CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO
COMISION PERMANENTE DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO
69a. SESION (Matinal)
DEL JUEVES 1O DE JUNIO DE l993
PRESIDIDA POR EL DOCTOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Hora: lO.46 a.m.
Turno 1
Turno 2
Turno 3
Turno 4
Turno 5
Turno 6
Turno 7
Turno 8
Turno 9
Turno 10
Turno 11
Turno 12
Turno 13
Turno 14
Turno 15
Turno 16
Turno 17
Turno 18
Turno 19
Turno 20
Turno 21
Turno 22
Turno 23
Turno 24
Turno 25
Turno 26
Turno 27
Turno 28
Turno 29
Turno 30
Turno 31
Turno 32
Turno 33
Turno 34
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
El señor PRESIDENTE.- Se va a dar inicio a la
sesión de la fecha. Asistentes que han suscrito la ficha
de asistencia: Doctor Enrique Chirinos Soto, señor
Róger Cáceres Velásquez, señorita
Martha Chávez Cossío, señor Ricardo
Marcenaro Frers, señor Carlos Ferrero Costa; el
señor Samuel Matsuda se ha disculpado; señor Henry
Pease García, señor Pedro Vílchez Malpica.
(Pausa). Invitados accesitarios: Doctor Gonzalo Ortiz de
Zevallos, doctor Luis Enrique Tord. (Pausa). Preside Carlos
Torres y Torres Lara.
El día de hoy daremos inicio al debate sobre el tema de
La Pena de Muerte. Quiero solamente anunciar que la
Comisión de Redacción ha terminado su primer
trabajo sobre la materia, habiendo cursado la siguiente
comunicación que pongo en conocimiento de los
señores miembros de la Comisión.
A la Comision de Constitución.
Presente.
Diez de junio.
De nuestra mayor consideración:
Ha venido para conocimiento de vuestra Sub Comisión
de Redaccion, el texto del Anteproyecto de Constitución
aprobado por esa Comisión. Acompañamos el dictamen
de la Sub Comisión de Redacción, que ha
recaído sobre dicho anteproyecto.
En el anteproyecto hay artículos en suspenso, pendientes
de revisión o de reconsideración en la
Comisión Principal. Tan pronto como sean evacuados por
ésta, los incorporaremos al presente dictamen que tiene
carácter de preliminar, y debe ser en todo caso aprobado
por la Comisión de Constitución.
Aprovechamos la oportunidad para suscribirnos a ustedes,
atentamente, Carlos Torres y Torres Lara, Enrique Chirinos Soto
y Luis Enrique Tord.
Doctor Enrique Chirinos Soto, puede hacer uso de la palabra.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Señor Presidente,
como se desprende del propio texto de la comunicación que
hemos elevado en unión del doctor Luis Enrique Tord y de
usted, el dictamen de la Comisión de Redacción
todavía es preliminar. Es priliminar porque es un dictamen
sobre el anteproyecto; y también es preliminar en el
sentido siguiente, que hay artículos que faltan disutir,
hay artículos en suspenso, hay artícuos objeto de
revocación, etc.; entonces, cuando la Comisión de
Constitucion evacúe esos artículos como ha evacuado
ayer el relativo a la reelección presidencial inmediata,
la Comisión de Redacción, naturalmente los
añadirá, los incluirá en su dictamen; lo
cual , señor Presidente, no es óbice para que tan
pronto funcione las máquinas computadoras de usted,
tengamos ejemplares suficientes para repartirlos entre todos los
señores miembros de la Comisión de
Constitución, para que vean con todo detenimiento las
observaciones que puedan tener y para que en una sesión
especial esta Comisión de Constitución proceda a
aprobar, corregir...
(Sigue turno No. 2).
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
TRANSCRIPTOR: SILVIA ALEGRE LUCAR
El señor CHIRINOS SOTO...(continuando)...las observaciones
que puedan tener y para que en una sesión especial esta
Comisión de Constitución proceda a aprobar,
corregir o lo fuera el dictamen preliminar, insisto en que es
preliminar porque ni siquiera es final respecto a la
Comisión de Redacción.
El señor PRESIDENTE.- ¨Desea una intervención
señor Róger Cáceres?
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Si
señor, una corrección, creo que no sería
dictamen sino el proyecto mismo.
El señor CHIRINOS SOTO.- No, es un dictamen, usted sabe
perfectamente doctor Cáceres dada su experiencia, que el
dictamen de la Comisión de Redacción es el
Proyecto.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Si, pero el
dictamen es la fundamentación.
El señor CHIRINOS SOTO.- No.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Ese es el
dictamen, el otro es el proyecto.
El señor CHIRINOS SOTO.- El dictamen de la Comisión
de Redacción es el mismo texto corregido.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Por eso, no es
dictamen todavía, es parte del dictamen.
El señor CHIRINOS SOTO.- No hay otro dictamen,
señor.
El señor PRESIDENTE.- Dictamen preliminar.
El señor CHIRINOS SOTO.- Es dictamen preliminar,
después discutimos, no hay otro, no hay ningún
dictamen, nada señor Presidente, y conforme se ha
anunciado y la comisión oportunamente aprobó voy
aponer este dictamen en manos -con el permiso de usted- del
señor Director de la Academia Peruana de la Lengua, para
que ellos también vayan avanzando en el trabajo.
El señor PRESIDENTE.- Me parece muy bien. Doctor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Sólo una
recomendación, si fuera posible que se me reparta para
trabajarlo el fin de semana porque ahí es fácil
leerlo.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Pease, estoy
entregando, estoy terminando de entregar el dictamen a las
máquinas.
El señor PEASE GARCIA.- En un día, mañana
se puede voltear y al fin de mañana nos puede entregar.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo creo que mañana los
señores representantes van a poder tener cada uno un
ejemplar.
El señor PRESIDENTE.- Haremos lo posible.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo también, señor
Presidente, sugiero que usted como Presidente de la
comisión entregue el dictamen, una vez que lo tengamos,
a los medios de publicidad para que el medio que quiera lo
publique, sin que esto signifique -le adelanto- ninguna
imposición respecto a la Comisión de
Constitución, porque es un dictamen preliminar.
El señor PRESIDENTE.- Corecto. Doctor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor
Presidente, tan pronto como haya concluido ese aspecto que
plantea el señor Chirinos Soto, yo le rogaría a
usted tener en cuenta que dentro de la Agenda Derecho a
Comisión, tenemos tres cosas que son de suma importancia.
En primer lugar, la moción de orden del día donde
yo proponía un determinado cronograma, luego ha venido la
propuesta del señor Pease.
En segundo lugar, quedó pendiente el día de ayer
determinar el pronunciarse sobre la propuesta que formulé,
en el sentido de que la reelección para quien pudiera
haber gobernado antes de la fecha significaba la posibilidad de
solamente una elección más. Eso ha quedado
pendiente, no se llegó a debatir.
En tercer lugar, señor Presidente, está el
confirmar que el día lunes a las 11 de la mañana
-como usted lo dijo- tendríamos la visita del señor
Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, según
moción aprobada por Consejo Dirtectivo, ratificada el
día de ayer para informarnos sobre las insólitas
resoluciones dictadas respecto a la Provincias de Huamachuco.
El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Me permite una
intervención?
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Con todo
agrado, señor, con la venia del Presidente.
El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Está invitado el
señor Presidente del Jurado el lunes?
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Sí, es
lo que me dijo el señor Presidente.
El señor CHIRINOS SOTO.- ¨Ya está invitado?
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- No, está
por decidirse.
El señor PRESIDENTE.- Todavía no, vamos a
confirmar.
El señor CHIRINOS SOTO.- Bueno está invitado, y yo
quiero advertir desde ahora, que está invitado el
señor Alcalde de Lima que va a venir a las diez, yo creo
que se puede señalar las once y media tranquilamente para
el señor Presidente del Jurado.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Estoy de
acuerdo con usted.
El señor PRESIDENTE.- Señores, el orden que vamos
a llevar ahora es el siguiente:
Primero vamos a discutir el tema de "Pena de Muerte", enseguida
veríamos el tema de "Calendario" en las dos mociones que
ha presentado el doctor Pease y el doctor Cáceres, y el
lunes ya se le ha invitado al Alcalde Belmont para que haga su
informe, a las once y treinta invitaremos al Presidente del
Jurado. Solicito de Secretaría, hay que formalizar la
invitación al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones
para el tema.
Ese es el orden.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- ¨Y el asunto
de la reeleción pendiente?
El señor PRESIDENTE.- Ya estaría demás.
Ha solicitado el uso de la palabra en primer lugar el doctor
Ortiz de Zevallos sobre la Pena de Muerte, en segundo lugar el
doctor Enrique Chirinos Soto.
Abrimos, entonces el tema de Pena de Muerte, tendremos igual como
siempre cinco minutos cada uno para la exposición
respectiva.
Aunque ya hemos escuchado la opinión y la propuesta del
doctor Ortiz de Zevallos, nos va a ser muy útil volver a
escuchar su exposición, ahora ampliada sobre el tema de
Pena de Muerte.
Tiene el uso de la palabra el doctor Ortiz de Zevallos.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Gracias señor
Presidente, anteriormente la doctora Martha Chávez tuvo
la gentileza de leer mi exposición de motivo...
(continúa en el turno 3)
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- (Continuando).. la
doctora Martha Chávez tuvo la gentileza de leer mi
exposición de motivos, esta versión que voy a leer
ahora es distinta.
"INTERPRETACION DEL ARTICULO 235§ DE LA CONSTITUCION POLITICA DE
1979.
Para pronunciarse sobre este proyecto hay que tener en
consideración lo dispuesto por el párrafo 2) del
Artículo 4§ de la Convención de Costa Rica, que
prohibe que el país no haya abolido la Pena de Muerte,
pueda establecer esa pena para otro delito distinto al previsto
en su ley vigente.
En consecuencia, no se puede prescribir, dentro de la nueva
Constitución la Pena de Muerte. que no haya estado
prevista en la Constitución Política de 1979, que
es a la que se refiere, tratándose del Perú, la
Convención de Costa Rica.
Habida cuenta esta situación jurídica y siendo muy
grave quedar incurso en el incumplimiento de esa
Convención, no hay otro medio legal, que interpretar el
artículo 235§ de la Constitución Política,
porque mediante su interpretación no se modifica el
artículo, sino que se establece, para su aplicación
un régimen vigente desde su promulgación. En
consecuencia mediante la interpretación no hay cambio en
la ley nacional sobre la Pena de Muerte.
Es la única vía de salvar esta situación.
Es por esto que insisto en la aprovación de mi proyecto.
El 20 de Octubre del año próximo pasado, la
opinión nacional estaba paralogizada y consideraba la
necesidad de denunciar la Convención de Costa Rica.
Incluso el Presidente del Consejo de Ministros, Dr. Oscar de la
Puente, había anunciado en los periódicos que
viajaría a Costa Rica, el día 21, o sea el mismo
día de mi declaración, para cumplir ese
propósito.
Advertido yo de esa situación y considerándola
innecesaria, por las razones que expuse en el diario El Comercio
y que se publicaron el mismo día 21, le pedí a un
amigo común una audiencia con el Premier, que me la
concedió el mismo 20 en su casa, en la que convencí
al Ministro que de acuerdo con mi interpretación de la
Constitución Política no era necesario, para
implantar la Pena de Muerte en el Perú, desahuciar la
Convención de Costa Rica; y que podría
interpretarse nuestra Constitución en el sentido de que
la acción de los terroristas era consumar dentro del
país, la "guerra exterior" a que se contrae el
artículo 235§ de la Constitución Política.
Por eso es que considero oportuna esa interpretación.
Antes de entrar en materia quiero dejar establecido que por el
Referéndum no es posible la interpretación de una
ley, porque el Referéndum puede ser consultivo o
mandatorio, pero no interpretativo de la ley.
La interpretación de la ley...
El señor PRESIDENTE.- Señor Ortiz de Zevallos, su
tiempo se ha vencido le ruego sintetizar su planteamiento,
cuánto tiempo más necesita usted?
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Yo le ruego
señor Presidente que me deje leer como leyó mi
exposición de motivos...
El señor PRESIDENTE.- Continúe usted doctor
Ortíz de Zevallos, le daremos una ampliación de
tiempo.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- La
interpretación de la ley sólo es procedente por el
Congreso de la República, de acuerdo con lo dispuesto por
el inc. 1) del Artículo 186§ de nuestra
Constitución...
(Continúa en el Turno No. 4)...
Transcriptor: Alfredo Alvariño C.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.-(continuando)... por el
Congreso de la República de acuerdo con lo dispuesto por
el inciso 1) del artículo 186§ de nuestra
Constitución Política, nuestro pueblo se
pronunciará sobre esta materia al aprobar la
Constitución, pero si además, se quisiera un
pronunciamiento expreso al respecto, se puede solicitar que en
ese referéndum el pueblo no solo apruebe la
Constitución sino la interpretación por el Congreso
sobre el artículo 235§ de la Constitución
Política en la parte que prescribe, que el artículo
325§ es aplicable a la pena de muerte para los terroristas
cabecillas.
Ningún otro órgano nacional distinto al Congreso
y menos aún un órgano internacional puede arrogarse
esa facultad que es exclusivamente inherente al Congreso
Nacional, de acuerdo por lo prescrito por el inciso 1) del
artículo 186§; en consecuencia, es al Congreso que
nosotros integramos al que le incumbe esa facultad.
La admisibilidad de la pena de muerte está expresamente
contemplada en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, ratificada por el Perú inicialmente por el
Decreto Ley 22231, del 11 de julio de 1978 y luego por la
décima sexta Disposición General y Transitoria de
la Constitución Política de 1979, consagra en su
artículo 4§ el derecho a la vida como uno de los derechos
humanos principales.
No obstante eso y teniéndose en cuenta la necesidad de
proteger los derechos humanos de todas las personas que integran
una sociedad, frente a la acción delictiva de elementos
desquiciados, en su inciso 2) del artículo 4§ de la
mencionada Convención de San José de Costa Rica,
se admite expresamente la aplicación de la pena de muerte
para el caso de los delitos mas graves. Dentro del marco de esa
Convención Americana de Derechos Humanos, diversos estados
de los Estados Unidos por ejemplo mantienen vigente y aplican la
pena de muerte sin considerar para nada que su aplicación
puede vulnerar en modo alguno la estructura de los derechos
humanos tan celosamente defendidos por ese país, y
ésto se basa en que prevalece el justificado criterio
relativo a que debe protegerse como cuestión fundamental
los derechos humanos de la mayoría, pero éste es
de las personas afectadas actual y potencialmente por quienes
incurren en los delitos de mayor gravedad.
La aplicación de la pena de muerte en el Perú,
dentro del marco del artículo 235§ de la
Constitución Política de 1939, es plenamente
concordante con la Convención Americana de Derechos
Humanos y no compromete en modo alguno el pleno respeto de los
derechos humanos en nuestro país; significaba el
artículo 235§ a partir de la interpretación
auténtica del precepto constitucional. Nadie puede
discutir de la variedad en que los constituyentes se refieren a
la guerra exterior, al debatir sobre lo que fue en definitiva el
texto del artículo 235§.
Los constituyentes de 1979 se manifestaron confusos sobre esa
materia coincidiendo en determinado caso con la misma
interpretación de mi proyecto, como lo voy a demostrar:
Para definir el marco y el significado del dispositivo
constitucional en referencia, he hecho mérito en mi
exposición de motivos en primer lugar de la
interpretación auténtica de dicha carta, que consta
de la página 238 a 240 en el Tomo 1 y página 244
a 254 del Tomo 7 del Diario de los Debates de la Comisión
Principal, de Constitución de ...
(Continúa en el Turno N§ 05)
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- _(continuando)_ de la
Comisión Principal de Constitución de 1978-1979.
Consta en dichas actas, en efecto, que los constituyentes de 1979
distnguieron nítidamente dos hipótesis, como
siguen:
Distinguieron, de un lado, los casos de sublevaciones
políticos o guerras civiles intestinas -a las que los
constituyentes denominaron "guerras interiores"-; y del otro, el
caso de las así clasificadas "guerras exteriores", que se
libran dentro del territorio mismo de la República.
Esta clara distinción -hecha por la Comisión
Principal de Constitución de 1979- se produjo luego de
precisos planteamientos sobre diversos aspectos vinculados con
la materia, formulados principalmente por los constituyentes,
señores: Luis Alberto Sánchez, Alberto Polar
Ugarteche, Andrés Townsend Escurra, Róger
Cáceres Velásquez, Javier Valle Riestra
Gonzáles Olaechea, Javier Ortiz de Zevallos, Enrique
Melgar, Roberto Ramírez del Villar, Carlos Malpica, don
Enrique y don Francisco Chirinos Soto, Genaro Ledesma Izquieta,
Fernando León de Vivero, Andrés Aramburú
Menchaca, Luis Rivera Tamayo, Lucio Muñiz Flores, Rafael
Vega García, Héctor Cornejo Cjávez y Jorge
Lozada Stanbury.
Según resulta del debate de los constituyentes -y para los
efectos del artículo 235§ de la Carta- se configura "guera
exterior", cuando hay guerra dentro del territorio de la
República, y confluyen en ella elementos de
conexión con el exterior, que la partan de una guerra
típicamente "interior".
En efecto el distinguido congresista, señor doctor
Róger Cáceres Velásquez, afirmó lo
siguiente:
Esta redacción me parece que se presta a
"confusión".
"En caso de guerra exterior, puede ser que haya guerra entre
otros países, donde se encuentre un peruano peleando".
"Podría -acaso- interpretarse que ese caso queda dentro
de los alcances de esta disposición?" (pag. 238 del tomo
I).
Y pensando en voz alta sobre esta interrogante, el señor
Polar, afirmó literalmente, sobre la materia, lo
siguiente:
"Una guerra fuera de nuestro territorio está fuera de
nuestra jurisdicción y de la jurisdicción de la
Constitución" (pag. 238).
Así, pues, queda claro, a partir del debate de los
constituyentes, que -para los efectos del artículo 235§
de la Carta- se configura "guerra exterior" cuando hay guerra
dentro del territorio de la República, y confluyen en ella
elementos de conexión con el exterior, que la apartan de
una guerra típicamente "interior".
Por aplicación de este concepto, hay "guerra interior"
cuando la guerra que se libra dentro del territorio de la
Reública es conducida únicamente por peruanos, con
inspiración y motivaciones políticas o
ideológicas exclusivamente locales, y con recursos
financieros excluyentemente nacionales.
Contrariamente, hay "guerra exterior", cuando la guerra que se
libra dentro del territorio de la República no es
conducida únicamente por ciudadanos peruanos, o cuando hay
adoctrinamiento y apoyo foráneo, o cuando cuenta con
inspiración, motivaciones u objetivos foráneos o
que benefician al extranjero, o cuando se financia, dicha guerra,
con recursos provenientes del exterior.
Es claro que ese elemento de conexión con el exterior no
puede consistir, exclusivamente, en tan sólo una
coincidencia de carácter ideológico o doctrinario.
Se requiere que exista, adicionalmente, cuando menos, una
participación foránea activa, ya sea mediante el
suministro de armamento con el fin de viabilizar o patrocinar la
guerra, o mediante la financiación foránea
deliberada, directa o indirecta, de esa guerra.
Dentro de este orden de ideas,_
(CONTINUA EN EL TURNO - 06)
CONSTITUCION - MATINAL
TRANSC. Justo Frías López
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- (Continuando)...o indirecta,
de esa guerra.
Dentro de este orden de ideas, constituyen casos de "guerra
interior" -para los constituyente de 1979-, los delitos de
sedición y de rebelión, a que se contraían
los art_ículos 302 y 307 del Código Penal de
Maúrtua -artículos 346 y 347 del Código
Penal vigente-. A ellos se refirieron los constituyentes, con las
denominaciones genéricas de "delitos políticos" o
"delitos comunes".
Numerosas han sido en la historia de la República, las
sublevaciones políticas -e incluso en las guerras
intestinas- sobre todo durante el siglo XIX. Esos fueron los
casos, entre otras, la lucha entre Gamarra y Santa Cruz, la
rebeldía de Salaverry contra Gamarra y su
revolución contra Orbegoso, para sólo citar algunos
casos sobre la materia.
La revolución de 1895, por ejemplo, liderada por
Piérola contra el Gobierno del Mariscal Cáceres,
fue una cruenda guerra civil. En el presente siglo, ha habido
revolución en la década del treinta, conducida por
la Acción Popular Revolucionaria Americana, y liderada por
Víctor Raúl Haya de la Torre.
Pues bien; por virtud del precepto aprobado como artículo
235 de la Constitución Política vigente, no
procede, respecto de las sublevaciones políticas, ni
tratándose de los casos de "sedición" o
"rebelión", la aplicación de la pena de muerte.
Así se esclarece en el Diario de Debates de la
Comisión Principal de Constitución, en los
términos siguientes:
(El señor Luis Albnerto Sánchez, Presidente de la
Comisión): "Una de las grandes preocupaciones de la
Comisión ha sido evitar que se aplique la pena de muerte
en los casos de guerra interna. Eso, me parece a mi, aunque
parezca una repetición, indicaría un
espíritu de exclusión de determinado uso que si se
ha cometido y con gran cantidad de gente en el Perú. Nadie
puede negar que se ha fusilado por levantarse en el país,
y a veces sin proceso. Es una experiencia que no es
teórica sino práctica" (pag, 240 del tomo I).
(El señor Towmsend): "La Comisión podría
convenir en que se consigne, como lo ha hecho la Comisión
Interamericana y como lo hace la Comisión Mundial,
lícitamente la excepción categórica de que
la pena de muerte nunca podrá aplicarse por delitos
políticos" (pág. 240).
(El señor Polar): "Se pone 'guerra exterior' porque hay
peligro de que haya una guerra interior, que es una guerra civil,
y eso es muy grave" (Pág. 238).
El eje central en torno al cual se desenvolvió el debate
de la Comisión Principal de Constitución, para
definir el concepto de "guerra exterior" y la posible
aplicación de la pena de muerte, lo planteó el
ilustre constituyente, señor Javier Valle Riestra Gonzales
Olaechea, trayendo a colación el texto del artículo
78 del Código de Justicia Militar, cuyo texto, transcrito
parcialmente en el Diario de Debates de la referida
Comisión, está compuesto por veintisiete incisos
o hipótesis diferentes.
Pues bien; leído el tenor del artícylo 78 del
Código de Justicia Militar a la Comisión Principal
de Constitución, por el representante, señor Valle
Riestra, una primera reacción contra la posible
aplicación de la pena de muerte para el caso de
traición a la patria en cualquiera de las hipótesis
ahí enumeradas, fue la opción totalmente
abolicionista de la pena capital.
En efecto, manifestando su disconformidad, por razones de
principio, con la pena de muerte en general, el distinguido
parlamentario señor Valle Riestra afirmó, sonre la
materia, lo siguiente:
"No soy partidario, al márgen de la redacción, de
la pena de muerte (...)".
Y cotinuando, afirmó el señor Valle Riestra:
"El artículo 78 del Código de Justicia Militar, que
es el que se va a aplicar, señala, no un caso de
traición a la patria: señala veintisiete".
"Podemos dejar...
( SIGUE EN EL TURNO N§ 07 )
Transcriptor: Jorge Anamaría
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS..(Continuando)...señala
27.
"Podemos dejar -acaso, se interrogaba finalmente el citado
constituyente la aplicación por los propios tribunales
militares de estos 27 casos de este Código de Justicia
Militar que han redactado los militares al margen del Congreso
para que ellos sean los que decidan en tiempo de guerra?
De tal manera -concluía el constituyente señor
Valle Riestra- que por desconfianza en los jueces no togados que
llevan los tribunales militares yo voto contra la pena de muerte.
(página 238).
En el curso del debate, otros constituyentes expresaron,
también, su vocación abolicionista de la pena de
muerte.
Una segunda reacción contra la posible aplicación
de la pena de uerte para el caso de traición a la patria
en cualquiera de sus manifestaciones, fue la formulada por el
Presidente de la Comisión Principal de
Constitución, el doctor Luis Alberto Sánchez, en
el sentido de que se limitara el concepto de "guerra exterior"
al caso de guerra que se libre con otro país. Esta
insinuación hubiera limitado, en consecuencia, los casos
de traición a la patria punibles con la pena de muerte,
tan solo aquellos que se produjeran dentro del marco de una
guerra con otro país".
Asi lo sugirió el ilustre constituyente doctor
Sánchez en los términos siguientes:
"Si nosotros entendemos por guerra exterior, cualquiera que sea
el alcance de este adjetivo, lo que todos entienden por guerra
con otro país, creo que no habría ninguna
dificultad, ningún eufemismo posible. Es muy
difícil dar los términos exactos. Hay quien dice
que no hay sinónimos. Pero "guerra exterior" es lo
contrario de "guerra interior" (Pág.240).
Y en lo que atañe a la dicotomía sugerida por el
eminente constituyente, doctor Sánchez -en el sentido de
contraponer los conceptos de "guerra exterior" y la "guerra
interior" sin admitir hipótesis mixtas que combinaren
elementos nacionales e internacionales- la Comisión tuvo
finalmente en cuenta la observación formulada por el
señor Valle Riestra, quien hizo notar que hay casos en los
que la guerra interior cuenta con la participación de
elementos extranjeros o tiene un origen foráneo.
Dijo, al efecto el ilustre constitucionalista doctor Valle
Riestra, literalmente, lo siguiente:
"Sabemos que, por muchos tecnicismos, un problema interior
podemos decir que esté asesorado por una tercera potencia
e inmediatamente darle la calificación de tal".
Frente a las diversas hipótesis del artículo 78 del
Código de Justicia Militar fue igualmente restrictiva la
ponencia formulada por el constituyente doctor Javier Ortiz de
Zevallos, como se analiza a continuación.
Buscando una solución legislativa menos lata, que limitara
la pena de muerte a la hipótesis de traición a la
patria en caso de guerra internacional, el constituyente Javier
Ortiz de Zevallos propuso sustituir la expresión de
"guerra exterior" por una referencia explícita al caso de
guerra declarada por el Perú o por potencias extranjeras".
Su ponencia al respecto fue la siguiente:
"Una fórmula que diga mas o menos lo siguiente: La "pena
de muerte sólo podrá aplicarse por traición
a la patria en caso de guerra declarada por el Perú o por
potencias extranjeras". (Pág. 240).
No obstante la referida fórmula restrictiva relativa a tan
solo algunos casos de la "guerra exterior", esto es relativa tan
solo a los casos de guerra internacional con terceras potencias,
formalmente declarada por el Perú o por potencias
extranjeras, fue expreamente descartada por la Comisión
Principal y por el Plenario de la Asamblea Constituyente. ...
(SIGUE EN EL TURNO 8)
COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93
Transcriptor : Julio Vera Barreto
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- (Continuando)...No
obstante, la referida fórmula restrictiva relativa a tan
sólo algunos casos de la "guerra exterior", esto es,
relativa tan sólo a los casos de "guerra internacional con
terceras potencias, formalmente declarada por el Perú o
por potencias extranjeras, fue expresamente descartada por la
Comisión Principal y por el Plenario de la Asamblea
Constituyente.
En efecto, frente a la fórmula restrictiva de "guerra
internacional", el concepto lato elegido finalmente por los
constituyentes de 1979, para calificar el tipo de guerra dentro
de la cual mereciera pena de muerte el acto de traición
a la patria, fue el de "guerra exterior".
"Guerra Internacinal" es, de acuerdo a la nomenclatura propia de
los tratados sobre la materia, el conflicto armado librado
específicamente entre dos o más Estados o
potencias.
El concepto de "guerra exterior" -totalmente desusado en la
nomenclatura del Derecho Internacional Público, relativa
al Derecho de la Guerra-, es más amplio, y engloba, por
tanto, conflictos en los que la beligerencia no enfrenta
necesariamente a dos o más potenciales entre sí.
Es "guera exterior", dentro de este orden de ideas -y tal como
lo precisaba el constituyente Valle Riestra-, aquel conflicto
librado dentro del territorio de la República en el cual
la presencia externa se manifiesta a través del
adoctrinamiento, o del apoyo legístico o financiero de una
de las partes en conflicto.
La Comisión Principal de Constitución optó,
de esta menera, por una fórmula lata y no restrictiva
sobre el concepto de "guerra exterior" -y no se "guerra
internacional"-, en gran medida en consideración a las
inquietudes expuestas sobre esta materia por el connotado
constituyente de 1979, señor Róger Cáceres
Velásquez.
En el amplio debate que se suscitó sobre la materia de la
definición del concepto de "guerra exterior", la
Comisión Principal de Constitución y el Plenario
de 1979 tuvieron en consideracion que en las guerras
aparentemente "interiores", pueden existir elementos de
conexión foránea por una de las partes
beligerantes.
En efecto -y vista la gravedad de delito de traición a la
patria, a que se contraen sobre todo ciertos incisos del acotado
artículo 78 del Código de Justicia Militar.
Leídos a la Comisión Principal de
Constitución por el constituyente señor Valle
Riestra-, el señor Cáceres Velásquez,
formul[o la siguiente reflexión a la misma
Comisión:
Y creo que en este aspecto de cuidado que se merecen los
intereses de la patria, debemos ser muy explícitos".
Me parede que se debe haber una redacción de
carácter general, por traición a la patria con
arreglo a las "Leyes militares, una redacción de esa
naturaleza". Esto significa que debe darse oportunamente la
"Legislación pertinente".
"Pero, de la lectura que ha hecho el doctor Valle Riestra, llego
a la conclusión de que hay muchos alcances".
"Podría de hecho quedar fuera, esta redacción que
"nos ha sido propuesta, y quedaría muy mal la Asamblea
Constituyente. Al establecerla, calificada una serie de causales
que pareciera ser conveniente que se "mantuvieran".
El señor PRESIDENTE.- Doctor Ortiz de Zevallos, le ruego
que me disculpe por la interrupción. El tiempo que dispone
cada miembro de la Comisión es 5 minutos para presentar
su posición.
Usted lleva 30 minutos de exposicón y entiendo que su
informe esta usted más o menos en la mitad.
Sugiero la posibilidad si usted lo tiene a bien de que podamos
repartir nuevamente su informe por escrito y que usted nos haga
una exposición sintética de lo que queda, porque
si cada miembro de la comisión tomara una hora de tiempo,
no nos alcanzaría el espacio que tenemos, en resumidas
cuentas, le solicitaría que considere usted la posibilidad
de que repartamos su informe y que nos haga usted una
síntesis del que ...
(Continúa en el Turno N§ 09)
Matinal
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
El señor PRESIDENTE...(continuando)...considera usted la
posibilidad de que repartamos su informe y que nos haga usted
una síntesis del informe en este momento, sería
posible?
El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS.- Señor
Presidente, con todo respeto, yo quiero decirle que la
exposición de motivos fue de la misma extensión
que ésta que estoy leyendo, y que la leyó la
doctora Martha Chávez. Si usted con la gentileza que le
caracteriza me permite terminarlo?.
El señor PRESIDENTE.- El punto es que para percibir
mejor los fundamentos, doctor, sería conveniente tenerlo
por escrito y que usted más bien hiciera una
síntesis del planteamiento.
El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS.- Lo voy a
hacer,señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Bien, muchas gracias doctor.
El señor GONZALO ORTIZ DE ZEVALLOS. (Continuando).- Ha
quedado establecido que los miembros de la Constituyente tuvieron
bastante confusión para definir lo que era la guerra
exterior. Ahora bien, creo además que en el presente caso
hay una guerra exterior, porque así lo han dicho
entidades muy importantes internacionales, y así se ha
establecido también en el tratado celebrado por el
Perú, con Estados Unidos, para el narcotráfico.
En ese tratado se estableció que estaba interviniendo
con la guerra interna, la participación del
narcotráfico...
(Sigue en el Turno 10)
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL...(continuando)...la
participación del narcotráfico, con esa
participación del narcotráfico yo creo que es
suficientemente evidente para demostrar que hay una guerra
exterior, porque el narcotráfico contribuye a que Sendero
Luminoso haya estado utilizando recursos del exterior para seguir
la guerra que ha aplacado la situación en el Perú
con 25,000 personas y 20,000 millones de dólares que nos
ha perjudicado en nuestros derechos.
Yo en definitiva considero que hay guerra exterior de parte de
Sendero Luminos y que por ese motivo debemos considerar que
Sendero Luminoso está incluido en el caso de la guerra
exterior que prevee el Artículo 235.
Yo propongo finalmente que haya este articulado.
En cuanto a la jurisdicción, de acuerdo con el
Artículo 282 y el Artículo 235 del Código
de Justicia de la Constitución Política en actual
vigencia son aplicables a los civiles del Fuero Militar y del
Código de Justicia Militar, este fuero se mantiene en el
Artículo 10 del Capítulo de las Fuerzas Armadas y
de la Política Nacional del Proyecto de
Constitución recientemente aprobado por esta
Constitución.
Finalmente, propongo la interpretación del Artículo
235 de nuestra Constitución Política, con el
articulado siguiente:
"Artículo.- No hay pena de muerte sino por traición
a la patria en caso de guerra exterior.
Artículo.- Interprétese que de acuerdo con lo
establecido por el Artículo 235 de la Constitución
Política es traición a la patria, en caso de guerra
exterior, levantarse en armas contra la república con
financiación e inspiración exterior. El delito de
terrorismo está incurso en el artículo mencionado.
Artículo.- El que provoca o instiga la comisión del
delito de homicidio como jefe miembro de grupo dirigencial o
cabecilla de una organización terrorista, será
condenado a pena de muerte.
Artículo.- Toda persona que se encuentre cumpliendo la
pena de cadena perpetua por terrorismo y que notoriamente con
pruebas evidentes y objetivas instigue a la comisión de
homicidio y que sea jefe miembro de grupo dirigencial o cabecilla
de grupos terroristas será condenado a muerte por estos
nuevos hechos.
Artículo.- Es competente para conocer de los casos a que
se contrae estos preceptos el Fuero militar.
Artículo.- Esto dispositivos serán de
aplicación a todos los procesos del Fuero militar
vinculados al delito en referencia."
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Ortiz de
Zevallos por su importante informe, acabamos de distribuir a
todos los miembros de la comisión el informe completo que
usted ha sustentado, quedamos muy agradecidos.
Tiene el uso de la palabra el doctor Enrique Chirinos Soto.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, con todo
respeto para la opinión del señor congresista
pre-opinante, como la tengo para la de todos los señores
constituyentes, declaro de una manera categórica que no
puedo compartirlo.
Una interpretación del Artículo 235 de la
Constitución en el sentido propuesto, es decir que al
dictar ese artículo, los constituyentes nos hubieramos
puesto en la hipótesis de una guerra interna, que
sería una guerra exterior o que está pagada con
dinero del narcotráfico que es dinero externo...
(continúa en el turno 11)
Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... de una guerra
interna que sería una guerra exterior, porque está
pagada con el dinero del narcotráfico porque es dinero
externo.
No tuvimos en mente absolutamente para nada ese tipo de guerra
exterior señor Presidente.
Yo discrepo de esa interpretación, tanto más cuanto
que parecería conducir y así lo sería ante
los ojos de la opinión internacional a aplicar a
título interpretativo la Ley de Pena de Muerte a los que
ya están presos y condenados; lo cual señor
Presidente, nos colocaria al Perú al márgen de la
civilización y del órden internacional.
La verdad del tema de la Pena de Muerte en el Congreso
:Constituyente al que yo pertenecí, o Asamblea
Constituyente de 1978, fue la siguiente señor, nosotros,
digo la mayoría de nosotros, por no decir la unanimidad
-había excepciones como la del general Olivares Montano
del PPC- eramos abolicionistas, no queriamos pena de muerte, la
prueba está señor Presidente, en la propia
redacción negativa del artículo 235 "no hay pena
de muerte", esa es la redacción original.
Las Fuerzas Armadas y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
a través del doctor Fernándo León de Vivero,
Presidente de la Comisión de Defensa del Congreso nos hizo
saber que si aprobabamos un artículo abolicionista en esos
términos, las Fuerzas Armadas no podrían garantizar
la disciplina de la tropa, en caso de guerra señor
Presidente; naturalmente de guerra con el extranjero, nadie
estaba pensando en esas alturas en una guerra civil o en una
guerra interna, en la guerra que nos ha declarado hace trece
años el terrorismo subversivo.
Señor Presidente, tuvo entonces que -accediendo a la
petición del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas-
hacer la salvedad, "no hay pena de muerte, sino por
traición a la patria" Ahí hubiera quedado, pero se
quizo precisar señor Presidente, se quizo precisar "en
caso de guerra" y no de cualquier guerra señor Presidente,
sino de "guerra exterior" Nos pusimos justamente en el caso de
una guerra internacional, de una guerra entre Estados, de una
guerra que el Perú tuviese que librar en sus fronteras.
A punto tal señor Presidente, que mi señor hermano,
el doctor Francisco Chirinos Soto, Presidente de la
Comisión de Justicia y el que habla propusimos un
añadido para que dijera "sino en caso de guerra exterior
en el teatro de las operaciones" Esa adición fue rechazada
señor Presidente.
Cuando se dijo "guerra exterior" se entendía guerra
exterior como lo prueba la propia cita del doctor Mario Polar
Ugarteche que se ha leído, se dijo y se precisó que
fuera guerra exterior señor Presidente, porque en esa
época la hipótesis en la que pensabamos, era la de
una insurrección popular contra la dictadura, que la
dictadura pudiese declarar el Estado de Guerra INterno y aplicar
entonces la Pena de Muerte.
Entonces, nosotros para atender en pedido del Comando Conjunto,
limitando hasta donde fuera posible los alcances de la Pena de
Muerte, pusimos "en caso de guerra exterior" Entendiendo por
guerra exterior lo que es "guerra exterior", una guerra entre
naciones, que se puede librar dentro de las fronteras del
Perú, si el Perú es invadido y fuera de las
fronteras del Perú, si al Perú le toca -como en
alguna oportunidad le ha tocado- el papel de invasor, como con
don Ramón Castilla, se paseó en el siglo pasado con
el Ecuador hasta firmar el inútil tratado de Mapasingue.
Señor Presidente nos encontramos nosotros entre dos
fuegos, entre el clamor de la opinión pública para
que establezcamos la pena de muerte y la vigilancia de la
opinión internacional que a veces hipócritamente
nos adelanta reproches, porque incumplimos o nó el Pacto
de San José, digo hpócritamente señor
Presidente, sobre todo para el...
(Continúa en el Turno No. 12)...
Transcriptor: Alfredo Alvariño C.
El señor CHIRINOS SOTO.-(continuando)... de la
opinión pública para que establezcamos la pena de
muerte y la vigilancia de la opinión internacional que a
veces hipócritamente nos adelanta reproches porque
incumplimos o no el Pacto de San José. Digo
hipócritamente, señor Presidente, sobre todo para
el caso de los Estados Unidos, que no han firmado ni suscrito ni
ratificado el Pacto de San José, pero que son los primeros
en señalarnos con el dedo si imaginan que puede haber
conflicto entre lo que nosotros digamos y el Pacto de San
José.
Yo tampoco comparto la tesis, señor Presidente, de que
hayamos perdido a tal punto la autonomía de los poderes
interno que no podamos legislar, aquí hemos tenido al
señor Embajador don Antonio Belaunde Moreyra, autoridad
en esta materia quien nos ha dicho que aún ampliando las
hipótesis de la pena de muerte, o eliminando aquello de
guerra exterior, no hay ninguna necesidad de denunciar el Pacto
de San José, no estamos obligados a denunciarlo.
En debate televisado, en un programa que yo conducía en
el Canal 11 el Embajador Belaunde discutipo con el doctor Javier
Valle Riestra, yo he querido y quiero que el doctor Valle Riestra
venga a exponer ese punto a la Comisión, porque el punto
de vista del doctor Valle Riestra es el siguiente: Que al
ratificar, al entrar en vigencia para el Perú el Pacto de
San José, estaba vigente la Constitución de 1933,
cuyo artículo 54§ dice: "La pena de muerte se
impondrá por delito de traición a la patria y
homicidio calificado y por todos aquellos que señala la
ley".
De manera, señor Presidente, que moviéndonos en la
órbita del artículo vigente de la
Constitución vigente al tiempo de suscribir el Pacto de
San José, nosotros podemos adoptar una posición
prudente, señor Presidente. Yo apoyo como opinión
y estoy dispuesto a apoyar con mi voto una fórmula tal que
concilie nuestra soberanía interna y nuestro respeto a las
normas internacionales.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el
señor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente: Hemos
escuchado dos posiciones que están a favor de la pena de
muerte y buscan caminos distintos en función de lo que
significan los tratados internacionales. Yo voy a sustentar mi
oposición a la pena de muerte en cualquiera de sus
términos, sostengo ésto por posición de
principio.
Sostengo que la pena de muerte es una violación del
derecho a la vida y este es el primero de todos los derechos
humanos, sostengo que el hombre no es dueño de su vida,
la persona es un fin en sí mismo que no se disuelve en la
sociedad, sostengo que la pena de muerte es mas venganza que
justicia, no repara el daño hecho a la vida de otro,
instaura "el ojo por ojo", responde al mal con el mal y no al mal
con el bien, sostengo que la vida humana es inalienable, todo
esto lo aprendí desde muy pequeño.
Pero sostengo además que la pena de muerte produce un
daño público, fomenta un tipo de relaciones
sociales que son justamente las que necesitamos eliminar del
Perú, es un tipo de relación social, una manera de
resolver los conflictos eliminando al otro; creo que la
ejecución en frio es un acto de violencia y genera mas
violencia. Cómo podemos construir una cultura de paz si
implantamos la pena de muerte, cómo podemos responder
justamente al drama de estos trece años en los cuales se
ha querido cambiar las cosas en el Perú implantando la
muerte y el genocidio, cómo queremos responder a eso si
no es afirmando los valores de la vida por encima de lo que
significa adjudicarse el derecho sobre la vida de otra persona.
La pena de muerte olvida a su vez que siempre hay responsabilidad
social en la criminalidad de cualquier tipo de origen, y
ciertamente no es sólo un acto de legítima
defensa...
(Continúa en el Turno N§ 13)
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS
El señor PEASE GARCIA.- _(continuando)_ responsabilidad
social en la criminalidad de cualquier tipo de origen.
Y ciertamente, no es sólo un acto de legítima
defensa, no es lo mismo una muerte que se produce ante la defensa
personal o ante la defensa de un cuerpo armado frente a otro. La
"pena de muerte" es un acto en frío, donde alguien que
ya fue detenido, se le elimina de la sociedad, se le elimina de
la vida. Todos estos elementos me hacen ser sitemática y
firmemente contrario a cualquier fórmula de "pena de
muerte".
Pero, además me hago una pregunta de fondo, qué
gana la sociedad con la "pena de muerte"? La "pena de muerte" no
es una amaneza ni genera miedo y menos aún en el
terrorista, hay estudios sobre el pensamieto de Sendero Luminoso
que muestra todo lo contrario, muestra una cultura de la muerte;
a ellos no le impresiona, al contrario les ofrece la gloria, les
ofrece el heroísmo, y eso es lo que se está
fomentando al aplicar en mi opinión, la "pena de muerte".
Por ptra parte, no sólamente en estos casos de terrorismo,
los hechos no corroboran que la "pena de muerte" sea disuasiva,
esto está expresado por ejemplo, en el sexto Congreso de
las Naciones Unidas sobre prevención del delito,
ahí está demostrado con investigaciones hechas en
diferentes partes del mundo.
Y más bien creo que la "pena de muerte" nos deja la
impresión de que se están tomando medidas firmes
para solucionar un problema de fondo cuando por ahí no va
la cosa, cuando son otras las medidas que hay que tomar.
Si señor, yo puedo conprender, que frente al genocidio de
Sendero Luminoso, muchos peruanos pidan la "pena de muerte", pero
tengo el deber moral y político de decir lo que es mi
verdad, de hacerlo aunque no sea popular; y sobre todo de tratar
de convencer que por este medio, no resolvemos el problema de la
violencia en el Perú.
Aquí está una de las escencias de lo que ha sido
siempre mi compromiso y mi razón de meterme en
política, estoy para buscar la justicia y entiendo que la
paz es obra de la justicia y no del odio o la venganza.
Y creo que tenemos que revolucionar la sociedad y afirmar
determinados valores, esta Constitución debiera afirmar
esos valores y afirmarlos, además tomando en cuenta lo que
es la experiencia reciente. Que Abimael Guzmán y la
principal cúpula senderista, esté presa sin que se
haya violado uno sólo de sus derechos humanos, es para mi
parte de la autoridad moral para enfrentar a Sendero Luminoso,
que pueda decirse, qué es mejor que éso, ponerlo
frente al pelotón de fusilamiento? Es olvidar que lo
único que haríamos sería dejarlos como
heróes ante sus propios seguidores y hacer lo mismo con
los que después de la vigencia de esta
Constitución, sin ser los líderes máximos,
reciban esa pena.
Por todo esto, señor Presidente, expreso mi
oposición personal y la del Movimiento Democrático
de Izquierda, a toda fórmula que consagre la "pena de
muerte", sostengo que por ese camino no vamos hacia la
pacificación; sostengo que por ese camino, no vamos a
crear la fuerza de una cultura de paz, que es justamente la
respuesta que merece esta tremenda década que ha vivido
el Perú en los 80.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Carlos Ferrero.
El señor FERRERO COSTA.- Voy a referirme un poco los
argumentos expuestos por quienes son abolicionistas para
después pasar a sostener el punto de vista de quienes
estamos a favor de la "pena de muerte".
Y finalmente intentaré sostener una tesis relacionada con
los mecanismos que cabe aplicar_
(CONTINUA EN EL TURNO - 14)
CONSTITUCION - MATINAL
Justo Frías López
El señor FERRERO COSTA.- (Continuando)...de muerte.
Y finalmente, intentaré sostener una tesis relacionada con
los mecanismos que caben aplicar, al efecto de salvar la aparente
dificultad que crea el Pacto de San José.
Los argumentos fundamentales en contra de la pena de muerte, son
sin duda de muy alta calidad.
El primero, el valor de la vida, que según se sostiene,
no puede ser despojado por un estado que no ha dado la vida a
nadie; por consiguiente no se la podría quitar.
El segundo argumento, igualmente valioso, que la
aplicación de la pena de muerte puede caer en la condena
de inocentes, dado que el márgen de error compatible con
el ser humano, es perfectamente posible de ocurrir en una
situación en la que producida la ejecución no hay
manera de resarcir la muerte de un inocente.
En tercer lugar, y este es el argumento contemporáneo y
en mi opinión el más discutible, que la pena de
muerte no tiene valor disuasivo.
Este argumento, que la pena de muerte no tiene valor disuasivo,
sin embargo es controversial porque a pesar de las exposiciones
hechas sobre ese punto, los países que tienen la pena de
muerta y que la mantienen desde hace muchos años, por
ejemplo Estados Unidos, la razón fundamental es que
sí están convencidos que tiene valor disuasivo. Es
decir, si alguien dice no tiene valor disuasivo, con igual fuerza
se puede decir sí la tiene, porque quienes la mantienen,
esa es la razón fundamental porque la mantienen: Su valor
disuasivo.
El cuarto argumento en contra de la pena de muerte es que niega
la posibilidad de la rehabilitación, como que condena al
ser humano a su incapacidad para poder reconvertirse en un sujeto
útil.
El quinto argumento, ya explicado, que de alguna manera no
repara, porque conmo la vida es en realidad absolutamente
insustituible, una vez que se pierde no hay reparación
frente a la pérdida de la vida y no tendría sentido
tratar de repararla con un castigo que se la quita otro.
El hecho de la implicancia que tiene la pena de muerte sobre una
cultura de la violencia, es un problema que no es posible tratar
en los diez minutos que se me ha concedido, por ese motivo voy
a relevarme para pasar a los argumentos a favor de la pena de
muerte que me parece importante que se tengan presentes.
En primer lugar, sobre el valor de la vida, que es el argumento
más importante, sostenemos quienes a pesar de ser
católicos aprobamos la pena de muerte, que aquel que
está dispuesto a quitar la vida de otro pierde el derecho
a su propia vida. Al perder el derecho a su propia vida, es
reemplazado por quien aplica un castigo; y la aplicación
del castigo más duro como castigo, es perder lo que uno
más quiere, que es la vida propia.
En segundo lugar, el castigo debe tener como sanción un
tamaño similar a la naturaleza del hecho que ha producido
la falta grave, y no hay y no puede haber castigo más
grande que perder la propia vida.
El señor PRESIDENTE.- Tiene un turno adicional doctor
Ferrero.
El señor FERRERO COSTA.- Gracias señor Presidente.
Al establecerse que uno pierde la propia vida, se sabe que es el
castigo máximo que puede existir como castigo; y que es
lo más proporcional que puede encontrarse en
relación a la gravedad de la falta. No hay castigo
más grande aunque hay quienes dicen, prefiero morir que
vivir diez años en Lurigancho; eso dicen, eso dicen. Pero
si hoy a cualquiera de le pregunta, mueres o te vas diez
años a Lurigancho? Todos dicen, me voy diez años;
o sea, dicen, dicen preferiría morir que estar diez
años en Lurigancho, pero a la hora de la verdad nadie en
un instante se despoja libremente de su vida; no es lo normal.
En tercer lugar, no hay una manera justa, no existe una manera
justa de reparar una vida, no existe, no es posible. De tal
manera que si eso es cierto, no se trata en realidad de una por
otra porque no hay otra que sustituya la propia vida, ni siquiera
la muerte de alguien reemplaza la vida de otro que ha fallecido;
porque como todos son distintos y cada vida tiene valor sobre
todo para aquel que la posee, una vez perdida por el que la tiene
ninguno otro la va a reemplazar.
Pero lo más importante de ese argumento
contemporáneo al que he referido anteriormente es sobre
el amedrentamiento...
( SIGUE EN EL TURNO N§ 15 )
Jorge Anamaría
El señor FERRERO COSTA..(continuando)...por el que la
tiene ningún otro la va a reemplazar.
Pero lo mas importante de ese argumento contemporáneo al
que me he referido anteriormente sobre el amedrentamiento, la
verdad es que, si bien es cierto que en algunos casos -en algunos
casos que yo estimo son minoritarios- el amedrentamiento no tiene
el valor disuasivo que se estima, en la gran mayoría
sí la tiene.
Yo me quisiera referir a un caso que es muy actual de la Ley del
Arrepentimiento. Conforme a la Ley del Arrepentimiento la persona
que es capaz -digamos- o sea que dice "yo voy a confesar lo que
he hecho y a cambio de eso voy a poder salir y reincorporarme a
la sociedad" sobre él hay un peso moral, o sea, hay una
razón que ocurre en su cerebro por la cual él tiene
que escoger, mantenerse amenazado por Sendero de que si se va
muere o aplicarse a la Ley del Arrepentimiento y reincoporarse
a la sociedad, él tiene que valorar los dos elementos que
están en una balanza y escoge uno de ellos, que al final
en el fondo es "si tú no te arrepientes te
aplicarás a todas las consecuencias que implica mantenerte
fuera de la legalidad"; o sea, la disuación incluso tiene
validez dentro de la propia Ley de Arrepentimiento.
O sea, la disuación sí es un factor evidente de la
sociedad que yo reconozco se aplica mucho mas a determinados
elementos con problemas psicosociales y al terrorismo
común, a la delincuencia común que a la
delincuencia terrorista.
En quinto lugar, existe la legítima defensa y es que, uno
tiene que recurrir a los métodos que estén a su
alcance para poder salir al frente de lo que es una amenaza que
escapa a tu capacidad normal de defensa. Entonces, la pena de
muerte es también una legítima defensa de la
sociedad que no tiene otras maneras visibles y eficaces de poder
sostener la aplicación de un estado de derecho, un
mantenimiento de normas y se ve obligado a recurrir a medidas
extraordinarias de esta naturaleza.
Si bien es cierto, que estar a favor de la pena de muerte tiene
una contradicción con ser defensor de la vida, en el fondo
este argumento como muchos otros no es mío, fue mencionado
con mucha lucidez por el Padre Imperdonato, sacerdote
católico, con mucha lucidez digo, en una exposición
amplia que ahora no puedo mas que resumir, decía él
"que cuando uno está dispuesto a tomar la vida de otro,
como castigo por haber alguien apropiado de la vida ajena", en
el fondo está defendiendo la vida de todos aquellos que
todavía están vivos.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Ferrero. Se venció su
segundo turno, Le voy a agradecer que sintetice su planteamiento.
El señor FERRERO COSTA.- En consecuencia, el aplicar la
pena de muerte es defender la vida de todos los que
todavía están vivos y que pueden morir si no hay
pena de muerte, es decir, la pena de muerte resulta
también una herramienta para mantener la supervivencia de
los que están vivos, porque de no existir la pena de
muerte, los que están vivos tienen mucho mayores
posibilidades de morir en manos de aquellos que los van a matar.
Señor Presidente, yo sostengo además, que la pena
de muerte no es una cosa permanente en todos los tiempos ni en
todos los países; depende un tanto de las circunstancias
que cada uno vive. A mi me gustaría que no hubiese pena
de muerte. Defenderé eso si las circunstancias fueren
distintas, pero en esa etapa me parece necesario como un
instrumento que defiende a la sociedad de los graves males que
en este momento la amenaza.
Reservo para una oportunidad posterior el problema del Tratado
de Costa Rica a fin de no excederme del tiempo que me ha sido
concedido.
El señor PRESIDENTE.- La doctora Martha Chávez.
La señorita CHAVEZ COSSIO.- Sí, señor
Presidente. Me voy a limitar a referirme al supuesto de
aplicación de la pena de muerte para el delito de
terrorismo, por cuanto, creo que respecto a los delitos de
traición a la patria ya ésto está zanjado,
está establecido en la Constitución del año
1979 y no veo razón por la cual debe eliminarse ese
presupuesto. Estamos, creo, tratando de ver en la posibilidad de
aplicar esta misma pena a los casos de delito de terrorismo.
Yo debo decir ...
(SIGUE EN EL TURNO 16)
COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93
Transcriptor Julio Vera Barreto
La señorita CHAVEZ COSSIO.- (Continuando)... trantando de
ver la posibilidad de aplicar esta misma pena a ambos casos del
delito de terrorismo.
Yo debo decir y en esto quizás me refiera a los argumentos
que ha dado el doctor Pease, porque es el que ha sustentado hasta
este momento una posición contraria que nosotros
particularmente la que habla; sostiene la necesidad de la
aplicación de la pena de muerte precisamente porque cre
en el derecho a la vida, y precisamente porque creo en el derecho
a la vida de todos los seres humanos, admito que la sociedad
pueda tomar legítimamente medidas extremas de
protección contra aquellos que se han puesto en contra de
ese derecho a la vida, de los ciudadanos de un país o de
los integrantes de una sociedad.
Existen en el Perú, personas que manifiestamente
declaradamente, se han puesto en contra, no solo de la sociedad
en su conjunto, si no de cada uno de los individuos que lo
integran, y es así que han atacado no solamente la
propiedad, los bienes del Estado y han afectado tan enormemente
la economía de regiones completas y han causado el
desarraigo y el desplazamiento de centenares de miles de
peruanos, sobre todo de aquellos peruanos que por sus razones,
culturales, tecnológicas están muy arraigados a su
tierra, y sin embargo, estos individuos, estos poco delincuentes
terroristas, han afectado estos cientos de miles de personas.
Pero además estos delincuentes, han afectado el derecho
a la vida de 25 mil personas, les han quitado el derecho a la
vida, yo creo que el actuar de los delincuentes terroristas, es
un actuar desde todo punto de vista cobarde.
Yo les diría cada muerte que ellos han producido, no es
ninguna victoria. Una victoria sería cuando rebele actos
de valentía, pero es la cobardía más grande
agazaparse y esconderse y acechar a una presa y cuando se logra
obtener esa presa, luego del acecho, eso no es victoria.
Siempre cuando alguien decía, acechar a alguien, perseguir
a alguien lo va conseguir, porque por más medios, de
legítima defensa de esa presa se ubiere procurado, va
tener algún momento de descuido, algún momento de
flaqueza que va ser aprovechada por la cobardía de quienes
agazapados en la oscuridad en la sorpresa, están
permanentemente observándola.
Creo que son actos de legítima defensa de la sociedad, a
los que esta obligada a la sociedad para defender el derecho a
la vida de sus integrantes; el tomar medidas extremas.
Y estas medidas extremas como en el caso que estamos tratando de
la pena de muerte, no es una venganza, si fuera una venganza,
tendriamos que matar 25 mil veces o proporcionalmente a cada uno
de estos delincuentes.
Creo que no es venganza, lo que se esta buscando con una medida
con la pena de muerte, tampoco es una sanción penal como
las que normalmente existen que buscan en todo caso disuadir a
la persona a la que se aplica la pena para que enmiende su
conducta y no vuelva reincidir en una acto así.
En este caso se trata de una pena extrema, que es una medida de
protección, que la sociedad toma para eliminar aquellos
elementos de la sociedad que se han puesto en contra de ella y
que manifiestamente han declarado su no voluntad de respetar el
derecho de la sociedad y de los individuos.
Por lo tanto considero que no estamos, afectando ningún
principio, ni ningún concepto fundamental y es así
que por ejemplo la Iglesia Católica, y las iglesias
cristianas, admiten la posibilidad de la aplicación de la
pena de muerte y dejan en libertad de conciencia a cada uno de
sus integrantes para decidirse por esta medida.
No es ilícito ni moral para los católicos ni los
cristianos, el decidirse por esta pena extrema.
El señor PEASE GARCIA.- Una interrupción doctora.
La señorita CHAVEZ COSSIO.- Me pide señor
Presidente una interrupción el doctor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- He querido citar, que mi
expiración de mi pensamiento es la propia iglesia, donde
hay posiciones en un sentido y en otro, en ese sentido hay
quienes dentro de la iglesia católica, y dentro de las
iglesias cristianas pensamos que no es lícito y hay
quienes piensan que es lícito, creo que eso es lo que debe
quedar claro.
(Continúa en el Turno N§ 17)
Matinal
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
El señor PEASE GARCIA HENRY...(continuando)...En ese
sentido hay quienes dentro de la Iglesia Católica y
dentro de las Iglesias Cristianas pensamos que no es
lícito y hay quienes piensa que es lícito; creo que
eso es lo que debe quedar claro.
La señorita CHAVEZ COSSIO MARTHA.- No he dicho nada en
contrario doctor Pease.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- Yo invoco los precedentes,
cuando a Juan Pablo II lo intentan asesinar, él no pide
la Pena de Muerte sino lo perdona, ese es la práctica
de la Iglesia que es muy distinta a las discusiones más
intelectuales entre teologías diferentes.
El señor CHIRINOS SOTO ENRIQUE.- Señor Presidente,
justamente los católicos -y entiendo que los demás
cristianos- estamos autorizados para opinar en uno u otro
sentido; inclusive los teólogos mas destacados de la
Iglesia Católica como Santo Tomás de Aquino,
piensan que sólo Dios puede decidir sobre la vida; pero
que la autoridad civil legítima representa a Dios; y San
Agustín -desde luego- conocemos su fórmula que dice
que "en lo que es de fe, unidad; en lo que no es de fe, en lo
opinable, libertad y en todo caridad". Lo cual, debo decir,
perdone que aproveche esta intromisión, doctora, debo
decir que el tema de La Pena de Muerte, a mí siempre me
sume en profunda angustia, es un tema que me angustia, es un
tema en el que no estoy tranquilo, cualquiera que sea la
determinación que adopte.
Muchas gracias.
La señorita CHAVEZ COSSIO MARTHA.- No he señalado
cosa distinta; precisamnte he dicho que hay libertad para los
católicos y para los cristianos en este tema, precisamente
porque hay el convencimiento de fondo de que no se afecta el
derecho a la vida, porque si se afectara de principio el derecho
a la vida aplicando la pena de muerte, de seguro que el
Magisterio de la Iglesia, no lo hubiera admitido y
tendríamos en este momento que acatar como en muchos
otros temas, una decisión de parte del Magisterio de la
Iglesia.
Por tanto, señor Presidente, estimo que de auerdo,
recogiendo la situación del país, y sabiendo que
estamos legislando para el Perú de hoy, buscando que se
resuelvan sus problemas fundamentales, considero que debe
establecerse la posibilidad de aplicar la Pena de Muerte para los
casos del terrorismo. Evidentemente esta medida tiene que ser una
medida muy restringida para aquéllos que decididamente
sean cabecillas de estas organizaciones terroristas, para
aquéllas que formen parte de estos pelotones de
aniquilamiento, para aquéllas que hayan participado y sean
responsables de graves daños a las personas y a los
bienes de la sociedad.
Mi parecer, señor Presidente, es porque se incorpore en
la Constitución la posibilidad de aplicar la Pena de
Muerte para los casos de terrorismo.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Señor Barba Caballero, puede
hacer uso de la palabra.
El señor BARBA CABALLERO JOSE.- Señor Presidente,
todos aquí respetamos profundmente las actitudes y los
aportes del doctor Gonzalo Ortiz de Zevallos, pero su
interpretación no sólo es arbiraria e inaceptable,
sino también como bien ha sido dicho aquí, nos
pondría al margen de la civilizacion. Por estas razones
creo que va a ver unanimidad en lo que se refiere al rechazo a
esta curiosa interpretación, no?.
En lo referente al tema en sí, debo decir que la
declaración de principios de Henry Pease, un poco que
me ha hecho recordar un sabroso diálogo de los
discípulos de Lao Tse y Confucio, Lao Tse que era el
filósofo de la paz, chino, pregonaba que "al mal
había que responderle con el bien", y entonces le
preguntaron a Confucio, dice Lao Tse que al mal debe responderse
o pagarse con el bien; y Confucio preguntó y con
qué debe entonces pagarse al bien?, no dijo, mejor es "al
bien responderle con el bien y al mal con la justicia" o dicho
de otra manera con la fuerza de la ley, del palo o de la espada";
respuesta impecable y verdadera que es un poco que la se ha
impuesto en el munto contemporáneo...
(Sigue turno No.l8).
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR
El señor BARBA CABALLERO...(continuando)... y al mal con
la justicia, o dicho de otra manera con la fuerza de la ley del
palo o de la espada, respuesta impecable y verdadera que es un
poco la que se ha impuesto en el mundo contemporáneo, que
se sepa Lao Tse no dijo ni pío, con lo que se
demostró que no sólo era un hombre inteligente sino
también muy sabio aunque de cuantía menor.
Ahora, creo señor que este es un tema que hay que
plantearlo con mucha delicadeza y cada quien tiene aquí
que expresar sus puntos de vista con absoluta veracidad, en lo
que a mí se refiere, mi posición es eminentemente
pragmática, si yo creyese que con la pena de muerte vamos
a solucionar el problema del terrorismo estaría a favor
de ella, pero yo creo que la pena de muerte es efectivamente un
incentivo para la lucha terrorista e incluso una especie de
galardón preciado para ellos, por eso mi oposición.
Además señor Presidente, hay un argumento que ha
expresado con toda claridad el doctor Ferrero, que es el de la
posibilidad de ajusticiar inocentes.
Todos aquí sabemos perfectamente que a pesar de las muy
buenas intenciones de nuestra Policía Nacional, el
método que ellos tienen para obtener declaraciones de
culpabilidad, no es otro que la tortura, no es otro -en todo
caso- que el chantaje emocional y hay múltiples cantidades
de inocentes que se ven obligados mediante estos métodos
a aceptar culpabilidades, todos sabemos aquí que la
mayoría de estos ciudadanos terminan en los Tribunales
Militares, y un Tribunal Militar no juzga, castiga.
Por otro lado, la mayoría de ellos son de una
incompetencia aceptada -creo- por todos los profesionales
peruanos, y esta es una razón muy de fondo para meditar
muy en serio el tema de la pena de muerte.
Ahora, yo creo que lo que el gobierno debería de hacer
sobre este tema es seguir trabajando en algo que realmente
está haciendo bien, que son sus éxitos en la
estrategia antiterrorista, creo que el gobierno debería
de trabajar mejor en el frente policial, darle cierto status,
cierta dignidad, mejores armas, mejores instituciones para que
puedan servir de una manera más eficiente a la sociedad
peruana.
Creo que no deberíamos darle tanta independencia a las
Fuerzas Armadas en las zonas de emergencia y deberíamos
de idear algunos mecanismos de control, porque el terrorismo hace
lo que se conoce como "la guerra de la pulga", es decir, pica o
golpea al gobierno o al estado donde más le duele para
obligarlo a responder como un orangután y así
ataque a gente inocente, luego regresan ellos y les dicen a las
víctimas "eso es lo que llaman democracia, eso es lo que
llaman libertad, nosotros somos la solución" esa es la
técnica terrorista, de ahí que el estado tiene que
responder con mucha inteligencia, debe de trabajar, debe de
seguir trabajando en los medios de comunicación masiva,
todos nosotros sabemos que para el terrorista nada es más
importante que los medios de comunicación masiva, muchas
veces jugando inconscientemente al espectáculo del terror.
Yo soy un convencido, por ejemplo, que el verdadero peligro con
el que el terrorista se enfrenta es con el de ser ignorados, es
con el de no recibir suficiente publicidad, y sobre todo con el
de enfrentarse con enemigos dispuestos a todo y a no negociar
jamás, aunque el precio sea muy alto.
Y creo, señor, que la gran victoria contra el terrorismo,
va a depender fundamentalmente de la participación
ciudadana, contra todo lo que se cree, el terrorista es altamente
vulnerable, necesita un techo sobre su cabeza, pertrechos,
alimentos, algunas personas conocerán su paradero y otras
lo sospecharán, de ahí que una campaña de
incentivos a la población como se viene implementando, y
además de eso un grado de conciencia más elevado
de la población, significará una victoria
definitiva contra el terrorismo.
Yo creo que lo que se debe hacer es básicamente esto,
afinar la estarategia antisubversiva y estaremos dando un paso
gigantesco en lo que se refiere a la eliminación de esta
lacra social.
Por otro lado, pienso que para hacer justicia no es necesario dar
la vuelta y regresar a métodos primitivos y que en la
práctica no han resultado eficaces como la pena de muerte.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias. Doctor Róger
Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor
Presidente, cuando debatimos en 1978, 1979 la Constitución
actualmente vigente, la posición de quien habla...
(continúa en el turno 19)
Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado
El señor BARBA CABALLERO.- (CONTINUANDO)... de muerte.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, doctor Roger
Cáceres.
Elseñor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Señor
Presidente, cuando debatimos en 1978-79 la Constitución
actualmente vigtente, la posición de quien habla respecto
de este tema, se expresó en el sentido de que
procedía la pena de muerte para los casos de los
asesinatos con ferocidad, siempre que con el voto de la mitad
más uno de los miembros de la Corte Suprema, fuese
acordada esta suprema sanción.
Esta fue una posición personal, porque como Partido no
llegamos a optar una posición final definitiva sobre el
particular, desde entonces "han pasado muchas aguas por debajo
del puente de la historia".
Hemos visto en el Perú desarrollarse una situación
de violencia, ciertamente inaudita, con el costo de la vida de
númerosos peruanos y con el ingente destrozo que se ha
producido en este país en el que hay tanto por hacer y en
el que hay desgraciadamente escacéz de recursos para hacer
lo que falta.
A estas alturas señor Presidente, debatiendo la nueva
Constitución del Estado, yo llego a las siguientes
conclusiones:
Qué cosa dice el artículo primero de la
Constitución vigente todavía? Dice: "La persona
humana es el fin supremo de la Sociedad y del Estado, todos
tienen la obligación de protegerla y de respetarla" Y en
el artículo segundo dice: "Toda persona tiene derecho a
la vida" Toda persona.
Puede señor Presidente observarse de la lectura de estos
textos constitucionales, que son de carácter absoluto, no
admiten exclusión dice "Todos tienen el deber de
respetarla y protegerla" Todos, el ciudadano, la autoridad, todos
y toda persona tiene derecho a la vida, no se dice "con
excepción de".
Son disposicones señor Presidente Apodícticas,
axiomáticas, de una fuerza legal concluyente.
En la nueva Constitución que estamos aprobando
señor, sobre la huella de lo anterior se ha dicho: "La
defensa de la persona humana y respeto de su dignidad son el fin
supremo de la Sociedad y del Estado" Todos tienen la
obligación de proteger y promover a la persona, toda
persona tiene derecho a la vida.
Señor, tanto en la Constitución vigente como en la
que estamos preparando, hay pues un supremo compromisio de todos
en relación con la persona y con la vida de la persona,
gravitan sobre mi espíritu señor, estas
consideraciones, al tratar del Poder Judicial, en el
artículo 234 de la Constitución vigente hemos dicho
que la finalidad de la pena es la reeducación, la
readaptación de las personas que hubieran delinquido.
El señor CHIRINOS SOTO.- Perdón una
interrupción señor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Con la venia del
señor Presidente y rogándole que sea
brevísimo porque el tiempo es estrecho.
El señor CHIRINOS SOTO.- Ya le he dicho, es que ese
artículo en el que decía que todos tienen derecho
a la readaptación, precísamente yo observé
que era incompatible con la pena de muerte que se venía
y por eso ese artículo ha quedado en suspenso, y era
incompatible con la cadena perpétua, porque el que
está condenado a cadena perpétua no tiene ninguna
esperanza de readaptarse.
El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- No pienso que haya
usted ha sido brujo sino prevenido, en efecto así ha sido
lo que hemos acordado, o sea que el artículo 234 , en la
versión que tendría la nueva Constitución,
ese asunto no ha quedado descartado sino simplemente relegado
para que cuando decidamos este debate y yo por lo pronto
señor Presidente me anoto dentro de quienes van a defender
una constitución igual a la contenida en el
artículo 234.
Pido al señor Presidente que por equidad me permita unos
minutos más.
Luego señor yo creo que desde el punto de vista de la
escencia de la persona humana, cómo pueden unas personas
decidir sobre la vida de otras, siendo esta vida lo más
preciado que tiene aquella persona, creo que no hay potestado
humana que podría arrogarse ese derecho...
(Continúa en el Turno No. 20)...
Transcriptor: Alfredo Alvariño C.
El señor CACERES VELASQUEZ.-(continuando)... sobre la vida
de otro siendo esta vida lo mas preciado que tiene aquella
persona, creo que no hay potestad humana que podría
arrogarse ese derecho, creo que además debemos percatarnos
de lo que ocurre en nuestro país, nosotros somos algo
singular dentro del globo terráqueo, somos un pueblo no
integrado, dos tercios de nuestra población se debaten
todavían dentro de una inintegración cultural por
responsabilidad de los gobiernos que hemos tenido que
sistemáticamente han fracasado en la trea de construir la
Patria.
De otro lado, señor, creo que a estas alturas discutir de
la pena de muerte, cuando el gobierno está diciendo que
ya estamos ganando, que falta poquito para que venzamos del todo,
ya se acerca 1995 que es la fecha señalada para decir
terminó la violencia en el Perú, por supuesto que
la violencia organizada, sistemática, siempre habrá
violencia en las muchas formas que lo tolera la vida humana, pero
la violencia sistemática utilizada como método
político para lograr el poder, esto tiene según los
propósitos del gobierno y que se vienen cumpliendo y en
ese sentido la ciudadanía ha aplaudido al gobierno por los
resultados que se vienen produciendo..
El señor CHIRINOS SOTO.- Me permite una
interrupción.
El señor CACERES VELASQUEZ .- Si, siempre rogándole
que sea brevísimo.
El señor CHIRINOS SOTO.- Ya sabe usted, señor
Cáceres, que yo le hago caso en todo.
Corroborando lo que usted dice, el clamor de la opinión
pública por la pena de muerte ha cedido, porqué ha
cedido, porque la gente pensaba en aplicar la pena de muerte a
Abimael Guzmán, como ya está preso y como no se le
puede aplicar retroactivamente porque también Abimael
Guzmán tiene derechos de persona humana, yo creo que ese
clamor ha cedido.
El señor CACERES VELASQUEZ .- (Prosiguiendo) Si esta
medida hubiera sido propuesta en 1980, 85, hubiera sido
quizás comprensible, porque se veía venir una
situación mucho mas, infinitamente mas difícil que
la que vivimos ahora, pero, a esta altura de los tiempos que
pensemos en aplicar la pena de muerte es como, dice un viejo
refrán: "después de corpus altares" ya está
pasando la procesión, a qué vamos a armas ahora los
altares, yo creo que llegamos tarde debió haberse hecho
si lo hubieran deseado algunos en los cambios de Constituciones
pertinentes en su oportunidad, no ahora cuando es demasiado
tarde.
Yo creo que la inclusión de la pena de muerte va a agregar
un tono oscuro mas a la nueva Constitución, cuyo marcado
carácter conservador y en el decir de algunos
reaccionarios no va a darle larga vida, la marcha del mundo es
hacia el desarrollo, hacia la paz, hacia la integración
cultural, hacia la armonía de todos los seres humanos, esa
es ya la deliberada orientación de todo el mundo, de sus
instituciones mundiales y estatales; por consiguiente,
señor Presidente, a estas alturas insistir en aquello que
es acento negativo yo creo que no es lo conveniente.
De otro lado, como ya lo han dicho algunos, creo -ya concluyendo-
que los precedentes, lo que ha ocurrido, no es precisamente
aleccionador, yo he estado en los Estados Unidos hace poco,
preocupándome sobre este problema, y creo que eso no es
aleccionador, la criminalidad en nada forma, acá tenemos
la criminalidad de la violencia, del terror, pero allí la
criminalidad en otras formas mounstruosas y que a diario se
producen y la pena de muerte funciona, qué resultados? no
hay resultados positivos a estas formas de criminalidad.
En conclusión, señor Presidente, ante esto, yo creo
que lo procedente sería mas bien que guardemos silencio,
en particular yo propongo como una cuestión previa que no
hablemos sobre la pena de muerte en la Constitución, que
lo dejemos en todo caso a la ley para que justamente la vigencia
de esta Constitución no tenga que ser puesta en conflicto
cuando se tenga que decir sobre el particular, aparte de lo que
hemos dicho, de lo que hemos aprobado ya, suficiente, con esa luz
podemos proceder.
El señor CHIRINOS SOTO.- Permítame intervenir.
El señor CACERES VELASQUEZ .- Con la venia del
señor Presidente.
El señor CHIRINOS SOTO.- Simplemente, señor, para
en vía de interrupción decir que apoyo la
cuestión previa que propone el doctor Cáceres
Velásquez, el silencio de la Constitución.
El señor CACERES VELASQUEZ .- He concluído,
señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Puede hacer uso de la palabra el
señor Ysisola.
El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente:
Primeramente quisiera empezar como apreciación personal,
para mi, en qué casos se debería de aplicar la pena
de muerte y voy a sustentar las dos posiciones que serían
solo que no hay pena de muerte sino por traición a la
patria en casos de guerra y por homicidio calificado, y cuando
hablo de homicidio calificado quisiera que se diferencie entre
homicidio calificado y homicidio simple, la misma ley penal...
(Continúa en el Turno N§ 21)
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS
El señor YSISOLA FARFAN.- _(continuando)_ homicidio
calificado; y cuando hablo de homicidio calificado, quisiera que
se diferencie entre "homicidio calificado" y "homicidio simple";
la misma Ley penal define el homicidio calificado por
explosión que ya estaría inmerso, inclusive el
terrorismo y no necesitaríamos ni siquiera mencionar el
terrorismo en sí, porque nosotros debemos aplicar un
derecho penal de acto por los actos que comete la persona,
cualquiera sea su ideología; pueden ser militares,
policías, civiles o personas que tengan una
ideología.
El derecho penal se aplica por el acto que cometen más no
un derecho penal de autor porl o que es la persona;
también habla que es por fuego, por veneno y por
alebosía.
Por qué digo diferenciar entre homicidio calificado?
Porque yo creo que por homicidio simple no se debe aplicar porque
nadie está libre de ser un homicida circunstancial,
ocasional, llevado por una emoción violenta. De repente
una ilustración, el marido que sorprende a la esposa con
el amante y mata a los dos amantes. En este caso hay que saber
diferenciar entre el homicidio calificado.
Ahora, hay muchos argumentos que se dan en contra de la "pena de
muerte", como uno que dice que la "pena de muerte" no disuade,
o sea no influye temor en el asesino; y le doy la razón
a ese argumento a los abolicionistas, porque en realidad el
asesino ya no teme, el asesino a través de la historia si
nosotros vemos, no temen. Un ejemplo clasíco, es esos dos
asesisnos que están al lado de Cristo, cuando uno le dice
al otro asesino -tú ni aún temes estando al borde
de la muerte-.
Entonces, yo pienso que para el asesino ya no lo detiene porque
el asesino sabe que el que va tras del mal, va a la muerte; el
asesino sabe que el pago justo que le corresponde por parte de
la sociedad, es la muerte. Es por ello, que muchos asesisnos
llegan incluso al extremo de invitar a su ejecución en
muchos países que se han dado. Pero al que está
iniciándose recién, ése si teme; a
ése si lo detienen, es el caso como dicen -no cumple
ningún efecto-.
Una ilustración que pone un tratadista argentino Safaroni;
él dice con esta lógica que durante cincuenta
años la "pena de muerte" en Argentina sólo se ha
aplicado una decena de veces; y es por ello que llega a la
conclusión de que no cumple ningún efecto. Pero,
yo pienso lo contrario, señor Presidente. Pienso que si
en cincuenta años sólo se ha aplicado una decena
de veces, es porque se ha cumplido un efecto, lo contrario
sería que dijese -se ha aplicado mil, dos mil veces-.
Quizás podría darle la razón y decir
-sí, tiene razón, no cumple ningún efecto-,
pero nos damos cuenta que sí ha cumplido un efecto porque
son pocas las personas que han pasado ese límite que la
Ley pone para llegar al asesisnato.
Acá en el Perú mismo, nosotros podemos analizar
cuando ha estado en indigencia la "pena de muerte", son pocas las
veces que se ha aplicado legalmente, pero desde el momento que
se ha quitado son miles las ejecuciones extrajudiciales que se
están dando en nuestro país.
Hay otro argumento que nos habla de que la "pena de muerte" dice
"desvaloriza la vida humana", ese es el criterio humanista, el
**pietismo** de nosotros que nos lleva a considerar a personas
de sentimientos tan nobles, no los lleva justamente a tener
piedad de los asesinos.
El señor PRESIDENTE.- Su tiempo se ha vencido,
sírvase sintetizar.
El señor YSISOLA FARFAN.- Señor Presidente, un
argumento sería de que justamente quiénes
verdaderamente desvalorizamos la vida humana somos aquellos
legisladores, prácticamente somos aquellos legisladores
que a una víctima inocente de asesinato; o sea,
prácticamente valorizamos la vida del asesino. Nosotros
desvalorizamos la vida humana justamente cuando al asesino_
(CONTINUA EN EL TURNO - 22)
COMISION DE CONSTITUCION
Transcriptor: Justo Frías López
El señor YSISOLA FARFAN.- (Continuando)...valorizamos la
vida del asesino. Nosotros desvalorizamos la vida humana
justamente cuando al asesino nosotros lo mandamos a
prisión, valorizando la vida de esa víctima como
si hubiese sido la del valor de un bien inmueble o mueble.
Justamente nosotros desvalorizamos la vida humana, en cambio el
creador de la vida sí valoriza la vida humana en su
verdadera dimensión: La vida por la vida, dice. Entonces,
Dios sí valoriza la vida humana en su verdadera
dimensión.
Y quizás este es un tema muy amplio que no voy a poderlo
sustentar en este momento, pero quisiera agarrar sólo una
cosa y que se me permitiera terminar, porque creo que es una
inquietud que todos tenemos; y le he preguntado a muchos
profesores, a muchos tratadistas: Qué potestad tiene el
hombre de quitar la vida a otro hombre? Esa es la gran inquietud
-creo- de todos los cristianos: Si el hombre tiene la potestad
de privar la vida a otro hombre.
Señor Presidente, si nosotros vamos a los argumentos
bíblicos, vamos a encontar que sí Dios da esa
potestad. Hay que diferenciar entre la posición que la
Biblia nos dice y la posición que las iglesias dicen, que
son cosas diferentes.
La Biblia nos habla que Noé cuando sale del Arca,
Noé está representando a toda la humanidad, Dios
le dice: "El que desrramare sangre del hombre por el hombre su
sangre será derramada, porque a imagen de Dios es hecho
el hombre."
El único principio para permitir la pena de muerte
sólo es que siempre haya derramamiento de sangre inocente;
por eso yo soy de la lógica que así un terrorista
derribe diez, veinte, treinta, cincuenta torres, si no ha privado
la vida de una sola persona, no tenemos el derecho de quitarle
la vida. Pero basta que prive la vida de personas, ya él
mismo se la está privando.
Entonces, Dios es el que delega esa autoridad no al pueblo de
Israel, se la delega justamente a la humanidad representada en
Noé; después le delega al pueblo de Israel cuando
dice: "El que matare debe de morir". Es por eso que debemos
definir bien, que cuando Dios dice no matarás, lo que
quiso decir es, no cometerás homicidio. Cometer homicio
es muy diferente y matar es una cosa muy diferente. Yo puedo
matar a un peatón suicida que se me cruza pero por ello
no soy homicida, porque no tuve la intención de hacerlo.
Inclusive se llega al extremo que habían lugares de
refugio para aquellas personas que mataban sin intención;
en la Biblia.
Quizás alguno dirá, pero eso fue antiguamente, eso
fue dado antiguamente. Pero qué hay del Nueve Testamento,
qué hay cuando viene Cristo; ahí ya no lo vuelve
a mencionar. Pero, señor Presidente, si nosotros
analizamos, justamente un ejemplo que podría ilustrar es
este: Cuando Jesús estaba al frente de Pilato. Pilato le
dice a Jesús: Qué no sabes que tengo potestad de
crucificarte.
El señor PRESIDENTE.- Se han vencido los dos turnos
señor Ysisola.
El señor YSISOLA FARFAN.- Termino, señor
Presidente.
Le dice ¨Que no sabes que tengo potestad de crucificarte y que
tengo potestad de dejarte el libertad? ¨Qué le dijo
Cristo? Acaso Cristo le dijo, no, no tienes ninguna potestad; no.
Le dijo: "Ninguna potestad tendrías si no te fuere dada
de arriba". Cristo reconoció esa potestad que tiene una
autoridad, más no como venganza personal, sino siempre y
cuando esté investido de una autoridad.
Señor Presidente, quizás en otro momento
podré sustentar esto. Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Tord Romero.
El señor TORD ROMERO.- Señor Presidente, muy
brevemente quiero transmitir mi sentimiento en el sentido de que,
ojalá sea así, prime la prudencia en esta
meditación tan importante sobre un tema crucial. Prudencia
que le debe de seguir a la natural cólera que desata la
privación de la vida de parte de quienes practican
lamentablemente el terrorismo.
Yo pienso que no deberíamos aprobar la pena de muerte para
estos casos. El Perú a atravesado trece años largos
de dolor y de sangre; y creo que el Estado debía tener la
suficiente serenidad a estas alturas, la entereza y la prudencia
para poder controlar una actitud similar...
( SIGUE EN EL TURNO N§ 23 )
Transcriptor: Jorge Anamaría
El señor TORD ROMERO..(continuando).. el Estado
debía tener la suficiente serenidad a estas alturas, la
entereza y la prudencia para poder controlar una actitud similar,
precisamente, a las que tienen los que han practicado esta
desgraciada violencia que ha eliminado y ha sumido en la tragedia
a tantas familias y compatriotas.
Me parece inconveniente políticamente, señor
Presidente, la decisión a favor de la pena de muerte, me
parece prudente evitarla. Creo, señor Presidente, que el
respeto que se merece el magisterio de la iglesia -ya ha
subrayado en varias ocasiones en el transcurso de las
intervenciones anteriores, ha sido bastante claro en lo que se
refiere al fuero personal, al fuero personal a la conciencia de
cada cual- y por otro lado, quisiera decir también algo
que no puedo dejar de decir, señor Presidente.
La preocupación profunda que siempre me causó mirar
a esos terroristas capturados que en muchos casos están
muy lejos de tener la formación que tienen otros que
indujeron a esos terroristas a la tragedia. Me fastidia los
hipócritas, los cómplices y aquellos que sabiendo
más alimentaron desde su silencio o desde sus
cátedras la teoría de la violencia en la historia
y que después de hacer en la pizarra esas teorizaciones,
no se atrevieron ellos mismos a llevar adelante lo que predicaban
y hemos tenido que ver la larga procesión de gente
modesta, nacida en la pobreza seguramente, nacida en
circunstancias en que podríamos entender sus profundos
conflictos personales trasladados al enfrentamiento en la
sociedad.
No puedo callar, señor Presidente, en esta mesa entonces,
el hecho que tenemos que recapacitar muy seriamente, en que
muchas de las causas de la violencia cuya consecuencia ahora
lamentamos, está en gente que tiene la formación
suficiente, la lucidez suficiente como para saber muy bien que
en los últimos años ello ha sido causa de una
desdichada interpretación del curso de la historia y de
una aplicación amoral del sistema de interpretación
de la misma, haciendo de ello un mecanismo intelectual falto de
vida, de amor y de caridad y puesto en el aire como esos
castillos vacíos, pero que sin embargo han suscitado todo
aquello que estamos preocupados hoy por ver.
Ese aspecto es uno de los más que quería solamente
subrayar y como no se había hablado, me permití
hablar señor Presidente de eso, de quienes son causantes
de alguna forma intelectualmente de estas cosas y que ahora
están tranquilos, mirando de lejos o con pequeños
problemas de conciencia, pero que no tienen el drama ni la
tragedia de los que sí realizan las cosas que se
suscitaron.
Por eso, señor Presidente, quiero entender que esta Mesa
pareciera estar tendiendo -ojalá- hacia la no
aprobación de la pena de muerte, hacia la
comprensión muchas veces difícil que tiene que
tener el Estado sobre estas cosas y el esfuerzo que tenemos que
desarrollar en nuestra sociedad y cada uno de nosotros por
rehabilitar con paciencia, con entereza y valor a aquellos que
sinceramente creemos que están equivocados y que
deberían volver otra vez al seno de la
civilización, el orden dentro de nuestra sociedad.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- El señor Matsuda.
El señor MATSUDA.- Señor Presidente: Un aspecto
esencial sobre la pena de muerte es dilucidar si ésta es
por esencia lícita o ilícita en su
aplicación.
En nuestra Constitución de 1979 se aceptaba la pena de
muerte en caso de guerra exterior. De otro lado, la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, el llamado
Pacto de San José, en su Artículo 4§ reconoce que
la pena de muerte se puede ...
(SIGUE EN EL TURNO 24)
COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93
Transcriptor: Julio Vera Barreto
El señor MATSUDA NISHIMURA.- (Continuando)... de otro lado
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el llamado
Pacto de San José, en su Artículo 4§, reconoce que
la pena de muerte se puede aplicar para los delitos más
graves aunque restringe a los estados parte a extender esta pena
de muerte.
Sin embargo, ellos nos demuestra que por si mismo, la pena de
muerte tanto a nivel nacional, como en el plano internacional,
no es por esencia ilícita, basta que se constate que
existe la posibilidad de su aplicación, para concluir que
el ordenamiento jurídico, puede en casos extremos,
sansionarla.
Es decir que la pena de muerte, como sanción, no ha sido
hasta ahora proscrita ni en nuestro país, ni en el plano
internacional.
La licitud o no de la pena de muerte, viene vinculada más
bien a que se encuentre tipificada legalmente y que el proceso
que conduzca a su sanción otorgue las garantias
suficientes y adecuadas al inculpado.
Uno de los argumentos, que los abolicionistas emplean a menudo,
es que la imposición de la pena de muerte, no es
efectivamente disuadida de los actos criminales, creo que ante
ello caben las siguientes observaciones:
Primero.- El establecimiento de sanciones en el orden
jurídico, ante actos, individos, se emplean por lo
general, con una lógica de prevenir y disuadir dichos
actos, por sentido común sabemos que si actuamos en contra
de derecho nos corresponde una sanción, aún cuando
nuestro acto no sea descubierto ni llegado a sancionar.
El delincuente, al realizar un acto contra derecho elige hacerlo,
tomando en consideración las probabilidades de que sea
descubierto y consecuentemente sancionado.
Si la sanción y probabilidades de ser descubierto son
demasiado altas, respecto a los beneficios que pueda obtener en
su acto delictivo, tenderá a no realizarla.
Segundo.- Aunque la disuación en el plano *factico no sea
suficiente, ello ni implica, que por ser deficiente se deba
eliminar la norma disuasiva; a nadie se le ocurriría decir
que por ejemplo, se elimine la sanción contra el delito
de hurto, porque en la realidad peruana, se cometen
muchísimos que no se llegan a sancionar.
Tercero.- Es, nos preguntamos efectivamente, disuasiva la pena
de muerte, eso no podemos saberlo en nuestra realidad, porque no
tenemos la experiencia de haberla aplicado. Por ejemplo en el
caso de los líderes peruanos.
El señor PRESIDENTE.- Su tienpo ha vencido doctor Matsuda,
le ruego abreviar.
El señor MATSUDA NISHIMURA.- Bien, para terminar, quiero
decir que el establecimienteo de la pena de muerte, no implica
que el Estado disponga de la vida de las personas; no se trata
que el Estado disponga de la vida de las personas; sino si las
personas pierden culpablemente su derecho a la vida, por no
respetar el derecho a la vida de las demás personas.
Gracias señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra la doctora Flores
Nano.
La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, primero
que nada pido disculpas a la comisión por mi retraso,
hemos estado en la Comisión de Defensa analizando
también un proyecto de ley importante.
En segundo lugar quiero decir que en esta materia. El Partido
Popular Cristiano, no tiene ni tendrá posición de
grupo, si no que es un tema que como en la Constituyente de 1979,
será manejado estrictamente con criterio de conciencia y
pueden sobre este punto, haber tantos puntos de vista como
representantes ante el Congreso tenemos.
Por tanto, los puntos de vista que voy a exponer, son
exclusivamente personales, no comprometen en el punto de vista
de mi partido, ni la decisión final al Pleno sobre el
particular se tome.
(Continúa en el Turno N§ 25)
Matinal
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
La señorita FLORES NANO LOURDES...(continuando)...no
compromete en el punto de vista de mi Partido ni la
decisión final en el pleno sobre el particular.
Yo, señor Presidente, sí soy partidaria de la
ampliación de la pena de muerte, y la modificación
constitucional, para comprender -y me gusta el texto que ha
presentado el doctor Ortiz de Zevallos- a los cabecillas de
movimientos terroristas, cuando de por medio hayan actos que
supongan privación de vida de ciudadanos.
Naturalmente en esta materia, señor Presidente, hay
siempre un conflicto de conciencia, de quienes somos respetuosos
de la vida y de quienes además por razones de
convicción religiosa creemos que el ser humano no es sino
un instrumento para la generación de la vida. De forma tal
que admito públicamente que en este punto hay
personalmetne un tema de conflicto de conciencia.
Sin embargo, señor Presidente, y es así como se ha
entendido la pena de muerte como sanción máxima
y excepcional en las legislaciones que así lo contemplan,
es este el mecanismo último, al que un Estado en
protección de lo que siente, que debe ser la respuesta
represisva en defensa de su sociedad puede ejercer; y creo que
en el caso del terrorismo y de quienes han generado tantas
víctimas, tantos daños, tantas privaciones de vida
en el país, bien puede la sociedad peruana, demandar de
su Estado, para casos excepcionales -cuyo juzgamiento debe ser
el más impecable juzgamiento- la garantía de todos
los derechos de defensa que corresponda, pero bien puede esta
sociedad agobiada por este flajelo, demandar de su Estado,
firmeza y demandar de su Estado un acto que no niego es en el
fondo un acto de limpieza social.
Soy en esta materia, señor Presidente, dura en afirmar que
creo que los niveles de violencia que hemos vivido y la crueldad
de los actos de los que millones de ciudadanos peruanos han
sufrido, pueden justificar esta excepcional medida, que por
supuesto es la medida drástica dentro de un estado de
derecho.
Todo ello debe -por supuesto- estar acomañado de un
juzgamiento garantizado, y con todo aquello que permita -como
decía hace un instante- una adecuada defensa.
Naturalmente, fijando esta posición, soy consciente que
hay un segundo problema que lo advertimos desde el primer
momento, y que es sin duda el que me preocupa más como
Estado Peruano, y es que como signatario del pacto de San
José de Costa Rica, tenemos ahí un problema de
índole internacional.
De las distintas posiciones que he oído sobre la
materia, hay dos que me parecen las que debieran explorarse con
mayor firmeza; una la que expuso aqui el Embajador
Belaúnde, no me convence del todo, aunque no dejo de
reconocer que tiene validez; es decir, prácticamente la
prescindencia y el incumplimiento del pacto sin denunciarla.
Termino con esta idea; me inclino más por lo que otros
especialistas han invocado, es decir la tesis de invocar la
Conveción de Viena y solicitar para el Estado Peruano una
situación excepcion que el propio Pacto de San
José de Costa Rica admite.
En este tema, señor Presidente, desde luego que debemos
ser absolutamente cautos, para que quede muy claro que aun
admitiendo el Estado Peruano, una situación excepcional
y un tratamiento sumamente drástico -como es este de la
modificación constitucional para admitir la pena de
muerte- es voluntad del Estado Peruano, seguir siendo parte de
los convenios internacionales que regulan los derechos humanos;
es voluntad del Estado Peruano, admitir la jurisdicción
internacional de los organismos internacionales que así
lo protejen y que por tanto invocando a las razones que
justificarían a esta medida, se expone ante la comunidad
internacional todos los alcances y las razones que nos llevan
a ello, siendo la voluntad expresa del Estado Peruano, seguir
perteneciendo a los organismos internacionales que ...
(Sigue turno No.26).
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
La señorita FLORES NANO...(continuando)...siendo la
voluntad expresa del Estado Peruano seguir perteneciendo a los
organismos internacionales que así lo contemplan y ser
signatario de dichos pactos.
Esto en resumen, señor Presidente, expone mi punto de
vista.
El señor PRESIDENTE.- Si no hay alguna otra
intervención. Señor Ricardo Marcenaro.
El señor MARCENARO FRERS.- Señor Presidente, en
primer lugar debo reconocer que este es el tema que mayor
dificultad me ha causado para poder tomar una decisión,
y me imagino que es el caso de muchos de los que estamos
aquí presentes.
Qué dificil, señor Presidente poder definir y
decidir sobre la vida de los seres humanos, estoy totalmente de
acuerdo en que aquello que debemos proteger en principio es el
derecho a la vida, y así se ha reconocido tanto en la
Constitución actualmente vigente como en el Proyecto de
Constitución que estamos trabajando, hemos comenzado por
reconocer a la vida como un elemento y un derecho fundamental en
el ser humano; sin embargo, también tenemos que reconocer
que existen circunstancias muy especiales, especialmente para las
que está viviendo nuestro país, que esperamos
resolver a través de la lucha antisubversiva, a
través de todos los medios pacíficos que se
están dando a fin de conseguir derrotar a este flagelo que
se llama el terrorismo.
Sin embargo, también tenemos que reconocer que entre la
teoría y la práctica hay una gran diferencia,
reconocer -como bien lo dijo Luis Enrique Tord esta
mañana- que existen personas que alegando la vida,
alegando la paz, lo único que hicieron era fomentar al
terrorismo, y ahí tenemos a más de 20,000 muertos,
que estas personas contribuyeron de alguna forma a que esos
muertos estén hoy día en nuestros cementerios.
Por lo tanto, existe una diferencia entre lo que es la simple
teoría en la cual estoy seguro que muchos de nosotros no
quisieramos la pena de muerte, y otra cosa es la práctica,
el mundo de las realidades y el derecho que tenemos todos los
seres humanos a vivir en paz, en tranquilidad con nuestras
familias.
En consecuencia, considero también que nosotros hemos
venido acá no solamente a responder a nuestras propias
ideas sino respondemos fundamentalmente a un mandato popular.
Qué derecho tenemos nosotros para que una vez que somos
elegidos cambiar el voto popular, cuando sabemos que gran parte
de nuestra población está de acuerdo con la pena
de muerte. Qué derecho tenemos 80 representantes en base
a razones personales el traicionar a ese pueblo que quiere la
pena de muerte.
Por todas estas razones, considero necesario que se ponga una
redacción que permita la pena de muerte, y quiero agregar,
teniendo en cuenta justamente la Convención Americana
sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica que
establecía en su Artículo Cuarto, párrafo
segundo, "tampoco se extenderá su aplicación a
delitos a los cuales no se le aplica actualmente", y
cuándo era actualmente -repito- "tampoco se
extenderá su aplicación a delitos a los cuales no
se le aplique actualmente" sin embargo, esta Convención
tenemos que reconocer que fue aprobada por Decreto Ley del 11 de
Julio de 1978, ratificado el 12 de Julio de 1978, y este
instrumento jurídico por lo tanto estaba de acuerdo a la
Constitución anterior, no a la actual, a la
Constitución del 33, y en esta constitución se
establecía que "la pena de muerte se impondrá por
delitos de traición a la patria y homicidio calificado,
y por todos aquellos que señale la ley"
Qué mayor homicidio que aquel homicida que es el
terrorista.
Por consiguiente, aún interpretando la propia
Convención Americana de Derechos Humanos de San
José de Costa Rica, podríamos decir que realmente
en esa época ya estaba incluído el homicidio
calificado y los otros que señale la ley y que por lo
tanto, de alguna forma, si bien en esa época no se hablaba
del terrorismo como se habla hoy, realmente estaríamos
dentro de los términos y de los límites de la
convención a la que me he hecho referencia.
Por lo tanto, quisiera proponer, en vista que hasta ahora no se
ha propuesto ninguna fórmula concreta...
(continúa en el turno 27)
Transcriptor: Arturo Ochoa Alvarado
El señor MARCENARO FRERS.- (Continuando)... limites de
la Convención a la que he hecho referencia, por lo tanto
quisiera proponer, en vista que no se ha propuesto hasta ahora
ninguna fórmula concreta, -y creo interpretar el
espíritu del Grupo de Nueva Mayoría-Cambio 90
señor Presidente y la redacción sería la
siguiente:
"La pena de muerte solo podrá aplicarse para delitos de
traición a la patria y terrorismo conforme a las leyes
internas y a los acuerdos internacionales en los que sea parte
el Perú" Eso es todo señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Sírvase leer la firma de los
proponentes, por favor.
El señor MARCENARO FRERS.- Firman el doctor Torres y
:Torres Lara, el doctor Carlos Ferrero, el señor ingeniero
Víctor Joy Way, la señorita Martha Chávez,
el señor Matsuda y el señor Marcenaro y el
señor Pedro Vílchez.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, yo le
rogaría que ponga usted al voto la cuestión previa
que hemos propuesto el doctor Cáceres y yo, si esa
cuestión fuera rechazada, yo firmaré el
dictámen en mayoría.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra todavía un
ponente más es el señor Víctor Joy Way.
El señor JOY WAY.- Gracias señor Presidente, bueno
creo que en lo que ya expresó el doctor Marcenaro, ya
resume lo que es la posición de los que hemos suscrito esa
propuesta, sin embargo yo quería mencionar también
señor Presidente, que esto ha sido materia de una
reflexión muy grande a nivel de cada uno de nosotros; y
hoy día hemos podido comprobar que el tema de la pena de
muerte, tanto a favor como en contra, ha sido argumentado -y muy
bien- en ambos sentidos; tanto de criterios morales,
éticos, religiosos, así como legales y
constitucionales.
Creo señor Presidente, sumándome un poco más
a lo que ya expuso el doctor Marcenaro y por supuesto cuyos
argumentos planteados hago mío, también quisiera
agregar otras consideraciones, esta vez relativas al
ámbito internacional, que ya mencionó la doctora
Lourdes Flores, pero que yo quisiera tratarlos quizás en
términos mucho más prácticos.
Como dije, si bien podemos encontrar justificado el ampliar la
pena de muerte a los terroristas, por la magnitud de los
daños que ha causado a nuestra población,
así como fundamentos jurídicos para sostener esta
posición a nivel nacional e internacional, estimo que no
debemos ir en contra de una corriente mundial generalizada en
cuanto a las restricciones de las causales para su
aplicación y su eventual desaparición.
Una posición en contrario nos llevaría a enfrentar
nuevas acusaciones y confrontaciones con las organizaciones
internacionales, así como muy probablemente con los
gobiernos de países amigos que actualmente nos vienen
apoyando.
Esta consideración debe sumarse a la antes expuesta sobre
los aspectos jurídicos y humanitarios relativos a la pena
de muerte y principalmente a los reales intereses del
país, tanto en su aspecto de reinserción
económica y de imágen externa, como en lo relativo
a la aplicación de una nueva política de
pacificación interna que facilite la reconciliación
nacional.
Dentro de estos conceptos señor Presidente, encuentro que
la propuesta a la cual me he sumado, recoje en forma adecuada,
equilibrada, el concepto de aplicación de la pena de
muerte que hoy hemos debatido durante toda la mañana...
Continúa en el Turno No. 28)...
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- _(continuando)_ al acuerdo
a la Convención de Costa Rica. La Convención de
Costa Rica en su artículo 2§; dice: "Se respeta la vida
humana como cuestión, como garantía de seguridad
a la vida, protegiendo la vida"; y en el artículo
inmediatamente posterior se refiere a la "pena de muerte", quiere
decir, que el mismo acuerdo de Convención de Costa Rica,
"respeta la vida humana", pero admite la "pena de muerte", porque
es una de las formas de proteger la vida humana.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Ortiz de zevallos se
venció su tiempo. Necesita usted dos minutos más
para concluir su planteamiento?
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Sí, dos minutos.
El señor PRESIDENTE.- Tómelos usted.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Yo, he considerado de acuerdo
con mi exposición en el Comercio, interpretación
cabal de la Constitución que permite aplicar pena de
muerte a terroristas, una interpretación conveniente para
que nos encontremos dentro de la Convención de Costa Rica;
y sería una interpretación hecha por el Congreso
de la República, al que lo llama la Constitución,
"el único intérprete de la Ley", en lo que no
podría intervenir ya nadie más, ningún
organismo internacional podría discutirnos esa facultad.
Si nosotros interpretamos el artículo 235§ es algo
definitivo, absoluto y nadie lo puede discutir.
Yo he propuesto que toda persona que se encuentre cumpliendo la
pena de cadena perpetua por terrorismo, y que notoriamente con
pruebas evidentes y objetivas instiguen a la comisión de
homicidio y que sea jefe, miembro del grupo dirigencial o
cabecilla de guerra de grupos terroristas, será condenado
a muerte por estos nuevos hechos.
Me dicen que esto es dudoso, cómo se va a condenar si no
se aplica en forma retroactiva la Ley, no es tal caso, vamos a
suponer que un fanático le prohibe a dos hijos
prácticas religiosas.
El señor PRESIDENTE.- Venció su tiempo doctor Ortiz
de Zevallos.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS.- Perdone, dos palabras
más. Y entonces dispara contra los dos; lo mata a uno y
al otro lo hiere. El que es herido va a visitar a su padre que
está cumpliendo la pena de internamiento; y en ese momento
su padre con un cuchillo lo mata; este hombre que está
cumpliendo la pena de internamiento, no es sentenciado por el
nuevo delito que ha cometido, no osbtante que está
cumpliendo la pena de internamiento, evidentemente que sí.
Ahí no hay retroactividad.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias. Al voto.
Los señores congresistas que estén de acuerdo con
la propuesta presentada por el señor Marcenaro en nombre
de la Alianza; sírvanse manifestarlo levantando la mano.
(Votación). Ocho votos y el mío nueve. Los
señores congresistas que estén en contra
sírvanse expresarlo de la misma manera. (Votación).
Tres votos. Aprobado.
Señor Matsuda.
El señor MATSUDA NISHIMURA.- De la lectura de la propuesta
presentada por el señor Marcenaro, creo que se dice
"Acuerdos Internacionales", cuando tratamos el Capítulo
de Tratatdos, habíamos mencionado que íbamos a
uniformizar este término para todos los efectos, de tal
manera que sugeriría que se diga "Tratados".
El señor PRESIDENTE.- Muy bien, queda sujeto a la
Comisión de Redacción para que diga "Tratados".
Señor Ferrero tiene la palabra.
El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, yo
quisiera pedir que haga un añadido y después dejar
constancia de mi voto sobre este punto. El añadido pido
que se me de un minuto para fundamentarlo_
(CONTINUA EN EL TURNO - 30)
COMISION DE CONSTITUCION
Transcriptor: Justo Frías López
El señor PRESIDENTE.- (Continuando)...Muy bien, queda
sujeto a la Comisión de Redacción para que diga
"tratados".
Señor Ferrero tiene la palabra.
El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, yo
quisiera pedir que haga un añadido y después dejar
constancia de mi voto sobre este punto. El añadido pido
que se me dé un minuto para fundamentarlo, aun sabiendo
que tiene pocas posibilidades de ser aprobado.
Yo pido, congresistas, que ustedes me acompañem en ampliar
la pena de muerte para el homicidio calificado. Sostengo que un
terrorista que pone una bomba y mata tres personas en un
restaurante, debe tener igual pena que un policía que
entra a una cantina, no le convidan cerveza y mata a tres. En mi
opinión, este segundo acto es tan grave como el primero;
y sostengo que el homicidio calificado debe ser incorporado como
causal de pena de muerte, y pido que se vote.
El señor PRESIDENTE.- Al voto la propuesta del doctor
Ferrero.
Los señores congresistas que estén de acuerdo en
ampliar el concepto sírvanse manifestarlo levantando la
mano. (Votación). Dos votos. Los señores
congresistas que estén en contra sírvanse
expresarlo de la misma manera. (Votación). Siete votos y
el mío ocho. Constancia en Acta.
El señor FERRERO COSTA.- Presidente, yo quiero dejar
constancia que en relación al punto de los tratados
internacionales aprobados en el artículo, no debe estar
interpretado como que hemos aprobado la pena de muerte y que
está condicionada; y lo digo por estas tres razones.
Para mí el artículo que hemos aprobado, es detener
una aplicabilidad efectiva, o sea, yo he votado por algo que creo
que se puede aplicar y que no está sujeto a
condicionamientos externos.
Segundo, yo he votado porque creo que esos instrumentos
internacionales nos permiten a nosotros aplicar la pena de
muerte, y que vamos a utilizar los instrumentos necesarios para
que esto se cumpla. Yo no he votado por un artículo
teórico.
El señor PRESIDENTE.- Señor Barba.
El señor BARBA CABALLERO.- Quiero dejar constancia de lo
siguiente, señor. Creo que los que tenemos es una
posición contraria a la pena de muerte, hemos demostrado
con largueza la inutilidad de esta medida.
Sin embargo, la mayoría bajo el argumento de que el pueblo
lo pide, ha escogido creo el camino fácil: adular a las
multitudes y no educarlas. Sin embargo, creo que detrás
de esta medida está la verdadera razón, y creo ya
ahora sí que la verdadera razón, señor
Presidente, es que el señor Fujimori quiere iniciar su
campaña electoral fusilando a tres o a cuatro terroristas.
Pero este procedimento de ganar votos mediante la sangre de
nuestro prójimo, me parece sencillamente vergonzoso,
señor Presidente.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Doctora Martha Chávez.
La señorita CHAVEZ COSSIO.- Yo creo que el señor
José Barba ha estado presente acá de cuerpo pero
no de mente, entonces yo creo que él se ha perdido por
voluntad propia de su inteligencia, hasta ahí ya no
sé en que temas, se ha perdido toda la riqueza de este
debate; es una pena. Y es una pena que los argumentos que se han
expuesto a favor de la pena de muerte que nada tienen que ver,
por lo menos en lo fundamental, con lo que haya pedido o no la
ciudadanía, lo lleven a él ha hacer una
imputación temeraria como la que ha hecho y que rechazo
en nombre -creo- de todos los miembros de la Alianza, por cuanto
no se trata de un dictamen del Presidente de la República.
Y rechazo también por graves las acusaciones que hace de
que el señor Presidente de la República pretenda
iniciar una campaña con el fusilamiento de nadie.
Creo que esas afirmaciones por provenir del señor
José Barba y conocer hasta dónde puede llegar a
veces un poco lo amargo o apasionado sus argumentos, lo disculpo.
Pero debo dejar sentado que existen argumentos que se han
expuesto a lo largo de esta sesión que sustenta nuestra
posición; y no ese recurso fácil ni de halago a
multitudes a los que quizás el señor Barba haya
estado acostumbrado dado del Partido que proviene, y que creo que
no logra desprenderse de esas actitudes que caracterizan a
algunos miembros de ese partido que han sido calificados con
algunos conceptos o de especies animales.
Yo no creo que pueda el señor Barba reflejar esas
costumbres a personas como las que están en estos momentos
presentes, ni menos a la figura del señor Presidente de
la República.
Gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Para una cuestión de orden,
señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- No entiendo por qué la
Presidencia autoriza un debate post mortem, ahora estamos en un
debate post morterm; ya se votó y tenemos otro debate.
El señor PRESIDENTE.- La Presidencia ha considerado
oportuno, dado que el tema es muy importante, que cada uno de los
miembros de la Comisión puede dejar constancia, si
así lo tienen a bien desde su punto de vista, doctor
Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- En ese caso, pido la palabra a
continuación del doctor Pease.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Brevemente, Presidente. Yo creo
que el debate_
(CONTINUA EN EL TURNO - 31)
Transcriptor: Jorge Anamaría
El señor CHIRINOS SOTO..(continuando)...estamos en un
debate post mortem. Ya se votó y tenemos otro debate.
El señor PRESIDENTE.- La Presidencia ha considerado
oportuno, dado que el tema es muy importante, que cada uno de los
miembros de la Comisión puede dejar constancia, si
así lo tienen a bien, de su punto de vista, doctor
Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- En ese caso, pido la palabra a
continuación del doctor Pease.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Brevemente, Presidente. Yo creo
que el debate no ha contestado los argumentos de fondo sobre la
pena de muerte y sobre todo, no ha contestado los argumentos
correspondientes a esta realidad social y a esta realidad de
violencia y no creo que por este camino se va pacificar el
país.
Yo solo quiero dejar constancia, porque escuché la
intervención del doctor Marcenaro, donde pretendía
quitarnos el derecho a los congresistas de defender nuestros
principios como si los congresitas fuéramos meros
representantes de las encuestas de opinión.
Quiero dejar constancia, que yo he sido elegido con una alta
votación que me pasó del último lugar a una
votación importante, habiendo sostenido en la
campaña, en todo momento, en televisión y en todos
los medios esta posición. Quiero dejar constancia, que
hay muchos peruanos y como lo dijo el doctor Chirinos, un
creciente número de peruanos que estamos contra la pena
de muerte y que vamos a luchar para que en nuestro país
la barbarie no impere; y para mi, la pena de muerte es el retorno
a la barbarie, para mí la pena de muerte es efectivamente
hacer del Perú una sociedad que se instala en la
lógica de la violencia, porque no van ustedes a resolver
los problemas de la violencia social con pena de muerte.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente:
Permítame doctor Marcenaro la fórmula, puesto que
yo también la he firmado.
Me parece, señor Presidente, que la fórmula es
prudente porque solo hay pena de muerte para los delitos de
traición a la patria y terrorismo; pero esa pena de muerte
tiene dos límites, las leyes internas -como es natural-
y las leyes tienen que ser sumamente cuidadosas para tipificar
los casos y para generar los procedimientos.
En la última ley de pena de muerte, porque no estamos
inventando la pena de muerte, en la reforma del Código
Penal que introdujo el General Odría, se acordó por
ejemplo que solo podía imponerse la pena de muerte con el
voto unánime de la Sala Penal de la Corte Suprema. El otro
extremo son -según la redacción que ha leído
el señor Matsuda- "los tratados de los que es parte el
Perú" o sea que, no nos vamos a salir ni de la ley interna
ni de los tratados.
Ello no obstante, señor Presidente, yo quiero dejar
constancia en acta de mi angustia. El tema de la pena de muerte
que tan fácilmente se resuelve en la calle, en los
cafés y en los automóviles de servicio
público, es un tema que a los abogados, a los hombres de
Derecho nos preocupa y nos angustia muchísimo,
señor Presidente. Es un debate que lleva siglos, es un
debate que en mi conciencia, unas veces he sido partidario de la
pena de muerte, otras veces he sido abolicionista como lo
fuí en la Constituyente de 1978-1979 y ahora he firmado
con incertidumbre y he firmado con dolor esta propuesta,
señor Presidente.
A mí me parece, sin embargo, que no se ha dado la
verdadera razón de lo que hemos hecho hoy. La sociedad
siente una lesión jurídica terrible, que le ha
hecho por propia iniciativa el terrorismo; y el mundo
jurídico exige el equilibrio, señor Presidente,
contra la lesión que supone el terrorismo no hay una
contramedida, no hay un equilibrio.
Esta proposición que se ha aprobado hoy probablemente
devuelve ese equilibrio aun si no se aplica, señor
Presidente, ojalá que no se aplique y, si se aplica se
tiene que aplicar con extremo cuidado, se tiene que aplicar con
extramadísima prudencia. Yo no creo, señor
Presidente, que ningún candidato a la presidencia de la
república vaya erigir una plataforma electoral a base de
condenar a muerte a nadie, señor Presidente. Eso me parece
un agravio que no merece nadie, no se le puede suponer a nadie
....
(SIGUE EN EL TURNO 32)
COMISION DE CONSTITUCION 10-06-93
Transcriptor: Julio Vera Barreto
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... eligir una
plataforma electoral a base de condenar a muerte, a nadie
señor Presidente.
Eso me parece un agravio que no merece nadie, no se le puede
suponer a nadie tan desalmado como para decir voy a llegar a
Palacio de Gobierno me voy a quedar en Palacio de Gobierno,
subiendo dos peldaños de la pena de muerte.
Ese agravio señor Presidente, verdaderamente que un
Parlamento civilizado le sería intolerable.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Doctora Lourdes Flores.
La señorita FLORES NANO.- Como dije señor
Presidente, en mi corta intervención, he votado conforme
a mi concienca. Lo hago siempre, pero en en este tema,
particularmente reflexionado dentro de mi propia conciencia,
tengo mil discrepancias con la mayoría; no creo en su
proyecto. Creo que consagran un modelo político
equivocado, pero también soy consciente señor
Presidente, que frente al terrorismo, que es nuestro enemigo
común, medidas represivas de la índole aprobada
esta mañana son necesarias.
Y por eso reitero, me siento muy tranquila con mi conciencia por
mi decisión adoptada.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Señor
Presidente, yo quiero reiterar lo que manifesté hace un
momento. Creo que es la aprobación de la pena de muerte
viene a ser extenporáneo, porque estamos saliendo de la
violencia y del terrorismo, y en ese sentido pienso, que no va
constituir como quieren algunos un disuasivo; si no más
bien va ser un incentivo para esa dinámica de la
violencia, porque vamos a ser justo en el juego de quienes la
preconizan y van a decir recien nos esta devolviendo con medidas
de violencia lo que nosotros hemos preconizado.
Creo señor Presidente que el uso electoral de esta medida,
que piadosamente el doctor Chirinos, ora en el fondo de su
corazón, que no se vaya a producir. Infortundamente
sí se va dar, porque estamos viendo que a corto plazo, va
ver beligerancia electoral para el referéndum
constitucional y luego para los procesos electorales que se
vienen luego.
Y allí señor Presidente, este tema habrá de
ser tocado y habrán quienes lo enárbolen como
bandera y otros señor Presidente que van a discrepar de
esa bandera
Eso señor Presidente esta en la ley de la dinámica
de las cosas, más allá de la buena voluntad, de
unos y de otros y de las promesas que la señorita Martha
Chávez nos ha formulado, en las cuales yo creo; pero
más allá de su buena voluntad esta la vida, la
dinámica, la historia y eso va a significar un compromiso
en un sentido o en otro.
La señorita CHAVEZ COSSIO.- Una interrupción doctor
Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Con todo gusto
le concedo la interrupción.
La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si doctor Cáceres, es
que con el mismo derecho que usted, en ese proceso electoral va
a enarbolar la bandera del abolicionismo como usted ha
señalado, nosotros tendriamos también la
posibilidad de enarbolar la bandera de la pena de muerte para
estos casos extremos en ese mismo proceso electoral.
El señor PRESIDENTE.- No estamos reiniciando el debate
doctos Cáceres, concluya por favor.
El señor CACERES VELASQUEZ (Róger).- Concluyo
señor Presidente, reiterando las expresiones que he
manifestado, y diciéndole a la señorita Martha que
la dinámica, la beligerancia política al margen de
su buena voluntad que le reconozco y la mía va llevar
desgraciadamente a esas contradicciones.
El señor PRESIDENTE.- Señores Hoy día hemos
concluido un tema de singular importancia. "El tema de la pena
de muerte", creo que hemos adoptado una decisión
difícil pero bastante equilibrada, porque si bien es una
decisión, muy compleja, la estamos limitando al respeto
de los tratados internacionales; es decir nos mantenemos dentro
del respeto de los derechos humanos y dentro del respeto de los
que son los Tratados Internacionales.
Hoy dia también hemos recibido el informe de la
Comisión de Redacción con el texto ya terminado,
en una primera revisión de redacción, y que va ser
distribuida dentro de los miembros de la Comisión.
Con esto, con el tema de la reelección que hemos visto
ayer, hemos terminado practicamente el primer proyecto de la
constitución, sujeto a la revisión que vamos a
hacer todavía a continuación.
El trabajo que continuará el día lunes, a las 9 y
30 de la mañana, se iniciará con la visita del
Alcalde Belmot, para la temática relativa a la
regionalización...
(Continúa en el Turno N§ 33)
Matinal
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.
El señor PRESIDENTE...(continuando)..se iniciará
con la visita del Alcalde Bélmont, para la
temática relativa a la Regionalización; a
continuación tendremos la presencia del Presidente del
Jurado Nacional de Elecciones; la semana será dedicada
a recibir la presencia de destacados constitucionalistas, que
serán invitados para recibir su opinión en el
trabajo que estamos avanzando.
A continuación, en la siguiente semana, vamos a defenir
el calendario de actividades a realizase; hay dos propuestas ya
que han sido presentadas por el señor Pease y el
señor Cáceres; el señor Cáceres y el
señor Pease, "siempre el señor Cáceres es
primero"
El señor CACERES VELASQUEZ ROGER.- En el orden del tiempo.
El señor PRESIDENTE.- Muy bien, que definirá
entonces el calendario de actividades que vamos a desarrollar.
Lamentablemente o es posible en este momento, como hubiese sido
mi deseo de tratar las dos propuestas, motivo por el cual vamos
a postergarla doctor Pease para la primera sesión que se
presente.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- Sobre el punto Presidente,
cuando hemos discutido ayer en el Comité Directivo, se
trata de dos mociones que tienen que verse en el plenario del
viernes; entonces yo lo que plantearía sería que
lo hagamos en la sesión de la noche como corresponde,
porque ayer se ofreció en el Consejo Directivo eso, para
que pueda justamente programarse el calendario. Si dejamos el
calendrario para la siguiente semana recién se va a ver
aprobación en el pleno el siguiente viernes.
El señor PRESIDENTE.- Yo estaba procurando, doctor Pease,
ver la posibilidad de llegar a un consenso; si usted quiere lo
sometemos a voto en este momento, pero pa posición de
los miembros de la alianza es ingresar el proyecto del primero
de julio si es posible o el 28 de junio al pleno; de tal manera
que hay conincidencia con los punto de vista tanto suyo como del
doctor Róger Cáceres que fue el primero en
presentar la ponencia, en el sentido de que el día 27 de
junio estemos presentando el proyecto; en ese punto hay
coincidencia.
El día 27 de junio esté terminado el proyecto,
pido atencion por favor este es un punto importante; que el
día 27 de este mes esté terminado el proyecto en
condiciones de ser entregado, hay una diferencia de criterios.
Mientras que los miembros de la alianza, consideran que el 28
ya debe ser sometido a consideración del pleno y la
propuesta de ustedes es que a partir de ese día comience
un debate nacional sobre la situacion; si usted quiere lo
sometemos a voto en este momento.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- El problema de fondo,
Presiente, no es hacerlo hacerlos a las l3 y l8 después
de largas horas de un debate importante; el problema de fondo es,
efectivamente hay esa diferencia de criterio, pero no es lomismo
discutir esa diferencia de criterio con anticipación que
discutirla el mismo día en que comienza el debate;
dése usted cuenta que se puede tomar allí tanto
la decisión de decir sí hay un mes o hay dos meses
de debate o no, comienza mañana, y entonces quien
está peleando en otro sentido, no tiene preparada la
intervención de mañana. Obviamente estas mociones
han sido presentadas hace más de una semana.
El señor PRESIDENTE.- Hoy día han ingresado a la
Comisión de Constitución.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- Sí, pero no se
olvide Presidente que de acuerdo al Reglamento del Congreso, las
mociones no pasan a Comisiones obligatoriamente.
El señor PRESIDENTE.- Es el acuerdo de la Junta Directiva.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- El acuero de la junta
directiva fue, pero el acuerdo completo de la Junta Directiva
es que la veamos antes del pleno porque tiene que verse en el
pleno el viernes, por eso dicía por qué no se
hace?.
El señor PRESIDENTE.- No es que en la noche ya hay otras
sesiones que están comprometidas, entonces podremos
someterlo al voto en este momento.
El señor PEASE GARCIA HENRY.- Pero cómo se somete
al voto si no se ha discutido nada.
El señor PRESIDENTE.- No, pero todos sabemos que
ustedes quieren discutir este tema durante uno o dos meses
más; y la alianza considera que el día 28 se van
a cumplir un mes y medio de debate nacional sobre el tema. De
tal manera que seguimos en debate...
El señor PEASE GARCIA HENRY.-(Interrumpiendo)... Eso es
un debate Presidente que ...
(Sigue turno No.34).
COMISION DE CONSTITUCION (MATINAL)
Transcriptor: SILVIA ALEGRE LUCAR
El señor PRESIDENTE...(continuando)...quieren discutir
este tema durante uno o dos meses más, y la Alianza
considera que el día 28 se va a cumplir un mes y medio de
debate nacional sobre el tema, de tal manera que tenemos el
debate informado
El señor PEASE GARCIA.- Este es un debate que tiene que
darse en la Comisión y en el Pleno, porque no es un
problema de trece miembros.
El señor PRESIDENTE.- Por eso, lo decidimos ahora y lo
llevamos al Pleno.
El señor PEASE GARCIA.- Pero cómo se va a decidir
si no le da usted tiempo para el debate.
El señor PRESIDENTE.- Entonces lo sometemos a
consideración en las próximas sesiones.
Elija usted, lo decidimos ahora o lo sometemos a
consideración en una próxima fecha.
El señor PEASE GARCIA.- Sólo pido que se ponga el
acuerdo del Consejo Directivo, el acuerdo del Consejo Directivo
es que lo viéramos hoy y no hemos cumplido el acuerdo.
El señor PRESIDENTE.- Entonces sesionemos un rato en la
tarde, pero sesionemos, discutamos, demos razones, no se imponga
el voto así al caballazo.
Doctora Flores.
La señorita FLORES NANO.- Señor Presidente, en
primer lugar, todavía faltan verse como 10 temas o 12
temas.
El señor PRESIDENTE.- Son temas de articulación en
base ya a la redacción ¨no?
La señorita FLORES NANO.- No, no sólo. Hay temas
pendientes, Comunidades Campesinas, Administración de
Justicia, hay una serie de temas sueltos, en el Capítulo
de Presupuestos hay algunos vacios.
Cuando nosotros hemos hablado del Proyecto completo, estamos
hablando realmente de Proyecto completo, desde luego que haber
abordado los dos temas que hemos abordado han sido importantes,
pero hay que completar el trabajo, o sea que hay que considerar
algunas sesiones o alguna sesión para el tema.
Segundo, la propuesta nuestra de un debate amplio es por supuesto
una propuesta fundamental, nosotros no consideramos que se
está llevando adelante un debate nacional, un debate
nacional sobre la sinfonía inconclusa no es debate, en
consecuencia, señor Presidente, creo que es fundamental
que la Comisión se pronuncie sobre la conveniencia de un
plazo para realizar esos foros que nosotros estamos proponiendo,
foros que incluyen debates específicos sobre materias con
ciertas personas, que recojan la iniciativa que dijo el
señor Ferrero sobre convocar a constitucionalistas.
Señor Presidente, hay mucho que discutir en este proyecto
constitucional todavía y en consecuencia, no tiene
ningún sentido apresurar su aprobación como ustedes
pretenden al 28 de Julio mediante un modo que realmente va a
darle al país la sensación que ustedes han impuesto
un proyecto constitucional. Yo le ruego por eso que este tema sea
meditado y realmente abramos un debate por un espacio de tiempo
que nos permita tener un concepto constitucional.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Señor
Presidente, he tenido la oportunidad de intervenir como miembro
o Presidente de comisiones referentes a temas de gran importancia
como por ejemplo, La Ley Orgánica del Poder Judicial.
En el trabajo de estos instrumentos legales, concluido un
anteproyecto, se publicaba y luego se daba un tiempo para ser
difundido, para ser contrastado y luego de ese tiempo y que se
recibian nuevos aportes haciamos una revisión final.
Tratándose de una ley fundamental de la Nación, de
la nueva Carta Magna que este país va a tener, yo creo que
lo que menos podríamos hacer sería proceder de la
forma que lo hemos hecho según lo indicado, por ello
señor me ratifico en la propuesta sustancial que tengo
presentada para que luego de la publicación de nuestro
proyecto definitivo producido por la Comisión, venga
necesariamente un debate nacional antes de que este asunto se
haya visto por el Pleno del Congreso.
Yo creo que eso es un imperativo de sentido común.
El señor PRESIDENTE.- Señores, creo que lo prudente
será elevar este asunto directamente al Pleno para no
repetir el debate sobre esta materia ¨les parece bien?
Podría ser elevado al Pleno el día viernes,
ahí lo discutimos.
Bien se levanta la sesión hasta el día lunes.
(Eran las 13 horas y 23 minutos)