SECCION TRANSCRIPCIONES MAGNETOFONICAS
CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO
COMISION PERMANENTE DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO
64a. SESION LUNES, 31 DE MAYO DE 1993
PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA
HORA : 10. 25 horas.
Turno 1 Turno 10
Turno 2 Turno 11
Turno 3 Turno 12
Turno 4 Turno 13
Turno 5 Turno 14
Turno 6 Turno 15
Turno 7 Turno 16
Turno 8 Turno 17
Turno 9 Turno 18
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS
El señor PRESIDENTE.- Buenos días señores congresistas. Se da inicio a la
sesión con la asistencia de los señores: Enrique Chirinos Soto, Róger
Cáceres, Ricardo Marcenaro, Carlos Ferrero, Samuel Matsuda. Accesitario:
Humberto Sambucetti.Invitados especiales: Jaime Freund, Nicolasa Villar,
Rómulo Guerra.
Se da la bienvenida a nuestros invitados. Hoy día la Comisión destinará sus
trabajos para revisar el tema relativo a seguridad social, salud y bienestar.
Se ha invitado a los señores Presidentes de las Comisiones de Trabajo y
Seguridad Social y Salud, a que asistan a esta reunión para sutenar sus
respectivos proyectos.
Haremos una primera exposición de carácter general, analizaremos primero las
propuestas de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y luego las
propuestas de la Comisión de Salud.
Tiene el uso de la palabra el señor Ricardo Macenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- Gracias, señor Presidente. Como ustedes recordarán
la vez que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social expuso sobre el tema de
trabajo, manifestamos que quedaban pendientes la medida que se trata de la
Comisión de Trabajo y Seguridad Social, los artículos relativos a la
seguridad social.
En segundo lugar, señor Presidente, quiero aclarar, que esta Comisión de
Constitución ya aprobó dos artículos con relación a este tema. Artículos que
han sido aprobados simple y llanamente reiterando textualmente los artículos
12§ y 13§ de la actual Constitución. Estos artículos han sido repetidos en
el anteproyecto que ha sido trabajado en esta Comisión.
Nosotros hemos hechos un trabajo integral y quiero nuevamente referirme a la
ayuda muy valiosa que hemos recibido del Instituto de Capacitación y Estudios
Laborales, que nuevamente hizo el trabajo que se había efectuado
anteriormente; es decir, reunió a un grupo de especialistas en la materia,
les pidió su colaboración y en una serie de sesiones, se acordó un texto que
ha sido adoptado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y que ha sido
aprobado por unanimidad.
Todos los miembros de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que está
comprendida por los miembros de Nueva Mayoría - Cambio 90, el representante
señor Vicuña del FREPAP, los señores Serrato y Chu Meris del FIM, y el señor
Javier Barrón del PPC; todos aprobaron por unanimidad el texto que ha sido
puesto a consideración de ustedes con la exposición de motivo
correspondiente.
El trabajo ha sido hecho tomando en cuenta creo, las características
fundamentales siguientes. Me voy a pemitir referirme al comentario que ha
hecho el doctor Mario Pasco Cosmópolis sobre el trabajo que se hizo e la
parte de trabajo y que creo que sirve para los efectos de esta exposición.
El doctor considera que las características del nuevo texto propuesto son las
siguientes:
Primera caracetrística.- De concisión y concreción; una buena Constitución
debe ser concreta, veraz y factible, debe proponerse metas que puedan ser
cumplidas, no meras declaraciones ideales, sino preceptos en los cuales pueda
el trabajador obtener tutela para sus legítimas aspiraciones.
Segunda característica.- Flexibilidad.
Tercera característica.- Tecnisismo; es decir, dice el doctor Pasco: "Al
haber sido redactado por expertos el uso del lenguaje es cuidadoso buascando
presición y calridad".
Estas mismas características hemos querido reflejarlas en este nuevo texto,
razón por la cual nuevamente hemos querido ser sumamente concretos, reducir
al máximo las palabras, para solamente fijar los derechos fundamentales_
(CONTINUA EN EL TURNO - 02)
Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172
El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)...en este nuevo texto, razón por la
cual nuevamente hemos querido ser sumamente concretos, reducir al máximo las
palabras para solamente fijar los derechos fundamentales.
Ahora bien, el primer artículo de nuestra propuesta dice: "El Estado reconoce
el derecho universal y progresivo." Acá hay varios conceptos, el primero que
el "Estado reconoce" no "el Estado garantiza", que era la terminología
empleada anteriormente; y que realmente no es el Estado quien garantiza sino
el Estado reconoce el derecho; este es un derecho.
Los otros dos elementos fundamentales son que este derecho es universal y
progresivo, que son los dos elementos básicos de la seguridad social en el
mundo; es decir, que debe cubrir al mayor ámbito de personas posibles y que
estas personas deben ser integradas al sistema en forma progresiva.
Luego dice: "Para su protección frente a las contingencias sociales que
determine la ley." Como ustedes verán, a diferencia del artículo 13§ de la
actual Constitución que fue recogido textualmente por el proyecto, viene a
ser exactamente lo mismo. Mientras que en el artículo 13§ se mencionaban
cuáles eran estas contingencias sociales y se decía enfermedad, maternidad,
invalidez, desempleo, accidente, vejez, muerte, viudez, etc., en el nuevo
texto simplemente se dice "frente a las contingencias sociales -que así se
les llama en derecho de seguridad social- que determine la ley", de tal forma
que sea la ley la que establezca cuáles contingencias son las cubre y pueda
ir ampliándolas en la medida que se creen nuevas; y que a su vez, no incluya
contingencias que el Estado no cumple con cubrir, como es por ejemplo el
desempleo.
La gran crítica que se le hacía siempre a este artículo constitucional era
que se incluia el término desempleo, sin embargo en el Perú no ha existido
ningún seguro contra el desempleo. En consecuencia, se permite con esta
fórmula a que se incluyan todas las contingencias que se crean convenientes
y a las que puedan crearse en el futuro.
Y por último, este primer párrafo del primer artículo dice: "Y para la
elevación de su nivel de calidad de vida." Este es el tema del gran objetivo,
la gran finalidad que tiene la seguridad social hoy en día en la terminología
actual, que es que sirve para elevar la calidad de vida de los seres humanos.
Por lo tanto, se ha señalado ésto como el gran fin de la seguridad social y
está mencionado en este primer párrafo, lo que no decía la Constitución
anterior.
Y ahora sí, en el segundo párrafo dice: "El Estado garantiza -ahora sí, esto
sí garantiza el Estado- el libre acceso a prestaciones de salud y a
pensiones." Es decir, el Estado garantiza a que todos tengamos libertad para
acceder tanto a las prestaciones de salud como a las prestaciones de
pensiones a través de sistemas públicos, privados o mixtos; permite las tres
posibilidades de sistemas, tanto los públicos, tanto los privados como los
mixtos, de tal forma que se abre el abanico a fin de que todas las
posibilidades que permiten las leyes modernas pueden incluirse en los
sistemas de seguridad social.
Luego, el artículo siguiente de nuestra propuesta establece esta necesaria
limitación para que se evite lo que ha ocurrido en el Perú con el sistema del
Instituto Peruano de Seguridad Social; es decir, esta posibilidad que ha
tenido el Instituto Peruano de Seguridad Social mediante la cual el Estado
ha metido la mano en sus fondos, los ha extraído, los ha utilizado, luego no
los ha pagado o los ha pagaso sin tomar en cuenta la devaluación de la
moneda, de tal forma que se ha apropiado de fondos de la seguridad social.
Nosotros queremos poner un límite, que ésto no vuelva producirse, y en
consecuencia en nuestro artículo 2§ sostenemos que los fondos y reservas de
la seguridad social son intangibles.; sin embargo se agrega: "Los recursos
se invierten en la forma que señala la ley, bajo responsabilidad civil, penal
y administrativa, según sea el caso." Es decir, estamos estableciendo que es
necesario que las leyes señalen en cada caso, ya sea para el IPPS o ya sea
para los nuevos Sistemas Privados que se creen, que no estaban previstos con
toda claridad en la Constitución vigente, que permita que solamente sean
invertidos en aquellas actividades que la ley expresamente le señale; y que,
evidentemente, si alguien no lo hiciera así, existan las responsabilidades
que estas leyes también les señalen, ya sean responsabilidades civiles,
penales o administrativas.
Y por último, en el último artículo propuesto, señor Presidente, "el Estado
supervisa -tercera función del Estado- el adecuado funcionamiento de la
seguridad social", que ésta es la verdadera misión que tiene el estado. El
Estado tiene por finalidad supervisar el funcionamiento de la seguridad
social...
( SIGUE EN EL TURNO N§ 03 )
Donato Velásquez V. 31-05-93
El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)... esta es la verdadera misión que
tiene el Estado. El Estado tiene por finalidad supervisar el funcionamiento
de la seguridad social, cumpla con la finalidad para la cual ha sido creado.
Por eso, por ejemplo, para el régimen privado de pensiones se ha creado una
Superintendencia Especial, para que el Estado cumpla con esta obligación.
De tal forma, que si analizamos los tres artículos, a los cuales he hecho
referencia; el Estado en el primero, reconoce el derecho a todos acceder a
la seguridad social; en segundo lugar el Estado garantiza el libre acceso;
y en tercer lugar supervisa el adecuado funcionamiento de la seguridad
social.
Creemos, señor Presidente, grupo de expertos -reitero mi agradecimiento a
ellos que trabajaron en esto- han pretendido cubrir con estos tres artículos
un método moderno que permita reunir las características a las cuales me he
referido y que tan generosamente se han dicho que contienen el capítulo de
Trabajo, es decir concisión, concresión, flexibilidad y tecnicismo en su
redacción.
Quedo, señor Presidente a disposición de cualquier comentario que se quiera
hacer al respecto.
El señor PRESIDENTE.- Consulto al señor Freundt si quiere hacer la exposición
inmediatamente o cuando se concluya la parte de los tres artículos propuestos
por el señor Marcenaro, dado que tienen alguna relación, lo dejamos a su
decisión.
El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, como usted crea más oportuno.
Los tres artículos que el señor Marcenaro ha leído, son aceptados por la
Comisión de Salud en su integridad y tal como están redactados.
El señor PRESIDENTE.- ¨Usted cree para la discusión del tema de estos tres
artículos, todavía no es necesario escuchar su posición?
El señor FREUNDT THURNE.- Creo que no es necesario todavía.
El señor PRESIDENTE.- Entonces continuamos con el tema propuesto por el señor
Marcenaro.
Para una cuestión de orden, tiene la palabra la señorita Lourdes Flores.
La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, usted ha hecho la consulta al
señor Freundt, pero creo que en realidad sí es importante ver el tema
integralmente.
Por lo pronto estamos alcanzando a la Mesa una propuesta que integraría el
Capítulo de Seguridad Social, Salud y Bienestar. He revisado el texto que ha
presentado el señor Freundth, creo que hay importantes modificaciones al
capítulo de Salud.
Por tanto, creo que es importante, no sólo que el señor Freundt exponga, sino
que en realidad se revise en conjunto la parte relativa a Salud y Segurdidad
Social, por lo menos nuestra propuesta es un tratamiento que integra el tema
de Seguridad Social y el tema de Salud.
Si es que esta cuestión de orden se apruebe y usted lo dispone, quisiera
exponerlo los puntos de vista del Partido Popular Cristiano.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, los temas a los que se refiere la
señorita Flores Nano, ¨están integrados ya? Capítulo III de la Seguridad
Social, Salud y Bienestar.
Me parece, señor Presidente, que por razones de agilidad en el debate y hasta
de orden; ha hecho el señor Marcenaro la exposición sólo sobre tres
artículos; dos de los cuales sustituyen a los artículos que inclusive ya han
pasado a Comisión de Redacción; y uno es la solución de un problema
pendiente.
Sin perjuicio de que en seguida escuchemos la exposición del señor Freundt
y la que quiera hacer la señorita Flores, me permito pedirle que pongamos en
debate uno por uno los tres artículos que trae el señor Marcenaro, cuya
exposición ya hemos escuchado y empecemos por el artículo 1§.
Eso es mi propuesta, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Habiendo dos propuestas sobre la materia, lo voy a
someter a voto. Los que consideran que primero debe verse lo propuesto por
el señor Marcenaro y luego ver el proyecto que trae la Comisión presidida por
el señor Freundt, sírvanse manifestalo levantando la mano. (Votación). 5
votos. Los que estén en contra. (Votación). 1.
El señor SANBUCETI PEDRAGLIO.- Señor Presidente, si vamos a discutir el
articulado que nos presenta el señor Marcenaro, nos quedaríamos sin la
posibilidad de escuchar a Lourdes Flores Nano con los articulados que
puede...
(Continúa en el turno 04)
Transcriptor : Julio Vera Barreto
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- (Continuando)... Lourdes Flores Nano, con los
articulados que puede presentar el PPC con respecto a la seguridad social,
podría discutir.
El señor PRESIDENTE.- No, de ninguna manera, lo que ha aprobado la comisión
es que primero se vean estos 3 artículos y luego se va a escuchar la posición
de la parte relativa a bienestar en donde luego de.
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO .- Señor Presidente disculpe, si se
ven los artículos y se votan y se aprueban, estarian demás ver los otros.
El señor PRESIDENTE.- Es que estos son artículos referidos a seguridad,
bueno, si los temas relativos, la doctora Lourdes Flores están vinculados al
tema se seguirá con el procedimiento usual en la comisión, se ve primero la
propuesta presentada por Nueva Mayoría-Cambio 90; en este caso que preside
la comisión de trabajo y luego para hacer cualquier ajuste, se escuchará la
propuesta de la doctora Lourdes Flores.
La señorita FLORES NANO.- Yo estoy trayendo una propuesta integral sobre el
tema de seguridad social, salud y bienestar, le ruego me permita exponerla
nada más.
El señor PRESIDENTE.- Ya esta en el uso de la palabra, para exponer su
propuesta.
La señorita FLORES NANO.- Gracias.
El señor CHIRINOS SOTO.- Perdón, perdón, ya hemos votado, esto es una
reconsideración.
La señorita FLORES NANO.- Me permite una interrupción.
déjeme que sea intelectual de exponer.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos, doctora Lourdes Flores, no tiene el
uso de la palabra el doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo entiendo puesto que se ha aprobado una cuestión
de orden, entiendo señor Presidente que hará su exposicón la señorita Flores
y volveremos a cuestión de orden y aprobar, al artículo primero.
El señor PRESIDENTE.- Asi, es perectamente, usted ha votado es que primero
vamos a resolver la propuesta del doctor Ricardo Marcenaro, pero como la
doctora Lurdes Flores dice que también tiene propuestas sobre el mismo tema,
entonces le estamos dando el uso de la palabra, sin perjuicio de continuar
en el orden que ha establecido la comisión.
Tiene la palabra la doctor Lourdes Flores.
La señorita FLORES NANO.- Si señor Presidente el Partido Popular Cristiano
esta proponiendo que, bajo el capítulo se seguridad social, salud y
bienestar, se practique una modificación importante en el modelo y
organización que hoy dia se tiene, nosotros hablamos de un concepto genérico,
para nosotros el concepto genérico el de seguridad social, y por eso el
título que estamos debatiendo comienza con un artículo que dice: "La
seguridad social tiene por objeto proteger la calidad de vida de la persona
a la familia y promover su desarrollo, para que alcanze su más alto nivel".
Es decir; la nación que el estado preconiza es la búsqueda del bienestar y
ese es el concepto de seguridad social que nosotros creemos que
constitucionalmente se debe conservar.
Como es que este sentido de la seguridad social se debe distinguirse
claramente de una institución del Instituto Peruano de Seguridad Social u
otro sistemas privados, se organice, nosotros proponemos que se organice a
través de un sistema nacional de seguridad social, repito el concepto básico
en el capítulo constitucional es la noción de la seguridad social como base
del bienestar de la persona y este sistema nacional de seguridad social es
nuestra propuesta tendría tres bases o tres pilares fundamentales, primer
pilar, el sistema nacional de salud, por eso es que sostenía que debía verse
integralmente.
El sistema nacional de salud que es un concepto que contiene la Constitución
vigente de 1979, y que de alguna a través de alguno de los decretos leyes,
se ha consagado, nos parece vital mantenerlo en el texto originalmente
aprobado no hemos hecho mención a el en la propuesta que el doctor Freundt,
trae, regresa o retome la noción de sistema nacional de salud, que nos parece
un concepto inportante de mantener.
Como lo vamos a ser.
El señor FREUNDT THURNE OYANGUREN.- Usted no tiene la última versión doctor.
El que no se menciona el sistema nacional de salud.
La señorita FLORES NANO.- En el último suyo, a que pena.
El señor FREUNDT THURNE OYANGUREN.- Por eso le digo para evitar.
La señorita FLORES NANO.- Es una lástima porque vehía con simpatía el
mantener un sistema nacional de salud señor Presidente, que creo que nos
ayudará a integrar los distintos esfuerzos de salud existe en el Perú en el
ámbito de lo privado y en el ámbito de lo publico, un adecuado sistema
nacional de salud puede permitir por ejemplo la integración de los hospitales
que hoy día se conducen desde la seguridad social o desde los hospitales que
conduce los institutos armados, y su integración adecuadamente en las zonas
del Perú, nos parecía un tema importante de mantener.
Por eso es que para nosotros en un segundo artículo hablamos del derechos de
la salud y del deber que creo que esto es una acción muy importante de
participar en la promoción, protección y recuperación de su salud y de su
familia y de la comunidad; tanto del Estado como de la propia comunidad.
Encargamos al Poder Ejecutivo el señalamiento de una política nacional de
salud y sostenemos que éste debe ser. El Estado debe ser el responsable de
organizar un sistema nacional de saud, financiado descentralizado ....
(Continúa en el Turno N§ 05)
Matinal
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
La señorita FLORES NANO LOURDES... (continuando)...organizar un sistema
nacional de Salud, financiado, descentralizado y desconcentrado a nivel
municipal; porque nos parece que en efecto hay que tener una tendencia
importante a desconcentrar y a descentralizar el Sistema de Salud a nivel
municipal.
En otras palabras, por qué el Estado va a ser dueño de hospitales?; el
Estado fija, norma la política de salud, la integra, pero ésta se ejecuta
a través de sistemas de saud.
Finalmente, en el ámbito de la salud, por supuesto abrimos la posibilidad a
Sistemas Privados de Salud; lo único que recojemos , señor Presidente, para
evitar cualquier tipo de problemas, es el hecho que si uno decide ir a un
Sistema Privado de Salud, tiene la obligación de contribuir en solidaridad
con aquellos que no pueden pagar un sistema de salud.
El segundo gran pilar, es el Sistema de las Previsiones o lo que tiene que
ver con las Previsiones de Jubilación...
El señor PRESIDENTE.- (Interrumpiendo)... Su tiempo se venció, necesita
usted más tiempo doctora?.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Sí, dos minutos Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Dos minutos más tiene usted.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- (Continuando).- El Sistema de Previsiones,
o de Prevencíon y Cobertura de Riesgos, incluye también por supuesto el tema
de las pensiones, y ese nos parece que es un segundo pilar del Sistema
Nacional de Seguridad Social. Allí recojemos con simpatía la posibilidad de
la existencia de entidades también privadas, que puedan brindar junto con la
entidad pública, la cobertura de los riesgos diferidos.
Un tema que sin embargo nos parece un cambio sustancial, es el siguiente: Si
el Instituto Peruano de Seguridad Social u otra, como se le quiera llamar,
diferencia claramente lo que es sus prestaciones de salud, integradas a un
sistema de salud; eso se diferencia de la parte relativa a pensiones en
nuestro concepto. Ese Instituto Peruano de Seguridad Social -por usar el
nombre actual- que ocupe la parte relativa a pensiones debe ser -para ponerlo
en los términos de moda- una AFP más; es decir, si el Instituto Peruano de
Seguridad Social sigue atendiendo las pensiones de un conjunto de ciudadanos
del Perú, debe tener las mismas facilidades y los mismos controles que las
AFP, y por eso sostenemos que la Superintendencia de Administración de
Fondos de Pensiones, debe cubrir y debe supervilizar a toda institución
pública o privada que contribuya o que mantenga regímenes de pensiones;
porque de este modo entonces- permitiremos que un trabajador en efecto opte
o por mantenerse en un sistema de pensiones desde el Estado o que opte por
un camino privado; pero ambos tienen un tratamiento igual en la ley.
Y por último nos queda el tema del Bienestar.
Creemos que deben haber sólo algunos conceptos genéricos que nos permitan
recoger aquellos derechos sociales fundamentales como son la alimentación,
la vivienda, la educación, la recreación, etc. También tendiendo - y así
o decimos en el artículo- a que esto sea un régimen descentralizado. La
Noción de Bienestar, señor Presidente, debiera tener por ejemplo un
adecuado tratamiento a fondo como el Fondo Nacional de Vivienda.
Una última disposicón transitoria -y con esto termino- nos lleva a plantear
la necesidd de resovler un problema vigente legal y constitucionalmente.
Sostenemos que el Estado debe garantizar la atencion de los pensionistas
publicos y privados y de los trabajadores que permanezcan con los alcances
de la ley l99O ó 2O53O respetando los derechos dquiridos.
No tenemos ningún problema en cambiar hacia el futuro, señor Presidente, pero
nos parece importante respetar los derechos adquiridos de los pensionistas
que hoy día los tiene.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Abrimos el debate entonces, sobre el articulado
propuesto por el doctor Marcenaro.
Artículo Primero, se va a leer primero el artículo.
Doctor Marcenaro tenga la gentileza de leer el primer artículo.
El señor MARCENARO FRERS.- (Leyó).- Artículo l§.- El Estado reconoce el
derecho universal y progresivo de toda persona a la segfuridad social, para
su protección frente ...
(Sigue turno No.6).
SILVIA ALEGRE LUCAR 31-05-1993 (MATINAL)
El señor MARCENARO FRERS...(continuando)..."universal y progresivo de toda
persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias
sociales que determine la ley y para la elevación de su nivel de calidad de
vida.
El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones a
través de sistemas públicos, privados o mixtos".
El señor PRESIDENTE.- Debatiremos entonces por partes, Doctor Ferrero tiene
la palabra.
El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente: La duda que tengo en este artículo
abarca no sólo la propuesta de hoy sino también lo que ya la Constitución
Peruana establece actualmente, y es la condicionalidad de establecer que el
derecho a la seguridad social es de acceso progresivo.
Esta palabra de ponerle un adjetivo a la manera como los hombres acceden a
un derecho fundamental es recortar un poco y condicionar el derecho en sí.
Fíjese, señor Presidente que en el resto de los artículos de la Constitución,
en derechos que son fundamentales la palabra "progresivo" no aparece. No se
dice en la Constitución hay un derecho "progresivo" a la libertad de
expresión, no se dice en la Constitución hay un derecho "progresivo" a la
libertad de tránsito, no se dice nada de ello ¨Por qué sólo para la seguridad
social la Constitución Peruana dice el acceso es "progresivo"
Yo comprendo que algunas personas, tanto el 79 como ahora, perciben que no
es viable económicamente, que no hay como permitir el acceso a la seguridad
social a todos los peruanos hoy día y que reconocemos la imposibilidad
práctica de hacerlo, porque como el seguro proviene, en nuestro sistema, de
quienes tienen normalmente un trabajo dependiente y estable, y como en
nuestro país la mayoría de gente no tiene ni trabajo ni estabilidad, entonces
no habría recursos para poder darle respaldo económico a todos.
Entonces los constituyentes del 79 y los 93 se miran al espejo y dicen: "Si
no podemos ¨por qué lo vamos a ofrecer?"; sin embargo, Presidente, creo que
este asunto debe ser sometido a un segundo análisis el 93 porque cuando se
dice "acceso progresivo" se le corta la fuerza al derecho, se le resta la
obligación y el impulso que la sociedad y el estado deberían dar para que el
derecho efectivamente se cumpla. Porque "progresivo" para mí puede ser 20
Kilometros por hora, "progresivo" para otros puede ser 80 Kilómetros por
hora. "Progresivo" para unos puede ser 2 años, "progresivo" para un
conservador puede ser 20 años. ¨Qué es progresivo? ¨qué necesidad hay de
tener una condición previa para el acceso al derecho?
Quiero añadir, señor Presidente, que de las 8 Constituciones revisadas sólo
esta mañana, una, Venezuela nada más, habla de "progresividad", todas las
restantes dicen que el acceso de sus ciudadanos es "a la" seguridad social,
no dicen "progresivo". Quiere decir que esta frase nacida por un fundado
temor debería ser hoy revisada para ver si la podemos eliminar.
Se que se ha vencido el término, quiero solamente hacer un añadido de
redacción.
Se dice que: "El Estado reconoce el derecho de todos a la seguridad social",
y ahí dice el objeto "para su protección y para la elevación del nivel".
Correcto, entonces, el concepto que determine la ley va después. Primero es
la finalidad, la finalidad es:
a) Las contingencias,
b) La elevación de vida
Recién entonces se le pone el cerrojo, la ley. Pero no decir: "Las
contingencias que la ley determine y la elevación de vida"
No, es las contingencias...
(continúa en el turno 7)
Arturo Ochoa Alvarado
El señor FERRERO COSTA.- (Continuando)... la ley, pero no decir "las
contingencias que la ley determine y la elevación de "vida " no es "las
contingencias, la elevación de vida conforme a la ley"
El señor PRESIDENTE.- doctor Cáceres tiene el uso de la palabra.
El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Con referencia al primer párrafo de este
Artículo 1§ yo creo que decir progresivo de toda persona da la idea que
todos, absolutamente todos tienen el derecho de ingresar y todos van a tener
un acceso progresivo, lo cual me parece que no es la idea, van a haber
algunos que ya van a estar con todos sus riesgos cubiertos, sus contingencias
y otros que no las van a tener por supuesto todavía en mucho tiempo, entonces
creo que la construcción en esta parte es deficiente, de otro lado hablar
frente a las contingencias sociales, las circunstancias de riesgo de una
persona sin habitación es una contingencia social, me parece que no, creo que
está equivocado allí, en todo caso debería decir contingencias sociales y
personales o retirar el término sociales para no darle una extensión que creo
que es equivocada.
De otro lado señor Presidente hablar de elevaciones del nivel de vida en esta
parte en materia de seguridad social creo que no sería lo prudente, por eso
yo me permito proponer respecto de este primer párrafo la siguiente
redacción: "El Estado reconoce el derecho a la seguridad social la ley
establece la progresiva incorporación de la población en la seguridad social
y los alcances de este". En esa forma señor Presidente salimos de hablar de
contingencias que quedan dentro de los alcances de esta de igual manera que
en relación al nivel de vida y lo que se hable de progresivo señor Presidente
queda referido a la forma como van a ir incorporándose sucesivamente los
sectores sociales y no como si fuera señor una una limitación que abarcara
a todos los que van a ser beneficiarios del Sistema.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, sin perjuicio de las reservas que
voy a exponer quiero felicitar a la Comisión que presidente el doctor
Marcenaro.
El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- Me permite una pequeña interrupción?.
El señor CHIRINOS SOTO.-Como no.
El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Me auno a la felicitación,
Indudablemente hay un trabajo de síntesis muy plausible.
El señor CHIRINOS SOTO.- El doctor Mario Pasco Cosmópolis ha saludado ese
texto por la Comisión que el preside o dirige como sencillo y lo es, como
viable, o sea que no contiene ilusiones y también lo es y además como
técnico, pero el tecnicismo de ciertas áreas del Derecho señor Presidente
puede ser excesivo ya se de donde viene aquello famoso el contorno, perdon
el "entorno cultural condicionante", lo ha dicho el doctor Mario Pasco en uno
de sus artículos en El Comercio de manera que ha tenido la paternidad de lo
que se quiere introducir como regla para administrar justicia en el Perú.
Señor Presidente, el Derecho Universal, aunque sea acepción aceptada en el
ámbito del Derecho del Trabajo, no me parece señor Presidente, Qué cosa es
el Derecho Universal?, el Derecho Universal es el derecho que comprende todos
los derechos habidos y por haber, yo le quitaría la cuestión "Universal"
aunque lo tengan los laboralistas, reconoce el derecho progresivo, yo
diacrepo naturalmente en este caso doctor Ferrero y ae parece por el
contrario`que la palabra progresivo le dá un dinamismo al texto, porque
quiere decir que estos derechos no han terminado, sino que siguen una escala
ascendente, los que ya se prestan se conservan, pero va a haber otros riesgos
que se irán cumplinendo de una manera progresiva, inevitáblemente progresiva.
Me pongo por ejemplo señor Presidente en el caso al que se refiere el doctor
Marcenaro, en el Perú no hay seguro contra el desempleo, ni lo puede haber
ahora porque no somos un país con recursos para dar Seguro al Desempleo, pero
esa es una meta, esa tiene que ser una meta, dice el doctor Ferrero: "Los
Conservadores la pondrán dentro de 20 años" yo la pondría pasado mañana si
se pudiera, pero esa meta tiene que cubrirse algún día, algún día los
desempleados en el Perú recibirán una...
(Continúa en el Turno No. 8)...
Transcriptor: Alfredo Alvariño C.
El señor CHIRINOS SOTO.-(continuando)... tiene que cubrirse algún día, algún
día los desempleados en el Perú recibirán una compensación del Estado.
El señor FERRERO COSTA.- Una interrupción.
El señor CHIRINOS SOTO.- Si, como no.
El señor FERRERO COSTA.- El ponente, yo le ruego que después explique si
"progresivo" es como lo dice el señor Chirinos Soto, que hoy unos sólo
acceden a curarse y mañana podrían tener un seguro de desempleo o si
"progresivo" en la doctrina de la ciudad social, es poco a poco para que los
que ahora no están mañana estén.
El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno, yo leo los textos como están, reconoce el
derecho progresivo de toda persona a la seguridad social, a tal y a tal;
actualmente ya hay prestaciones que tiene toda persona por lo menos
asegurada, hay, pero se necesita que en el próximo futuro haya mas, una de
ellas es la de desempleo, de manera que en nombre de la dinámica del
derecho, en nombre del sentido común, le quito "universal" y le mantendría
"progresivo".
Frente a las contingencias sociales, yo estoy de acuerdo con el señor Cáceres
aunque sea una expresión de derecho laboral es inaceptable porque las
contingencias pueden ser individuales, una enfermedad mia es mi enfermedad,
es frente a las contingencias, señor Presidente, ni sociales ni individuales,
frente a las contingencias que determina la ley.
Y por supuesto que también se me hace inaceptable la elevación de su nivel
de calidad, o decimos "elevación de su nivel de vida" o decimos que es lo mas
moderno "para la elevación de su calidad de vida" o "para la elevación de la
calidad de su vida", pero "nivel de calidad" de ninguna manera, señor
Presidente.
Tengo tres observaciones, quitar "universal", mantener "progresivo", quitar
"social" y corregir este galimetías de "nivel de calidad".
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Sambucetti
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Gracias, señor Presidente.
Efectivamente, creo que la palabra "derecho universal" es algo que se
extiende y se podría entender como un derecho de todos cuando un derecho
universal se supone que no puede ser progresivo, es un derecho universal, es
decir, todos tienen el derecho, todos los que componen ese universo.
Yo propongo que quede el primer párrafo, "el Estado reconoce el derecho de
toda persona a la seguridad social" y eliminar también la palabra
"progresiva" porque la meta finalemente como dijo el señor Ferrero es que
todos finalmente tengan derecho a la seguridad social, si esa es la meta
debemos apuntar hacia ella. Ahora, cómo llegamos a esa meta si
progresivamente o no, ese es asunto que creo que no debe estar dentro de los
términos constitucionales.
Por otro lado, hay un párrafo acá que dice "para la elevación de su nivel de
calidad de vida", a mi me parece que en términos de redacción esto no está
muy claro, hay creo yo una incongruencia en su redacción; yo creo que podría
quedar "para mejorar la calidad de vida" que dice lo mismo pero en forma mas
sencilla, concisa y clara, eso es lo que puedo aportar en este párrafo, señor
Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra la señorita Lourdes
Flores.
La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente: En relación a este artículo en
cuanto al propósito que aquí de enuncia "la elevación de su nivel de calidad
de vida" yo propondría la siguiente redacción: "La Seguridad Social tiene por
objeto proteger la calidad de vida de la persona y su familia y promover su
desarrollo para que alcance su mas alto nivel" que se recogen ambos temas,
es decir, el tema de la protección de la calidad de vida y de la promoción
del desarrollo, primera noción.
Segundo, en el concepto de derecho universal, nosotros lo hemos redactado de
forma que nos parece mas claro, todos tienen derecho a la seguridad social,
esa es la noción, ese es el derecho universal, todos tienen el derecho,
-punto seguido- "el Estado, la obligación de promover y facilitar el acceso
progresivo a ella" es decir, creo que el enunciado debe comenzar diciendo
"todos tienen derecho a la seguridad social" que eso es lo que quiere decir
el derecho universal, y luego lo que tiene que precisarse con claridad y
distinguirse es que el Estado tiene la obligación...
(Continúa en el Turno N§ 9)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 31-05-93
La señorita FLORES NANO.- _(continuando)_ y luego lo que tiene que precisarse
con claridad y distinguirse, es que: "El Estado tiene la obligación de
promover y facilitar el acceso progresivo a ese servicio". Y por último, en
relación al segundo párrafo, yo insistiría **"Sol Memory"**. Nada más,
gracias.
El señor PRESIDENTE.- Señor Castro.
El señor CASTRO GOMEZ.- Presidente, en este primer artículo sobre seguridad
social, creo que hay algunas diferencias importantes ha señalar con la
Constitución del 79 y vigente a la fecha. Me parece importante la propuesta
de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social en el aspecto del reconocimiento
del derecho, pero creo que es un retreceso en relación a la Constitución del
79, en la medida de que no se trata sólo de la declaración del reconocimiento
del derecho. No se trata del enunciado, como muchas veces se ha dicho, sino
de que es indispensable, al mismo tiempo que se reconoce el establecer el
papel de garante del Estado para el cumplimiento de ese derecho.
Y el papel del garante, no significa que el Estado sea el que haga todo,
asuma todas la responsabilidades, organice todos los aspectos para que se
cumpla con este derecho que se reconoce, sino que el Estado tiene que ser el
promotor de diversos tipos de iniciativas en forma plural para que se haga
relaidad ese derecho que se reconoce a todos los ciudadanos.
Por eso, creo que debe añadirse a la propuesta de la Comisión y en cuanto a
la redacción que el Estado reconoce y garantiza el derecho de todos a la
seguridad social.
De otro lado, me parece importante; y esta es una concepción distinta a la
del 79, el señalamiento de que el rpopósito de la seguridad social es no sólo
la protección de la persona frente a diversas contingencias sociales, que es
el concepto tradicional de contraprestaciones, sino que tiene un objetivo más
amplio y general que es la elevación de la calidad de vida de las personas;
que es el logro del bienestar de las personas del bienestar social.
Creo que este asunto me parece importante, porque denota una concepción
comprensiva, amplia de la seguridad social y no restrictiva como se ha venido
entendiendo en relación a mecanismos de contraprestación que lamentablemente
en el segundo párrafo se repiten, se reiteran; no son consecuentes con el
avance del primero, pero en todo caso en su momento lo señalaré.
Entonces formularía en concreto mi proposición para que además del
reconocimiento del derecho, se establezca la garantía del Estado en los
términos que he formulado de promoción de diversas guías, mecanismos y
sistemas amplios para que se haga realidad este derecho que se reconoce.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Señor Marcenaro, tiene el uso de la palabra con el
propósito de que señale los planteamientos que acepta en su planteamiento y
la fórmula final para ponerla en votación.
El señor MARCENARO FRERS.- Sí, señor Presidente. Me voy a permitir aclarar
un par de ideas.
En primer lugar, con relación al tema de la gradualidad y progresividad. Me
voy a permitir mencionar simple y llanamente un pequeño texto del doctor
Emilio Morgado, que es el Consejero Regional de la OIT para América Latina
y el Caribe; y es considerado uno de los hombres más_
(CONTINUA EN EL TURNO - 10)
Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172
El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)...Consejero Regional de la OIT para
América Latina y el Caribe; y es considerado uno de los hombres más
conocedores del derecho laboral y la seguridad social hoy día que hay en el
mundo.
Y él dice en un artículo, en este libro que todos hemos recibido sobre la
Constitución, dice: "En la mayorpia de las constituciones se reconoce este
principio, el de la progresividad, sea en forma expresa como en las
constituciones colombiana, ecuatoriana, salvadoreña, hondureña, paraguaya y
dominicana, o bien tal principio es reconocido, etc. Este principio envuelve
el concepto de un avance constante hasta alcanzar una meta ideal, se
fundamenta en la imposibilidad material de garantizar la vigencia efectiva
de la plenitud de los derechos de seguridad social, por lo que se ha optado
por el el acceso gradual a cada uno de los derechos y beneficios
correspondientes."
Por lo tanto, esto de la progresividad es un tema, en relación a lo que había
mencionado el señor Ferrero, muy mencionado en las constituciones; y se
refiere a dos conceptos diferentes cuando se habla de progresividad. Se habla
de que tanto son progresivas las contingencias sociales que se van
incluyendo, sería progresivo que el día de mañana se incluya el desempleo por
ejemplo, cosa que todavía no está cubierto en nuestra legislación; y es
progresivo también en cuanto al número de personas que van accediendo al
sistema. O sea, en ambos sentidos se refiere el tema de la progresividad.
Esto es simple y llanamente la mención de dos principios que son reconocidos
en toda la doctrina del derecho de la seguridad social, en que se menciona
el que debe ser universal y el que debe ser progresivo.
Recogiendo la propuesta del señor Cáceres, eliminaríamos la palabra
"sociales" y creo que entonces la señor Sambucetti "nivel d", de tal forma
que podría quedar redactado en estos términos y diría lo siguiente, y esta
es la propuesta de nuestra Comisión, señor Presidente: "El Estado reconoce
el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para
su protección frente las contingencias que determine la ley y para la
elevación de su calidad de vida."
El señor PRESIDENTE.- Vuelva a reptir por favor su lectura señor Marcenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- Sí. "El Estado reconoce el derecho universal y
progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente
las contingencias que determine la ley y para la elevación de su calidad de
vida."
El señor PRESIDENTE.- Ya no, estamos en fundamentación, simplemente vamos a
la propuesta, luego se votan otras propuestas que hayan. Sobre este primer
párrafo, los señores miembros de la Comisión que estén de acuerdo sírvanse
manifestarlo levantando la mano. (Votación). 4 votos. Los que están en
contra. (Votación). Abstenciones. 2 abstenciones. Aprobado.
El siguiente párrafo: "El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de
salud y a pensiones a través de sistemas públicos, privados o mixtos.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- La palabra señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra señor Cáceres Velásquez.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, no me convence el texto
propuesto, yo sugeriría que en esta primera parte se diga, "libre acceso y
goce."
Luego, en la parte final, sugiero a la Comisión que nos ahorremos un artículo
al final, aquel que dice "el Estado supervisa el adecuado funcionamiento de
la seguridad social." Perdón, sugiero que aquí se agregue, en la parte final,
"cuyo adecuado funcionamiento supervisa", con lo cual nos ahorramos el
artículo y creo que la redacción queda mejor expresada. Pero me parece,
señor, que decir que el Estado garantiza, mejor sería plantearlo en otra
forma: "La ley establece el libre acceso y goce de prestaciones de salud y
atenciones a través de sistemas públicos, privados o mixtos, cuyo adecuado
funcionamiento el Estado supervisa."
El señor PRESIDENTE.- Señorita Flores Nano.
La señorita FLORES NANO.- Presidente, este concepto recoge una visión liberal
de la seguridad social, pero desde nuestro punto de vista en una economía
social de mercado, diferenciada por ende de una economía de mercado, la
noción de solidaridad no puede estar ausente.
Cuando el segundo párrafo se está limitando a señalar que el Estado garantiza
el libre acceso a las prestaciones de salud y atenciones a través de sistemas
públicos, privados...
( SIGUE EN EL TURNO N§ 11 )
Donato Velásquez V.
La señorita FLORES NANO.- (Continuando).... el Estado garantiza el libre
acceso a las prestaciones de salud y de pensiones, a través de sistemas
públicos, privados o mixtos, se está omitiendo, desde nuestro punto de vista
un concepto fundamental.
Toda persona tiene derecho a un sistema de salud o un servicio de salud, o
a un régimen de pensiones; pero en una economía social de mercado es
fundamental, que todo aquel que pueda solidariamente contribuir, y esa es la
noción de la seguridad social, a aquel que no pueda tener acceso a un sistema
o lo tenga, contribuya a que esto sea posible.
Por ello, señor Presidente, nosotros no tenemos ningún problema, en que junto
con el sistema nacional de salud, conducido por el Estado, junto con los
servicios de salud, conducidos por el Estado, pueda coexistir sistemas
privados.
Pero nosotros consideramos, señor Presidente, que cuando un trabajador opta,
por ejemplo, por un sistema privado de salud y va cotizar para tener un
seguro que le cubra contingencia, debe estar obligado a aportar
solidariamente para la manutención de aquellos sistemas de salud que el
Estado conduce. Porque esa es la noción de solidaridad que inspira la
seguridad social y que inspira una política social del Estado en una economía
social de mercado.
Por eso nosotros en el artículo 4§ de nuestra propuesta, incluimos un texto
que dijeramos que se recoja: "El régimen de las aportaciones que incluye
necesariamente el de solidaridad es normado por ley", de forma tal que haya
la posibilidad, siempre abierta, que un trabajador o cualquier persona pueda
optar por un sistema privado; pero que si lo hace, señor Presidente, no por
eso se deja al descubierto a las instituciones que desde el Estado deben
prestar esas coberturas.
Noción de solidaridad que vemos aunsente en este segundo párrafo y que
proponemos sea incorporado.
De otro lado, señor Presidente, creemos que no debe desaparecer del texto
constitucional, el reconocimiento que hacía la Constitución de 1979, de una
institución de caracter nacional y conducida por el Estado, como es el
Instituto Peruano de Seguridad Social.
Creemos además que es a nivel constitucional y no a nivel de ley, donde debe
precisarse con claridad cómo que esta institución maneja, conducida y por eso
sostenemos, señor Presidente, a este párrafo debe adicionarse uno que
contemple la existencia a nivel constitucional y a nivel de sus órganos de
gobierno el Instituto Peruano de Seguridad Social.
Ello está contenido en dos textos, que nosotros vamos alcanzar a la Mesa,
pero son dos estas dos observaciones importantes, desde nuestro punto de
vista al párrafo que escuetamente consagra del derecho de todos a un acceso,
que hoy día, la noción de solidaridad.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Castro.
El señor CASTRO GOMEZ.- Señor Presidente, le comentaba al ponente, se
olvidaba de mencionar una de las características de la propuesta, en relación
al tema de trabajo que ha sido recordada y traida a esta reunión como un
señalamiento de un distinguido laboralista, preocupado de estos temas como
es el doctor Mario Pasco Cosmópolis, además de los aspectos de lo conciso,
de lo técnico el doctor Mario Pasco señala un asunto que en este debate se
está reiterando, es el contenido liberal de estas propuestas.
Cuando, justamente, en el enunciado general sólo se hace el reconocimiento
del derecho y no la garantía del Estado, se está olvidando la respónsabilidad
que tiene el Estado, justamente para logro de estos derechos por parte de los
ciudadanos y de toda la gente del país.
Nos parece, en este caso, nuevamente se repite el criterio de libre acceso,
unicamente a las prestaciones de salud y pensiones, restringiéndose el
concepto de seguridad social a ....
(continúa en el turno 12)
Transcriptor: Julio Vera Barreto
El señor CASTRO GOMEZ.- (Continuando)... frente a las prestaciones de salud
y pensiones, restringiéndose el concepto de seguridad social, a ello y no
justamente a lo que se había avanzado en el párrafo anterior en señalar un
carácter amplio de diversas contingencias, pero que en lo fundamental adjutan
a la elevación de calidad de vida y en general del bienestar de los
ciudadanos. Y quiero señalar igualmente de que se deja de lado en esta
concepción liberal un principio fundamental y básico que orienta la Seguridad
Social y que es recogida igualmente por diversas constituciones, muchas de
ellas inclusive desarrolladas recientemente y con signos de apuntar en los
términos de liberalismo.
Así como ha recordado el doctor Marcenaro, al doctor Emilio Morgado, en
relación al tema de la Seguridad Social, en las Constituciones
Latinoamericanas, él justamente señala que en casi todas las constituciones
existen; constituciones directas al principio de solidaridad como integrante
de la seguridad social y determinante de su papel en las políticas
redistributivas, como lo señalan claramente las Constituciones Bolivianas,
Brasileña y Colombiana, cosa que se deja totalmente de lado en esta
propuesta; así como tambén se hace desaparecer en la práctica al Instituto
Peruano de Seguridad Social y en realidad no se busca corregir sus errores,
por que no se modifica justamente el aspeto que ha permitido su manipulación
por parte de todos los gobiernos de turno y de todo signo.
Es decir el darle la autonomía y conduccción en su manejo que es la propuesta
nuestra en relación a la modificación a introducir en el manejo del Instituto
Peruano de Seguridad Social, que somos coincidentes con la propuesta de la
doctora Lourdes Flores, en el sentido de que tiene que hacerse mención
expresa de su existencia y sus características en la propuesta de
constitución que estamos debatiendo.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, en primer lugar quiero expresar
mi perfecto acuerdo con el concepto que trae la comisión, porque ese concepto
responde a lo que ahora quiere la opinión pública, no a lo que quería en
1979.
La opinión pública quiere efectivamente que la Seguridad Social se presta a
través de sistemas públicos con lo cual se reconoce al instituto Peruano de
Seguridad Social, no solamente que venía si no que se le reconoce.
Privados que existen cada día más difundidamente, nosotros mismos los
miembros del Congreso, me parece que estamos cada uno bajo el sistema de
seguridad privada o mixto porque no se puede dar el caso de citados mixto.
Y de hecho se da, muchas veces el Instituto Peruano de Seguridad Social
funciona bajo un régimen mixto, cuando contrata con clínitas particulares
para que atienda a los enfermos.
Yo con todo me gustaria recoger de alguna manera la sugerencia del doctor
Cáceres Velásquez.
Como el primer artículo es la primera parte del Artículo contiene un
principio tan importante podría ser artículo aparte; y este segundo párrafo
podría ser, eso le propongo al doctor Marcenaro, podría ser un artículo
aparte tamibién y decirse al revés. Las prestaciones de salud, y de
pensiones, se otorgan bajo la garantía del Estado a través de sistema
públicos privados o mixto, y quizás ahí eso también que lo vea el doctor
Marcenaro, quiza ahí se podría agregar como segundo párrafo: "el Estado
supervisa su adecuado funcionamiento", con lo cual volariamos al Artículo 3§
y conservariamos.
La señorita FLORES NANO.- Ua interrupcion doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- si como no Lourdes.
La señorita FLORES NANO.- Nadie del doctor Chirinos niega, la importancia de
que cohexista sistemas privados, mixtos o públicos, lo que nosotros estamos
planteando, es que esa cohexitencia se dé con una obligación de solidaridad;
es decir si un número importante de usuarios, del sistema público se salen
de este para ingresar a un sistema privado en buena hora, lo que tiene que
garantizarse es la posibilidad de aquellos que no pueden salirse del sistema,
estén cubiertos y eso lo que la aportación de solidaridad plantea.
El señor CHIRINOS SOTO.- Perfecto; esa es la posición del Partido Popular
Cristiano que yo no ...
(Continúa en el Turno N§ 13)
Matinal.
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
La señorita FLORES NANO LOURDES...(continuando)...encubiertos y esto es lo
que la aportacion de Solidaridad plantea.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.-Perfecto, esa es la posición del Partido
Popular Cristiano, que yo no comparto señor Presidente; yo comparto lo de
la Comisión.
Yo diría: "Las prestaciones de salud y de pensiones se otorgan bajo la
garantía del Estado a través de Sistemas Públicos, Privados o mixtos". Esa
sería otra propuesta; "el Estado superviza su adecuado funcionamiento". Eso
ha propuesto el doctor Cáceres. Simplemente estoy cambiando el orden de las
frase, nada más.
El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- Dos veces de Estado en esta redaccion;
en una creo que debería hablarse de la ley para que no hubiera una
repetición.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Al final de cuentas, el Estdado se expresa
a través de la ley, de manera que es lomismo, ya es una exquisitez de estilo
doctor Cáceres, con la que no estoy en desacuerdo. Podría decirse: "Las
prestaciones de salud y de pensiones, se otorgan bajo la garanía de la ley
a tavés de sistemas públicos, privados o mixtos. El Estado superviza su
adecuado funcionamiento. Y nos quedaría el Artículo 2§.
El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- De cuerdo.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Esto lo ejo a buen criterio del doctor
Marcenaro.
El señor PRESIDENTE.- Si no hay otra intervencion sobre el tema, doctor
Marcenaro, para ver la propuesta que acepta como ponente.
El señor MARCENARO FRERS.- Sí señor Presidente, estamos de acuerdo a la
propuesta en la forma como lo ha formulado el doctor Enrique Chirinos Soto,
en cuanto a poder unir el segundo párrafo del Artículo l§ con el Artículo 3§;
de tal forma que quede una solaredacción.
Lo que habría que ver es en este momento, si usted me permite un minuto
para ver cómo quedaría la redacción final.
El señor PRESIDENTE.- Suspendemos un minuto la sesión. (Pausa).
El señor PRESIDENTE.- (Continuando).- Doctor Marcenaro, puede hacer uso de
la palabra.
EL señor MARCENARO.- La redacción del segundo párrafo de este artículo
, quedaría en la forma siguiente, señor Presidente :"El Estado garantiza
el libre acceso a las prestaciones de salud y a pensione a través de
sisetemas públicos, privados o mixtos, y suprerviza su adecuddo
funcionamiento.
El se@9 PRESIDENTE.- Al v_to.- Los señores congrMsistas que estén de acuerdo
con la redacciM; sírvanse manifestarlo levantando la mano ( Votacion).- Uno, dos, res, cuatro votos.
Losque están en contra. Votación).- Uno.
Absenciones. (Votación)-Uno.
El señor MARCENAO.- Perdón Presidene, yo dije como segundo p fo y realmente
era la idea de dividirlo en `os artículos. En vista que estamos eliminando
el tercero artículo, este segundo párrafo se convertiría en un segundo
artículo, para separar las dos ideas .
El señor PRESIDENTE.- Bien, entonces queda como segundo artículo si no hay
obvservaciones. (Pausa).-Aprobado.
Agregados. Doctora Lourdes Flores, puede hacer uso de la palabra.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Un agregado que diga lo siguiente:"El
régimen de las aportaciones, que incluye necesariamente el de solidariad,
es normado por ley".
El señor PRESIDENTE.- Al debate. Doctor Chirinos, puede hacer uso de la
palabra.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Yo no conozco qué cosa quiere decir, que
exista aportaciones de solidaridad, no conozco; ni el Derecho Peruano ni en
el Universal.
El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores, puede hacer uso de la palabra.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Claro que existe, la posibilidad de
contratar opciones privadas y que parte de esa aportación, sea derivada a
un sistema público,eso es lo que se denomina a la aportación de solidaridad.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Hay , alguna ley, dice aportación de
solidardiad?.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Obviamente doctor.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Me encanta ilustrarme por eso pregunto.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Las propias normas dictadas por este
régimen.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.-Pero yo no estoy de acuerdo, así se llaman
aportación de solidaridad?.
El señor PRESIDENTE.- Alguna otra propuesta al respecto?.
Doctor Ferrero puede hacer uso de la palabra.
El señor FERRERO COSTA CARLOS.- Presidente, yo estoy de acuerdo con el
principio...
(Sigue turno No.l4).
SILVIA ALEGRE LUCAR 31-05-1993
(MATINAL)
El señor PRESIDENTE...(continuando)...doctor Ferrero.
El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente: Yo estoy de acuerdo con el
principio de solidaridad. Es decir, los que pueden pagar seguro o los que de
una u otra manera están en mejor condición que aquellos que carecen,
contribuyan para que los que no están en condiciones de recibir el seguro,
puedan recibirlo.
No estoy tan seguro si es es indispensable que vaya en la Constitución porque
no estaba así, pero confirmando..
La señorita FLORES NANO.- Pido la palabra.
El señor FERRERO COSTA.- Si te la doy en un segundo, Lourdes.
Yo se que existe ahora, porque hay gente que está pagando el seguro privado,
y hay aportaciones de las empresas que continúan cotizando al seguro como
diciendo: "Bueno, me paso al seguro privado, voy a ayudar al privado" pero
continúa en el público para favorecer, pero eso es porque ahora hay gente que
está en el seguro público. Si en el futuro, todos se volvieran al sector
privado, por ejemplo, no habría necesidad de la constitución de solidaridad,
pero en fin, siempre habrá necesidad de un seguro público.
Una interrupción Presidente.
La señorita FLORES NANO.- Claro, la interrupción es por dos cosas.
Efectivamente, no lo establece en la Constitución del 79 porque en la
Constitución del 79 -y me parece un avance positivo ir hacia sistemas
privados- en el fondo dejaba como una segunda y muy relativa opción la de los
sistemas privados.
Hoy día colocamos a la libertad del trabajador para optar por el sistema
público o privado, pero creo que en la realidad de nuestro país es
indispensable garantizar el financiamiento del sistema público y si se
produjera una masiva salida del sistema público hacia los sistemas privados
dejariamos desvalidos a quienes no pueden recibir servicios y nos parece que
ese es un concepto indispensable de conceder.
El señor PRESIDENTE.- La propuesta del señor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente: Me preocupa en efecto
lo siguiente:
Qué sucede si del sistema de seguro del estado, todos los que tienen altos
sueldos, altas remuneraciones se van a un sistema privado porque
indudablemente ellos les van a dar beneficios mejores que el sistema actual,
entonces, en el sistema actual quedan todos los pobres, los de baja
remuneración que van a tener alcances muy limitados en cuanto a la seguridad
que van a percibir o recibir. En consecuencia, el aspecto que señala la
doctora Lourdes Flores me parece que es procedente considerarlo dentro de la
redacción tal vez aprobada pero hay que involucrarlo.
El señor CHIRINOS SOTO.- Ponga usted en el caso de que no sólo se vayan los
de altas remuneraciones sino que se vayan los de baja remuneraciones. En la
medida en que haya una deserción en masa del seguro social van a bajar
también sus obligaciones, bajan sus ingresos y bajan sus obligaciones y si
llega a quedarse sin asegurados, desaparece, se venden sus propiedades.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Concluyendo mi intervención, lo que
preveo es que va a surgir un seguro particular para los altamente remunerados
y va quedar el seguro actual para los pobremente remunerados. O sea, va a ser
una diferencia abismal, creo que habría necesidad de coordinar ambas
situaciones como plantea la doctora Lourdes, aunque no exactamente con esos
términos.
El señor Sambucetti me pide una interrupción.
El señor PRESIDENTE.- Sí.
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Con su venia señor Presidente.
Si seguimos la lógica del señor Chirinos, entonces para que ponemos en el
Artículo Uno "El estado reconoce el derecho de toda persona a la seguridad
social" si finalmente no se queda nadie en el IPSS y éste tiene que
desaparecer. Debemos de tratar que el IPSS funcione porque el estado tiene
la responsabilidad de darle a cualquier ciudadano la posibilidad de
asegurarse, no todo va a ser privado. Hay que tratar de conservar el
Instituto Peruano de Seguridad Social y hacia eso apunta justamente la idea
de Lourdes Flores Nano. Yo creo que es completamente lógica.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Freundt tiene la palabra.
El señor CHIRINOS SOTO.- Déjeme una interrupción.
El señor Sambucetti dice que siguiendo mi lógica. No, perdón, esa no es mi
lógica, esa sería de producirse la lógica de la realidad pero puede ser que
no se produzca.
Yo estoy viendo que el Instituto Peruano de Seguridad Social, hoy bajo la
dirección del doctor Castañeda, cada día tiene más eficiencia, está
ofreciendo ahora un sistema de intervención que no es quirúrgica propiamente,
por ejemplo, para los cálculos a los riñones, está ofreciendo la última
palabra, está bien, un sistema que se ponga así eficiente no va a
desaparecer.
Yo estaba usando el argumento que en lógica se llama la *reduccio al
absurdum*, si no hay nadie para que queda la seguro social, además garantiza
el estado el derecho a la seguro social bajo varios sistemas, bajo el sistema
público, bajo el sistema privado o bajo el sistema mixto, de modo que contra
esa moción no estoy.
El señor PRESIDENTE.- Señor Freundt.
El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, desde el punto de vista
estricto...
(continúa en el turno 15)
Arturo Ochoa Alvarado
El señor PRESIDENTE.- Dr. Freundt.
El señor FREUNDT THURNE.- Señor Presidente, desde el punto de vista estrícto
de salud, pero ya que esto que se está tocando en estos momentos creo que
tiene que ver con la parte de salud y sin pecar de ser abogado o sin tener
el orgullo quizás de ser abogado creo que acá hay tres partes que se estan
tocando en forma incidental, lo que ya se ha dicho es la eficiencia, si un
Sistema es eficiente no va a desaparecer, en medicina las cosas funcionan
así, cuando algo es eficiente no muere, en segundo lugar, si nosotros
estudiamos con datos, no con ideas sino con datos fijos, qué porcentaje por
ejemplo -en Chile- donde esto funciona ha dejado a la seguridad social menos
del 25 % de la gente, o sea a pesar de que Chile tiene más de 10 años de
ESAPRES -que es esto mismo- menos del 25 % de la gente ha pasado a esto o
seas que no hay por que tener temor de que desaparezca el IPSS, y en tercer
lugar, existe la inmensa posibilidad y esto se ha discutido y se ha
estudiado, de que gran parte de la labor que hoy día hace el IPSS o sea el
Instituto Peruano de Seguridad Social, lo puede seguir haciendo en función
de aquellas personas que están adscritas a un Sistema Privado de Salud,
porque no va a haber Sistema Privado de Salud en todo el Perú, sino que va
a haber tan solo en ciertas zonas y van a tener que contratar el uso del IPSS
para cosas como las que acaba de decir allí las "litotomías por ultrasonido"
que dijo el doctor Chirinos que creo que es una cosa excelente, pero que lo
seguirá haciendo probablemente hasta que por competencia de mercado aparezca
otro.
La doctora Lourdes Flores me ha pedido una interrupción.
La señorita FLORES NANO.- Si, efectivamente a través del sistema chileno 25
% es lo que se ha mencionado, han corrido o han salido del sistema público
para ir al sistema privado, pero también es cierto que ha habido y por eso
es que el gobierno del Presidente Aylwin ha tendido a fortalecer el rol de
los sistemas públicos porque ha tendido a fortalecer el rol de los sistemas
públicos, porque ha tendido a ver excelentes sistemas privados,
extraordinarios sistemas privados, a los que probablemente todos los miembros
de esta Mesa iremos, pero ese ingreso que dejó de percibirse en el seguro
público ha tendido a disminuir la calidad de ese sistema público para los que
de ninguna manera, porque esas distancias hay -y en nuestra realidad mayores-
de ninguna manera pueden salir a cubrirse en un sistema privado. Eso es lo
que contemplaría si es que le damos rango constitucional a algún aporte de
solidaridad, garantizar esos que de ninguna manera pueden salir del sistema
público tengan un servicio adecuado.
El señor FREUNDT THURNE.- Discrepo con la doctora Lourdes Flores, la
información que tenemos nosotros después de haber comentado con una infinidad
de personas que están metidos en ESAPRES de la Seguridad Social, es que la
calidad pública de la medicina en Chile si algo ha hecho ha sido mejorar, nos
llevan no sé cuantos lustros, pero no ha disminuído, la calidad de la
medicina pública en Chile sigue siendo posiblemente la mejor de
latinoamérica, a pesar de que hay un 25 % de gente que está en el seguro
privado.
El señor FERRERO COSTA.- Una parte que me gustaría precisar en relación a lo
que ha dicho Lourdes, porque,. esto se discutió hace mes y medio,
tangencialmente en la Comisión, cuando el principio de solidariada fue visto
al momento de observar las cuotas patronales del Seguro, me parece que fue
con motivo de un proyecto de ley.
Yo quisiera entender que en esta Comisión estamos interpretando que la
solidaridad, respecto de la cual hay más o menos un consenso, no es solo una
obligación moral de quien está en el seguro de ayudar a los que no tienen
seguro, sino que es una obligación de la Sociedad, o sea es la Sociedad en
general, no es que los asegurados pagan a los asegurados en menor condición
sino que la Sociedad acude en ayuda de los que no tienen el acceso, pero no
es una carga, no es que los que tienen casa ayudan a los que no tienen casa,
sino que la Sociedad en general ayuda a los que no tienen.
El señor FREUNDT THURNE.- Me permite una interrupción señor Ferrero ?
El señor Ferrero Costa.- Sí como no.
El señor FREUNDT THURNE.- Es para decir que cuando veamos la parte salud, ese
concepto que usted acaba de emitir está en en una serie de capitulos, La
Sociedad, no la solidaridad, yo no creo que uno pueda legislar solidaridad.
La Señorita FLORES NANO.- No pero perdón, me permite una interrupción?
El señor FERRERO COSTA.- Con mucho gusto.
La Señorita FLORES NANO.- Puede tener concreciones clarísimas, si yo tengo
que pagar una prima 10 %...
(Continua en el Turno No. 16)...
Transcriptor: Alfredo Alvariño C.
La señorita FLORES NANO.-(continuando)...concresiones clarísimas, si yo tengo
que pagar una prima de diez por ciento, de ese diez por ciento que recibe la
aseguradora privada, uno por ciento va al Instituto Peruano de Seguridad
Social, esa es la concreción que hago..
El señor FERRERO COSTA.-(interrumpiendo)que no es excluyente, a eso me
refiero, o sea que la única forma de ser solidario no es quitándole al que
ya está asegurado una parte de la prima para dárselo al que no tiene seguro,
esa es una parte pero no es la única, en realidad es la sociedad en su
conjunto.
El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Castro Gómez.
El señor CASTRO GOMEZ.- Señor Presidente: Para señalar mi acuerdo con la
propuesta de la doctora Flores en el sentido de la necesidad que se reconozca
aquí en esa ampliación, el aporte con sentido de solidaridad de los
asegurados en general, la solidaridad es múltiple, es de la sociedad pero de
los individuos en concreto y la solidaridad es de los que tienen mas con los
que tienen menos, de los que tienen con los que no tienen, inclusive de las
zonas mas ricas y productoras con las zonas menos desarrolladas, mas
deprimidas.
Creo de que se trata, señor Presidente, de alertar un peligro, pero no solo
es el peligro, doctora Flores, en efecto puede producirse, veamos además que
son dos sistemas, el sistema de pensiones y el sistema de salud, en el
sistema de pensiones se va a producir una situación muy grave, muy delicada
con el funcionamiento de las administradoras del Fondo de Pensiones, y lo mas
probable es que al producirse ese traslado quiebre el Instituto Peruano de
Seguridad Social y sea el Estado el que tenga que asumir el pago de las
pensiones y esa es una forma de solidaridad.
En el terreno de las prestaciones salud, ahí la posibilidad de competencia
del seguro social, la potencia del seguro social como seguridad social
solidaria para decirlo de algún modo, es mucho mayor que las privadas y por
eso es que va a supervivir, va a supervivir porque va a estar en mejores
condiciones en la competencia con los privados porque al no haber el sentido
de lucro y las multiples intermediaciones, la posibilidad de que los aportes
redunden en servicios y sea eficiente es muchísimo mayor en relación a las
prestaciones de salud, pero la solidaridad no solo sería de los que aportan
para ver el hecho de que pueda quedarse desfinanciado el Instituto Peruano
de Seguridad Social tanto en pensiones como en salud, sino que la solidaridad
tiene que darse también de los que tienen seguro privado a estatal con los
que no tienen seguro.
Qué pasa con los pobres que no tienen seguro, creo que ahí tiene que darse
también la posibilidad de que lo que tienen trabajo, de los que tienen
seguro, puedan aportar solidariamente para los que no tienen seguro ni tienen
trabajo.
Entonces, creo que estas dos expresiones puede tener el aporte de solidaridad
que hagan lo que acceden a servicios privados de salud o de seguridad social.
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Una interrupción?
El señor CASTRO GOMEZ.- Como no.
El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO.- Nosotros debemos de considerar de que la
población que tiene trabajo estable está por alrededor del 15% de la
población económicamente activa; es decir, al considerar la seguridad social
estamos considerando la seguridad social de una porción prácticamente
privilegiada en el Perú, porque la mayoría de los trabajadores en el Perú,
trabajadores de la calle, ambulantes, informales, etc., no tiene acceso la
seguridad social; por lo tanto, el concepto de solidaridad creo que debe de
incluirse porque esto de alguna manera podría de aquí en adelante determinar
algún tipo de seguro para estas personas que no lo tienen.
El señor PRESIDENTE.- Bien, entonces iríamos a la propuesta.
Puede hacer uso de la palabra el doctor Marcenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- Señor Presidente: En primer lugar estoy totalmente
de acuerdo con la idea de la solidaridad, considero que es fundamental en
toda sociedad que los seres humanos seamos solidarios, que seamos solidarios
con aquellos que no tienen trabajo, con aquellos que no tiene acceso a la
seguridad social, etc.
El tema está en primer lugar si es que este es un tema exclusivo del trabajo
y la seguridad social, o si este es un deber del ser humano y de la persona
en nuestra sociedad, yo considero que el tema solidaridad no es un tema
exclusivo de la seguridad social, en nuestra sociedad tenemos que ser
solidarios con todas las personas y en todos los campos, solidarios en
educación, solidarios en...
(Continúa en el Turno N§ 17)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 31-05-93
El señor MARCENARO FRERS.- _(continuando)_ en nuestra sociedad tenemos que
ser solidarios con todas las personas y en todos los campos; solidarios en
educación, solidarios en salud, solidarios en todos los servicios para los
cuales tenemos que crear los sistemas que así lo determinen.
Por lo tanto, considero que el tema de solidaridad no es solamente un tema
de seguridad social, sino es un tema de un deber del ser humano en nuestra
sociedas.
Sí, señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Corroborando lo que dice señor Marcenaro, el
principio de solidaridad que es un principio general, se ha introducido entre
los deberes del Estado a propuesta del señor Ferrero. Inculcar la
solidaridad, él mismo no estaba muy de acuerdo con ese verbo, lo hemos
cambiado en la Comisión de Redacción no me parecía, pero queda como deber del
Estado promover, cultivar, fomentar la solidaridad, no solo en seguridad
social.
El señor MARCENARO FRERS.- Sí, y quería agregar un poco contrario a la
señorita Flores, que he tenido la oportunidad de estar en Chile y justamente
no quería tener la mera teoría sobre el tema de seguridad, salud y pensiones,
quería conocer la realidad y estado en trabajos muy intensivos, visitando
Chile y conociendo como funciona las famosas **ISAPRES** y todos los que ahí
trabajan reconocen la gran mejora que ha tenido gracias a la existencia de
la competencia con el sistema privado del régimen del Instituto Chileno de
Seguridad Social, que ha progresado en una forma que realmente hay que ir,
hay que visitar, hay que ver, para que veamos como son ese tipo de
hospitales.
Por lo tanto, en principio estoy totalmente de acuerdo con el principio, sin
embargo, creo que no es materia exclusiva de este capítulo; y en segundo
lugar, no tengo la menor duda que esta es la política que se está haciendo
actualmente porque justamente al crearse la Ley de Pensiones se ha
establecido una cuota de solidaridad para el Instituto Peruano de Seguridad
Social; es decir, todo el nuevo régimen está estructurado con la finalidad
de que de ninguna forma desaparezca la seguridad social.
Pero que sea una seguridad social en la cual queden todos aquellos que
quieran continuar en ella, una seguridad social que tiene absolutamente todas
las ventajas frente al sistema privado hoy en día; tiene una infraestructura,
tiene un nivel médico de primera, tiene un equipamiento realmente
impresionante y en consecuencia está frente a una ventaja muy superior a la
que pueda adquirir la actividad privada.
En consecuencia, toda nueva legislación que se está dando es con la
finalidad; en primer lugar, que subsista el Instituto Peruano de Seguridad
Social, pero no como un gran elefante blanco, sino como un organismo
ordenado, más reducido, mucho más eficiente que preste muchos mejores
servicios y nadie puede negar que hoy en día, esta mejora por lo menos en la
parte de salud se ha dado, más no así en el sistema de pensiones.
Por lo tanto, es mi opinión personal de que este es un tema que debe ser
materia de deberes del ser humano y que la solidaridad se debe dar en todos
los campos, y no exclusivamente en el de seguridad social.
El señor PRESIDENTE.- Señorita Lourdes Flores, pondremos en votación su
propuesta. Sírvase leerla por favor.
La señorita FLORES NANO.- "El régimen de las aportaciones, que incluyen
necesariamente el de solidaridad, es normado por Ley".
El señor PRESIDENTE.- Al voto. Los señores congresistas que estén de acuerdo
con la propuesta en adición, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
(Votación). Tres votos. Los señores congresistas que estén en contra sírvanse
expresarlo de la misma manera. (Votación). Dos votos y el mío tres_
(CONTINUA EN EL TURNO - 18)
Justo Frías López 31-05-93 Anexo: 172
El señor PRESIDENTE.- (Continuando)...Tres votos. Los que están en contra
sírvanse manifestarlo. (Votación). Dos votos y el mío tres. Abstenciones. Una
abstención. No se ha aprobado, queda en suspenso la propuesta.
Otra propuesta. Señor Ferrero.
El señor FERRERO COSTA.- Solamente quería pedir que se votara la supresión
del término "adecuado" y se cambiara por "funcionamiento conforme a ley",
porque en realidad "adecuado" es muy subjetivo.
¨Qué es adecuado funcionamiento? Para una persona adecuado funcionamiento
puede ser que cumplan con pagar. Algún otro concepto, puede ser "eficaz";
pero "adecuado" resulta un poco etéreo. Si la Comisión puede proponer un
término mejor.
El señor MARCENARO FRERS.- Podría ser eficaz: "Supervisa su eficaz
funcionamiento." No habría ningún problema por parte de la Comisión, me
parece que es un buen aporte.
El señor PRESIDENTE.- Si no hay observaciones, se cambia "adecuado" por
"eficaz". No habiendo observaciones, aprobado.
Siguiente artículo. ¨Otra adición?
Señorita Flores tiene la palabra.
La señorita FLORES NANO.- Aludí también, señor Presidente, a la necesidad de
darle no sólo en el enunciado genérico de a través de sistemas públicos, sino
de darle tratamiento constitucional al seguro social, al Instituto Peruano
de Seguridad Social y a su régimen de gobierno, que se incluyera un párrafo
sobre dicha institución. Esa es la propuesta concreta.
"El sistema público se rige por una institución autónoma y descentralizada,
con personería de derecho público y con fondos y reservas propias aportados
obligatoriamente y bajo responsabilidad por el Estado, empleadores y
asegurados. Dichos fondos no pueden ser destinados a fines distintos desde
su creación. Es gobernada por representantes del Estado, empleadores y
asegurados en igual número. La preside el elegido entre ellos."
El señor PRESIDENTE.- Señor Marcenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- Sí, señor Presidente, con relación a ese artículo,
en primer lugar considero que es un artículo absolutamente reglamentarista.
La gran crítica que se hicieron a esos artículos en la Constitución actual
son justamente esos, que no es materia de la Constitución decir quiénes la
integran, cuántos la integran, cómo se integran.
En segundo lugar, a través de la redacción que nosotros hemos propuesto, lo
que se pretende es darle cobertura a todo el sistema de seguridad social, no
es materia de la Constitución establecer cómo debe funcionar el Instituto
Peruano de Seguridad Social; eso será materia de las leyes de correspondan.
Por lo tanto consideramos si lo que se va a reconocer es el derecho a la
seguridad social a través de sus diferentes sistemas, no tenemos porque
mencionar en la Constitución qué ocurre con el Instituto Peruano de Seguridad
social, que por supuesto esperamos que tenga larga vida y que el Estado va
a grantizar su funcionamiento.
El señor PRESIDENTE.- Al voto la propuesta de la señorita Flores Nano. Los
que están de acuerdo sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación).
Dos voto. Los que están en contra. (Votación). Tres votos. Abstenciones. Una
abstención.
Artítulo 3§. Señor Marcenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- "Los fondos y reservas de la seguridad social son
intangibles. Los recursos se invierten en la forma que señala la ley, bajo
responsabilidad civil, penal y administrativa, según sea el caso."
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- La palabra señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra señor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, no me satisface la
utilización del término "intangible". Viene a mi memoria cuando discutíamos
-me parece- respecto del territorio, que es "intangible" y se cambió por
"inalienable" a propuesta del señor Chirinos.
Intangible es aquello que no se va a tocar, o seor PRESIDENTE.- Puede hacer
uso de la palabra el doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Sobre el primer párrafo del artículo, apenas tengo
una observación formal. Todo el tiempo ponemos "promueve", el Estado de veras
promueve el matrimonio? estamos "promoviendo" el matrimonio? esa es función
del Estado?. En la Comisión de Redacción hemos optadoonocer es el punto de
vista del doctor Marcenaro sobre si decimos "las formas de matrimonio" o "la
forma de matrimonio".
El señor MARCENARO FRERS.- Considero que podrían existir diferentes formas
de matrimonio.
El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Existen?
El señor MARCENARO FRERS.- Pero podrían existir, considero que es necesario
que la Constitución deje abierta la posibilidad de que existan otras formas
de matrimonio.
Y me preocupa, que era la segunda parte a la cual quería llegar, me preocupa
muchísimo porque sí lo planteé y considero que es un tema muy delicado y muy
importante especialmente en nuestro país, que se ha eliminado el Artículo
Noveno de la actual Constitución que habla de la unión estable de un varón
y una mujer, que aún podría ser considerado para algunos como una forma de
matrimonio, pero podría ser considerado, por esa razón es que considero que
no solamente debe estar abierta las formas de matrimonio.
Además es fundamental que la Constitución reconozca que en el Perú no todo
el mundo cree que el matrimonio es la forma ideal de vivir. En nuestras
comunidades campesinas se sienten tan casados los que practican el
"servinacuy" como aquellos que fueron al Registro Civil, y esas son
instituciones que tenemos que respetar y proteger.
Por eso considero que no solamente debe ir al Artículo Primero sino que aquí
es indispensable que le agreguemos la parte relativa a la unión estable de
un varón y una mujer a que se refiere el Artículo Noveno, porque de lo
contrario estamos desconociendo a una gran parte la población peruana.
El señor CHIRINOS SOTO.- Pido una interrupción.
El señor MARCENARO FRERS.- Si doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo estoy de acuerdo con usted, hay que mantener la
unión estable que no es matrimonio, es una unión estable que produce los
efectos patrimoniales del matrimonio, eso está aprobado, claro, vea usted en
El Peruano, está aprobado eso.
El señor PRESIDENTE.- Señores, una aclaración, el texto que estamos
discutiendo en este momento es exactamente el que está aprobado en el texto
que corre en El Peruano, de tal manera que no hay propiamente nada en
discusión, salvo que se quiera alguna alteración.
El señor FERRERO COSTA.- No. Señor Presidente yo entiendo que en la propuesta
de la comisión, al no traer el Artículo Noveno, la comisión está proponiendo
que el Artículo Noveno desaparezca.
El señor PRESIDENTE.- No. Perdón doctor Ferrero. El texto que estamos
discutiendo que es el segundo párrafo del Artículo Primero ya fue aprobado
como segundo párrafo el Artículo Primero en Familia, es exactamente el mismo.
No hay ninguna modificación ¨correcto? Entonces si no hay observaciones sobre
la materia y si no hay cambios sobre la propuesta, lo tenemos por aprobado,
no hay ninguna modificación, hay coincidencia total entre lo que se ha
aprobado y la propuesta. Aquí lo único que habría que discutir es el tercer
párrafo que estaba aprobado y que en todo caso significaría una supresión
cuando decía "La ley señala las condiciones para establecer el patrimonio...
(continúa en el turno 31)
t:Arturo Ochoa Alvarado
El señor PRESIDENTE.- (Continuando)... la Ley señala las condiciones para
establecer el patrimonio familiar inembargable, inalienable y transmisible
por herencia, esa parte ha preferido no mantenerla la Comisión, suprimirla,
sobre esa parte tendríamos que abrir debate.
El señor FERRERO COSTA.- Pido la palabra.
El señor PRESIDENTE.- Si, señor Ferrero.
El señor FERRERO COSTA.- Yo comprendo lo que usted expresa Presidente, pero
el problema ha surgido porque cuando el doctor Chirinos dijo, y estamos ahora
hablando de formas de matrimonio, el doctor Freundt manifestó que para el,
esta parte del artículo cubre la necesidad que antes cubría el artículo
noveno y si no la cubre doctor Freund entonces hay que discutir porque se va
a suprimir el artículo noveno, lo discutimos ahora o después pero tenemos que
discutirlo.
El señor FREUNDT THURNE.- Si me permite contestar esa pregunta señor
Ferrero?.
Ese artículo noveno fue aprobado por ustedes y punto.
Perdón mi propuesta, no estamos poniendo las cosas que habían sido aprobadas,
esa fue la intención nuestra quizás nos hemos equivocado ,pero el artículo
ese yo no lo quiero suprimir.
No ha sido la intención de la Comisión,.
El señor FERRERO COSTA.- Quiere decir, señor Presidente la confusión puede
salvarse, quiere decir que la Comisión nos trae modificación para algunos
artículos y para aquellos que la Comisión no toca hou está dejando tal y como
Constitución los