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CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO COMISION PERMANENTE DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO 69a. SESION (Matinal) DEL JUEVES 1O DE JUNIO DE l993 PRESIDIDA POR EL DOCTOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA Hora: lO.46 a.m.

Turno 1 Turno 2 Turno 3 Turno 4 Turno 5 Turno 6 Turno 7 Turno 8 Turno 9 Turno 10 Turno 11 Turno 12 Turno 13 Turno 14 Turno 15 Turno 16 Turno 17 Turno 18 Turno 19 Turno 20 Turno 21 Turno 22 Turno 23 Turno 24 Turno 25 Turno 26 Turno 27 Turno 28 Turno 29 Turno 30 Turno 31 Turno 32 Turno 33 Turno 34

Turno No.1 lO.O6.93.

Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor PRESIDENTE.- Se va a dar inicio a la sesión de la fecha. Asistentes que han suscrito la ficha de asistencia: Doctor Enrique Chirinos Soto, señor Róger Cáceres Velásquez, señorita Martha Chávez Cossío, señor Ricardo Marcenaro Frers, señor Carlos Ferrero Costa; el señor Samuel Matsuda se ha disculpado; señor Henry Pease García, señor Pedro Vílchez Malpica. (Pausa). Invitados accesitarios: Doctor Gonzalo Ortiz de Zevallos, doctor Luis Enrique Tord. (Pausa). Preside Carlos Torres y Torres Lara. El día de hoy daremos inicio al debate sobre el tema de La Pena de Muerte. Quiero solamente anunciar que la Comisión de Redacción ha terminado su primer trabajo sobre la materia, habiendo cursado la siguiente comunicación que pongo en conocimiento de los señores miembros de la Comisión. A la Comision de Constitución. Presente. Diez de junio. De nuestra mayor consideración: Ha venido para conocimiento de vuestra Sub Comisión de Redaccion, el texto del Anteproyecto de Constitución aprobado por esa Comisión. Acompañamos el dictamen de la Sub Comisión de Redacción, que ha recaído sobre dicho anteproyecto. En el anteproyecto hay artículos en suspenso, pendientes de revisión o de reconsideración en la Comisión Principal. Tan pronto como sean evacuados por ésta, los incorporaremos al presente dictamen que tiene carácter de preliminar, y debe ser en todo caso aprobado por la Comisión de Constitución. Aprovechamos la oportunidad para suscribirnos a ustedes, atentamente, Carlos Torres y Torres Lara, Enrique Chirinos Soto y Luis Enrique Tord. Doctor Enrique Chirinos Soto, puede hacer uso de la palabra. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Señor Presidente, como se desprende del propio texto de la comunicación que hemos elevado en unión del doctor Luis Enrique Tord y de usted, el dictamen de la Comisión de Redacción todavía es preliminar. Es priliminar porque es un dictamen sobre el anteproyecto; y también es preliminar en el sentido siguiente, que hay artículos que faltan disutir, hay artículos en suspenso, hay artícuos objeto de revocación, etc.; entonces, cuando la Comisión de Constitucion evacúe esos artículos como ha evacuado ayer el relativo a la reelección presidencial inmediata, la Comisión de Redacción, naturalmente los añadirá, los incluirá en su dictamen; lo cual , señor Presidente, no es óbice para que tan pronto funcione las máquinas computadoras de usted, tengamos ejemplares suficientes para repartirlos entre todos los señores miembros de la Comisión de Constitución, para que vean con todo detenimiento las observaciones que puedan tener y para que en una sesión especial esta Comisión de Constitución proceda a aprobar, corregir... (Sigue turno No. 2).

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COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL) TRANSCRIPTOR: SILVIA ALEGRE LUCAR El señor CHIRINOS SOTO...(continuando)...las observaciones que puedan tener y para que en una sesión especial esta Comisión de Constitución proceda a aprobar, corregir o lo fuera el dictamen preliminar, insisto en que es preliminar porque ni siquiera es final respecto a la Comisión de Redacción. El señor PRESIDENTE.- ¨Desea una intervención señor Róger Cáceres? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Si señor, una corrección, creo que no sería dictamen sino el proyecto mismo. El señor CHIRINOS SOTO.- No, es un dictamen, usted sabe perfectamente doctor Cáceres dada su experiencia, que el dictamen de la Comisión de Redacción es el Proyecto. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Si, pero el dictamen es la fundamentación. El señor CHIRINOS SOTO.- No. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Ese es el dictamen, el otro es el proyecto. El señor CHIRINOS SOTO.- El dictamen de la Comisión de Redacción es el mismo texto corregido. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Por eso, no es dictamen todavía, es parte del dictamen. El señor CHIRINOS SOTO.- No hay otro dictamen, señor. El señor PRESIDENTE.- Dictamen preliminar. El señor CHIRINOS SOTO.- Es dictamen preliminar, después discutimos, no hay otro, no hay ningún dictamen, nada señor Presidente, y conforme se ha anunciado y la comisión oportunamente aprobó voy aponer este dictamen en manos -con el permiso de usted- del señor Director de la Academia Peruana de la Lengua, para que ellos también vayan avanzando en el trabajo. El señor PRESIDENTE.- Me parece muy bien. Doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Sólo una recomendación, si fuera posible que se me reparta para trabajarlo el fin de semana porque ahí es fácil leerlo. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Pease, estoy entregando, estoy terminando de entregar el dictamen a las máquinas. El señor PEASE GARCIA.- En un día, mañana se puede voltear y al fin de mañana nos puede entregar. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo creo que mañana los señores representantes van a poder tener cada uno un ejemplar. El señor PRESIDENTE.- Haremos lo posible. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo también, señor Presidente, sugiero que usted como Presidente de la comisión entregue el dictamen, una vez que lo tengamos, a los medios de publicidad para que el medio que quiera lo publique, sin que esto signifique -le adelanto- ninguna imposición respecto a la Comisión de Constitución, porque es un dictamen preliminar. El señor PRESIDENTE.- Corecto. Doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, tan pronto como haya concluido ese aspecto que plantea el señor Chirinos Soto, yo le rogaría a usted tener en cuenta que dentro de la Agenda Derecho a Comisión, tenemos tres cosas que son de suma importancia. En primer lugar, la moción de orden del día donde yo proponía un determinado cronograma, luego ha venido la propuesta del señor Pease. En segundo lugar, quedó pendiente el día de ayer determinar el pronunciarse sobre la propuesta que formulé, en el sentido de que la reelección para quien pudiera haber gobernado antes de la fecha significaba la posibilidad de solamente una elección más. Eso ha quedado pendiente, no se llegó a debatir. En tercer lugar, señor Presidente, está el confirmar que el día lunes a las 11 de la mañana -como usted lo dijo- tendríamos la visita del señor Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, según moción aprobada por Consejo Dirtectivo, ratificada el día de ayer para informarnos sobre las insólitas resoluciones dictadas respecto a la Provincias de Huamachuco. El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Me permite una intervención? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Con todo agrado, señor, con la venia del Presidente. El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Está invitado el señor Presidente del Jurado el lunes? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Sí, es lo que me dijo el señor Presidente. El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Ya está invitado? El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- No, está por decidirse. El señor PRESIDENTE.- Todavía no, vamos a confirmar. El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno está invitado, y yo quiero advertir desde ahora, que está invitado el señor Alcalde de Lima que va a venir a las diez, yo creo que se puede señalar las once y media tranquilamente para el señor Presidente del Jurado. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Estoy de acuerdo con usted. El señor PRESIDENTE.- Señores, el orden que vamos a llevar ahora es el siguiente: Primero vamos a discutir el tema de "Pena de Muerte", enseguida veríamos el tema de "Calendario" en las dos mociones que ha presentado el doctor Pease y el doctor Cáceres, y el lunes ya se le ha invitado al Alcalde Belmont para que haga su informe, a las once y treinta invitaremos al Presidente del Jurado. Solicito de Secretaría, hay que formalizar la invitación al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones para el tema. Ese es el orden. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- ¨Y el asunto de la reeleción pendiente? El señor PRESIDENTE.- Ya estaría demás. Ha solicitado el uso de la palabra en primer lugar el doctor Ortiz de Zevallos sobre la Pena de Muerte, en segundo lugar el doctor Enrique Chirinos Soto. Abrimos, entonces el tema de Pena de Muerte, tendremos igual como siempre cinco minutos cada uno para la exposición respectiva. Aunque ya hemos escuchado la opinión y la propuesta del doctor Ortiz de Zevallos, nos va a ser muy útil volver a escuchar su exposición, ahora ampliada sobre el tema de Pena de Muerte. Tiene el uso de la palabra el doctor Ortiz de Zevallos. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Gracias señor Presidente, anteriormente la doctora Martha Chávez tuvo la gentileza de leer mi exposición de motivo... (continúa en el turno 3)

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El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- (Continuando).. la doctora Martha Chávez tuvo la gentileza de leer mi exposición de motivos, esta versión que voy a leer ahora es distinta. "INTERPRETACION DEL ARTICULO 235§ DE LA CONSTITUCION POLITICA DE 1979. Para pronunciarse sobre este proyecto hay que tener en consideración lo dispuesto por el párrafo 2) del Artículo 4§ de la Convención de Costa Rica, que prohibe que el país no haya abolido la Pena de Muerte, pueda establecer esa pena para otro delito distinto al previsto en su ley vigente. En consecuencia, no se puede prescribir, dentro de la nueva Constitución la Pena de Muerte. que no haya estado prevista en la Constitución Política de 1979, que es a la que se refiere, tratándose del Perú, la Convención de Costa Rica. Habida cuenta esta situación jurídica y siendo muy grave quedar incurso en el incumplimiento de esa Convención, no hay otro medio legal, que interpretar el artículo 235§ de la Constitución Política, porque mediante su interpretación no se modifica el artículo, sino que se establece, para su aplicación un régimen vigente desde su promulgación. En consecuencia mediante la interpretación no hay cambio en la ley nacional sobre la Pena de Muerte. Es la única vía de salvar esta situación. Es por esto que insisto en la aprovación de mi proyecto. El 20 de Octubre del año próximo pasado, la opinión nacional estaba paralogizada y consideraba la necesidad de denunciar la Convención de Costa Rica. Incluso el Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Oscar de la Puente, había anunciado en los periódicos que viajaría a Costa Rica, el día 21, o sea el mismo día de mi declaración, para cumplir ese propósito. Advertido yo de esa situación y considerándola innecesaria, por las razones que expuse en el diario El Comercio y que se publicaron el mismo día 21, le pedí a un amigo común una audiencia con el Premier, que me la concedió el mismo 20 en su casa, en la que convencí al Ministro que de acuerdo con mi interpretación de la Constitución Política no era necesario, para implantar la Pena de Muerte en el Perú, desahuciar la Convención de Costa Rica; y que podría interpretarse nuestra Constitución en el sentido de que la acción de los terroristas era consumar dentro del país, la "guerra exterior" a que se contrae el artículo 235§ de la Constitución Política. Por eso es que considero oportuna esa interpretación. Antes de entrar en materia quiero dejar establecido que por el Referéndum no es posible la interpretación de una ley, porque el Referéndum puede ser consultivo o mandatorio, pero no interpretativo de la ley. La interpretación de la ley... El señor PRESIDENTE.- Señor Ortiz de Zevallos, su tiempo se ha vencido le ruego sintetizar su planteamiento, cuánto tiempo más necesita usted? El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Yo le ruego señor Presidente que me deje leer como leyó mi exposición de motivos... El señor PRESIDENTE.- Continúe usted doctor Ortíz de Zevallos, le daremos una ampliación de tiempo. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- La interpretación de la ley sólo es procedente por el Congreso de la República, de acuerdo con lo dispuesto por el inc. 1) del Artículo 186§ de nuestra Constitución... (Continúa en el Turno No. 4)...

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Transcriptor: Alfredo Alvariño C. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.-(continuando)... por el Congreso de la República de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 186§ de nuestra Constitución Política, nuestro pueblo se pronunciará sobre esta materia al aprobar la Constitución, pero si además, se quisiera un pronunciamiento expreso al respecto, se puede solicitar que en ese referéndum el pueblo no solo apruebe la Constitución sino la interpretación por el Congreso sobre el artículo 235§ de la Constitución Política en la parte que prescribe, que el artículo 325§ es aplicable a la pena de muerte para los terroristas cabecillas. Ningún otro órgano nacional distinto al Congreso y menos aún un órgano internacional puede arrogarse esa facultad que es exclusivamente inherente al Congreso Nacional, de acuerdo por lo prescrito por el inciso 1) del artículo 186§; en consecuencia, es al Congreso que nosotros integramos al que le incumbe esa facultad. La admisibilidad de la pena de muerte está expresamente contemplada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por el Perú inicialmente por el Decreto Ley 22231, del 11 de julio de 1978 y luego por la décima sexta Disposición General y Transitoria de la Constitución Política de 1979, consagra en su artículo 4§ el derecho a la vida como uno de los derechos humanos principales. No obstante eso y teniéndose en cuenta la necesidad de proteger los derechos humanos de todas las personas que integran una sociedad, frente a la acción delictiva de elementos desquiciados, en su inciso 2) del artículo 4§ de la mencionada Convención de San José de Costa Rica, se admite expresamente la aplicación de la pena de muerte para el caso de los delitos mas graves. Dentro del marco de esa Convención Americana de Derechos Humanos, diversos estados de los Estados Unidos por ejemplo mantienen vigente y aplican la pena de muerte sin considerar para nada que su aplicación puede vulnerar en modo alguno la estructura de los derechos humanos tan celosamente defendidos por ese país, y ésto se basa en que prevalece el justificado criterio relativo a que debe protegerse como cuestión fundamental los derechos humanos de la mayoría, pero éste es de las personas afectadas actual y potencialmente por quienes incurren en los delitos de mayor gravedad. La aplicación de la pena de muerte en el Perú, dentro del marco del artículo 235§ de la Constitución Política de 1939, es plenamente concordante con la Convención Americana de Derechos Humanos y no compromete en modo alguno el pleno respeto de los derechos humanos en nuestro país; significaba el artículo 235§ a partir de la interpretación auténtica del precepto constitucional. Nadie puede discutir de la variedad en que los constituyentes se refieren a la guerra exterior, al debatir sobre lo que fue en definitiva el texto del artículo 235§. Los constituyentes de 1979 se manifestaron confusos sobre esa materia coincidiendo en determinado caso con la misma interpretación de mi proyecto, como lo voy a demostrar: Para definir el marco y el significado del dispositivo constitucional en referencia, he hecho mérito en mi exposición de motivos en primer lugar de la interpretación auténtica de dicha carta, que consta de la página 238 a 240 en el Tomo 1 y página 244 a 254 del Tomo 7 del Diario de los Debates de la Comisión Principal, de Constitución de ... (Continúa en el Turno N§ 05) COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

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TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- _(continuando)_ de la Comisión Principal de Constitución de 1978-1979. Consta en dichas actas, en efecto, que los constituyentes de 1979 distnguieron nítidamente dos hipótesis, como siguen: Distinguieron, de un lado, los casos de sublevaciones políticos o guerras civiles intestinas -a las que los constituyentes denominaron "guerras interiores"-; y del otro, el caso de las así clasificadas "guerras exteriores", que se libran dentro del territorio mismo de la República. Esta clara distinción -hecha por la Comisión Principal de Constitución de 1979- se produjo luego de precisos planteamientos sobre diversos aspectos vinculados con la materia, formulados principalmente por los constituyentes, señores: Luis Alberto Sánchez, Alberto Polar Ugarteche, Andrés Townsend Escurra, Róger Cáceres Velásquez, Javier Valle Riestra Gonzáles Olaechea, Javier Ortiz de Zevallos, Enrique Melgar, Roberto Ramírez del Villar, Carlos Malpica, don Enrique y don Francisco Chirinos Soto, Genaro Ledesma Izquieta, Fernando León de Vivero, Andrés Aramburú Menchaca, Luis Rivera Tamayo, Lucio Muñiz Flores, Rafael Vega García, Héctor Cornejo Cjávez y Jorge Lozada Stanbury. Según resulta del debate de los constituyentes -y para los efectos del artículo 235§ de la Carta- se configura "guera exterior", cuando hay guerra dentro del territorio de la República, y confluyen en ella elementos de conexión con el exterior, que la partan de una guerra típicamente "interior". En efecto el distinguido congresista, señor doctor Róger Cáceres Velásquez, afirmó lo siguiente: Esta redacción me parece que se presta a "confusión". "En caso de guerra exterior, puede ser que haya guerra entre otros países, donde se encuentre un peruano peleando". "Podría -acaso- interpretarse que ese caso queda dentro de los alcances de esta disposición?" (pag. 238 del tomo I). Y pensando en voz alta sobre esta interrogante, el señor Polar, afirmó literalmente, sobre la materia, lo siguiente: "Una guerra fuera de nuestro territorio está fuera de nuestra jurisdicción y de la jurisdicción de la Constitución" (pag. 238). Así, pues, queda claro, a partir del debate de los constituyentes, que -para los efectos del artículo 235§ de la Carta- se configura "guerra exterior" cuando hay guerra dentro del territorio de la República, y confluyen en ella elementos de conexión con el exterior, que la apartan de una guerra típicamente "interior". Por aplicación de este concepto, hay "guerra interior" cuando la guerra que se libra dentro del territorio de la Reública es conducida únicamente por peruanos, con inspiración y motivaciones políticas o ideológicas exclusivamente locales, y con recursos financieros excluyentemente nacionales. Contrariamente, hay "guerra exterior", cuando la guerra que se libra dentro del territorio de la República no es conducida únicamente por ciudadanos peruanos, o cuando hay adoctrinamiento y apoyo foráneo, o cuando cuenta con inspiración, motivaciones u objetivos foráneos o que benefician al extranjero, o cuando se financia, dicha guerra, con recursos provenientes del exterior. Es claro que ese elemento de conexión con el exterior no puede consistir, exclusivamente, en tan sólo una coincidencia de carácter ideológico o doctrinario. Se requiere que exista, adicionalmente, cuando menos, una participación foránea activa, ya sea mediante el suministro de armamento con el fin de viabilizar o patrocinar la guerra, o mediante la financiación foránea deliberada, directa o indirecta, de esa guerra. Dentro de este orden de ideas,_ (CONTINUA EN EL TURNO - 06)

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CONSTITUCION - MATINAL TRANSC. Justo Frías López El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- (Continuando)...o indirecta, de esa guerra. Dentro de este orden de ideas, constituyen casos de "guerra interior" -para los constituyente de 1979-, los delitos de sedición y de rebelión, a que se contraían los art_ículos 302 y 307 del Código Penal de Maúrtua -artículos 346 y 347 del Código Penal vigente-. A ellos se refirieron los constituyentes, con las denominaciones genéricas de "delitos políticos" o "delitos comunes". Numerosas han sido en la historia de la República, las sublevaciones políticas -e incluso en las guerras intestinas- sobre todo durante el siglo XIX. Esos fueron los casos, entre otras, la lucha entre Gamarra y Santa Cruz, la rebeldía de Salaverry contra Gamarra y su revolución contra Orbegoso, para sólo citar algunos casos sobre la materia. La revolución de 1895, por ejemplo, liderada por Piérola contra el Gobierno del Mariscal Cáceres, fue una cruenda guerra civil. En el presente siglo, ha habido revolución en la década del treinta, conducida por la Acción Popular Revolucionaria Americana, y liderada por Víctor Raúl Haya de la Torre. Pues bien; por virtud del precepto aprobado como artículo 235 de la Constitución Política vigente, no procede, respecto de las sublevaciones políticas, ni tratándose de los casos de "sedición" o "rebelión", la aplicación de la pena de muerte. Así se esclarece en el Diario de Debates de la Comisión Principal de Constitución, en los términos siguientes: (El señor Luis Albnerto Sánchez, Presidente de la Comisión): "Una de las grandes preocupaciones de la Comisión ha sido evitar que se aplique la pena de muerte en los casos de guerra interna. Eso, me parece a mi, aunque parezca una repetición, indicaría un espíritu de exclusión de determinado uso que si se ha cometido y con gran cantidad de gente en el Perú. Nadie puede negar que se ha fusilado por levantarse en el país, y a veces sin proceso. Es una experiencia que no es teórica sino práctica" (pag, 240 del tomo I). (El señor Towmsend): "La Comisión podría convenir en que se consigne, como lo ha hecho la Comisión Interamericana y como lo hace la Comisión Mundial, lícitamente la excepción categórica de que la pena de muerte nunca podrá aplicarse por delitos políticos" (pág. 240). (El señor Polar): "Se pone 'guerra exterior' porque hay peligro de que haya una guerra interior, que es una guerra civil, y eso es muy grave" (Pág. 238). El eje central en torno al cual se desenvolvió el debate de la Comisión Principal de Constitución, para definir el concepto de "guerra exterior" y la posible aplicación de la pena de muerte, lo planteó el ilustre constituyente, señor Javier Valle Riestra Gonzales Olaechea, trayendo a colación el texto del artículo 78 del Código de Justicia Militar, cuyo texto, transcrito parcialmente en el Diario de Debates de la referida Comisión, está compuesto por veintisiete incisos o hipótesis diferentes. Pues bien; leído el tenor del artícylo 78 del Código de Justicia Militar a la Comisión Principal de Constitución, por el representante, señor Valle Riestra, una primera reacción contra la posible aplicación de la pena de muerte para el caso de traición a la patria en cualquiera de las hipótesis ahí enumeradas, fue la opción totalmente abolicionista de la pena capital. En efecto, manifestando su disconformidad, por razones de principio, con la pena de muerte en general, el distinguido parlamentario señor Valle Riestra afirmó, sonre la materia, lo siguiente: "No soy partidario, al márgen de la redacción, de la pena de muerte (...)". Y cotinuando, afirmó el señor Valle Riestra: "El artículo 78 del Código de Justicia Militar, que es el que se va a aplicar, señala, no un caso de traición a la patria: señala veintisiete". "Podemos dejar... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 07 )

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Transcriptor: Jorge Anamaría El señor ORTIZ DE ZEVALLOS..(Continuando)...señala 27. "Podemos dejar -acaso, se interrogaba finalmente el citado constituyente la aplicación por los propios tribunales militares de estos 27 casos de este Código de Justicia Militar que han redactado los militares al margen del Congreso para que ellos sean los que decidan en tiempo de guerra? De tal manera -concluía el constituyente señor Valle Riestra- que por desconfianza en los jueces no togados que llevan los tribunales militares yo voto contra la pena de muerte. (página 238). En el curso del debate, otros constituyentes expresaron, también, su vocación abolicionista de la pena de muerte. Una segunda reacción contra la posible aplicación de la pena de uerte para el caso de traición a la patria en cualquiera de sus manifestaciones, fue la formulada por el Presidente de la Comisión Principal de Constitución, el doctor Luis Alberto Sánchez, en el sentido de que se limitara el concepto de "guerra exterior" al caso de guerra que se libre con otro país. Esta insinuación hubiera limitado, en consecuencia, los casos de traición a la patria punibles con la pena de muerte, tan solo aquellos que se produjeran dentro del marco de una guerra con otro país". Asi lo sugirió el ilustre constituyente doctor Sánchez en los términos siguientes: "Si nosotros entendemos por guerra exterior, cualquiera que sea el alcance de este adjetivo, lo que todos entienden por guerra con otro país, creo que no habría ninguna dificultad, ningún eufemismo posible. Es muy difícil dar los términos exactos. Hay quien dice que no hay sinónimos. Pero "guerra exterior" es lo contrario de "guerra interior" (Pág.240). Y en lo que atañe a la dicotomía sugerida por el eminente constituyente, doctor Sánchez -en el sentido de contraponer los conceptos de "guerra exterior" y la "guerra interior" sin admitir hipótesis mixtas que combinaren elementos nacionales e internacionales- la Comisión tuvo finalmente en cuenta la observación formulada por el señor Valle Riestra, quien hizo notar que hay casos en los que la guerra interior cuenta con la participación de elementos extranjeros o tiene un origen foráneo. Dijo, al efecto el ilustre constitucionalista doctor Valle Riestra, literalmente, lo siguiente: "Sabemos que, por muchos tecnicismos, un problema interior podemos decir que esté asesorado por una tercera potencia e inmediatamente darle la calificación de tal". Frente a las diversas hipótesis del artículo 78 del Código de Justicia Militar fue igualmente restrictiva la ponencia formulada por el constituyente doctor Javier Ortiz de Zevallos, como se analiza a continuación. Buscando una solución legislativa menos lata, que limitara la pena de muerte a la hipótesis de traición a la patria en caso de guerra internacional, el constituyente Javier Ortiz de Zevallos propuso sustituir la expresión de "guerra exterior" por una referencia explícita al caso de guerra declarada por el Perú o por potencias extranjeras". Su ponencia al respecto fue la siguiente: "Una fórmula que diga mas o menos lo siguiente: La "pena de muerte sólo podrá aplicarse por traición a la patria en caso de guerra declarada por el Perú o por potencias extranjeras". (Pág. 240). No obstante la referida fórmula restrictiva relativa a tan solo algunos casos de la "guerra exterior", esto es relativa tan solo a los casos de guerra internacional con terceras potencias, formalmente declarada por el Perú o por potencias extranjeras, fue expreamente descartada por la Comisión Principal y por el Plenario de la Asamblea Constituyente. ... (SIGUE EN EL TURNO 8) COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93

T- 08 Anexo 172

Transcriptor : Julio Vera Barreto El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- (Continuando)...No obstante, la referida fórmula restrictiva relativa a tan sólo algunos casos de la "guerra exterior", esto es, relativa tan sólo a los casos de "guerra internacional con terceras potencias, formalmente declarada por el Perú o por potencias extranjeras, fue expresamente descartada por la Comisión Principal y por el Plenario de la Asamblea Constituyente. En efecto, frente a la fórmula restrictiva de "guerra internacional", el concepto lato elegido finalmente por los constituyentes de 1979, para calificar el tipo de guerra dentro de la cual mereciera pena de muerte el acto de traición a la patria, fue el de "guerra exterior". "Guerra Internacinal" es, de acuerdo a la nomenclatura propia de los tratados sobre la materia, el conflicto armado librado específicamente entre dos o más Estados o potencias. El concepto de "guerra exterior" -totalmente desusado en la nomenclatura del Derecho Internacional Público, relativa al Derecho de la Guerra-, es más amplio, y engloba, por tanto, conflictos en los que la beligerencia no enfrenta necesariamente a dos o más potenciales entre sí. Es "guera exterior", dentro de este orden de ideas -y tal como lo precisaba el constituyente Valle Riestra-, aquel conflicto librado dentro del territorio de la República en el cual la presencia externa se manifiesta a través del adoctrinamiento, o del apoyo legístico o financiero de una de las partes en conflicto. La Comisión Principal de Constitución optó, de esta menera, por una fórmula lata y no restrictiva sobre el concepto de "guerra exterior" -y no se "guerra internacional"-, en gran medida en consideración a las inquietudes expuestas sobre esta materia por el connotado constituyente de 1979, señor Róger Cáceres Velásquez. En el amplio debate que se suscitó sobre la materia de la definición del concepto de "guerra exterior", la Comisión Principal de Constitución y el Plenario de 1979 tuvieron en consideracion que en las guerras aparentemente "interiores", pueden existir elementos de conexión foránea por una de las partes beligerantes. En efecto -y vista la gravedad de delito de traición a la patria, a que se contraen sobre todo ciertos incisos del acotado artículo 78 del Código de Justicia Militar. Leídos a la Comisión Principal de Constitución por el constituyente señor Valle Riestra-, el señor Cáceres Velásquez, formul[o la siguiente reflexión a la misma Comisión: Y creo que en este aspecto de cuidado que se merecen los intereses de la patria, debemos ser muy explícitos". Me parede que se debe haber una redacción de carácter general, por traición a la patria con arreglo a las "Leyes militares, una redacción de esa naturaleza". Esto significa que debe darse oportunamente la "Legislación pertinente". "Pero, de la lectura que ha hecho el doctor Valle Riestra, llego a la conclusión de que hay muchos alcances". "Podría de hecho quedar fuera, esta redacción que "nos ha sido propuesta, y quedaría muy mal la Asamblea Constituyente. Al establecerla, calificada una serie de causales que pareciera ser conveniente que se "mantuvieran". El señor PRESIDENTE.- Doctor Ortiz de Zevallos, le ruego que me disculpe por la interrupción. El tiempo que dispone cada miembro de la Comisión es 5 minutos para presentar su posición. Usted lleva 30 minutos de exposicón y entiendo que su informe esta usted más o menos en la mitad. Sugiero la posibilidad si usted lo tiene a bien de que podamos repartir nuevamente su informe por escrito y que usted nos haga una exposición sintética de lo que queda, porque si cada miembro de la comisión tomara una hora de tiempo, no nos alcanzaría el espacio que tenemos, en resumidas cuentas, le solicitaría que considere usted la posibilidad de que repartamos su informe y que nos haga usted una síntesis del que ... (Continúa en el Turno N§ 09)

Turno No. O9. CONSTITUCION lO.O6.93

Matinal Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor PRESIDENTE...(continuando)...considera usted la posibilidad de que repartamos su informe y que nos haga usted una síntesis del informe en este momento, sería posible? El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS.- Señor Presidente, con todo respeto, yo quiero decirle que la exposición de motivos fue de la misma extensión que ésta que estoy leyendo, y que la leyó la doctora Martha Chávez. Si usted con la gentileza que le caracteriza me permite terminarlo?. El señor PRESIDENTE.- El punto es que para percibir mejor los fundamentos, doctor, sería conveniente tenerlo por escrito y que usted más bien hiciera una síntesis del planteamiento. El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS.- Lo voy a hacer,señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Bien, muchas gracias doctor. El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS. (Continuando).- Ha quedado establecido que los miembros de la Constituyente tuvieron bastante confusión para definir lo que era la guerra exterior. Ahora bien, creo además que en el presente caso hay una guerra exterior, porque así lo han dicho entidades muy importantes internacionales, y así se ha establecido también en el tratado celebrado por el Perú, con Estados Unidos, para el narcotráfico. En ese tratado se estableció que estaba interviniendo con la guerra interna, la participación del narcotráfico... (Sigue en el Turno 10)

T-10 10-06-1993

COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL) Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL...(continuando)...la participación del narcotráfico, con esa participación del narcotráfico yo creo que es suficientemente evidente para demostrar que hay una guerra exterior, porque el narcotráfico contribuye a que Sendero Luminoso haya estado utilizando recursos del exterior para seguir la guerra que ha aplacado la situación en el Perú con 25,000 personas y 20,000 millones de dólares que nos ha perjudicado en nuestros derechos. Yo en definitiva considero que hay guerra exterior de parte de Sendero Luminos y que por ese motivo debemos considerar que Sendero Luminoso está incluido en el caso de la guerra exterior que prevee el Artículo 235. Yo propongo finalmente que haya este articulado. En cuanto a la jurisdicción, de acuerdo con el Artículo 282 y el Artículo 235 del Código de Justicia de la Constitución Política en actual vigencia son aplicables a los civiles del Fuero Militar y del Código de Justicia Militar, este fuero se mantiene en el Artículo 10 del Capítulo de las Fuerzas Armadas y de la Política Nacional del Proyecto de Constitución recientemente aprobado por esta Constitución. Finalmente, propongo la interpretación del Artículo 235 de nuestra Constitución Política, con el articulado siguiente: "Artículo.- No hay pena de muerte sino por traición a la patria en caso de guerra exterior. Artículo.- Interprétese que de acuerdo con lo establecido por el Artículo 235 de la Constitución Política es traición a la patria, en caso de guerra exterior, levantarse en armas contra la república con financiación e inspiración exterior. El delito de terrorismo está incurso en el artículo mencionado. Artículo.- El que provoca o instiga la comisión del delito de homicidio como jefe miembro de grupo dirigencial o cabecilla de una organización terrorista, será condenado a pena de muerte. Artículo.- Toda persona que se encuentre cumpliendo la pena de cadena perpetua por terrorismo y que notoriamente con pruebas evidentes y objetivas instigue a la comisión de homicidio y que sea jefe miembro de grupo dirigencial o cabecilla de grupos terroristas será condenado a muerte por estos nuevos hechos. Artículo.- Es competente para conocer de los casos a que se contrae estos preceptos el Fuero militar. Artículo.- Esto dispositivos serán de aplicación a todos los procesos del Fuero militar vinculados al delito en referencia." El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Ortiz de Zevallos por su importante informe, acabamos de distribuir a todos los miembros de la comisión el informe completo que usted ha sustentado, quedamos muy agradecidos. Tiene el uso de la palabra el doctor Enrique Chirinos Soto. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, con todo respeto para la opinión del señor congresista pre-opinante, como la tengo para la de todos los señores constituyentes, declaro de una manera categórica que no puedo compartirlo. Una interpretación del Artículo 235 de la Constitución en el sentido propuesto, es decir que al dictar ese artículo, los constituyentes nos hubieramos puesto en la hipótesis de una guerra interna, que sería una guerra exterior o que está pagada con dinero del narcotráfico que es dinero externo... (continúa en el turno 11)

T. 11 Com. Const. (Mat.) 10.06.93

Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... de una guerra interna que sería una guerra exterior, porque está pagada con el dinero del narcotráfico porque es dinero externo. No tuvimos en mente absolutamente para nada ese tipo de guerra exterior señor Presidente. Yo discrepo de esa interpretación, tanto más cuanto que parecería conducir y así lo sería ante los ojos de la opinión internacional a aplicar a título interpretativo la Ley de Pena de Muerte a los que ya están presos y condenados; lo cual señor Presidente, nos colocaria al Perú al márgen de la civilización y del órden internacional. La verdad del tema de la Pena de Muerte en el Congreso :Constituyente al que yo pertenecí, o Asamblea Constituyente de 1978, fue la siguiente señor, nosotros, digo la mayoría de nosotros, por no decir la unanimidad -había excepciones como la del general Olivares Montano del PPC- eramos abolicionistas, no queriamos pena de muerte, la prueba está señor Presidente, en la propia redacción negativa del artículo 235 "no hay pena de muerte", esa es la redacción original. Las Fuerzas Armadas y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a través del doctor Fernándo León de Vivero, Presidente de la Comisión de Defensa del Congreso nos hizo saber que si aprobabamos un artículo abolicionista en esos términos, las Fuerzas Armadas no podrían garantizar la disciplina de la tropa, en caso de guerra señor Presidente; naturalmente de guerra con el extranjero, nadie estaba pensando en esas alturas en una guerra civil o en una guerra interna, en la guerra que nos ha declarado hace trece años el terrorismo subversivo. Señor Presidente, tuvo entonces que -accediendo a la petición del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas- hacer la salvedad, "no hay pena de muerte, sino por traición a la patria" Ahí hubiera quedado, pero se quizo precisar señor Presidente, se quizo precisar "en caso de guerra" y no de cualquier guerra señor Presidente, sino de "guerra exterior" Nos pusimos justamente en el caso de una guerra internacional, de una guerra entre Estados, de una guerra que el Perú tuviese que librar en sus fronteras. A punto tal señor Presidente, que mi señor hermano, el doctor Francisco Chirinos Soto, Presidente de la Comisión de Justicia y el que habla propusimos un añadido para que dijera "sino en caso de guerra exterior en el teatro de las operaciones" Esa adición fue rechazada señor Presidente. Cuando se dijo "guerra exterior" se entendía guerra exterior como lo prueba la propia cita del doctor Mario Polar Ugarteche que se ha leído, se dijo y se precisó que fuera guerra exterior señor Presidente, porque en esa época la hipótesis en la que pensabamos, era la de una insurrección popular contra la dictadura, que la dictadura pudiese declarar el Estado de Guerra INterno y aplicar entonces la Pena de Muerte. Entonces, nosotros para atender en pedido del Comando Conjunto, limitando hasta donde fuera posible los alcances de la Pena de Muerte, pusimos "en caso de guerra exterior" Entendiendo por guerra exterior lo que es "guerra exterior", una guerra entre naciones, que se puede librar dentro de las fronteras del Perú, si el Perú es invadido y fuera de las fronteras del Perú, si al Perú le toca -como en alguna oportunidad le ha tocado- el papel de invasor, como con don Ramón Castilla, se paseó en el siglo pasado con el Ecuador hasta firmar el inútil tratado de Mapasingue. Señor Presidente nos encontramos nosotros entre dos fuegos, entre el clamor de la opinión pública para que establezcamos la pena de muerte y la vigilancia de la opinión internacional que a veces hipócritamente nos adelanta reproches, porque incumplimos o nó el Pacto de San José, digo hpócritamente señor Presidente, sobre todo para el... (Continúa en el Turno No. 12)...

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Transcriptor: Alfredo Alvariño C. El señor CHIRINOS SOTO.-(continuando)... de la opinión pública para que establezcamos la pena de muerte y la vigilancia de la opinión internacional que a veces hipócritamente nos adelanta reproches porque incumplimos o no el Pacto de San José. Digo hipócritamente, señor Presidente, sobre todo para el caso de los Estados Unidos, que no han firmado ni suscrito ni ratificado el Pacto de San José, pero que son los primeros en señalarnos con el dedo si imaginan que puede haber conflicto entre lo que nosotros digamos y el Pacto de San José. Yo tampoco comparto la tesis, señor Presidente, de que hayamos perdido a tal punto la autonomía de los poderes interno que no podamos legislar, aquí hemos tenido al señor Embajador don Antonio Belaunde Moreyra, autoridad en esta materia quien nos ha dicho que aún ampliando las hipótesis de la pena de muerte, o eliminando aquello de guerra exterior, no hay ninguna necesidad de denunciar el Pacto de San José, no estamos obligados a denunciarlo. En debate televisado, en un programa que yo conducía en el Canal 11 el Embajador Belaunde discutipo con el doctor Javier Valle Riestra, yo he querido y quiero que el doctor Valle Riestra venga a exponer ese punto a la Comisión, porque el punto de vista del doctor Valle Riestra es el siguiente: Que al ratificar, al entrar en vigencia para el Perú el Pacto de San José, estaba vigente la Constitución de 1933, cuyo artículo 54§ dice: "La pena de muerte se impondrá por delito de traición a la patria y homicidio calificado y por todos aquellos que señala la ley". De manera, señor Presidente, que moviéndonos en la órbita del artículo vigente de la Constitución vigente al tiempo de suscribir el Pacto de San José, nosotros podemos adoptar una posición prudente, señor Presidente. Yo apoyo como opinión y estoy dispuesto a apoyar con mi voto una fórmula tal que concilie nuestra soberanía interna y nuestro respeto a las normas internacionales. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente: Hemos escuchado dos posiciones que están a favor de la pena de muerte y buscan caminos distintos en función de lo que significan los tratados internacionales. Yo voy a sustentar mi oposición a la pena de muerte en cualquiera de sus términos, sostengo ésto por posición de principio. Sostengo que la pena de muerte es una violación del derecho a la vida y este es el primero de todos los derechos humanos, sostengo que el hombre no es dueño de su vida, la persona es un fin en sí mismo que no se disuelve en la sociedad, sostengo que la pena de muerte es mas venganza que justicia, no repara el daño hecho a la vida de otro, instaura "el ojo por ojo", responde al mal con el mal y no al mal con el bien, sostengo que la vida humana es inalienable, todo esto lo aprendí desde muy pequeño. Pero sostengo además que la pena de muerte produce un daño público, fomenta un tipo de relaciones sociales que son justamente las que necesitamos eliminar del Perú, es un tipo de relación social, una manera de resolver los conflictos eliminando al otro; creo que la ejecución en frio es un acto de violencia y genera mas violencia. Cómo podemos construir una cultura de paz si implantamos la pena de muerte, cómo podemos responder justamente al drama de estos trece años en los cuales se ha querido cambiar las cosas en el Perú implantando la muerte y el genocidio, cómo queremos responder a eso si no es afirmando los valores de la vida por encima de lo que significa adjudicarse el derecho sobre la vida de otra persona. La pena de muerte olvida a su vez que siempre hay responsabilidad social en la criminalidad de cualquier tipo de origen, y ciertamente no es sólo un acto de legítima defensa... (Continúa en el Turno N§ 13) COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

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TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor PEASE GARCIA.- _(continuando)_ responsabilidad social en la criminalidad de cualquier tipo de origen. Y ciertamente, no es sólo un acto de legítima defensa, no es lo mismo una muerte que se produce ante la defensa personal o ante la defensa de un cuerpo armado frente a otro. La "pena de muerte" es un acto en frío, donde alguien que ya fue detenido, se le elimina de la sociedad, se le elimina de la vida. Todos estos elementos me hacen ser sitemática y firmemente contrario a cualquier fórmula de "pena de muerte". Pero, además me hago una pregunta de fondo, qué gana la sociedad con la "pena de muerte"? La "pena de muerte" no es una amaneza ni genera miedo y menos aún en el terrorista, hay estudios sobre el pensamieto de Sendero Luminoso que muestra todo lo contrario, muestra una cultura de la muerte; a ellos no le impresiona, al contrario les ofrece la gloria, les ofrece el heroísmo, y eso es lo que se está fomentando al aplicar en mi opinión, la "pena de muerte". Por ptra parte, no sólamente en estos casos de terrorismo, los hechos no corroboran que la "pena de muerte" sea disuasiva, esto está expresado por ejemplo, en el sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito, ahí está demostrado con investigaciones hechas en diferentes partes del mundo. Y más bien creo que la "pena de muerte" nos deja la impresión de que se están tomando medidas firmes para solucionar un problema de fondo cuando por ahí no va la cosa, cuando son otras las medidas que hay que tomar. Si señor, yo puedo conprender, que frente al genocidio de Sendero Luminoso, muchos peruanos pidan la "pena de muerte", pero tengo el deber moral y político de decir lo que es mi verdad, de hacerlo aunque no sea popular; y sobre todo de tratar de convencer que por este medio, no resolvemos el problema de la violencia en el Perú. Aquí está una de las escencias de lo que ha sido siempre mi compromiso y mi razón de meterme en política, estoy para buscar la justicia y entiendo que la paz es obra de la justicia y no del odio o la venganza. Y creo que tenemos que revolucionar la sociedad y afirmar determinados valores, esta Constitución debiera afirmar esos valores y afirmarlos, además tomando en cuenta lo que es la experiencia reciente. Que Abimael Guzmán y la principal cúpula senderista, esté presa sin que se haya violado uno sólo de sus derechos humanos, es para mi parte de la autoridad moral para enfrentar a Sendero Luminoso, que pueda decirse, qué es mejor que éso, ponerlo frente al pelotón de fusilamiento? Es olvidar que lo único que haríamos sería dejarlos como heróes ante sus propios seguidores y hacer lo mismo con los que después de la vigencia de esta Constitución, sin ser los líderes máximos, reciban esa pena. Por todo esto, señor Presidente, expreso mi oposición personal y la del Movimiento Democrático de Izquierda, a toda fórmula que consagre la "pena de muerte", sostengo que por ese camino no vamos hacia la pacificación; sostengo que por ese camino, no vamos a crear la fuerza de una cultura de paz, que es justamente la respuesta que merece esta tremenda década que ha vivido el Perú en los 80. El señor PRESIDENTE.- Doctor Carlos Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Voy a referirme un poco los argumentos expuestos por quienes son abolicionistas para después pasar a sostener el punto de vista de quienes estamos a favor de la "pena de muerte". Y finalmente intentaré sostener una tesis relacionada con los mecanismos que cabe aplicar_ (CONTINUA EN EL TURNO - 14)

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CONSTITUCION - MATINAL Justo Frías López El señor FERRERO COSTA.- (Continuando)...de muerte. Y finalmente, intentaré sostener una tesis relacionada con los mecanismos que caben aplicar, al efecto de salvar la aparente dificultad que crea el Pacto de San José. Los argumentos fundamentales en contra de la pena de muerte, son sin duda de muy alta calidad. El primero, el valor de la vida, que según se sostiene, no puede ser despojado por un estado que no ha dado la vida a nadie; por consiguiente no se la podría quitar. El segundo argumento, igualmente valioso, que la aplicación de la pena de muerte puede caer en la condena de inocentes, dado que el márgen de error compatible con el ser humano, es perfectamente posible de ocurrir en una situación en la que producida la ejecución no hay manera de resarcir la muerte de un inocente. En tercer lugar, y este es el argumento contemporáneo y en mi opinión el más discutible, que la pena de muerte no tiene valor disuasivo. Este argumento, que la pena de muerte no tiene valor disuasivo, sin embargo es controversial porque a pesar de las exposiciones hechas sobre ese punto, los países que tienen la pena de muerta y que la mantienen desde hace muchos años, por ejemplo Estados Unidos, la razón fundamental es que sí están convencidos que tiene valor disuasivo. Es decir, si alguien dice no tiene valor disuasivo, con igual fuerza se puede decir sí la tiene, porque quienes la mantienen, esa es la razón fundamental porque la mantienen: Su valor disuasivo. El cuarto argumento en contra de la pena de muerte es que niega la posibilidad de la rehabilitación, como que condena al ser humano a su incapacidad para poder reconvertirse en un sujeto útil. El quinto argumento, ya explicado, que de alguna manera no repara, porque conmo la vida es en realidad absolutamente insustituible, una vez que se pierde no hay reparación frente a la pérdida de la vida y no tendría sentido tratar de repararla con un castigo que se la quita otro. El hecho de la implicancia que tiene la pena de muerte sobre una cultura de la violencia, es un problema que no es posible tratar en los diez minutos que se me ha concedido, por ese motivo voy a relevarme para pasar a los argumentos a favor de la pena de muerte que me parece importante que se tengan presentes. En primer lugar, sobre el valor de la vida, que es el argumento más importante, sostenemos quienes a pesar de ser católicos aprobamos la pena de muerte, que aquel que está dispuesto a quitar la vida de otro pierde el derecho a su propia vida. Al perder el derecho a su propia vida, es reemplazado por quien aplica un castigo; y la aplicación del castigo más duro como castigo, es perder lo que uno más quiere, que es la vida propia. En segundo lugar, el castigo debe tener como sanción un tamaño similar a la naturaleza del hecho que ha producido la falta grave, y no hay y no puede haber castigo más grande que perder la propia vida. El señor PRESIDENTE.- Tiene un turno adicional doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Gracias señor Presidente. Al establecerse que uno pierde la propia vida, se sabe que es el castigo máximo que puede existir como castigo; y que es lo más proporcional que puede encontrarse en relación a la gravedad de la falta. No hay castigo más grande aunque hay quienes dicen, prefiero morir que vivir diez años en Lurigancho; eso dicen, eso dicen. Pero si hoy a cualquiera de le pregunta, mueres o te vas diez años a Lurigancho? Todos dicen, me voy diez años; o sea, dicen, dicen preferiría morir que estar diez años en Lurigancho, pero a la hora de la verdad nadie en un instante se despoja libremente de su vida; no es lo normal. En tercer lugar, no hay una manera justa, no existe una manera justa de reparar una vida, no existe, no es posible. De tal manera que si eso es cierto, no se trata en realidad de una por otra porque no hay otra que sustituya la propia vida, ni siquiera la muerte de alguien reemplaza la vida de otro que ha fallecido; porque como todos son distintos y cada vida tiene valor sobre todo para aquel que la posee, una vez perdida por el que la tiene ninguno otro la va a reemplazar. Pero lo más importante de ese argumento contemporáneo al que he referido anteriormente es sobre el amedrentamiento... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 15 )

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Jorge Anamaría El señor FERRERO COSTA..(continuando)...por el que la tiene ningún otro la va a reemplazar. Pero lo mas importante de ese argumento contemporáneo al que me he referido anteriormente sobre el amedrentamiento, la verdad es que, si bien es cierto que en algunos casos -en algunos casos que yo estimo son minoritarios- el amedrentamiento no tiene el valor disuasivo que se estima, en la gran mayoría sí la tiene. Yo me quisiera referir a un caso que es muy actual de la Ley del Arrepentimiento. Conforme a la Ley del Arrepentimiento la persona que es capaz -digamos- o sea que dice "yo voy a confesar lo que he hecho y a cambio de eso voy a poder salir y reincorporarme a la sociedad" sobre él hay un peso moral, o sea, hay una razón que ocurre en su cerebro por la cual él tiene que escoger, mantenerse amenazado por Sendero de que si se va muere o aplicarse a la Ley del Arrepentimiento y reincoporarse a la sociedad, él tiene que valorar los dos elementos que están en una balanza y escoge uno de ellos, que al final en el fondo es "si tú no te arrepientes te aplicarás a todas las consecuencias que implica mantenerte fuera de la legalidad"; o sea, la disuación incluso tiene validez dentro de la propia Ley de Arrepentimiento. O sea, la disuación sí es un factor evidente de la sociedad que yo reconozco se aplica mucho mas a determinados elementos con problemas psicosociales y al terrorismo común, a la delincuencia común que a la delincuencia terrorista. En quinto lugar, existe la legítima defensa y es que, uno tiene que recurrir a los métodos que estén a su alcance para poder salir al frente de lo que es una amenaza que escapa a tu capacidad normal de defensa. Entonces, la pena de muerte es también una legítima defensa de la sociedad que no tiene otras maneras visibles y eficaces de poder sostener la aplicación de un estado de derecho, un mantenimiento de normas y se ve obligado a recurrir a medidas extraordinarias de esta naturaleza. Si bien es cierto, que estar a favor de la pena de muerte tiene una contradicción con ser defensor de la vida, en el fondo este argumento como muchos otros no es mío, fue mencionado con mucha lucidez por el Padre Imperdonato, sacerdote católico, con mucha lucidez digo, en una exposición amplia que ahora no puedo mas que resumir, decía él "que cuando uno está dispuesto a tomar la vida de otro, como castigo por haber alguien apropiado de la vida ajena", en el fondo está defendiendo la vida de todos aquellos que todavía están vivos. El señor PRESIDENTE.- Doctor Ferrero. Se venció su segundo turno, Le voy a agradecer que sintetice su planteamiento. El señor FERRERO COSTA.- En consecuencia, el aplicar la pena de muerte es defender la vida de todos los que todavía están vivos y que pueden morir si no hay pena de muerte, es decir, la pena de muerte resulta también una herramienta para mantener la supervivencia de los que están vivos, porque de no existir la pena de muerte, los que están vivos tienen mucho mayores posibilidades de morir en manos de aquellos que los van a matar. Señor Presidente, yo sostengo además, que la pena de muerte no es una cosa permanente en todos los tiempos ni en todos los países; depende un tanto de las circunstancias que cada uno vive. A mi me gustaría que no hubiese pena de muerte. Defenderé eso si las circunstancias fueren distintas, pero en esa etapa me parece necesario como un instrumento que defiende a la sociedad de los graves males que en este momento la amenaza. Reservo para una oportunidad posterior el problema del Tratado de Costa Rica a fin de no excederme del tiempo que me ha sido concedido. El señor PRESIDENTE.- La doctora Martha Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Sí, señor Presidente. Me voy a limitar a referirme al supuesto de aplicación de la pena de muerte para el delito de terrorismo, por cuanto, creo que respecto a los delitos de traición a la patria ya ésto está zanjado, está establecido en la Constitución del año 1979 y no veo razón por la cual debe eliminarse ese presupuesto. Estamos, creo, tratando de ver en la posibilidad de aplicar esta misma pena a los casos de delito de terrorismo. Yo debo decir ... (SIGUE EN EL TURNO 16) COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93

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Transcriptor Julio Vera Barreto La señorita CHAVEZ COSSIO.- (Continuando)... trantando de ver la posibilidad de aplicar esta misma pena a ambos casos del delito de terrorismo. Yo debo decir y en esto quizás me refiera a los argumentos que ha dado el doctor Pease, porque es el que ha sustentado hasta este momento una posición contraria que nosotros particularmente la que habla; sostiene la necesidad de la aplicación de la pena de muerte precisamente porque cre en el derecho a la vida, y precisamente porque creo en el derecho a la vida de todos los seres humanos, admito que la sociedad pueda tomar legítimamente medidas extremas de protección contra aquellos que se han puesto en contra de ese derecho a la vida, de los ciudadanos de un país o de los integrantes de una sociedad. Existen en el Perú, personas que manifiestamente declaradamente, se han puesto en contra, no solo de la sociedad en su conjunto, si no de cada uno de los individuos que lo integran, y es así que han atacado no solamente la propiedad, los bienes del Estado y han afectado tan enormemente la economía de regiones completas y han causado el desarraigo y el desplazamiento de centenares de miles de peruanos, sobre todo de aquellos peruanos que por sus razones, culturales, tecnológicas están muy arraigados a su tierra, y sin embargo, estos individuos, estos poco delincuentes terroristas, han afectado estos cientos de miles de personas. Pero además estos delincuentes, han afectado el derecho a la vida de 25 mil personas, les han quitado el derecho a la vida, yo creo que el actuar de los delincuentes terroristas, es un actuar desde todo punto de vista cobarde. Yo les diría cada muerte que ellos han producido, no es ninguna victoria. Una victoria sería cuando rebele actos de valentía, pero es la cobardía más grande agazaparse y esconderse y acechar a una presa y cuando se logra obtener esa presa, luego del acecho, eso no es victoria. Siempre cuando alguien decía, acechar a alguien, perseguir a alguien lo va conseguir, porque por más medios, de legítima defensa de esa presa se ubiere procurado, va tener algún momento de descuido, algún momento de flaqueza que va ser aprovechada por la cobardía de quienes agazapados en la oscuridad en la sorpresa, están permanentemente observándola. Creo que son actos de legítima defensa de la sociedad, a los que esta obligada a la sociedad para defender el derecho a la vida de sus integrantes; el tomar medidas extremas. Y estas medidas extremas como en el caso que estamos tratando de la pena de muerte, no es una venganza, si fuera una venganza, tendriamos que matar 25 mil veces o proporcionalmente a cada uno de estos delincuentes. Creo que no es venganza, lo que se esta buscando con una medida con la pena de muerte, tampoco es una sanción penal como las que normalmente existen que buscan en todo caso disuadir a la persona a la que se aplica la pena para que enmiende su conducta y no vuelva reincidir en una acto así. En este caso se trata de una pena extrema, que es una medida de protección, que la sociedad toma para eliminar aquellos elementos de la sociedad que se han puesto en contra de ella y que manifiestamente han declarado su no voluntad de respetar el derecho de la sociedad y de los individuos. Por lo tanto considero que no estamos, afectando ningún principio, ni ningún concepto fundamental y es así que por ejemplo la Iglesia Católica, y las iglesias cristianas, admiten la posibilidad de la aplicación de la pena de muerte y dejan en libertad de conciencia a cada uno de sus integrantes para decidirse por esta medida. No es ilícito ni moral para los católicos ni los cristianos, el decidirse por esta pena extrema. El señor PEASE GARCIA.- Una interrupción doctora. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Me pide señor Presidente una interrupción el doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- He querido citar, que mi expiración de mi pensamiento es la propia iglesia, donde hay posiciones en un sentido y en otro, en ese sentido hay quienes dentro de la iglesia católica, y dentro de las iglesias cristianas pensamos que no es lícito y hay quienes piensan que es lícito, creo que eso es lo que debe quedar claro. (Continúa en el Turno N§ 17)

Turno No.l7. CONSTITUCION lO.O6.93.

Matinal Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor PEASE GARCIA HENRY...(continuando)...En ese sentido hay quienes dentro de la Iglesia Católica y dentro de las Iglesias Cristianas pensamos que no es lícito y hay quienes piensa que es lícito; creo que eso es lo que debe quedar claro. La señorita CHAVEZ COSSIO MARTHA.- No he dicho nada en contrario doctor Pease. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Yo invoco los precedentes, cuando a Juan Pablo II lo intentan asesinar, él no pide la Pena de Muerte sino lo perdona, ese es la práctica de la Iglesia que es muy distinta a las discusiones más intelectuales entre teologías diferentes. El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Señor Presidente, justamente los católicos -y entiendo que los demás cristianos- estamos autorizados para opinar en uno u otro sentido; inclusive los teólogos mas destacados de la Iglesia Católica como Santo Tomás de Aquino, piensan que sólo Dios puede decidir sobre la vida; pero que la autoridad civil legítima representa a Dios; y San Agustín -desde luego- conocemos su fórmula que dice que "en lo que es de fe, unidad; en lo que no es de fe, en lo opinable, libertad y en todo caridad". Lo cual, debo decir, perdone que aproveche esta intromisión, doctora, debo decir que el tema de La Pena de Muerte, a mí siempre me sume en profunda angustia, es un tema que me angustia, es un tema en el que no estoy tranquilo, cualquiera que sea la determinación que adopte. Muchas gracias. La señorita CHAVEZ COSSIO MARTHA.- No he señalado cosa distinta; precisamnte he dicho que hay libertad para los católicos y para los cristianos en este tema, precisamente porque hay el convencimiento de fondo de que no se afecta el derecho a la vida, porque si se afectara de principio el derecho a la vida aplicando la pena de muerte, de seguro que el Magisterio de la Iglesia, no lo hubiera admitido y tendríamos en este momento que acatar como en muchos otros temas, una decisión de parte del Magisterio de la Iglesia. Por tanto, señor Presidente, estimo que de auerdo, recogiendo la situación del país, y sabiendo que estamos legislando para el Perú de hoy, buscando que se resuelvan sus problemas fundamentales, considero que debe establecerse la posibilidad de aplicar la Pena de Muerte para los casos del terrorismo. Evidentemente esta medida tiene que ser una medida muy restringida para aquéllos que decididamente sean cabecillas de estas organizaciones terroristas, para aquéllas que formen parte de estos pelotones de aniquilamiento, para aquéllas que hayan participado y sean responsables de graves daños a las personas y a los bienes de la sociedad. Mi parecer, señor Presidente, es porque se incorpore en la Constitución la posibilidad de aplicar la Pena de Muerte para los casos de terrorismo. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Señor Barba Caballero, puede hacer uso de la palabra. El señor BARBA CABALLERO JOSE.- Señor Presidente, todos aquí respetamos profundmente las actitudes y los aportes del doctor Gonzalo Ortiz de Zevallos, pero su interpretación no sólo es arbiraria e inaceptable, sino también como bien ha sido dicho aquí, nos pondría al margen de la civilizacion. Por estas razones creo que va a ver unanimidad en lo que se refiere al rechazo a esta curiosa interpretación, no?. En lo referente al tema en sí, debo decir que la declaración de principios de Henry Pease, un poco que me ha hecho recordar un sabroso diálogo de los discípulos de Lao Tse y Confucio, Lao Tse que era el filósofo de la paz, chino, pregonaba que "al mal había que responderle con el bien", y entonces le preguntaron a Confucio, dice Lao Tse que al mal debe responderse o pagarse con el bien; y Confucio preguntó y con qué debe entonces pagarse al bien?, no dijo, mejor es "al bien responderle con el bien y al mal con la justicia" o dicho de otra manera con la fuerza de la ley, del palo o de la espada"; respuesta impecable y verdadera que es un poco que la se ha impuesto en el munto contemporáneo... (Sigue turno No.l8).

T-18 10-06-1993

COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL) Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR El señor BARBA CABALLERO...(continuando)... y al mal con la justicia, o dicho de otra manera con la fuerza de la ley del palo o de la espada, respuesta impecable y verdadera que es un poco la que se ha impuesto en el mundo contemporáneo, que se sepa Lao Tse no dijo ni pío, con lo que se demostró que no sólo era un hombre inteligente sino también muy sabio aunque de cuantía menor. Ahora, creo señor que este es un tema que hay que plantearlo con mucha delicadeza y cada quien tiene aquí que expresar sus puntos de vista con absoluta veracidad, en lo que a mí se refiere, mi posición es eminentemente pragmática, si yo creyese que con la pena de muerte vamos a solucionar el problema del terrorismo estaría a favor de ella, pero yo creo que la pena de muerte es efectivamente un incentivo para la lucha terrorista e incluso una especie de galardón preciado para ellos, por eso mi oposición. Además señor Presidente, hay un argumento que ha expresado con toda claridad el doctor Ferrero, que es el de la posibilidad de ajusticiar inocentes. Todos aquí sabemos perfectamente que a pesar de las muy buenas intenciones de nuestra Policía Nacional, el método que ellos tienen para obtener declaraciones de culpabilidad, no es otro que la tortura, no es otro -en todo caso- que el chantaje emocional y hay múltiples cantidades de inocentes que se ven obligados mediante estos métodos a aceptar culpabilidades, todos sabemos aquí que la mayoría de estos ciudadanos terminan en los Tribunales Militares, y un Tribunal Militar no juzga, castiga. Por otro lado, la mayoría de ellos son de una incompetencia aceptada -creo- por todos los profesionales peruanos, y esta es una razón muy de fondo para meditar muy en serio el tema de la pena de muerte. Ahora, yo creo que lo que el gobierno debería de hacer sobre este tema es seguir trabajando en algo que realmente está haciendo bien, que son sus éxitos en la estrategia antiterrorista, creo que el gobierno debería de trabajar mejor en el frente policial, darle cierto status, cierta dignidad, mejores armas, mejores instituciones para que puedan servir de una manera más eficiente a la sociedad peruana. Creo que no deberíamos darle tanta independencia a las Fuerzas Armadas en las zonas de emergencia y deberíamos de idear algunos mecanismos de control, porque el terrorismo hace lo que se conoce como "la guerra de la pulga", es decir, pica o golpea al gobierno o al estado donde más le duele para obligarlo a responder como un orangután y así ataque a gente inocente, luego regresan ellos y les dicen a las víctimas "eso es lo que llaman democracia, eso es lo que llaman libertad, nosotros somos la solución" esa es la técnica terrorista, de ahí que el estado tiene que responder con mucha inteligencia, debe de trabajar, debe de seguir trabajando en los medios de comunicación masiva, todos nosotros sabemos que para el terrorista nada es más importante que los medios de comunicación masiva, muchas veces jugando inconscientemente al espectáculo del terror. Yo soy un convencido, por ejemplo, que el verdadero peligro con el que el terrorista se enfrenta es con el de ser ignorados, es con el de no recibir suficiente publicidad, y sobre todo con el de enfrentarse con enemigos dispuestos a todo y a no negociar jamás, aunque el precio sea muy alto. Y creo, señor, que la gran victoria contra el terrorismo, va a depender fundamentalmente de la participación ciudadana, contra todo lo que se cree, el terrorista es altamente vulnerable, necesita un techo sobre su cabeza, pertrechos, alimentos, algunas personas conocerán su paradero y otras lo sospecharán, de ahí que una campaña de incentivos a la población como se viene implementando, y además de eso un grado de conciencia más elevado de la población, significará una victoria definitiva contra el terrorismo. Yo creo que lo que se debe hacer es básicamente esto, afinar la estarategia antisubversiva y estaremos dando un paso gigantesco en lo que se refiere a la eliminación de esta lacra social. Por otro lado, pienso que para hacer justicia no es necesario dar la vuelta y regresar a métodos primitivos y que en la práctica no han resultado eficaces como la pena de muerte. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias. Doctor Róger Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, cuando debatimos en 1978, 1979 la Constitución actualmente vigente, la posición de quien habla... (continúa en el turno 19)

T. 19 Com. Const. (Mat.) 10.06.93

Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado El señor BARBA CABALLERO.- (CONTINUANDO)... de muerte. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, doctor Roger Cáceres. Elseñor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Señor Presidente, cuando debatimos en 1978-79 la Constitución actualmente vigtente, la posición de quien habla respecto de este tema, se expresó en el sentido de que procedía la pena de muerte para los casos de los asesinatos con ferocidad, siempre que con el voto de la mitad más uno de los miembros de la Corte Suprema, fuese acordada esta suprema sanción. Esta fue una posición personal, porque como Partido no llegamos a optar una posición final definitiva sobre el particular, desde entonces "han pasado muchas aguas por debajo del puente de la historia". Hemos visto en el Perú desarrollarse una situación de violencia, ciertamente inaudita, con el costo de la vida de númerosos peruanos y con el ingente destrozo que se ha producido en este país en el que hay tanto por hacer y en el que hay desgraciadamente escacéz de recursos para hacer lo que falta. A estas alturas señor Presidente, debatiendo la nueva Constitución del Estado, yo llego a las siguientes conclusiones: Qué cosa dice el artículo primero de la Constitución vigente todavía? Dice: "La persona humana es el fin supremo de la Sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de protegerla y de respetarla" Y en el artículo segundo dice: "Toda persona tiene derecho a la vida" Toda persona. Puede señor Presidente observarse de la lectura de estos textos constitucionales, que son de carácter absoluto, no admiten exclusión dice "Todos tienen el deber de respetarla y protegerla" Todos, el ciudadano, la autoridad, todos y toda persona tiene derecho a la vida, no se dice "con excepción de". Son disposicones señor Presidente Apodícticas, axiomáticas, de una fuerza legal concluyente. En la nueva Constitución que estamos aprobando señor, sobre la huella de lo anterior se ha dicho: "La defensa de la persona humana y respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado" Todos tienen la obligación de proteger y promover a la persona, toda persona tiene derecho a la vida. Señor, tanto en la Constitución vigente como en la que estamos preparando, hay pues un supremo compromisio de todos en relación con la persona y con la vida de la persona, gravitan sobre mi espíritu señor, estas consideraciones, al tratar del Poder Judicial, en el artículo 234 de la Constitución vigente hemos dicho que la finalidad de la pena es la reeducación, la readaptación de las personas que hubieran delinquido. El señor CHIRINOS SOTO.- Perdón una interrupción señor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Con la venia del señor Presidente y rogándole que sea brevísimo porque el tiempo es estrecho. El señor CHIRINOS SOTO.- Ya le he dicho, es que ese artículo en el que decía que todos tienen derecho a la readaptación, precísamente yo observé que era incompatible con la pena de muerte que se venía y por eso ese artículo ha quedado en suspenso, y era incompatible con la cadena perpétua, porque el que está condenado a cadena perpétua no tiene ninguna esperanza de readaptarse. El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- No pienso que haya usted ha sido brujo sino prevenido, en efecto así ha sido lo que hemos acordado, o sea que el artículo 234 , en la versión que tendría la nueva Constitución, ese asunto no ha quedado descartado sino simplemente relegado para que cuando decidamos este debate y yo por lo pronto señor Presidente me anoto dentro de quienes van a defender una constitución igual a la contenida en el artículo 234. Pido al señor Presidente que por equidad me permita unos minutos más. Luego señor yo creo que desde el punto de vista de la escencia de la persona humana, cómo pueden unas personas decidir sobre la vida de otras, siendo esta vida lo más preciado que tiene aquella persona, creo que no hay potestado humana que podría arrogarse ese derecho... (Continúa en el Turno No. 20)...

T-20 (Mat.) 10-06-93

Transcriptor: Alfredo Alvariño C. El señor CACERES VELASQUEZ.-(continuando)... sobre la vida de otro siendo esta vida lo mas preciado que tiene aquella persona, creo que no hay potestad humana que podría arrogarse ese derecho, creo que además debemos percatarnos de lo que ocurre en nuestro país, nosotros somos algo singular dentro del globo terráqueo, somos un pueblo no integrado, dos tercios de nuestra población se debaten todavían dentro de una inintegración cultural por responsabilidad de los gobiernos que hemos tenido que sistemáticamente han fracasado en la trea de construir la Patria. De otro lado, señor, creo que a estas alturas discutir de la pena de muerte, cuando el gobierno está diciendo que ya estamos ganando, que falta poquito para que venzamos del todo, ya se acerca 1995 que es la fecha señalada para decir terminó la violencia en el Perú, por supuesto que la violencia organizada, sistemática, siempre habrá violencia en las muchas formas que lo tolera la vida humana, pero la violencia sistemática utilizada como método político para lograr el poder, esto tiene según los propósitos del gobierno y que se vienen cumpliendo y en ese sentido la ciudadanía ha aplaudido al gobierno por los resultados que se vienen produciendo.. El señor CHIRINOS SOTO.- Me permite una interrupción. El señor CACERES VELASQUEZ .- Si, siempre rogándole que sea brevísimo. El señor CHIRINOS SOTO.- Ya sabe usted, señor Cáceres, que yo le hago caso en todo. Corroborando lo que usted dice, el clamor de la opinión pública por la pena de muerte ha cedido, porqué ha cedido, porque la gente pensaba en aplicar la pena de muerte a Abimael Guzmán, como ya está preso y como no se le puede aplicar retroactivamente porque también Abimael Guzmán tiene derechos de persona humana, yo creo que ese clamor ha cedido. El señor CACERES VELASQUEZ .- (Prosiguiendo) Si esta medida hubiera sido propuesta en 1980, 85, hubiera sido quizás comprensible, porque se veía venir una situación mucho mas, infinitamente mas difícil que la que vivimos ahora, pero, a esta altura de los tiempos que pensemos en aplicar la pena de muerte es como, dice un viejo refrán: "después de corpus altares" ya está pasando la procesión, a qué vamos a armas ahora los altares, yo creo que llegamos tarde debió haberse hecho si lo hubieran deseado algunos en los cambios de Constituciones pertinentes en su oportunidad, no ahora cuando es demasiado tarde. Yo creo que la inclusión de la pena de muerte va a agregar un tono oscuro mas a la nueva Constitución, cuyo marcado carácter conservador y en el decir de algunos reaccionarios no va a darle larga vida, la marcha del mundo es hacia el desarrollo, hacia la paz, hacia la integración cultural, hacia la armonía de todos los seres humanos, esa es ya la deliberada orientación de todo el mundo, de sus instituciones mundiales y estatales; por consiguiente, señor Presidente, a estas alturas insistir en aquello que es acento negativo yo creo que no es lo conveniente. De otro lado, como ya lo han dicho algunos, creo -ya concluyendo- que los precedentes, lo que ha ocurrido, no es precisamente aleccionador, yo he estado en los Estados Unidos hace poco, preocupándome sobre este problema, y creo que eso no es aleccionador, la criminalidad en nada forma, acá tenemos la criminalidad de la violencia, del terror, pero allí la criminalidad en otras formas mounstruosas y que a diario se producen y la pena de muerte funciona, qué resultados? no hay resultados positivos a estas formas de criminalidad. En conclusión, señor Presidente, ante esto, yo creo que lo procedente sería mas bien que guardemos silencio, en particular yo propongo como una cuestión previa que no hablemos sobre la pena de muerte en la Constitución, que lo dejemos en todo caso a la ley para que justamente la vigencia de esta Constitución no tenga que ser puesta en conflicto cuando se tenga que decir sobre el particular, aparte de lo que hemos dicho, de lo que hemos aprobado ya, suficiente, con esa luz podemos proceder. El señor CHIRINOS SOTO.- Permítame intervenir. El señor CACERES VELASQUEZ .- Con la venia del señor Presidente. El señor CHIRINOS SOTO.- Simplemente, señor, para en vía de interrupción decir que apoyo la cuestión previa que propone el doctor Cáceres Velásquez, el silencio de la Constitución. El señor CACERES VELASQUEZ .- He concluído, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el señor Ysisola. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente: Primeramente quisiera empezar como apreciación personal, para mi, en qué casos se debería de aplicar la pena de muerte y voy a sustentar las dos posiciones que serían solo que no hay pena de muerte sino por traición a la patria en casos de guerra y por homicidio calificado, y cuando hablo de homicidio calificado quisiera que se diferencie entre homicidio calificado y homicidio simple, la misma ley penal... (Continúa en el Turno N§ 21) COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

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TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor YSISOLA FARFAN.- _(continuando)_ homicidio calificado; y cuando hablo de homicidio calificado, quisiera que se diferencie entre "homicidio calificado" y "homicidio simple"; la misma Ley penal define el homicidio calificado por explosión que ya estaría inmerso, inclusive el terrorismo y no necesitaríamos ni siquiera mencionar el terrorismo en sí, porque nosotros debemos aplicar un derecho penal de acto por los actos que comete la persona, cualquiera sea su ideología; pueden ser militares, policías, civiles o personas que tengan una ideología. El derecho penal se aplica por el acto que cometen más no un derecho penal de autor porl o que es la persona; también habla que es por fuego, por veneno y por alebosía. Por qué digo diferenciar entre homicidio calificado? Porque yo creo que por homicidio simple no se debe aplicar porque nadie está libre de ser un homicida circunstancial, ocasional, llevado por una emoción violenta. De repente una ilustración, el marido que sorprende a la esposa con el amante y mata a los dos amantes. En este caso hay que saber diferenciar entre el homicidio calificado. Ahora, hay muchos argumentos que se dan en contra de la "pena de muerte", como uno que dice que la "pena de muerte" no disuade, o sea no influye temor en el asesino; y le doy la razón a ese argumento a los abolicionistas, porque en realidad el asesino ya no teme, el asesino a través de la historia si nosotros vemos, no temen. Un ejemplo clasíco, es esos dos asesisnos que están al lado de Cristo, cuando uno le dice al otro asesino -tú ni aún temes estando al borde de la muerte-. Entonces, yo pienso que para el asesino ya no lo detiene porque el asesino sabe que el que va tras del mal, va a la muerte; el asesino sabe que el pago justo que le corresponde por parte de la sociedad, es la muerte. Es por ello, que muchos asesisnos llegan incluso al extremo de invitar a su ejecución en muchos países que se han dado. Pero al que está iniciándose recién, ése si teme; a ése si lo detienen, es el caso como dicen -no cumple ningún efecto-. Una ilustración que pone un tratadista argentino Safaroni; él dice con esta lógica que durante cincuenta años la "pena de muerte" en Argentina sólo se ha aplicado una decena de veces; y es por ello que llega a la conclusión de que no cumple ningún efecto. Pero, yo pienso lo contrario, señor Presidente. Pienso que si en cincuenta años sólo se ha aplicado una decena de veces, es porque se ha cumplido un efecto, lo contrario sería que dijese -se ha aplicado mil, dos mil veces-. Quizás podría darle la razón y decir -sí, tiene razón, no cumple ningún efecto-, pero nos damos cuenta que sí ha cumplido un efecto porque son pocas las personas que han pasado ese límite que la Ley pone para llegar al asesisnato. Acá en el Perú mismo, nosotros podemos analizar cuando ha estado en indigencia la "pena de muerte", son pocas las veces que se ha aplicado legalmente, pero desde el momento que se ha quitado son miles las ejecuciones extrajudiciales que se están dando en nuestro país. Hay otro argumento que nos habla de que la "pena de muerte" dice "desvaloriza la vida humana", ese es el criterio humanista, el **pietismo** de nosotros que nos lleva a considerar a personas de sentimientos tan nobles, no los lleva justamente a tener piedad de los asesinos. El señor PRESIDENTE.- Su tiempo se ha vencido, sírvase sintetizar. El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente, un argumento sería de que justamente quiénes verdaderamente desvalorizamos la vida humana somos aquellos legisladores, prácticamente somos aquellos legisladores que a una víctima inocente de asesinato; o sea, prácticamente valorizamos la vida del asesino. Nosotros desvalorizamos la vida humana justamente cuando al asesino_ (CONTINUA EN EL TURNO - 22)

T.22. 10-06-93 Anexo: 172

COMISION DE CONSTITUCION Transcriptor: Justo Frías López El señor YSISOLA FARFAN.- (Continuando)...valorizamos la vida del asesino. Nosotros desvalorizamos la vida humana justamente cuando al asesino nosotros lo mandamos a prisión, valorizando la vida de esa víctima como si hubiese sido la del valor de un bien inmueble o mueble. Justamente nosotros desvalorizamos la vida humana, en cambio el creador de la vida sí valoriza la vida humana en su verdadera dimensión: La vida por la vida, dice. Entonces, Dios sí valoriza la vida humana en su verdadera dimensión. Y quizás este es un tema muy amplio que no voy a poderlo sustentar en este momento, pero quisiera agarrar sólo una cosa y que se me permitiera terminar, porque creo que es una inquietud que todos tenemos; y le he preguntado a muchos profesores, a muchos tratadistas: Qué potestad tiene el hombre de quitar la vida a otro hombre? Esa es la gran inquietud -creo- de todos los cristianos: Si el hombre tiene la potestad de privar la vida a otro hombre. Señor Presidente, si nosotros vamos a los argumentos bíblicos, vamos a encontar que sí Dios da esa potestad. Hay que diferenciar entre la posición que la Biblia nos dice y la posición que las iglesias dicen, que son cosas diferentes. La Biblia nos habla que Noé cuando sale del Arca, Noé está representando a toda la humanidad, Dios le dice: "El que desrramare sangre del hombre por el hombre su sangre será derramada, porque a imagen de Dios es hecho el hombre." El único principio para permitir la pena de muerte sólo es que siempre haya derramamiento de sangre inocente; por eso yo soy de la lógica que así un terrorista derribe diez, veinte, treinta, cincuenta torres, si no ha privado la vida de una sola persona, no tenemos el derecho de quitarle la vida. Pero basta que prive la vida de personas, ya él mismo se la está privando. Entonces, Dios es el que delega esa autoridad no al pueblo de Israel, se la delega justamente a la humanidad representada en Noé; después le delega al pueblo de Israel cuando dice: "El que matare debe de morir". Es por eso que debemos definir bien, que cuando Dios dice no matarás, lo que quiso decir es, no cometerás homicidio. Cometer homicio es muy diferente y matar es una cosa muy diferente. Yo puedo matar a un peatón suicida que se me cruza pero por ello no soy homicida, porque no tuve la intención de hacerlo. Inclusive se llega al extremo que habían lugares de refugio para aquellas personas que mataban sin intención; en la Biblia. Quizás alguno dirá, pero eso fue antiguamente, eso fue dado antiguamente. Pero qué hay del Nueve Testamento, qué hay cuando viene Cristo; ahí ya no lo vuelve a mencionar. Pero, señor Presidente, si nosotros analizamos, justamente un ejemplo que podría ilustrar es este: Cuando Jesús estaba al frente de Pilato. Pilato le dice a Jesús: Qué no sabes que tengo potestad de crucificarte. El señor PRESIDENTE.- Se han vencido los dos turnos señor Ysisola. El señor YSISOLA FARFAN.- Termino, señor Presidente. Le dice ¨Que no sabes que tengo potestad de crucificarte y que tengo potestad de dejarte el libertad? ¨Qué le dijo Cristo? Acaso Cristo le dijo, no, no tienes ninguna potestad; no. Le dijo: "Ninguna potestad tendrías si no te fuere dada de arriba". Cristo reconoció esa potestad que tiene una autoridad, más no como venganza personal, sino siempre y cuando esté investido de una autoridad. Señor Presidente, quizás en otro momento podré sustentar esto. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Doctor Tord Romero. El señor TORD ROMERO.- Señor Presidente, muy brevemente quiero transmitir mi sentimiento en el sentido de que, ojalá sea así, prime la prudencia en esta meditación tan importante sobre un tema crucial. Prudencia que le debe de seguir a la natural cólera que desata la privación de la vida de parte de quienes practican lamentablemente el terrorismo. Yo pienso que no deberíamos aprobar la pena de muerte para estos casos. El Perú a atravesado trece años largos de dolor y de sangre; y creo que el Estado debía tener la suficiente serenidad a estas alturas, la entereza y la prudencia para poder controlar una actitud similar... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 23 )

T-23- Mat. COM.CONSTITUCION. 10-6-93

Transcriptor: Jorge Anamaría El señor TORD ROMERO..(continuando).. el Estado debía tener la suficiente serenidad a estas alturas, la entereza y la prudencia para poder controlar una actitud similar, precisamente, a las que tienen los que han practicado esta desgraciada violencia que ha eliminado y ha sumido en la tragedia a tantas familias y compatriotas. Me parece inconveniente políticamente, señor Presidente, la decisión a favor de la pena de muerte, me parece prudente evitarla. Creo, señor Presidente, que el respeto que se merece el magisterio de la iglesia -ya ha subrayado en varias ocasiones en el transcurso de las intervenciones anteriores, ha sido bastante claro en lo que se refiere al fuero personal, al fuero personal a la conciencia de cada cual- y por otro lado, quisiera decir también algo que no puedo dejar de decir, señor Presidente. La preocupación profunda que siempre me causó mirar a esos terroristas capturados que en muchos casos están muy lejos de tener la formación que tienen otros que indujeron a esos terroristas a la tragedia. Me fastidia los hipócritas, los cómplices y aquellos que sabiendo más alimentaron desde su silencio o desde sus cátedras la teoría de la violencia en la historia y que después de hacer en la pizarra esas teorizaciones, no se atrevieron ellos mismos a llevar adelante lo que predicaban y hemos tenido que ver la larga procesión de gente modesta, nacida en la pobreza seguramente, nacida en circunstancias en que podríamos entender sus profundos conflictos personales trasladados al enfrentamiento en la sociedad. No puedo callar, señor Presidente, en esta mesa entonces, el hecho que tenemos que recapacitar muy seriamente, en que muchas de las causas de la violencia cuya consecuencia ahora lamentamos, está en gente que tiene la formación suficiente, la lucidez suficiente como para saber muy bien que en los últimos años ello ha sido causa de una desdichada interpretación del curso de la historia y de una aplicación amoral del sistema de interpretación de la misma, haciendo de ello un mecanismo intelectual falto de vida, de amor y de caridad y puesto en el aire como esos castillos vacíos, pero que sin embargo han suscitado todo aquello que estamos preocupados hoy por ver. Ese aspecto es uno de los más que quería solamente subrayar y como no se había hablado, me permití hablar señor Presidente de eso, de quienes son causantes de alguna forma intelectualmente de estas cosas y que ahora están tranquilos, mirando de lejos o con pequeños problemas de conciencia, pero que no tienen el drama ni la tragedia de los que sí realizan las cosas que se suscitaron. Por eso, señor Presidente, quiero entender que esta Mesa pareciera estar tendiendo -ojalá- hacia la no aprobación de la pena de muerte, hacia la comprensión muchas veces difícil que tiene que tener el Estado sobre estas cosas y el esfuerzo que tenemos que desarrollar en nuestra sociedad y cada uno de nosotros por rehabilitar con paciencia, con entereza y valor a aquellos que sinceramente creemos que están equivocados y que deberían volver otra vez al seno de la civilización, el orden dentro de nuestra sociedad. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- El señor Matsuda. El señor MATSUDA.- Señor Presidente: Un aspecto esencial sobre la pena de muerte es dilucidar si ésta es por esencia lícita o ilícita en su aplicación. En nuestra Constitución de 1979 se aceptaba la pena de muerte en caso de guerra exterior. De otro lado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el llamado Pacto de San José, en su Artículo 4§ reconoce que la pena de muerte se puede ... (SIGUE EN EL TURNO 24) COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93

T- 24 Anexo 172

Transcriptor: Julio Vera Barreto El señor MATSUDA NISHIMURA.- (Continuando)... de otro lado la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el llamado Pacto de San José, en su Artículo 4§, reconoce que la pena de muerte se puede aplicar para los delitos más graves aunque restringe a los estados parte a extender esta pena de muerte. Sin embargo, ellos nos demuestra que por si mismo, la pena de muerte tanto a nivel nacional, como en el plano internacional, no es por esencia ilícita, basta que se constate que existe la posibilidad de su aplicación, para concluir que el ordenamiento jurídico, puede en casos extremos, sansionarla. Es decir que la pena de muerte, como sanción, no ha sido hasta ahora proscrita ni en nuestro país, ni en el plano internacional. La licitud o no de la pena de muerte, viene vinculada más bien a que se encuentre tipificada legalmente y que el proceso que conduzca a su sanción otorgue las garantias suficientes y adecuadas al inculpado. Uno de los argumentos, que los abolicionistas emplean a menudo, es que la imposición de la pena de muerte, no es efectivamente disuadida de los actos criminales, creo que ante ello caben las siguientes observaciones: Primero.- El establecimiento de sanciones en el orden jurídico, ante actos, individos, se emplean por lo general, con una lógica de prevenir y disuadir dichos actos, por sentido común sabemos que si actuamos en contra de derecho nos corresponde una sanción, aún cuando nuestro acto no sea descubierto ni llegado a sancionar. El delincuente, al realizar un acto contra derecho elige hacerlo, tomando en consideración las probabilidades de que sea descubierto y consecuentemente sancionado. Si la sanción y probabilidades de ser descubierto son demasiado altas, respecto a los beneficios que pueda obtener en su acto delictivo, tenderá a no realizarla. Segundo.- Aunque la disuación en el plano *factico no sea suficiente, ello ni implica, que por ser deficiente se deba eliminar la norma disuasiva; a nadie se le ocurriría decir que por ejemplo, se elimine la sanción contra el delito de hurto, porque en la realidad peruana, se cometen muchísimos que no se llegan a sancionar. Tercero.- Es, nos preguntamos efectivamente, disuasiva la pena de muerte, eso no podemos saberlo en nuestra realidad, porque no tenemos la experiencia de haberla aplicado. Por ejemplo en el caso de los líderes peruanos. El señor PRESIDENTE.- Su tienpo ha vencido doctor Matsuda, le ruego abreviar. El señor MATSUDA NISHIMURA.- Bien, para terminar, quiero decir que el establecimienteo de la pena de muerte, no implica que el Estado disponga de la vida de las personas; no se trata que el Estado disponga de la vida de las personas; sino si las personas pierden culpablemente su derecho a la vida, por no respetar el derecho a la vida de las demás personas. Gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra la doctora Flores Nano. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, primero que nada pido disculpas a la comisión por mi retraso, hemos estado en la Comisión de Defensa analizando también un proyecto de ley importante. En segundo lugar quiero decir que en esta materia. El Partido Popular Cristiano, no tiene ni tendrá posición de grupo, si no que es un tema que como en la Constituyente de 1979, será manejado estrictamente con criterio de conciencia y pueden sobre este punto, haber tantos puntos de vista como representantes ante el Congreso tenemos. Por tanto, los puntos de vista que voy a exponer, son exclusivamente personales, no comprometen en el punto de vista de mi partido, ni la decisión final al Pleno sobre el particular se tome. (Continúa en el Turno N§ 25)

Turno No.25. CONSTITUCION lO.O6.93

Matinal Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. La señorita FLORES NANO LOURDES...(continuando)...no compromete en el punto de vista de mi Partido ni la decisión final en el pleno sobre el particular. Yo, señor Presidente, sí soy partidaria de la ampliación de la pena de muerte, y la modificación constitucional, para comprender -y me gusta el texto que ha presentado el doctor Ortiz de Zevallos- a los cabecillas de movimientos terroristas, cuando de por medio hayan actos que supongan privación de vida de ciudadanos. Naturalmente en esta materia, señor Presidente, hay siempre un conflicto de conciencia, de quienes somos respetuosos de la vida y de quienes además por razones de convicción religiosa creemos que el ser humano no es sino un instrumento para la generación de la vida. De forma tal que admito públicamente que en este punto hay personalmetne un tema de conflicto de conciencia. Sin embargo, señor Presidente, y es así como se ha entendido la pena de muerte como sanción máxima y excepcional en las legislaciones que así lo contemplan, es este el mecanismo último, al que un Estado en protección de lo que siente, que debe ser la respuesta represisva en defensa de su sociedad puede ejercer; y creo que en el caso del terrorismo y de quienes han generado tantas víctimas, tantos daños, tantas privaciones de vida en el país, bien puede la sociedad peruana, demandar de su Estado, para casos excepcionales -cuyo juzgamiento debe ser el más impecable juzgamiento- la garantía de todos los derechos de defensa que corresponda, pero bien puede esta sociedad agobiada por este flajelo, demandar de su Estado, firmeza y demandar de su Estado un acto que no niego es en el fondo un acto de limpieza social. Soy en esta materia, señor Presidente, dura en afirmar que creo que los niveles de violencia que hemos vivido y la crueldad de los actos de los que millones de ciudadanos peruanos han sufrido, pueden justificar esta excepcional medida, que por supuesto es la medida drástica dentro de un estado de derecho. Todo ello debe -por supuesto- estar acomañado de un juzgamiento garantizado, y con todo aquello que permita -como decía hace un instante- una adecuada defensa. Naturalmente, fijando esta posición, soy consciente que hay un segundo problema que lo advertimos desde el primer momento, y que es sin duda el que me preocupa más como Estado Peruano, y es que como signatario del pacto de San José de Costa Rica, tenemos ahí un problema de índole internacional. De las distintas posiciones que he oído sobre la materia, hay dos que me parecen las que debieran explorarse con mayor firmeza; una la que expuso aqui el Embajador Belaúnde, no me convence del todo, aunque no dejo de reconocer que tiene validez; es decir, prácticamente la prescindencia y el incumplimiento del pacto sin denunciarla. Termino con esta idea; me inclino más por lo que otros especialistas han invocado, es decir la tesis de invocar la Conveción de Viena y solicitar para el Estado Peruano una situación excepcion que el propio Pacto de San José de Costa Rica admite. En este tema, señor Presidente, desde luego que debemos ser absolutamente cautos, para que quede muy claro que aun admitiendo el Estado Peruano, una situación excepcional y un tratamiento sumamente drástico -como es este de la modificación constitucional para admitir la pena de muerte- es voluntad del Estado Peruano, seguir siendo parte de los convenios internacionales que regulan los derechos humanos; es voluntad del Estado Peruano, admitir la jurisdicción internacional de los organismos internacionales que así lo protejen y que por tanto invocando a las razones que justificarían a esta medida, se expone ante la comunidad internacional todos los alcances y las razones que nos llevan a ello, siendo la voluntad expresa del Estado Peruano, seguir perteneciendo a los organismos internacionales que ... (Sigue turno No.26).

T-26 09-06-1993

COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL) La señorita FLORES NANO...(continuando)...siendo la voluntad expresa del Estado Peruano seguir perteneciendo a los organismos internacionales que así lo contemplan y ser signatario de dichos pactos. Esto en resumen, señor Presidente, expone mi punto de vista. El señor PRESIDENTE.- Si no hay alguna otra intervención. Señor Ricardo Marcenaro. El señor MARCENARO FRERS.- Señor Presidente, en primer lugar debo reconocer que este es el tema que mayor dificultad me ha causado para poder tomar una decisión, y me imagino que es el caso de muchos de los que estamos aquí presentes. Qué dificil, señor Presidente poder definir y decidir sobre la vida de los seres humanos, estoy totalmente de acuerdo en que aquello que debemos proteger en principio es el derecho a la vida, y así se ha reconocido tanto en la Constitución actualmente vigente como en el Proyecto de Constitución que estamos trabajando, hemos comenzado por reconocer a la vida como un elemento y un derecho fundamental en el ser humano; sin embargo, también tenemos que reconocer que existen circunstancias muy especiales, especialmente para las que está viviendo nuestro país, que esperamos resolver a través de la lucha antisubversiva, a través de todos los medios pacíficos que se están dando a fin de conseguir derrotar a este flagelo que se llama el terrorismo. Sin embargo, también tenemos que reconocer que entre la teoría y la práctica hay una gran diferencia, reconocer -como bien lo dijo Luis Enrique Tord esta mañana- que existen personas que alegando la vida, alegando la paz, lo único que hicieron era fomentar al terrorismo, y ahí tenemos a más de 20,000 muertos, que estas personas contribuyeron de alguna forma a que esos muertos estén hoy día en nuestros cementerios. Por lo tanto, existe una diferencia entre lo que es la simple teoría en la cual estoy seguro que muchos de nosotros no quisieramos la pena de muerte, y otra cosa es la práctica, el mundo de las realidades y el derecho que tenemos todos los seres humanos a vivir en paz, en tranquilidad con nuestras familias. En consecuencia, considero también que nosotros hemos venido acá no solamente a responder a nuestras propias ideas sino respondemos fundamentalmente a un mandato popular. Qué derecho tenemos nosotros para que una vez que somos elegidos cambiar el voto popular, cuando sabemos que gran parte de nuestra población está de acuerdo con la pena de muerte. Qué derecho tenemos 80 representantes en base a razones personales el traicionar a ese pueblo que quiere la pena de muerte. Por todas estas razones, considero necesario que se ponga una redacción que permita la pena de muerte, y quiero agregar, teniendo en cuenta justamente la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica que establecía en su Artículo Cuarto, párrafo segundo, "tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se le aplica actualmente", y cuándo era actualmente -repito- "tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se le aplique actualmente" sin embargo, esta Convención tenemos que reconocer que fue aprobada por Decreto Ley del 11 de Julio de 1978, ratificado el 12 de Julio de 1978, y este instrumento jurídico por lo tanto estaba de acuerdo a la Constitución anterior, no a la actual, a la Constitución del 33, y en esta constitución se establecía que "la pena de muerte se impondrá por delitos de traición a la patria y homicidio calificado, y por todos aquellos que señale la ley" Qué mayor homicidio que aquel homicida que es el terrorista. Por consiguiente, aún interpretando la propia Convención Americana de Derechos Humanos de San José de Costa Rica, podríamos decir que realmente en esa época ya estaba incluído el homicidio calificado y los otros que señale la ley y que por lo tanto, de alguna forma, si bien en esa época no se hablaba del terrorismo como se habla hoy, realmente estaríamos dentro de los términos y de los límites de la convención a la que me he hecho referencia. Por lo tanto, quisiera proponer, en vista que hasta ahora no se ha propuesto ninguna fórmula concreta... (continúa en el turno 27)

T. 27 Com. Const. (Mat.) 10.06.93

Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)... limites de la Convención a la que he hecho referencia, por lo tanto quisiera proponer, en vista que no se ha propuesto hasta ahora ninguna fórmula concreta, -y creo interpretar el espíritu del Grupo de Nueva Mayoría-Cambio 90 señor Presidente y la redacción sería la siguiente: "La pena de muerte solo podrá aplicarse para delitos de traición a la patria y terrorismo conforme a las leyes internas y a los acuerdos internacionales en los que sea parte el Perú" Eso es todo señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Sírvase leer la firma de los proponentes, por favor. El señor MARCENARO FRERS.- Firman el doctor Torres y :Torres Lara, el doctor Carlos Ferrero, el señor ingeniero Víctor Joy Way, la señorita Martha Chávez, el señor Matsuda y el señor Marcenaro y el señor Pedro Vílchez. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, yo le rogaría que ponga usted al voto la cuestión previa que hemos propuesto el doctor Cáceres y yo, si esa cuestión fuera rechazada, yo firmaré el dictámen en mayoría. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra todavía un ponente más es el señor Víctor Joy Way. El señor JOY WAY.- Gracias señor Presidente, bueno creo que en lo que ya expresó el doctor Marcenaro, ya resume lo que es la posición de los que hemos suscrito esa propuesta, sin embargo yo quería mencionar también señor Presidente, que esto ha sido materia de una reflexión muy grande a nivel de cada uno de nosotros; y hoy día hemos podido comprobar que el tema de la pena de muerte, tanto a favor como en contra, ha sido argumentado -y muy bien- en ambos sentidos; tanto de criterios morales, éticos, religiosos, así como legales y constitucionales. Creo señor Presidente, sumándome un poco más a lo que ya expuso el doctor Marcenaro y por supuesto cuyos argumentos planteados hago mío, también quisiera agregar otras consideraciones, esta vez relativas al ámbito internacional, que ya mencionó la doctora Lourdes Flores, pero que yo quisiera tratarlos quizás en términos mucho más prácticos. Como dije, si bien podemos encontrar justificado el ampliar la pena de muerte a los terroristas, por la magnitud de los daños que ha causado a nuestra población, así como fundamentos jurídicos para sostener esta posición a nivel nacional e internacional, estimo que no debemos ir en contra de una corriente mundial generalizada en cuanto a las restricciones de las causales para su aplicación y su eventual desaparición. Una posición en contrario nos llevaría a enfrentar nuevas acusaciones y confrontaciones con las organizaciones internacionales, así como muy probablemente con los gobiernos de países amigos que actualmente nos vienen apoyando. Esta consideración debe sumarse a la antes expuesta sobre los aspectos jurídicos y humanitarios relativos a la pena de muerte y principalmente a los reales intereses del país, tanto en su aspecto de reinserción económica y de imágen externa, como en lo relativo a la aplicación de una nueva política de pacificación interna que facilite la reconciliación nacional. Dentro de estos conceptos señor Presidente, encuentro que la propuesta a la cual me he sumado, recoje en forma adecuada, equilibrada, el concepto de aplicación de la pena de muerte que hoy hemos debatido durante toda la mañana... Continúa en el Turno No. 28)... COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)

T- 29 10-06-93

TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- _(continuando)_ al acuerdo a la Convención de Costa Rica. La Convención de Costa Rica en su artículo 2§; dice: "Se respeta la vida humana como cuestión, como garantía de seguridad a la vida, protegiendo la vida"; y en el artículo inmediatamente posterior se refiere a la "pena de muerte", quiere decir, que el mismo acuerdo de Convención de Costa Rica, "respeta la vida humana", pero admite la "pena de muerte", porque es una de las formas de proteger la vida humana. El señor PRESIDENTE.- Doctor Ortiz de zevallos se venció su tiempo. Necesita usted dos minutos más para concluir su planteamiento? El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Sí, dos minutos. El señor PRESIDENTE.- Tómelos usted. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Yo, he considerado de acuerdo con mi exposición en el Comercio, interpretación cabal de la Constitución que permite aplicar pena de muerte a terroristas, una interpretación conveniente para que nos encontremos dentro de la Convención de Costa Rica; y sería una interpretación hecha por el Congreso de la República, al que lo llama la Constitución, "el único intérprete de la Ley", en lo que no podría intervenir ya nadie más, ningún organismo internacional podría discutirnos esa facultad. Si nosotros interpretamos el artículo 235§ es algo definitivo, absoluto y nadie lo puede discutir. Yo he propuesto que toda persona que se encuentre cumpliendo la pena de cadena perpetua por terrorismo, y que notoriamente con pruebas evidentes y objetivas instiguen a la comisión de homicidio y que sea jefe, miembro del grupo dirigencial o cabecilla de guerra de grupos terroristas, será condenado a muerte por estos nuevos hechos. Me dicen que esto es dudoso, cómo se va a condenar si no se aplica en forma retroactiva la Ley, no es tal caso, vamos a suponer que un fanático le prohibe a dos hijos prácticas religiosas. El señor PRESIDENTE.- Venció su tiempo doctor Ortiz de Zevallos. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Perdone, dos palabras más. Y entonces dispara contra los dos; lo mata a uno y al otro lo hiere. El que es herido va a visitar a su padre que está cumpliendo la pena de internamiento; y en ese momento su padre con un cuchillo lo mata; este hombre que está cumpliendo la pena de internamiento, no es sentenciado por el nuevo delito que ha cometido, no osbtante que está cumpliendo la pena de internamiento, evidentemente que sí. Ahí no hay retroactividad. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias. Al voto. Los señores congresistas que estén de acuerdo con la propuesta presentada por el señor Marcenaro en nombre de la Alianza; sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). Ocho votos y el mío nueve. Los señores congresistas que estén en contra sírvanse expresarlo de la misma manera. (Votación). Tres votos. Aprobado. Señor Matsuda. El señor MATSUDA NISHIMURA.- De la lectura de la propuesta presentada por el señor Marcenaro, creo que se dice "Acuerdos Internacionales", cuando tratamos el Capítulo de Tratatdos, habíamos mencionado que íbamos a uniformizar este término para todos los efectos, de tal manera que sugeriría que se diga "Tratados". El señor PRESIDENTE.- Muy bien, queda sujeto a la Comisión de Redacción para que diga "Tratados". Señor Ferrero tiene la palabra. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, yo quisiera pedir que haga un añadido y después dejar constancia de mi voto sobre este punto. El añadido pido que se me de un minuto para fundamentarlo_ (CONTINUA EN EL TURNO - 30)

T.30. 10-06-93 Anexo: 172

COMISION DE CONSTITUCION Transcriptor: Justo Frías López El señor PRESIDENTE.- (Continuando)...Muy bien, queda sujeto a la Comisión de Redacción para que diga "tratados". Señor Ferrero tiene la palabra. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, yo quisiera pedir que haga un añadido y después dejar constancia de mi voto sobre este punto. El añadido pido que se me dé un minuto para fundamentarlo, aun sabiendo que tiene pocas posibilidades de ser aprobado. Yo pido, congresistas, que ustedes me acompañem en ampliar la pena de muerte para el homicidio calificado. Sostengo que un terrorista que pone una bomba y mata tres personas en un restaurante, debe tener igual pena que un policía que entra a una cantina, no le convidan cerveza y mata a tres. En mi opinión, este segundo acto es tan grave como el primero; y sostengo que el homicidio calificado debe ser incorporado como causal de pena de muerte, y pido que se vote. El señor PRESIDENTE.- Al voto la propuesta del doctor Ferrero. Los señores congresistas que estén de acuerdo en ampliar el concepto sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). Dos votos. Los señores congresistas que estén en contra sírvanse expresarlo de la misma manera. (Votación). Siete votos y el mío ocho. Constancia en Acta. El señor FERRERO COSTA.- Presidente, yo quiero dejar constancia que en relación al punto de los tratados internacionales aprobados en el artículo, no debe estar interpretado como que hemos aprobado la pena de muerte y que está condicionada; y lo digo por estas tres razones. Para mí el artículo que hemos aprobado, es detener una aplicabilidad efectiva, o sea, yo he votado por algo que creo que se puede aplicar y que no está sujeto a condicionamientos externos. Segundo, yo he votado porque creo que esos instrumentos internacionales nos permiten a nosotros aplicar la pena de muerte, y que vamos a utilizar los instrumentos necesarios para que esto se cumpla. Yo no he votado por un artículo teórico. El señor PRESIDENTE.- Señor Barba. El señor BARBA CABALLERO.- Quiero dejar constancia de lo siguiente, señor. Creo que los que tenemos es una posición contraria a la pena de muerte, hemos demostrado con largueza la inutilidad de esta medida. Sin embargo, la mayoría bajo el argumento de que el pueblo lo pide, ha escogido creo el camino fácil: adular a las multitudes y no educarlas. Sin embargo, creo que detrás de esta medida está la verdadera razón, y creo ya ahora sí que la verdadera razón, señor Presidente, es que el señor Fujimori quiere iniciar su campaña electoral fusilando a tres o a cuatro terroristas. Pero este procedimento de ganar votos mediante la sangre de nuestro prójimo, me parece sencillamente vergonzoso, señor Presidente. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Doctora Martha Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Yo creo que el señor José Barba ha estado presente acá de cuerpo pero no de mente, entonces yo creo que él se ha perdido por voluntad propia de su inteligencia, hasta ahí ya no sé en que temas, se ha perdido toda la riqueza de este debate; es una pena. Y es una pena que los argumentos que se han expuesto a favor de la pena de muerte que nada tienen que ver, por lo menos en lo fundamental, con lo que haya pedido o no la ciudadanía, lo lleven a él ha hacer una imputación temeraria como la que ha hecho y que rechazo en nombre -creo- de todos los miembros de la Alianza, por cuanto no se trata de un dictamen del Presidente de la República. Y rechazo también por graves las acusaciones que hace de que el señor Presidente de la República pretenda iniciar una campaña con el fusilamiento de nadie. Creo que esas afirmaciones por provenir del señor José Barba y conocer hasta dónde puede llegar a veces un poco lo amargo o apasionado sus argumentos, lo disculpo. Pero debo dejar sentado que existen argumentos que se han expuesto a lo largo de esta sesión que sustenta nuestra posición; y no ese recurso fácil ni de halago a multitudes a los que quizás el señor Barba haya estado acostumbrado dado del Partido que proviene, y que creo que no logra desprenderse de esas actitudes que caracterizan a algunos miembros de ese partido que han sido calificados con algunos conceptos o de especies animales. Yo no creo que pueda el señor Barba reflejar esas costumbres a personas como las que están en estos momentos presentes, ni menos a la figura del señor Presidente de la República. Gracias, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Para una cuestión de orden, señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- No entiendo por qué la Presidencia autoriza un debate post mortem, ahora estamos en un debate post morterm; ya se votó y tenemos otro debate. El señor PRESIDENTE.- La Presidencia ha considerado oportuno, dado que el tema es muy importante, que cada uno de los miembros de la Comisión puede dejar constancia, si así lo tienen a bien desde su punto de vista, doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- En ese caso, pido la palabra a continuación del doctor Pease. El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Brevemente, Presidente. Yo creo que el debate_ (CONTINUA EN EL TURNO - 31)

T-31. Mat. COM.CONSTITUCION 10-6-93

Transcriptor: Jorge Anamaría El señor CHIRINOS SOTO..(continuando)...estamos en un debate post mortem. Ya se votó y tenemos otro debate. El señor PRESIDENTE.- La Presidencia ha considerado oportuno, dado que el tema es muy importante, que cada uno de los miembros de la Comisión puede dejar constancia, si así lo tienen a bien, de su punto de vista, doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- En ese caso, pido la palabra a continuación del doctor Pease. El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease. El señor PEASE GARCIA.- Brevemente, Presidente. Yo creo que el debate no ha contestado los argumentos de fondo sobre la pena de muerte y sobre todo, no ha contestado los argumentos correspondientes a esta realidad social y a esta realidad de violencia y no creo que por este camino se va pacificar el país. Yo solo quiero dejar constancia, porque escuché la intervención del doctor Marcenaro, donde pretendía quitarnos el derecho a los congresistas de defender nuestros principios como si los congresitas fuéramos meros representantes de las encuestas de opinión. Quiero dejar constancia, que yo he sido elegido con una alta votación que me pasó del último lugar a una votación importante, habiendo sostenido en la campaña, en todo momento, en televisión y en todos los medios esta posición. Quiero dejar constancia, que hay muchos peruanos y como lo dijo el doctor Chirinos, un creciente número de peruanos que estamos contra la pena de muerte y que vamos a luchar para que en nuestro país la barbarie no impere; y para mi, la pena de muerte es el retorno a la barbarie, para mí la pena de muerte es efectivamente hacer del Perú una sociedad que se instala en la lógica de la violencia, porque no van ustedes a resolver los problemas de la violencia social con pena de muerte. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente: Permítame doctor Marcenaro la fórmula, puesto que yo también la he firmado. Me parece, señor Presidente, que la fórmula es prudente porque solo hay pena de muerte para los delitos de traición a la patria y terrorismo; pero esa pena de muerte tiene dos límites, las leyes internas -como es natural- y las leyes tienen que ser sumamente cuidadosas para tipificar los casos y para generar los procedimientos. En la última ley de pena de muerte, porque no estamos inventando la pena de muerte, en la reforma del Código Penal que introdujo el General Odría, se acordó por ejemplo que solo podía imponerse la pena de muerte con el voto unánime de la Sala Penal de la Corte Suprema. El otro extremo son -según la redacción que ha leído el señor Matsuda- "los tratados de los que es parte el Perú" o sea que, no nos vamos a salir ni de la ley interna ni de los tratados. Ello no obstante, señor Presidente, yo quiero dejar constancia en acta de mi angustia. El tema de la pena de muerte que tan fácilmente se resuelve en la calle, en los cafés y en los automóviles de servicio público, es un tema que a los abogados, a los hombres de Derecho nos preocupa y nos angustia muchísimo, señor Presidente. Es un debate que lleva siglos, es un debate que en mi conciencia, unas veces he sido partidario de la pena de muerte, otras veces he sido abolicionista como lo fuí en la Constituyente de 1978-1979 y ahora he firmado con incertidumbre y he firmado con dolor esta propuesta, señor Presidente. A mí me parece, sin embargo, que no se ha dado la verdadera razón de lo que hemos hecho hoy. La sociedad siente una lesión jurídica terrible, que le ha hecho por propia iniciativa el terrorismo; y el mundo jurídico exige el equilibrio, señor Presidente, contra la lesión que supone el terrorismo no hay una contramedida, no hay un equilibrio. Esta proposición que se ha aprobado hoy probablemente devuelve ese equilibrio aun si no se aplica, señor Presidente, ojalá que no se aplique y, si se aplica se tiene que aplicar con extremo cuidado, se tiene que aplicar con extramadísima prudencia. Yo no creo, señor Presidente, que ningún candidato a la presidencia de la república vaya erigir una plataforma electoral a base de condenar a muerte a nadie, señor Presidente. Eso me parece un agravio que no merece nadie, no se le puede suponer a nadie .... (SIGUE EN EL TURNO 32) COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93

T- 32 Anexo 172

Transcriptor: Julio Vera Barreto El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... eligir una plataforma electoral a base de condenar a muerte, a nadie señor Presidente. Eso me parece un agravio que no merece nadie, no se le puede suponer a nadie tan desalmado como para decir voy a llegar a Palacio de Gobierno me voy a quedar en Palacio de Gobierno, subiendo dos peldaños de la pena de muerte. Ese agravio señor Presidente, verdaderamente que un Parlamento civilizado le sería intolerable. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO.- Como dije señor Presidente, en mi corta intervención, he votado conforme a mi concienca. Lo hago siempre, pero en en este tema, particularmente reflexionado dentro de mi propia conciencia, tengo mil discrepancias con la mayoría; no creo en su proyecto. Creo que consagran un modelo político equivocado, pero también soy consciente señor Presidente, que frente al terrorismo, que es nuestro enemigo común, medidas represivas de la índole aprobada esta mañana son necesarias. Y por eso reitero, me siento muy tranquila con mi conciencia por mi decisión adoptada. El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor Presidente, yo quiero reiterar lo que manifesté hace un momento. Creo que es la aprobación de la pena de muerte viene a ser extenporáneo, porque estamos saliendo de la violencia y del terrorismo, y en ese sentido pienso, que no va constituir como quieren algunos un disuasivo; si no más bien va ser un incentivo para esa dinámica de la violencia, porque vamos a ser justo en el juego de quienes la preconizan y van a decir recien nos esta devolviendo con medidas de violencia lo que nosotros hemos preconizado. Creo señor Presidente que el uso electoral de esta medida, que piadosamente el doctor Chirinos, ora en el fondo de su corazón, que no se vaya a producir. Infortundamente sí se va dar, porque estamos viendo que a corto plazo, va ver beligerancia electoral para el referéndum constitucional y luego para los procesos electorales que se vienen luego. Y allí señor Presidente, este tema habrá de ser tocado y habrán quienes lo enárbolen como bandera y otros señor Presidente que van a discrepar de esa bandera Eso señor Presidente esta en la ley de la dinámica de las cosas, más allá de la buena voluntad, de unos y de otros y de las promesas que la señorita Martha Chávez nos ha formulado, en las cuales yo creo; pero más allá de su buena voluntad esta la vida, la dinámica, la historia y eso va a significar un compromiso en un sentido o en otro. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Una interrupción doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Con todo gusto le concedo la interrupción. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si doctor Cáceres, es que con el mismo derecho que usted, en ese proceso electoral va a enarbolar la bandera del abolicionismo como usted ha señalado, nosotros tendriamos también la posibilidad de enarbolar la bandera de la pena de muerte para estos casos extremos en ese mismo proceso electoral. El señor PRESIDENTE.- No estamos reiniciando el debate doctos Cáceres, concluya por favor. El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Concluyo señor Presidente, reiterando las expresiones que he manifestado, y diciéndole a la señorita Martha que la dinámica, la beligerancia política al margen de su buena voluntad que le reconozco y la mía va llevar desgraciadamente a esas contradicciones. El señor PRESIDENTE.- Señores Hoy día hemos concluido un tema de singular importancia. "El tema de la pena de muerte", creo que hemos adoptado una decisión difícil pero bastante equilibrada, porque si bien es una decisión, muy compleja, la estamos limitando al respeto de los tratados internacionales; es decir nos mantenemos dentro del respeto de los derechos humanos y dentro del respeto de los que son los Tratados Internacionales. Hoy dia también hemos recibido el informe de la Comisión de Redacción con el texto ya terminado, en una primera revisión de redacción, y que va ser distribuida dentro de los miembros de la Comisión. Con esto, con el tema de la reelección que hemos visto ayer, hemos terminado practicamente el primer proyecto de la constitución, sujeto a la revisión que vamos a hacer todavía a continuación. El trabajo que continuará el día lunes, a las 9 y 30 de la mañana, se iniciará con la visita del Alcalde Belmot, para la temática relativa a la regionalización... (Continúa en el Turno N§ 33)

Turno No.33 CONSTITUCION lO.O6.93.

Matinal Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor PRESIDENTE...(continuando)..se iniciará con la visita del Alcalde Bélmont, para la temática relativa a la Regionalización; a continuación tendremos la presencia del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones; la semana será dedicada a recibir la presencia de destacados constitucionalistas, que serán invitados para recibir su opinión en el trabajo que estamos avanzando. A continuación, en la siguiente semana, vamos a defenir el calendario de actividades a realizase; hay dos propuestas ya que han sido presentadas por el señor Pease y el señor Cáceres; el señor Cáceres y el señor Pease, "siempre el señor Cáceres es primero" El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- En el orden del tiempo. El señor PRESIDENTE.- Muy bien, que definirá entonces el calendario de actividades que vamos a desarrollar. Lamentablemente o es posible en este momento, como hubiese sido mi deseo de tratar las dos propuestas, motivo por el cual vamos a postergarla doctor Pease para la primera sesión que se presente. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Sobre el punto Presidente, cuando hemos discutido ayer en el Comité Directivo, se trata de dos mociones que tienen que verse en el plenario del viernes; entonces yo lo que plantearía sería que lo hagamos en la sesión de la noche como corresponde, porque ayer se ofreció en el Consejo Directivo eso, para que pueda justamente programarse el calendario. Si dejamos el calendrario para la siguiente semana recién se va a ver aprobación en el pleno el siguiente viernes. El señor PRESIDENTE.- Yo estaba procurando, doctor Pease, ver la posibilidad de llegar a un consenso; si usted quiere lo sometemos a voto en este momento, pero pa posición de los miembros de la alianza es ingresar el proyecto del primero de julio si es posible o el 28 de junio al pleno; de tal manera que hay conincidencia con los punto de vista tanto suyo como del doctor Róger Cáceres que fue el primero en presentar la ponencia, en el sentido de que el día 27 de junio estemos presentando el proyecto; en ese punto hay coincidencia. El día 27 de junio esté terminado el proyecto, pido atencion por favor este es un punto importante; que el día 27 de este mes esté terminado el proyecto en condiciones de ser entregado, hay una diferencia de criterios. Mientras que los miembros de la alianza, consideran que el 28 ya debe ser sometido a consideración del pleno y la propuesta de ustedes es que a partir de ese día comience un debate nacional sobre la situacion; si usted quiere lo sometemos a voto en este momento. El señor PEASE GARCIA HENRY.- El problema de fondo, Presiente, no es hacerlo hacerlos a las l3 y l8 después de largas horas de un debate importante; el problema de fondo es, efectivamente hay esa diferencia de criterio, pero no es lomismo discutir esa diferencia de criterio con anticipación que discutirla el mismo día en que comienza el debate; dése usted cuenta que se puede tomar allí tanto la decisión de decir sí hay un mes o hay dos meses de debate o no, comienza mañana, y entonces quien está peleando en otro sentido, no tiene preparada la intervención de mañana. Obviamente estas mociones han sido presentadas hace más de una semana. El señor PRESIDENTE.- Hoy día han ingresado a la Comisión de Constitución. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Sí, pero no se olvide Presidente que de acuerdo al Reglamento del Congreso, las mociones no pasan a Comisiones obligatoriamente. El señor PRESIDENTE.- Es el acuerdo de la Junta Directiva. El señor PEASE GARCIA HENRY.- El acuero de la junta directiva fue, pero el acuerdo completo de la Junta Directiva es que la veamos antes del pleno porque tiene que verse en el pleno el viernes, por eso dicía por qué no se hace?. El señor PRESIDENTE.- No es que en la noche ya hay otras sesiones que están comprometidas, entonces podremos someterlo al voto en este momento. El señor PEASE GARCIA HENRY.- Pero cómo se somete al voto si no se ha discutido nada. El señor PRESIDENTE.- No, pero todos sabemos que ustedes quieren discutir este tema durante uno o dos meses más; y la alianza considera que el día 28 se van a cumplir un mes y medio de debate nacional sobre el tema. De tal manera que seguimos en debate... El señor PEASE GARCIA HENRY.-(Interrumpiendo)... Eso es un debate Presidente que ... (Sigue turno No.34).

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COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL) Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR El señor PRESIDENTE...(continuando)...quieren discutir este tema durante uno o dos meses más, y la Alianza considera que el día 28 se va a cumplir un mes y medio de debate nacional sobre el tema, de tal manera que tenemos el debate informado El señor PEASE GARCIA.- Este es un debate que tiene que darse en la Comisión y en el Pleno, porque no es un problema de trece miembros. El señor PRESIDENTE.- Por eso, lo decidimos ahora y lo llevamos al Pleno. El señor PEASE GARCIA.- Pero cómo se va a decidir si no le da usted tiempo para el debate. El señor PRESIDENTE.- Entonces lo sometemos a consideración en las próximas sesiones. Elija usted, lo decidimos ahora o lo sometemos a consideración en una próxima fecha. El señor PEASE GARCIA.- Sólo pido que se ponga el acuerdo del Consejo Directivo, el acuerdo del Consejo Directivo es que lo viéramos hoy y no hemos cumplido el acuerdo. El señor PRESIDENTE.- Entonces sesionemos un rato en la tarde, pero sesionemos, discutamos, demos razones, no se imponga el voto así al caballazo. Doctora Flores. La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, en primer lugar, todavía faltan verse como 10 temas o 12 temas. El señor PRESIDENTE.- Son temas de articulación en base ya a la redacción ¨no? La señorita FLORES NANO.- No, no sólo. Hay temas pendientes, Comunidades Campesinas, Administración de Justicia, hay una serie de temas sueltos, en el Capítulo de Presupuestos hay algunos vacios. Cuando nosotros hemos hablado del Proyecto completo, estamos hablando realmente de Proyecto completo, desde luego que haber abordado los dos temas que hemos abordado han sido importantes, pero hay que completar el trabajo, o sea que hay que considerar algunas sesiones o alguna sesión para el tema. Segundo, la propuesta nuestra de un debate amplio es por supuesto una propuesta fundamental, nosotros no consideramos que se está llevando adelante un debate nacional, un debate nacional sobre la sinfonía inconclusa no es debate, en consecuencia, señor Presidente, creo que es fundamental que la Comisión se pronuncie sobre la conveniencia de un plazo para realizar esos foros que nosotros estamos proponiendo, foros que incluyen debates específicos sobre materias con ciertas personas, que recojan la iniciativa que dijo el señor Ferrero sobre convocar a constitucionalistas. Señor Presidente, hay mucho que discutir en este proyecto constitucional todavía y en consecuencia, no tiene ningún sentido apresurar su aprobación como ustedes pretenden al 28 de Julio mediante un modo que realmente va a darle al país la sensación que ustedes han impuesto un proyecto constitucional. Yo le ruego por eso que este tema sea meditado y realmente abramos un debate por un espacio de tiempo que nos permita tener un concepto constitucional. El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor Presidente, he tenido la oportunidad de intervenir como miembro o Presidente de comisiones referentes a temas de gran importancia como por ejemplo, La Ley Orgánica del Poder Judicial. En el trabajo de estos instrumentos legales, concluido un anteproyecto, se publicaba y luego se daba un tiempo para ser difundido, para ser contrastado y luego de ese tiempo y que se recibian nuevos aportes haciamos una revisión final. Tratándose de una ley fundamental de la Nación, de la nueva Carta Magna que este país va a tener, yo creo que lo que menos podríamos hacer sería proceder de la forma que lo hemos hecho según lo indicado, por ello señor me ratifico en la propuesta sustancial que tengo presentada para que luego de la publicación de nuestro proyecto definitivo producido por la Comisión, venga necesariamente un debate nacional antes de que este asunto se haya visto por el Pleno del Congreso. Yo creo que eso es un imperativo de sentido común. El señor PRESIDENTE.- Señores, creo que lo prudente será elevar este asunto directamente al Pleno para no repetir el debate sobre esta materia ¨les parece bien? Podría ser elevado al Pleno el día viernes, ahí lo discutimos. Bien se levanta la sesión hasta el día lunes. (Eran las 13 horas y 23 minutos)
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