posición de la parte relativa a bienestar en donde luego de. El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO .- Señor Presidente disculpe, si se ven los artículos y se votan y se aprueban, estarian demás ver los otros. El señor PRESIDENTE.- Es que estos son artículos referidos a seguridad, bueno, si los temas relativos, la doctora Lourdes Flores están vinculados al tema se seguirá con el procedimiento usual en la comisión, se ve primero la propuesta presentada por Nueva Mayoría-Cambio 90; en este caso que preside la comisión de trabajo y luego para hacer cualquier ajuste, se escuchará la propuesta de la doctora Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Yo estoy trayendo una propuesta integral sobre el tema de seguridad social, salud y bienestar, le ruego me permita exponerla nada más. El señor PRESIDENTE.- Ya esta en el uso de la palabra, para exponer su propuesta. La señorita FLORES NANO.- Gracias. El señor CHIRINOS SOTO.- Perdón, perdón, ya hemos votado, esto es una reconsideración. La señorita FLORES NANO.- Me permite una interrupción. déjeme que sea intelectual de exponer. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos, doctora Lourdes Flores, no tiene el uso de la palabra el doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo entiendo puesto que se ha aprobado una cuestión de orden, entiendo señor Presidente que hará su exposicón la señorita Flores y volveremos a cuestión de orden y aprobar, al artículo primero. El señor PRESIDENTE.- Asi, es perectamente, usted ha votado es que primero vamos a resolver la propuesta del doctor Ricardo Marcenaro, pero como la doctora Lurdes Flores dice que también tiene propuestas sobre el mismo tema, entonces le estamos dando el uso de la palabra, sin perjuicio de continuar en el orden que ha establecido la comisión. Tiene la palabra la doctor Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Si señor Presidente el Partido Popular Cristiano esta proponiendo que, bajo el capítulo se seguridad social, salud y bienestar, se practique una modificación importante en el modelo y organización que hoy dia se tiene, nosotros hablamos de un concepto genérico, para nosotros el concepto genérico el de seguridad social, y por eso el título que estamos debatiendo comienza con un artículo que dice: "La seguridad social tiene por objeto proteger la calidad de vida de la persona a la familia y promover su desarrollo, para que alcanze su más alto nivel". Es decir; la nación que el estado preconiza es la búsqueda del bienestar y ese es el concepto de seguridad social que nosotros creemos que constitucionalmente se debe conservar. Como es que este sentido de la seguridad social se debe distinguirse claramente de una institución del Instituto Peruano de Seguridad Social u otro sistemas privados, se organice, nosotros proponemos que se organice a través de un sistema nacional de seguridad social, repito el concepto básico en el capítulo constitucional es la noción de la seguridad social como base del bienestar de la persona y este sistema nacional de seguridad social es nuestra propuesta tendría tres bases o tres pilares fundamentales, primer pilar, el sistema nacional de salud, por eso es que sostenía que debía verse integralmente. El sistema nacional de salud que es un concepto que contiene la Constitución vigente de 1979, y que de alguna a través de alguno de los decretos leyes, se ha consagado, nos parece vital mantenerlo en el texto originalmente aprobado no hemos hecho mención a el en la propuesta que el doctor Freundt, trae, regresa o retome la noción de sistema nacional de salud, que nos parece un concepto inportante de mantener. Como lo vamos a ser. El señor FREUNDT THURNE OYANGUREN.- Usted no tiene la última versión doctor. El que no se menciona el sistema nacional de salud. La señorita FLORES NANO.- En el último suyo, a que pena. El señor FREUNDT THURNE OYANGUREN.- Por eso le digo para evitar. La señorita FLORES NANO.- Es una lástima porque vehía con simpatía el mantener un sistema nacional de salud señor Presidente, que creo que nos ayudará a integrar los distintos esfuerzos de salud existe en el Perú en el ámbito de lo privado y en el ámbito de lo publico, un adecuado sistema nacional de salud puede permitir por ejemplo la integración de los hospitales que hoy día se conducen desde la seguridad social o desde los hospitales que conduce los institutos armados, y su integración adecuadamente en las zonas del Perú, nos parecía un tema importante de mantener. Por eso es que para nosotros en un segundo artículo hablamos del derechos de la salud y del deber que creo que esto es una acción muy importante de participar en la promoción, protección y recuperación de su salud y de su familia y de la comunidad; tanto del Estado como de la propia comunidad. Encargamos al Poder Ejecutivo el señalamiento de una política nacional de salud y sostenemos que éste debe ser. El Estado debe ser el responsable de organizar un sistema nacional de saud, financiado descentralizado .... (Continúa en el Turno N§ 05)

Turno No.5. CONSTITUCION 3l.O5.93.

Matinal Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. La señorita FLORES NANO LOURDES... (continuando)...organizar un sistema nacional de Salud, financiado, descentralizado y desconcentrado a nivel municipal; porque nos parece que en efecto hay que tener una tendencia importante a desconcentrar y a descentralizar el Sistema de Salud a nivel municipal. En otras palabras, por qué el Estado va a ser dueño de hospitales?; el Estado fija, norma la política de salud, la integra, pero ésta se ejecuta a través de sistemas de saud. Finalmente, en el ámbito de la salud, por supuesto abrimos la posibilidad a Sistemas Privados de Salud; lo único que recojemos , señor Presidente, para evitar cualquier tipo de problemas, es el hecho que si uno decide ir a un Sistema Privado de Salud, tiene la obligación de contribuir en solidaridad con aquellos que no pueden pagar un sistema de salud. El segundo gran pilar, es el Sistema de las Previsiones o lo que tiene que ver con las Previsiones de Jubilación... El señor PRESIDENTE.- (Interrumpiendo)... Su tiempo se venció, necesita usted más tiempo doctora?. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Sí, dos minutos Presidente. El señor PRESIDENTE.- Dos minutos más tiene usted. La señorita FLORES NANO LOURDES.- (Continuando).- El Sistema de Previsiones, o de Prevencíon y Cobertura de Riesgos, incluye también por supuesto el tema de las pensiones, y ese nos parece que es un segundo pilar del Sistema Nacional de Seguridad Social. Allí recojemos con simpatía la posibilidad de la existencia de entidades también privadas, que puedan brindar junto con la entidad pública, la cobertura de los riesgos diferidos. Un tema que sin embargo nos parece un cambio sustancial, es el siguiente: Si el Instituto Peruano de Seguridad Social u otra, como se le quiera llamar, diferencia claramente lo que es sus prestaciones de salud, integradas a un sistema de salud; eso se diferencia de la parte relativa a pensiones en nuestro concepto. Ese Instituto Peruano de Seguridad Social -por usar el nombre actual- que ocupe la parte relativa a pensiones debe ser -para ponerlo en los términos de moda- una AFP más; es decir, si el Instituto Peruano de Seguridad Social sigue atendiendo las pensiones de un conjunto de ciudadanos del Perú, debe tener las mismas facilidades y los mismos controles que las AFP, y por eso sostenemos que la Superintendencia de Administración de Fondos de Pensiones, debe cubrir y debe supervilizar a toda institución pública o privada que contribuya o que mantenga regímenes de pensiones; porque de este modo entonces- permitiremos que un trabajador en efecto opte o por mantenerse en un sistema de pensiones desde el Estado o que opte por un camino privado; pero ambos tienen un tratamiento igual en la ley. Y por último nos queda el tema del Bienestar. Creemos que deben haber sólo algunos conceptos genéricos que nos permitan recoger aquellos derechos sociales fundamentales como son la alimentación, la vivienda, la educación, la recreación, etc. También tendiendo - y así o decimos en el artículo- a que esto sea un régimen descentralizado. La Noción de Bienestar, señor Presidente, debiera tener por ejemplo un adecuado tratamiento a fondo como el Fondo Nacional de Vivienda. Una última disposicón transitoria -y con esto termino- nos lleva a plantear la necesidd de resovler un problema vigente legal y constitucionalmente. Sostenemos que el Estado debe garantizar la atencion de los pensionistas publicos y privados y de los trabajadores que permanezcan con los alcances de la ley l99O ó 2O53O respetando los derechos dquiridos. No tenemos ningún problema en cambiar hacia el futuro, señor Presidente, pero nos parece importante respetar los derechos adquiridos de los pensionistas que hoy día los tiene. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Abrimos el debate entonces, sobre el articulado propuesto por el doctor Marcenaro. Artículo Primero, se va a leer primero el artículo. Doctor Marcenaro tenga la gentileza de leer el primer artículo. El señor MARCENARO FRERS.- (Leyó).- Artículo l§.- El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la segfuridad social, para su protección frente ... (Sigue turno No.6).

T-6 COMISION: CONSTITUCION

SILVIA ALEGRE LUCAR 31-05-1993 (MATINAL) El señor MARCENARO FRERS...(continuando)..."universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias sociales que determine la ley y para la elevación de su nivel de calidad de vida. El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones a través de sistemas públicos, privados o mixtos". El señor PRESIDENTE.- Debatiremos entonces por partes, Doctor Ferrero tiene la palabra. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente: La duda que tengo en este artículo abarca no sólo la propuesta de hoy sino también lo que ya la Constitución Peruana establece actualmente, y es la condicionalidad de establecer que el derecho a la seguridad social es de acceso progresivo. Esta palabra de ponerle un adjetivo a la manera como los hombres acceden a un derecho fundamental es recortar un poco y condicionar el derecho en sí. Fíjese, señor Presidente que en el resto de los artículos de la Constitución, en derechos que son fundamentales la palabra "progresivo" no aparece. No se dice en la Constitución hay un derecho "progresivo" a la libertad de expresión, no se dice en la Constitución hay un derecho "progresivo" a la libertad de tránsito, no se dice nada de ello ¨Por qué sólo para la seguridad social la Constitución Peruana dice el acceso es "progresivo" Yo comprendo que algunas personas, tanto el 79 como ahora, perciben que no es viable económicamente, que no hay como permitir el acceso a la seguridad social a todos los peruanos hoy día y que reconocemos la imposibilidad práctica de hacerlo, porque como el seguro proviene, en nuestro sistema, de quienes tienen normalmente un trabajo dependiente y estable, y como en nuestro país la mayoría de gente no tiene ni trabajo ni estabilidad, entonces no habría recursos para poder darle respaldo económico a todos. Entonces los constituyentes del 79 y los 93 se miran al espejo y dicen: "Si no podemos ¨por qué lo vamos a ofrecer?"; sin embargo, Presidente, creo que este asunto debe ser sometido a un segundo análisis el 93 porque cuando se dice "acceso progresivo" se le corta la fuerza al derecho, se le resta la obligación y el impulso que la sociedad y el estado deberían dar para que el derecho efectivamente se cumpla. Porque "progresivo" para mí puede ser 20 Kilometros por hora, "progresivo" para otros puede ser 80 Kilómetros por hora. "Progresivo" para unos puede ser 2 años, "progresivo" para un conservador puede ser 20 años. ¨Qué es progresivo? ¨qué necesidad hay de tener una condición previa para el acceso al derecho? Quiero añadir, señor Presidente, que de las 8 Constituciones revisadas sólo esta mañana, una, Venezuela nada más, habla de "progresividad", todas las restantes dicen que el acceso de sus ciudadanos es "a la" seguridad social, no dicen "progresivo". Quiere decir que esta frase nacida por un fundado temor debería ser hoy revisada para ver si la podemos eliminar. Se que se ha vencido el término, quiero solamente hacer un añadido de redacción. Se dice que: "El Estado reconoce el derecho de todos a la seguridad social", y ahí dice el objeto "para su protección y para la elevación del nivel". Correcto, entonces, el concepto que determine la ley va después. Primero es la finalidad, la finalidad es: a) Las contingencias, b) La elevación de vida Recién entonces se le pone el cerrojo, la ley. Pero no decir: "Las contingencias que la ley determine y la elevación de vida" No, es las contingencias... (continúa en el turno 7)

T. 7 Com. Const. 31,05.93

Arturo Ochoa Alvarado El señor FERRERO COSTA.- (Continuando)... la ley, pero no decir "las contingencias que la ley determine y la elevación de "vida " no es "las contingencias, la elevación de vida conforme a la ley" El señor PRESIDENTE.- doctor Cáceres tiene el uso de la palabra. El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Con referencia al primer párrafo de este Artículo 1§ yo creo que decir progresivo de toda persona da la idea que todos, absolutamente todos tienen el derecho de ingresar y todos van a tener un acceso progresivo, lo cual me parece que no es la idea, van a haber algunos que ya van a estar con todos sus riesgos cubiertos, sus contingencias y otros que no las van a tener por supuesto todavía en mucho tiempo, entonces creo que la construcción en esta parte es deficiente, de otro lado hablar frente a las contingencias sociales, las circunstancias de riesgo de una persona sin habitación es una contingencia social, me parece que no, creo que está equivocado allí, en todo caso debería decir contingencias sociales y personales o retirar el término sociales para no darle una extensión que creo que es equivocada. De otro lado señor Presidente hablar de elevaciones del nivel de vida en esta parte en materia de seguridad social creo que no sería lo prudente, por eso yo me permito proponer respecto de este primer párrafo la siguiente redacción: "El Estado reconoce el derecho a la seguridad social la ley establece la progresiva incorporación de la población en la seguridad social y los alcances de este". En esa forma señor Presidente salimos de hablar de contingencias que quedan dentro de los alcances de esta de igual manera que en relación al nivel de vida y lo que se hable de progresivo señor Presidente queda referido a la forma como van a ir incorporándose sucesivamente los sectores sociales y no como si fuera señor una una limitación que abarcara a todos los que van a ser beneficiarios del Sistema. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, sin perjuicio de las reservas que voy a exponer quiero felicitar a la Comisión que presidente el doctor Marcenaro. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- Me permite una pequeña interrupción?. El señor CHIRINOS SOTO.-Como no. El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Me auno a la felicitación, Indudablemente hay un trabajo de síntesis muy plausible. El señor CHIRINOS SOTO.- El doctor Mario Pasco Cosmópolis ha saludado ese texto por la Comisión que el preside o dirige como sencillo y lo es, como viable, o sea que no contiene ilusiones y también lo es y además como técnico, pero el tecnicismo de ciertas áreas del Derecho señor Presidente puede ser excesivo ya se de donde viene aquello famoso el contorno, perdon el "entorno cultural condicionante", lo ha dicho el doctor Mario Pasco en uno de sus artículos en El Comercio de manera que ha tenido la paternidad de lo que se quiere introducir como regla para administrar justicia en el Perú. Señor Presidente, el Derecho Universal, aunque sea acepción aceptada en el ámbito del Derecho del Trabajo, no me parece señor Presidente, Qué cosa es el Derecho Universal?, el Derecho Universal es el derecho que comprende todos los derechos habidos y por haber, yo le quitaría la cuestión "Universal" aunque lo tengan los laboralistas, reconoce el derecho progresivo, yo diacrepo naturalmente en este caso doctor Ferrero y ae parece por el contrario`que la palabra progresivo le dá un dinamismo al texto, porque quiere decir que estos derechos no han terminado, sino que siguen una escala ascendente, los que ya se prestan se conservan, pero va a haber otros riesgos que se irán cumplinendo de una manera progresiva, inevitáblemente progresiva. Me pongo por ejemplo señor Presidente en el caso al que se refiere el doctor Marcenaro, en el Perú no hay seguro contra el desempleo, ni lo puede haber ahora porque no somos un país con recursos para dar Seguro al Desempleo, pero esa es una meta, esa tiene que ser una meta, dice el doctor Ferrero: "Los Conservadores la pondrán dentro de 20 años" yo la pondría pasado mañana si se pudiera, pero esa meta tiene que cubrirse algún día, algún día los desempleados en el Perú recibirán una... (Continúa en el Turno No. 8)...

T-08 (Mat.) 31-05-93

Transcriptor: Alfredo Alvariño C. El señor CHIRINOS SOTO.-(continuando)... tiene que cubrirse algún día, algún día los desempleados en el Perú recibirán una compensación del Estado. El señor FERRERO COSTA.- Una interrupción. El señor CHIRINOS SOTO.- Si, como no. El señor FERRERO COSTA.- El ponente, yo le ruego que después explique si "progresivo" es como lo dice el señor Chirinos Soto, que hoy unos sólo acceden a curarse y mañana podrían tener un seguro de desempleo o si "progresivo" en la doctrina de la ciudad social, es poco a poco para que los que ahora no están mañana estén. El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno, yo leo los textos como están, reconoce el derecho progresivo de toda persona a la seguridad social, a tal y a tal; actualmente ya hay prestaciones que tiene toda persona por lo menos asegurada, hay, pero se necesita que en el próximo futuro haya mas, una de ellas es la de desempleo, de manera que en nombre de la dinámica del derecho, en nombre del sentido común, le quito "universal" y le mantendría "progresivo". Frente a las contingencias sociales, yo estoy de acuerdo con el señor Cáceres aunque sea una expresión de derecho laboral es inaceptable porque las contingencias pueden ser individuales, una enfermedad mia es mi enfermedad, es frente a las contingencias, señor Presidente, ni sociales ni individuales, frente a las contingencias que determina la ley. Y por supuesto que también se me hace inaceptable la elevación de su nivel de calidad, o decimos "elevación de su nivel de vida" o decimos que es lo mas moderno "para la elevación de su calidad de vida" o "para la elevación de la calidad de su vida", pero "nivel de calidad" de ninguna manera, señor Presidente. Tengo tres observaciones, quitar "universal", mantener "progresivo", quitar "social" y corregir este galimetías de "nivel de calidad". Gracias. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Sambucetti El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Gracias, señor Presidente. Efectivamente, creo que la palabra "derecho universal" es algo que se extiende y se podría entender como un derecho de todos cuando un derecho universal se supone que no puede ser progresivo, es un derecho universal, es decir, todos tienen el derecho, todos los que componen ese universo. Yo propongo que quede el primer párrafo, "el Estado reconoce el derecho de toda persona a la seguridad social" y eliminar también la palabra "progresiva" porque la meta finalemente como dijo el señor Ferrero es que todos finalmente tengan derecho a la seguridad social, si esa es la meta debemos apuntar hacia ella. Ahora, cómo llegamos a esa meta si progresivamente o no, ese es asunto que creo que no debe estar dentro de los términos constitucionales. Por otro lado, hay un párrafo acá que dice "para la elevación de su nivel de calidad de vida", a mi me parece que en términos de redacción esto no está muy claro, hay creo yo una incongruencia en su redacción; yo creo que podría quedar "para mejorar la calidad de vida" que dice lo mismo pero en forma mas sencilla, concisa y clara, eso es lo que puedo aportar en este párrafo, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra la señorita Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente: En relación a este artículo en cuanto al propósito que aquí de enuncia "la elevación de su nivel de calidad de vida" yo propondría la siguiente redacción: "La Seguridad Social tiene por objeto proteger la calidad de vida de la persona y su familia y promover su desarrollo para que alcance su mas alto nivel" que se recogen ambos temas, es decir, el tema de la protección de la calidad de vida y de la promoción del desarrollo, primera noción. Segundo, en el concepto de derecho universal, nosotros lo hemos redactado de forma que nos parece mas claro, todos tienen derecho a la seguridad social, esa es la noción, ese es el derecho universal, todos tienen el derecho, -punto seguido- "el Estado, la obligación de promover y facilitar el acceso progresivo a ella" es decir, creo que el enunciado debe comenzar diciendo "todos tienen derecho a la seguridad social" que eso es lo que quiere decir el derecho universal, y luego lo que tiene que precisarse con claridad y distinguirse es que el Estado tiene la obligación... (Continúa en el Turno N§ 9)

T- 09 COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 31-05-93 La señorita FLORES NANO.- _(continuando)_ y luego lo que tiene que precisarse con claridad y distinguirse, es que: "El Estado tiene la obligación de promover y facilitar el acceso progresivo a ese servicio". Y por último, en relación al segundo párrafo, yo insistiría **"Sol Memory"**. Nada más, gracias. El señor PRESIDENTE.- Señor Castro. El señor CASTRO GOMEZ.- Presidente, en este primer artículo sobre seguridad social, creo que hay algunas diferencias importantes ha señalar con la Constitución del 79 y vigente a la fecha. Me parece importante la propuesta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social en el aspecto del reconocimiento del derecho, pero creo que es un retreceso en relación a la Constitución del 79, en la medida de que no se trata sólo de la declaración del reconocimiento del derecho. No se trata del enunciado, como muchas veces se ha dicho, sino de que es indispensable, al mismo tiempo que se reconoce el establecer el papel de garante del Estado para el cumplimiento de ese derecho. Y el papel del garante, no significa que el Estado sea el que haga todo, asuma todas la responsabilidades, organice todos los aspectos para que se cumpla con este derecho que se reconoce, sino que el Estado tiene que ser el promotor de diversos tipos de iniciativas en forma plural para que se haga relaidad ese derecho que se reconoce a todos los ciudadanos. Por eso, creo que debe añadirse a la propuesta de la Comisión y en cuanto a la redacción que el Estado reconoce y garantiza el derecho de todos a la seguridad social. De otro lado, me parece importante; y esta es una concepción distinta a la del 79, el señalamiento de que el rpopósito de la seguridad social es no sólo la protección de la persona frente a diversas contingencias sociales, que es el concepto tradicional de contraprestaciones, sino que tiene un objetivo más amplio y general que es la elevación de la calidad de vida de las personas; que es el logro del bienestar de las personas del bienestar social. Creo que este asunto me parece importante, porque denota una concepción comprensiva, amplia de la seguridad social y no restrictiva como se ha venido entendiendo en relación a mecanismos de contraprestación que lamentablemente en el segundo párrafo se repiten, se reiteran; no son consecuentes con el avance del primero, pero en todo caso en su momento lo señalaré. Entonces formularía en concreto mi proposición para que además del reconocimiento del derecho, se establezca la garantía del Estado en los términos que he formulado de promoción de diversas guías, mecanismos y sistemas amplios para que se haga realidad este derecho que se reconoce. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Señor Marcenaro, tiene el uso de la palabra con el propósito de que señale los planteamientos que acepta en su planteamiento y la fórmula final para ponerla en votación. El señor MARCENARO FRERS.- Sí, señor Presidente. Me voy a permitir aclarar un par de ideas. En primer lugar, con relación al tema de la gradualidad y progresividad. Me voy a permitir mencionar simple y llanamente un pequeño texto del doctor Emilio Morgado, que es el Consejero Regional de la OIT para América Latina y el Caribe; y es considerado uno de los hombres más_ (CONTINUA EN EL TURNO - 10)

T.10. CONSTITUCION _ MATINAL

Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172 El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)...Consejero Regional de la OIT para América Latina y el Caribe; y es considerado uno de los hombres más conocedores del derecho laboral y la seguridad social hoy día que hay en el mundo. Y él dice en un artículo, en este libro que todos hemos recibido sobre la Constitución, dice: "En la mayorpia de las constituciones se reconoce este principio, el de la progresividad, sea en forma expresa como en las constituciones colombiana, ecuatoriana, salvadoreña, hondureña, paraguaya y dominicana, o bien tal principio es reconocido, etc. Este principio envuelve el concepto de un avance constante hasta alcanzar una meta ideal, se fundamenta en la imposibilidad material de garantizar la vigencia efectiva de la plenitud de los derechos de seguridad social, por lo que se ha optado por el el acceso gradual a cada uno de los derechos y beneficios correspondientes." Por lo tanto, esto de la progresividad es un tema, en relación a lo que había mencionado el señor Ferrero, muy mencionado en las constituciones; y se refiere a dos conceptos diferentes cuando se habla de progresividad. Se habla de que tanto son progresivas las contingencias sociales que se van incluyendo, sería progresivo que el día de mañana se incluya el desempleo por ejemplo, cosa que todavía no está cubierto en nuestra legislación; y es progresivo también en cuanto al número de personas que van accediendo al sistema. O sea, en ambos sentidos se refiere el tema de la progresividad. Esto es simple y llanamente la mención de dos principios que son reconocidos en toda la doctrina del derecho de la seguridad social, en que se menciona el que debe ser universal y el que debe ser progresivo. Recogiendo la propuesta del señor Cáceres, eliminaríamos la palabra "sociales" y creo que entonces la señor Sambucetti "nivel d", de tal forma que podría quedar redactado en estos términos y diría lo siguiente, y esta es la propuesta de nuestra Comisión, señor Presidente: "El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente las contingencias que determine la ley y para la elevación de su calidad de vida." El señor PRESIDENTE.- Vuelva a reptir por favor su lectura señor Marcenaro. El señor MARCENARO FRERS.- Sí. "El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente las contingencias que determine la ley y para la elevación de su calidad de vida." El señor PRESIDENTE.- Ya no, estamos en fundamentación, simplemente vamos a la propuesta, luego se votan otras propuestas que hayan. Sobre este primer párrafo, los señores miembros de la Comisión que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). 4 votos. Los que están en contra. (Votación). Abstenciones. 2 abstenciones. Aprobado. El siguiente párrafo: "El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones a través de sistemas públicos, privados o mixtos. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- La palabra señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra señor Cáceres Velásquez. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, no me convence el texto propuesto, yo sugeriría que en esta primera parte se diga, "libre acceso y goce." Luego, en la parte final, sugiero a la Comisión que nos ahorremos un artículo al final, aquel que dice "el Estado supervisa el adecuado funcionamiento de la seguridad social." Perdón, sugiero que aquí se agregue, en la parte final, "cuyo adecuado funcionamiento supervisa", con lo cual nos ahorramos el artículo y creo que la redacción queda mejor expresada. Pero me parece, señor, que decir que el Estado garantiza, mejor sería plantearlo en otra forma: "La ley establece el libre acceso y goce de prestaciones de salud y atenciones a través de sistemas públicos, privados o mixtos, cuyo adecuado funcionamiento el Estado supervisa." El señor PRESIDENTE.- Señorita Flores Nano. La señorita FLORES NANO.- Presidente, este concepto recoge una visión liberal de la seguridad social, pero desde nuestro punto de vista en una economía social de mercado, diferenciada por ende de una economía de mercado, la noción de solidaridad no puede estar ausente. Cuando el segundo párrafo se está limitando a señalar que el Estado garantiza el libre acceso a las prestaciones de salud y atenciones a través de sistemas públicos, privados... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 11 )

T-11 31-05-93 C. Const. Matinal

Donato Velásquez V. La señorita FLORES NANO.- (Continuando).... el Estado garantiza el libre acceso a las prestaciones de salud y de pensiones, a través de sistemas públicos, privados o mixtos, se está omitiendo, desde nuestro punto de vista un concepto fundamental. Toda persona tiene derecho a un sistema de salud o un servicio de salud, o a un régimen de pensiones; pero en una economía social de mercado es fundamental, que todo aquel que pueda solidariamente contribuir, y esa es la noción de la seguridad social, a aquel que no pueda tener acceso a un sistema o lo tenga, contribuya a que esto sea posible. Por ello, señor Presidente, nosotros no tenemos ningún problema, en que junto con el sistema nacional de salud, conducido por el Estado, junto con los servicios de salud, conducidos por el Estado, pueda coexistir sistemas privados. Pero nosotros consideramos, señor Presidente, que cuando un trabajador opta, por ejemplo, por un sistema privado de salud y va cotizar para tener un seguro que le cubra contingencia, debe estar obligado a aportar solidariamente para la manutención de aquellos sistemas de salud que el Estado conduce. Porque esa es la noción de solidaridad que inspira la seguridad social y que inspira una política social del Estado en una economía social de mercado. Por eso nosotros en el artículo 4§ de nuestra propuesta, incluimos un texto que dijeramos que se recoja: "El régimen de las aportaciones que incluye necesariamente el de solidaridad es normado por ley", de forma tal que haya la posibilidad, siempre abierta, que un trabajador o cualquier persona pueda optar por un sistema privado; pero que si lo hace, señor Presidente, no por eso se deja al descubierto a las instituciones que desde el Estado deben prestar esas coberturas. Noción de solidaridad que vemos aunsente en este segundo párrafo y que proponemos sea incorporado. De otro lado, señor Presidente, creemos que no debe desaparecer del texto constitucional, el reconocimiento que hacía la Constitución de 1979, de una institución de caracter nacional y conducida por el Estado, como es el Instituto Peruano de Seguridad Social. Creemos además que es a nivel constitucional y no a nivel de ley, donde debe precisarse con claridad cómo que esta institución maneja, conducida y por eso sostenemos, señor Presidente, a este párrafo debe adicionarse uno que contemple la existencia a nivel constitucional y a nivel de sus órganos de gobierno el Instituto Peruano de Seguridad Social. Ello está contenido en dos textos, que nosotros vamos alcanzar a la Mesa, pero son dos estas dos observaciones importantes, desde nuestro punto de vista al párrafo que escuetamente consagra del derecho de todos a un acceso, que hoy día, la noción de solidaridad. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Castro. El señor CASTRO GOMEZ.- Señor Presidente, le comentaba al ponente, se olvidaba de mencionar una de las características de la propuesta, en relación al tema de trabajo que ha sido recordada y traida a esta reunión como un señalamiento de un distinguido laboralista, preocupado de estos temas como es el doctor Mario Pasco Cosmópolis, además de los aspectos de lo conciso, de lo técnico el doctor Mario Pasco señala un asunto que en este debate se está reiterando, es el contenido liberal de estas propuestas. Cuando, justamente, en el enunciado general sólo se hace el reconocimiento del derecho y no la garantía del Estado, se está olvidando la respónsabilidad que tiene el Estado, justamente para logro de estos derechos por parte de los ciudadanos y de toda la gente del país. Nos parece, en este caso, nuevamente se repite el criterio de libre acceso, unicamente a las prestaciones de salud y pensiones, restringiéndose el concepto de seguridad social a .... (continúa en el turno 12)

T- 12 CONSTITUCION 31-05-93

Transcriptor: Julio Vera Barreto El señor CASTRO GOMEZ.- (Continuando)... frente a las prestaciones de salud y pensiones, restringiéndose el concepto de seguridad social, a ello y no justamente a lo que se había avanzado en el párrafo anterior en señalar un carácter amplio de diversas contingencias, pero que en lo fundamental adjutan a la elevación de calidad de vida y en general del bienestar de los ciudadanos. Y quiero señalar igualmente de que se deja de lado en esta concepción liberal un principio fundamental y básico que orienta la Seguridad Social y que es recogida igualmente por diversas constituciones, muchas de ellas inclusive desarrolladas recientemente y con signos de apuntar en los términos de liberalismo. Así como ha recordado el doctor Marcenaro, al doctor Emilio Morgado, en relación al tema de la Seguridad Social, en las Constituciones Latinoamericanas, él justamente señala que en casi todas las constituciones existen; constituciones directas al principio de solidaridad como integrante de la seguridad social y determinante de su papel en las políticas redistributivas, como lo señalan claramente las Constituciones Bolivianas, Brasileña y Colombiana, cosa que se deja totalmente de lado en esta propuesta; así como tambén se hace desaparecer en la práctica al Instituto Peruano de Seguridad Social y en realidad no se busca corregir sus errores, por que no se modifica justamente el aspeto que ha permitido su manipulación por parte de todos los gobiernos de turno y de todo signo. Es decir el darle la autonomía y conduccción en su manejo que es la propuesta nuestra en relación a la modificación a introducir en el manejo del Instituto Peruano de Seguridad Social, que somos coincidentes con la propuesta de la doctora Lourdes Flores, en el sentido de que tiene que hacerse mención expresa de su existencia y sus características en la propuesta de constitución que estamos debatiendo. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, en primer lugar quiero expresar mi perfecto acuerdo con el concepto que trae la comisión, porque ese concepto responde a lo que ahora quiere la opinión pública, no a lo que quería en 1979. La opinión pública quiere efectivamente que la Seguridad Social se presta a través de sistemas públicos con lo cual se reconoce al instituto Peruano de Seguridad Social, no solamente que venía si no que se le reconoce. Privados que existen cada día más difundidamente, nosotros mismos los miembros del Congreso, me parece que estamos cada uno bajo el sistema de seguridad privada o mixto porque no se puede dar el caso de citados mixto. Y de hecho se da, muchas veces el Instituto Peruano de Seguridad Social funciona bajo un régimen mixto, cuando contrata con clínitas particulares para que atienda a los enfermos. Yo con todo me gustaria recoger de alguna manera la sugerencia del doctor Cáceres Velásquez. Como el primer artículo es la primera parte del Artículo contiene un principio tan importante podría ser artículo aparte; y este segundo párrafo podría ser, eso le propongo al doctor Marcenaro, podría ser un artículo aparte tamibién y decirse al revés. Las prestaciones de salud, y de pensiones, se otorgan bajo la garantía del Estado a través de sistema públicos privados o mixto, y quizás ahí eso también que lo vea el doctor Marcenaro, quiza ahí se podría agregar como segundo párrafo: "el Estado supervisa su adecuado funcionamiento", con lo cual volariamos al Artículo 3§ y conservariamos. La señorita FLORES NANO.- Ua interrupcion doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- si como no Lourdes. La señorita FLORES NANO.- Nadie del doctor Chirinos niega, la importancia de que cohexista sistemas privados, mixtos o públicos, lo que nosotros estamos planteando, es que esa cohexitencia se dé con una obligación de solidaridad; es decir si un número importante de usuarios, del sistema público se salen de este para ingresar a un sistema privado en buena hora, lo que tiene que garantizarse es la posibilidad de aquellos que no pueden salirse del sistema, estén cubiertos y eso lo que la aportación de solidaridad plantea. El señor CHIRINOS SOTO.- Perfecto; esa es la posición del Partido Popular Cristiano que yo no ... (Continúa en el Turno N§ 13)

Turno No.l3. CONSTITUCION 3l.O5.93.

Matinal. Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. La señorita FLORES NANO LOURDES...(continuando)...encubiertos y esto es lo que la aportacion de Solidaridad plantea. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.-Perfecto, esa es la posición del Partido Popular Cristiano, que yo no comparto señor Presidente; yo comparto lo de la Comisión. Yo diría: "Las prestaciones de salud y de pensiones se otorgan bajo la garantía del Estado a través de Sistemas Públicos, Privados o mixtos". Esa sería otra propuesta; "el Estado superviza su adecuado funcionamiento". Eso ha propuesto el doctor Cáceres. Simplemente estoy cambiando el orden de las frase, nada más. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- Dos veces de Estado en esta redaccion; en una creo que debería hablarse de la ley para que no hubiera una repetición. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Al final de cuentas, el Estdado se expresa a través de la ley, de manera que es lomismo, ya es una exquisitez de estilo doctor Cáceres, con la que no estoy en desacuerdo. Podría decirse: "Las prestaciones de salud y de pensiones, se otorgan bajo la garanía de la ley a tavés de sistemas públicos, privados o mixtos. El Estado superviza su adecuado funcionamiento. Y nos quedaría el Artículo 2§. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- De cuerdo. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Esto lo ejo a buen criterio del doctor Marcenaro. El señor PRESIDENTE.- Si no hay otra intervencion sobre el tema, doctor Marcenaro, para ver la propuesta que acepta como ponente. El señor MARCENARO FRERS.- Sí señor Presidente, estamos de acuerdo a la propuesta en la forma como lo ha formulado el doctor Enrique Chirinos Soto, en cuanto a poder unir el segundo párrafo del Artículo l§ con el Artículo 3§; de tal forma que quede una solaredacción. Lo que habría que ver es en este momento, si usted me permite un minuto para ver cómo quedaría la redacción final. El señor PRESIDENTE.- Suspendemos un minuto la sesión. (Pausa). El señor PRESIDENTE.- (Continuando).- Doctor Marcenaro, puede hacer uso de la palabra. EL señor MARCENARO.- La redacción del segundo párrafo de este artículo , quedaría en la forma siguiente, señor Presidente :"El Estado garantiza el libre acceso a las prestaciones de salud y a pensione a través de sisetemas públicos, privados o mixtos, y suprerviza su adecuddo funcionamiento. El se@9 PRESIDENTE.- Al v_to.- Los señores congrMsistas que estén de acuerdo con la redacciM; sírvanse manifestarlo levantando la mano ( Votacion).- Uno, dos, res, cuatro votos. Losque están en contra. Votación).- Uno. Absenciones. (Votación)-Uno. El señor MARCENAO.- Perdón Presidene, yo dije como segundo p fo y realmente era la idea de dividirlo en `os artículos. En vista que estamos eliminando el tercero artículo, este segundo párrafo se convertiría en un segundo artículo, para separar las dos ideas . El señor PRESIDENTE.- Bien, entonces queda como segundo artículo si no hay obvservaciones. (Pausa).-Aprobado. Agregados. Doctora Lourdes Flores, puede hacer uso de la palabra. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Un agregado que diga lo siguiente:"El régimen de las aportaciones, que incluye necesariamente el de solidariad, es normado por ley". El señor PRESIDENTE.- Al debate. Doctor Chirinos, puede hacer uso de la palabra. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Yo no conozco qué cosa quiere decir, que exista aportaciones de solidaridad, no conozco; ni el Derecho Peruano ni en el Universal. El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores, puede hacer uso de la palabra. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Claro que existe, la posibilidad de contratar opciones privadas y que parte de esa aportación, sea derivada a un sistema público,eso es lo que se denomina a la aportación de solidaridad. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Hay , alguna ley, dice aportación de solidardiad?. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Obviamente doctor. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Me encanta ilustrarme por eso pregunto. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Las propias normas dictadas por este régimen. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.-Pero yo no estoy de acuerdo, así se llaman aportación de solidaridad?. El señor PRESIDENTE.- Alguna otra propuesta al respecto?. Doctor Ferrero puede hacer uso de la palabra. El señor FERRERO COSTA CARLOS.- Presidente, yo estoy de acuerdo con el principio... (Sigue turno No.l4).

T-14 COMISION: CONSTITUCION

SILVIA ALEGRE LUCAR 31-05-1993 (MATINAL) El señor PRESIDENTE...(continuando)...doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente: Yo estoy de acuerdo con el principio de solidaridad. Es decir, los que pueden pagar seguro o los que de una u otra manera están en mejor condición que aquellos que carecen, contribuyan para que los que no están en condiciones de recibir el seguro, puedan recibirlo. No estoy tan seguro si es es indispensable que vaya en la Constitución porque no estaba así, pero confirmando.. La señorita FLORES NANO.- Pido la palabra. El señor FERRERO COSTA.- Si te la doy en un segundo, Lourdes. Yo se que existe ahora, porque hay gente que está pagando el seguro privado, y hay aportaciones de las empresas que continúan cotizando al seguro como diciendo: "Bueno, me paso al seguro privado, voy a ayudar al privado" pero continúa en el público para favorecer, pero eso es porque ahora hay gente que está en el seguro público. Si en el futuro, todos se volvieran al sector privado, por ejemplo, no habría necesidad de la constitución de solidaridad, pero en fin, siempre habrá necesidad de un seguro público. Una interrupción Presidente. La señorita FLORES NANO.- Claro, la interrupción es por dos cosas. Efectivamente, no lo establece en la Constitución del 79 porque en la Constitución del 79 -y me parece un avance positivo ir hacia sistemas privados- en el fondo dejaba como una segunda y muy relativa opción la de los sistemas privados. Hoy día colocamos a la libertad del trabajador para optar por el sistema público o privado, pero creo que en la realidad de nuestro país es indispensable garantizar el financiamiento del sistema público y si se produjera una masiva salida del sistema público hacia los sistemas privados dejariamos desvalidos a quienes no pueden recibir servicios y nos parece que ese es un concepto indispensable de conceder. El señor PRESIDENTE.- La propuesta del señor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente: Me preocupa en efecto lo siguiente: Qué sucede si del sistema de seguro del estado, todos los que tienen altos sueldos, altas remuneraciones se van a un sistema privado porque indudablemente ellos les van a dar beneficios mejores que el sistema actual, entonces, en el sistema actual quedan todos los pobres, los de baja remuneración que van a tener alcances muy limitados en cuanto a la seguridad que van a percibir o recibir. En consecuencia, el aspecto que señala la doctora Lourdes Flores me parece que es procedente considerarlo dentro de la redacción tal vez aprobada pero hay que involucrarlo. El señor CHIRINOS SOTO.- Ponga usted en el caso de que no sólo se vayan los de altas remuneraciones sino que se vayan los de baja remuneraciones. En la medida en que haya una deserción en masa del seguro social van a bajar también sus obligaciones, bajan sus ingresos y bajan sus obligaciones y si llega a quedarse sin asegurados, desaparece, se venden sus propiedades. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Concluyendo mi intervención, lo que preveo es que va a surgir un seguro particular para los altamente remunerados y va quedar el seguro actual para los pobremente remunerados. O sea, va a ser una diferencia abismal, creo que habría necesidad de coordinar ambas situaciones como plantea la doctora Lourdes, aunque no exactamente con esos términos. El señor Sambucetti me pide una interrupción. El señor PRESIDENTE.- Sí. El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Con su venia señor Presidente. Si seguimos la lógica del señor Chirinos, entonces para que ponemos en el Artículo Uno "El estado reconoce el derecho de toda persona a la seguridad social" si finalmente no se queda nadie en el IPSS y éste tiene que desaparecer. Debemos de tratar que el IPSS funcione porque el estado tiene la responsabilidad de darle a cualquier ciudadano la posibilidad de asegurarse, no todo va a ser privado. Hay que tratar de conservar el Instituto Peruano de Seguridad Social y hacia eso apunta justamente la idea de Lourdes Flores Nano. Yo creo que es completamente lógica. El señor PRESIDENTE.- Doctor Freundt tiene la palabra. El señor CHIRINOS SOTO.- Déjeme una interrupción. El señor Sambucetti dice que siguiendo mi lógica. No, perdón, esa no es mi lógica, esa sería de producirse la lógica de la realidad pero puede ser que no se produzca. Yo estoy viendo que el Instituto Peruano de Seguridad Social, hoy bajo la dirección del doctor Castañeda, cada día tiene más eficiencia, está ofreciendo ahora un sistema de intervención que no es quirúrgica propiamente, por ejemplo, para los cálculos a los riñones, está ofreciendo la última palabra, está bien, un sistema que se ponga así eficiente no va a desaparecer. Yo estaba usando el argumento que en lógica se llama la *reduccio al absurdum*, si no hay nadie para que queda la seguro social, además garantiza el estado el derecho a la seguro social bajo varios sistemas, bajo el sistema público, bajo el sistema privado o bajo el sistema mixto, de modo que contra esa moción no estoy. El señor PRESIDENTE.- Señor Freundt. El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, desde el punto de vista estricto... (continúa en el turno 15)

T. 15 Com. Const (Mat.) 31.05.93

Arturo Ochoa Alvarado El señor PRESIDENTE.- Dr. Freundt. El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, desde el punto de vista estrícto de salud, pero ya que esto que se está tocando en estos momentos creo que tiene que ver con la parte de salud y sin pecar de ser abogado o sin tener el orgullo quizás de ser abogado creo que acá hay tres partes que se estan tocando en forma incidental, lo que ya se ha dicho es la eficiencia, si un Sistema es eficiente no va a desaparecer, en medicina las cosas funcionan así, cuando algo es eficiente no muere, en segundo lugar, si nosotros estudiamos con datos, no con ideas sino con datos fijos, qué porcentaje por ejemplo -en Chile- donde esto funciona ha dejado a la seguridad social menos del 25 % de la gente, o sea a pesar de que Chile tiene más de 10 años de ESAPRES -que es esto mismo- menos del 25 % de la gente ha pasado a esto o seas que no hay por que tener temor de que desaparezca el IPSS, y en tercer lugar, existe la inmensa posibilidad y esto se ha discutido y se ha estudiado, de que gran parte de la labor que hoy día hace el IPSS o sea el Instituto Peruano de Seguridad Social, lo puede seguir haciendo en función de aquellas personas que están adscritas a un Sistema Privado de Salud, porque no va a haber Sistema Privado de Salud en todo el Perú, sino que va a haber tan solo en ciertas zonas y van a tener que contratar el uso del IPSS para cosas como las que acaba de decir allí las "litotomías por ultrasonido" que dijo el doctor Chirinos que creo que es una cosa excelente, pero que lo seguirá haciendo probablemente hasta que por competencia de mercado aparezca otro. La doctora Lourdes Flores me ha pedido una interrupción. La señorita FLORES NANO.- Si, efectivamente a través del sistema chileno 25 % es lo que se ha mencionado, han corrido o han salido del sistema público para ir al sistema privado, pero también es cierto que ha habido y por eso es que el gobierno del Presidente Aylwin ha tendido a fortalecer el rol de los sistemas públicos porque ha tendido a fortalecer el rol de los sistemas públicos, porque ha tendido a ver excelentes sistemas privados, extraordinarios sistemas privados, a los que probablemente todos los miembros de esta Mesa iremos, pero ese ingreso que dejó de percibirse en el seguro público ha tendido a disminuir la calidad de ese sistema público para los que de ninguna manera, porque esas distancias hay -y en nuestra realidad mayores- de ninguna manera pueden salir a cubrirse en un sistema privado. Eso es lo que contemplaría si es que le damos rango constitucional a algún aporte de solidaridad, garantizar esos que de ninguna manera pueden salir del sistema público tengan un servicio adecuado. El señor FREUNDT THURNE.- Discrepo con la doctora Lourdes Flores, la información que tenemos nosotros después de haber comentado con una infinidad de personas que están metidos en ESAPRES de la Seguridad Social, es que la calidad pública de la medicina en Chile si algo ha hecho ha sido mejorar, nos llevan no sé cuantos lustros, pero no ha disminuído, la calidad de la medicina pública en Chile sigue siendo posiblemente la mejor de latinoamérica, a pesar de que hay un 25 % de gente que está en el seguro privado. El señor FERRERO COSTA.- Una parte que me gustaría precisar en relación a lo que ha dicho Lourdes, porque,. esto se discutió hace mes y medio, tangencialmente en la Comisión, cuando el principio de solidariada fue visto al momento de observar las cuotas patronales del Seguro, me parece que fue con motivo de un proyecto de ley. Yo quisiera entender que en esta Comisión estamos interpretando que la solidaridad, respecto de la cual hay más o menos un consenso, no es solo una obligación moral de quien está en el seguro de ayudar a los que no tienen seguro, sino que es una obligación de la Sociedad, o sea es la Sociedad en general, no es que los asegurados pagan a los asegurados en menor condición sino que la Sociedad acude en ayuda de los que no tienen el acceso, pero no es una carga, no es que los que tienen casa ayudan a los que no tienen casa, sino que la Sociedad en general ayuda a los que no tienen. El señor FREUNDT THURNE.- Me permite una interrupción señor Ferrero ? El señor Ferrero Costa.- Sí como no. El señor FREUNDT THURNE.- Es para decir que cuando veamos la parte salud, ese concepto que usted acaba de emitir está en en una serie de capitulos, La Sociedad, no la solidaridad, yo no creo que uno pueda legislar solidaridad. La Señorita FLORES NANO.- No pero perdón, me permite una interrupción? El señor FERRERO COSTA.- Con mucho gusto. La Señorita FLORES NANO.- Puede tener concreciones clarísimas, si yo tengo que pagar una prima 10 %... (Continua en el Turno No. 16)...

T-16 (Mat.) 31-05-93

Transcriptor: Alfredo Alvariño C. La señorita FLORES NANO.-(continuando)...concresiones clarísimas, si yo tengo que pagar una prima de diez por ciento, de ese diez por ciento que recibe la aseguradora privada, uno por ciento va al Instituto Peruano de Seguridad Social, esa es la concreción que hago.. El señor FERRERO COSTA.-(interrumpiendo)que no es excluyente, a eso me refiero, o sea que la única forma de ser solidario no es quitándole al que ya está asegurado una parte de la prima para dárselo al que no tiene seguro, esa es una parte pero no es la única, en realidad es la sociedad en su conjunto. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Castro Gómez. El señor CASTRO GOMEZ.- Señor Presidente: Para señalar mi acuerdo con la propuesta de la doctora Flores en el sentido de la necesidad que se reconozca aquí en esa ampliación, el aporte con sentido de solidaridad de los asegurados en general, la solidaridad es múltiple, es de la sociedad pero de los individuos en concreto y la solidaridad es de los que tienen mas con los que tienen menos, de los que tienen con los que no tienen, inclusive de las zonas mas ricas y productoras con las zonas menos desarrolladas, mas deprimidas. Creo de que se trata, señor Presidente, de alertar un peligro, pero no solo es el peligro, doctora Flores, en efecto puede producirse, veamos además que son dos sistemas, el sistema de pensiones y el sistema de salud, en el sistema de pensiones se va a producir una situación muy grave, muy delicada con el funcionamiento de las administradoras del Fondo de Pensiones, y lo mas probable es que al producirse ese traslado quiebre el Instituto Peruano de Seguridad Social y sea el Estado el que tenga que asumir el pago de las pensiones y esa es una forma de solidaridad. En el terreno de las prestaciones salud, ahí la posibilidad de competencia del seguro social, la potencia del seguro social como seguridad social solidaria para decirlo de algún modo, es mucho mayor que las privadas y por eso es que va a supervivir, va a supervivir porque va a estar en mejores condiciones en la competencia con los privados porque al no haber el sentido de lucro y las multiples intermediaciones, la posibilidad de que los aportes redunden en servicios y sea eficiente es muchísimo mayor en relación a las prestaciones de salud, pero la solidaridad no solo sería de los que aportan para ver el hecho de que pueda quedarse desfinanciado el Instituto Peruano de Seguridad Social tanto en pensiones como en salud, sino que la solidaridad tiene que darse también de los que tienen seguro privado a estatal con los que no tienen seguro. Qué pasa con los pobres que no tienen seguro, creo que ahí tiene que darse también la posibilidad de que lo que tienen trabajo, de los que tienen seguro, puedan aportar solidariamente para los que no tienen seguro ni tienen trabajo. Entonces, creo que estas dos expresiones puede tener el aporte de solidaridad que hagan lo que acceden a servicios privados de salud o de seguridad social. El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Una interrupción? El señor CASTRO GOMEZ.- Como no. El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Nosotros debemos de considerar de que la población que tiene trabajo estable está por alrededor del 15% de la población económicamente activa; es decir, al considerar la seguridad social estamos considerando la seguridad social de una porción prácticamente privilegiada en el Perú, porque la mayoría de los trabajadores en el Perú, trabajadores de la calle, ambulantes, informales, etc., no tiene acceso la seguridad social; por lo tanto, el concepto de solidaridad creo que debe de incluirse porque esto de alguna manera podría de aquí en adelante determinar algún tipo de seguro para estas personas que no lo tienen. El señor PRESIDENTE.- Bien, entonces iríamos a la propuesta. Puede hacer uso de la palabra el doctor Marcenaro. El señor MARCENARO FRERS.- Señor Presidente: En primer lugar estoy totalmente de acuerdo con la idea de la solidaridad, considero que es fundamental en toda sociedad que los seres humanos seamos solidarios, que seamos solidarios con aquellos que no tienen trabajo, con aquellos que no tiene acceso a la seguridad social, etc. El tema está en primer lugar si es que este es un tema exclusivo del trabajo y la seguridad social, o si este es un deber del ser humano y de la persona en nuestra sociedad, yo considero que el tema solidaridad no es un tema exclusivo de la seguridad social, en nuestra sociedad tenemos que ser solidarios con todas las personas y en todos los campos, solidarios en educación, solidarios en... (Continúa en el Turno N§ 17)

T- 17 COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 31-05-93 El señor MARCENARO FRERS.- _(continuando)_ en nuestra sociedad tenemos que ser solidarios con todas las personas y en todos los campos; solidarios en educación, solidarios en salud, solidarios en todos los servicios para los cuales tenemos que crear los sistemas que así lo determinen. Por lo tanto, considero que el tema de solidaridad no es solamente un tema de seguridad social, sino es un tema de un deber del ser humano en nuestra sociedas. Sí, señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Corroborando lo que dice señor Marcenaro, el principio de solidaridad que es un principio general, se ha introducido entre los deberes del Estado a propuesta del señor Ferrero. Inculcar la solidaridad, él mismo no estaba muy de acuerdo con ese verbo, lo hemos cambiado en la Comisión de Redacción no me parecía, pero queda como deber del Estado promover, cultivar, fomentar la solidaridad, no solo en seguridad social. El señor MARCENARO FRERS.- Sí, y quería agregar un poco contrario a la señorita Flores, que he tenido la oportunidad de estar en Chile y justamente no quería tener la mera teoría sobre el tema de seguridad, salud y pensiones, quería conocer la realidad y estado en trabajos muy intensivos, visitando Chile y conociendo como funciona las famosas **ISAPRES** y todos los que ahí trabajan reconocen la gran mejora que ha tenido gracias a la existencia de la competencia con el sistema privado del régimen del Instituto Chileno de Seguridad Social, que ha progresado en una forma que realmente hay que ir, hay que visitar, hay que ver, para que veamos como son ese tipo de hospitales. Por lo tanto, en principio estoy totalmente de acuerdo con el principio, sin embargo, creo que no es materia exclusiva de este capítulo; y en segundo lugar, no tengo la menor duda que esta es la política que se está haciendo actualmente porque justamente al crearse la Ley de Pensiones se ha establecido una cuota de solidaridad para el Instituto Peruano de Seguridad Social; es decir, todo el nuevo régimen está estructurado con la finalidad de que de ninguna forma desaparezca la seguridad social. Pero que sea una seguridad social en la cual queden todos aquellos que quieran continuar en ella, una seguridad social que tiene absolutamente todas las ventajas frente al sistema privado hoy en día; tiene una infraestructura, tiene un nivel médico de primera, tiene un equipamiento realmente impresionante y en consecuencia está frente a una ventaja muy superior a la que pueda adquirir la actividad privada. En consecuencia, toda nueva legislación que se está dando es con la finalidad; en primer lugar, que subsista el Instituto Peruano de Seguridad Social, pero no como un gran elefante blanco, sino como un organismo ordenado, más reducido, mucho más eficiente que preste muchos mejores servicios y nadie puede negar que hoy en día, esta mejora por lo menos en la parte de salud se ha dado, más no así en el sistema de pensiones. Por lo tanto, es mi opinión personal de que este es un tema que debe ser materia de deberes del ser humano y que la solidaridad se debe dar en todos los campos, y no exclusivamente en el de seguridad social. El señor PRESIDENTE.- Señorita Lourdes Flores, pondremos en votación su propuesta. Sírvase leerla por favor. La señorita FLORES NANO.- "El régimen de las aportaciones, que incluyen necesariamente el de solidaridad, es normado por Ley". El señor PRESIDENTE.- Al voto. Los señores congresistas que estén de acuerdo con la propuesta en adición, sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). Tres votos. Los señores congresistas que estén en contra sírvanse expresarlo de la misma manera. (Votación). Dos votos y el mío tres_ (CONTINUA EN EL TURNO - 18)

T.18. CONSTITUCION _ MATINAL

Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172 El señor PRESIDENTE.- (Continuando)...Tres votos. Los que están en contra sírvanse manifestarlo. (Votación). Dos votos y el mío tres. Abstenciones. Una abstención. No se ha aprobado, queda en suspenso la propuesta. Otra propuesta. Señor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Solamente quería pedir que se votara la supresión del término "adecuado" y se cambiara por "funcionamiento conforme a ley", porque en realidad "adecuado" es muy subjetivo. ¨Qué es adecuado funcionamiento? Para una persona adecuado funcionamiento puede ser que cumplan con pagar. Algún otro concepto, puede ser "eficaz"; pero "adecuado" resulta un poco etéreo. Si la Comisión puede proponer un término mejor. El señor MARCENARO FRERS.- Podría ser eficaz: "Supervisa su eficaz funcionamiento." No habría ningún problema por parte de la Comisión, me parece que es un buen aporte. El señor PRESIDENTE.- Si no hay observaciones, se cambia "adecuado" por "eficaz". No habiendo observaciones, aprobado. Siguiente artículo. ¨Otra adición? Señorita Flores tiene la palabra. La señorita FLORES NANO.- Aludí también, señor Presidente, a la necesidad de darle no sólo en el enunciado genérico de a través de sistemas públicos, sino de darle tratamiento constitucional al seguro social, al Instituto Peruano de Seguridad Social y a su régimen de gobierno, que se incluyera un párrafo sobre dicha institución. Esa es la propuesta concreta. "El sistema público se rige por una institución autónoma y descentralizada, con personería de derecho público y con fondos y reservas propias aportados obligatoriamente y bajo responsabilidad por el Estado, empleadores y asegurados. Dichos fondos no pueden ser destinados a fines distintos desde su creación. Es gobernada por representantes del Estado, empleadores y asegurados en igual número. La preside el elegido entre ellos." El señor PRESIDENTE.- Señor Marcenaro. El señor MARCENARO FRERS.- Sí, señor Presidente, con relación a ese artículo, en primer lugar considero que es un artículo absolutamente reglamentarista. La gran crítica que se hicieron a esos artículos en la Constitución actual son justamente esos, que no es materia de la Constitución decir quiénes la integran, cuántos la integran, cómo se integran. En segundo lugar, a través de la redacción que nosotros hemos propuesto, lo que se pretende es darle cobertura a todo el sistema de seguridad social, no es materia de la Constitución establecer cómo debe funcionar el Instituto Peruano de Seguridad Social; eso será materia de las leyes de correspondan. Por lo tanto consideramos si lo que se va a reconocer es el derecho a la seguridad social a través de sus diferentes sistemas, no tenemos porque mencionar en la Constitución qué ocurre con el Instituto Peruano de Seguridad social, que por supuesto esperamos que tenga larga vida y que el Estado va a grantizar su funcionamiento. El señor PRESIDENTE.- Al voto la propuesta de la señorita Flores Nano. Los que están de acuerdo sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). Dos voto. Los que están en contra. (Votación). Tres votos. Abstenciones. Una abstención. Artítulo 3§. Señor Marcenaro. El señor MARCENARO FRERS.- "Los fondos y reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se invierten en la forma que señala la ley, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa, según sea el caso." El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- La palabra señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra señor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, no me satisface la utilización del término "intangible". Viene a mi memoria cuando discutíamos -me parece- respecto del territorio, que es "intangible" y se cambió por "inalienable" a propuesta del señor Chirinos. Intangible es aquello que no se va a tocar, o seor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Sobre el primer párrafo del artículo, apenas tengo una observación formal. Todo el tiempo ponemos "promueve", el Estado de veras promueve el matrimonio? estamos "promoviendo" el matrimonio? esa es función del Estado?. En la Comisión de Redacción hemos optadoonocer es el punto de vista del doctor Marcenaro sobre si decimos "las formas de matrimonio" o "la forma de matrimonio". El señor MARCENARO FRERS.- Considero que podrían existir diferentes formas de matrimonio. El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Existen? El señor MARCENARO FRERS.- Pero podrían existir, considero que es necesario que la Constitución deje abierta la posibilidad de que existan otras formas de matrimonio. Y me preocupa, que era la segunda parte a la cual quería llegar, me preocupa muchísimo porque sí lo planteé y considero que es un tema muy delicado y muy importante especialmente en nuestro país, que se ha eliminado el Artículo Noveno de la actual Constitución que habla de la unión estable de un varón y una mujer, que aún podría ser considerado para algunos como una forma de matrimonio, pero podría ser considerado, por esa razón es que considero que no solamente debe estar abierta las formas de matrimonio. Además es fundamental que la Constitución reconozca que en el Perú no todo el mundo cree que el matrimonio es la forma ideal de vivir. En nuestras comunidades campesinas se sienten tan casados los que practican el "servinacuy" como aquellos que fueron al Registro Civil, y esas son instituciones que tenemos que respetar y proteger. Por eso considero que no solamente debe ir al Artículo Primero sino que aquí es indispensable que le agreguemos la parte relativa a la unión estable de un varón y una mujer a que se refiere el Artículo Noveno, porque de lo contrario estamos desconociendo a una gran parte la población peruana. El señor CHIRINOS SOTO.- Pido una interrupción. El señor MARCENARO FRERS.- Si doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo estoy de acuerdo con usted, hay que mantener la unión estable que no es matrimonio, es una unión estable que produce los efectos patrimoniales del matrimonio, eso está aprobado, claro, vea usted en El Peruano, está aprobado eso. El señor PRESIDENTE.- Señores, una aclaración, el texto que estamos discutiendo en este momento es exactamente el que está aprobado en el texto que corre en El Peruano, de tal manera que no hay propiamente nada en discusión, salvo que se quiera alguna alteración. El señor FERRERO COSTA.- No. Señor Presidente yo entiendo que en la propuesta de la comisión, al no traer el Artículo Noveno, la comisión está proponiendo que el Artículo Noveno desaparezca. El señor PRESIDENTE.- No. Perdón doctor Ferrero. El texto que estamos discutiendo que es el segundo párrafo del Artículo Primero ya fue aprobado como segundo párrafo el Artículo Primero en Familia, es exactamente el mismo. No hay ninguna modificación ¨correcto? Entonces si no hay observaciones sobre la materia y si no hay cambios sobre la propuesta, lo tenemos por aprobado, no hay ninguna modificación, hay coincidencia total entre lo que se ha aprobado y la propuesta. Aquí lo único que habría que discutir es el tercer párrafo que estaba aprobado y que en todo caso significaría una supresión cuando decía "La ley señala las condiciones para establecer el patrimonio... (continúa en el turno 31)

T. 31 Com.Const. 31.05.93

t:Arturo Ochoa Alvarado El señor PRESIDENTE.- (Continuando)... la Ley señala las condiciones para establecer el patrimonio familiar inembargable, inalienable y transmisible por herencia, esa parte ha preferido no mantenerla la Comisión, suprimirla, sobre esa parte tendríamos que abrir debate. El señor FERRERO COSTA.- Pido la palabra. El señor PRESIDENTE.- Si, señor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Yo comprendo lo que usted expresa Presidente, pero el problema ha surgido porque cuando el doctor Chirinos dijo, y estamos ahora hablando de formas de matrimonio, el doctor Freundt manifestó que para el, esta parte del artículo cubre la necesidad que antes cubría el artículo noveno y si no la cubre doctor Freund entonces hay que discutir porque se va a suprimir el artículo noveno, lo discutimos ahora o después pero tenemos que discutirlo. El señor FREUNDT THURNE.- Si me permite contestar esa pregunta señor Ferrero?. Ese artículo noveno fue aprobado por ustedes y punto. Perdón mi propuesta, no estamos poniendo las cosas que habían sido aprobadas, esa fue la intención nuestra quizás nos hemos equivocado ,pero el artículo ese yo no lo quiero suprimir. No ha sido la intención de la Comisión,. El señor FERRERO COSTA.- Quiere decir, señor Presidente la confusión puede salvarse, quiere decir que la Comisión nos trae modificación para algunos artículos y para aquellos que la Comisión no toca hou está dejando tal y como Constitución los
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