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CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO COMISION DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO 29a SESION DEL MIERCOLES 17 DE MARZO DE 1993 PRESIDENCIA DEL DOCTOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA HORA: 1O:OO A.M.

Turno 1 Turno 20 Turno 2 Turno 21 Turno 3 Turno 22 Turno 4 Turno 23 Turno 5 Turno 24 Turno 6 Turno 25 Turno 7 Turno 26 Turno 8 Turno 27 Turno 9 Turno 28 Turno 10 Turno 29 Turno 11 Turno 30 Turno 12 Turno 31 Turno 13 Turno 32 Turno 14 Turno 33 Turno 15 Turno 34 Turno 16 Turno 35 Turno 17 Turno 36 Turno 18 Turno 37 Turno 19 Turno 38

Turno No.Ol. l7.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor PRESIDENTE.-Siendo las diez de la mañana, se da inicio a la sesión del día de hoy 17 de marzo de l993. Asisten a la presente sesión los señores : César Fernández Arce, Víctor Joy Way, Samuel Matsuda Nishimura, Henry Pease García, Pedro Vílchez Malpica, accesitario Juan Guillermo Carpio Muñoz; Martha Chávez Cossió. Preside Carlos Torres. Acta en debate. El señor HENRY PEASE GARCIA.- Señor Presidente, ya he hecho observaciones a la Secretaría, porque me habían excluido ayer de la asistencia. El señor PRESIDENTE. Anúnciela por favor para que quede en la grabación. El señor HENRY PEASE GARCIA. Para que quede en la grabación, yo estuve al principio de la sesión, como siempre, lo que quiero señalar además, es que por el hecho de no haber llegado a votación ayer, se han suprimido prácticamente todas las referencias a las intervenciones. Por lo menos las referencias a las intervenciones que han debido ponerse porque fueron intervenciones muy importantes, y con eso uno busca en la otra versión,' en la versión magnetofónica. El señor PRESIDENTE.- Tal vez, siendo exposiciones tan amplias sugeriría a lo miembros de la Mesa que deseen que consten sus expresiones, un brevísimo resumen que se pudiera hacer sobre la materia. El señor HENRY PEASE GARCIA.- Yo propongo algo más simple, que puede ser complementario de lo que usted propone, simplemente que se mencione quienes intervinieron, con la referencia de quienes intervinieron uno busca su versión magnetofónica. El señor PRESIDENTE.- Correcto, sin poner contenido. El señor HENRY PEASE GARCIA.- Si alguno quiero lo puede hacer. El señor PRESIDENTE.- Se tomó nota?, correcto. Hay una cuestión de orden que plantea sobre el acta, señor Rey?, puede hacer uso de la palabra. El señor REY REY RAFAEL.- Presidente, simplemente para que quede constancia que la ponencia que hice ayer sobre régimen educativo y cultural es una preparada por Renovación y presentada integralmente por Renovación con conocimiento de la Comisión de Educación. El señor PRESIDENTE.- Correcto, que conste en acta. Hay una cuestión previa que con carácter de urgencia quiere presentar el señor Víctor Joy Way, tiene la palabra. El señor JOY WAY VICTOR.-Muchas gracias señor Presidente. Se trata de un proyecto de ley constitucional, que ha sido dictaminado por unanimidad a nivel de la comisión de Relaciones Exteriores, y cuya copia también ha sido coordinada, el texto ha sido coordinado con el doctor Chirinos, quien lo suscribe; con el doctor Carlos Torres también en forma extraoficial, y ha sido entregado las copias hace algunos días tanto al doctor Pease como al doctor Olivera y la doctora Lourdes Flores. Para facilitar su conocimiento he sacado agunas copias adicionales si me permite, que puedan distribuirse. Se trata,señor Presidente, de un proyecto de ley que plantea la ampliacíón del Articulo 9l§ de la Constitución del año 79, en el sentido de que el Artículo 9l§ de la Constitución pone como requisito para lograr la nacionalidad peruana, la residencia ininterrumpida de dos años en el país por cualquier extranjero, lo habilitaba al derecho de solicitar su nacionalización. Es el caso,señor Presidente, que hay muchos otros factores en este momento que pueden sustentar la conveniencia de otorgar carta de naturalización, no solamente por el criterio de residencia que estaba implícito en dos años se podría lograr ciertos compromisos, el afecto y el compromiso con el país; pero la propia el dessarrollo del sistema de informacion, del transporte, de las relacioes comerciaees economicas, la información internacional en general hace que la identificación de extranjeros en el país no se da solamente por el hecho de residir dos años en el país. Especialmente, ha habido manifetaciones, no sólo manifestaciones, no, intereses importantes, para la presencia de extranjeros en el Perú que desean ser parte de la nacionalidad peruana; son personas con calificaciones morales, profesionales y patrimoniales que significaría para el país una ganancia en capital humano, ahora que también lo hemos venido perdiendo hace algún tiempo, ahora podemos hacer el reflujo de la recuperaión de las intelecturalidades o ganar nueva gente que viene incorporado en sí misma, no solamente sus capacidades, sus conocimientos tecnológicos, su capacidad y aplicación su desarrollo tecnológico en el país, sino también inversión. Y es gente que está dispueto por su propio nivel económico a hacer contribuciones económicas al país.. (Sigue turno No.O2).

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TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor JOY WAY.- ...(continuando)... y es gente que está dispuesto por su propio nivel económico ha hacer contribuciones económicas al país de libre disponibilidad. En consecuencia, lo que impide hacer facilitar este proceso acelerado de nacionalización, es justamente el artículo 91§; cuya condicionalidad es exclusivamente la permanencia de dos años en el país. Quizá ha habido alguna referencia también al Decreto Legislativo 663§ que estaba vigente y que también ha sido una modalidad de invitar la venida de estas personas potenciales, inversionistas, pero por otro lado no solamente de inversionistas sino de mucha gente por ejemplo, gente en este momento de los seis países socialistas en el área de la ciencia, del arte. Que por ejemplo, nuestros hermanos del Ecuador están invitando a muchas grandes artistas de la música especialemente para incorporarse a su país con una nacionalidad inmediata. Y así lo están haciendo muchos países, y lo están extendiendo no solamente a la parte estrictamente del arte de la intelectualidad, sino también al lado empresarial Creo, señor Presidente, que la nueva situación, no solo en el país sino en el mundo, nos obliga a actualizar también nuestra propia Constitución respecto a la nacionalidad en ser más flexibles con los requisitos. En este sentido lo que estamos planteando expresamente es que el artículo 91§ de la Constitución que dice: "adquiere la nacionaliodad peruana del extranjero mayor de edad, domiciliado en la República por lo menos dos años consecutivos, que solicita y obtiene carta de naturalización y renuncia a su nacionalidad de origen". El agregado, señor Presidente, sería: "el plazo de residencia podrá ser dispensado según Ley", lo cual nos da una flexibilización que a su vez no es una cosa indiscriminada sino tiene que ser normada por Ley. Yo solicitaría, señor Presidente, pueda ser considerado por la Comisión de Constitución del momento, que se trata de una Ley Constitucional. Debo reiterar que cuenta con la suscripción y aprobación de todos los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores; además firma también -no lo incluimos ahí, pero tengo en el original-, la firma del doctor Chirinos y también con el doctor Carlos Torres; esa por supuesto en forma indirecta para sumarse a la propia iniciativa. Dejaría, señor Presidente, a consideración este tema a efecto si se requiere mayor ampliación, con mucho gusto. El señor PRESIDENTE.- Señor Pease. El señor PEASE.- Presidente, yo veo también con simpatía el Proyecto aunque lo único que quisiera tener es algo que también se me planteó y lo estoy buscando para una propuesta que yo hize en algunas de las sesiones anteriores, cuando estábamos discutiendo el tema del Poder Legislativo; y poníamos que "los congresistas tienen que ser peruanos de nacimiento". Yo sostuve que bastaba con decir que fueran peruanos, o en todo caso ponerle a los nacionalizados un término de tiempo, y puse tres ejemplos, públicamente conocidos de personas que llegaron aquí en la primaria, se nacionalizaron con toda su familia y son ciudadanos disminuidos. Ahí se me recomendó que yo buscara reciprocidad en las Constituciones Latinoamericanas y en la Españolas específicamente; cosa, que he encontrado en algunas por ejemplo, como bien dijo ese día el doctor Chirinos, -en España no ponen ninguna discriminación a un peruano para acceso a cargos públicos. Yo quisiera saber si otros países de América Latina con los cuales de alguna manera competimos en función de esta migración, tienen esta flexibilidad, y no me refiero tanto a la flexibilidad de la Ley. La Ley Constitucional, en todo caso me parece bien como está, pero entiendo que esta viene con otra que también me la alcanzó el señor Joy; y ahí si hubo una cosa que me chocó y ese que se -paga por la nacionalidad-, o sea que no es la inversión que trae, sino que hay un pago, hay un pago fuerte -entiendo en cantidad de dolares-, es algo así como -yo no sé sí esto así existe en otros países-, pero sería para la imagen del Perú muy delicado que se diga, -miren, la nacionalidad peruana se compra-. Es cierto que puede aparecer como una suspicacia, si quieren conservadora o tradicional, pero en todo caso uno puede tener dos años de residencia o__ (CONTINUA EN EL TURNO - 3)__

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El señor PEASE GARCIA.- (continuando)..... dos años de residencia o tales otras cosas, pero no sé si tiene que decir el pago de una cantidad, eso me chocó cuando vi el proyecto. Le pediría dos cosas, pediría primero la aclaración de ese punto, porque se supone que vamos aprobar dos proyectos enlazados uno de ley constitucional y otro de ley normal, pero que tiene implicancia constitucional. En todo caso con uno estamos abriendo la puerta del otro, no creo que sean separados. En segundo lugar, quisiera pedir que lo haga uno de los asesores, que nos preparen, por lo menos para el día del Pleno la información comparada, por lo menos de los países latinoamericanos. El señor JOY WAY ROJAS.- Señor Presidente, efectivamente el Perú, en este caso no somos los primeros. Esto es una modalidad que se viene promoviendo con mucha intensidad y eficacia por varios países latinoamericanos, incluso, algunos países europeros. En el caso latinoamericano tenemos el Ecuador, Panamá, Costa Rica, por ejempo Costa Rica parte de su gran reconstrucción de su imagen, el gran flujo para la modernización del país y el crecimiento de las inversiones a sido través de estos mecanismos, igualmente Uruguay. En estas legislaciones se preve la naturalización contra una contribución no reembolsable, vamos a ponerlos en términos adecuados. En el Decreto Legislativo 663 de hace año y medio, había un mecanismo de promoción de migración-inversión, solamente se concebía el darle una visa de inmigrante calificado contra el depósito que hacía el migrante de una cuenta en el Banco de la Nación y que lo mantenía allí bajo su propiedad del imigrante y que el Estado tenía que pagarle intereses. Había dos limitaciones allí, en primer lugar, como varios instrumentos de promoción, estamos compitiendo en distintos países donde el mercado potencial, resultaba que nuestro mecanismos era el mecanismo menos atractivo, al mismo tiempo se estaba sumamente atractivo, lo que es por ejemplo el caso de Panamá, Guatemala, Costa Rica, Ecuador, Uruguay, España y Estados Unidos; en España certifican la inversión de 200 mil dólares y automáticamente tiene la nacionalidad, pero allí hay una inversión. En este caso es una contribución, que lo estamos adecuando a lo que está vigente en otros países, se dan además para su expresar su deseo y compromiso con el país, hacen una contribución económica no reembolsable, también le queda, no se está anulando la alternativa de decirle, simplemente quiero ir por la visa y voy hacer un depósito, pero es opción del inversionista, donde diga, quiero ir al Perú, quiero hacer una contribución y en contrapartida el país le está dando todas las facilidades, entre ellos el reconocimiento de la nacionalidad. Entonces en esto no es una cosa de excepción, en primer lugar, es algo que se está generalizando y que han dado extraordinarios rendimientos. Creo que lo busca el inmigrante es tener también cierta estabilidad, en cuanto al tratamiento como nacional y la mejor expresión es éso. Todo inversionista que quiere radicarse en un país, algo que lo motiva y define es el tener la tranquilidad, la seguridad que va ser tratado igual como un nacional, porque la experiencia que ha demostrado que han habido muchas variaciones en el camino. Entonces esto es algo que la historia lo está demostrando, el caso por ejemplo de Costa Rica, donde han logrado realmente una atracción importante de un estatus de migración extraordinaria, lo mismo en el caso de Bolivia. Entonces,.... (continúa en el turno 04)

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Transcriptor : Alfredo Alvariño C. 17-03-93 El señor JOY WAY ROJAS.-(Continuando)... en el caso de Bolivia, entonces, parece que hay una modificación también en cuanto al tratamiento ahí, pero en todo caso nosotros tenemos preparado un comparativo de los principales países, en éste, el mas concreto de todos, el mas cercano, nuevos países culturalmente mas desarrollados diríamos que es el caso de Uruguay y Costa Rica, creo que son los dos ejemplos mas claros donde este mecanismo ha sido uno de los factores importantes y que no implica quizás que pueda darse la nacionalidad a cualquiera, hay un proceso de calificación, de entrevistas, de estudios de documentación; entonces hay todo un proceso de estudio para poder calificar a una persona, es lo mismo que se hace también cuando cumplen los dos años, pero en este caso estamos asumiendo que la vigencia o los dos años de residencia, de permanencia en el Perú sustituye justamente eso. En este momento vienen muchas misiones aquí al Perú de distintos países, vienen tres, cuatro veces por año, cinco veces por año, pero no es esa una residencia permanente aún cuando tienen ya el deseo de decir quiero estar en el Perú, me gustaría estar en el Perú, pero el hecho de no quedarse dos años permanente aquí, simplemente lo estamos inhabilitando para que fuese un potencial hombre de desarrollo económico para el país. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente: Yo estoy de acuerdo con el fondo del proyecto presentado por el señor Víctor Joy Way, en lo que sí discreparía o en todo caso necesito por su intermedio mayor ilustración, es en la oportunidad y la forma; es decir, este proyecto bien podría ser una reforma al artículo respectivo de la Constitución del 79 y no necesariamente una ley constitucional, porque la ley constitucional obviamente va adelantarse a la reforma constitucional. Pienso que en todo caso el autor del proyecto debiera fundamentar la urgencia para que tomemos el acuerdo antes de la reforma constitucional. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Yo comprendo que el mundo tiene una tendencia actual a la universalización de las relaciones comerciales, a la interdependencia y a una política mucho mas amplia en el cual las fronteras nacionales tienen una dimensión geo-política diferente a la que tenían hace cincuenta o cien años, en ese sentido se puede entender el propósito global del artículo modificatorio propuesto. Sin embargo, hay dos cosas que me preocupan, la primera, estamos decidiendo en relación a una modificación constitucional que va aparejada a un proyecto de ley relativamente pronto cuyo tenor no conocemos, pero esperamos que pueda ser tratado antes a fin de que merezca una discusión no solo de manera directa en el Plenario sinó también en la Comisión de Constitución; es decir, la cola de esta modificación constitucional merecería ser también traida a la Comisión de Constitución dado que tiene una relación bastante directa con la modificación propuesta. Aparte de ello, en la modificación yo quisiera conocer los motivos por los cuales necesitamos irnos al plazo cero, porqué no sería mejor establecer que el plazo de residencia podrá ser menor según la ley, porqué irnos hasta la dispensa del plazo que significaría ... (Continúa en el Turno N§ 05)

Turno 05 COMISION DE CONSTITUCION 17-3-93

TRANSCRIPTOR HILMER BERNAL El señor FERRERO COSTA (Continuando) la ley, por que irnos hasta la dispensa del plazo que significaria ya no un año ni 6 meses sino cero, que necesidad hay de ir hasta cero por que si bien es cierto que esto tiene fundamentalmente una orientación económica. Yo no estoy tan convencido si factor económico puede necesariamente sobreponerse de tal forma, factor moral al factor que algunos quizas les parezca extraño mencionarlo de la condición patriotica o nacional de las personas, porque es que necesitamos ir al plazo cero y no dejar por lo menos algún mínimo o cuando menos la ley establezca un mínimo, por que aunque sea necesario que una persona ponga. Por consiguiente nosotros nos interesa que para asegurar su condición de inversionista, pueda él tener la posibilidad inmediata acceder a solidaridad peruana, no hay un criterio mínimo para ser peruano? Nacionalmente, o sea no le vamos a exigir ni siquiera que se quede 6 meses para estar seguro, de donde es quien es, que ha hecho, como vive, que piensa o sea ni un mínimo, simplemente. Yo quiero ser peruano, yo quiero ser peruano y voya ser inversionista ya eres peruano. Eso es la preocupación que tengo señor Presidente, preocupación para discutirla no estoy objetando en si el proyecto, estoy solicitando un mayor conocimiento. El señor JOY WAY.- Si puedo contestar algunos puntos, lo manifestado por el doctor Carpio porque hoy día, porque no esperamos si es que ya estamos trabajando la Constitución incorporarlo como reforma, por una razón muy sencilla. Estos términos prácticos porque todo tiene su oportunidad. En este momento, es donde se esta dando la gran competencia de los principales mercados, hablo fundamentalmente de los paises sud este Asiatico, donde este momento estamos ya ubicados pero con un instrumento de motivación bastante limitado, frente a lo que existe en otros paises que estan ahí y es, son los momentos grandes definiciones que se estan produciendo. Si nosotros demoramos esto, 6 meses más, 7 meses más. Yo creo que dejariamos o estaremos perdiendo presencia, esto requiere todo un proceso de trabajo de motivación también al llano, de ciclo de charlas, de hablar sobre el Perú, es decir es parte de todo un proceso de imagen, si se internalizan con la imagen, por muchas otras razones que es lo que estan haciendo los paises. Dejariamos estar presente porque no estamos simplemente, en el momento de las presentaciones, eso es la razón porque es importante que lo hagamos ahora, incluso esto ha sido materia del trabajo bastante intenso, muy analizado a nivel de propia Comisión de Relaciones Exteriores, nos hemos demorado umpoco y pero creo este la oportunidad de sacarlo lo mas rápido posible, ese es la razón fundamental de la oportunidad. Respecto a la pregunta del doctor Carlos Ferrero, si hay paralelo otra ley efectivamente lo hay, y ha sido distribuido para el Plenario anterior, o sea que ya obra en poder de todo los Congresistas, en todo caso lo que se hace en esta nueva ley de migración de inversiones es incorporar, a lo que ya se tenia antes la alternativa de la naturalización verso la contribución económica no reemplazable no. Y el punto, porque se elimina el plazo de residencia totalmente, es decir a pesar que como dice el doct2or Ferrero, no es suficiente que solamente demuestra que tiene un patrimonio y una capacidad de desarrollo de inversiones, sino que necesario que por que no fijamos algún tiempo mínimo, creo eso fue unos puntos también hemos conversado ampliamente, justamente los plazos mínimos estan cubierto por lo que es, el trabajo la información la vivencia. Son gente que ha venido 2 a 3 veces al Perú de alguna forma, sea negocio, sea por turismo, sea por relaciones familiares, gente que no ha venido, pero tiene familia o tiene amigos. Entonces, que sienten una identificación hay muchas veces, le voya decir que el afecto y compromiso con el pais no solamente se logra por su vivencia aquí, porque no todos los extranjeros que vienen y estan aqui, no se, si comprometan o tenga afecto al país. Hay mucha gente, que sencillamente por tener amigos peruanos en el exterior que estan viviendo tienen deseo estar en el país, hay muchas factores que sustituyen en este momento al mero hecho de estar 3 meses,6 meses viviendo en el Perú. Yo creo que hay mucho más factores, que en estos momentos no podrian hacer, suprimiendo la necesidad de su exigencia, por un lado..... (Sigue el turno 6)

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Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 El señor JOY WAY.- (Continuando)... Suprimiendo las necesidades existentes, por un lado, desde el punto de vista real. Y desde el punto de vista práctico. Si yo digo muy bien, por lo menos tiene que estar 3 meses allá, entonces quizás estaríamos poniendo una condicionalidad al propio mecanismo, nosotros mismos que constituiría un insentivo, usted me esta diciendo que primero me vaya 3 meses allá, y las deciciones se toman mucho más rápida, porque qué pasa, si le dice, usted pasó 3 meses allá y automáticamente me la va dar o me va evaluar después de tres meses, si me gusto o no me gusto esos países para darme o no darme, cuando ya tomó decisiones de venirse. Entonces eso genera desde el punto de vista practico, no era viable, por eso que hemos considerado que se dispence la nacionalidad, la residencia para efectos como requisitos para obtener la carta de naturalización. Y respecto a los aspectos morales que algo mencionó, yo creo que en esto no hay absolutamente nada que pueda calificarse como algo inmoral, yo creo por el contrario. El señor .- No merecería afecto moral, tanto nacional, pero no dije moral. El señor JOPY WAY.- Bueno como lo digo, la parte de nacionalidad con la propia identificación que se logra el afecto y el compromiso con un país que hasta ahora mediante muchas vías y no sólo por las residencias, creo que satisface lo que en principio estaba buscando la constitución, o sea el objetivo de ese artículo 99§ de la constitución, lo satisface con esa identificación, seguro conocemos muchísima gente que quiere al Perú sin haber vivido, o haber vivido muy poco tiempo incluso de paso por el país. Eso es todo Presidente. El señor PRESIDENTE.- Señor Róger Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor Presidente, brevemente yo quiero manifestar que comprendo a plenitud la urgencia del proyecto de ley que propone la comisión por intermedio del señor Joy Way, creo que no podemos esperar a que se pruebe la modificación constitucional, para pronunciarnos sobre el particular. En cuanto a la fórmula misma, estoy de pleno acuerdo con la sugerencia que ha hecho el señor Ferrero, creo que prudente disimular, de que pudieran otorgarse plazos menores para el veto de la residencia; y una forma pulcra, una forma que podemos consagrar al respecto es la que él ha sugerido o sea plazos menores sin decir, sin aprobar en esa parte el texto que sugieren los proponentes. Ese es mi posición señor Presidente, sobre el particular. El señor PRESIDENTE.- Señor Oswaldo Sandoval. El señor SANDOVAL AGUIRRE.- Gracias señor Presidente, antes que nada permítame que me refiere a un tema que fue aludido por el colega Pease, y que si bien es cierto no es materia del proyecto presentado, por los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, si es pertinente al tema que estamos tratando, y es al referido a lo que él ha denominado limitaciones que da la nacionalización. En su oportunidad señor Presidente, cuando en la comisión correspondiente se vea este tema creo que es pertinente tomar en cuenta los argumentos superficialmente en esta oportunidad tratado por el señor Pease, a efecto que efectivamente cuando se trate de nacionalidad adquirida, naturalización, estas no sean imitativas respecto de los derechos que estas personas pudieran tener, quiza y si alguna limitación deberían tener podía ser solamente a que edad, debe llegar a la más alta magistratura del país; pero no debería, creo yo en mi opinión, tener limitaciones inclusive para ceder a posiciones que nosotros sustentamos actualmente. Dicho esto, señor yo quisiera referirme al tema que nos convoca, quiero primer afirmar que esta es una propuesta que ha sido presentada por los miembros de la comisión de Relaciones Exteriores, no por la comisión en sí, si no por quienes la integran; y es un tema que la hemos venido discutiendo más o menos hace 5 o 6 semanas y lo hemos conversado muy en detalle, y con toda las implicancias, que hoy día se han mencionado. Quisiera decirle señor que es importante que cuando las naciones compiten y de hecho hay competencia entre las naciones, lo hagan con mecanismos tales que les permitan a traer no solamente capitales financieros, si no y en mi opinión a traer capitales humanos, nuestro país en los últimos años desafortunadamente y por razones que todos conocemos, se ha visto privado de muchos recursos humanos de peruanos que se han ido al extranjero a buscar oportunidades, de diversa índole, en otras latitudes. Existe actualmente en el mundo señor circunstancias similares o peores de las que nuestro país vivió en el pasado reciente y me estoy refiriendo a situaciones planteadas en algunos países de Europa del Este y por otras diversas razones en países del Asia. Conozco concretamente señor Presidente el flujo muy grande que existe de residentes de Hong Kon, tanto ciudadanos de esa colonia, como de ciudadanos de la República popular China que se han desplazado hacia Hong Kong, y que con el advenimiento de 1997, desean buscar situaciones más seguras para el desarrollo personal y de sus familias; y también porque no decirlo de sus capitales de sus inversiones y en algunos casos de su tecnología. Y es así como se han desplazado, mucho de estos ciudadanos a diversos países del mundo que les han brindado oportunidades similares a la que nosotros estamos proponiendo se les brinde en el Perú. Yo me pregunto y trataré de contestar señor porque es que alguien quisiera adquirir una nacionalidad diferente a la que tiene, creo que hay dos razones, una es de índole sentimental y otra podría ser de índole pracmático, nosotros quisiéramos poder darle la oportunidad a aquellas personas que por diversas razones quisieran o creyeran que el Perú, les pueda dar oportunidades de diversas índole, que se les dé y justamente hacerlo a través de reducir el plazo del tiempo que la constitución actual establece. Porque en la practica señor actualmente se esta dando circunstancias en las que aquellos que deseén obtener la ciudadania peruana seguramente lo están consiguiendo a través de darle, de ir alrededor de esta situacion burocrática y termino señor Presidente ,solamente afirmando que las razones de la premura, si esta pudiera existir, de conseguir que esto pudiera ser aprobado a la brevedad posible es que existe la posibilidad en corto plazo de conseguir un aporte importante de 350 millones de dólares que de acuerdo al proyecto que posteriormente se vería, serían aplicados íntegramente a programas de desarrollo social. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente yo precisamente queria referirme a la situación coyuntural de la que acaba de hablar el señor Sandoval, los habitantes de Hong Kong, muchos de ellos y quizás los más acaudalados, buscan una póliza de seguro en vista de la próxima reunión o devolución de Hong Kong a la soberanía de China y con este motivo, se han establecido muchos miles de ellos ya en Canada otros miles buscan los Estados Unidos y muchos pueden venir donde nosotros. Esa situación de Hong Kong en alguna medida hay un sentimiento de inseguridad en el extremo Oriente a pesar del fabuloso desarrollo económico y pueda haber también ciudadano de Tai Wang, que tengan interés en adquirir la nacionalidad peruana, o de la propia República Popular de China, por mucha razones como ha dicho el señor Joy Way, por ejemplo los de Hong Kong, pase lo que pase en Hong Kong, pueden querer viajar con un pasaporte que no sea el pasaporte Chino comununista, nosotros no tenemos porque entrar en los problemás domésticos de ellos, absolutamente. Pero sí abrir las puertas del país, a esta genete que puede inclusive tener vínculos en el Perú puede tener buena noticia en el Perú, en esos tiempos y que quiere la seguridad de un campo de aterrizaje por si acaso, y yo, el señor Joy Way me invitó a firmar el proyecto de ley y lo he firmado, pero ahora propondría que se flexibilice más que diga el plazo, de residencia puede ser dispensado mediante Decreto Supremo. Por que señor Presidente si cada vez que hay 20 o 30 ciudadanos o 40 o 100, pero en distintas oportundidades, se van necesitar una ley, es un procedimiento muy complicado, en cambio un Decreto Supremo. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor Presidente yo creo que puede haber una ley general donde se consigue una casuística no si hay casos especiales, por Decreto Supremo tampoco, creo no sería conveniente. El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno señor Cáceres entrar a la casuística, pues presentar al mundo de lo infinito lo que no termina nunca, un decreto supremo que expire lógicamente el Ministro de Relaciones Exteriores, que refrende el Ministro de Relaciones Exteriores es una norma que tiene considerandos y que hace atención a tales o cuales fundamentos. Yo pondría un decreto supremo. Señor Presidente de otro lado, puesto que esto es una ley constitucional yo quisiera... (Continúa en el Turno N§ 7)

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Justo Frías López 17-03-93 El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)...esta es una Ley Constitucional, yo quisiera aprovechar para introducir una norma por la que están clamando centenares de miles de peruanos en los Estados Unidos, principalmente en los Estados Unidos, también en otros sitios. Los peruanos que en estado de necesidad se hacen norteamericanos, lamentan muchísimo perder su condición de peruanos y no la quieren perder, y ya nos han envíado memoriales; a mi me han llamado por teléfono las organizaciones de peruanos establecidas en los Estados Unidos, y claman, señor, por esa disposición. Si damos una ley constitucional que tiene el alcance de ampliar la Constitución, y respecto a la cual -de la ley constitucional- se ha pronunciado hace poco en contra mi distinguido amigo el doctor Andrés Aramburú Menchaca, con olvido -como yo he citado aquí- que el Congreso Constituyente de 1877 ya daba leyes constitucionales, el artículo que propongo cuyo texto le he pasado ya al señor Presidente, diría: "Nadie pierde la nacionalidad peruana, salvo renuncia expresa ante autoridad peruana", porque el peruano fuera puede ser obligado a renunciar frente a autoridad de Idaho. No, si no renuncia ante autoridad peruana expresamente no pierde para el Perú su nacionalidad peruana aunque haya tenido que naturalizarse quizá transitoriamente norteamericano y cualquier otro caso. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Señores, el debate en realidad habría concluido y lo someteríamos a votación con la inclusión que ha hecho el señor Chirinos Soto. El señor FERRERO COSTA.- El señor ha hecho dos inclusiones, Presidente, que no han sido discutidas. Si vamos a votar el proyecto tal como está, estoy de acuerdo que procedería la votación porque han hablado los que pedían palabra, pero las dos adiciones del doctor Chirinos requerirían una discusión. El señor PRESIDENTE.- Correcto, como cuestión de orden vamos a plantearla. El señor CHIRINOS SOTO.- Si la Comisión acepta, porque si la Comisión no acepta mi modificación de decreto supremo la retiro. El señor PRESIDENTE.- No, el problema es que no ha habido debate, doctor Chirinos, sobre la parte suya. Voy a someter a consideración la primera parte. El señor CHIRINOS SOTO.- Le quiero economizar tiempo. Si la Comisión no acepta mi propuesta yo la retiro. El señor PRESIDENTE.- Yo creo que es un planteamiento favorable que permitiría con una ampliación. Primero pasemos a la votación de la cuestión que ustedes han planteado. El señor JOY WAY.- Indudablemente, señor Presidente, la mayor flexibilización abunda justamente en facilitar ya la práctica de aplicación de este mecanismo. Si el sentir de la Comisión fuese en el sentido de dispensado según decreto supremo, no tendríamos ningún problema. El señor PRESIDENTE.- Sobre el primer párrafo propuesto por la Comisión, los señores congresistas que están de acuerdo con la aprobación sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación) 6 votos. Los que estén en contra. (Votación). Abstenciones. (Votación). Una abstención. Aprobado el texto. Sobre la segundo propuesta, cuántos congresistas quisieran hacer uso de la palabra para definir si vamos a ver el tema o pasamos a la temática que tenemos. El señor CHIRINOS SOTO.- Qué iríamos a votar, señor? El señor PRESIDENTE.- Su propuesta de ampliación. El señor CHIRINOS SOTO.- Decreto Supremo? El señor PRESIDENTE.- No, la ampliación de la ley. El señor FERRETO COSTA.- O sea, lo que hemos votado es la propuesta que ha venido. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, tiene que aclararse. El señor PRESIDENTE.- Lo que hemos votado es la propuesta de la Comisión, ha sido clarísimo. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, entonces yo he incurrido en error en mi voto, porque he entendido que lo que estábamos haciendo es ratificar el artículo 91§ con la modificación que me parece sugiere la Comisión, de tal manera que mi voto ha sido en ese sentido. Yo no he votado por el párrafo que dice "el plazo de residencia podrá ser dispensado según ley", porque tenía entendido que eso todavía no estaba al voto, se iba a discutir si era -por ejemplo- supremo. El señor PRESIDENTE.- Bien. Sobre la segunda parte de la propuesta de la Comisión hay dos alternativas, una que se hagan las excepciones por ley y otras por decreto supremo. La propuesta de la Comisión no es que cada caso se establezca, en cuyo caso obviamente ya tendría que ser un decreto supremo, sino que se dan leyes de carácter general; por ejemplo, en materia de inversiones se da una ley de carácter general. Entonces se somete a votación el segundo párrafo propuesto por la Comisión, vale decir que sea por ley. Los que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo. (Votación). 8 votos. Los que estén en contra. (Votación). Abstenciones. (Votación). dos abstenciones y retirada su propuesta. El asunto ha sido debatido y aprobado. El señor CACERES VELASQUEZ.- Señor Presidente, había una alternativa que no se ha considerado, que es la sugerida por el señor Ferrero, en el sentido que no está en contra de este párrafo que hemos votado sino el plazo de residencia podrá ser menor según ley; eso sugirió y yo estaba con esa alternativa. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, Me parece... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 08 )

Turno No.O8. l7.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor FERRERO COSTA CARLOS.- Señor Presidente, me parece que yo como plantié eso, he visto el sentido de la votación, ya no me parecía necesario insistir, por eso es que me he abstenido, esa abstención es una retirada en la práctica de la propuesta inicial, si el tiempo lo hubiese permitido quizás hubiera insistido, pero todo se entiende que es algo urgente. El señor PRESIDENTE.- Al debate la segunda parte propuesta por el doctor Chirinos . El doctor Chirinos Soto ha hecho llegar una propuesta a la Mesa que dice: "Nadie pierde la nacionalidad peruana salvo renuncia expresa de autoridad peruana", sería un agregado a esta norma. Un segundo artículo de la Ley Constitucional. Doctor Róger Cáceres, puede hacer uso de la palabra. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- Señor Presidente, yo estoy de acuerdo con la fórmula que propone el doctor Chirinos, pero creo que deberíamos nosotros hacer otra variación más en la Constitución, en este sentido he abogado por discutir los derechos fundamentales, y también he presentado reiterados proyue2ctos de ley desde el año l983, que no fueron admitidos en el Senado de la República. La propuesta que hago es la siguiente: En el Artículo 92§, en el segundo párrafo dice: "El peruano que adopta la nacionalidad de otro país latinoamericano o la española, no pierde la nacinalidad peruana". Creo,señor Presidente, que debería variarse en el siguiente sentido: "El peruano que adopta la nacionalidad de cualquier otro país no pierde la nacionalidad peruana". Esto permitiría que los peruanos que están en Rusia, en Alemania, en el Oriente Europeo, en el Japón, en Estados Unidos, en el Canadá, y en otros países que no son España y los latinoamericanos, por más de que ya se hayan nacionalizado con esos países no pierden la nacionalidad peruana. Es una fórmula,señor Presidente, complementaria de la que plantea el señor Chirinos, con el mismo derecho que él tiene para plantear que se apruebe en una fórmula de ese género y también hago esa propuesta. El señor CHIRINOS SOTO.- Pero no veo la diferencia, sino de redacción, en lo que propone el señor Cáceres y yo. Yo digo : "Nadie pierde la nacionalidad peruana", nadie, salvo renuncia expresa ancte autorizad peruana. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.-La redacción que yo complementaría en base en lo que yo ya dije en la Constitución, sería en el sentido que el peuano que adopta la nacionalidad de cualquier otro país no pierde la nacionalidad peruana. O sea ,señor, incluso no habría la posibilidad de la renuncia que dice el señor Chirinos; no pierrde la nacionalidad peruaa, o sea es una ncionalidad qpue seiempre le compaña, no puede ser renunciada; aquí en la Constitución ha regirdo este texto sin la problemática que el señor Chriinos insinúa. Creo que bien podría mantenerse essa redacción a futuro,pero no sólo para el caso de los países latinamericanos o de España. El señor CHIRINOS SOTO.- Una de las razones que no he explicado,señor Presidente, es que desde el punto de vista de los Estados Unidos, o hay inconveniente para la doble nacionalidad, el inconveniente lo levantamos nosotros, lo tenemos que remover sea con la fórmula del doctor Cáceres, sea con la mía, pero debemos ese servicio urgente a nuestros compatriotas. El señor PRESIDENTE.- Doctora Martha Chávez puede hacer uso de la palabra. La señorita CHAVEZ COSSIO MARTHA.-Quería,señor Presidente, que más que un agregado a esta Ley Constitucional, podría ser una modificatoria o un artículo segundo modificatorio del Artículo 92§, porque en realidad el Artículo 92§ de la Constitución vigente establece una situación distinta a la que señala el doctor Chirinos Soto. Por lo tanto, el artículo que él propone tendría que ser modificatorio del Artículo 92§... (Sigue turno No.O9)

T-09 17-03-93 anexo 119-142

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS La señorita CHAVEZ COSSIO.- ...(continuando)... tanto el artículo que él propone tendría que ser modificatorio del artículo 92§. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos. El señor CHIRINOS.- En la práctica es en ese punto, lo que no quiere es esperar la Constitución, sino introducir esto en el artículo 92§. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Perfecto, con esa salvedad de que iría con una modificatoria, porque la Ley Constitucional está ampliando el artículo 91§, o sea el artículo propuesto por el doctor Chirinos Soto, tendría que ser una modificación del artículo 92§. Convengo totalmente con la propuesta del doctor Chirinos Soto, creo que es una acto de justicia con los muchos peruanos que se han visto obligados a emigrar del país y que a pesar de eso mantienen sus vínculos afectivos y económicos porque según información que tenemos, los peruanos en Estados Unidos repatrian o envían, enriquecen el erario nacional con más de quinientos millones de dolares anualmente, según lo que se tiene registrado a través de la Instituciones Ffinancieras, vaya a saberse cuanto adicionalmente se envía por currier o en entregas en forma personal. Por lo tanto, yo convengo totalmente con esto; pero además, considero que habría que considerar la modificatoria también del artículo 94§ de la Constitución en la medida de que con la aprobación que hemos hecho de la ampliación del artículo 91§, la nacionalidad peruana, según dice el artículo 94§, "se recupera cuando el que ha renunciado a ella se domicilia en el territorio de la República"; yo creo que así como hemos ya posibilitado que el domicilio puede ser dispensado, tendría que considerarse que para la recuperación de la nacionalidad peruana también tendría que poder dispensarse la exigencia del domicilio. -Perdón-, es que acá se señala en el artículo 94 se dice; "que la nacionalidad peruana se recupera cuando el que ha renunciado se domicilia en el territorio de la República, sí para adquirirla por primera vez no se necesita domiciliarse en el territorio de la República", conforme hemos aprobado la ampliación del artículo 91§, tendríamos que coherentemente decir que para reuperar la nacionalidad peruana, luego que se ha renunciado a ella no es necesario domiciliarse en el territorio de la República, o en todo caso puede readquirirse en los términos que se exigen para la adquisición por primera vez. Voy a proponer un texto y se lo voy ha hacer alcanzar, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Señor Ferrero. El señor FERRERO.- Tengo dos objeciones a la propuesta del doctor Chirinos, ninguna de las cuales va al fondo de la propuesta; la primera, es una objeción metodológica, yo no entiendo, señor Presidente, porque vamos a discutir este problema de la nacionalidad, cuando no hemos entrado a todo el capítulo constitucional que trata precisamente sobre el Estado y la Nación, El momento en que el tema planteado por el doctor Chirinos debería ser tratado es cuando hablemos de la nacionalidad en la Constitución, saltar para adelantarnos a tratar uno de los temas trae las complicaciones que la intervención de la doctora Chávez acaba de demostrar cuando ha dicho que hay que vincular el artículo 91§ con el 94§. Estaríamos en el fondo ingresando a una discusión de todo el capítulo de la nacionalidad. Creo, señor Presidente, que metodológicamente no estaría conforme con el procedimiento que se viene siguiendo. ¨Cuál ha sido el procedimiento hasta ahora?. Que cuando un señor congresista crearía un Proyecto que él creía que era bueno para todos los peruanos pero que tenía relación con la vinculación, se postergaba, para cuando llegue el momento en que ese tema sea tratado dentro de la Reforma Constitucional. El señor CHIRINOS.- Yo le doy la razón al doctor Ferrero, en el sentido de que la metodología nos aconsejaría de esperar el capítulo de la nacionalidad, pero como ese es un asunto urgente creo que como y vamos a aprovechar la coyuntura de una Ley Constitucional, no se pierde nada con decir lo que yo propongo; "nadie pierde la nacionalidad peruana, salvo que no se expresa ante autoridad peruana". Yo le rogaría a Martha si lo tiene a bien, eso lo podemos demorar para el capítulo de la Constitución, en cambio la declaración que yo propongo es urgente. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Lo que señalaba era que yo convengo en pudiera el asunto este de la no pérdida de la nacionalidad cuando se adquiere otra nacionalidad, podría no obstante que es un pedido, una aspiración del gran número de personas que han tenido que emigrar fuera del país, también convendría en que podría postergarse para el momento de ver todo el asunto del capítulo correspondiente, pero sí, creo que mi segunda propuesta y no tiene nada que ver con la del artículo 92§. Mi segunda propuesta, en el sentido de concordar el artículo 94§ es por lo que hemos acordado en este momento ya de modificar el artículo 91§ y que no puede mantenerse desarticulado de lo que dispone el artículo, 94§. Entonces, sí, yo inisito, si hemos modificado el artículo 91§ debemos modificar el artículo 94§__ (CONTINUA EN EL TURNO - 10)__

T-10 C. Const.

Donato Velásquez V. 17-03-93 La señorita CHAVEZ COSSIO.- (continuando)... si hemos modificado el artículo 91, debemos modificar el artículo 94. La propuesta del señor Chirinos Soto, entiendo, también es una aspiración urgente, pero sí convengo con el señor Ferrero que podría postergarse cuando veamos el capítulo correspondiente. Gracias. El señor FERRERO COSTA.- Habiendo concedido dos interrupciones y siendo la única persona que está objetando, señor Presidente, pido dos minutos más. El señor PRESIDENTE.- Mas bien voy a someter a voto su propuesta, que es muy lógica, señor Ferrero, en el sentido que usted está planteando una Cuestión Previa, pasar este asunto para su oportunidad. Acá me hacen llegar otros proyectos sobre el mismo tema, presentado por una serie de congresistas entre ellos el señor Gamarra, Sambuceti, etc., sobre el mismo tema. Entonces la posición de usted es este tema sea postergado para verse oportunamente. El señor FERRERO COSTA.- Además quería expresar, que no está demostrada la urgencia ésto sea visto en marzo, ¨por qué no puede ser visto en abril? Los peruanos que han estado en el extranjero tienen 40 años en Nueva York, ¨por qué tenemos que ver ahora sin debate público? Propongamos de ir un canal, periódico, que hablen los especialistas, quíen de los que está sentado en esta mesa es especialista en Derecho Internacional Privado, quíen, yo no señores, creo que hay pocos. Esto es un tema muy especializado, merece la opinión de otras personas que conocen más que nosotros. Planteo la Cuestión Previa, que esta parte de la propuesta quede pendiente para ser considerada en su momento. El señor PRESIDENTE.- Al voto la Cuestión Previa. Sobre la Cuestión Previa. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, creo que la intervención del señor Ferrero y de la señorita Martha Chávez retrotraen a mi intervención inicial. Sobre la pertinencia de por vía de una ley constitucional haciendo una reforma constitucional. Señores, tenemos que esperar a que la reforma constitucional se produzca. Sinceramente no me convence el argumento de la urgencia, sobre este aspecto. El señor PRESIDENTE.- Señor Carpio no se está pronunciado sobre la Cuestión Previa, está entrando a la cuestión de fondo. Usted considera que debemos pasar la Cuestión Previa, sí o no y fundamente éso. El señor CARPIO MUñOZ.- Estoy empezando fundamentar mi opinión sobre la Cuestión Previa, señor Presidente, mi opinión es que la Cuestión Previa debe aprobarse, no sólo en sentido del artículo que ha propuesto el señor Chirinos Soto, sino la pertinencia de hacer una ley constitucional sobre este tema, por lo siguiente. Creo que mal haría la Comisión de Constitución acordar de que el aspecto presentado por la señorita Martha Chávez pase a la reforma constitucional y se haga una ley constitucional el artículo 1§ del proyecto del señor Víctor Joy Way, ¨por qué? Porque no están concordados. No es cuestión que retire o no retire la propuesta la señorita Martha Chávez, es cuestión de sindéresis y de coherencia en el texto constitucional, si hacemos una ley constitucional que va alterar un artículo, que por lo tanto resulta no coherente con el artículo 94, estamos haciendo un mal favor al trabajo de la Comisión de Constitución. El señor PRESIDENTE.- Al voto. Los señores Congresistas que estén a favor que se postergue este asunto, para tratarse junto con las otras propuestas y dentro del capítulo correspondiente, sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). 9 votos. Los que estén en contra. (Votación). 1. Abstenciones, ninguna. Rechazada. El señor CHIRINOS SOTO.- Dejo constancia en Actas lo que voy a decir. Mi protesta en nombre de los cientos de miles de peruanos que querían de una vez el Congreso Constituyente les garantizase su nacionalidad peruana. El señor PRESIDENTE.- Al debate artículo por artículo el proyecto presentado por el grupo de Renovación, que es un proyecto asumido por la Alianza Nueva Mayoría-Cambio 90, con las observaciones que se formularán en el camino del debate. Artículo 1§ .... (continúa en el turno 11)

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Transcriptor : Alfredo Alvariño C. 17-03-93 El señor PRESIDENTE.-(Continuando)...en el camino del debate. "Artículo 1§.- El derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humnana, la educación tiene como fin su desarrollo integral. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza y respeta la pluralidad de alternativas académica, pedagógica y organizativa en la educación dentro de las normas constitucionales" Puede hacer uso de la palabra el doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Una cuestión previa, señor Presidente. Tenemos el proyecto que ha presentado Renovación con el apoyo de Nueva Mayoría y Cambio 90, tenemos el texto actual de la Constitución, tenemos el proyecto que ha presentado el Movimiento Democrático de Izquierda con la doctora Helfer y el proyecto que ha presentado el Partido Popular Cristiano, lo que necesitaríamos es que al ver artículo por artículo viéramos todos los que tienen que ver con ese artículo. Ocurre que por ejemplo la propuesta de Renovación y Nueva Mayoría tiene sólo ocho artículos por tanto está integrando varios en uno, me parece que la versión mas amplia es la de la Constitución vigente; entonces sería bueno que viéramos los artículos en relación. El señor PRESIDENTE.- La propuesta que se ha aprobado desde un principio es ver las propuestas de la mayoría presentados ante esta Comisión, de tal manera que la mecánica acordada salvo que la cambie esta Comisión, es que tenemos que discutir el proyecto de Nueva Mayoría que en este caso lo ha hecho suyo. El acuerdo del Pleno y de esta Comisión para referirnos a la Constitución del 79 solo es estructural, vale decir que estamos discutiendo en el orden de la Constitución pero no remitiéndonos a su articulado salvo en aquellos casos que no existe propuesta de Nueva mayoría, ese es el acuerdo adoptado. El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente: Sobre el punto. Primero, nosotros acordamos cuando ustedes presentaron el capítulo primero y no había otro capítulo primero presentado, discutirlo, lo mismo hicimos cuando el Poder Legislativo, que yo sepa nunca la Comisión ha tomado como acuerdo que sólo puede discutir a partir del texto de la mayoría, eso creo que no lo tendría como acuerdo ningún Parlamento en el mundo, porque siempre se parte de que los derechos de los representantes son iguales. No quiero decir yo con esto que no se discuta sobre la base de un proyecto, lo que ocurre es que si ese proyecto tiene menos artículos se nos va a hacer una confusión, simplemente lo que debiera verse es saber todas las propuestas de artículo primero y tomarse en cuenta todas, lo que aquí está ocurriendo es que si no vemos un proyecto y si eso se aprueba ya lo demás queda rechazado, pero ocurre que eso no puede ser así para eso se presentan propuestas. El señor PRESIDENTE.- No, no va a ser así, doctor Pease, vamos a ver el proyecto presentado por la mayoría como es usual en todos los Congresos del Mundo y luego revisamos si se presentan los otros proyectos. Además, en el desarrolo del debate se pueden ver alternativamente, por ejemplo ahora estamos debatiendo el artículo 1§ si los otros grupos políticos tienen una propuesta mejor que la del artículo 1§ propuesta por el señor rey, se propone y se pasa a la votación, de tal manera que no se está haciendo una exclusividad, se están discutiendo todos los documentos pero en base al orden presentado por la propuesta de Nueva Mayoría. El señor PEASE GARCIA.- Qué pasa si hay un artículo que no está en la propuesta de Nueva Mayoría y que está en otro. El señor PRESIDENTE.- No, no, se discutirá en el momento que ustedes lo soliciten, digan como agregado al artículo 1§ por ejemplo nos parece que se agregue el artículo equis que estamos proponiendo y en ese momento se debate, en el momento que consideren conveniente, pero simplemente tenemos que llevar un orden y este orden es el que está planteado por el proyecto en Mesa. Puede hacer uso de la palabra el ingeniero Rey. El señor REY REY.- Si, gracias, señor Presidente. Yo simplemente para abundar en lo que usted acaba de manifestar, quiero que se tenga en cuenta que es lógico que se vea en forma integral lo que se ha planteado porque guarda toda una estructura pensada a propósito de esa manera, yo creo que es el primer proyecto que ha sido presentado en forma global sobre el régimen educativo y cultural, al cual pueden tener observaciones, yo no tengo ningún inconveniente en que éstas se discutan pero me parece que es lógico conservar la estructura interna del proyecto que ha sido presentado por Renovación. El señor PRESIDENTE.- Seguimos sobre el artículo 1§. Puede hacer uso de la palabra el doctor Róger Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ .- Señor Presidente: Hay sustanciales coincidencias entre la fórmula presentada por Nueva mayoría y la que ha sido alcanzada por el Partido Popular Cristiano y el Movimiento Democrático de Izquierda con la fórmula que está consiganda en el artículo 21§ de la Constitución. Alguien me ha pedido una interrupción? El señor REY REY.- Si, no tengo ningún inconveniente en que Nueva Mayoría y Cambio 90 haga suyo el proyecto pero quiero conservar la autoría, la identidad del proyecto. El señor PRESIDENTE.- No se preocupe, señor Rey, usted es el autor del proyecto, Nueva mayoría está apoyando el proyecto con las observaciones que se van a hacer, no hay problema, por favor. El señor CACERES VELASQUEZ .- Señor Presidente: Me rectifico entonces, el proyecto presentado por Renovación por intermedio del señor Rey y que ha hecho suya Nueva Mayoría y Cambio 90, hay sustanciales coincidencias, señor, solamente observo que en las tres fórmulas se prescinde de las siguientes frases, "se inspira en los principios de democracia social"y esto tiene su fundamento porque mas abajo hay otros artículos que hablan de la inspiración de la educación, por lo tanto.... (Continúa en el Turno N§ 12)

TURNO 12 COMISION DE CONSTITUCION 17-3-93

TRANSCRIPTOR HILMER BERNAL El señor CACERES VELASQUEZ ROGER (Continuando).- fundamento porque más abajo hay otros artículos que hablan de la inspiración de la Educación,por lo tanto la supresión de esta frase en hacer fórmulas, creo que es conveniente. La diferencia sustancial con la fórmula que preconiza el señor Rey de Nueva Mayoria, está en lo siguiente: En que en esa fórmula se propone, el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza, se agrega eso esta en las 3 fórmulas, se agrega y respeta la pluralidad de alternativas académicas, pedagógicas organizativas de la Educación dentro de las normas Constitucionales. Yo señor Presidente, estoy de acuerdo con esta fórmula porque creo que abrevia términos dado que eso se trata por separado en otro artículo dentro del actual Constitución, más bien pienso que deberia decirse: La educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad me parece que es una fórmula más cabal y que debiera ir como un párrafo distinto del primero. De tal manera que el Artículo tuviera 3 párrafos, ese es la modificación que sugiero al texto que estamos debatiendo. El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, en primer lugar y a diferencia de lo que ocurrió el día de ayer. Nosotros somos muy claros en indicar que en este punto estamos pensando sugerencias, por que efectivamente partimos de un texto que con el que tenemos coincidencias en mucho de sus puntos. En consecuencia lo que buscamos es perfeccionar o aportar ideas, algunos de los artículos por eso hemos denominado este trabajo, simplemente sugerencias respecto de la propuesta presentada por el movimiento Renovación y en lo que concierne al primer artículo. Nosotros somos de la idea de mantener el texto Constitucional en la parte relativa a la libertad de enseñanza y dejarlo ahí. El agregado que se propone bien, especifica o aclara el concepto de libertad de enseñanza justamente ese es el respeto a la pluralidad alternativas académicas pedagógicas y organizativas de la educación dentro de las normas Constitucionales, en consecuencia creo que manteniendo la fórmula Constitucional del Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza, esta contenido el tema que luego se desarrollo. Sugereria por eso, la eliminación de esta parte final, dejandolo tal como lo estableceria la Constitución del 79. El señor PRESIDENTE.- Señor Rey. El señor REY REY.- Señor Presidente, yo no tengo, mejor dicho tengo plena coincidencia con lo que acaba de sustentar Lourdes Flores, creo que es una mayor explicación de parte en lo que consiste la libertad de enseñanza es una precisión que nos parecio oportuno hacer, para que quede absolutamente claro. Yo estoy dispuesto a que se quite, bajo el criterio de que esta dicho, cuando se menciona la libertad de enseñanza, efectivamente pero me inclinaria porque se incluira este artículo, si es que se piensa incluir en algún artículo posterior, porque es una precisión de una parte de lo que consiste la libertad de enseñanza y me parece que este el sitio más adecuado de ponerlo. En resumen. Perdón el doctor Chirinos? El señor CHIRINOS SOTO.- No sabemos si quiero usted que se incluya, o se acepta la propuesta... El señor REY REY (Continuando) Lo que yo sostengo, que si se piensa algún texto que habla el respeto a la pluralidad de alternativas académicas y oragnizativas en algún artículo posterior. Entonces insistiría en que este artículo lo contemple dentro del primer, esta parte lo contemple dentro del artículo primero. El señor PRESIDENTE.- Señora Gloria Helfer Señora HELFER PALACIOS.- Yo quisiera agregar al concepto que ya esta, la educación como derecho inherente a la persona humana y que garantiza, y que tiene como fin su desarrollo integral, quisiera insistir lo que planteaba el día de ayer esta otra perspectiva de la educación, como una función pública del máximo interes nacional. Esto yo creo significa un avance en relación a la concepción que se tiene en educación, y que se ha venido manejando y que ya ni encontramos en otras Constituciones, la Constitución Colombiana dice: La Educación es un derecho de la persona y un servicio público, que tiene una función social, otros le dan el texto de otra manera, siendo la respnsabilidad del Estado por que no es solamente desde la perspectiva de las personas, sino el comprimoso del Estado de formar nación, de propiciar desarrollo de garantizar democracia. Entonces en Bolivia dice: La Educación es la más alta función del Estado, en Educador: La Educación es deber... (Sigue el turno 13)

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Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS.- (Continuando)... Ella dice la educación es la más alta función del Estado, en Ecuador la educación es deber primordial del Estado, en Brasil dicen: la Educación es un derecho de todos y deber del Estado, yo quiero que en el Artíulo 1§ de nuestra Constitución se rescate este sentido y por eso propongo que se añada a lo que ya se esta, de la educación y la cultura son derechos inherentes a la persona humana y tiene como fin su desarrollo integral, que se diga la educación es una función pública del máximo interés nacional. Y también estoy de acuerdo que incluya en este artículo el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Planteo como agregado. El señor PRESIDENTE.- Alguna otra posición sobre el tema, señor Ysisola. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor presidente más que nada quisiera proponer un texto de redacción añadiendo este artículo 1§ en cuanto a relación de las personas impedidas, he estado analizando todos estos proyectos y en ningún caso se considera las personas impedidas o limitadas. En este sentido yo popondría la siguiente redacción donde dice: El derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana, la educación tiene como fin su desarrollo integral e igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, se añadiría esta parte, ese texto; y después la siguiente redacción: El Estado garantiza y promueve la enseñanza especial en todos sus niveles de los ciudadanos impedidos o limitados con la participación democrática de la comunidad. La ley regula el funcionamiento de las instituciones que la imparte. En igual sentido señor Presidente, esto también voy a proponer en tema del trabajo donde también hay que considerar a los limitados físicos o ciudadanos impedidos; con la venia del Presidente. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, señor Ysisola, totalmente de acuerdo con la posibilidad de incorporar, como tienen alguna nación, española por ejemplo, tiene una norma sobre el estado físico, pero creo que eso deberíamos ponerlo en un capítulo o un agregado al capítulo de la persona, donde hemos hecho alguna mención o dentro de la Seguridad Social y Bienestar, más que fraccionarlo en normas sobre educación, normas sobre trabajo. Creo que usted tiene toda la razón en cuanto a las necesidades de normar la situación, pero me parece que no debiérmos hacerlos fraccionadamente, porque hay incorporar por ejemplo la integración social, que es un concepto vital para el impedido físico y hay de hecho propuestas en ese sentido, mi sugerencia sería no hacerlo en esta parte, si no probablemente al cerrar el capítulo de derechos de la persona. El señor PRESIDENTE.- Señor Ysisola, esta consumiendo usted su tiempo. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente, más que nada yo propondría esto, en educación porque se relaciona también con trabajo, porque yo pienso que en trabajo en este sentido se debe garantizar y promover el acceso de todos los ciudadanos impedidos, a los empleos y cargos públicos, mediante sistema que permitan calificar su capacidad, aptitudes e idoneidad para desempeñarlos, porque también hay que tomar en cuenta que esto no va ser una beneficencia, en cierto sentido yo pienso de que hay ejemplos, hay ejemplos, hay prefectos inclusive presidente de región que aca en el Perú, que es impedido físico. Totalmente; y eso no quita que sea una persona capaz para desempeñar ese cargo, por lo tanto yo pienso que no solo a personas priviligiadas se le debería dar esta oportunidad, si no también a cualquier ciudadano, de participar en un empleo cargos públicos que ellos lo puedan desempeñar como idoneidad. Es por ello que señor Presidente yo proponia que. El señor PRESIDENTE.- Su tiempo se ha vencido señor. El señor YSISOLA FARFAN.- Termino señor Presidente, de que en este artículo 1§, se ponga esta redacción: en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, y texto que he propuesto, de que el Estado garantiza y promuebe la enseñanza especial, en todos sus niveles de los ciudadanos impedidos o limitados con la participación democrática de la comunidad. La ley regula el funcionamiento de las instituciones que la imparten y seguiría ya, el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Eso es todo señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Haga llegar usted su proyecto por escrito por favor. Vamos a pasar votación, todavía no hemos termiando el debate estor ordenando. vamos a pasar a votación este artículo por partes, de modo que ruego el pronunciamiento de los señores miembros de la comisión en los diversos temas que se están produciendo. El señor Carpip. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, intervendo para debatir las observaciones hechas por el doctor Róger Cáceres, en el siguiente sentido. Yo estoy de acuerdo obviamente con el proyecto que esta sutentando el Ingeniro Rey, que debe estar el fin de la. Permítame terminar. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Que no he hechos mayores observaciones, hecho que estoy de acuerdo con la fórmula. El señor CARPIO MUñOZ.- Ha retirado usted esas observaciones, la personalidad humana... (Continúa en el Turno N§ 14)

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Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS.- (Continuando)... Ella dice la educación es la más alta función del Estado, en Ecuador la educación es deber primordial del Estado, en Brasil dicen: la Educación es un derecho de todos y deber del Estado, yo quiero que en el Artíulo 1§ de nuestra Constitución se rescate este sentido y por eso propongo que se añada a lo que ya se esta, de la educación y la cultura son derechos inherentes a la persona humana y tiene como fin su desarrollo integral, que se diga la educación es una función pública del máximo interés nacional. Y también estoy de acuerdo que incluya en este artículo el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Planteo como agregado. El señor PRESIDENTE.- Alguna otra posición sobre el tema, señor Ysisola. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor presidente más que nada quisiera proponer un texto de redacción añadiendo este artículo 1§ en cuanto a relación de las personas impedidas, he estado analizando todos estos proyectos y en ningún caso se considera las personas impedidas o limitadas. En este sentido yo popondría la siguiente redacción donde dice: El derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana, la educación tiene como fin su desarrollo integral e igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, se añadiría esta parte, ese texto; y después la siguiente redacción: El Estado garantiza y promueve la enseñanza especial en todos sus niveles de los ciudadanos impedidos o limitados con la participación democrática de la comunidad. La ley regula el funcionamiento de las instituciones que la imparte. En igual sentido señor Presidente, esto también voy a proponer en tema del trabajo donde tambén hay que considerar a los limitados físicos o ciudadanos impedidos; con la venia del Presidente. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, señor Ysisola, totalmente de acuerdo con la posibilidad de incorporar, como tienen alguna nación, española por ejemplo, tiene una norma sobre el estado físico, pero creo que eso deberíamos ponerlo en un capítulo o un agregado al capítulo de la persona, donde hemos hecho alguna mención o dentro de la Seguridad Social y Bienestar, más que fraccionarlo en normas sobre educación, normas sobre trabajo. Creo que usted tiene toda la razón en cuanto a las necesidades de normar la situación, pero me parece que no debiérmos hacerlos fraccionadamente, porque hay incorporar por ejemplo la integración social, que es un concepto vital para el impedido físico y hay de hecho propuestas en ese sentido, mi sugerencia sería no hacerlo en esta parte, si no probablemente al cerrar el capítulo de derechos de la persona. El señor PRESIDENTE.- Señor Ysisola, esta consumiendo usted su tiempo. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente, más que nada yo propondría esto, en educación porque se relaciona también con trabajo, porque yo pienso que en trabajo en este sentido se debe garantizar y promover el acceso de todos los ciudadanos impedidos, a los empleos y cargos públicos, mediante sistema que permitan calificar su capacidad, aptitudes e idoneidad para desempeñarlos, porque también hay que tomar en cuenta que esto no va ser una beneficencia, en cierto sentido yo pienso de que hay ejemplos, hay ejemplos, hay prefectos inclusive presidente de región que aca en el Perú, que es impedido físico. Totalmente; y eso no quita que sea una persona capaz para desempeñar ese cargo, por lo tanto yo pienso que no solo a personas priviligiadas se le debería dar esta oportunidad, si no también a cualquier ciudadano, de participar en un empleo cargos públicos que ellos lo puedan desempeñar como idoneidad. Es por ello que señor Presidente yo proponia que. El señor PRESIDENTE.- Su tiempo se ha vencido señor. El señor YSISOLA FARFAN.- Termino señor Presidente, de que en este artículo 1§, se ponga esta redacción: en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, y texto que he propuesto, de que el Estado garantiza y promuebe la enseñanza especial, en todos sus niveles de los ciudadanos impedidos o limitados con la participación democrática de la comunidad. La ley regula el funcionamiento de las instituciones que la imparten y seguiría ya, el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Eso es todo señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Haga llegar usted su proyecto por escrito por favor. Vamos a pasar votación, todavía no hemos termiando el debate estor ordenando. vamos a pasar a votación este artículo por partes, de modo que ruego el pronunciamiento de los señores miembros de la comisión en los diversos temas que se están produciendo. El señor Carpip. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, intervendo para debatir las observaciones hechas por el doctor Róger Cáceres, en el siguiente sentido. Yo estoy de acuerdo obviamente con el proyecto que esta sutentando el Ingeniro Rey, que debe estar el fin de la. Permítame terminar. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Que no he hechos mayores observaciones, hecho que estoy de acuerdo con la fórmula. El señor CARPIO MUñOZ.- Ha retirado usted esas observaciones, la personalidad humana... (Continúa en el Turno N§ 14)

T.14. Anexo: 119 - 142

Justo Frías López 17-03-93 El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- (Continuando)...estoy de acuerdo con la fórmula. El señor CARPIO MUñOZ.- Ha retirado sus observaciones? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Una brevísima observación pero que no era de fondo sólo de forma. El señor CARPIO MUñOZ.- Entonces retiro eso. Concluyo, señor, comentando la observación o la propuesta del señor Ysisola en el siguiente sentido: Creo yo que tanto la Constitución del 79 como la reforma aprobado ya en el Título Primero, Capítulo Primero, De la Persona Humana, está garantizando la protección de los derechos sin discriminación alguna, y ahí está incluido el hecho del impedido físico. Si nosotros en cada uno de los tópicos constitucionales -en trabajo, en educación, etc.- vamos hacer mención al impedido físico, en realidad estamos redundando. Si queremos hacer un texto constitucional ágil y breve; si el Estado -decimos en el Título y Capítulo Primero- protege el derecho de las personas sin discriminación alguna, está incluido ahí ya la situación de los impedidos físicos, yo creo que no se necesita mencionar en este aspecto. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Chirinos Soto. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, en cuanto a la observación de la doctora Lourdes Flores, tiendo a pensar que tiene razón; porque si decimos "el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza", ese principio lo incluye todo. Quizás el señor Rey quiera retirar la explicación, porque si garantiza la libertad de enseñanza, lógicamente respeta la pluralidad de alternativas. "Garantiza la libertad de enseñanza", me parece suficiente. El señor Rey verá si retira o no retira. En cuanto al minusválido, los señores representantes no tienen en cuenta por lo visto que le hemos dedicado un artículo especial a la persona que no puede valerse por sí misma, ya está en la Constitución. Dice bien el señor Carpio, no vamos a repetir ese principio en cada capítulo constitucional. En cuanto a la propuesta del Movimiento Democrático de Izquierda para que digamos "la educación es una función pública de máximo interés nacional", me parece una fórmula sin contenido jurídico, no tiene ningún contenido jurídico; llegará el capítulo de Fuerza Armada, y tendremos que decir "la defensa nacional es una función pública de máximo interés nacional"; llegará la administración de justicia, y tendremos que decir "la administración de justicia es una función pública de máximo interés nacional". Eso está bien para los comentaristas de la Constitución, señor Presidente, pero no es una fórmula jurídica. De manera que ahí yo me opongo. En resumidas cuentas, señor, me parece que el artículo está bien como está, que se le podría aligerar dejándolo en "libertad de enseñanza" y que no hay necesidad de agregar la fórmula... El señor CACERES VELASQUEZ, Róger (Interrumpiendo).- Me concede una interrupción? El señor CHIRINOS SOTO.- Con todo gusto. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, más abajo, en la actual Constitución, se habla de esas alternativas. De tal manera que considero yo que al haberlo consignado así la fórmula en Mesa, se está abreviando y juntando cosas que están distintas. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo he sugerido al señor Rey que si le parece acepte la fórmula de la doctora Lourdes, pero si no le parece no; está en el ámbito de sus potestades como ponente del dictamen que ahora es dictamen origininado en Renovación pero se ha convertido en dictamen en mayoría. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Rey. El señor REY REY.- Señor Presidente, yo no tengo inconveniente en aras de que sea más breve incluso la Constitución, en omitir la parte final del segundo párrafo y dejarlo como ha sido sostenido por Lourdes Flores, "el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza". De todas maneras, me gustaría que quedara en claro con esta intervención, para beneficio del Diario de los Debates, cuál es la interpretación en este aspecto de lo que abarca la libertad de enseñanza, y que por tanto incluye la pluralidad de alternativas académicas, pedagógicas y organizativas en educación dentro de las normas constitucionales. El señor PRESIDENTE.- Señores, aparentemente no hay debate sobre el primer párrafo, salvo alguna opinión en contra pasaríamos a votación. Tiene la palabra el señor Olivera, sobre el primer párrafo si tiene usted la gentileza, porque después vamos a abrir debate sobre el segundo párrafo. El señor OLIVERA VEGA.- Sí, señor Presidente. Lo que quisiera pedir a la doctora Gloria Helfer... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 15 )

Turno No.l5 l7.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor OLIVERA VEGA FERNANDO...(Continuando)... Yo lo que quisiera pedir a la doctora Gloria Helfer. Señor Presidente, hay un poquito de barullo por acá. Lo que quiero pedirle a la doctora Gloria Helfer si es que puede ampliar los fundamentos de por qué es que en su proyecto, el proyecto del MDI, se define a la Educación como una función pública de máximo interés nacional, esto podría mal interpretarse como que la educación solamente sería deber del Estado y sería totalmente excluyente de la iniciativa privada; es una realidad que contribuyente a que la educación llegue a la población nacional. Pareciera que si la educación no es función pública, entonces no es posible de ejecutarse, realizarse, si lo que quiere ella expresar que la educación es un deber del Estado de máximo interés nacional, creo que podría explicitarse en esos términos. Por lo demás, en cuanto al primer párrafo nosotros tenemos nuestro pleno acuerdo, y expresamos que en la formula pues contenida en el artículo 2l§ de la Constitución Política vigente es la que finalmente está quedando intacta despuués del retiro del agregado que había propuesto el señor Rey, en el proyecto, quedará al voto. En eso estamos de acuerdo,señor Presidente y votaremos a favor. El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease, puede hacer uso de la palabra. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Presidente, creo que con la simplificación de poner "libertad de enseñanza" queda garantizado. Como lo ha recordado el doctor Chirinos, lo de los impedidos lo hemos tratado en otra parte, pero quiero dejar constancia que eso ha sido reconsiderado y está sujeto a nueva redacción, y por tanto ahí se puede poner las ampliaciones que plantea el señor Ysisola. En tercer lugar, cuando se señala que la educación es una función o servicio público del mayor interés nacional, se está señalando justamente que es servicio público,servicio público no es lomismo que estatal. Un servicio público puede ser prestado, puede ser privado en muchos casos,incluso en los servicios locales más conocidos, pero sí hay una función pública, un caráctcer público que no es lomismo que lo puede definir el caráctcer privado, por eso que la escuela tiene planes de estudio que los establece el Ministerio de Educación, prioridades, exoneraciones o estímulos para que justamente eso tenga la debida prioridad. Por eso, no es simplemente algo sujeto, mecánicamente a las reglas del mercado, sino se ponen determinados objetivos nacionales en función de eso. El señor OLIVERA VEGA FERNANDO.- Evidentemente creo que al doctor Pease no le cabe duda de cual es mi pensamiento, que no es el dejar todo al mercado ni mucho menos la educacón. Lo que pasa es que según la redacción, al decir la educación es una función pública de máximo interés nacional, yo me pregunto, quién realiza la función pública, los funcionarios públiocs, no es así. Un servicio público hay que colocarlo, pero si es una fución pública, simplemente quien la realiza y la ejecuta son los funcionarios públicos; yo no veo que función pública pueda realizarla un particular. Entonces, hay que precisar la redacción; estoy de acuerdo en el concepto pero me parece que puede ser equívoca la redacción. Nada más. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Bueno, quizás sería más preciso si se dijera serivico público, y quiero señalar que en los debates de Ciencias Sociales en Latinoamérica -por ejemplo- en este momento se distinguie muy claramente lo público como diferente de lo estatal y de lo privado. Entonces, en ese sentido podría interpretarse lo que se está planteando, y me parece que aquí tanto, el párrafo es necesario en términos de la prioridad como en términos de ese caráctcer que es el que justifica que luego -por ejemplo- no se pueda hacer una escuela con un currícula antinacional o con un currícula fachista, o con un currícula que vaya contra los principios constitucionales. Es en ese sentido que se señala, yo creo que podría decir la educación es un servicio público del márximo interés nacional. La señora HELFER PALACIOS GLORIA. Señor Presidente, yo estaría dispuesta a cambiar la palabra función por servicio, es mucho mejor, porque puede prestarse a funcionario, a estatal, es un servicio público del máximo interés nacional; también yo lo aceptaría , sería más claro. Sabiendo y teniendo muy claro que decir esto en este párrafo no supone de niguna manera inhibir la educación privada y que se tenga toda la iniciativa necesaria porque en otros artículos se está recogiendo y se... (Sigue turno No.l6).

T-16 anexo 119-142

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS.- ...(continuando)... inhibir la educación privada y que se tenga toda la iniciativa necesaria porque en otros artículos se está recogiendo y se está señalando, lo que estoy tratando de recoger es lo más nuevo que hay en educación, son los acuerdos de Yompien**, son las propuestas de ese paludezco para ver las perspectivas de desarrollo de países como los nuestros, donde señalan la importancia de la formación de recursos humanos, es inversión en recursos humanos. Y eso, es una responsabilidad, ya no es solamente un derecho de la persona, sino es una necesidad del país, de la Nación; de apostar, de ponerle, de invertir en educación para poder lograr desarrollo. Entonces estamos hablando de los tigres del Asia, estamos hablando de todos estos desarrollos acelerados que fueron en base de inversiones importantísimas de Educación donde mucha de esa inversión fue Estatal, donde no se inhibió la inversión privada pero donde los países asignan y me lo pueden confirmar en los países de, -no por los países del Asia que los conoce bien el doctor Joy Way, hay una inversión muy importante Estatal en Educación-. Entonces, tenemos para darles una cifra, el Japón en Educación Primaria, tiene el 95.5 por ciento de Educación Estatal, solamente el 05 por ciento es Educación Privada y es por un interés inmenso que tiene en este tema. Entonces, era con esta aclaración que haría la modificación de ponerle Servicio Público en vez de Función Pública. El señor PRESIDENTE.- Al señor Rey se le pregunta; el primer párrafo, ¨cuáles son los cambios qué usted admite?. Dé lectura usted al párrafo que vamos a someter a votación. El señor REY REY.- De acuerdo. "El derecho a la Educación y a la Cultura es inherente a la persona humana, la Educación tiene como fin su desarrollo integral". El señor PRESIDENTE.- Al voto. Los señores congresistas que estén a favor se servirán manifestarlo levantando la mano. (Votación), diez votos. Los señores que estén en contra. (Votación). Abstenciones. Al segundo párrafo, sírvase usted darle lectura con la parte modificada. El señor REY REY.- "El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza". Dejo constancia, señor Presidente, de que en el artículo actual de la Constitución, en el artículo 30§; se habla de diversas modalidades alternativas, académicas, teóricas y organizativas. De manera que con cargo a que no se añada algo por la brevedad del Texto Constitucional, es que acepto que no se menciona aquí porque está en historial. El señor PRESIDENTE.- Usted ya lo manifestó; la propuesta es: "El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los señores congresistas que estén a favor se servirán manifestarlo levantando la mano. (Votación), diez votos. Los señores que estén en contra. (Votación). Abstenciones. Aprobado. ¨Ahí terminaría la propuesta suya, señor Rey?. Correcto. Propuestas de agregado. Doctora Helfer, lea usted el agregado que propone, por favor. La señora HELFER PALACIOS.- Sí, señor Presidente, solamente esto: "La Educación es un Servicio Público de máximo interés nacional". El señor PRESIDENTE.- Levante sobre el agregado. Señor Rey. El señor REY REY.- Yo he entendido el fondo de lo que quiere expresar la doctora Helfer, son embargo me parece que ese fondo es redundante, señor Presidente, nadie tiene duda de que la educación es prioritaria en el país y en la fórmula que propone incluso con el texto de una "servicio público", en lugar de "función pública"; se deja de lado la función preferente superior de los padres de familia, porque se entiende como un servicio público de interés nacional, no es solamente de interés nacional, Presidente, es también un interés principalísimo de los padres de familia. De manera que estoy en absoluto desacuerdo en que se añada ese texto. La señora HELFER PALACIOS.- -Perdón-, señor Presidente, se dice en otro artículo ese derecho de los padres. El señor PRESIDENTE.- Vamos ha hacer las intervenciones, la doctora Helfer tiene la intervención cuando le corresponda. Señor Carpio. El señor CARPIO.- Sobre el agregado que propone la doctora Helfer, yo creo que es innecesario, señor, por las siguientes razones; en primer lugar, es un servicio público, nadie lo duda; en segundo lugar, no solo es un servicio público, la educación la hace la comunidad no solo como un servicio público, la hacemos los padres de familia en nuestro hogar. De tal suerte que también es un servicio privado, señor, no es un servicio público. De tal suerte que no estoy de acuerdo con__ (CONTINUA EN EL TURNO - 17)__

T-17 C. Const.

Donato Velásquez V. 17-03-93 El señor CARPIO MUñOZ.- (continuando)... en nuestro hogar, de tal suerte también es un servicio privado, no es un servicio público, de tal suerte no estoy de acuerdo con el agregado. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señorita Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Señor Presidente, para señalar mi disconformidad, aparte de la redundancia que implique, bien la detalló el señor Chirinos Soto, la frase servicio público no me parece adecuada, porque implicaría la exclusividad de la atención de la educación por parte de la administración pública, así es como se entiende jurídicamente esa frase, tenemos acá en el diccionario de Cabanella, nos habla, "Servicio público: es de carácter técnico prestado al público de manera regular y continúa para satisfacer una necesidad pública y por una organización pública. Servicio público: Concepto capital de derecho político y administrativo. Es este el servicio público que a de satisfacer una necesidad colectiva por medio de una organización administrativa o regida por la administración pública". Por lo tanto, esta frase no me parece concordante, aparte de la redundancia que señalaba el señor Chirinos Soto, en todo caso tendría que repetir esto para justicia, fuerzas armadas, para todos los capítulos. Creo se sobre entiende la importancia de la educación. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente, en la primera parte del artículo hemos aprobado, la educación como derecho de la persona y por tanto de las familias. La dimensión que agrega este párrafo es señalar de que se trata de un servicio público. Servicio público puede ser prestado por personas naturales privadas, el servicio de luz, incluso puede ser prestado por una empresa privada; pero cuando se trata de un servicio público hay regulación pública, porque se trata de reconocer justamente en este párrafo el caracter referente a toda la comunidad, eso no está limitando en absoluto su ejercicio privado, hay muchos antecedentes, pero se le está reconociendo la otra cara del derecho, como decía la señora Helfer, en relación al desarrollo del país. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Señor Presidente, en el concepto de servicio público, cuando los particulares participan en la prestación lo hacen bajo la forma de concesión, creo que no es el concepto que se ha debatido, incluso, ayer en el término de subsidiaridad en que se está pensando en la materia de educación. Por lo tanto, si bien pueden participar en un servicio público los particulares lo hacen bajo la forma de la concesión. El señor PEASE GARCIA.- Pero además de éso, les puedo traer mucha bibliografía sobre el punto, además de que los conceptos avanzan, cuando una persona o una comunidad, o un ente privado presta un servicio educativo lo hace dentro de una normatividad que establece el Ministerio de Educación, no lo hace de cualquier manera, es decir, la primaria sigue un esquema mínimo de plan de estudios, más allá del cual puede hacer lo quiera, eso es justamente porque es un servicio público, sino la primaría podría ser cualquier primaria y podría tener cualquier validez cualquier escuela. Pero hay una normatividad, esa normatividad es justamente porque es un servicio público, no hay una normatividad que le diga a una empresa privada como producir, camina en cualquier sentido, simplemente si no se considera servicio público no tendría asidero el que haya un plan de estudio nacional, que es el que establece los niveles de la educación en sus mínimos. El señor PRESIDENTE.- Señora Helfer una última intervención, antes de pasar al voto. Tiene la palabra el señor Chirinos. Usted intervino señor Carpio, cada uno tiene cinco minutos de intervención en cada tema, si alguien le concede una interrupción, no hay problema. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, cambiar de nombre función pública por servicio público, no le añade contenido jurídico a lo que no lo tiene, porque igual tendríamos decir la defensa nacional es un servicio público de máximo interés nacional, ¨qué tiene de máximo de interés nacional? ¨Jurídicamente qué quiere decir? Nada, es un comentario al margen de la Constitución. Aspiraría a que nuestra Constitución tuviera preceptos jurídicos, no declamatorios; máximo tribunal nacional, ¨qué es el máximo? Quería la interrupción el señor Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, para decir lo siguiente, en todo caso la redacción de este añadido de la señora Helfer, está mal hecho, porque se dice: "La educación es un servicio público", se está definiendo a la educación y no puedo permitir que se defina a la educación sólo como un servicio público, expropíandonos a los padres de familia el hecho de que queremos nosotros impartir también educación a nuestros hijos entra en nuestro hogar. De tal suerte, no sólo es un servicio público, no se puede definir a la educación como un servicio público simplemente. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, la señorita Chávez acaba de leer lo que dice el diccionario Cabanellas, sobre servicio público que es prestado por organismos públicos. Entonces, fuera de falta de contenido jurídico, aquí hay un sesgo que no se confieza, pero existe un sesgo en favor de la exclusividad... (continúa en el turno 18)

T-18 Anexo : 119 - 142

Transcriptor : Alfredo Alvariño C. 17-03-93 El señor CHIRINOS SOTO.-(Continuando)...sesgo que no se confiesa pero existe un sesgo en favor de la exclusividad de la educación por el Estado, a punto tal que la señora Helfer ha citado como ejemplo que en el Japón el 95% de la educación primaria es estatal y el 0.4% es privada, eso es a lo que ellos aspiran pero espero que la comisión no comparta ese desideratum. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Doctora Helfer, algún agregado o modificación en su propuesta? La señora HELFER PALACIOS.- Ninguna modificación, la mantengo, lo único que quisiera es rechazar las afirmaciones del doctor Chirinos que comprenderían a todas las Constituciones de los países latinoamericanos que he leído, donde conceptos muy semejantes cita, la puedo citar: "La educación es un derecho de la persona y un servicio publico que tiene una función social" Constitución colombiana. "La educación es la más alta función del Estado" Constitución Boliviana "La educación,derecho de todos y deber del Estado" Constitución del Brasil. Entonces, tampoco es para todas estas Constituciones, están mal, total si ni siquiera se necesita Constitución, el doctor Chirinos no quiere Constitución, esta bien, pero nosotros tenemos que transmitir y enriquecer conceptos y lo que yo estoy trayendo es algo que supone un avance y la inclusión de una perspectiva de desarrollo para el país, y tiene que ver después con muchas otras partes de la propuesta que yo traigo. En ningún momento el que sea un servicio público supone de que se le quite las funciones de los padres de familia, esos son errores innecesarios que yo quisiera garantizar, que la gente se quede tranquila, hay en el texto que yo traigo y que ustedes tienen en la mano, párrafos donde se va a señalar perfectamente la participación de los padres de familia y su libertad de decidir en relación a la educación de sus hijos a participar activamente en esa educación y el derecho a la educación privada. Entonces, no quiero que por un artículo que no esta bien todo el conjunto, se tengan sospechas innecesarias para tranquilidad del doctor Chirinos y de todos aquelos que temieron en algún momento... El señor PEASE GARCIA.- (interrumpiendo) Perdón, en el mismo artículo aprobado, acá nos está planteando una libertad de enseñanza independientemente dice, "la educación es un servicio público", se nos está diciendo primero lo que ya hemos aprobado, "la educación es un derecho de la persona" por lo tanto de la familia, complementariamente también se están dando las dos caras del asunto, por tanto, al doctor Carpio yo le digo simplemente que no se está poniendo un sólo lado de la medalla sinó los dos lados de la medalla. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el ingeniero Rey. El señor REY REY.- Señor Presidente: Creo que la objeción que ha puesto el señor Chirios es meridiana, complementada perfectamente por la lectura que ha dado del diccionario la doctora Chávez, si existe se sesgo, si existe esa preocupación, de manera que yo creo que es no sólo redundante sinó absolutamente inaceptable la inclusión de ese texto. El hecho de que algunas constituciones como las que ha citado la doctora Helfer incurran en ese error jurídico al que el doctor Chirinos ha hecho referencia, no implica que nosotros debamos incurrir en el mismo error jurídico. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Olivera. El señor OLIVERA VERA.- Señor Presidente: Es perfectamente aceptable el planteamiento de la doctora Helfer y no valen medias verdades, se pretende distorsionar la propuesta del Movimiento Democrático de Izquierda como que fuera excluyente de cualquier otro tipo de facción mas allá de la estatal en la educación, y es mas, se pretende satanizar esta propuesta diciendo que expropiaría el derecho de los padres de familia. Por qué no se lee completo el proyeto de MDI, en el artículo 3§, señor Presidente, concordante con el artículo 1§, se señala con toda claridad "El Estado garantiza a los padres de familia el derecho y el deber de intervenir en el proceso educativo de sus hijos, así como el de escoger el tipo y centro de educación para ellos" Entonces, no valen estas satanizaciones ni estas medias verdades que son peores que las mentiras, yo he estado muy atento al debate público, nacional, de los últimos días y hay que tenerlos presente en todos los actos políticos que tenemos que ejercer. Nosotros ratificamos que no excluyente y por lo tanto ... (Continúa en el Turno N§ 19)

TURNO 19 COMISION DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO 17-3-93

TRANSCRIPTOR HILMER BERNAL El señor OLIVERA VILA.-(Continuando) que tenemos que ejercer. Nosotros ratificamos que nos excluyente y por lo tanto es una afirmación de lo que tiene como carácter esencial la educación, no vale que en los Colegios se impartan curriculas al antojo del promotor, estoy hablando de los colegios privados. Todo tiene que mantener un nivel de supervisión y tiene que estar dentro justamente de los intereses nacionales permanentes, por lo tanto. Yo anuncio que nosotros vamos apoyar esta propuesta adicional que ha hecho el movimiento Democrático de Izquierda señor Presidente. Me ha pedido una interrupción el señor Carpio. El señor PRESIDENTE.- Con todo gusto. El señor CARPIO.- Señor Presidente, no son medias verdades ni son temores tampoco infundados señor, es un ejercicio de la racionalidad no se puede definir a la Educación solo como un servicio público señor, la educación es una actividad humana que se ejerce en público y en privado señor. El decir que la educación es un servicio público es sesgar y racionalmente lo que es la educación, si se dijiera en el texto: La educación es además es un servicio público, por eso les he pedido que cambien la redacción, no se puede definir a la educación simplemente como un servicio público. Por que señor, todos los seres humanos, la actividad que se llama educación la realizamos todos los seres humanos, en todos los actos de nuestra vida señor. El señor PRESIDENTE.- Continue el señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA (Continuando).- Muchas gracias señor Presidente, rechazado por su puesto las afirmaciones del señor Carpio no, es el dueño de la racionalidad y califica lo irracional las otras propuestas que discrepa es la intolerancia pues, que no es propia de una conducta democrática no. Yo he evitado calificar, calificar pero en fin,si el cree que con esta definición le van impedir poder educar a sus hijos, allá él pues no, a mi con definición o sin definición nadie me va impedir la educación que le de a mis hijos, en efecto creo que si gobierno con el ejemplo y se educa desde el gobierno con actitudes y desde cada decisión que estamos tomando. Por lo tanto señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Sírvase concluir El señor OLIVERA VEGA (Continuando) Muchas gracias señor Presidente, estaba terminando justamente ya dije que vamos a votar señor Presidente a favor de esta propuesta de la doctora Helfer. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- EL doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUE, Roger.- Señor Presidente, el año l987 en el mes de setiembre para ser mas preciso el Perú fue conmovido por una propuesta del señor Alan Garcia, en que consistia en declarar que el servicio bancario, era el servicio público. Todo el Perú se movilizo para impedir que se consumara ese criterio del señor Alan Garcia, y el país señor Presidente se movilizó, impedio tal cosa, que se entendia entonces por servicio público, por la estatización del crédito público, de toda forma del crédito en este caso señor Presidente, al pretenderse que la educación es un servicio público se esta buscando algo parecido lo que el señor Alan Garcia preconizó entonces. O sea que este servicio público como lo dice Cabanillas, en el diccionario que se ha dado lectura, por ser servicio público esta bajo control del estado lo cual iria directamente en contra de lo que hemos aprobado de la libertad de enseñanza. Con todo agrado. El señor PRESIDENTE.- EL señor Olivera. El señor OLIVERA (Interrumpiendo) Señor Roger Cáceres a traves de la Presidencia, por ejemplo el abastecimiento de agua, la luz, los sistemas son servicios públicos también no. Entonces no vale pues la analogia de satanizar propuestas, todos el mundo sabe cuales son nuestras poseciones, por lo menos la mia frente al tema de la estatización de la banca y particularmente al desastroso gobierno de Alan Garcia, entonces no confundamos seria llevar al extremo radical también que toda palabra que es un servicio público es una analogia, atentar contra la esencia de la democracia. El señor PRESIDENTE.-EL señor Caceres El señor CACERES VELASQUEZ, Roger.- Señor Presidente, las palabras tienen significado, servicio público tiene un significado muy claro en materia jurídica de tal manera. Yo no creo que como servicio público pudiera entenderse que ese servicio público esta en manos de iniciativa privada, por las misma razones que en aquel entonces, la tesis del señor Alan Garcia tengo que discrepar en el presente caso de la propuesta de la señora Helfer. No estoy de acuerdo señor Presidente, con definir que la educación es un servicio público. Señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señorita Flores La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, con la aclaración que no doy, respaldar la propuesta, porque creo que puede prestarse interpretaciones equivocas, sin embargo creo que en el debate si se esta incorporando una visión parcializada de lo que es un servicio público, porque efectivamente la doctrina hoy día distingue con mucha claridad lo público de lo estatal. Efectivamente pueden haber servicios públicos prestados por entes privados, su carácter de público deviene de la posibilidad de acceso a todos.Yo por eso creo que efectivamente la educación es un servicio público puede ser prestado por particulares, a lo que apunto a esa propuesta es a la obligación que este servicio sea alcanzado por todos. Sin embargo señor Presidente, a pesar de considerar que puede ser esa la interpretación no lo voya respaldar porque creo que debemos dejar el criterio más amplio que sea posible, en todo en cuanto analicemos la función del Estado... (Sigue el turno 20)

T-20 CONSTITUCION Anexo 119-142

Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 La señorita FLORES NANO.- Un minutito señor Presidente, debemos usar el criterio más amplio que sea posible; y en todo caso cuando analicemos la función del Estado en este caso es ineludible y ese es una diferencia con relación a la banca, el Estado aquí, si tiene una obligación ineludible, de atendr la educación, cuando precisemos en ese artículo que es el Artículo 4§, creo que podríamos eventualmente con ocasión de eso referir el carácter. Con el mayor gusto doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Me alegra que la doctor Flores no vaya acompñar esta fórmula antijurídica pero le quiero decir muy de paso, que el Gobierno anterior precisamente calificó a la banca de servicio público, para esta desarmista, si no fuera calificación. La señorita FLORES NANO.- Equivocadamente, porque en este caso estaba claro que no lo era, permítame porque, porque razones, qué intereses hay. Uno, no era un servicio de accso a todos, es decir. El señor CHIRINOS SOTO.- No estoy discutiendo el fondo, si no que el argumento del anterior Presidente de la República, fue siendo este un servicio público, lo expropia. La señorita FLORES NANO.- Obviamente y el error jurídico consistía en mi concepto en sostener que eso que no es libre acceso a todos, que no se fijan mediante tarifas, que no presta una atención a la colectividad, pero es servicio público, ese es un caso típico de actividad privada a la cual acceden quienes quieren hacerlo. A diferencia de educación que podría tener. Con el mayor gusto, yo ya estoy terminando. La señora HELFER PALACIOS.- Una pequeña interrupción, justamente por eso es que trataba de incluir este párrafo en el primer artículo, porque va diferenciar la educación del tratamiento de muchos otros sectores que funcionan en la sociedad, pero que no tienen porque tener el beneficio que tiene el servicio de la más alta importancia como es la educación. Entonces no vamos a tratarlo, y es concordante con muchas de las propuestas y justamente esta haciendo el señor Rey, cuando se refiere a los beneficios tributarios, porque no tienen fines de lucro, eso es exactamente concordante con eso, es decir tiene que tener una ubicación distinta, la educación por el impacto que tiene en el desarrollo, en perspectivas de construir un país de formación de la nación y eso lo voy a sustentar en otro artículo. Por la importancia que tiene la educación, por la formación de las personas, la formación ética, cívica de las personas, es tan importante la educación, por eso es que tiene que señalarse en el primer artículo ese aspecto de. El señor PRESIDENTE.- Se venció el turno de la doctor Lourdes Flores. Al voto la cuestión planteada por la doctor Gloria Helfer, Los que están de acuerdo con el agregado sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Voctación). 2 votos. Los que están en contra. (Votación). 5 votos. Abstenciones. 5 votos. Desprobado. Artículo 2§, perdón antes hay otra propuesta del señor Ysisola, para agregar el siguiente texto: El Estado garantiza y promueve el acceso a los ciudadanos impedidos físicos y mentales a las entidades especiales, en todos sus niveles, con la participación democrática a la comunidad, la ley regula el funcionamiento de las instituciones que lo imparten. Señor Ysisola puede fundamentar. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor presidente quisiera explicar más que nada aca de hacer incapie a la enseñanza especial en todo sus niveles, porque en la constitución se estas proponiendo la educación básica, sólo va ser gratuita, pero aca en el caso de los impedidos físicos y mentales, yo creo de que recien en estos ultimos años se están implementando colegios especiales, para estos impedidos físicos, pero yo pienso que el Estado es el que debe garantizar y promover este acceso a estos ciudadanos que están impedidos, en todos sus niveles. Tanto primario, secundario, como especializado. En este sentido, porque para así en un futuro también plasmar en la constitución derechos, para ello al trabajo, para que ellos estén capacitados de desempeñar trabajos, hay trabajos donde los impedidos físicos lo pueden hacer, y estar en igualdad de condiciones que una persona normal. Es por ello que yo propongo que se de énfasis a esta enseñanza especial en todos sus niveles señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Señor Rey que es el ponente de este título, acepta este planteamiento. El señor REY REY.- No Presidente, yo considero que es hacer una excepción donde no debe haberla, creo que el derechos a la educación es absolutamente... (Continúa en el Turno N§ 21)

T.21. Anexo: 119 - 142

Justo Frías López 17-03-93 El señor REY REY.- (Continuando)...excepción donde no debe haberla. Creo que el derecho a la educación es inherente a la persona humana, el impedido físico sigue siendo una persona humana, con mayor razón; no creo que haga falta hacer una excepción en el caso. La ley en todo caso debe de fijar las alternativas que se deben de producir en la sociedad para atender a los impedidos físicos, pero no me parece que sea un texto que merezca un tratamiento constitucional. El señor PRESIDENTE.- En consecuencia, usted plantea que en el texto ya propuesto está incluido el concepto. Sobre el tema, tiene la palabra el señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, sin perjuicio a que el tema también pueda y deba ser tratado en los Derechos Fundamentales de la Persona, recordando que hay algunas reconsiderac2iones planteadas sobre el artículo en donde se incluye por ejemplo exoneración tributaria para las donaciones aplicables directamente a los impedidos físicos y mentales, en donde estoy seguro que el señor Ysisola nos va a acompañar, quiero decir que todo lo que sea favorecer a los impedidos físicos y mentales va a contar con nuestro entusiasta respaldo, señor; y espero que la mayoría sea consecuente y respalde la propuesta de uno de los miembros de su agrupación política. Me pide una interrupción el señor Rey Rey, se la concedo, con la venia de la Presidencia. El señor PRESIDENTE.- Con la venia de la Presidencia, puede interrumpir señor Rey. El señor REY REY.- Solamente para decirle que también de nuestra parte va haber siempre el apoyo a los impedidos físicos; no es el lugar de hacerlo. El señor OLIVERA VEGA.- Nosotros creemos que todo lugar es conveniente para apoyar a los impedidos físicos y mentales, no le hace daño al texto integral de la Constitución el que haya esta afirmación expresa, señor; en todo caso podría ampliarse hacia otros grupos marginales de la población. Me solicita una interrupción la señora Helfer, con la venia de la Presidencia, se la concedo. El señor PRESIDENTE.- Con la venia de la Presidencia, puede interrumpir señora Helfer Palacios. La señora HELFER PALACIOS.- Por el carácter del primer artículo y porque existen y hay que ver el conjunto, me parece que la ubicación en otro artículo del texto que yo he propuesto, me parece que en el artículo 4§ donde después de señalar que se garantiza otorgar a todos igualdad de oportunidades, creo que podría estar mejor ubicado en ese lugar pero que no desaparezca; y añadiría, y le sugeriría al doctor Ysisola para que utilice el término de "excepcionales", porque el término excepcionales es muchísimo más amplio que el de "impedidos" o "limitados". Y en lo que es el tratamiento o las definiciones que se utilizan, inclusive incluyen "excepcionales" no en términos de disminuidos sino los alumnos "superdotados", que también necesitan y deben de tener una atención en su diferencia; entonces sí es educación especial pero para "excepcionales". El señor OLIVERA VEGA.- Concluyo, señor Presidente, estando de acuerdo con la sugerencia de la doctora Helfer para que, manteniendo nuestro respaldo, se pueda reservar para un artículo especial más adelante, dejar el artículo 1§ en el sentido declarativo y general del carácter de la educación en el Perú; e invocaría al autor de la propuesta que la reservara para más adelante formularla como artículo aparte. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Señor Ysisola, sobre esta cuestión previa estaría usted de acuerdo en postergar su discusión? El señor YSISOLA FARFAN.- Sí, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Retirada entonces la propuesta. Artículo 2§: La educación promueve el conocimiento y el aprendizaje de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y los deportes. Prepara para la vida y el trabajo. La formación ética y cívica es obligatoria en todo el proceso educativo. La educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de la conciencia. Tiene la palabra el señor Cáceres Velásquez Róger. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, yo estoy de acuerdo que no se trate del tercer párrafo del artículo 22§ de la Constitución como se está proponiendo en esta fórmula, porque esa tercera parte que dice: "La enseñanza sistemática de la Constitución y de los derechos humanos es obligatoria en los centros de educación civiles y militares y en todos sus niveles", puede ir perfectamente enlazada con el artículo 28§ donde se habla de algo muy parecido: "La enseñanza, en todos sus niveles, debe impartirse con lealtad a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institución educativa"; o sea, con la tercera parte del artículo 22§ y el artículo 28§ perfectamente puede salir una redacción mejor. El señor CHIRINOS SOTO.- Cuál es supropuesta? No entiendo. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Me estoy refiriendo a la propuesta que ha verificado. El señor CHIRINOS SOTO.- O sea el artículo 2§. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Así es. El señor CHIRINOS SOTO.- Qué propone? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Yo estoy aceptando lo que se propone en esta fórmula al no tratar dentro de ella el tercer párrafo de la fórmula de la Constitución, que puede tratarse perfectamente con el artículo 28§. Y en cuanto a involucar aquí los medios de comunicación social, creo que la importancia de éstos requieren un dispositivo separado como está en la actual Constitución, en el artículo 37§. El señor PRESIDENTE.- Solamente la primera parte del artículo 2§. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Si es así, en la primera parte no tengo objeción. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, sugeriría, si le pareciera bien a la Comisión, que para mejorar... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 22 )

Turno No.22. 17.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor CACERES VELASQUEZ ROGER...(continuando)...no tengo objeción. El señor PRESIDENTE.- Correcto. Señor Ferrero puede hacer uso de la palabra. El señor FERRERO COSTA CARLOS.- Sugeriría si le pareciera bien a la Comisión, que para mejorar el criterio de los valores que respaldan la educación, pudiese recogerse cuando menos el único que no está constitucionalmente consagrado hasta ahora y que significa en mi opinión la representación de un principio fundamental en la formación ética y cívica y que tiene relación con la base de la convivencia humana, me refiero al principio de la solidaridad. El principio de la solidaridad, la Contitución lo meniona sólo a nivel internacional, pero para la convivencia entre los seres humanos, para la educación de los niños, quizás sea tan sifnificativo que no valdría la pena omitirlos, porque es la esencia de la formación cívica y ética, el principio de que cada uno no es solamente cada uno y que todos somos un poco los demás. Yo sugeriría si no hay mucha discusión sobre eso, que se agregara simplemente "la formación prepara para la vía del trabajo punto, inculca la solidaridad punto, la formación ética y cívica es obligatoria", etc. etc. El principio de la solidaridad es muy importante para que la gente desde que se le empiece educar se dé cuenta que nuestro principal enemigo como seres humanos es el egoísmo, la lucha contra eso comienza propiciando el espíritu de solidaridad. El señor Sambucetti tiene el uso de la palabra. El señor SAMBUCETTI PEDRAGLIO HUMBERTO.- Muchas gracias señor Prsidente, sobre el artículo 2§ , primer párrafo. Yo sugiero que se incluya en lo que dice: "La educación promueve el conocimiento y la práctica".. Nosotros hemos visto cómo la educación se ha ido llevando en base a un dictado de clases, en donde el alumno solamente copia, el alumno solamente recibe el conocimiento y yo creo que se debe incluir la práctica, porque si bien el alumno recibe el conocimiento y a través de ese conocimiento va aprendiendo ese aprendizaje tiene que necesariamente llevarlo a la práctica, y para que cambie el estilo de educación que existe en el Perú, debemos de promover la práctica del conocimiento y del aprendizaje. Posteriormente creo que es necesario mantener de la Constitución de l979, el párrafo que habla de la integración nacional, es decir que la educación promueva la integración nacional, por qué, porque tenemos un país pluricultural y es necesario de que cada región comprenda también las realidades de las otras regiones. Por lo tanto, yo sugeriría que se mantenga ese pequeño no diría párrafo sino esa parte en que dice que "promueve la integración nacional". Por último en lo que se refiere a este primer párrafo del artículo dos, debemos de sostener de que es primordial de que la educación también promueva en forma obligatoria el conocimiento de la Constitución del Perú. De tal manera que todos los ciudadanos peruanos sepan cuáles son sus derechos y cuáles sus deberes desde la niñez, desde que ellos entran al colegio para que su formación cívica sea completa. Muchas gracias señor Presiente. El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores puede hacer uso de la palabra. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Señor Presidente, primero quisiera eadherirme a la propuesta del señor Ferrero, en el sentido de cohesionar en el término solidaridad, lo que se incluya la solidaridad, aunque es parte especialmente de la formación ética, me parece un agregado que deja constancia de una propusesta de formación que me parece bien. Lo segundo es en relación a la libertad religiosa, o a la libertad... (Sigue turno Nos.23).

T-23 anexo 119-142

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 17-03-93 La señorita FLORES NANO.- ...(continuando)... de una propuesta de formación que me parece bien. Lo segundo, es en relación a la libertad religiosa o a la libertad de conciencia; yo había puesto simplemente "la expresión de libertad y conciencia", el señor Rey me ha hecho toda una explicación sobre las definiciones de la libertad de conciencia y no tengo problema en aceptar la fórmula propuesta. Lo que si creo, señor Presidente, es que no se debe suprimir lo que dice la Constitución vigente, es escogida libremente por los padres de familia o es deterinada libremente por los padres de familia. La razón es la siguiente; la educación religiosa efectivamente es una educación libre, pero no es libre para el menor, no es libre para el niño, no es libre para el educando, le es inculcada por sus padres los que en ejercicio de su libertad definen el tipo de formación religiosa que quieren darle a sus hijos; y en consecuencia creo que este es un concepto que debe reiterarse. La libertad religiosa la ejercen los padres definiendo ellos en virtud de sus propias creeencias, la educación que dan a sus hijos. El señor CHIRINOS.- Lourdes una interrupción? La señorita FLORES NANO.- Sí, con todo gusto. El señor CHIRINOS.- En efecto es así como dice Lourdes, son los padres los que no solo escogen, dan la educación religiosa a sus hijos; pero ese en principio no es absoluto, porque puede haber un muchacho ya con capacidad de expresar su voluntad a los trece o catorce años que sus padres han dicho por ejemplo, no tienen educación religiosa y el muchacho diga sí, yo quiero tener educación religiosa. De modo que los de los padres que dice Lourdes, está ímplicito pero puede presentarse casos en que el muchacho o la niña ya puedan expresar su voluntad y tengan que ser repetadas sus libertades de conciencia. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Efectivamente, no le falta razón al señor Chirinos, pero ¨cuál es la fórmula que estamos tratando de salvaguardar y cómo educamos a los peruanos?, y la educación religiosa es una educación que nace en los términos en que la estamos prohibiendo de esa desición original de sus padres, lo que pasa es que ya tratándose de una persona mayor de edad no hay duda, y tratándose incluso de un menor de edad con capacidad de discresión incluso la propia convención de los derechos del niño le reconoce una capacidad propia para una serie de cosas. Pero, me parece en el principio genérico es que se educa dentro de la libertad religiosa de los padres, ya cuando el menor tiene una capacidad de raciocinio y obviamente cuando tiene capacidad plena decide su propio destino. Creo, que es una fórmula que define bien, señor Presidente, para acreditar también, justamente para reconocer el derecho de los padres en la educación que es un tema que luego vamos a discutir. Que se mantenga la fórmula de Constitución, esa sería mi propuesta. Lo último es que creo, que el tercer párrafo de la Constitución vigente, es un párrafo ilustrativo, es un párrafo que define un propósito nacional, la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos como una obligación para todos los Centros de Educación Civil y Militar y en todos sus niveles, dirá el señor Rey; -eso ya está comprendido dentro de la formación cívica-, y podría tener razón. Nuevamente como en el caso de la solidaridad estos son principios consitutcionales entre aquello que abunda, en mi concepto no daña, porque sí sobre todo estamos viviendo una etapa en la cual el contenido de la Constitución cual es la realidad más clamorosas en nuestro país, señor Presidente y cual es la que hemos vivido con más fuerza después del cinco de abril. Creo, en mi concepto la falta de identificación con los principios constitucionales. El señor PRESIDENTE.- Se terminó su tiempo doctora. La señorita FLORES NANO.- Déjeme terminar esta idea, sosteniendo que creo que abundar en la necesidad de nuestro país, eduquemos en el conocimiento constitucional de los derechos humanos, es una forma de contribuir hacia la más sólida democracia. El señor PRESIDENTE.- Señor Rey. El señor REY REY.- Presidente, quiero hacer referencia a varias observaciones que han hecho; en primer lugar a la inclusión en la enseñanza a vivir en solidaridad que ha hecho el doctor Ferrero, estoy absolutamente de acuerdo en su necesidad, pero sostengo que está incluido dentro de lo que es la formación ética y también dentro de lo que es la formación cívica. Si hacemos mención a la solidaridd con la cual yo me identifico plenamente como una necesidad de que nuestra juventud y también los mayores sean formados alrededor de ese valor, la pregunta mía sería; por que no insistir también en los valores de las demás virtudes; como la sinceridad, la laboriosidad, la honradez, etc. Entonces, para no hacer una especificación completa de todos los valores y virtudes detalladas, es que creo que está absolutamente comprendido dentro de la ética, si la solidaridad no está en la ética no se que cosa está. El doctor Chirinos me pide una interrupción. El señor CHIRINOS.- Yo me he permitido expresar una fórmula para lo que quiere el doctor Ferrero, que la someta a la Comisión para ver si la acepta. La formación ética y cívica según los principios cristianos de solidaridad es obligatoria en todo el proceso educativo y me parece hacer muy conveniente hacer mención a los principios cristianos. Primero, porque son los que acata la inmensa mayoría de nuestra población; y segundo, porque los principios cristianos de nuestra mayoría tienen validez universal, cualquiera que sea la religión; "amaos los unos a los otros", todos los principios de la ética cristiana son universales. Yo pienso, no sé sí la Comisión quiere que no estaría demás__ (CONTINUA EN EL TURNO - 24)__

T-24 C. Const.

Donato Velásquez V. 17-03-93 El señor CHIRINOS SOTO.- (continuando)... que la Comisión, no estaría demás. El señor REY REY.- Señor Presidente, va parecer me opongo a la concepción cristiana, ya sé que no va a pensar éso el señor Chirinos, quiero dejar constancia clara que no es así, evidentemente todo lo contrario. Pero creo que como corresponde al texto constitucional circunscribir a esa formación cristiana, creo firmemente en el respeto a la libertad de las conciencias de las personas. De manera sostengo en que la solidaridad es un valor, hay tener muy presente y con el cual me identifico, está incluido dentro de la formación ética y cívica. Exactamente el mismo comentario, con respecto a la enseñanza de la Constitución y los derechos humanos. En la formación cívica tiene que estar presente evidentemente, y estamos poniendo que es obligatoria la enseñanza de la Constitución y por cierto los derechos humanos, que también tiene relación con la ética. En cuanto a la educación religiosa, el planteamiento es determinado por los padres de familia, me auno al comentario que ha hecho el señor Chirinos, es decir puede llegar el momento en el que el estudiante, con uso de razón puede libremente estar en dasacuerdo y creo que eso es un derecho de las personas, en este caso los alumnos debe ser respetado, por cierto estoy totalmente de acuerdo y a favor de que sean los padres de familia los que determinen en los años iniciales la formación religiosa de sus hijos y que la impartan ellos, de acuerdo a ese derecho inalienable que tienen los padres y primordial sobre cualquier otro. Insisto en la forma que está expresado es una fórmula sobria, respeta todos esos aspectos que se han mencionado y es bastante precisa. En cuanto a la adición de la palabra práctica, que hacía el señor Sambuceti, me parece que el conocimiento y el aprendizaje incluye la práctica, es imposible aprender algo que exige una práctica sino se practica, justamente. De manera que me opongo a la inclusión de la palabra aprendizaje en aras que haya una redacción sobria, corta y precisa posible. Gracias. La señora HELFER PALACIOS.- Señor Presidente, para explicar que aprendizaje no necesariamente incluye práctica, no necesariamente hay aprendizaje en todas las escuelas y está comprobadísimo de que es un aprendizaje teórico, de conceptos y estas aprendiendo y aprendes conceptos. Aprendizaje es la contraparte de enezeñanza. Enseñanza desde el punto de vista del maestro y el aprendizaje es lo que recibe, asimila el niños, no necesariamente y además es algo que enriquece el texto, no es contrapuesto, es una sola palabra, o sea no va ser por la cantidad; y complementa lo que es la primera parte del texto, del cual estoy completamente de acuerdo, el conocimiento y añade lo de la práctica. Además en la concepción y miren como va tener relación cada vez este primer artículo que se ha rechazado, este primer párrafo del artículo que se ha rechazado, porque uno de los grandes problemas de la educación peruana es que no prepara para el trabajo, que no lo hace en una práctica, que nunca se manipula nada, que no forma en una concepción de productores, ¨por qué? Porque ha sido teórica, absolutamente de aprendizaje de conceptos, de repetición, sin orientar a los alumnos para ni ejerciten ni valoren lo que es el trabajo concreto. Por eso, insisto en lo de práctica, recogiendo la formulación del señor Sambuceti, pero además que me parece en este texto se debe añadir algunos elementos; creo que en el párrafo ... (continúa en el turno 25)

T-25 Anexo : 119 - 142

Transcriptor : Alfredo Alvariño C. 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS .-(Continuando)... y se debe de añadir algunos elementos, creo que en el párrafo en que se dice: "prepara para la vida y para el trabajo" debe de añadirse "desarrollando su conciencia ecológica" me parece que el concepto de la creación de la conciencia ecológica es nuevo y que merece ser incorporado en la Constitución, porque debe estar presente en todo proceso educativo. Segundo, creo que en este párrafo se debe mantener el texto de la Constitución del 79 que señalaba lo siguiente: "La educación también promueve la integración nacional y latinoamericana y la solidaridad internacional" no veo ninguna razón para eliminar, en la primera parte "integración nacional" es fundamental "integración latinoamericana" son procesos que se están dando en el mundo y usted lo puede ver en Europa, en Asia, siempre hay integración, porqué no vamos a tener la integración latinoamericana, "y la solidaridad internacional" no se porqué la eliminan, quisiera que se me explique porqué se elimina. Tercero, en el texto propuesto por nosotros estábamos añadiendo... El señor PRESIDENTE.- Su tiempo ha concluído doctora Helfer. La señora HELFER PALACIOS.- Quisiera terminar porque estoy sustentando un texto alternativo, doctor, si me permitiría un minuto mas para dos anotaciones. El señor PRESIDENTE.- Tiene usted un minuto doctora. La señora HELFER PALACIOS.- La formación ética y cívica y de los derechos humanos, no quisiera que se elimine este aspecto de "derechos humanos", en el texto anterior se repetía "la enseñanza sistemática de la Constitución y de los Derechos Humanos" y en la primera parte "la formación ética y cívica es obligatoria", entonces, creo que puede incluirse pero que no debe de dejarse los derechos humanos, sinó me adheriría a la conservación del texto tal cual que es lo que somete la doctora Lourdes Flores. Ese era el último aspecto en relación a los derechos humanos que me parece que en este momento no es pertinente, además no entiendo porqué tiene que eliminarse de un texto constitucional como el del 79 justamente en este momento del país donde las razones por las cuales se pusieron seguramente en el 79, no han desaparecido. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Solamente para insistir que se agregue lo de práctica, que se agregue lo de conciencia ecológica que ya ha ubicado en la propuesta la doctora Helfer, estoy de acuerdo con la propuesta de "solidaridad" no encuentro la redacción exacta, no sé si el doctor Ferrero nos alcanzará una, y en ese sentido yo plantearía "promover la integración nacional y latinoamericana" ya lo anterior incluye "la solidaridad internacional" y creo que al final puede tomarse mejor la propuesta de Lourdes Flores porque creo que hay que enfatizar "Constitución y Derechos Humanos" porque es algo que corresponde con nuestra historia inmediata, con lo que nos está pasando y creo que eso es esencial en la formación. El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO.- El texto del artículo 22§ de la Constitución del 79 dice: "la enseñanza sistemática de la Constitución" yo creo que debería ser "la enseñanza obligatoria de la Constitución" que sería si bien es sistemática pero... El señor PEASE GARCIA.- Ya lo dije. El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO.- Disculpe usted, retiro entonces mi intervención. El señor PEASE GARCIA.- Creo que esos son los elementos que yo pediría que se voten en agregado. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente: Yo no sé si la Comisión aceptará o no lo de "práctica", yo no llego a saber cómo se practican las humanidades por ejemplo, sigo, el curso de lógica o las matemáticas, el tema de logaritmos, cómo lo practico, porque hago ejercicios de logaritmos? eso es parte del conocimiento, cómo practico el postulado de Euclides, la geometría del espacio que me gusta tanto, cómo lo practico el Teorema de Pitágoras. La doctora HELFER PALACIOS.- Una pequeña interrupción? El señor CHIRINOS SOTO.- Si, como no. La doctora HELFER PALACIOS.- Igual le preguntaría yo cómo hace solamente con el conocimiento del deporte, cursos teóricos sobre deporte. El señor CHIRINOS SOTO.- No concedo mas interrupciones, voy a seguir. Señor Presidente, dice: "promueve la integración nacional y latinoamericana" ya este concepto está atrazado, "la integración nacional" si, es un fin indispensable, pero "latinoamericana" ya no, ya el mundo va a mas amplias... (Continúa en el Turno N§ 26)

TURNO 26 COMISION CONSTITUCION Y REGLAMENTO 17-3-93.

TRANSCRIPTOR Hilmer Bernal El señor CHIRINOS SOTO (Continuando) . pero Latinoamericana ya no, ya el mundo va a más amplias esferas de integración por ejemplo las zonas de las Americas, en un futuro de corto alcance la vuelta al pacifico, de manera que, ahí si la Constitución se ha quedado corta señor Presidente, ha dicho el señor Rey me parece que con razón que la enseñanza la Constitución está en la formación ética y civica. Ahora en cuanto a este mandato de la Constitución 12 años no se ha cumplido, no se enseña la Constitución y no se enseña la Constitución sencillamente, dicen todos los niveles, que cosa los niños del jardin de la infancia también se le va enseñar la Constitución? Que se le enseña a los alumnos del tercero y cuarto de primeria. Alguna vez me enseñaron en un colegio a dar una conferencia, sobre algo la Constitución, era segundo año de media escoger los hechos humanos porque no me parecia que las alumnas de esa edad, podria yo entrar a complicaciones sobre estructura del Estado. De manera que más bien yo propondria señor Presidente, que este párrafo de la Constitución se trasmita a la Comisión de Educción para que lo tenga en cuenta, y lo desarrolle en una ley orgánica de Educción, como se enseñanza la Constitución en todos los niveles, como se hace que parte de la Constitución se pone en primer año de secundaria, o en segundo o en tercero o cuarto o en quinto. Si no vamos a entrar en esa casuistica, ya hemos dicho la educación ética. Yo no se que forma aceptar el doctor Ferrero Costa para solidaridad. El señor PRESIDENTE.- LA señora Gloria Helfer. La señora HELFER PALACIOS.- Una aclaración, ya eso es un problema técnico todo se puede enseñar en todos los niveles depende de la forma en que se hace, entonces sencillamente no hay ningún problema se puede enseñar los conceptos que estan en la Constitución, no necesitamos hacerselo repetir la idea de que el aprendizaje de la Constitución es que repitan el Artículo uno, repitan el artículo dos. Eso es erroneo, el avance de la ciencia hacia la educación, dan suficiente como para que cuestión ese tipo se puedan trabajar lo que acaba de añadir, me parece extraordinario el doctor Ferrero la solidaridad va ser el aprendizaje, desde los niños mas pequeñitos y estan aprendiendo un concepto Constitucional, o un precepto Constitucional. El señor PRESIDENTE.- El señor Rey. El señor REY REY.- Si doctor Chirinos porque, se me ha ido haber si lo recupero, respecto a la práctica.. El señor PRESIDENTE.- Se venció el tiempo del doctor Chirinos. Tiene la palabra el señor Carpio. El señor CARPIO.- Si señor Presidente, yo comparto la preocupación del Congresiste Sambucetti en el sentido de que la educación nacional tiene un vicio de ser demasiado libresca, y fomentar la erudición en lugar de la preparación para el trabajo y la vida, comparto esa preocupación. Sin embargo señor, yo creo que no puede ser un precepto Constitucional algo que solo es una dirección de metodologia pedagógica, se aprende y se enseña señor sea en forma de clases majistrales, sea en forma de estudio o bibliografico, o sea en forma de práctica etc. Esa dirección metodológica no puede ser un precepto Constitucional, compartiendo la preocupación del señor Sambucetti. Yo pienso que eso es materia cuando discutamos una ley de educación, la ley de educación tiene que recojer más bien directivas precisas del que protejan que incentiven la práctica como forma de la enseñanza aprendiza, pero en ese momento señor el texto tal como esta. La educación promueve el conocimiento y el aprendiza supone la práctica señor, porque la práctica es uno de los métodos modernos para enseñar y aprender y es uno de los métodos por los cuales el ser humano puede llegar con mejor, con eficacia a la obtención del conocimiento, esto me hace a mi reflexionar en el siguiente sentido. Yo hubiera querido introducir una palabra en este texto la educación promueve el conocimiento, el aprendiza y la investigación, porque la investigación es uno, la creatividad en llegar al conocimiento pero considero dentro del concepto del conocimiento se supone la investigación, igual ahora dentro del concepto de.... (Sigue el turno 27)

T-27 CONSTITUCION Anexo 119-142

Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 El señor CARPIO MUñOZ.- (Continuando)... Pero considero que dentro del concepto del conocimiento se supone la investigación. Igual ahora, dentro del concepto de aprendizaje, se supone la práctica, la práctica es una las formas de aprender señor y de la mejor forma. Le concedo la interrupción con la venia del señor Presidente. El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO.- El problema en el Perú es que nosotros suponemos mucho, señor Carpio, si nosotros no adicionamos la practica como parte de esta formación educativa, vamos a quedar en lo de siempre, y contestándole la pregunta que hacía el señor Chirinos de que, cómo practicamos las humanidades, las humanidades, se pueden practicar por ejemplo con los modales, hay diferentes formas de hacer del conocimiento y el aprendizaje práctica, el problema es que muchas veces no practicamos lo que aprendemos. Muchas gracias. El señor CARPIO MUñOS.- Para terminar señor, tendríamos que precisar aquí, que cósa es la práctica, la práctica es toda actividad humana, actualmente estamos ejercitando la práctica señor, por lo tanto me permite terminar, por lo tanto la práctica desde el punto de vista pedagógico, es uno de los métodos de la enseñanza, aprendizaje. Creo señor que eso no compete a un precepto constitucional si no, a una ley de educación. Concedo la interrupción si usted lo permite señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- La palabra el señor Rey; para precisar señor Rey, los cambios que usted admite en su propuesta del Artículo 2§ primera parte, puede usted dar lectura al texto que usted esta proponiendo, finalmente si es que tiene algún ajuste. El señor REY REY.- Si pero Presidente permítame una breves palabras antes de leer como sustengo que se mantenga, que poco concepto tendriamos los legisladors, los constituyentes y en general los peruanos, si dentro de la ética y de la cívica no incluyéramos la constitución, los derechos humanos, la solidaridad, y la integración, yo sostengo que esta absolutamente comprendido y no concocen, me parece el contenido de la ética de la cívica, quien no fomenta el respeto a la constitución. La enseñanza de las leyes el respeto a los derechos humanos, promover la solidaridad internacional y la integración nacional. Estoy de acuerdo en el primer artículo en el segundo párrado, del primer artículo en retirar aquello que necesitaba más la libertad de enseñanza porque ma parecía abundante en este caso, argumento a favor de que no se incluyan estas cosas que estan concediadas dentro de lo que es la educación, la formación ética y cívica y que es obligatoria como lo estamos diciendo. Y la practica señor se ponía en las constituciones del 79, porque se hablaba del conocimiento y la práctica, en este caso se habla del conocimiento y el aprendizaje, como bien a dicho el doctor Carpio, la práctica es una parte sencial del aprendizaje de aquellas disciplinas que se necesitan practicar, De manera que el párrado, el artículo 2§, quedaría como estaba presentado, la educación promuebe el conocimiento y el aprendizaje de las humanidades, la ciencia, la tecnica, las artes, la educación física y los deportes; prepara para la vida y el trabajo. La formación ética y cívica, es obligatoria en todo el proceso educativo, la educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias, me ha pedido una interrupción la doctora Flores. La señorita FLORES NANO.- Es una cosa muy breve, el término promover no me parece el mejor, como significa iniciar según acabo de ver en el diccionario de la real academia de la lengua, yo diría impartir, dar osea la educaicón lo que hace es dar, da conocimiento, imparte conocimiento, promuebe inicia el conocimiento, ese no es el sentido. El señor REY REY.- Me parece bien Presidente no tengo ningun incoveniente en cambiar la palabra promueve por la palabra impartir. El señor PRESIDENTE.- Imparte ya es una cosa radica, promover es una cosa, impartir es otra. El señor REY REY.- Por las reflexiones que están haciendo aquí, mejor la palabra promueve. La señora HELFER PALACIOS.- Mire, cuando se dice, imparte inmediatemante se pregunta quien imparte, la educación lo puede impartir, siempre tiene que ser alguien que imparte, nuestro texto, en el texto que hemos propuesto, se dice: la educación fomenta el conocimiento, que ese es igual al texto, por eso yo he dicho al comienzo doctor Chirinos, pero nosotros estamos retomando el texto del 79. Gracias doctor Chirinos, vamos avanzando. El señor REY REY.- No tengo problema, fomenta entonces en lugar de promueve, de acuerdo presidente, yo creo que es la mejor expresión. El señor FERRERO COSTA.- Cuando usted pase a votación, no se si va pasar ya a votación. El señor PRESIDENTE.- Si en este momento pasamos a votación. El señor FERRERO COSTA.- Sobre este punto Presidente yo quisiera que se vote el texto y después los añadidos propuestos. El señor PRESIDENTE.- Muy bien, se va votar el texto, que es tal como se planteó con el cambio solamente de la palabra fomenta en vez de promueve. del primer párrafo. Los señores Congresistaa que están de acuerdo sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). 7 votos a favor. Los que están en contra. (Votación). NInguno. Abstenciones. ninguno. Aprobado por unanimidad. (Continúa en el Turno N§ 28)

T.28. Anexo: 119 - 142

Justo Frías López 16-03-93 El señor PRESIDENTE.- (Continuando)..7 votos a favor. Los que estén en contra. (Votación). Ninguno. Abstenciones. (Votación). Ninguna. Aprobado por unanimidad. Un añadido dentro del artículo 2§, después de la palabra "trabajo" diría: "Prepara para la vida y el trabajo e inculca la solidaridad". El señor Rey tiene el uso de la palabra. El señor REY REY.- Reitero simplemente, si el doctor Ferrero lo tiene a bien recordarle, la solidaridad es absolutamente parte esencial de la ética. Que quede sentado en el Diario de Debates esta interpretación, como es lógico, pero no me parece que sea necesario añadirla. El señor PRESIDENTE.- Los que estén de acuerdo con agregar "e inculca la solidaridad", sírvanse manifestarlo. (Votación). 8 votos. Los que estén en contra. (Votación). Un voto. Abstenciones. (Votación). Ninguno. Incluido. Segundo párrafo: "Los medios de comunicación social contribuyen responsablemente con la educación, la formación moral y la cultura". El señor PEASE GARCIA.- Hay varios agregados que tienen que ser votados. Lo de "práctica" en primer lugar, lo de "conciencia ecológica" en segundo lugar. El señor PRESIDENTE.- Lo de "práctica", dónde están proponiéndolo? La señora HELFER PALACIOS.- En la primera parte. "La educación fomenta el conocimiento y la práctica de las humanidades, el arte, la ciencia, la técnica y el deporte". El señor PRESIDENTE.- "Fomenta el conocimiento y la práctica...". Los que están de acuerdo con ese propuesta sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). 5 votos. Los que estén en contra. (Votación) Un voto. Abstenciones. (Votación). tres votos. Aprobado "y la práctica...". Es un añadido: "La educación fomenta el conocimiento, la práctica y el apredizaje de las humanidades...". El señor REY REY.- Señor Presidente, la votación que hicimos al principio incluía "el aprendizaje", de manera que ésto es un añadido; me parece absolutamente redundante. El aprendizaje es la práctica, el aprendizaje incluye la práctica. El señor PRESIDENTE.- Es su opinión, señor Rey. Se ha pasado a votación y se ha agregado, hay otras oportunidades donde se podrá hacer las correcciones; una segunda vuelta aquí, luego el Pleno, etc. El señor CHIRINOS SOTO.- Lo que se ha votado es agregar al texto originalmente aprobado "y la práctica"; es que el señor Presidente lo lee de otra manera. El señor PRESIDENTE.- El texto que ha quedado aprobado hasta el momento es: "La educación fomenta el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, etc...." Aquí hay otra propuesta del señor Sambuceti: "La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica". Se desiste de su propuesta señor Sambuceti? El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO.- Es la misma, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Correcto, entonces ha sido resuelto. Otro agregado. Tiene la palabra el señor Pease. El señor PEASE GARCIA.- El otro agregado es el que se refiere a "conciencia ecológica", que viene dspués de "prepara para la vida y el trabajo"; hemos agregado "solidaridad", hay que agregar: "desarrolando su conciencia ecológica". El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Pease. El señor PRESIDENTE.- Perdón, no estamos en la etapa del debate, disculpe usted doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Le voy hacer una propuesta de redacción a ver si me la acepta el señor Pease. El señor PRESIDENTE.- Como no. El señor CHIRINOS SOTO.- "Prepara para la vida y el trabajo". El señor PRESIDENTE.- No. Dice: "para la vida, el trabajo y la solidaridad", es lo que hemos aprobado hasta ahora. El señor CHIRINOS SOTO.- "Desarrolla la conciencia ecológica". El señor PEASE GARCIA.- De acuerdo el agregado. "Desarrolla la conciencia ecológica... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 29 )

Turno No.29. l7.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor REY REY RAFAEL.- La palabra Presidente, sobre el agregado de " conciencia ecológica". El señor PRESIDENTE.- No fundamentación ah. El señor REY REY RAFAEL.- Ya está reconocido el derecho a ser educado sobre el medio ambiente. Está reconocido en el Capítulo Primero, pero podríamos hacer mención. El señor PRESIDENTE.- Correcto, cómo es?. El señor PEASE- Desarrolla la conciencia ecológica El señor PRESIDENTE. - Al voto. Los que están de acuerdo sírvanse manifestarlo levantando la mano. ( Votación).- Uno, dos, tres, cuatro, cinco votos. Los que están en contra. ( Votación). - Uno, dos, tres votos en contra. A ver no está claro señor Ferrero?. EL señor PRESIDENTE.- Diríjase a la Presidencia doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA CARLOS.-señor Presidente, cómo ha quedado hace un mes este artículo en el texto aprobado, porque no se ha aprobado sobre medio ambiente, hemos aprobado un artículo en el plenario mismo, propuesto por el señor Zevallos, que se leva cómo ha quedado antes de votar. El señor PRESIDENTE.-Nuevamente doctor Pease, el texto propuesto?. El señor PEASE.- Desarrolla la conciencia ecológica. El señor PRESIDENTE.- Desarrolla la conciencia ecológica. Los que están a favor sírvanse manifstarlo levantando la mano.- (Votación). Uno, dos. Los que están en contra. ( Votación).- Uno, dos, tres, cuatro, cinco. Rechazado. Una abstención del doctor Ferrero.- Dos abstenciones. El señor OLIVERA VEGA. Señor Presidente, yo quiero hacer una propuesta que ojalá tengamos el consenso ya que ha sido rechazado el tema de "desarrolla la conciencia ecológica", habría que plantear " desarrolla la conciencia democrática". Es un término amplio y necessario. El señor PRESIDENTE.- Usted quiere agregar ese texto?. El señor OLIVERA VEGA.- Sí señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Bien.- " Desarrolla la conciencia democrática".- Los que están de acuerdo sírvanse manifestarlo.- ( Votación).- Uno y dos votos. Los que están en contra. ( Votación).- Uno, dos, tres, cuatro votos. Rechazado. El señor PEASE.- Promueve la integración nacional y latinoamericana. El señor PRESIDENTE.- Los que están de acuerdo con agregar el texto " promueve la integración nacional y latinoamericana". El señor CHIRINOS SOTO.- Por partes. El señor REY REY RAFAEL.- Señor Presidente, en el Artículo cuarto tengo un planteamiento para que se incluya lo de la integración nacional. El señor PRESIDENTE.- Hay cuestión previa entonces,para que se pase al análisis del Artículo 4§ de la propuesta.- Los que están de acuerdo en enalizar lo del Artículo 4§, sírvanse manifestarlo levantando la mano.-(Votación).- Uno, dos, tres, cuatro, cinco, seis, siete, ocho, nueve, diez votos. En contra. (Votación).- Ninguno. Aprobado por unanimidad. Siguiente párrafo: "Los medios de comunicación social contribuyen responsablemente con la educcación, la formación moral y la cultura". El señor Sambucetti, puede hacer uso de la palabra. El señor SAMBUCETTI.- Gracias señor Presidente. Los medios de comunciación social contribuyente responsablemente, yo me hago esta pregunta, señor Presidente, quién va a determinar que testán contribuyente responsable o irresponsablemente?, esto puede llevar a diferentes interpretaciones. Nosotros ya hemos tenido experiencias de este tipo; yo creo de que podría quedar el texto "los medios de comunicación social contribuyen con la educación, la formación moral y la cultura", poner el añadido "responsablemente",deja abierta a muchas intrpetaciones que pueden ser vistas como una mordaza a los medios de comunicacion, porque la pregunta , me la vuelvo a hacer, es quién va a determinar si esos medios contribuyen responsable o irresponsablemente a la educación , a la formación moral o a la cultura. Yo voy a concederle al señor Chirinos una interrupción. El señor CHIRINOS SOTO.- (Interrumpiendo).- Yo no sé que pensará la Comisión, pero tiendo a simpatizar con la propuesta del señor Sambucetti, porque no hay que calificar "contribuyo" cómo van a contribuir irresponsablemente, no puede ser, no sería contribución. El señor SAMBUCETTI.- Yo ya he terminado con mi intervención. El señor PRESIDENTE.- El señor Rey, acepta la omision o no?. El señor REY REY RAFAEL.- Señor Presidente, primero, pregunto, yo no creo, primero hemos aprobado con toda claridad, el respeto irrestricto a la libertad de prensa. El señor PRESIDENTE.- Ya, usted quiere originar el debate sobre este punto?. El señor REY REY RAFAEL.- Sí, porque se ha originado Presidente, quiero dejar clara constancia de lo que pienso, no se va a contribuir irresponsablemente, creo que no daña el sabe que los medios de comunicación contribuyente con reponsabilidad... (Sigue turno No. 3O).

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TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 17-03-93 El señor REY REY.- ...(continuando)... creo que no daña el saber que los medios de comunicacion contribuyen con responsabilidad. La actual Constitución, fíjese en el artículo 37§ dice: "los privados colaboran dichos fines de acuerdo a Ley", que Ley, señor. La reponsabilidad es propia, justamente es menos traconiana, si quieren llamarlo así, que él de la Ley que se proponía en el artículo actual de la Constitución en el artículo 37§. De manera que en mi redacción, es una redacción mucho más acorde con lo que debe ser, es una responsabiidad propia de comunicación, nadie va a estar juzgando si contribuyen responsablemente o no, ninguna Institución, no hay libertad de prensa absoluta, pero si creo que es una labor, es una conciencia responsable de cada uno de los medios de expresión; es más laxsa incluso que el actual Texto Constitucional. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos. El señor CHIRINOS.- Yo lo que sinceramente creo, es que al castellano no le añade nada decir responsablemente, entonces para que se dice; tiene que ser responsablemente, cada medio de comunicación tiene un directorio, un editor; los artículos se firman, contribuyen con la educación. Hay una propuesta del señor Pease, que quizás sea, los medios de comunicación deben contribuir con la educación, la formación moral y la cultura. El señor PRESIDENTE.- La propuesta ha sido aceptada por el señor Rey, el texto diría lo siguiente: "los medios de comunicación social, deben contribuir con la educación, la formación moral y la cultura". El señor PEASE.- Tengo un agregado, señor Presidente. "Deben contribuir con la educación, la difusión de los derechos humanos, el respeto a la identidad étnica y cultural". El señor PRESIDENTE.- Señor Ferrero. El señor FERRERO.- Señor Presidente, no me peocupa tanto el problema de la reponsabilidad porque comprendo como dice el señor Sambucetti, que está sujeta a una interpretación, pero si bien importante es que deben contribuir lo que se propuso fuera del debate hace unos minutos, por quien habla y ha sido trasmitida por el doctor Chirinos. Yo comparto plenamente eso, debe haber una fuerza en el enunciado, deben contribuir, es muy importante. El señor PRESIDENTE.- Doctora Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Señor Presidente, quisiera que primero se sioga el orden que habíamos tenido; de votar la propuesta como está y luego los agregados y en lo que se refiere a la propuesta -si mal no he entendido-de que se ponga acá; "contribuyen" o "deben contribuir a la difusión de los derechos hunanos"; eso implica una reconsideración de lo votado en el primer párrafo, porque hemos votado respecto al primer párrafo y hemos discutido el tema del agregado de los derechos hunmanos y el señor Rey señaló que era ímplicito en la educación cívica. Por lo tanto, yo creo que este pedido de el añadido en relación de los derechos humanos, implica una reconsideración del artículo 2§, primer párrafo, que lo vamos a aprobar. El señor PRESIDENTE.- Aquí lo que ha aceptado el señor Rey hasta el momento como ponente de este tema, es: "los medios de comunicación social deben contribuir con la educación, la formación moral y la cultura"; él no ha aceptado el cambio propuesto. Doctora Gloria Helfer. La señora HELFER PALACIOS.- Señor Presidente, nosotros queríamos mantener la primera parte del artículo 37§ de la Constitución del 79; porque nos parece que es complementaria e importante mantenerlo; dice así, "los medios de comunicación social del Estado se hallan al servicio de la educación y la cultura", esto es probado en muchísimos países y tienen sus medios de comunicación al sevicio de la educación y cultura como forma de garantizar justamente, porque se puede pedir para que colabore, se dice que deben de colaborar, pero con la libertad de desición de empresas, de medios privados__ (CONTINUA EN EL TURNO - 31)__

T.31 C. Const.

Donato Velásquez V. 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS..(Continuando)... empresas, de medios privados no se les puede coercitivamente poner al servicio exclusivo de la educación y la cultura. Por tanto, es muy importante se conserve en ese artículo, esa primera frase, donde se señala que los medios de comunicación social del Estado sean al servicio de la educación y la cultura. Justamente porque se ve en este momento los medios de comunicación de masas, como la televisión, tienen una influencia tan grande en la educación, tienen tanta violencia y tanta deformación, que es una forma del Estado de garantizar un espacio para poder promover a la educación y cultura. El señor PRESIDENTE.- Su tiempo ha terminado. ¨Usted acepta el cambio? El señor REY REY.- Señor Presidente, de ninguna manera, creía sustentado y voy a sustentar muy rápidamente. El señor PRESIDENTE.-Ya usted sustentó El señor REY REY.- Voy a decir porque no la acepto. No están al servicio de la educación ningún medio de comunicación, deben contribuir, cumplir su función informativa. El señor PRESIDENTE.- Los que estén de acuerdo con la expresión, los medios de comunicación social deben contribuir con la educación, la formación moral y la cultura, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. (Votación). 10 votos. Los que estén en contr. (Votación). Abstenciones. Aprobado por unanimidad. El señor FERRERO COSTA.- Para dejar constancia que mi voto no implica desconocer la preocupación expresada sobre la señora Helfer, en relación a la materia del papel de los medios de comunicación del Estado. sunto sobre el cual volveremos apenas sea posible. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, hay la propuesta del tercer párrafo. La enseñanz de la Constitución y de los derechos humanos es obligatoria en los centros de educación civiles y militares y policiales en todos sus niveles. El señor REY REY.- Señor Presidente, reitero que éso está dentro de la educación cívica. Por eso no ha sido aceptado. El señor PRESIDENTE.- Hay dos propuestas. La propuesta de la ponente es mantener el texto actual, "La enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos es obligatoria, en los centros de educación civies, policiales y militares y en todos sus niveles. Tiene la palabra el señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, en la Constitución vigente, también se hablaba de la formación ética y cívica como obligatoria en todo el proceso educativo, con buen criterio se ha considerado expresamente se debe establecer esta obligatoriedad de la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos, en todos los centros civiles, policiales y militares. Creo que no le hace ningún daño al país ni al texto en conjunto del proyecto y pediría en este caso una flexibilidad del señor Rey, que me pide una interrupción. El señor REY REY.- No tengo inconveniente en que se añada. Mi razón es de insistir en que no se añada es porque está, en mi juicio, contemplado en la educación cívica. En la educación cívica lo que se respeta es la vida en comunidad y hay que respetar las leyes, y para respetar las leyes hay que conocerlas y por tanto su enseñanza está incluída en esa formación ética y cívica obligatoria en todo el proceso educativo. Eso era la razón por la que no quiero se extienda el texto constitucional, se abunda algo que ya está plenamente incluído, extendiendo bien lo que la formación cívica. El señor OLIVERA VEGA.- En el caso de los militares y policiaes esto merece una declaración expresa, Fuerzas Armadas y Policiales, más aún en el contexto actual, en donde todos estamos conmovidos por el tema de los derechos humanos y todos tenems la experiencia además del 5 de abril, en donde evidentemente faltaba educación cívica en la población, porque seguramente otra habría sido la reacción del pueblo, si es que conoce verdaderamente sus valores cívicos. Me pide una interrupción el señor Ferrero, que la concedo. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, lo que pasa no todos entienden lo mismo por civiles y ética. Si hay una oportunidad como esta, en la que explicitamos que para nosotros civismo es que militares y civiles obedece la Constitución, pues hagámoslo. El señor REY REY.- No tengo inconveniente, lo acepto. Simplemente era una objeción de que ... (continúa en el turno 32)

T-32 Anexo :119 - 142

Transcriptor : Alfredo Alvariño C. 17-03-93 El señor REY REY.-(Continuando)... no tengo inconveniente, repito, lo acepto, simplemente era una objeción de que ya estaba incluído, la acepto. El señor OLIVERA VEGA.- Muy bien , señor Presidente, solicito que se pase al voto, nada mas. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra la doctora Martha Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Señor Presidente: Para manifestar mi total oposición a que se hagan estos agregados, porque si vamos a ponernos a detallar que es lo que es obligatorio tendríamos que decir que es obligatorio también que se enseñe la Historia del Perú, que es obligatorio que se enseñe los límites del Perú, el número de ríos que tiene, el número de Departamentos y todo; entonces yo creo, que si vamos a ponernos al detalle no solamente debe enseñarse la Constitución y las leyes, también debe de enseñarse la historia del Perú, pongámoslo entonces si nos estamos excediendo en palabras en la Constitución, agreguemos todo lo que es obligatorio enseñarse en el Perú. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente: Yo he dicho que este artículo no se cumple, en doce años no se cumple, por lo pronto es excesivo todos los niveles, repito. Mis nietos en el Jardín de la Infancia o como se llame, qué cosa, qué tramos de la Constitución va a aprender. La doctora HELFER PALACIOS.- Mejor es que comiencen de chiquitos. El señor CHIRINOS SOTO.- En mi casa. La doctora HELFER PALACIOS.- Claro, mejor es que comiencen de chiquitos en su casa, por supuesto, y cuando vayan a Jardín ahí es donde tienen que comenzar justamente con ese aprendizaje de civismo y de respeto de los derechos de las personas y lo de respeto a los derechos humanos, porque cuando ya son grandes es demasiado tarde. El señor CHIRINOS SOTO.- El peligro de darle una interrupción a la doctora Helfer es que se come la intervención. La señora HELFER PALACIOS.- Es para enseñarle a un niño "no reelección" El señor CHIRINOS SOTO.- hasta las cartas de amor terminaban en México, "sufragio libre, no reelección" hasta ahora no tienen sufragio libre. La señorita FLORES NANO.-Una interrupción señor Chirinos para algo que dijo la doctora Helfer, muy breve. El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno. La señorita FLORES NANO.- Por ejemplo usted podría enseñarles al alfabeto, n-o = no, r-e = re, e-l-e = ele ... y así les enseña a decir "no reelección" desde que nacen, señor. El señor CHIRINOS SOTO.- Si, pero no aprenden porque siguen sin sufragio libre. Señor Presidente, yo propongo lo siguiente, si este agregado fuese rechazado, que la Comisión de Constitución oficie a la Comisión de Educación para que en la Ley Orgánica respectiva se establezca como se debe enseñar la Constitución y los derechos humanos en los distintos grados desde el Jardín de la Infancia hasta el sétimo u octavo grado de jurisprudencia, pero no aquí. Yo por ejemplo estoy en contra del Ministro de Educación que suprime como disciplina autónoma la Historia del Perú, entonces pediría un agregado, que la Historia del Perú se enseñe como disciplina autónoma, eso es materia de la Ley de Educación, distingamos las materias, reconoscamos el principio, el señor Rey dice SI, pero el acepta todo. El señor REY REY.- Me permite una interrupción? El señor CHIRINOS SOTO.- Si, es la última. El señor REY REY.- Lo acepto pero no lo comparto, lo van a votar de todas maneras como una inclusión. El señor CHIRINOS SOTO.- No entiendo ese sistema, el señor Rey acepta, yo me sustituyo. El señor REY REY.- Muy bien, y yo me vuelvo a sustituir, estoy dispuesto a no aceptarlo si, pero no tiene importancia. El señor CHIRINOS SOTO.- No, aquí no se está dispuesto, o se acepta o no se acepta. El señor PRESIDENTE.- Señores orden en el debate, se va a pasar a votación sobre el agregado que diría así " la enseñanza de la Constitución y los derechos humanos es obligatoria en todos los centros de educación civiles, policilaes y militares y en todo sus niveles". Los que están a favor, sírvanse manifestar levantando la mano. (Votación). Diez votos. Los que están en contra. (Votación). Un Voto. Abstenciones. (Votación). Un voto. Aprobado. "Artículo 3§, (Primer párrafo).- Los padres de familia tienen el derecho superior y el deber consiguiente de educar a sus hijos, de escoger los centros de enseñanza y de participar en el proceso educativo" Si no hay observaciones de los señores constituyentes, pasaríamos al voto. Puede hacer uso de la palabra la doctora Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Si, señor Presidente: Yo le quiatría lo del "derecho superior y al deber consiguiente" tiene el derecho de educar a sus hijos, ese es el derecho que reconocemos. El señor PRESIDENTE.- Doctora Gloria Helfer. La señora HELFER PALACIOS.- Exactamente, nosotros hemos señalado en nuestro texto "el Estado garantiza a los padres de familia el derecho y el deber... (Continúa en el Turno N§ 33) TURNO 33 TRANSCRIPTOR Hilmer Bernal COMISION CONSTITUCION Y REGLAMENTO 17-3-93 La señorita HELFER PALACIOS..(Continuando)... del lado de nuestro texto, el Estado garantiza a los padres de familia, el derecho, el deber de intervenir en el proceso educativo de sus hijos, asi como el de escoger el tipo y centro educativo para ellos. El señor PRESIDENTE.- Hay dos alternativas. Entonces, votaremos por la alternativa propuesta por el señor Rey. La señorita FLORES NANO.- Perdone señor Presidente. Yo estaba esperando para pedir la palabra, ahora la pido. El señor PRESIDENTE.- Si. La señorita FLORES NANO.- Quiero que quede absolutamente claro que es un derecho superior, es un derecho procedente de los padres de familia, por sobre cualquier otro por eso, es que insisto en que se diga "el derecho superior'! El señor PRESIDENTE.- Queda las dos propuestas. La primera es la del señor Rey "los padres de familia tienen el derecho superior y el deber consiguiente de educar a sus hijos y de escoger los centros de enseñanza y participar en el proceso educativo." Los que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo. (Votación).8. Los que estén en contra. (Votción). Abstenciones. (Votación).2. Texto aprobado. Segundo párrafo.- "La ley establece los requisitos para desempeñarse como Director o profesor de un centro educativo, asi como sus derechos y obligaciones, el Estado y la sociedad procura su evaluación, capacitación y promoción permanente". Los señores Congresistas que estén de acuerdo. El señor OLIVERA VEGA.- (Interrumpiendo). La palabra señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- La señorita Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente: En primer lugar me parece que este tema no debe ser materia de este mismo artículo, por lo que hemos reconocido es el derecho de los padres, ya lo hemos consagrado. Estamos aquí entrando al tema del profesorado, al tema de los maestros, al tema de los requisitos para ser director o para ser profesor. Lo primero que yo diría señor Presidente, su ubicación en este artículo no es apropiado; lo segundo, al entrar al tema de los maestrs se está corrigiendo, se está modificando el texto vigente de la Constitución y alude a los maestros como pate de una carrera pública, este creo que es un tema que merece algún debate señor Presidente. Si como no, con mucho gusto. El señor PRESIDENTE.- El señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Efectivamente señor Presidente, el profesorado es carrera pública, asi lo decía la Constitución del 33, artículo 81 del 33, el profesorado es carrera pública decía sin distinguirse el profesorado privado o público. Yo sería partidario de esta redacción, el profesorado es carrera pública, porque la Constitución actual ha distinguido público y privado, porque. El señor PRESIDENTE.- Señor Chirinos está siguiendo Ud. a una interrupción, tiene el uso de la palabra el señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando).. Perdón, pero dije distingue, la Constitución es carrera en las diversas ramas de la enseñanza oficial, ahi está la distinción, en cambio en la Constitución del 79 decía mejor "el profesorado es carrera pública" y estoy a favor de esto. Yo iniciaría este párrafo, "el profesorado es carrera pública." punto, la ley establece tal. Gracias, Lourdes. La señorita FLORES NANO.- (Continuando).- Señor Presidente, eso me parece bien, eso me parece una alternativa. Yo traía otra que era menos limitativa doctor Chirinos por intermedio de la Presidencia, querá plantear esta otra posibilidad decir: "La ley establece los requisitos para desempeñarse como director o profesor de un centro educativo, el régimen jurídico que les es aplicable.." De forma tal que dejemos efectivamente a la ley, la aplicación de un régimen jurídico, primer porque si vamos a pasar a un proceso de descentralización de la educación, yo creo que efectivamente podemos ir amoldando regímenes jurídicos diversos, lo cual señor Presidente no puede y éste en mi concepto es un defecto en las normas vigentes, no puede alterar en lo mas mínimo los derechos adquiridos. Vale decir, aquello que está sujeto hoy día a un régimen jurídico determinado, en virtud por ejemplo de la transferencia de los colegos no debieran ser materia de cambio de un régimen jurídico, lo cual excluye que un nuevo maestro que se integre a este nuevo régimen descentralizado, pudiera tener un régimen jurídico distinto. Asi que yo no me niego a la posibilidad que la ley desarrolle diversos mecanismos y habrá que contemplar, es un problema de la ley, los derechos adquiridos. El doctor Chirinos ha hecho una buena propuesta que me parece que podríamos acogerla o en todo caso, pongo al debate señor Presidente una alternativa quizás un poco mas amplia, que decir "la ley establece el régimen jurídico que es aplicable" esta seria nuestra propuesta. El señor PRESIDENTE.- El señor Rey va considerar esta posibilidad. Señorita Gloria Helfer. La señorita HELFER PALACIOS.- Bien señor Presidente, para comenzar me parece que este artículo, este párraf debería merecer las observaciones del doctor Chirinos ampliamente, porque no solamente no es propio de una ley, sino que prácticamente es reglamento. Si dice "la ley establece los requisitos para desempeñarse como Director, profesor de un centro educativo. El Estado .." (Sigue el turno 34).

T-34 CONSTITUCION Anexo 119-142

Trans. Julio Vera Barreto 17-03-93 La señora HELFER PALACIOS.- (Continuando)... Empeñarse como director, profesor de un centro educativo, el Estado procura la evaluación capacitación, promoción en términos educativos, son los ascensos, o la promoción del estudiante, y está reluciéndose terriblemente un texto claro y preciso, de la constitución del 79, que no solamente señalaba como carrera pública. Yo acepto que se diga, carrera pública, el profesorado es carrera pública. (punto) Lo mejora. Segundo la ley establece sus derechos y obligaciones y el régimen del profesorado particular, el Estado procura la profesionalización de los maestros que es muy nítido, lo que es profesionalización en un país donde tenemos las últimas crifras anunciadas en 62 por ciento de maestros intitulados. Y le asegura una remuneración justa acorde con su elevada misión, perdón señor Presidente yo quisiera que se tome en cuenta, no solamente, perdón el doctor Cáceres me gustaría porque quiero que me apoyen en esto, entonces quisiera que me escuche para que me apoye, enfáticamente en defensa de lo que son los intereses del magisterio nacional. Porque no es solamente lo que dice ese artículo si no también tenemos que tomar en cuenta lo que deja de decir, o sea lo que quita lo que estaba en la constitución del 79 y quiero repetirlo porque eso es el planteamiento nuestro para que se recupere. El profesorado es carrera pública, se establece sus derechos y obligaciones y el régimen del profesorado particular, el Estado procura la profesionalización de los maestros, les asegura una remuneración justa a corde con su elevada misión. Yo propongo que se recupere en este texto, en relación, dejaría ahí para que se ponga ese punto, para verlo por partes, porque hay otra observación al artículo que quisiera hacer también. El señor PRESIDENTE.- Una cuestión de orden. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente es un tema como han explicado distintos señores congresistas, que se presta a meditación, de manera que por lo pronto retiro mi añadido con cargo a volverlo a presentar una vez que sea estudiado. El señor PRESIDENTE.- Todavía no se le ha dado el uso de la palabra señor. la doctora Gloria Helfer terminó?. La señora HELFER PALACIOS.- Señor Presidente he terminado, proponiendo que se recuper el texto que acabo de leer. No se si usted lo ha escuchado señor Presidente. El profesorado es carrea pública, en relación solamente al tema magisterio, porque aca hay varias cosas, aqui se habla de los profesores, de los directores y también se habla de los niños, y después de los promotores de los colegios, entonces yo quiero referirme al tema de magisterio, y en relación al tema de magisterio. Señalar que debe decirse que ese profesorado, es carrera pública y luego que el Estado procura la profesionalización de los maestros, les asegura una remuneracion justa acorde con su elevada misión. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor Presidente el artículo en al fórmula que nos ha sido traida por el señor Rey, la Comisión de Educación, con el apoyo de Nueva Mayoría, mezcla muchas cosas como lo a dicho la señorita Gloria Helfer. Por un lado tenemos el primer párrafo que hemos aprobado que me parece que esta correctamente aprobado y que recapitula el Artículo 23§ de la actual constitución y creo que ahí debería terminar este artículo El señor REY REY.- Me permite una interrupción. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Con todo agrado. El señor REY REY.- Gracias, quiero explicar a los señores Congresistas que en el Artículo 3§ hemos tratado de compendiar los derechos de los protagonistas de la labor educativa, del proceso educativo. Por eso hemos hablado primero de los padres de familia, hablamos ahora de los maestros, hablaremos del educando y después de los promotores, creo que le he dado una estructura lógica, en un solo artículo en 4 párrafos distintos los derechos y deberes de los protagonistas del proceso educativo. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor Presidente, retomando lo que ha sido siempre mi posición, como integrante de esta comisión, yo estoy por la redacción de la actual constitución en lo que se refiere al artículo 41§, donde se trata lo concerniente al profesorado me parce que es intachable la redacción del tramite vigente, que deberíamos reiterarla y que es muy superior a la propuesta en cuanto al segundo párrafo que allí. La doctora. La señorita FLORES NANO.- Con el mejor ánimo que esto sea realmente un debate ilustrativo señor Presidente, yo quisiera preguntar a quienes conocen más del tema que nosotros, las ventajas específicas que tiene, mantener para el magisterio, la noción de carrera pública, es un tema que creo que vale la pena que conozcanos con que ventaja traen, el que todos los maestros, no digo... (Continúa en el Turno N§ 35)

T.35. Anexo: 119 - 142

La señorita FLORES NANO.- (Continuando)...qué ventajas trae el que todos los maestros, no digo los vigentes cuyos derechos adquiridos hay que respetar, digo incluso cualquier nuevo maestro que ingrese a la carrera magisterial, por qué lo beneficia? Porque si ese es el propósito vamos a beneficiarlo. Por qué lo beneficia que sea carrera pública? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, concluyendo mi intervención, en ese aspecto creo que la doctora Gloria podría dar una respuesta si ella lo desea. Si tengo tiempo le permito una interrupción, pero que sea brevísima. La señora HELFER PALACIOS.- Brevísima. El hecho de que sea carrera pública les establece y garantiza que hay un mínimo de formación, de calidad y de estatus al conjunto del magisterio. Hay países que inclusive -si me lo permite y me escucha el señor Rey- que teniendo sector privado muy importante, como son los países bajos, utilizan ese mecanismo de carrera pública de magisterio para poder garantizar la calidad y el mismo nivel de los diferentes ámbitos de enseñanza, con el criterio de que lo público no es estatal. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, en consecuencia yo estoy porque lo concerniente al profesorado se trate por separado, sobre la base del artículo 41§ actualmente vigente, que es una entidad completa y no es necesario incluirla dentro de este artículo 3§. Lo mismo a los otros dos párrafos, señor Presidente, el tercero y el cuarto de este artículo 3§ propuesto por la Comisión, creo que deben ser tratados dentro de los numerales que le corresponden en nuestra Constitución vigente, del capítulo referido a la educación. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, yo creo que el concepto de carrera pública, para utilizar una metáfora deportiva al que aluden inclusive, toda carrera se realiza en una sola pista, una carrera atlética por ejemplo. Cuando de habla de carrera pública yo creo que podemos a través de consagrar este aspecto constitucionalmente, se imposibilita la descentralización de la educación, pues perfectamente puede haber en una educación descentralizada distintos sistemas, distintas carreras públicas magisteriales. Los maestros podrían en un régimen de una región tal o de una instancia descentralizada tal, tener un nivel distinto al de las demás. Por lo tanto, el señalar y hablar del magisterio como una carrera pública, yo creo que va a forzar la posibilidad -y aplaudo- de que se descentralice la educación. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente, una carrera pública en el caso del magisterio es fundamental no solamente para garantizar niveles de formación comunes y estimular eso, sino para estimular la continuidad de la carrera aunque en una etapa de la vida ese maestro esté enseñando en un distrito de tales posibilidad y luego pase a otro de otras posibilidades. Se está justamente creando las condiciones para que la descentralización se pueda dar con maestros que pueden pasar de una a otra modalidad, de una a otra circunscripción y mantener un mínimo de derechos que les permiten aspirar y quedarse en la carrera. Señores, el problema con la carrera magisterial por la falta de estímulos, es justamente que pocos siguen estudiando y siguen estudios de post grado, que pocos se titulan, que pocos pueden terminar a la mitad de la vida en la misma carrera porque simplemente tienen la tentación de otras posibilidades y no tienen las posibilidades en su propio ramo. Dejemos a la ley que ya precise los regímenes diferentes y las particularidades, pero que sea una pública es un elemento que favorece el que pueda normarse luego todo el estímulo y la preparación y la continuidad de estímulos necesarios para el trabajo. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Sambuceti. El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO.- Si bien, señor Presidente, creo que es interesante el debate sobre la carrera pública, creo que nos estamos olvidando y estamos dejando de lado una cosa muy importante en lo que al magisterio se refiere. En el artículo 41§ de la Constitución anterior, la del 79, en su tercer párrafo decía: "El Estado proc2ura la profesionalización de los maestros. Les asegura una remuneración justa, acorde con su elevada misión". Señor, más del 50% de los maestros del Perú no tienen título, y lo que nosotros pensamos es que hay que tratar justamente de que se profesionalice esta carrera, por encima si es pública o si es privada; y también hay que asegurar la remuneración del maestro pero que sea justa, inclusive darle al maestro un nivel social diferente al que hoy en día tiene. Hoy en día... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 36 )

Turno No.36. l7.O3.93.

Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor SAMBUCETTI...(continente)... un nivel social al maestro diferente y que hoy en día tiene. Hoy en día en el Sector Educativo, el Maestro es la última rueda del coche, esto es lo cierto, señor Presidente, y yo creo que deberíamos de mantener este texto constitucional y hacerlo cumplir e inclusive dice aquí "acorde con su elevada misión". Nosotros no comprendemos todavía el trato que se le da al Maestro en el Perú, pese a esa elevada misión de sacrificio que tiene que hacer el Maestro en nuestra nación. Gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Señor Rey, para que se pronuncie sobre las alternativas propuestas y su fundamentación final antes de pasar a voto. El señor REY REY RAFAEL.- Gracias, señor Presidente. Voy a empesar por lo último que se ha dicho, nunca ha estado peor el Maestro, efectivamente, lo que demuestra y prueba con meridiana claridad que por más verbo o intenciones buenas que se señalan en la Constitución no asegura que esta se cumplan. Yo estoy absolutamente de acuerdo en que el Maestro debe recibir una remuneraión justa acorde con su elevadísima misión; yo estaría dispuesto a poner en el gradosuperlativo, pero como el mismo señor Sambucetti lo ha reconocido y como lo sufren hoy todos los Maestros del Perú, el poner un texto así lírico no asegura lamentablemente que haya una remuneración digna y un trato acorde con su elevada misión. En el Artículo 3§ -repito- hemos puesto los deberes y los derechos de manera orgánica de todos los que intervienen, o todos los protagonistas del proceso educativo. Yo me inclino por mantener o por aceptar la sugerencia de la doctora Lourdes Flores, en el sentido de añadir " el régimen jurídico que le es aplicable", añadir al texto que estaba proponiéndose; pero definitivamente no acepto el que se señale que el Profesorado es una carrera pública, también podríamos decir la medicina debiera ser una carrera pública, etc. No me parece que sea adecuado y creo que la forma de señalarlo, la forma en que hoy lo señala la Constitución del 79, no asegura un trato digno y justo con el que yo estoy absolutamente de acuerdo que se debe dar a los Maestros. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- El texto entonces de su propuesta cómo sería?. El señor REY REY RAFAEL.- Señor Presidente, tengo entendido que tenemos intervención una sola vez, eso es lo que me ha explicado a mí. La ley establece los requisitos para desempeñarse como Director o Profesor de un Centro Educativo, así como sus derechos, perdón, la ley establece los requisitos para desempeñarse como Director o Profesor de un Centro Educativo, en régimen jurídico que le es aplicable. Derechos y obligaciones.- El Estado y la sociedad procuran su evaluación,capacitacion y promoción permanente. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, afirmo que debe mantenerse el texto vigente en el Artículo 4l§ en la Constitución Política. Yo creo que ese texto propuesto, señor Presidente, se presta a interpretaciones que pueden vulnerar inclusive derechos adquridiso del Profesorado. Insisto, como lo dije, en la interveción inicial general, que me dá la impresión que este proyeto presentado por el señor Rey, con el apoyo de Nueva Mayoría y Cambio 9O, es un proyeto hecho a la medida de las leyes dadas por el gobierno en materia educativa, y que pretende implementar sin ni siqueira consultar su opinión a los millones de peruanos comprometidos con este tema. Señor Presiente, aquí, y por eso es que pregunté en mi primera intervención que si su proyecto presentado por el señor Rey permitía totalmente la implementación de los decretos leyes expedidos por el gobierno de facto durante el período del autodenominado Gobierno de Reconstrucción y Emergendia Nacional, que pone en peligro los derechos de los profesores. Acabo de consultar, señor Presidente, con el señor Sambucetti que ha analizado la materia y esa es nuestra preocupación señor. Nuestra preocupación sque se quiere crear un régimen de inestabilidad... (Sigue turno No. 37).

T-37 anexo 119-142

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 17-03-93 El señor OLIVERA.- ...(continuando)... que se quiera crear un régimen de inestabilidad jurídica para los cientos de miles de profesores en el país, y con este texto, señor, que remite una Ley, puede perfectamente suceder. Por eso es que nosotros queremos mantener esta afirmación constitucional así de categórica, el profesorado es carrera pública en las diversas ramas de la enseñanza oficial, que no la hayan cumplido malos gobiernos en cuanto a la profesionalización o en la renumeración justa, es no justifica que deroguemos, sino entonces habría que derogar toda la Constitución y no debería haber Constitución, basta recordar que los artículos fundamentales fueron violados el 5 de abril. Entonces en esa lógica, habría que acabar con la división de poderes, consagrar todo lo acontecido y aplicar la política de hechos consumados. Más aún, señor Presidente, cuando en el Proyecto del señor Rey se elimina esa declaración como aspiración, a que en el Presupuesto General de la República se aplica no menos del veinte por ciento a la educación; todo es un texto concordado. Entonces, si es que no se afirma el artículo 41§, será posible que ya no haya ningún amparo para el profesorado en reclamar remuneraciones justas acordes con su abnegada misión; y además, señor Presidente, sería darle amparo constitucional a lo que es el siguiente capítulo de esta mal denominada Reforma Educativa, el hechar a la calle a cientos de miles de profesores, ¨para qué?. Para reemplazarlos por otros, que estarían obedeciendo consignas políticas partidarias, porque ese es el fondo del asunto, señor Presidente. Ya se a anticipado haciendo acusaciones genéricas a los profesores del Perú, diciendo que eran elementos propagandísticos de Sendero Luminoso; todos somos concientes que si hay algunos malos elementos dentro del profesorado como los hay en todas la Instituciones, que sean mínimos no significa que se empiece una cacería de brujas como en efecto se estaba anunciando y que felizmente se ha detenido porque se ha salido en defensa de los derechos fundamentales de las personas. Por eso, señor Presidente, yo ratifico nuestra defensa en el artículo 41§. Me pide una interrupción la doctora Gloria Helfer, que se la concedo, señor Presidente, con su venia. La señora HELFER PALACIOS.- Señor Presidente, para saludar la defensa que está haciendo el doctor Olivera y para añadir de que no va ha haber ninguna posibilidad de hacer ninguna reforma, si es que este artículo y el respeto al Magisterio no se mantiene. Quiero terminar, señor Presidente, voy a terminar. El señor PRESIDENTE.- Su tiempo no ha terminado, el tiempo que ha terminado es del señor Olivera, que le ha cedido una interrupción. El señor OLIVERA.- Pido una ampliación, señor Presidente, sigue Gloria. El señor PRESIDENTE.- Los miembros de la Comisión que están de acuerdo en hacer una ampliación del tiempo del señor Olivera, por tres minutos adicionales, (votación). Aprobado. Tiene tres minutos adicionales. La señora HELFER PALACIOS.- Gracias, señor Presidente, estoy dentro de la interrupción. Pero además, yo quiero aclarar cual es el principio que está explicando el señor Rey; dice, como no se ha cumplido hasta ahora entonces quitémoslo, ese principio es de achacamiento, de nivelar para abajo. El señor REY REY.- Que retire la palabra, señor Presidente. La señora HELFER PALACIOS.- -Perdón-, no ha habido ningún insulto, lo único que estoy diciendo es de que es una nivelación. El señor REY REY.- Usted ha considerado que achacamiento es un término despectivo. La señora HELFER PALACIOS.- Bueno, que la nivelación hacia abajo es descendente, el descender, el disminuir, como no podemos llegar a esto porque la Constitución ya hace varios años que está y no lo hemos logrado. Entonces ahora nivelemos, quitemos el artículo y que quede libre camino para hacer un tratamiento de los profesores sin nigún respaldo desde el nivel constitucional que es fundamental, a eso yo me opongo. Un país no crece y no se desarrolla cuando no nivela para arriba, cuando no aspira. Gracias. El señor OLIVERA.- Muchas gracias. señor Presidente, yo lo que creo es que aquí me hubiera gustado que con espíritu democrático el señor Rey, -perdón la Comisión de Educación-, hubiera convocado a los actores que se mencionan, sujetos de este artículo a la asociación de padres de familia, a los profesores organizados en sus Organizaciones Directores-Sindicato, porque despreciar al Sindicato profesores, al SUTEP; ¨por qué?, ¨se persigue el exterminio de ellos?, no lo creo. Estoy terminando, solo le concedo treinta segundos. El señor REY REY.- Menos de treinta segundos. Dentro de la Comisión de expertos que ha elaborado este Proyeto de Ley que ahora sustento han habido por supuesto maestros. El señor OLIVERA.- Señor Presidente, yo respeto las Organizacioes Intermedias, es un principio; creo de la propia economía social del mercado y en general de la vida civilizada democrática. Yo creo que eso sería lo correcto, en todo caso hay que considerar estudiar bien este tema, porque cuidado con los contrabandos, señor Presidente; cuidado que por aquí en medio de declaraciones generales, equívocas que se pueden prestar a cualquier tipo de interpretación, el día de mañana se pueden dejar en la calle a cientos de miles de profesores para ser reemplazados por otros de cientos de miles de profesores que obedezcan consignas políticas partidrias. Ese es el fondo del asunto__ (CONTINUA EN EL TURNO - 38)__

T-38 C. Const.

Donato Velásquez V. 17-03-93 El señor OLIVERA VEGA.- (continuando)... consignas políticas partidarias. El señor PRESIDENTE.- El señor Carpio tiene el uso de la palabra. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, es muy fácil salir en defensa de quienes no están atacados aquí, porque de ninguna manera, creo que ninguno de los 80 congresistas del Congreso Constituyente vamos atacar a los maestros. Los maestros que son nuestros segundos padres. En principio, el asunto desde el punto de vista constitucional, no se puede considerar una carrera pública al magisterio, en las circunstancias, mal que le pese al señor Olivera, el Decreto Ley, por ejemplo que cambia la administración educativa, creo desde el punto de vista fundamental, que es descentralización la administración educativa, porque los municipios, los padres de familia estamos canzados que se maneje procesos educativos desde ese elefante blanco que tiene en el Parque Universitario el Estado y que debería ser dedicado a otras cosas. Nosotros necesitamos que la administración educativa sea descentralizada, el establecer que el magisterio es una carrera pública es simplemente establecer un rango igual para los maestros, eso no significa no querramos proteger a los maestros, los maestros tienen derecho a un sueldo digno, a la profesionalización y debemos protegerlos, lo que sí desde el punto de vista constitucional, si vamos descentralizar la educación no puede ser una carrera pública, con un sistema único a nivel nacional, por qué irrogar la posibilidad de que la educación descentralizada haga sistemas adecuados a los intereses de la comunidad y no del Estado elefante a los intereses de la comunidad los considere mejor a los maestros. Los maestros están postergados, porque justamente siempre se los a manejado desde Lima y aplicado criterios equívocos de la administración estatal, que por ejemplo por mencionar un pueblo lejano del Perú, si en Chumbivilcas falta un maestro a la escuela, nadie lo puede sancionar, porque el elefante Estado desde Lima no sabe ni se entera de que ha faltado el maestro en Chumbivilcas y no tiene como sancionarlo. Pero cuando se descentraliza la educación, como creo que es lo fundamental del decreto ley que cambia la administración educativa, cuando se descentraliza la educación la comunidad será quien controle al maestro y no el elefante del Parque Universitario. Concedo interrupción al señor Henry Pease, si usted lo conviene señor Presidente. El señor PEASE GARCIA.- Muy simplemente, señor Preidente, no solamente no hay contradicción entre descentralización y afirmar que hay carrera pública y la ley regulará los términos, sino no va ser posible la descentralización con calidad de enseñanza sino hay carrera pública. El maestro tiene que tener oportunidad, derechos reconocidos, enseñe en esta u otra región, de que pueda pasar de esta a otra región, debe tener posibilidad de escuelas de especialización que están más allá de las regiones. El Perú no se desintegra por descentralizar, que haya habido centralismo no significa que toda ley va ser centralista, con este mismo criterio todo tendría que regular a nivel nacional para que sólo se regulara a nivel de centralista. No encuentro contraposición alguna entre carrera pública y propender a la profesionalización, como lo dice el artículo de la actual Constitución y se centraliza. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente, quisiera que usted Presidente de la Comisión o algún integrante de la Comisión me explique, ¨qué cosa es carrera pública? Para continuar y emitir opiniones al respecto. El señor PRESIDENTE.- Cuestión Previa. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, pido la reserva de esa parte. Creo que tenemos definir claramente este tema y no me parece que los argumentos que hemos expuesto del tema no está suficientemente analizada. El señor PRESIDENTE.- Usted pide la reserva para ser votado mañana, en que la Comisión madure esta temática. Podría quedarse en suspenso el debate en este momento y someterlo a votación a primera hora para los que lleguen temprano. Se levanta la sesión. (ERAN LAS 13.33 HORAS)
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