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CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO

29a. "U" SESION (MATINAL) EFECTUADA EL DIA LUNES, 26 DE JULIO DE 1993

PRESIDIDA POR EL SEñOR JAIME YOSHIYAMA TANAKA SECRETARIOS ACCESITARIOS : SEÑOR ANDRES REGGIARDO SAYAN HORA : 09:36 horas.

Turno  1	Turno  2	Turno  3	Turno  4	Turno  5
Turno  6	Turno  7	Turno  8	Turno  9	Turno 10
Turno 11	Turno 12	Turno 13	Turno 14	Turno 15
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Turno 21	Turno 22	Turno 23	Turno 24	Turno 25
Turno 26	Turno 27	Turno 28	Turno 29	Turno 30
Turno 31	Turno 32	Turno 33	Turno 34	Turno 35
Turno 36	Turno 37	Turno 38	Turno 39	Turno 40
Turno 41   Turno 42	Turno 43	Turno 44	Turno 45
Turno 46	Turno 47	Turno 48	Turno 49	Turno 50

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El señor PRESIDENTE.- Buenos dias, se va computar el  quórum  El Relator : Pasó lisa.  El señor PRESIDENTE.- Señores Congresista, tengo  entendido que el Consejo Directivo ha acordado empezar a tratar  hoy día el tema del Poder Judicial, en lugar del tema del  Poder Ejecutivo que había estado dentro de la  secuencia  normal de la disposicón del Proyecto de  constitución, de modo que hoy día entrariamos a ver  lo relativo al Poder Judicial. Señor Relator.  El Relator leyó:  CAPITULO VIII  PODER JUDICIAL  Artículo157§.- La potestad de administrar justicia emana  del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de  sus órganos jerárquicos con arreglo a la  Constitución y a las leyes. Toda persona tiene derecho a  la tutela jurisdiccional.  Artículo 158§.- Son principios de la función  jurisdicción y derechos en el proceso:  1.- La unida y exclusividad de la función jurisccional,  no existe ni puede establecer jurisdicción alguna  independiente con excepción del arbitral y la militar.  Quedan prohibidos los juicios por comisión o  denegación.  2.- La Independencia en su ejercicio.   Ninguna autoridad puede abocarse causas pendientes ante el  órganojurisdiccional  ni interferir el ejercicio de sus  funciones.   Tampoco pueden dejar sin efecto resoluciones que han pasado en  autoridad de cosa juzgada ni cortar procedimientos en  trámite, ni modificar sentencias ni retardar su  ejecución. Esta disposición no afecta el derecho  de gracia.  3.- La observancia del debido proceso:  Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción  predeterminada por la ley ni sometida a procedimiento distinto  de los previamente establecidos, ni juzgada por tribunal de  excepión, ni por comisiones especiales creadas al efecto.   Cualquiera sea su denominación.  4.- La publicidad en los procesos salvo disposicón  distinta de la ley.  Los juicio por responsabilidad de _uncionarios públicos,  delitos de prensa y los que se refieren a derechos fundamentales  garantizados por la Constitución, siempre son  públicos.  5.- La motivaicón escrita de las resoluciones judiciales  en toda las instancias, excepto los decretos de mero  trámite, con mención expresa de la ley aplicable  y de los fundamentos de hechos que se sustentan.  6.- La pluralida de instancia.  7.- La indemnización, en la forma en que determina la ley,  por los errores judiciales en los procesos en los procesos  penales y por las detenciones arbitrarias, sin perjuicio de la  responsabilidad a que hubiere lugar.  8.- El de no dejar de administrar justicia por vacío o  deficiencia de la ley.  En tal caso deben aplicarse los principios generales del derecho  y el derecho consuetudinario.  9.- El de inaplicabilidad por analogía de la ley penal.  10.- El de no ser penado sin juicio.  11.- La aplicación de la ley más favorable al  procesado en caso de duda o de conflicto entre las leyes penales.  12.- El no de no ser condenado en ausencia.  13.- La prohibición de revivir procesos fenecidos, salvo  en los casos de revisión permitidos por la ley.  la amnistía, el indulto, los sobresiguimientos definitivos  y las demás instituciones que  la ley señala,  producen los mismos efectos que la cosa juzgada.  14.- El de no ser privado del derecho de defensa en ningún  estado del proceso.  15.- El que toda persona sea informada, inmediatamente y por  escrito, de las causas o razones de su detención.  Además, tienen derecho a comunicarse con un defensor de  su elección y a ser asesorada por éste, desde que  es citada o detenida por la autoridad.  16.- El Estado provee defensa gratuita a las personas de escasos  recursos en la forma prevista por la ley.  17.- A la gratuidad de la administración de justicia para  las personas de escasos recursos; y, para todos, en los casos que  la ley señala.  18.- La participáción popular en el nombremiento  y  revocación de magistrados conforme a ley.                 (Continúa en el Turno N§ 02)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL  -El RELATOR continúa dando lectura.-  l8) La participación popular en el nombramiento y  revocación de magistrados, conforme a ley.  l9) La obligación del Poder Ejecutivo de prestar la  colaboración que en los procesos se le requiera.  20) La pohibición de ejercer función judicial por  quien no ha sido nombrado en la forma prevista por la  Constitución o la ley. Los tribunales, bajo  responsbilidad, no le dan posesión del cargo.  2l) El derecho de toda persona de formular análisis y  críticas de las resoluciones y sentencias judiciales con  las limitaciones de ley.  22) El derecho de los internos y sentenciados de ocupar  establecimientos sanos y convenientes.  23) El régimen penitenciario tiene por objeto la  reeducación, rehabilitación y  reincorporación del penado a la sociedad.  Artículo l59§.- La pena de muerte sólo puede  aplicarse por los delitos de traición a la patria y de  terrorismo, conforme a las leyes internas y a los tratados de los  que el Perú es parte.  Artículo l60§.- Corresponde a la Corte Suprema fallar en  casación en última instancia cuando conforme a ley  la acción se hubiere iniciado ante una Corte Superior, y  dirimir contiendas de competencia en las materias que la ley  señala.  Artículo l6l§.- No son revisables en sede judicial las  resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, del  Consejo Nacional de la Magistratura y además las de  arbitraje cuando las partes así lo acuerden.  Artículo l62§.- El Poder Judicial está integrado  por órganos jurisdiccionales que administran justicia en  nombre de la Nación, y que son la Corte Suprema de  Justicia y las demás Cortes y Juzgados que determina la  ley.  Artículo l63§.- El Presidente de la Corte Suprema lo es  del Poder Judicial. La Sala Plena de la Corte Suprema es el  órgano máximo de deliberación del Poder  Judicial. La ley señala su organización y  competencia.  Artículo l64§.- El Poder Judicial presenta su proyecto de  Presupuesto al Poder Ejecutivo. Lo sustenta en esa instancia y  ante el Congreso.  Artículo l65§.- Las Comunidades Campesinas y Nativas con  el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones  que les señala la ley para la aplicación de su  derecho consuetudinario siempre que no sean violatorios de los  derechos fundamentales de la persona.   La ley establece las características de la  jurdisdicción de las Comunidades y de su  integración en el sistema judicial.  El señor PRESIDENTE.- En debate.  Puede hacer uso de la palabra el señor Carlos Torres y  Torres Lara.  El señor TORRES Y TORRES LARA.- Señor Presidente:  Al ingresar en este Capítulo sobre el Poder Judicial,  quisiéramos señalar algunos puntos fundamentales.  En primer lugar, el artículo l58§ establece los principios  fundamentales de la función jurisdiccional, son en gran  medida tomados casi textualmente del enunciado que existe ya en  la Constitución vigente.  Habría sin embargo que señalar algún punto  fundamental y es ése que se incorpora en el inciso l8)  cuando se alude a la participación popular en nombramiento  y revocación de los magistrados, conforme a ley. Vale  decir, existirá una ley en la que se establecerá  lo que ya hemos aprobado: la elección de ciertos niveles  judiciales, concretamente los juzgados de paz y eventualmente en  alguna situación y circunstancia los juzgados de primera  instancia.  En consecuencia, lo importante en el inciso l8) es señalar  que la novedad consiste en dar participación a la  población en la selección de sus jueces, luego de  que éstos por supuesto hayan pasado los exámenes  correspondientes, los requisitos del caso, la capacitación  correspondiente en donde la población participará.  En segundo lugar, quisiera aludir al Artículo l59§ que,  me recuerda ahora el doctor Henry Pease, en sesión del  día viernes acordamos que siendo un tema de tan singular  importancia se tratara después de las Fiestas Patrias. En  consecuencia el pedido de trasladar este tema del l59§, pena de  muerte, para después de Fiestas Patrias, fecha en que nos  debe unir a todos los peruanos dejando de lado un tema que sin  embargo va a tener diferentes puntos de vista en este Pleno.  Igualmente habría que señalar la importancia del  Artículo l64§ relativo a la necesidad de proveerle al  Poder Judicial  (SIGUE TURNO 3)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  El señor TORRES Y TORRES LARA ...(continuando)...relativo  a la necesidad de proveerle al Poder Judicial los recursos  presupuestarios necesarios.  Si bien es cierto que la Constitución anterior  establecía que el 2% debía estar presupuestado para  el Poder Judicial, es cierto también que nunca se  cumplió con esta disposición; es cierto  también como se ha dicho dentro de la Comisión de  Constitución que podría ser, y sobre todo en un  primer momento, que la necesidad del Poder Judicial fuesen  superiores al 2%.  De tal manera que sobre esta materia ha habido mucho debate y lo  sigue habiendo, y puede ser materia de un análisis como  se va explicar a continuación. Pero, lo que sí es  cierto es que se le quiere dar mayor autonomía al Poder  Judicial, y en ese sentido se establece mediante este  artículo que el propio Poder Judicial, a través de  su Presidente sustenta ante el Congreso su pliego; de tal manera  de que independientemente de la opinión que pueda tener  el Poder Ejecutivo sobre el Presupuesto del Poder Judicial, lo  cierto es que las autoridades del Poder judicial acudirán  al Congreso para sustentar lo que consideran que es deseable en  materia presupuestaria, para que el Congreso como última  instancia decida el monto que debe corresponderle al Poder  Judicial.  De tal manera, que hay en este sentido una actitud clara y  contundente de la Comisión para darle la suficiente  autonomía económica y fuerza suficiente al Poder  Judicial, no obstante esto, habrá que estudiar los  mecanismos que perfeccionen la propuesta que estamos formulando.  Y por último el Artículo 165§, que también  merece ser perfeccionado y que estamos en espera de las  recomendaciones que se haga en este Pleno en materia del derecho  constitudinario, que hay que aplicar fundamentalmente en aquellos  sectores que están muy apartados de la cultura occidental  y de la legislación actual.  Voy a invitar al doctor César Fernández Arce,  Presidente de la Comisión de Justicia, para que adelante  algunos conceptos que aún no están totalmente  desarrollados, señor Presidente, y que se han tomado de  recomendaciones del Colegio de Abogados, de la Corte Suprema, de  la Fiscalía de la Nación, colaboraciones que nos  siguen llegando después de haber elaborado este texto, y  que ya han sido estudiadas inicialmente por un grupo de miembros  que ha presentado el documento en mayoría y que ahora  tendrán que ser perfeccionados con las sugerencias que  haga la oposición.  En consecuencia, vamos a trabajar sobre el documento  leído, pero desde ya advertimos que hay una serie de  sugerencias que se están recogiendo y que a través  suyo, señor Presidente, invito al Presidente de la  Comisión de Justicia para que adelante estos conceptos.  Muchas gracias.  El señor PRESIDENTE.- Bueno, para nosotros es una  gransatisfacción tener como Presidente de la  Comisión de Justicia a un honorable, ex-honorable miembro  del Poder Judicial. De modo que le concedo la palabra al doctor  César Fernádez Arce.  Un lapsus, es a un honorable ex-miembro.  El señor FERNANDEZ ARCE.- Entendido perfectamente,  señor Presidente. Muchísimas gracias.  Yo quisiera comenzar manifestando que ha sido preocupación  en muchos años, quizás desde el comienzo de la  República, la preocupación porque haya en el  Perú una correcta administración de Justicia y que  así mismo, funcione el Poder Judicial con la  infraestrutura necesaria de acuerdo a los requerimientos del  momento. Esto -repito- ha sido una preocupación en toda  la historia de la República, esto lo encontramos en textos  políticos, textos históricos, sociales, que revelan  esta honda preocupación.  Esta preocupación evidentemente tiene su fundamento en que  la justicia es incuestionablemente valor primario de la vida en  comunidad, a punto tal que su ausencia o deficiencia en la  aplicación correcta resquebraja...  (continúa en el turno 4)

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Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Mat.)          26.07.93  El señor FERNANDEZ ARCE.- (Continuando)... a punto tal que  su ausencia o deficiencia en la aplicación correcta,  resquebraja el órden social, jurídico,  económico, de cualquier comunidad, generando desconcierto,  desconfianza y confusión.  El contexto en que venimos viviendo desde hace por lo menos,  cincuenta años, es de violencia, a ese contexto de  violencia estructural que ha mantenido en la marginalidad a  muchas personas de nuestra comunidad, se suma ahora  también, un cuadro de violencia cruenta, que ha puesto en  peligro una convivencia civilizada, mediante diversas formas de  terrorismo.  El Narcotráfico, con su poder corruptor ha afectado la  organización del Estado y ha hecho dificil el manejo de  una buena administración de justicia.  Asimismo, hemos observado como el pueblo, ha venido gradualmente  perdiendo confianza en la administración de justicia  tradicional, porque la justicia no ha sido eficiente, ni  oportuna, quizás oorque la estructura del Poder Judicial  ha permanecido anquilosada por la falta de recursos o por la  negligencia de quienes pudiendo resolverlo, no lo hicieron, o  porque no comprendieron su importancia vital para el desarrollo  de los pueblos y quizás por la mala designación de  jueces, que carecieron de la necesaria vocación de  servicio o de preparación, para el desempeño de tan  augusta misión.  ¨Cuáles son los rasgos característicos de esta  realidad judicial que venimos viviendo, que venimos comprobando?  En primer lugar, observamos la persistencia de una insuficiencia  crónica de recursos, hay algunas anécdotas que son  muy pintorescas y que grafican esta situación:  El Juez de una provincia serrana, que se entera de las normas  legales oyendo por radio todas las mañanas los noticieros,  para luego solicitar a través de cartas a amigos en  Trujillo, la remisión de esos textos; o un Juez de  Moquegua, que se enteraba de las leyes, visitando la Prefectura,  donde leía el Diario Oficial; o quizá, cuando uno  va a Huánuco -me refiero a hechos concretos, año  '78- y donde la máquina de escribir, es una máquina  prestada del peluquero, donde no hay escritorio, ni útiles  indispensables para que el Juez pueda desempeñar su  función.  Se ha incumplido muchas veces la disposición transitoria,  sobre la *traslaciolidad* de la implementación  ¨Cuál es el Presupuesto que ha tenido el Poder Judicial?  Hagamos una revisión de números señores:  En el año 1969, el Presupuesto del Poder Judicial, era del  1.03%; el año '70, 0.63%; año 80, 0.34% debiendo  hacer presente que este año '80, fue el primer año  que entró en vigencia la Constitución, que  establecía un procentaje no menor al 2%. Año '81,  0.69%; año 82, 0.70%; año 83, 0.81%; año 84,  0.72%; año 85, 0.54%; año 86, 0.90%; año 91,  2%; sin embargo, este 2% nunca pudo tampoco entregarse como  correspondía al Poder Judicial, las partidas no  venían oportúnamente, de tal manera que no  cumplieron su cometido.  Entonces, es cierto que esta carencia de recursos  económicos ha gravitado, por desgracia, grávemente  en el desarrollo, en una correcta administración de  justicia.  Al lado de esta insuficiencia de recursos, encontramos la  inexistencia de una auténtica Carrera Judicial, se ingresa  muchas veces por favores políticos -todos lo sabemos- no  hay sistema de promociones razonables, la Sociedad no tiene la  garantía de un Sistema que importe que los más  idóneos, serán los que asuman mayores  responsabilidades, porque ese Sistema no existe, el Juez trabaja  en condiciones de soledad.  Se administra justicia de espaldas a la modernidad, con sistemas  obsoletos de trabajo...  (Continúa en el Turno No. 5)...

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(Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         26-07-93  El señor  FERNANDEZ ARCE.-(Continuando)... justicia de  espaldas a la modernidad con sistemas obsoletos de trabajo, el  poder político no le ha dado la prioridad suficiente al  Poder Judicial, un poder judicial así nunca podrá  controlar al poder político.  La necesidad de apostar por el Poder Judicial es la necesidad de  apostar por una auténtica democracia e implica  necesariamente, que como cuestión previa, una  opción por un tratamiento distinto de las condiciones  económicas y de trabajo y todo ello importa una  opción por el Poder Judicial autónomo e  independiente, por eso es necesario destacar la necesidad de  priorizar la atención de este poder del Estado, donde hay  un Poder Judicial sólidamente constituído con  magistrados probos, con magistrados independientes, tendremos la  seguridad de una democracia bien asentada.  Se necesita un Poder Judicial con proyectos, con iniciativa  legislativa que planifica su desarrollo, racionalización  del trabajo, mesa de parte única, registros  computarizados, la justicia no solo es lenta sino inconfiable,  muchas veces no se hace justica, hay problemas de previsibilidad,  falta de jurisprudencia orientadora, desubicación del Juez  ante nuevas áreas del derecho, los fallos de la corte  suprema  no se publican.  Respecto al proyecto que hoy presentamos al Pleno del Congreso,  debemos decir en honor a la verdad, que este proyecto es fruto  del trabajo coordinado con determinados organismos por ejemplo,  con el Colegio de Abogados, quien conforme un documento del 15  de julio de este año, ha presentado muy importantes  sugerencias respecto al Poder Judicial, de las cuales la  omisión ha recogido 18 sugerencias; asimismo, las  remitidas por el Poder Judicial y por diversos organismos que no  son ahora del caso mencionar porque el tiempo en corto y creo que  debemos ir a lo importante de este trabajo.  Si yo tuviera que destacar la nota mas importante que recoge este  proyecto es el de la autonomía e independencia del Poder  Judicial.  Cómo pensamos lograr la autonomía del Poder  Judicial, suministrándole los resursos necesarios, a fin  de que pueda proveer el equipamiento de implementos que permitan  un trabajo razonado, razonable, que permita la  descentralización de la función jurisdiccional, de  modo que los jueces estén don de los pueblos, donde las  comunidades lo requieren.  Este Capítulo VIII del Poder Judicial, en el primer  artículo no hay mayor variante con relación a la  Constitución anterior, y quiero en esto ser muy preciso,  no hay ninguna Constitución en el mundo que elaborada  nuevamente tenga un contenido totalmente nuevo, porque nada nuevo  hay bajo el sol, ninguna obra nueva es íntegramente nueva,  simpre recoge experiencias de otros países y en este caso,  experiencias muy importantes de la Constitución que  actualmente rigen los destinos del del Perú, de tal manera  que pensar que una Constitución va a ser totalmente nueva,  es realmente soñar.  Este artículo 157§ nos habla de la potestad de administrar  justicia, emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a  través de sus órganos jerárquicos con  arreglo a la Constitución y a las leyes.  El Artículo pertinente de la Constitución vigente,  dice, además, que estpá integrado por un cuerpo  unitario con las especialidades y garantías que  corresponden y de acuerdo con los procedimientos, que la  Constitución y las leyes establecen.  Lo destacable en este parte del trabajo es lo siguiente...  (Continúa en el Turno N§ 06)    SESION PLENARIA          (MATINAL)

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TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              26-07-93  El señor FERNANDEZ ARCE.- _(continuando)_  trabajo es lo  siguiente.  En primer lugar, la participación popular en el  nombramiento y revocación de magistrados con arreglo de  ley.  Esta es una experiencia que pensamos iniciar en el proyecto de  Constitución, pero está referido sólo a los  Juzgados de Paz. De acuerdo con la terminología de la Ley  Orgánica del Poder Judicial en vigencia, hay dos clases  de juzgados, hay dos clases de jueces de paz. Los jueces de paz  a secas  que son los que se denominaban anteriormente los jueces  de paz no letrados y los jueces de paz letrados.  Entonces en el proyecto tratamos de establecer un sistema de  elección para los jueces de paz a base del sufragio  popular. Creemos que es saludable que esta idea porque por  trabajos que se han realizado en el Poder Judicial, recuerdo  completamente uno del año de 1977 organizado por la  Universidad Católica, se llega a una conclusión;  la primera es  que el pueblo cada vez se aleja más de la  justicia tradicional y cree más en aquellos jueces que  salen de sus propias comunidades.  Sin embargo, personalmetne creo yo, que no debe extenderse a  otras instancias porque se corre el riesgo d epolitizarla y  creemos nosotros que la politización es nefasta en el  Poder Judicial.   Otro punto importante, es en relación a la pena de muerte  que se hace extensivo no sólamente ahora para delito de  extracción a la Patria, sino también para casos de  terrorismo. Personalmente estoy en total discrepancia con la  "pena de muerte" por los fundamentos que en su momento  señalaré.  Otro punto importante es también en cuanto a que  corresponde a la Corte Suprema fallar en casación o en  última instancia cuando conforme a ley la acción  se hubiera iniciado ante una Corte Superior y dirime contienda  de competencia en las materias que la ley señale. La  casación tiene por obejto ver, no el fondo; sino ver,  sí el procedimiento adecuado a las normas legales, a las  normas constitucionales.  De otro lado hay una novedad, no estaba en ninguna  Constitución anterior del Perú y es la que  señala que no son revisables en sede judicial  las  resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, el  Consejo Nacional de la Magistratura y además la de  arbitraje cuando las partes así lo acuerden.  Otro tema, en cuanto a la autonomía está en el  artículo 164§, cuando señala que el Poder Judicial  presenta su proyecto de presupuesto al Poder Ejecutivo, lo  sustenta en esa instancia y ante el Congreso. Personalmente, yo  considero que debe restablecerse la norma contenida en la  Constitución vigente, cuando señalaba un porcentaje  no menor del dos por ciento.  Otro tema importante, es lo que contiene el artículo 165§  que nos habla de las comunidades campesinas y nativas con el  apoyo de las rondas campesinas. Pueden ejercer las funciones que  le señala la ley para la aplicación de su derecho  constitudinario, siempre que no sean violatorias de los derechos  fundamentales de la persona. La ley establece la  característica  de la jurisdicción de las  comunidades y desintegración en el sistema judical.  Y es que en realidad, nuestro Perú es muy disímil  en las costumbres, en la idiosincracia, en una serie de modos de  ser, modos de vivir y que nos resulta muchas veces justo aplicar  unas normas legales que se preparan para Lima o algunas ciudades,  pero no para las comunidades donde existen otras realidades.  Concretamente por ejemplo, en el caso del cervinacuy. El caso  cervinacuy cuando el hombre busca a su pareja una chica de doce,  trece, o catorce años y después de una convivencia  de un año, resulta que no se adecúan sus caracteres  y vienen los problemas familiares y viene la denuncia, bien por  violación, por seducción, por estrupor; y entonces  se ven -digamos- apremiados por la acción penal que los  condenan a dos, tres, cuatro años de pena privativa de la  libertad_  (CONTINUA EN EL TURNO - 07)

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JUSTO FRIAS LOPEZ                       26-07-93  PLENARIA - MATINAL  El señor FERNANDEZ ARCE.- (Continuando)...de pena  privativa de la libertad. En estos casos, consideramos que  resulta saludable esta disposición que tiende a atenuar  y  a adecuer a la realidad las normas legales.  Para terminar, quiero señalar que quizás el punto  más importante dentro de toda esta parte relativa al Poder  Judicial está en relación con la independencia que  debe observar el majistrado, esa independencia evidentemente  depende de muchos factores; pero para quien habla fundamental es  en cuanto a la designación de los magistrados.   Pensamos que ya no debe haber ninguna ingerencia de ningún  poder del estado en la designación de los magistrados, en  la promoción de los magistrados; todo eso está  librado a lo que llamamos el Consejo Nacional de la Magistratura,  que tiene una estructura en el proyecto que hemos presentado. Y  hay algunas otras sugerencias que las vamos a desarrollar para  exponerlas en el transcurso de este día.  Muchísimas gracias señores.  El señor PRESIDENTE.- Han pedido el uso de la palabra el  señor Moreyra y el señor Velásquez.  Doctor Moreyra.   El señor MOREYRA LOREDO.- Gracias señor Presidente.  En primer lugar, quiero decir que me parece muy acertado que el  día de hoy no entremos en los temas polémicos que  están en el Poder Ejecutivo ni tampoco a tratar el  artículo 159§; creo que ha sido una idea muy acertada, no  sé quien la ha propuesto pero quisiera expresar mi  acuerdo.  En segundo lugar, señor Presidente, quiero también  decir mi satisfacción por la forma como se ha trabajado  este capítulo, creo que es uno de los más logrados  de esta Constitución; no sólo el capítulo,  señor, todo el título. Yo tengo una sola  discrepancia de orden fundamental -llamémoslo así-  pero no está en este capítulo, que se refiere -a  mi juicio- a la imprescindible necesidad a que haya un Tribunal  de Garantías Constitucionales independiente del Poder  Judicial. Creo yo que este es un tema que en su momento  trataremos.   En cuanto a lo que se refiere a este título,  perdón, a este capítulo, quiero decir que no tengo  mayor observación, estoy de acuerdo con el inciso 18) del  artículo 158§, aun cuando creo que en esta materia se  deberá proceder con muchas prudencia, pero en todo caso  eso se discutirá cuando se vea la ley pertinente.  Igualmente tengo un acuerdo básico con lo dicho en el  artículo 165§, de tal manera que espero poder votar a  favor de todos estos artículos.  Pero tengo sí una sola preocupación, que es la  razón principal por la cual he pedido el uso de la  palabra.  El Colegio de Abogados de Lima ha presentado un conjunto de  sugerencias que tengo entendido se han recogido en un gran  número, y éstas van a ser incorporadas al  articulado. Yo lo que me pregunto es, no sería y a  qué hora se podrá tener el nuevo texto, porque sino  vamos a trabajar sobre la base de un articulado que va ser  después modificado. Entonces, si adelantamos el debate  ahora quizás perdamos tiempo, si pudiera estar el nuevo  articulado listo en diez minutos, en veinte minutos, porque tengo  entendido que lo único están haciendo es pasarlo  en limpio, mejor sería trabajar con el nuevo texto. Yo no  estoy pidiendo una suspensión, creo que se puede tratar  el capítulo en términos generales y el debate puede  seguir, pero me gustaría saber a qué horas  tendremos el nuevo texto para ya poder trabajar sobre una basa  un poco más sólida.  Gracias señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Antes de conceder la palabra al  señor Velásquez, creo que el doctor Torres y Torres  Lara quiere hacer una interrupción.  El señor TORRES Y TORRES LARA.- Señor Presidente,  La voluntad de incorporar las sugerencias del Colegio de  Abogados, de la Fiscalía y de la Corte Suprema  están sujetas precisamente a los planteamientos que se  hagan acá, no hay un texto acabado al respecto, se  están incorporando como lo hecho en todas las ...  (  SIGUE EN EL TURNO N§ 08  )

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ROBERTO OSHIRO T.                       26-07-93  PLENARIA  -   MATINAL  El señor TORRES Y TORRES LARA.- ...(Continuando) ...no hay  un texto acabado al respecto, se están incorporando como  lo hemos hecho en todas las reuniones, estamos trabajando todos  los textos aquí y vamos a ver las coincidencias que hay  precisamente en el Pleno, y si hubieran coincidencias con el  Pleno, entonces, serían incorporadas, no existe un texto  en consecuencia, señor Presidente, sino la buena voluntad  como muy bien lo ha señalado el señor Congresista,  para incorporar texto. En cuanto haya algún texto  pordríamos acercarlo.  El señor PRESIDENTE.- Perdón continúe doctor  Moreyra.  El señor MOREYRA LOREDO.- Yo solamente quiería  entonces, y decir que sugeriría que se reparta a todos los  señores Congresistas, la sugerencia del Colegio de  Abogados de Lima a efecto de que puedan tener conocimiento de  ellas al momento de hablar, o que se lea los artículos  pertinentes con los cambios pertinentes.  Creo que es un aporte que debemos incorporarlo antes para que sea  materia del debate.  El señor PRESIDENTE.- Doctor Torres.  El señor TORRES Y TORRES LARA.- Si, en diez minutos  estamos repartiendo, señor Presidente, las copias y de  modo que podemos continuar con el debate.  El señor PRESIDENTE.- Señor Velásquez.  El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor  Presidente, antes quería pedir a los Congresistas que me  acompañen con fuerte aplauso y también seguramente  el abrazo fraterno a nuestro colega Olivera que está de  onomástico, a Fernando Olivera Vega.  (Aplausos).  El señor PRESIDENTE.- Aunque personalmente ya he saludado  al señor Fernando Olivera, deseándole cien  años más de vida. fuera del Parlamento. Le digo  ahora a nombre de todos los Congresistas, interpretando el sentir  que le deseamos un felíz cumpleaños y un  cálido y fuerte abrazO de todos nosotros, que en  algún momento se lo daremos.  (Aplausos).  Y como regalo adicional de este Congreso le concederemos un  minuto más del uso de la palabra.  El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor  Presidente, el Poder Judicial ha sido desarrollado en el  capítulo Octavo, del título Cuarto, de la  ESTRUCTURA DEL ESTADO de la Carta Magna que venimos debatiendo  en el Pleno del Congreso Constituyente Democrático, el  Poder Judicial de tal manera ha sido dividido de la siguiente  manera: El Poder Judicial, Principio de la Función  Jurisdiccional y Derechos en el Proceso, Estructura y  Administración, Control Constitucional y  Administración, Iniciativa y Actividad Legislativa,  Nombramiento y Ascenso de Jueces, Requisitos para ser Juez,  Incompatibilidad, Prohibiciones y Garantías de los Jueces,  Ratificaciones Judiciales, etcétera.  El Poder Judicial continúa bajo el régimen  doctrinario de la división de Poderes como un Poder  más del Estado, pero su ejercicio independiente aparece  restringido y su alcance sin marca a lo estrictamente  técnico, jurídico y solo su instrumentación  política hace que le den alcances de tipo populista,  señor.  La enarbolación de principios y garantías del orden  jurisdiccional reproducen lo establecido en la Declaración  de los Derechos Humanos, el Protocolo Facultativo de Derechos  Civiles y políticos, la Declaración y  Convención Americana de Derechos Civiles y Humanos, que  fueron inclusive recogidos en el actual texto Constitucional,  asumiendo un criterio más metodológico de la  ciencia procesal.  Se puede advertir en la propuesta, algunos aspectos que forman  el marco en el que se desarrolla la actividad jurisdiccional.  Primero podríamos decir, se postula a la  incorporación de instrumentos administrativos propios de  la Escuela de Derecho Natural Historicista o también  llamada de realismo jurídico -ángulo americano- al  precisar que se puede acudir al derecho consuetudinario y a la  elección y revocatoria de Magistrados, como forma de  materializarlo, circunscribiéndose a jueces de Paz, y  especializados mediante una elección de carácter  popular.  Esto es, algo contradictorio, señor, tanto que el juez  estaría a la espera de la capacidad de revocatoria popular  y además de ello tenga a su vez que ser fiscalizado por  el órgano de control, el Consejo de la Magistratura y que  incluso deben ser evaluados los jueces cada 5 años, quiere  decir entonces, que este aspecto entra en contraposición  con el derecho de inamovilidad de los jueces que sustenta el  mencionado proyecto Constitucional.  Para una mejor precisión, el juez ...                           (Continúa en el turno N§ 09)

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Jorge Anamaría         PLENARIA       Mat. 26-7-93  El señor VELASQUEZ GONZALES...(continuando)...sustenta el  mencionado proyecto constitucional.  Para una mejor precisión, el juez tiene que obedecer la  ley y a la falta de ésta tiene que aplicar el derecho  consuetudinario, en tal sentido, el juez tiene que aplicar normas  aun cuando no se encuentre de acuerdo con las mismas o con ellas,  su criterio de conciencia no puede escatimar que se salgan de  este marco.  Esto no tiene relación con la popularidad que tiene que  tener frente a los electores que se reservan el derecho a la  elección o revocatoria en determinado proceso; en otras  palabras, la reelección de un juez está  condicionada  a la forma como actúe procesalmente o en el  proceso. El juzgador se encuentra entre dos alternativas, se  arriesga conforme al derecho positivo o no guiándose en  el último caso por el sentido común y su conducta,  teniendo como resultado el prevaricato, señor, que es el  delito perseguible sobre los que administran justicia en contra  del texto expreso y claro de la ley.  Sobre ésto se ha debido debatir, sobre el sistema  jurídico, ya que muy por el contrario se ha preferido el  efectivismo  popular en lugar del desarrollo coherente y  progresivo de un sistema a otro mejor, razón por la cual  no estamos frente a un sistema de transición sino frente  a una anarquía judicial con lo cual no estamos en lo  absoluto de acuerdo.  Se abroga además al Tribunal de Garantías  Constitucionales y con éste se da al Poder Judicial la  calidad de contralor y administrador a su vez. Si ésto es  así, señor, se vería contemplar nuevos  medios impugnativos para que el ciudadano tenga garantizado sus  derechos públicos subjetivos contra las leyes, decretos  de urgencia, edictos y ordenanzas que vulneran derechos  constitucionales como es la que regulaba el Tribunal de  Garantías Constitucionales.  Ahora todo lo que se ha reservado al Poder Judicial es que  proponga nueva leyes, realice modificatorias o tienda a sugerir  su derogación en tanto que se le confiere iniciativa  legislativa que no se consideraba anteriormente en el anterior  Código que actualmente nos rige.  La situación se agrava mas, señor, cuando la  apariencia de independencia y autonomía del Poder Judicial  se ha recortado por cuanto no puede revisar fallos del fuero  militar asi como tampoco hay un porcentaje presupuestal que sea  preferentemente al Poder Judicial. En la práctica nos  encontramos frente a la consagración de nulidad de control  y resignación a un manejo administrativo jurisdiccional  desprovisto de recursos eficaces y de obligatoria  observación.  Se ha establecido aspectos de una mayor responsabilidad en cuanto  a la función jurisdiccional, pero no estipula nada en lo  referente al régimen remunerativo de los magistrados y  auxiliares de justicia, pues la norma constitucional debe  garantizar  las convicciones dignas de vida que le permita  solventar su existencia y por ende, una mejor labor  jurisdiccional.  La nueva Constitución trasgrede lo que dispone la  Convención Americana de Derechos Humanos toda vez que  actúa en contraposición de la abolición de  la pena de muerte, en esta ocasión añade al caso  de traición a la patria a los casos de terrorismo y  además, este aspecto está bajo el manejo del fuero  militar. Entonces, nos encaminamos a una desviación  jurisdiccional, ya que la nueva Constitución señala  que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se  ejerce a través del Poder Judicial, es decir, es algo  contradictorio, es una contraposición.  Si el fuero militar.  El señor FERRERO COSTA.- Me permite una  interrupción?  El señor VELASQUEZ GONZALES.- Adelante, doctor.  El señor FERRERO COSTA.- Quisiera solamente, para ordenar  el debate, si hemos entendido bien vamos a discutir primero lo  que es administración de justicia. Yo veo que algunos  colegas están ingresando a Consejo de la Magistratura,  pero no sé si la Mesa comparte eso.  El señor PRESIDENTE.- El Consejo Nacional de la  Magistratura no es motivo del debate en este momento.  El señor VELASQUEZ GONZALES.- Gracias, señor  Presidente.  Si el fuero militar es una entidad completamente independiente  al Poder Judicial, un pronunciamiento sobre una situación  tan delicada debería ser derivada al órgano  jurisdiccional. Estamos frente a una situación de  garantismo represivo en lo social y de seguridad jurídica  que es lo que inspira a todo el sistema judicial, señor  Presidente.  Por lo cual, nosotros vemos por conveniente  ...            (SIGUE EN EL TURNO 10)  PLENARIA          MATINAL           26-07-93

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TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto               Anexo 172  El señor VELASQUEZ GONZALES.- (Continuando)... a todo el  sistema judicial señor Presidente.  Por lo cual nosostros vemos por conveniente hacer una reforma  sumamente importante que se la vamos a alcanzar.   Proponemos a consideración del Congreso Constituyente  Democrático este proyecto de reforma constitucional, que  creo que es lo más plausible en estos instantes, que no  desampare: ni a los magistrados, ni tampoco  a los trabajadores  del Poder Judicial. Y sobre todo mantenga la autonomía del  Poder Judicial.  El Artículo  Primero que yo propongo en este  capítulo. La administración de jusiticia emana del  propio pueblo y es ejercida por el Poder Judicial a través  de los diferentes órganos jurisdiccionales, conformados  por los Tribunales  Juzgados que se ha establecido en todo  el  país, los mismos que la ejerzen con su gestión a  la Constitución y a las leyes.  Otro artículo. Toda persona tiene derecho a la tutela  jurisdiccional y acudir al Poder Judicial en las ocasiones que  lo requiera para garantizar el cumplimiento de sus derechos.  Artículo tercero o siguiente. El Poder Judicial como Poder  del Estado, goza de completa autonomía en  el ejercicio  de la administración de justicia sin ingerencia de ninguna  clase.  Articulo cuarto.  El Presupuesto del Poder Judicial, no es menor  del dos por ciento de presupuestos de gastos corrientes para el  gobierno central, a fin de garantizar un adecuado modernismo y  desarrollo en infraestructura técnica capacitación  y otros análogos que permitan una mejor  administración de justicia, conllevando con ella el cambio  del sistema jurídico.  Artículo quinto siguiente. La Corte Suprema formula su  proyecto de presupuesto del Poder Judicial, y nombra un  representante para que lo sutente en la estación  correspondiente.  Artículo sexto. El Estado garantiza una adecuada  remuneración a los magistrados y axuliares de justicia,  que les permite un mejor nivel de vida que contribuya a su  bienestar juntamente con su familia, debiendo establecer para tal  efecto la remuración porcentual; teniendo como base el  haber que perciben los Vocales Supremos.  Es decir en líneas generales; en esta propuesta que quiero  alcanzar a su Presidencia, para que tenga a bien hacer llegar  como sugerencia al señor Presidente de la Comisión  de Constitución; es que la autonomía del Poder  Judicial no quede mellada, se asegura el dos por ciento del  presupuesto nacional para el Poder Judicial y sobre todo en la  revocatoria no se tenga en cuenta en forma populista al pueblo,  sino que para eso exite un órgano jurisdiccional que es  el que tiene naturalmente en sus manos la administración  de justicia, y no pude haber pues revocatoria, y a parte  todavía un órgano que los este controlando.  Es algo inadmisible y que nadie lo puede entender, es un  híbrido, yo lo creo, que es como sifuera un perro, que  tiene cuernos. Que al final no va saber si topar o moder  señor.  Mada más y ojalá  que esta sugerencia sea tomada  con toda la conciencia del caso, porque este es un asunto de suma  y trascendental importancia, que lo he conversado este fin de  semana con los trabajadores del Poder Judicial y con algunos  magistrados que no están de acuerdo en lo absoluto con el  nuevo texto que nosotros venimos aprobando y que se nos a  alcanzado para el análisis respectivo.   Creo que es una sugerencia que amerita que se le tome en algo en  cuenta, y confiamos pues en la sensibilida también por  parte del presidente de la comisión de  constitución, los miembros que integran la misma para que  se haga las reformas correspondientes y dejemos pues al Poder  Judicial con un Poder autónomo dentro del equilibrio de  poderes.  Sin avasallarlo, sin pisotearlo, porque creo que es algo  fundamental para el desarrollo normal de una nación como  la nuestra.  Muchas gracias señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el doctor Gonzalo  Ortiz de Zevallos.  El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Señor  Presidente me corresponde hacer una referencia genérica  al sistema judicial; no me voy a concretar al texto  constitucional del sistema judicial, sino me voy  a referir  más concretamente a su organización.  Cuando yo era Juez de Primera Instancia, Juez Decano en lo Civil  y era ministro de justicia; un General Merino, visitó al  Poder Judicial ...                           (Continúa en el Turno N§ 11)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL  El señor ORTIZ DE ZEVALLOS (continúa) un General  Merino visitó al Poder Judicial, visitó primero a  la Corte Suprema, posteriormente a la Corte Superior y  después nos visitó a los Jueces, y en todos se  escuchó la misma petición: necesitamos mejores  haberes.   Pero cuando llegó a Primera Instancia nos encontró  con una solución distinta. Nosotros le contestamos como  dice Coutere: la reforma del Poder Judicial no requiere mayor  número de jueces ni mayores sueldos, la reforma judicial  del Poder Judicial depende fundamentalmente de la  organización del Poder Judicial.  Nosotros los jueces de primera instancia consideramos que siendo  así que el Poder Judicial tiene tres instancias y la  primera instancia es la más importante de todas, aquella  en la que se sustenta el bienestar el Poder Judicial, nosotros  necesitamos que haya una primera instancia bien organizada.  Actualmente, uno como era entonces visita un juzgado de primera  instancia y se encuentra con la sorpresa de que el Juez de  primera instancia tiene un portero casi incapaz de organizar  ningún sistema, semi-analfabeto y con ese portero trabaja  el Juez de primera instancia. El Juez de primera instancia tiene  un despacho de miles de causas y dentro de esas condiciones, el  Juez de primera instancia tiene que resolver sobre sus propias  rodillas por el dictar las sentencias, expedir los fallos,  expedir las resoluciones, en fin, atender a todas las exigencias  del Poder Judicial.  Pero el Juez de primera instancia en esas condiciones no se  abastece. Tiene que recurrir a los escribanos de Estado. Los  escribanos de Estado dependen de los miembros de las partes  litigantes que le abonan sus derechos y en consecuencia el Juez  tiene que recurrir al escribano de Estado que es el que le  prepara las sentencias. A su vez al escribano de Estado le  preparan las sentencias los abogados de las partes que dictan  esos recursos o esos proyectos de sentencia de amboas partes, de  una y otra parte. Lo dictan en presencia del interesado y es  así como el interesado cree fundadamente que el Juez de  primera instancia va a resolver y en definitiva resuelve lo que  le ha dictado su abogado a un escribano y que va a ser cubierto  el costo de esa sentencia por la vía directa del  interesado.   Surge así un movimiento generalizado de desconfianza en  el juez de primera instancia.  El juez de primera instancia eleva  una sentencia preparada por la parte interesada a la Corte  Superior. De la Corte Superior se obtiene el mismo criterio de  que las Cortes...  (SIGUE TURNO 12)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  El señor ORTIZ DE ZEVALLOS  ROEDEL...(continuando)...obtiene el mismo criterio, de que las  cortes van a resolver lo que la parte interesada decide, lo que  la parte interesada recomiende.  Entonces, hay un concepto generalizado de una gran inmoralidad  en la administración de justicia, concepto que se mantiene  hasta ahora vigente. Nosotros creemos que se puede subsanar eso,  siempre y cuando la Primera Instancia tenga una  Secretaría, una Secretaría no de escribanos, sino  de secretarios; secretarios que dependen exclusivamente del Juez  de Primera Instancia, que el propio Juez lo nombra y el propio  Juez lo remueve.   Entonces, dentro de esas condiciones el Juez trabaja con  secretarios propios, los secretarios propios le llevan el  conocimiento de los casos, los que son de simple de mero  cajón, le llevan los proyetos de sentencias para que los  revisen y los que son de doctrina, la materia de doctrina previo  estudio de la Jurisprudencia que debe hacerla en los propios  organismos, en los propios sistemas; y entonces, el Juez ya va  preparando las sentencias con toda la jurisprudencia que necesita  para el caso. Eso eleva la teoría judicial de los jueces  que piden unas resoluciones bien estudiadas, bien documentadas  y la Corte Superior los encuentra con una sentencia bien  preparada.  Entonces, es a partir de ese momento que se eleva el nivel  jurídico del Poder Judicial. Primero con el nivel  jurídico de los jueces, posteriormente de los abogados,  finalmente de los Tribunales Superiores y finalmente de la Corte  Suprema.  Yo creo, señor, que es fundamental que se tenga en cuenta  para el Poder Judicial la existencia de ese sistema. Creo que  además de eso hay que establecer un régimen, como  ya nosotros lo tenemos establecido, un régimen fiscal, con  recursos económicos suficientes para abastecer las  necesidades de todo el Poder Judicial. Estoy de acuerdo con ese  sistema, creo que en todo lo demás ya tenemos una doctrina  bien establecida en el Proyecto de la Constitución.  Nada más, señor Presidente, muchas gracias.  El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease tiene el uso de la  palabra.  El señor PEASE GARCIA.- Gracias señor Presidente.  En el tema de Poder Judicial creo que hay un punto en el cual ha  habido concenso, aunque no corresponde a este Capítulo  quiero comenzar resaltándolo.  Queremos que saquen las manos del nombramiento del Magistrado,  tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo; ya en su  momento, cuando discutamos el capítulo siguiente, mi  bancada va a fundamentar su propuesta para que en esa  elección intervengan los ciudadanos y no solamente los  representantes del foro. Pero, ahora quiero dedicar, señor  Presidente, esta intervención a los puntos  correspondientes al primero de los capítulos, y quiero  comenzar...  (Continúa en el turno 13)

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Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Mat.)     26.07.93  El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)... puntos  correspodientes al primero de los Capítulos.   Y quiero comenzar, señalando dos cuestiones que ya han  sido planteadas por otras personas, que me han antecedido en el  uso de la palabra.  El primero es la preocupación por el tratamiento que  dé la Carta Constitucional a los Tribunales Militares,  nosotros siguiendo el mismo esquema de trabajo de la  Comisión, en nuestro Dictámen en minoría,  hemos señalado en el Capítulo correspondiente, dos  cuestiones que nos parecen esenciales:   Una, que el Tribunal Militar no puede pronunciarse sobre  problemas de Derechos Humanos, que cualquier violación de  derechos humanos se juzga en el Fuero Común; y otra, que  los Tribunales Militares tienen que estar formados por Oficiales  Retirados, elegidos por sus pares, en un sistema análogo  al que se ha diseñado para los Jueces Civiles, porque no  hay posibilidad de autonomía en la decisión, si es  dependiente, en cuanto a la carrera y en cuanto a la vida  práctica de el Comando.  Pero este tema no corresponde a este Capítulo, lo que  entiendo corresponde a este Capítulo, es lo que  está en el artículo 160§ de la mayoría,  cuando se señala que la Corte Suprema, Falla en  Casación, respecto de acciones que vienen de las Cortes  Superiores.  En nuestro concepto, tiene que Fallar también en  Casación respecto de las acciones que vengan del Consejo  Supremo de Justicia Militar, creemos que es el mínimo  punto de contacto que puede haber, para que efectícvamente  haya un Poder Judicial que cubre todos los ámbitos.  Ese punto, que lo vamos a alcanzar por escrito, quisiera que sea  tomado en cuenta; y ya sobre este tema han intervenido otros  oradores.  El segundo punto también es común; y acá no  hacemos otra cosa que traer al Pleno, la propuesta que hicimos  en el seno de la Comisión, coincidiendo con el Presidente  de la Comisión de Justicia, el doctor Fernández  Arce, me refiero al Presupuesto del Poder Judicial, si  está muy bien, que venga el Presidente de la Corte Suprema  y sustente en el Pleno del Congreso, pero no sacamos mucho, si  eso se está dando a cambio, de una norma que decía  "El dos por ciento, debe estar asignado como mínimo del  Poder Judicial", nuestra propuesta dice el tres por ciento -y lo  plantea como mínimo- y por qué sostenemos que es  indispensable? Porque no va a haber autonomía  señor, aunque pueda venir aquí el Presidente de la  Corte Suprema,yo quiero recordarle algo que ustedes han aprobado  con nuestro voto en contra:  Según ustedes, el Congreso no tiene iniciativa de gasto,  ni puede aumentar los gastos -no el parlamentario- el Congreso,  con eso le han quitado una facultad al Congreso y entonces,  ¨Qué importancia tiene de que venga aquí el  Presidente de la Corte Suprema? Resulta, que el Poder Ejecutivo  de turno, le asigna Un Millón de Soles del Presupuesto,  viene acá el Presidente de la Corte Suprema y demuestra  que no se puede andar sino con Dos Millones de Soles, pero si el  Poder Ejecutivo no quiere, el Congreso no lo puede aumentar y  allí le dirán: "No señor, el Congreso no  puede aumentar".  Por tanto, es indispensable, señor Presidente, que se  ponga este pie forzado -hay quienes sostienen que recurrir a  porcentajes no es técnico- pero hay algunos pie forzados  señor, y en esto hay otros países en los cuales  así se legisla y así es, dice en sus Constituciones  y eso allí o acá, tiene que servir, para que se  dé por lo menos, una herramienta, en este caso a la Corte  Suprema, para que se defienda ¨Cuál será la  herramienta? Decirle al Congreso "es inconstitucional lo que  ustedes aprueban, porque la Constitución manda esto" y  recurrir al Tribunal Constitucional y no a la Sala de la Corte  Suprema.  Creo señor, que esto es indispensable y esto es un  planteamiento que formula el MDI, conciente de que no va a haber  autonomía del Poder Judicial, ni no hay al mismo tiempo  recursos para su funcionamiento, tradicionalmente los Magistrados  han tenido que estar mendigando del Poder Ejecutivo, recursos.  Ahora los van a tener que hacer acá, simplemente  utilizando...  (Continúa en el Turno No. 14)...

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(Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         26-07-93  El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... el Poder  Ejecutivo, recursos. Ahora lo van a tener que hacer acá  simplemente utilizando como caja de resonancia el Parlamento, lo  que es necesario es que no tenga que ocurrir.  Finalmente, señor, hay una cuestión que para  nosotros es esencial y viene de la experiencia de este Congreso  Constituyente.  Señor Presidente, queremos garantizar que  el Congreso de la República no pierda la facultad de  fiscalizar y el precedente que ha sentado este Congreso al  inhibirse de llamar a Oficiales del Ejército porque ya se  había abierto proceso, y al señalar que con eso se  podía afectar la independencia del proceso Judicial,  obliga a que nosotros modifiquemos aquí y en otra parte  que volveré a sustentar, con un agregado este  capítulo, en el inciso 2) del artículo 178§.   En ese artículo se dice "ninguna autoridad puede avocarse  a causas pendientes ante el organismo judisdiccional ni  interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar  sin efectos resoluciones que han pasado en autoridad de cosa  juzgada no cortar procedimientos en trámites ni modificar  sentencias ni retardar su ejecución.  Esta  disposicición no afecta el derecho de gracia -ahí  añade la propuesta del MDI- ni afecta la capacidad del  Congreso de la República de investigar y fiscalizar,  citando como testigo  a cualquier ciudadano incluso si  está sometido a proceso judicial" es la única  manera, señores, que el precedente que este Congreso puso  en el caso de  La Cantuta, no sea usado en el futuro para decir  que el Congreso queda definitivamente castrado de investigar  sobre una materia en la cual el Poder Judicial se haya avocado.  Porque la investigación que hace el Congreso no tiene  efectos judiciales, ya en el punto correspondeiente, cuando  hablamos de Pder Legislativo, somos mas explícitos que la  Constitución y decimos, en la capacidad de  fiscalización del Congreso, que tiene que venir todo  ciudadano quie sea citado, pero que las conclusiones de las  Comisiones investigadoras no tienen porque ser tomadas en cuenta  en la decisión del juez, eso lo dice expresamente por  ejemplo la Constitución alemana y lo dicen otras  conclusiones, porqué, porque la investigación que  hace el Congreso no es para juzgar personas es para evaluar  políticas, es para evaluar instituciones, es para concluir  cambios que lleven a que no se violen derechos humanos en un caso  o a que no se robe en otro caso, a que las estructuras funcionen.  Y para eso, señor, es indispensable el testimonio de los  actores involucrados, pero es usado en otro sentido, diferente  de lo que es la acción judicial.   Por eso, señor Presidente, reclamamos este agregado al  inciso 2) del artículo 178§ para que se invoquen los  precedentes de este Congreso como una manera de terminar con la  capacidad fiscalizadora del Congreso, porque un Congreso que cada  vez que nombre una Comisión investigadora sobre un tema  importante, le van a abrir una instrucción al frente para  que pueda invocarse que nadie concurra a la Comisión, ese  Congreso ha quedado castrado y queremos impedir que así  sea.  Entendemos que la manera de hacerlo es precisar por una  parte clarísimamente que el Juez no está obligado  a seguir lo que digan las comisiones investigadora y por otro  lado también clarísimamente, que las citaciones de  las comisiones investigadoras no se crucen ni interfieran con la  independencia del Poder Judicial.  Voy a alcanzar a la Comisión esta propuesta que por otro  lado ya están en el dictamen de minoría de mi  bancada.   Gracia, señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Doctor Barba, después el  doctor Ferrero y después el señor Nakamura.  El señor BARBA CABALLERO.- Yo quiero comenzar este tema  haciéndome la misma pregunta que quizás todos nos  hemos hecho aquí, qué hacer, señor, para  garantizar un Poder Judicial independiente, imparcial y  competente.  Evidentemente yo no tengo una respuesta para esta...  (Continúa en el Turno N§ 15)    SESION PLENARIA          (MATINAL)

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TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              26-07-93  El señor BARBA CABALLERO.- _(continuando)_ y competente.  Evidentemente, yo no tengo una respuesta para esta interrogante,  pero sí quisiera compartir con el Pleno algunas  reflexiones y quizá luego algunas sugerencias.  Si algo es cierto, señor, es que la existencia de un  régimen de derecho, es algo muy fácil de comprobar  porque éste no se mide por la perfección de las  normas jurídicas, ni tampoco por las apariencias. En  realidad, señor, un régimen de derecho se mide en  la práctica y por la forma como se enlaza en la vida  cotididana. En realidad, señor, eso significa  básicamente la ausencia de un poder arbitrario, el respeto  a los derechos más fundamentales y la sujeción del  Estado y sus funcionarios a los tribunales ordinarios.  De estos principios, señor, con estos principios, se hace  la vara con que se mide a los países que pretenden o que  dicen ser democráticos; y aquí que no deba  extrañarnos, señor, que en ningún  país serio del mundo se nos considere un Estado de derecho  en el real sentido de la palabra. Los ingleses, señor, no  tienen una Constitución escrita, pero nadie podría  dudar que su régiemen no es otro que el de un gobierno  libre; y es que el respeto a los derechos personales y a la ley  se hallan tan profundamente arraigados en este país, que  en rigor no necesitan ni de una Constitución, ni de un  tribunal, ni de una ley para que sean efectivos.  En Inglaterra acotó uan vez un observador: "Hay en las  costumbres más libertad que en las mismas leyes del  pueblo"; y así es, señor, pero Inglaterra es una  Isla con una cultura homogénea con tradiciones muy  peculiares; y por lo mismo su experiencia sin duda es  única e intransferible. No sucedió lo mismo en los  Estados Unidos; y por eso, señor, se vieron en la  necesidad de una habilitación más formal de la ley  vía una Constitución que comenzó  garantizando o reconociendo derechos anteriores y superiores al  Estado. Y como también quisieron evitarse los problemas  de un gobierno arbitrario, establecieron la separación de  poderes entre la Nación y los Estados.  Y finalmente, señor, establecieron la sujeción del  Estado a los tribunales ordinarios, lo mismo que quedó  garantizado por el poder de los tribunales norteamericanos de  revisar todos los actos que mercan de sus respectivos gobiernos.  En los Estados Unidos, señor, no hay un asunto por  más poderoso que sea que no se confíe a los  tribunales y sus sentencias por lo general han sido aceptadas,  tanto por el Poder Ejecutivo como por los grupos de poder con  toda normalidad; y es aquí, señor, se ha entendido  a la perfección que un Poder Judicial independiente e  imparcial, es la mejor garantía para todos. Por supuesto,  ésto no sería posible si los Estados Unidos no  fuese una Nación dmeocrática siempre dispuesta a  solucionar sus conflictos vía la resolución de las  sentencias judiciales y también dispuestos a controvenir  frente al poder de la razón.  Quienes hemos recorrido este país, tanto como el  Perú, señor, tenemos algunas conclusiones porque  no hemos podido evitar el hacer comparaciones dolorosas y sobre  todo el de hacernos la pregunta dramática de siempre. Por  qué nosotros no podemos ser como ellos? Y Yo al menos  tengo algunas sugerencias.  En un discurso que ha llegado a ser merecidamente famoso,  decía un juez norteamericano: "A menudo me pregunto, si  no ponemos demasiada nuestras esperanzas sobre las  constituciones_  (CONTINUA EN EL TURNO - 16)

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Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ               26-07-93  PLENARIA - MATINAL  El señor BARBA CABALLERO.- (Continuando)...a menudo me  pregunto, si no ponemos demasiada nuestras esperanzas sobre las  constituciones, sobre las leyes.   Presidente, por lo general no pido ninguna amplación, pero  me gustaría pedir al Pleno una ampliación de cinco  minutos.  El señor PRESIDENTE.-  Vamos a consultar al Pleno. ¨Le  podemos ofrecer una ampliación al doctor Barba, de cinco  munitos? Ha amanecido usted con mucha suerte hoy día,  doctor Barba, tiene una popularidad avasallante, por unanimidad.  El señor BARBA CABALLERO.- Bien de que haya amanecido con  suerte.  Decía, señor, que en un discurso que ha llegado a  ser merecidamente famoso, un juez norteamericano decía lo  siguiente: "A menudo me pregunto sino ponemos demasiado nuestras  esperanzas sobre las constituciones, sobre las leyes y sobre los  tribunales; estas son falsas esperanzas, creedme, son falsas  esperanzas. La libertad está en los corazones de los  hombres y las mujeres. Cuando muere en ellos, ninguna  constitución, ninguna ley, ningún tribunal la puede  salvar".  Aquí en cambio, señor, de lo que se trata no es de  que la ley muera en nosotros, sino más bien de hacerla  renacer en nuestros hombres, en nuestro pueblo.  Con motivo de este debate, señor Presidente, yo muchas  veces me he preguntado, por qué hemos tenido tantas  constituciones e iguales facrasos; y creo que la respuesta a este  fracaso no está en nuestras constituciones, sino en el  hecho indiscutible de que ninguna de ellas ha sido capaz de  enraizarse con el pueblo, de que ninguna de ellas ha sido capaz  de convertirse en una ley de derechos vivientes.   De qué vale, por ejemplo, señor, hablar de  tolerencia y de respeto a la dignidad humana si en la  práctica nuestros hombres y nuestras instituciones se  comportan con intolerancia y con desprecio a nuestros semejantes;  de qué vale, señor, establecer tales y tales  derechos, si no existe un Poder Judicial capaz de hacerlos  cumplir. Por estas razones, señor, la palabra justicia  aquí, en la calle o en la Corte, es una palabra que  realmente despierta sonrizas irónicas.  Un segundo factor que ha originado que nuestro estado de derecho  sea sólo un membrete, es esta especie de estado dual que  ahora tenemos. En un estado tal, señor, la ley tiene un  papel determinante sólo en lo que se refiere al  ordenamiento de las relaciones entre los ciudadanos privados,  pero en lo que se refiere a la esfera política,  señor, no sucede lo mismo; la impunidad es casi total,  donde nuestros ministros, presidentes y militares realmente no  están sujetos y pueden burlar a la ley ordinaria, lo cual  es absolutamente incompatible con un régimen de derecho.  Por estas razones es que nos nos toman en serio en el exterior  en cuanto a nuestras pretensiones de ser un país  democrático.   Lamentablemente, señor, a esta imagen del Perú en  el exterior no contribuye en mucho el singular presidente que  nosotros tenemos, sobre todo después de su último  viaje al Brasil, donde recuerdo que dijo de que era partidario  de emplear el método japonés de la "catanga", una  especie de espada filuda que corta los problemas de un tajo; y  además de que si tuviese un revolver en la mano  acabaría con la vida de Abimael Guzmán y de unos  cuantos sujetos más.  Yo no sé, señor, pero al escuchar estas  declaraciones me sentí como en una película, viendo  cinco dedos de furia de Bruce Lee; o esa otra película de  Dyango que decía, voy, lo mato y regreso; pero esto no es  serio, señor. Ya me imagino el sentimiento de  conmiseración y piedad con que se nos podrá mirar  desde el extranjero.  Y Pienso también de que las últimas declaraciones  del Presidente con respecto a nuestros alcaldes son  también deplorables. El Presidente de la República  debería tener presente que nuestros alcaldes no  sólo están en la primera fila del combate social,  sino también que han sido y siguen siendo las primeras  víctimas del terrorismo y están regando con su  sangre la causa de la democracia. Realmente hay que estar mareado  de poder y de vanidad para poder expresar semejantes desatinos.  Por estas razones, señor, yo quiero adelantarlo desde  ahora: Yo no estaré aquí presente el 28 de Julio,  este es un día que para mi simboliza el día de la  libertad; y yo no pienso compartirlo con un hombre que es  exactamente lo contrario.  (  SIGUE EN EL TURNO N§ 17  )

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Transciptor: ROBERTO OSHIRO T.               26-07-93  PLENARIA  -   MATINAL  El señor BARBA CABALLERO.- ...(Continuando) ...el 28 de  Julio, este es un día que para mí simboliza el  día de la libertad y yo no pienso compartirlo con un  hombre que es exáctamente lo contrario.  Un tercer punto, señor, es el institucional, si algo se  aprende andando es que las instituciones no solo deben estar bien  ideadas, sino que también deben estar bien dirigidas y  esto supone, señor, una clase especial de hombres,  inmnunes al Poder y a las presiones del dinero, como lo  suficientemente capaces como para dignificar su alta  función social. Lamentablemente, señor, la imagen  del Poder Judicial no es la que todos nosotros  quisiéramos, y de esto se valió el señor  Fujimori para incluirlo como una de sus razones para el golpe de  Estado.  El señor Torres Vallejo me cede su tiempo, Presidente.  Lo que muchos parecen ignorar es que no existe corrupción  mayor como cuando el Poder Ejecutivo domina al Poder Judicial,  hoy en día, señor, los jueces no solo son  provisionales, sino que también están a merced de  otros poderes. Las consecuencias de este régimen de terror  contra nuestros jueces, es que muchos de ellos, la mayoría  de ellos, por conservar sus puestos se vuelven dóciles y  maleables frente al Poder; renunciando así a su dignidad  que es realmente lo más preciado que tiene un ser humano.  Quizá por estas razones el señor Fujimori pueda  sentirse satisfecho y orgulloso, pero si es cierto, señor,  que Dios vive en todos y cada uno de nosotros, debe ser en  aquello que llamamos dignidad, de aquí que quien destruye  o roba dignidades no solo demuestra que no tiene ninguna, sino  también que es un canalla auténtico.  Para terminar, señor, creo que efectivamente.  El señor PRESIDENTE.- Perdón, doctor Ferrero.  El señor FERRERO COSTA.- Que retire esas palabras porque  nosotros aceptamos discrepancias políticas pero que no se  exceda en sus adjetivos, que son una falta de respeto a todos los  que entendemos que el Presidente de la República  personifica a la Nación, eso no podemos aceptarlo,  Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Doctor Barba le ruego a nombre de  los Congresistas que acaban de hacer uso de la palabra, que  retire usted las palabras que han sido considerados ofensivas.  El señor BARBA CABALLERO.- La retiro, señor,  ningún problema y agrego.  El señor PRESIDENTE.- Por retirado, superado el incidente.  El señor BARBA CABALLERO.- Que por más que se  esfuerce el doctor Ferrero, jamás podrá convertir  la verdad en mentira ¨no?.  Para terminar, señor, creo que efectivamente hay que  reformar el Poder Judicial para adecuarlo a determinados patrones  éticos y exigencias morales, para lograr esta meta no  necesitamos en verdad inventar nada nuevo. Solo requerimos de  devolverle su independencia al Poder Judicial, de garantizarle  la inamovilidad en los puestos y de dotarlo de una  infraestructura adecuada, como también de unos salarios  decorosos, y por supuesto, señor, hay que tener mucha  paciencia y algo de confianza.  Pero lo fundamental, señor, para comenzar bien en este  campo, es que tanto el Poder Ejecutivo como el Parlamento, saquen  sus manos de este Poder; y con la misma rapidez, señor  Presidente, debería de hacerlo ese llamado o mal llamado  Tribunal de Honor, compuesto por abogados en ejercicio, lo cual  ya es una inmoralidad y que están nombrando su Corte  Suprema, señor, y que tal como aquí lo  denunció en una oportunidad el Diputado Donayre,  podría ser una puerta abierta a la corruptela y otros  vicios que obligarían más adelante a una nueva  reforma del Poder Judicial.  Gracias Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor  Ferrero, después el señor Nakamura, han pedido  también el uso de la palabra el señor Olivera y el  señor Mario Paredes.  El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, nosotros  habíamos.  El señor PRESIDENTE.- Señor Cáceres, usted  pidió hace rato. Acabo de incluirlo en la lista  señor Cáceres, yo solamente pongo en la lista a las  personas que de alguna manera los noto yo, o sino el señor  Reggiardo y el señor Oficial Mayor. Lamentablemente usted  no está en la lista, pero estamos poniéndolo.  Señor Ferrero.  El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, nosotros  habíamos comenzado la mañana, a tratar un tema  técnico, respecto del cual ...                           (Continúa en el turno N§ 18)

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Jorge Anamaría    PLENARIA     Mat.   26-7-93  Es señor FERRERO COSTA...(continuando)..nosotros  habíamos comenzado la mañana a tratar un tema  técnico respecto del cual la bancada de la  oposición había anticipado ya en su mayoría  que ve con simpatía el proyecto que trae la  Comisión de Constitución.  Y de repente, el congresista Barba presenta algunas apreciaciones  que muy brevemente no podemos silenciar por respeto a los  compatriotas peruanos que nos respaldaron con su voto, incluyendo  a las minorías.   La primera, repitiendo lo que ya dijo el congresista Donayre  antes, algunos señores de la minoría todavía  discrepan de la existencia del Tribunal de Honor, es su derecho;  pero lo que no pueden hacer, es decir, podrían estarse  produciendo irregularidades, quieren formar su Corte, es decir,  hay que recordar señor Presidente, que el Tribunal de  Honor fue creado por una ley de este Congreso, no salió  del aire, fue este Congreso el que dijo Tribunal de Honor; y los  miembros nombrados para ese Tribunal de Honor  fueron nombrados  por este Congreso, señor Presidente, es decir el Tribunal  de Honor es probablemente la institución mas  representativa hoy de las decisiones políticas del  Congreso respecto al Poder Judicial.  Señor Presidente, es cierto que el trabajo del Tribunal  de Honor todavía no ha terminado, pero la cuidadosa  prolijidad con que está laborando, la honorabilidad de sus  miembros respetado inclusive por la oposición, no puede  ser puestas en duda de antemano, prejuiciosamente por miembros  de una minoría, un sector de la minoría que en el  fondo, Presidente, no quiere reformar el Poder Judicial, y eso  debe saberse. El Tribunal de Honor es el punto de partida  básico para cambiar el Poder Judicial, quienes no habiendo  de terminado de trabajar el Tribunal de Honor lo insultan, lo  ofenden, lo denigran, desairan a su Congreso son los que no  quieren cambiar el Poder Judicial y eso debe saberse.  Presidente, en reciprocidad, solo a mi querido amigo, el doctor  Velásquez Gonzales, le voy a conceder la  interrupción y después deberé entrar al  tema.  El señor PRESIDENTE.-El señor Velásquez  Gonzales.  El señor VELASQUEZ GONZALES.-Muchas gracias, señor  Presidente, con su anuencia, muchas gracias doctor Ferrero por  su amabilidad.  Solamente para hacerle recordar que el Tribunal de Honor fue  nominado y elegido por la Comisión de Justicia; y  aquí se aprobó este Tribunal de Honor con los votos  de la fórmula 44, pero la oposición no estuvo de  acuerdo, porque sigue creyendo en la autonomía del Poder  Judicial, que debe mantenerse de todas maneras, a mi modo de ver,  y ojalá este texto constitucional lo consagre.  El señor FERRERO COSTA.- Presidente, yo lamento que  algunos colegas sigan entendiendo que la autonomía era que  el Congreso nombraba a los Vocales de la Corte, cuando nosotros  estamos estableciendo un sistema en el cual no es el Congreso el  que nombra a los Vocales ni en la propuesta que está en  el propio texto Contitucional.  Para algunos congresistas  sí, ellos debían venir acá para ser  ratificados por el Congreso, nosotros estamos estableciendo una  propuesta que eso no va a continuar; pero en cualquier caso, el  Jurado de Honor, Presidente, cuenta con la confianza del  Congreso, cuenta precisamente más todavía con la  confianza de los miembros de la mayoría que hemos  introducido este mecanismo precisamente para cambiar la justicia.  Pero el congresista Barba ha dicho otra cosa, que no es correcta.  Ha dicho, cuando el Presidente de la República menciona  algunas atingencias en relación a la acción de  Municipalidades, en el fondo lo que hace es desconocer la  importancia de los alcaldes. Eso tampoco se puede dejar pasar,  Presidente y lo voy a decir por qué. Por primera vez en  la historia del Perú, la descentralización se hace  a través de los alcaldes, pero cómo, si nunca antes  se habían acordado de los alcaldes y ahora de repente la  alianza de Cambio 90 y Nueva Mayoría dice "desentralicemos  el Perú a partir del municipio, comenzando por el  municipio, iniciándolo con los alcades" a este gobierno  se le puede decir cualquier cosa menos que desconoce la  importancia del gobierno local. ..            (SIGUE EN EL TURNO 19)    PLENARIA          MATINAL           26-07-93

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TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto                   Anexo 172  El señor FERRERO COSTA.-  (Continuando)...a este gobierno  se le puede decir cualquier cosa, menos que desconocia la  importancia del gobierlo local.  Una interrupción que me pide la doctora Chávez.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias doctor Ferrero, por  intermedio de la Presidencia, además creo que es  conveniente que se sepa algo; ese llamado pronunciamiento de  Alcaldes de la Asociación AMPE; no es sino una  minoría de una minoría, ¨por qué?.   Porque según declaraciones que ha participado ahí  el día de hoy, he tomado conocimiento de que los 1972  Alcades Provinciales y Distritales que hay en todo el  país, solo han asistido a esta asamblea 180, por lo tanto  se trata de menos del 10 por ciento del total de alcaldes del  Perú.  Por lo tanto, esa representatividad no existe y esa  minoría minúscula que se ha juntado de manera por  lo demás extraña, no puede representar o pretender  representar a la totalidad de Alcaldes del país que ya se  han preocupado de hacer los deslindes respeto de esta  extraña asociación y esa extraña dirigencia,  que implica pues, que algunos grupos que ha perdido total  representatividad todavía pretenden asumirla.  Por lo tanto, declaraciones en contra de esta minoría de  este grupúsculo de Alcaldes, no de extenderse sino  también restringida a ese grupo.  Gracias doctor Ferrero.  El señor FERRERO COSTA.-  Mi colega Cruzado me pide una  interrupción, yo ruego que ya no puedo conceder  más; porque realmente deseo entrar al tema de que me  disculpe mi colega por favor.  Señor Cruzado, Presidente con su autorización.  El señor CRUZADO MANTILLA.- Señor Presidente  simplente para poder ratificar, lo dicho por la Congresista  Martha Chávez.   El que habla estuvo presente en los días de este Congreso  del AMPE; y realmente dejó mucho que desear.  En primer lugar asistieron cerca de 500 Alcaldes, y la amplia  mayoría de Alcaldes eran distritales, éstos no  tenian derecho a voto para demostrar un poco la falta de  democracia que ha habido en este Congreso llamado de Alcaldes del  Perú.  En segundo lugar, realmente dejó mucho que desear el  comportamiento de ciertos sectores que cayeron en las  prácticas politiqueras de mucho que se ha cuestionado, que  ha cuestionado el país.  Un Alcalde por ejemplo protestando, se sacó el zapato y  se lo puso en la cabeza.  Otro grupo de Alcaldes se retiró del Congreso, aduciendo  haber sido ofendido; igualmente otro grupo de cierta  filiación política.  Un poco para demostrar lo que ha significado este Congreso, donde  hemos visto las prácticas politiqueras, que nos hicieron  recordar de otras épocas, en épocas universitarias,  y del típico manipuleo político.  Muchas gracias.  El señor FERRERO COSTA.-  Le ruego, en realidad si sigue  concediendo interrupcione Presidente, nos desvian del debate, el  doctor Ferández Arce y la Comisión de  Constitución han traido aca un texto para ser discutido,   y algunos miembros de la oposición quieren desviarnos del  tema, cuando nosotros tenemos el deseo de que este asunto pueda  concretarse Presidente.  Yo solo quería decir una cosa más. Cualquier  Congresista puede faltar mañana o pasado mañana si  es el caso, mientras llene el señor Presidente de la  Prepública; pero nosotros no vamos a permitir, que se  quiere engañar al país, diciendo que lo que  están presentes aca, manifiestan una decisión   personal al señor Alberto Fujimori.  No señor Presidente, él viene en calidad de ser el  Presidente de los peruanos, elegidos por los peruanos, en  consecuencia; aquél que no quiere venir que no venga, pero  que no se le acepte delante de nosotros menos, que él  viene personificando a la nación, en esta  constitución que ellos también juraron defender y  que esta vigente; y en tal condición, al margen de  discrepancias, elegido  por el pueblo, viene a cumplir un deber  y será recibido señor como corresponde a los  representantes del pueblo.  Ahora entrando al tema, lo lamento doctor, le ruego que me  permite entrar al tema constitucinal, usted pueden hacer uso de  la palabra.  Yo debo señor, con toda cortesía en un solo punto  discrepar de mi gran amigo César Fernández Arce,   mi colega, maestro copartícipe de la enseñanza; y  debo discrepar señor amigablemente y en relación  a otros colegas, respecto a ese famos punto que se quiere  convertir en un caballito de batalla.   No por el doctor sino por otras personas, para intentar negar ...  (Continúa en el Turno N§ 20)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL  El señor FERRERO COSTA (continúa).- convertir en  un caballito de batalla no por el doctor sino por otras personas  para intentar negar el próposito que tiene este gobierno  de dar independencia al Poder Judicial. Y me refiero señor  al famoso asunto del porcentaje obligatorio.  Ya es hora señor de que quede muy claro que quienes  están en desacuerdo con un porcentaje estricto y  rígido para el Poder Judicial lo hacen por razones de  orden que merecen todo el respaldo de la opinión  pública porque aceptar un porcentaje tiene los  inconvenientes que voy a mencionar.  En primer lugar hay que preguntarse lo siguiente. ¨Por qué  un porcentaje para la justicia y no para la salud? ¨Acaso no  sería justo que dijéramos 3% para los que se mueren  en los hospitales, para los sidosos, para los cancerosos, para  los niños hambrientos? ¨por qué no? ¨por qué  decir sólo Justicia tiene el 2% o el 3%?  Y si ustedes me  dicen tiene usted razón señor pongamos un  porcentaje para Salud, entonces yo pregunto ¨y por qué no  para dar de comer al hambriento y un porcentaje para  alimentación? Y si me dicen que sí, yo pregunto ¨y  por qué no un porcentaje para los municipios como alguna  vez lo hizo Colombia?, entonces alguien dice ¨y por qué  no un porcentaje para la frontera que son el corazón que  protege elrededor de la patria? ¨Acaso hay alguna razón  para poner a la Justicia por encima de la salud, por encima del  alimento, por encima de la defensa nacional? ¨o es que existe un  privilegio que se le quiere conceder porque no hemos sido capaces  todos de la voluntad política que es el fondo del  problema?, argumento núnero uno.  Número dos, ¨qué tanto alboroto con este dos por  cientos? ¨Acaso las necesidades no varían? ¨Quién  puede asegurar que siempre la Justicia será un porcentaje  de nuestras necesidades? ¨Y qué pasa si algún  día nos despertamos con la sorpresa no muy lejana de un  préstamop extranjero a 3O años con lO de gracia,  sin intereses para administrar la justicia en el Perú y  para ayudar a financiarla? ¨Qué hacemos entonces con un  2% de carácter forzado? ¨Quién puede decir que la  administración de justicia será siempre en la misma  intensidad de necesidades por siempre y por los siglos y por los  años de los años. Y si las cosas varían ¨por  qué ponerle una cantidad rígida en porcentaje?,  argumento número dos.  Y el tercero es un argumento que viene de la realidad, hemos  tenido porcentajes en Educación, ¨mejoró colegas  la educación? Hemos tenido porcentaje en Justicia.  ¨Mejoró colegas la justicia? No y no.   En consecuencia no son los porcentajes los que hacen que las  cosas mejoren. Entonces, viene el cuarto argumento. Quiere decir  que lo que hace que las cosas mejoren es la voluntad  política, la decisión de los gobernantes: Congreso  y Ejecutivo, mas no el señalamiento rígido de un  esquema que nosotros mismos somos los primeros como los  políticos en desobedecer.  En última instancia por eso, el juicio sobre de la  administración -aquí termino- por el porcentaje  está en manos del elector. El elector debe saber juzgar  a sus gobiernos cuando supieron mantener una  administración de justicia que fuese eficiente y votar en  contra de los gobiernos que no supieron hacerlo, como votó  el 22 de noviembre en contra de los políticos que no  obedecieron armar un poder judicial decente señor  Presidente.   Y eso sí esperamos que en el próximo proceso  electoral la reforma del Poder Judicial sin porcentaje sea lo  suficientemente avanzada no terminada como para merecer el  veridicto favorable del pueblo que habrá de entender que  no se requieren porcentajes para mejorar la administración  de justicia.  Eso es todo.  El señor PRESIDENTE.- Señor Nakamura,  después el señor Olivera.  El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Con la venia del  señor Presidente, una interrupción al doctor  Carpio.  El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente:  Muy amable al señor Nakamura por su intermedio.  Sólo queremos puntualizar los miembros de la bancada de  Renovación tres cosas. En primer lugar que todo acuerdo  de este Congreso representa al Congreso.   En segundo lugar que en cuanto al Tribunal de Honor y a su  conformación nosotros hemos dado nuestro voto a favor  porque creemos que ésa es la forma de comenzar a  independizar al Poder Judicial, y estamos de acuerdo con la  honorabilidad y la competencia de quienes hemos nombrado.   Y en tercer término que cuando se ha referido el doctor  Ferrero Costa al Capítulo de Descentralización...  (SIGUE TURNO 21)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  El señor CARPIO  MUñOZ...(continuando)...término, que cuando se ha  referido el doctor Ferrero Costa al Capítulo de  Descentralización y a tratar de convertir a las  municipalidades en las protagonistas de la  Descentralización, que coincidimos tanto Nueva  Mayoría y Cambio 90, como Renovación.  Nada más y muchas gracias señor Nakamura.  El señor PRESIDENTE.- Continúe señor  Nakamura.  El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Señor Presidente con  su venia continúo.   En realidad las apreciaciones que hace el doctor Carpio e  igualmente ha hecho el doctor Carlos Ferrero Costa, bastante  emotivas y muy magistrales; a mí lo único que me  toca decir de que en esta concepción de este marco  pluriétnico y pluricultural que se está trabajando  este anteproyecto para ser proyecto en estos días,  fundamentalmente me interesa de que la parte de la justicia tanto  del Perú real y el Perú no oficial.  Señor Presidente una interrupción de parte del  colega Serrato.  El señor SERRATO PUSE.- Jorge Nakamura: Para precisar algo  que el doctor Ferrero dijo y quiero dejar muy bien en claro,  colegas congresistas.  Yo soy chiclayano y el Presidente de los AMPE es Chiclayano el  Presidente Arturo Castillo Chirinos; pero estábamos  coordinando con el Presidente de los gobiernos locales para en  una fecha muy próxima decirle a los periodistas  capitalinos de la prensa hablada, escrita y televisada  quién es el alcalde. El alcalde hoy viene siendo sentado  en el banquillo de los acusados por haber defraudado con los  alimentos de compensación social, y para la primera semana  de agosto se tiene prevista la sentencia del Tercer Tribunal  Correccional que preside el doctor Carlos Celis Zapata, poque  este señor practicamente ha traficado con el hambre del  pueblo chiclayano. Y esto lo vamos a demostrar con los documentos  probatorios en su debida oportunidad.  Gracias, señor Nakamura.  El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Cuando nosotros escuchamos  apreciaciones muy agresivas y muy injustas a nuestra primera  autoridad, que es nuestro Presidente de la República,  también consideramos que estas apreciaciones no son  lógicas y no son justas, ya lo han expresado así  los distintos colegas que me han antecedido en la palabra.  Fundamentalmente quería hacer recordar de que a estas  cinco personas honorables, a estos cinco miembros que se han  encargado de iniciar esta reforma del Poder Judicial;  también en los pueblos del Ande y en el corazón del  Perú profundo existen los sabios, los Amautas a los que  nosotros siempre hemos llamado los Hatunruna, que son los  más viejos, no quizás de edad sino de mayor  experiencia en las comunidades altoandinas, y también  así, en las comunidades étnicas de nuestra  Amazonía se acostumbra que las personas de mayor  experiencia y mayor capacidad tienen que ser aquellas que tienen  bastante experiencia.  Esto es una sugerencia muy importante, porque días  anteriores habíamos expresado varios congresistas con  respecto al idioma de oficializar el Quechua fundamentalmente y  el Aymará, porque nosotros conocemos los usos y las  costumbres de nuestro pueblo andino muy directamente y más  en especial después de estos doce años y medio de  violencia hay aproximadamente un millón setecientos  desplazados.   El año 1980 en el Perú y en Lima en especial  éramos cuatro millones de habitantes, actualmente creo que  bordeamos los ocho millones. Hay un millón setecientos mil  desplazados de Ayacucho, Huancavelica, Apurimac, Cuzco, Cerro de  Pasco, Cajamarca y la mayor parte de la zonas que han sido  violentadas en el país. Y este alejamiento del pueblo  peruano a nuestro concepto de lo que es justicia, y así  también como lo ha expresado uno de los colegas  congresistas, a veces suena no quizás para sonreir, pero  sí como una palabra cuando uno habla de justicia se  encuentra en una dificultad muy profunda.  Es por eso, que yo refrendo al igual que casi todos aquellos que  hemos apoyado a estos cinco miembros honorables...  (continúa en el turno 22)

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Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Mat.)     26.07.93  El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- (Continuando)... al igual  que casi todos aquellos que hemos apoyado a estos cinco miembros  honorables, para que inicien esta reforma constitucional y  nosotros, me felicito, que hoy día iniciémos esta  discusión y este debate con respecto al Poder Judicial y  más que todo, la parte administrativa.  Una de las funciones esenciales en todo estado de derecho, es la  de administrar justicia y através de ella, resolver los  conflictos que puedan suscitarse en forma definitiva,  pacífica y legítima; sin embargo, la  administración de justicia atravieza una crítica  situación, pues no solo ha demostrado su reiterada  ineficacia y falta de independencia, sino también su  carencia de legitimidad social.   Frente a este estado de cosas, se requería una Reforma  Constitucional, destinada a fortalecer su independencia, a la par  de sensibilizar su actuación, frente a una  ciudadanía que se siente mayoritariamente despojada,  desconfiada y alejada de ella.  En el proyecto que nosotros estamos elaborando o que nosotros  estamos inmediatamente discutiendo, sobre la base de un documento  preparado por una Comisión designada por la Corte Suprema  de Justicia, si bien introduce importantes reformas, cuenta  también con algunos aspectos cuestionables.  Uno de esos aspectos cuestionables y que generalmente a las Zonas  de Emergencia nos competen y muchos ciudadanos nos han hecho  llegar, señor Presidente, sus apreciaciones, es con  respecto a la Unidad de Función Jurisdiccional y  Tribunales Militares, que así lo ha expresado el doctor  Henry Pease; aparte de algunos aspectos de técnica e  información jurídico- constitucional, como  referencia al derecho a  la tutela judicial efectiva, en forma  mutilidada.  Nosotros queremos que el concepto de justicia sea total e  integral y resulta contradictorio referirse a la Unidad de la  Función Jurisdiccional y otorgar una ámplia  competencia a los Tribunales Militares, para el juzgamiento de  civiles y una imposición de la sanción más  drástica, que es la Pena de Muerte, incluso sin permitir  la posibilidad de interponer Recurso de Casación ante la  Corte Suprema, contra sus fallos, en caso que afecten los  derechos humanos.  Debe tomarse en cuenta, que los integrantes de estos Tribunales,  son militares y muchos de ellos asimilados y también la  legitimidad de su actuación, cuando se encuentra  súmamente cuestionada.  En las Zonas de Emergencia en la actualidad y fundamentalmente  en los pueblos alejados a los centros urbanos, existe casi un  total desconocimiento de los derechos universales fundamentales,  de la Carta de las Naciones Unidas, es por eso que hago este  énfasis y una sugerencia a los maestros en Derecho, que  están presentes acá en el Congreso Constituyente  Democrático, para que se tome en cuenta, en forma total  y global, esta integración de lo que es el concepto de  justicia, en un país pluriétnico y pluricultural.  Muchas gracias, señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.-  Tiene la palabra el señor  Olivera.  El señor OLIVERA VEGA.- Muchas gracias, señor  Presidente: Y gracias, con toda sinceridad, por las muestras que  usted y cada uno de nuestros amigos congresistas, han tenido  hacia mi persona, en este 26 de Julio, en donde estamos  cumpliendo 35 años de edad, alguien dice que esta es la  edad de la maduréz, tenemos el reto de así  demostrarlo en los próximos dias.  Señor Presidente, ha sido realmente grato y reciban todo  mi agradecimiento, pero más grato señor Presidente  es que en esta fecha especial, estemos aquí  discutiéndo el Capítulo del Poder Judicial, que  tiene como objeto tratar que la justicia no sea solo una palabra,  tratar que se administre realmente justicia en el Perú y  ese es un sueño, diría yo de Siglos, no solo los  peruanos, sino en general de todos aquellos que son  víctimas de injusticias y particularmente para nuestro  grupo político, señor, es algo fundamental, tan  fundamental que resumíamos, nuestra aspiración de  actuar en política en nuestro lema...  (Continúa en el Turno No. 23)...

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(Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         26-07-93  El señor OLIVERA VEGA.- Continuando)... fundamental, tan  fundamental que resumíamos nuestra aspiración de  actuar en política en nuestro lema, ­se hara justicia! y  para hacer justicia, señor Presidente, siempre hemos  considerado que es necesario que hay un Poder Judicial que tenga  la confianza del pueblo por sus hechos, por sus resultados y para  eso, tenemos nosotros que dotarle de todo el marco constitucional  y legal, de tal manera que no sea simplemente declarativo el  texto sino que sea un posibilidad real que el puebo peruano  alcance justicia a través de sus autoridades.  Nosotros desde que insurgimos como grupo en el quehacer  político en enero del 90, dijimos algunas cosas, dijimos  que era necesario depurar el Poder Judicial y despolitizar los  nombramientos judiciales; decíamos en enero del 90, todo  esfuerzo moralizador de la justicia queda en nada si es que  existe un Poder Judicial que aplique la ley por igual a todos los  ciudadanos, sin distingos de jerarquías oficiales y sin  otro tipo de consideración que las exclusivas de la  administración de justicia.  La realidad, es que en la mayoría de los casos obtiene  justicia, quien goza de la influencia política o quien  compra conciencias de jueces penales, el cuestionamiento  público y oficial ha alcanzado los mas altos niveles del  Poder Judicial, ya que se ha dado el caso de Vocales supremos  enjuiciados por liberar a un probado narcotraficante, así  como la grave denuncia formulada por la Contraloría  General respecto a la adquisición sobrevaluada de  automóviles y equipo de oficina realizadas por Vocales  Supremos.  Esta situación no puede ni debe continuar en una  democracia, el FIM cree y defiende la autonomía del Poder  Judicial y las garantías de la administracion de justicia,  pero también cree que estos principios no son  incompatibles con la causa nacional de la moralización y  la justicia, por eso propone, proponía en enero del 90,  señor, una modificación constitucional que otorga  el Consejo Nacional de la Magistratura, atribuciones  extraordinarias para proceder a una ratificación  extraordinaria de los magistrados del Poder Judicial y de  miembros del Ministerio Público.  Igualmente en enero del 90, proponíamos considerar que el  actual sistema de nombramientos de los magistrados los hace  depender del favor político, ya que en última  instancia es el Presidente de la República el que lo  nombra; y en el caso de los magistrados supremos, el Senado de  la República el que los ratifica.  El FIM proponía  que sea el Consejo Nacional de la Magistratura la  institución constitucional que seleccione y designe a los  magistrados del Poder Judicial y miembros del Ministerio  Público, y consideraba necesario establecer en la Nueva  Constitución y la ley respectiva las garantías  necesarias para una conformación representativa y  apolítica de los miembros del Consejo Nacional de la  Magistratura.  También en enero del 90, ya nosotros exigíamos el  cumplimiento de la norma constitucional que otorgaba al Poder  Judicial no menos del 2% del Presupuesto General de la  República, he querido, señor Presidente, con esto,  dejar constancia que esta aspiración del pueblo peruano  es una aspiración que nosotros recogimos en nuestra  declaración de principios, y que hacemos honor a esa  declaración de principios cuando mas allá de las  discrepoacnias que se han venido presentando, hemos trabajado con  transparencia y con lealtad en la Comisión de  Constitución y aquí en el Pleno, apoyándo  las iniciativas que en efecto podían hacer realidad lo que  el pueblo peruano demanda.   Nosotros creemos, señor, que este es un capítulo  fundamental, sustancial, qque si logramos en efecto el mayor de  los concensos, que si logramos en efecto despolitizar al Poder  Judicial, si logramos darle la mayor de las garantías a  la administración de justicia para que se aplique la ley  por igual a todos los ciudadanos, para que sea verdaderamente un  Poder judicial independiente y autónomo, estaremos dando  un paso importantísimo en la consolidacion de la  democracia y el estado de derecho.  Es mas, señor Presidente, nosotros creemos que un Poder  Judicial autónomo, independiente, unPoder Judicial que  además de autónomo e independiente funciona y hace  justicia oportuna y real, es la mejor garantía...  (Continúa en el Turno N§ 24)    SESION PLENARIA          (MATINAL)

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TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              26-07-93  El señor OLIVERA VEGA.- _(continuando)_ y hace justicia  oportuna y real, es la mejor garantía para que funcione  una economía social de mercado. Es inherente,  señor, a la democracia y es inherente también al  sistema que funciona en muchos países del mundo en donde  la mayor garantía, inclusive para el propio consumidor,  inclusive para el ciudadano que puede ser víctima del  abuso del poder estatal, es un Poder Judicial que funciona.  Por eso, señor, nosotros coincidimos en gran parte en los  avances que se hacen en el Texto Constitucional propuesto.  Creemos sin embargo, que habría que considerar algunas  innovaciones que podrían remitirse sus definiciones a la  ley respectiva.  Nosotros creemos, que la ciudadanía debe tener una mayor  participación en la administración de justicia y  en la fiscalización de los magistrados. Creemos que la  experiencia de los últimos años y décadas  no ha sido la mejor para el Perú. Por eso es que se ha  perdido confianza y fe en el Poder Judicial, por eso más  allá, señor, de lo que fue recoger un clamor  popular de decir, ese Poder Judicial no puede continuar y tratar  de renovarlo violentamente inconstitucionalmente, cosa que no  compartimos, había que hcer algo como en efecto,  todavía hay que hacer no sólamente algo, sino mucho  en esta reforma.  El Poder Judicial, señor, se ha apartado de la realidad,  se ha mantenido y se mantiene en una nube fuera de la relaidad  nacional y el pueblo en su conjunto, no sólamente los  litigantes sino la ciudadanía en su conjunto, demanda  participación para acabar  con ese monopolio de la  arbitrariedad que ha sido lo que mayoritariamente ha  caracterizado a nuestor Poder Judicial, producto de malos  magistrados.  Hay por supuesto las excepciones honrosas, que creo que  están demás citar, pero para simbolizar esas  excepciones honrosas en la administración de justicia,  bastaría citar los dos nombres de los ilustres  constituyentes que hoy día nos acomapañan; don  César Fernández Arce, Presidente de la Corte  Suprema de Justicia por dos veces que justamente es la  excepción que confirma la regla en ese Poder Judicial tan  criticado y tan denostado con justicia; y don Gonzalo Ortiz de  Zevallos, Juez Decano en su debida oportunidad y Primer Fiscal  de la Nación con la nueva Constitución.  Señor Presidente, nosotros lo que quisiéramos es  que se abra la posibilidad para que el pueblo pueda participar  en la administración de justicia en determinados tipos de  juzgamientos para determinados delitos, mediante una  Institución que ciertamente ha merecido un gran debate en  el pasado, pero que sería cuestión de considerar  hasta qué punto se le puede colocar al pueblo  paraticipando en la administración de justicia a  través del sistema de jurados, para determinados casos que  la ley determinará, en un tipo de procedimiento que bien  podría ser sometido a prueba para poder probar justamente  su eficacia.   Yo hubiera querido, señor Presidente, que por ejemplo para  los casos de corrupción de funcionarios, los casos de  enriquecimiento ilícito, los casos de abusos de poder, el  pueblo pudiera participar a través de jurados en esos  juicios; y dar su veredicto, inocente o culpable.  Yo hubiera querido seguramnete algo que parecería una  barbaridad; y por eso no la hemos planteado oficialmente ni la  planteamos. En esos casos de corrupción en donde tan  fácil es robar, enriquecerse a costa del hambre del pueblo  y tan difícil es la probanza, señor, aquellos  delincuentes que merecen las sanciones más ejemplares, sin  embargo muchas veces son beneficiados con el principio que la  duda favorece al reo. Yo sé que en ninguna parte del mundo  funciona o muy pocas el principio contrario de la duda, favorece  a la sociedad.   El principio que si funciona hasta donde conozco dentro de lo que  es el deber del Ministerio Público cuando defiende a la  sociedad, debe acusar aplicando el principio de indubio  pro  societate.   Pero, señor Presidente, yo comprendo las limitaciones y  que no podemos ponernos al margen de lo que es una  adminstración de justicia aceptada por los Estados  democráticos; y que podría prestarse quizás  a excesos o abusos e inclusive a persecuciones y venganzas  políticas mientras no estén plenamente_  (CONTINUA EN EL TURNO - 25)

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Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ               26-07-93  PLENARIA - MATINAL  El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...por los estados  democráticos; y que podría prestarse quizás  a excesos o abusos e inclusive a persecuciones y venganzas  políticas mientras no estén plenamente vigentes  todas las garantías que permitan una administración  de justicia independiente, autónomo, con un ejercicio de  la defensa debidamente garantizado.  Señor Presidente, sí hemos planteado contemplar  entonces la posibilidad de la incorporación del pueblo a  través del sistema de jurados, y también  quisiéramos, señor, que independientemente de esta  propuesta, el pueblo pudiera participar en la  fiscalización permanente de los magistrados; y que se  pudiera reconocer no solamente la posibilidad de la revocatoria  del cargo de un mal magistrado con los debidos requisitos que  establezca la ley correspondiente de la participación y  fiscalización popular, no solamente en el nombramiento de  jueces de determinada instancia, sino a través de lo que  creemos debería ser un órgano de control externo  del Poder Judicial.   Ahí habría que hacer una propuesta imaginativa, de  tal manera que se pueda integrar también el pueblo; porque  si en algo ha contribuido la pérdida de confianza del  pueblo en el Poder Judicial, es porque sus órganos de  control interno han malentendido lo que es una solidaridad con  el colega y porque lamentablemente la inconducta, la corruptela  se ha institucionalizado; y el vocal superior corrupto le pide  el favor al juez de primera instancia corrupto y el supremo  también a ambos, y todos de alguna manera han hecho de la  corrupción, del compadrazgo una institución que  tenemos que exterminar. Y que tenemos que velar permanentemente  para romper ese monopolio y esa tentación en la que pueden  caer malos magistrados. Nosotros quisiéramos que se pueda  considerar la posibilidad de un órgano de control externo  dentro del Poder Judicial.  Hay otros temas, señor Presidente, en los cuales  podrían haber aportes; y adelantamos que consideramos  aún importante que se mantenga la institución del  Tribunal de Garantías Constitucionales.  Nosotros hemos sido duros críticos de la actuación  del Tribunal de Garantías Constitucionales. En los hechos  no fue ninguna garantía constitucional la existencia de  este Tribunal porque fue deformado en su origen, nació  mal, señor, en la ley orgánica, se pusieron  exigencias fuera del sentido de justicia constitucional en su  conformación; y finalmente los delegados que llegaron,  llegaron con un compromiso político que al final  neutralizaba la actuación de magistrados que  deberían tener como único mandato el hacer respetar  la Constitución ante una vulneración flagrante.  Además, señor Presidente, se daba el caso que en  la ley orgánica para alcanzar un fallo había que  llegar a determinado número de votos, que traía una  serie de negociaciones y de paralización del propio  sistema del Tribunal de Garantías Constitucionales; y en  los últimos tiempos, señor Presidente, observamos  que los miembros del Tribunal de Garantías  Constitucionales actuaban por consigna política  partidaria, cosa que denunciamos oportunamente. Y no solamente  que lo denunciamos oportunamente, sino que tuvimos trabajando  conjuntamente antes del cinco de abril, al igual que en el tema  del Poder Judicial, también en el tema del Tribunal de  Garantías Constitucionales con los delegados del gobierno  al más alto nivel.   No cometemos aquí ningún tipo de infidencia porque  ya es un hecho histórico y público, cómo es  que en efecto estuvimos trabajando representantes de los partidos  de oposición nada menos que con el primer ministro de ese  entonces, el señor Alfondo de los Heros; y cómo es  que al cinco de abril ya existían proyectos de ley  presentados justamente para poder renovar ese Tribunal de  Garantías Constitucionales y reemplazar esos malos  elementos que estaban actuando con direccionalidad  política partidario en contra de los intereses nacionales.   Aquí, señor, se presentarón las leyes  correspondientes, que interpretaban cómo es que el  límite de edad también era aplicable a los miembros  del Tribunal de Garantías Constitucionales y de esa manera  podíamos limpiar y renovar ese tribunal...  (  SIGUE EN EL TURNO N§_26  )

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Transciptor: ROBERTO OSHIRO T.               26-07-93  PLENARIA  -   MATINAL  El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...cómo  es que el límite de edad también era aplicable a  los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales  y de esa manera podíamos limpiar y renovar ese Tribunal.  Y se podía abrir la puerta además con los proyectos  de ley que pudieran perfeccionar la actuación del  Tribunal, pero de allí, señor Presidente, a  eliminar esta institución que lamentablemente en los doce  años que ha estado funcionando no ha hecho honor al alto  encargo Constitucional, nos parece un extremo inconveniente.  Por eso creo, al igual que lo hemos planteado en la  Comisión de Constitución que se debe rescatar e  independizar el control Constitucional de lo que es la Corte  Suprema de Justicia.  Señor Presidente, creemos también que el tema de  las ratificaciones a los Jueces y Magistrados debe estar  considerado expresamente en el texto Constitucional, si bien la  garantía de la administración de Justicia de la  inamobilidad en el cargo ha sido mal entendida y mal aplicada,  y se hacía en los hechos prácticamente imposible  poder remover a tan malos Magistrados, pues, señor  Presidente, creo que la alternativa propuesta de ratificar  periódicamente, no en plazos tan cortos, sino cada 5  años podría ser, a los Magistrados por cuenta del  Consejo Nacional de la Magistratura sería saludable.  Y creemos, señor Presidente, que evidentemente es momento  oportuno para hacer la reflexión respecto al futuro  inmediato de nuestro Poder Judicial, hay una actuación  -que es cierto- por mandato de una ley Constitucional del  Congreso Constituyente, se conformó el Jurado de Honor.  Es cierto también que la conformación de este  Jurado de Honor y su competencia contó con los votos en  contra de la oposición en su conjunto, pero, señor  Presidente, ¨qué cosa está pasando y qué  cosa puede pasar en los próximos días?, nosotros  le hemos dado confianza a pesar que no hemos participado en el  nombramiento de los miembros del Jurado de Honor. Y estamos  viendo con preocupación sin embargo, que ese encargo  recibido de alguna manera se puede estar tergiversando.  Hemos leído con preocupación declaraciones que han  dado voceros, miembros de este Jurado de Honor, en donde  resultaría siendo el Jurado de Honor un Jurado de  excelencia, en donde está calificando a los dioses de la  Justicia y a los humanos de la Justicia, y que además,  señor Presidente, sin hacer cargo sobre la honorabilidad  de los miembros del Jurado -que no los estoy haciendo, ni los  estoy insinuando- todos nos merecen el mayor respeto, creemos que  estamos frente a un desafío ante su primer informe; da un  informe donde aparentemente se estaría cometiendo  injusticias con algunos miembros del Poder Judicial nombrados  provisionalmente.   Nosotros que mantuvimos la posición principista de  sostener que el Poder Político no debe intervenir ni en  la ratificación, ni en el nombramiento, en consecuencia  deberíamos de mantenernos al margen de esas decisiones ya  adoptadas por el Jurado de Honor, pero que va a pasar,  señor Presidente, yo me temo que en efecto aquí,  ante errores que se pueden haber cometido, se le podrá  enmendar la plana a este Jurado de Honor, y qué va a pasar  en los próximos días también en cuanto a su  actuación.  Me permitiría terminar la argumentación, tal vez  usted pueda aportar.  Va a terminar en los hechos realizando concursos para llenar esas  vacantes de Corte Suprema a Jueces de Primera Instancia, con  nombramientos que van a trascender por lo menos al próximo  quinquenio; y entonces tendríamos que preguntarnos ¨por  qué tanta desesperación? si es que en la primera  quincena de Agosto, días más, días menos,  estará listo el texto Constitucional y en los primeros  meses, los próximos meses después del  referéndum podrá ser promulgada el texto de la  nueva Constitución e iniciar todo un proceso de  selección con todas las garantías debidas de plena  independencia y de plena autonomía de los Magistrados en  cuanto a su sistema de nombramientos, tal como se estaría  proyectando en el texto de la nueva Constitución.  Y por qué entonces, no empezar a aplicar ese ideal de  independencia y autonomía en el nombramiento desde ya,  desde ya, desde ahora; por qué no entonces, ...  (Continúa en el turno N§ 27)

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Jorge Anamaría    PLENARIA       Mat.      26-7-93  El señor OLIVERA VEGA..(continuando)...Constitución  y por qué, entonces, no empezar aplicar ese ideal de  independencia y autonomía en el nombramiento desde ya,  desde ya, desde ahora; por qué no entonces reexaminar esta  decisión adoptada por el Congreso Constituyente, poder  meditar, reflexionar y adoptar un correctivo y demostrar en los  hechos, que sí, lo que se quiere es un Poder Judicial  autónomo e independiente desde ahora, no desde los  próximos cinco años.  Me pide una interrupción el señor Ferrero Costa.  El señor FERRERO COSTA.- Señora Presidente, me  permite?  La emoción de nuestro colega que celebra su  onomástico lo ha hecho olvidar que hemos acordado discutir  nombramiento de jueces después de este capítulo.  El está adelantando esta materia.  En todo caso, es bueno decir lo siguiente. Este Congreso no  está obligado a aceptar la recomendación del Jurado  de Honor, este Congreso puede rechazar si quiere la  recomendación que formula el Jurado de Honor.  Gracias, Presidente.  El señor OLIVERA VEGA.- Sí, señora  Presidente, yo no me he olvidado, he estado debidamente informado  amigo Ferrero. Lo que pasa es que estamos en la discusión  general de lo que es un Poder Judicial independiente,  autónomo, de lo que es tema de ratificaciones y de lo que  son garantías para la administración de justicia;  y en ese contexto es que estoy adelantando preocupación  sobre el tema del Poder Judicial y el futuro inmediato; las  declaraciones que pueden ser muy buenas y los sistemas que pueden  ser excelentes, que aquí se va a incorporar en el texto  constitucional y el futuro inmediato, estos próximos  años, independencia del Poder Judicial, del Ministerio  Público, ese Consejo de la Magistratura, todo eso es algo  que tenemos que abordar y por eso, es que queremos que empecemos  a pensar qué salida podemos darle.  Yo sé de quienes en consecuencia están defendiendo  lo que es la propuesta constitucional en mayoría, pero  quisiéramos que esa propuesta constitucional se haga  realidad en el mas corto plazo, que no nos dejen entonces,  Magistrados nombrados por el poder político para los  proximos cinco años, en cuyo caso, tendríamos que  dudar de las intenciones de algunos, hay de quienes no dudamos  ciertamente, pero si no lo aplicamos de inmediato no tendremos  un verdadero Poder Judicial independiente y autónomo del  poder político y tendríamos las injusticias,  además, de poner en el mismo nivel a Magistrados  corruptos, a Magistrados rechazados por la opinión  pública con aquellos que simplemente no tienen las  categorías de excelencia que está revisando el  Tribunal de Honor; y tendríamos entonces esa paradoja que  indigna a la conciencia ciudadana que hoy día Magistrados  repudiados, que deberían estar siendo sometidos a proceso  judicial para su próxima sanción reciben su  pensión reajustada como si fueran Magistrados honorables.  Allí está  -me recuerda Willy Serrato- ese nefasto  Mendez Osborn o esos Vocales que absolvieron inconstitucional e  ilegalmente, perdón, no lo absolvieron, que se negaron a  abrirle el juicio incumpliendo el mandato constitucional por  citar determinados casos; o aquellos que absolvieron a Perciles  Sánchez como lo hemos recordado hace mas de dos  años.  Entonces, en este contexto tenemos que abordar y adoptar una  definición en consecuencia; sinó, señor  Presidente, al pueblo hay que decirle la verdad clara y  transparente. Habrá independencia y autonomía de  aquí a cinco años, mientras tanto no, señor  Presidente, aquí saldrá el nombramiento  político del Congreso de la República con  intervención del Presidente y dejando todas estas  aspiraciones a un futuro incierto, qué pasará de  acá a cinco años, señor.  Creo, señor Presidente, que también el tema  presupuestal es necesario abordarlo directamente en materia  constitucional; y nosotros queremos reformular nuestro  planteamiento....            (SIGUE EN EL TURNO 28)    PLENARIA           MATINAL       26-07-93

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TRANSCRIPTOR :  Julio Vera Barreto                   Anexo 172  El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...queremos  reformular nuestro planteamiento, el tema de asignar un  porcentaje específico, del Presupuesto general de la  República al rubro de Poder Judicial, puede parecer  rígido, puede parecer fuera de la realidad.  Lo que sucede, que habría que poner una aspiración  mínima, que dote de una garantía mínima al  Poder Judicial, para poder efectivamente liberarse de esa  dependencia del poder político; y para además por  hacer de la justicia eficiente, eficaz, que tenga los medios  económicos para implementar la modernidad al Poder  Judicial con los medios logísticos necesarios para poder  capacita al su magistrados y al poder auxliar y que no tenga  permanentemente que ser el mendigo de toda la estructura del  Estado en este transitar presupuestal.   Y entonces señor Presidente, refleccionando nos atrevemos  a proponer el mismo trato que al Poder Legislativo; se le de al  Poder Judicial, que el Poder Judicial elabore su presupuesto,  conformes en que lo hará con la debida responsabilidad;  que los discuta en la elaboración del presupuesto con  ambos poderes del Estado, Ejecutivo, Legislativo, pero que una  vez que el Poder Judicial, elabore ese presupuesto y lo apruebe  por la instancia debida, que puede ser el Consejo Supremo, de  administración judicial, la denominación exacta que  se le ha dado, se incorpore en el prespuesto general de la  República, señor.   Se incorpora, no se discute ni por el Eecutivo ni por el  legislativo, se incorpora tal cual, asi como se incorpora el  Presupuesto del Poder Ejecutivo, igualito, ambos somos Poderes  del EStado, y ambos debemos merecr igual trato, y si queremos  realmente sentar las bases para una verdadera reforma del Poded  Judicial,hay que darle los intrumentos necesarios.  Señor Presidente, hay como digo otro tipo de aporte, pero.  El señor PRESIDENTE.- Le voy agradecer, ha hecho uso de  cinco turnos, la Presidencia le ha concedido tres minutos  más, le ruego concluir, gracias.  El señor OLIVERA VEGA.- Voy a terminar, con dos temas  puntuales, el señor Presidente de la Comisión ha  hecho referencia a lo que es un tema concreto que se  también se va tratar en otra instancia, que es el tema de  la pena de muerte, ese es un tema en efecto, sella lo que es la  libertad de conciencia.  En esto debe haber libertad para decidir, y así lo estamos  entiendo en nuestra agrupación política, sin  embargo es importante, señalar para su debida oportunidad  que hay que señalar las repercuciones de la  implantación de la pena de muerte dentro del orden  jurídico internacinal.  Y dentro de las consideraciones, de política internacional  que tiene que tener nuestro país, tenemos también  que decir que la pena de muerte, es si empliara ninguna manera,  va poder funcionar de manera retroactiva, esto el pueblo tiene  que saberlo, porque, no vale engañar al pueblo, y  sería realmente forzado, una interpretación, en el  sentido de que si ahora se aprobara la pena de muerte, para el  terrorismo, para narcotráfico que es mi propuesta  particular, para gobernantes corruptos, no podría ser  aplicada por ejemplo para Abimale Guzman, o para Polay, o para  García, o para cualquiera de todos aquellos que se  sería posibles de ser aplicado.  Entonces esto tiene que estar presente en el debate, con  trasnparencia, para que se tome una decisión correcta  y  se pondere toda la repercuciones de esta decisión  trascendente.  Creemos también señor Presidente, para culminar,  que es lamentable, el pronunciamiento que el fin de semana ha  tenido el Presidente de la República respecto  a los  Alcaldes.  Y voy a hablar solo un minuto, realmente lo tengo que tratar;  porque aquí se traido a tema, a debate, y digo que es muy  lamentable, porque ha demostrado y ha evidenciado, su falta de  conciencia y espíritu democrático, nos guste o nos  guste, como pues una elección, yo no se cual  representativa sea ....  (Continúa en el Turno N§ 29)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-Matinal  El señor OLIVERA VEGA (continúa).- espíritu  democrático. Nos guste o no nos guste hubo pues una  elección, yo no sé cuan representativa sea  ahí en el AMPE, y esos señores yo no sé si  siguiendo consignas políticas o no, no estoy en la  interioridad ni me interesa estar en la interioridad de  determinados partidos políticos han dicho su palabra. Y  en una democracia hay que aceptar la crítica, sin embargo  la reacción del presidente de la República ha sido  realmente desmedida y amenazante con un agravante: ni siquiera  ha sido justo en hacer distingos. Ha metido una vez más  en el mismo saco a justos y pecadores y ha evidenciado algo que  debería de preocupar a la mayoría cual es su  verdadera concepción del esquema descentralista o  regionalista, cual es su concepción de cómo es que  deben de funcionar los pueblos del Perú en su desarrollo,  todo el poder está en manos del presidente de la  República porque el verdadero poder es el poder  presupuestal, el poder de gasto.  De nada sirve dar una serie de facultades si no va a tener la  libertad y la autonomía económica, sea el gobierno  local o sea el gobierno regional.  Y es lamentable y por eso tenemos que rechazar  categóricamente ese tipo de actitudes que realmente dejan  mucho que desear del presidente de la República que una  vez más lo pintan de cuerpo entero. Si él pudiera  haber dicho como dijo en Brasil que sacaría catana para  aplicársela a todos los alcaldes del Perú y si  tuviera un revólver frente a los alcaldes del Perú  de repente también hacía uso de él. Ustedes  tienen que llamarle la atención al presidente de la  República en vez de reventarle cuetes como algunos lo  están haciendo acá. Y tenemos que volver entonces  a defender verdaderamente los derechos de los pueblos del  Perú a través de sus legítimas autoridades.  La señora PRESIDENTA.- Señor Olivera, le ruego que  concluya por favor, ya culminaron todos sus tiempos y el tiempo  adicional que le entregó la presidencia.  El señor OLIVERA VEGA.- Sí señora  presidenta, termino, y termino lamentando declaraciones que se  han dado con verdadera soberbia, llamando minorías a  representantes de los pueblos del Perú, llamándolos  grupúsculos, y queriendo acomodar la representatividad de  esta asamblea, que yo no tengo por qué ser notario  público de ello, en función a los resultados de  quien ha salido elegido, eso no es válido y eso  ciertamente nosotros tenemos que rechazarlo y no compartirlo. Por  eso es que estamos trabajando algún tipo de  satisfacción a todos los alcaldes del Perú, en los  cuales inclusive hay representantes de tiendas opuestas pero a  los cuales no podemos negarles su origen legítimo de la  voluntad popular que ejercen a través de sus cargos y  olvidar el enorme esfuerzo que en la lucha antisubversiva vienen  dando y lo importante que son para poder derrotar definitivamente  al terrorismo.  Eso es todo, señora presidenta, y le agradezco su  tolerancia.  La señora PRESIDENTA.- Gracias, señor Olivera. ¨Una  cuestión de orden de la congresista Lozada?  La señora LOZADA DE GAMBOA.- Señora Presidenta, era  mientras el señor Olivera estaba desviándose del  tema. El tiempo adicional debería ser para dedicarse al  tema concreto, no para estar haciendo apreciaciones que no vienen  al tema.  La señora PRESIDENTA.- La presidencia toma debida nota,  congresista.  Tiene la palabra el señor Mario Paredes.  El señor PAREDES CUEVA.- Presidenta: En realidad hablamos  de reflexiones y a veces no hay reflexiones. No sé esa  palabra reflexión voy a tener que volver a mirar el  diccionario qué significa reflexión. Se ha hablado,  he contabilizado catorce veces la palabr reflexión y no  ha habido ninguna reflexión. Yo creo que este Congreso  vamos a tener que tratar de hacerles un regalo a todos de un  diccionario para emplear las palabras correctas.  Presidenta: Acá también el 7O% de este Congreso  votó por el Tribinal de Honor, el 7O%. Yo no creo que los  que hemos votado estemos tan equivocados como quieren hacernos  ver.  Pido a la Comisión de ....  (SIGUE TURNO 30)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  El señor PAREDES CUEVA...(continuando)...como quieren  hacernos ver.   Pido a la Comisión de Justicia que nos haga llegar lo  antes posible los informes que han recibido, porque la  mayoría -creo- que de los congresistas no lo tenemos, y  esperamos que la Comisión de Justicia inmediatamente  proceda a entregarnos los informes que ha recibido de este  Tribunal de Honor para juzgarlo, en realidad ya con documentos.  Esta nueva Constitución, Presidenta, también  incluye en este capítulo nuevas figuras, en una de las  figuras que incluye como novedad es la participación  popular en el nombramiento y revocación de autoridades.  Es un capítulo importante, es una figura importante, creo  que se está avanzando en esta Constitución. Pero,  sí me preocupa algo del Artículo 158§ del  Régimen Penitenciario, Presidenta, todavía en  nuestras cárceles hay un descuido total en el sentido del  bien social, todavía nuestros presos en vez de salir, ir  a reeducarse, a instruirse; salen a veces perfeccionados en el  delito. Es importante que tengamos presente incluir en nuestra  Constitución un pequeño aporte que voy a hacer.  Que debería decir : "El Régimen privatido de la  libertad tiene por objeto la reeducación, la  rehabilitación y la reincorporación del penado a  la sociedad", porque en realidad son los principios de una  función juridiccional y derechos en el proceso. Es  importante considerar esto, Presidenta, porque a veces por la  miseria, por lo que hemos pasado, por esta recesión,  quizás muchos por desesperación se encuentran ahora  detenidos.  Otro punto importante que quisiera que el doctor Pease me  escuche, quisiera por favor pedirle la atención al doctor  Pease; porque yo nunca me imaginé que el doctor Pease  pueda utilizar documentos políticamente, nunca lo  imaginé, porque lo conozco hace mucho tiempo, sé  de su caballerosidad, sé de su vehemencia, sé de  su lucha. Pero, sí quiero enfocar una cosa que sea un  puente para que la Comision de Constitución, quizás  en realidad ahí si quisiera un poco que recapacite en lo  que voy a explicar.  Una cosa es hablar en las circunstancias, cuando estamos en  guerra, cuando estamos en privatización, cuando estamos  en reinserción, cuando estamos con un pueblo sacrificado  ya por muchos años, por una devaluación terrible,  una inflación posterior, ver esas circunstancias en un  contexto general; entonces, nosotros teníamos que votar  por cosas que a veces el doctor Pease sabe perfectamente que no  debíamos haber votado, pero apoyamos por el problema que  se presentaba.   Ahora, en estos instantes, el doctor Pease habla -que la Suprema  debe haber- de la Justicia Militar, nosotros también  creemos que debe ser así, pensamos que debe ser  así; pero en aquellos momentos decidimos no apoyarlo,  ahora en cambio lo apoyaríamos, porque ya no estamos en  un marco político, en un marco de derechos humanos, en el  marco de la pelea entre peruanos. Hoy por lo menos, 28 de julio,  debíamos comenzar a unir nomás; y sin embargo,  comenzamos con un gran saludo a mi colega Olivera y comenzamos  en pocos momentos vuelta a la desunión.   Entonces, creo que ese puente que estoy tendiendo entre el doctor  Pease y la Comision de Constitución es importante, es  importante -también creo- comprender que todo, no puede  perder este Congreso su fiscalización...  (continúa en el turno 31)

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Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Mat.)     26.07.93  El señor PAREDES CUEVA.- (Continuando)... todos, no puede  perder este Congreso su fiscalización, su  investigación, no debe pérderlo por ningún  motivo, ya pasaron las circunstancias, fueron momentos tensos,  fueron momentos dificiles, a veces, hay momentos de  decisión muy difíciles, pero ya pasaron, ahora  recapacitemos, ahora sí reflexionemos.  Ahora si reflexionemos, es el momento de reflexionar todos, lo  mismo le diré a los Alcaldes de todo el Perú, que  lo primero que debían ver, es la moralidad de los  Municipios, primero debían empezar viendo eso, la  moralidad de los Municipios, porque todos sabemos y es de  público conocimiento , que todos los días hay  denuncia en los periódicos por grandes desfalcos,  imagínense, si no cuidan el dinero de los pobres  ciudadanos, de los pobres contribuyentes, menos van a cuidar los  dineros del Estado.  Entonces le pido a los señores Alcaldes del Perú,  que primero deben hacer todos un Forum, para que le sirva de  moralización, empecemos por moralización y  quizás, despues ya vamos a hablar de otros asuntos  políticos o de otros asuntos económicos; no podemos  aceptar que a este Congreso lo estén criticando por el  hecho de no estar de acuerdo con lo que ellos aspiran, porque a  veces aspiran a llenarse los bolsillos únicamente.  Presidente, quiero terminar diciendo a mis colegas, que creo que  en Agosto debemos empezar en otra forma, debemos, en realidad  debe ser este Congreso una lucha de ideas, un enfrentamiento de  ideas, un enfrentamiento de ideologías, que este Congreso  sea así y no acá, de conveniencias personales o de  intereses personales. Antes de terminar quiero darle, me  está pidiendo Presidente, con la venia de usted.  El señor VICUñA VASQUEZ.- Señor Presidente:   Estimados colegas, en el poco tiempo que me falta, solamente  quiero hacer dos precisiones en cuanto a este Capítulo,  concordando casi en todos los demás.  Es el hecho de que en un país no puede haber una isla con  modos propios, tanto territorialmente ni orgánicamente,  por eso mi extrañeza de que la Comisión de  Constitución no haya incorporado en el artículo  160§ la función de la Corte Suprema, también de  revisar los fallos de los Tribunales Especiales, como en este  caso es del militar, por eso invoco, coincidiéndo con el  planteamiento de la Izquierda Unida y rescatando la segunda parte  o la tercera parte del artículo 237§ de la  Constitución vigente, debe restituir ese principio de que  los fallos de los Tribunales Especiales, también sean  incorporados en la decisión de la Corte Suprema, como  máxima instancia; reiterando de que todo organismos es,  el Poder Judicial es independiente, autónomo, dentro de  un Estado soberano que es el Perú y no debe haber  Tribunales Especiales como islas sagradas, con modos propios o  formas de aplicación dentro del Sistema.  Asimismo invoco a la Comisión de que debe restituir el  artículo 234§ de la Constitución, en el cual, de  que toda persona tiene derecho a pedir al Juez de Turno, que le  pueden examinar en cuanto a su salud, po los abusos o atropellos  que pueden cometer las Fuerzas Auxiliares o en el mismo Poder  Judicial por cualquier circunstancia, lo cual ha sido desplazaso,  por lo que reitero de que esta es una necesidad principal, como  respeto a la persona humana y a su estado físico y  emocional, debe ser sometido a un tratamiento especial, eso es  todo señor Presidente, gracias.  La señora PRESIDENTA.- Gracias doctor Vicuña, tiene  la palabra el doctor Roger Cáceres.  El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Señor  Presidente: Quiero destacar en esta ocasión lo que he  dicho en otras oportunidades, dentro de lo poco bueno que estamos  haciéndo en esta nueva Constitución yo creo que  destaca la mayor jerarquía y nivel que se está  acordando al Poder Judicial.  Creo que hay una coincidencia generalizada en todos los sectores  politicos que integran el Congreso, para que tal cosa ocurra. No  queremos señora Presidenta, un Poder Judicial dependiente  del Poder Ejecutivo, ni del Poder Legislativo, queremos un Poder  Judicial que tenga un nivel de autonomía que...  (Continúia en el Turno No. 32)...

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(Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         26-07-93  El señor CACERES VELASQUEZ Róger.- (Continuando)...  independiente del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo,  queremos un Poder Judicial que tenga un nivel de autpnomía  que se aquel que esté de acuerdo con la propia esencia de  este Poder, para que en adelante se desenvuelva con el acierto,  la propiedad y el éxito que lamentablemente no ha tenido  a  lo largo de toda la república, porque simpre,  señor, señora, el Poder Judicial ha sido duramente  manejado desde el Poder Ejecutivo y desde el Poder Legislativo.  Existiendo, señora, esta coincidencia, tengo que referirme  a la conveniencia de modificar y de mejorar algunos de los  dispositivos qie integran el Capítulo VIII de la  Estructura del Estado que estamos debatiendo.  Lo concerniente al artículo 158§, inciso 1), coincido,  señor, con lo que ha planteado otros señores  representantes en el sentido de que expresamente debe  establecerse que son recurribles ante el Poder Judicial los  fallos de mayor gravedad que sean remitidos por el Fuero  Privativo Militar y también las contiendas de competencia  que correspondan.  Creo que si la Corte Suprema lo es, debe de  serlo a plenitud, no podría haber dos cortes supremas, una  corte suprema militar y una corte suprema civil, la Corte Suprema  está por encima del Consejo Supremo de Justicia Militar  y por lo tanto los asuntos mas graves que se han sentenciado  sobre todo en materia de derechos humanos, deben ser  necesariamente recurribles ante la Corte Suprema de Justicia, eso  es indispensable si acaso queremos ratificar la verdadera  majestad del Poder Judicial en esta nueva Constitución.  De otro lado, en el inciso 2), donde hablamos de la independencia  en el  ejercicio de la función jurisdiccional, yo creo que  es necesario exprofesamente, expresamente consignar que el  ejercicio de la investigación que realiza las comisiones  designadas por el Congreso, no significa intervención  alguna en el desempeño de la justicia, es necesario  decirlo asi en función de las últimas experiencias  que hemos vivido, porque hay quienes han entendido que sí  hay interferencia, y hay quienes hemos sostenido que no existe  interferencia, sino resolvemos ese nudo cordeano el problema va  a quedar para el futuro, dentro de un año, cuando se  esté aplicando la nueva Constitución,  existirán sobre el particular los mismos lineamientos  que  con la Constitución vigente, nada habremos ganado, nada  habremos aclarado, es el momento de precisar entonces que la  investigación parlamentaria no duplica ni interfiere la  que realiza el Poder Judicial.  En el inciso 3) se dice: "Ninguna persona puede ser desviada de  la jurisdicción predeterminada por la ley ni sometida a  procedimiento distinto de los previamente establecidos".  En esta  parte, señor, yo encuentro que este dispositivo es  demasiado duro y no está de acuerdo con los precedentes  que existen a nivel internacional, debería de decirse en  consecuencia: "Ninguna persona puede ser sometida o desviada de  la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a  procedimiento distinto de los previamente establecidos, salvo le  sean mas favorables a esa persona ni juzgada por tribunales de  excepsión ni por comisiones especiales creadas al efecto".  Creo, señor, que aún cuando podrían algunos  decir que eso está sobreentendido, preferible en materia  de derecho constitucional, decirlo expresamente.  Esta es una  tercera modificación que proponemos en el texto del  artículo 158§.  En el inciso c), se dice: "La indemnización en la forma  que determina la ley  por los errores judiciales en los procesos  penales y por las detenciones arbitrarias sin perjucio de la  ......... a que hubiere lugar" Yo creo, señor, que  restringir la indemnización solamente para los casos  penales, para un poder que va a tener majestad, no es lo  pertinente.  En el pasado cuando teníamos un Poder  Judicial disminuído, minusválido, había que  restringir la obligación del Estado respecto de las  responsabilidades que pudieran devenir de parte de fallos  equivocados, solo para procesos penales.  Pero, ahora tenemos ya  un proceso judicial con mayoría de edad y que por lo tanto  debe responder de todos sus actos.  Por esta razón, propongo a la Comisión ...  (Continúa en el Turno N§ 33)    SESION PLENARIA          (MATINAL)

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TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              26-07-93  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- _(continuando)_  mayoría de edad; y que por lo tanto debe responder de  todos sus actos.   Por esta razón propongo a la Comisión que se  suprima ahí la palabra "penales"; que se diga, "judiciales  en los procesos por las detenciones y sentencias arbitrarias";  "y condenas arbitrarias", podría decirse porque el  término "detenciones" sólamente podría  referirse para el caso de  las detenciones provisionales o  definitivas, pero no para las condenas.  De tal manera que creo, señora Presidenta, que debiera  decirse en este inciso 7) lo siguiente: "La indeminización  en la forma en que determina la ley por los errores judiciales  en los procesos y por las condenas y detenciones arbitrarias sin  perjuicio de la responsabilidad  a que hubiere lugar".  Creo que en esta forma colocamos este inciso a la altura del  mayor nivel que la Corte Suprema va a tener en adelante.  Cualquier persona que sufriera los efectos de una sentencia  inicua, en consecuencia debe indeminizársele; y por  supuesto que en el pago de su indeminización conforme a  ley según se establece aquí, conforme a ley deben  participar los magistrados que hubieran sentenciado de una manera  regular o arbitraria, a mayor jerarquía, mayor  responsabilidad. Ahora la Corte Suprema va a tener más  repsonsabilidad, igualmente todo el Poder Judicial, por  consiguiente también le correponde pues, a esa mayor  jerarquía una mayor responsabilidad.  En el inciso 11) se dice: "La aplicación de la ley  más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto  entre leyes penales". En este punto hago el mismo planteamiento  que hice cuando tratamos sobre la retroactividad de la ley.  Confío que la Comisión sea sensible a estos  planteamientos que tienen por objeto mejorar la ley.   Podría decirse: "La aplicación de la ley no es  favorable al procesado, al reo, al trabajador o al contribuyente  en caso de duda o de conflicto entre las respectivas leyes". En  esta forma el benficio de una ley más favorable no  sólamente lo va hacer para el procesado penal, creo que  debemos pensar en los trabajadores, según la  disposición más favorable para el trabajador o lo  que se aplique ésta para el trabajador que estén  siempre en condiciones de deslindar frente a la que maneje el  capital.  Invoco la sencillez social de la Comisión para que pueda  tomar en cuenta estos planteamientos. Lo propio digo,  señor, respecto de los contribuyentes; si hay una ley  más favorable para el contribuyente, por qué  aplicarle la más dura como si fuera un enemigo y no  alguien que está aportando al sostenimiento del  país.  En el inciso 13), yo creo que se está produciendo una  omisón que es necesaria, señor, involucrarla. Se  habla de la amnistía, el indulto, los sobrecedimientos  definitivos y las demás situaciones que la ley  señala, usa los mismos efectos que la cosa juzgada".  Dentro de las demás situaciones que la ley señala,  seguramente se refiere a la compulgación de las penas,  pero me parece que es preferible ponerlo en claro porque recuerdo  que al inicio del gobierno del señor Fujimori se  planteó  un grave problema entre el Poder Ejecutivo y el  Legislativo.  A quién correpondían las compulgaciones;  podía determinarlas el Poder Ejecutivo o sólamente  el Legislativo? De aquel debate quedó claro que  debía corresponder fundamentalmente al Poder Judicial  -perdón- que debía estar en el Poder Judicial la  ley del Poder Judicial la Ley Orgánica del, y en este caso  el articulado constitucional correpondiente, la posibilidad de  determinar que la compulgación, señor, surta los  mismos efectos que la cosa juzgada.  En el caso de los incisos 14) y 16) que hablan sobre el mismo  tema, creo que deberían resumirse en un sólo inciso  porque en el fondo se trata de la defensa y además hay el  inciso 17) en el que podría también estar incluido  mucho de  este tema.  En el inciso 20) segunda parte, se dice que los tribunales bajo  responsabilidad no le dan posesión del cargo_  (CONTINUA EN EL TURNO - 34)

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Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ          26-07-93  PLENARIA - MATINAL  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.-  (Continuando)...no le dan posesión del cargo.  Completando lo que dice la primera parte de dicho inciso, las  prohibiciones que que se hagan en función judicial por  quién no ha sido nombrado en la forma prevista por la  Constitución o por la ley, este mismo dispositivo ha  regido ya dentro de la actual Constitución.  Como miembro de la Comisión Dictaminadora, le ruego  concederme unos minutos más para terminar mis  planteamientos, Presidenta.  La señora PRESIDENTA.- Vamos a consultar, doctor  Cáceres, para darle cinco minutos adicionales. Se consulta  al Pleno para concederle cinco minutos adicionales al doctor  Cáceres, sírvanse levantar la mano los que  estén de acuerdo. (Votación). Aprobado, tiene usted  cinco minutos, doctor Cáceres.  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Muy agradecido  señora Presidente.   Entonces, estaba hablando de que era necesario mejorar este  dispositivo 20, hacerlo más terminante. Los tribunales en  ningún caso, bajo responsabilidad, no le dan  posesión del cargo, en ningún caso, para que no  quede siempre la alternativa de que por haberlo dispuesto el  Poder Ejecutivo, según decreto ley del Poder Ejecutivo,  etc., se consideran los tribunales exonerados de este dispositivo  constitucional.  Fortalezcamos, démosle una fuerza más terminante  a este dispositivo, para que en adelante ya no suceda lo que ha  ocurrido tantas veces en la vida de la república, incluso  rigiendo el artículo pertinente, el dispositivo pertinente  de la actual Constitución.  Esa segunda parte del inciso 20) diría entonces: "Los  tribunales, en ningún caso, bajo responsabilidad, no le  dan posesión del cargo".   En la parte que se establece, señora Presidenta, dentro  de las atribuciones que corresponden al Poder Judicial, se habla  de la ausencia, el de no ser condenado en la ausencia, salvo  delito por terrorismo.   Tenemos  que  hacer una   excepción,  los  terroristas  -perdón me he  equivocado. Salvo delito por narcotráfico -me estoy  confundiendo.  En el caso del narcotráfico, haciendo uso de los inmensos  recursos que da este poder, los delincuentes desaparecen, no son  habidos. Los expedientes quedan paralizados por largo tiempo‡ y  cuando ya se ha producido la prescripción del delito,  aparecen libremente transitando por calles y plazas. Por eso creo  que por excepción, por tratarse de un mal que viene  incrementándose dentro del mundo de nuestro tiempo, la  sentencia en caso de ausencia debiera pronunciarse para los  delitos de narcotráfico. Creo, señor, que esto  sería para beneficio de la nación.  El artículo 160§ que ha sustituido al artículo 241§  actualmente vigente, me parece, señora Presidenta,  defectuoso. Yo propongo por eso un texto que nos acerque al  artículo vigente actual, el 241§, que es el siguiente:  "Corresponde a la Corte Suprema fallar en última instancia  o en casación las competencias y los asuntos que la ley  señala"; se agregaría, "las competencias y los  asuntos que la ley señala". Frente a la redacción  que se propone en el artículo 160§ por la Comisión,  creo que ésta es mejor; porque, qué se dice en el  160§, "corresponde a la Corte Suprema fallar en casación",  o sea que ahí no va haber instancia, la casación  va ser exclusiva de la Corte Suprema, no va haber fallo en  primera instancia en casación, o en última  instancia cuando conforme a ley la acción se hubiera  iniciado ante una corte superior. Esto no es cierto, porque van  haber acciones que se van a iniciar al interior de la Corte  Suprema, las que corresponden a la responsabilidad de los altos  funcionarios de la nación.   Si nosotros acusamos al Presidente de la República, a  algún ministro o a algún parlamentario por delito  cometido en el ejercicio de su función, eso no va ir a la  Corte Supreior, va ir de frente a la Corte Suprema, donde van  haber dos salas que van a intevenir en primera y segunda  instancia dentro de la propia Corte Suprema. De tal manera que  esta artículo 160§ no está bien redactado, de  ahí que le pido a la Comisión considerar la  posibilidad de recuperar el artículo 241§ actual que  quedaría así: "Corresponde a la Corte Suprema  fallar en última instancia o en casación las  competencias y asuntos que la ley señala".  Luego, en lo concerniente al artículo 161§, yo creo que  liberar al Jurado Nacional de Elecciones de la posibilidad de...  (  SIGUE EN EL TURNO N§ 35  )

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Transciptor: ROBERTO OSHIRO T.               26-07-93  PLENARIA  -   MATINAL  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.-  ...(Continuando) ...luego, en lo concerniente al artículo  161§, yo creo que liberar al Jurado Nacional de Elecciones de la  posibilidad de que sus acciones sean revisables ante el Poder  Judicial, es algo sumamente grave.   El Jurado Nacional de Elecciones viene haciendo de su capa un  sayo, todos sabemos las irregularidades que allí se han  cometido, han declarado fundada una nulidad, a los pocos  días la han retirado y han declarado válido lo que  días antes declararon nulo, han fallado sin sujetarse a  ley como lo establece sus dispositivos pertinentes.  Por tanto yo creo que debería haber la posibilidad de  acudir en vía de casación ante la Corte Suprema en  los casos en los que el Jurado Nacional de Elecciones  corresponde, me parece que esto es todavía alguna  garantía para evitar las extremas arbitrariedades que se  están viviendo en este campo.  El artículo 163§, es a mi juicio, señora, el  más defectuoso de toda la ley -unos minutos y termino,  porque esta es la parte más importante- yo considero que  debe establecerse con claridad que la autoridad o la Sala  deliberativa, la instancia deliberativa de más alta  jerarquía es la Sala Plena de la Corte Suprema, la cual  debe aprobar el pliego, el proyecto de pliego presupuestal del  Poder Judicial, debe aprobar la delegación, la  designación de delegados del Poder Judicial ante el  Consejo Nacional de la Magistratura, el Jurado Nacional de  Elecciones y otros que señale la ley. Debe aprobar el plan  trianual de desarrollo del Poder Judicial y fundamentalmente debe  aprobar el Reglamento General del Poder Judicial y otros que  fueren necesarios y asimismo, debe tener la potestad de crear y  suprimir Juzgados, Distritos Judiciales y Salas. Si no le damos  esta potestad al Poder Judicial, eso va a significar simple y  llanamente que es insuficiente el artículo 163§, tanto  más que se dice, que la ley señala su  organización y competencia de tal manera que en  determinado momento la ley podría decir esto corresponde  a la Corte Suprema y esto no le corresponde.  La señora PRESIDENTE.- Doctor Cáceres, le ruego que  concluya su exposición.  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Ya, estoy  terminando, son las últimas frases.  Por eso debemos reconocer también la necesidad de que  funcione el Consejo de Gobierno del Poder Judicial y el  órgano de Control Interno del Poder Judicial, para que el  Poder Judicial tenga el Control, el seguimiento de la conducta  funcional de los Magistrados, y la evaluación de los  Magistrados, aportando estos conocimientos y datos al Consejo  Nacional de la Magistratura cuando así fuere necesario.  Creo que es indispensable consignarlo así, además  ya llegando a la parte final de mi disertación, si no  establecemos un dos por ciento como mínimo para el Poder  Judicial, de los gastos totales del Estado de carácter  ordinario consignados en el presupuesto, la mayor  gerarquía e independencia que le vamos a dar, va a quedar  en el suelo, porque el Poder Ejecutivo y el Legislativo le van  a mezquinar los soles como ya ha ocurrido en estos últimos  años y de nada vale decir que el Poder Judicial ya tiene  majestad, jerarquía, independencia, nivel, cuando en el  campo mezquino del dinero y recursos presupuestales va a carecer  de esa potestad.  El artículo 165§ para terminar, debe ser sustancialmente  modificado, yo creo, señorita Presidente, que está  totalmente equivocado, los juzgados de Paz que funcionen en las  Comunidades Campesinas deben tener la facultad de aplicar el  derecho peruano consuetudinario; pero todo ello dentro de la sola  órbita del Poder Judicial, no generando una  situación distinta porque esto puede dar lugar a que se  presenten situaciones que ahora no preveemos, pero que yo si  pienso que se pueden dar con grave desmedro de la majestad del  Poder Judicial.  La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Cáceres.  El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Confío  en que las proposiciones que he dado, sean captadas aún  cuando muchas veces pienso que es una esperanza vana por la  Comisión dictaminadora.  La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Cáceres.  Tiene la palabra el señor Díaz Palacios.  El señor DIAZ PALACIOS.- Gracias, colega Presidente, yo  quisiera en esta oportunidad referirme a dos puntos, con  relación a la autonomía e independencia del Poder  Judicial, nuestro movimiento es partidario no solo de destacar  que efectivamente esa ...  (Continúa en el turno N§ 36)

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Jorge Anamaría    PLENARIA       MAT.      26-7-93  El señor DIAZ PALACIOS..(continuando)...nuestro movimiento  es partidario no solo de destacar que efectivamente esa  autonomía e independencia para la mas correcta y oportuna  administración de justicia depende de la voluntad politica  del gobierno en general y, particularmente, de diversos  mecanismos que la propia sociedad tiene que ir generando;  sinó, en nuestro criterio, depende fundamentalmente de  darle al Poder Judicial la garantía de tener acceso a un  porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios, de lo  contrario la autonomía e independencia del Poder Judicial  será una ficción tanto frente al Poder Ejecutivo  como frente al Poder Legislativo.  En ese entendido, señora Presidente y colegas, que  consideramos conveniente hacer una invocación a la  mayoría de la Comisión de Constitución para  que tome en cuenta esta propuesta, que no es en sí una  propuesta fuera de lugar, una propuesta descabellada sinó  que recoge como lo sostiene la Comisión Andina de Juristas  la legislación comparada, pues, muchos países han  visto que la mejor forma de garantizar la autonomía de sus  respectivos poderes judiciales frente a otros poderes de la  estructura del Estado es precisamente asignándole un  porcentaje determinado de recursos.  En nuestro caso, estamos proponiendo que no sean menos del tres  por ciento, lo que quiere decir que es un mínimo, de modo  que si por la propia dinámica y particularidades en el  futuro, en cuanto a la administración de justicia, hay  necesidad de mas recursos, no se está fijando un tope que  impida que paralice la administración de justicia por  falta de dotación de recursos económicos.  Y por otro lado,si en algún momento gracias a la  intervención del Poder Ejecutivo se consigue un mecanismo  de financiamiento externo a largo plazo, con años de  gracia y con muy pocos intereses, eso efectivamente va a ser un  complemento en el financiamiento para el Poder Judicial, pero de  ninguna manera va a interferir la aplicación de la norma  constitucional. En ese sentido, nosotros hemos coincidido en una  propuesta a la Comisión de Constitución y esperamos  que finalmente la evalúen y la tomen en cuenta.  Y de otro lado, colega Presidenta, creemos que este pleno no  puede permanecer en silencio o ajeno a las declaraciones del  señor Presidente de la República respecto a los  alcaldes del país, en un tema tan directamente vinculado  con la construcción de la democracia en el Perú  debe motivar nuestra preocupación. Creo que es de  conocimiento de ustedes que el último Congreso  Extraordinario de Alcades del país ha hecho lo que  tenía que hacer. Ha salido en defensa del régimen  municipal exigiendo el mas amplio respeto a la autonomía,  a la competencia y las rentas municipales; ha salido en defensa  del proceso de regionalización como vehículo para  la descentralización económica, política y  administrativa pero reorientando y corrigiendo las imperfecciones  que indudablemente este proceso de regionalización ha  tenido y además ha salido a decir algo que creo es  importante que este Congreso tome en cuenta.  No hay incompatibilidad entre regiones fuertes y municipios  fuertes sobre una clara delimitación de competencia. Y  como ésto, lamentablemente, no coincide con el esquema de  descentralización de la mayoría de este Congreso  y del propio Poder Ejecutivo, esto ha motivado una  reacción desmesurada, desproporcionada e injusta del  señor Presidente respecto a los alcaldes del país.  Nuestro grupo parlamentario debe expresar su total solidaridad  con los alcaldes del pais, quienes hasta hace poco eran  considerados como héroes y mártires por la  democracia y el desarrollo en el Perú por parte del  gobierno, pero hoy día sorprendemente pasan a ser lo  contrario.  Se les ha acusado de ser algo asi como una mazamorra negra, como  símbolo de lo peor, es les ha acusado de cuasi ladrones,  se les ha acusado una vez mas de politiqueros tradicionales y  esto evidentemente nos parece algo.  Me pide una interrupción la doctora Martha Chávez,  con su venia colega Presidente.  La señora PRESIDENTE.-Siga, doctora.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias, colega Díaz  Palacios.  Simplemente quiero precisar que nosotros no estamos en contra de  los alcaldes, lo que estamos en contra es de aquel  grupúsculo politizado de alcaldes que no representan ni  al diez por ciento de la totalidad de alcaldes provinciales y  distritales del país y que se han puesto en contra, no  solamente, del Poder Ejecutivo sino del Congreso Constituyente  porque ha pretendido ridiculizar el trabajo constitucional que  estamos haciendo.  Ahora, quizás eso coincida con la posición del  Movimiento Democrático de Izquierda que señala ya  anticipadamente que ha optado por el "no" y sus miembros han ya  firmado un manifiesto, pero eso no es consecuente con el trabajo  que todos los demás grupos políticos estamos  haciendo en este Congreso. Eso hay que deslidar bien. Esa  mazamorra negra, en todo caso, son esa minúscula parte de  alcaldes politizados y que han dominado una asamblea.  Gracias, doctor Díaz Palacios.  El señor DIAZ PALACIOS.- Muy bien. Termino, colega  Presidente, destacando en todo caso, el hecho de que sepamos  ningún alcalde ni provincial ni distrital ha cuestionado  ...  (SIGUE EN EL TURNO 37)    PLENARIA       MATINAL         26-07-93

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TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto                   Anexo 172  La señorita CHAVEZ COSSIO.-  (Continuando)... han dominado  una asamblea, gracias, doctor  Díaz Palacios.  El señor DIAZ PALACIOS.- Termino colega Presidene,  destacando en todo caso el éxito de que sepamos  ningún Alcalde, ni provincial, ni distrital ha custionado  la representatividad, la legitimidad del Congreso de AMPI.  Lamentamos profundamente que el señor Presidente de la  República, haya amanazado a los Alcaldes del país  con fundirlos, que haya amanezado con que no van a tener los  recursos que legítimamente vienen reclamando y que  él va ser las obras que los respectivos pueblos a nivel  de provincias, y distritos que lo necesitan.  Nos parece que esto refleja o una concepción completamente  distorsinada de lo que debe ser la relación entre el  Gobierno Nacional y los gobiernos locales o en todo caso una  nueva versión del Estado soy yo. Y creo que eso es  lamentable.  Culmino indicando nuestra profunda solidaridad con los Alcaldes  del país.  Nosostros reconocemos que el ingeniero Alberto Fujimori es el  Presidente de la República; y nunca hemos hecho uso de   agravios e insultos para referirnos a  él.  Creo colega  Presidente, menos tiene el derecho de agredir a otras autoridades  legítimamente elegidas como son precisamente los Alcaldes  del país.  Muchas gracias.  La señora PRESIDENTE.- Gracias señor Díaz  Palacios. Tiene el uso de la palabra el doctor Ortiz de Zevallo.  El señor ORTIZ DE SEVALLOS ROEDEL.- Gracias señora  Presidente, yo me voy a referir exclusivamente a una  cuestión importante que se ha producido a través  del debate de este Congreso. Me refiero a los miembros del  Tribunal de Honor, los miembros del Tribunal de Honor, fueron  designados por unanimidad, por todos los miembros de la Comision  de Justicia, y fueron finalmente designados por todos los  miembros del Tribunal, de la Organización del Congreso.  Para designar a una persona, como miembro del Tribunal de Honor,  con la facultad de designar a los Magistrados, se tiene que haber  seleccionado mucho y evidentemente así lo fue.  Lamentablemente ha habido en el curso del debate, algunas  intervenciones del colega muy distinguidos, mis amigos que se han  expreso mál de losmiembros del Tribunal de Honor. Eso es  algo injusto; los miembros del Tribunal de Honor, son:   El doctor Manuel de la Puente La Valle, un maestro  reconosidísimo. El doctor Fernando Trazegnie,  también maestro reconosidísmo, el señor  Miguel de Altaus, un profesor que no ejerce la profesión,  el señor Guillerno de la Ochaga, un jurista ditinguido,  y el doctor Jorge Ramírez Diaz, hijo de un Magistrado  eminente, el doctor José Gregorio Ramírez; y una  persona apreciada por toda la profesión.  Es lamentable que quienes han acepatado ese cargo realizando un  verdadero sacrifico y esfuerzo, porque el siermpre cargo de esa  naturaleza, que tiene una función Ad Hoc, representan  compromisos y obligaciones que se contraen y que en realidad van  a compromoter su situación permante y tranquila de su  vida.  Sin embargo nosotros, los miembros del Congreso le guardamos a  esos miembros del Tribunal de Honor toda la consideración  y el aprecio que se merecen y lo consideramos eminentes figuras  y por eso los hemos designado como miembros del Tribunal de  Honor.  Quiero dejar constancia de estas palabras.  Gracias señora Presidenta.  La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Ortiz de Zevallos.  Tiene el uso de la palabra el señor Antero Florez  Aráoz.  El señor FLORES ARAOZ ESPARZA.- Gracias Presidenta, hace  más de un año ...  (Continúa en el Turno N§ 38)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- Pleno-Matinal  La señora PRESIDENTA (continúa).-  Tiene uso de la  palabra el señor Antero Flores-Aráoz.  El señor FLORES-ARAOZ.- Gracias Presidenta. Hace  más de un año el Perú escuchó la  siguiente frase: "La administración de justicia ganada por  el sectarismo político, la venalidad y la  irresponsabilidad cómplice, es un escándolo que  permanentemente desprestigia a la democracia y a la ley. El  país está harto de esta realidad y desea  soluciones. Quiere un sistema de administración de  justicia eficaz y moderno que constituya plena garantía  para la vida ciudadana, no quiere más feudos de  corrupción ahí donde viera reinar una moral  intachable".  Coincidimos con esta expresión, se nos dice a veces que  somos una oposición irreflexiva, no lo somos, somos  oposición pero reflexionamos. Coincidimos con estas  expresiones, lamentablemente no se puede echar en un mismo saco  a todos porque en el Poder Judicial hubo y hay gente honorable  pero lamentablemente los que no lo fueron han dado esta imagen  generalizada con la cual coincidimos porque somos hombres y  mujeres que estamos en la labor del derecho.  Estas expresiones fueron del ingeniero Fujimori. Si bien estas  expresiones fueron el día 5 de abril de 1992 en que  tenemos coincidencia en esa expresión respecto al Poder  Judicial, discrepamos absolutamente con los remedios o supuestos  remedios que fue el golpe de Estado.  Tengo que recordar y nuestra bancada no dejará de  recordarlo cada vez que sea necesario que antes de ese golpe, en  el mes de marzo nos reuníamos constantemente el presidente  del Consejo de Ministros de aquel entonces, doctor Alfonso de los  Heros, el entonces y sigue como ministro de Justicia, el doctor  Fernando Vega Santa Gadea, y otros miembros del Parlamento entre  los cuales destacaba Lourdes Flores Nano. Estuvimos preparando  con ellos los proyectos de ley necesarios para presentarlos en  abril de 1992 para solucionar la crisis del Poder Judicial.   Si bien la evaluación es certera indicamos no fue el  apropiado y lo cuestionamos y lo impugnamos. Pero tenemos que  solucionar la crisis del Poder Judicial y tenemos en esta reforma  constitucional buscar hacer un Poder Judicial digno de una  Nación que se respeta y hacer un Poder Judicial respetado  y respetable.  Creemos señora Presidenta que uno de los capítulos  mejor elaborados de este proyecto constitucional que se presenta  porque ha habido mayor receptividad es el capítulo del  Poder Judicial.  Se han recibido pronunciamientos del propio Poder Judicial, de  una comisión en que estuvo Javier de Belaunde, Domingo  García Belaunde y otros juristas. Y realmente este  capítulo ha recibido valiosos aportes con los que en  general estamos de acuerdo. Se ha recibido también la  experiencia que es valiosa de un hombre que ha estado antes en  la magistratura y llegó a ser presidente de la Corte  Suprema y hoy día es congresista de la República.  Desde ambos lados ha podido observar esa administración  de justicia y ha luchado por ella. Me refiero al doctor  César Fernández Arce.  En este capítulo hay interesantes propuestas de él  que han sido recogidas y yo me felicito por que su experiencia  es valiosa.  Señora, nosotros que queremos un Poder Judicial diferente  al que tenemos destacando lógicamente algunas figuras que  son señeras y honorables no queremos más ver ni  componendas en el Poder Judicial ni tampoco señor el  copamiento de instituciones como sucedió en el Tribunal  de Garantías Constitucionales, como sucedió en el  Consejo Nacional de la Magistratura y como sucedió en el  propio Poder Judicial  Y creo señor que en este proyecto en términos  generales se recoge ello. Ya no habrá más,  esperamos, estas componendas, ya no habrá más estos  copamientos.  Esto es un anhelo de toda la...  (SIGUE TURNO 39)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA...(continuando)...esperamos  estas componendas ya no habrá más estos  copamientos. Esto es un anhelo de toda la ciudadanía que  quiere tener un Poder Judicial independiente, pero un Poder  Judicial que también cumpla con la Constitución y  la ley.   Tampoco dejaré de decir cada vez que tenga una  oportunidad, que tuvimos un Poder Judicial sumiso al poder  político del momento, tuvimos un Poder Judicial que estuvo  integrado muchas veces por personas que no debieron llegar a  él; y que en lugar de tener una posición digna, una  posición viril, una posición de estar de pie frente  al poder político, fueron presionados.   Y cuando en este Parlamento, en este Congreso se  señaló hay mérito a iniciar una  investigación y un procesamiento judicial, hubiéndo  tenido quizás la historia del Perú un único  caso de moralización al mayor nivel, ese Poder Judicial  le dijo al Parlamento "no".   Nosotros que hicimos el antejuicio con el Artículo 183§  y 184§ de la Constitución, después de todo ese  proceso de investigación, en que tengo que resaltar la  labor que realizó un Fernando Olivera, que quizás  no tiene dotes en lo que es legislación, pero tiene muchas  dotes en lo que es investigación, tengo que resaltar su  trabajo, tengo que resaltar realmente su ánimo de  fiscalización y decir que se realizó un buen  trabajo; pero ese trabajo que se realizó primero en la  investigación y después en dictaminar todo lo que  se había investigado, señor, de nada sirvió  porque tuvimos un Poder Judicial que pagó favores  políticos.   Por eso, es ahora necesario que tengamos un Poder Judicial digno,  pero también independiente, señor, y no es  cuestión solamente de remuneraciones como algunos creen,  no es cuestión solamente de presupuesto como nos dicen  otros, es una cuestión de saber elegir libremente a  magistrados que tengan pundonor, que sepan derecho y apliquen el  derecho en pro y en aras de la justicia. Ese es el Poder  Judicial, señor, en el que estamos comprometidos a  contribuir a su eficacia.  Señor, pero si bien hay coincidencias en puntos generales,  también tenemos algunos agregados o algunas modificaciones  que sugerir en los casos concretos. Creemos, señor, que  debe haber recurso de casación ante la Corte Suprema en  fallos que afecten sobre derechos humanos, y eso quisiera que sea  agregado.  En lo que se refiere, señor, a la Elección de  Jueces, nos parece conveniente solamente en los Jueces de Paz No  Letrados, en los llamados Jueces de Paz; de modo alguno,  señor, en los Jueces de Paz Letrados o en los Jueces de  Primera Instancia. Esto es una expresión -esta  última- a título personal, creemos nosotros,  señor, que la justicia debe ser profesional, y no creemos  de modo alguno que Jueces de Paz Letrados o Jueces de Primera  Instancia tengan que deberse a un favor político, porque  las campañas cuestan, señor; y ustedes que hicieron  campaña millonaria lo saben perfectamente. Las  campañas cuestan.  No quisiéramos, señor, tener en una campaña  hecha por ejemplo en el distrito de San Luis, que  sabríamos quien las paga, quizás las casas de  citas; o una campaña en el Callao, señor, que  sabríamos para un Juez de Paz de algún distrito  quien podría hacerla; o no quisiéramos tener  señor, el Juez de Marcona que defendiera otros intereses;  o un Juez de Paz de Ilo, señora Presidenta, en que  quizás su campaña se la pudiera haber pagar la  Southern Perú. Eso, no lo queremos, por eso es que no  queremos, o por lo menos yo no quiero, la existencia de Jueces  de Primera Instancia ni Jueces de Paz Letrados que dependan de  una campaña proselitista, que al final resulta de un  nombramiento que puede ser inconveniente por estas  consideraciones.  En lo que se refiere al Tribunal de Garantías  Constitucionales, esto lo vamos a tratar cuando tratemos el tema  de Garantías Constitucionales, Artículo 220§, donde  ustedes -la mayoría- ha considerado que sea una Sala  Especial de la Suprema Corte. Nosotros creemos que tiene que  haber un Tribunal de Garantías Constitucionales....  (continúa en el turno 40)

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Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Mat.)     26.07.93  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA.- (Continuando)... esto lo  vamos a tratar, cuando tratemos el tema de Garantías  Constitucionales, artículo 220§ donde ustedes, la  mayoría, ha considerado que sea una Sala Especial de la  Suprema Corte, nosotros creemos que tiene que haber un Tribunal  de Garantías Constitucionales aparte, pero eso lo vamos  a tratar en su momento.  Respecto al presupuesto, mucho se ha dicho acá que  debería ser 2% y porqué 1, porque no 4, porque no  5, nosotros en el proyecto que ha presentado como Dictámen  Lourdes Flóres nano en la Comisión de  Constitución, no hemos considerado porcentaje; y no hemos  considerado porcentaje señor, porque consideamos que o es  adecuado.  Un año podrá quizás necesitarse 4, 5  ó 6 % Si vamos a hacer nuevos locales judiciales,  lógicamente, requerimos pasar ese porcentaje,  quizás un año en que queramos meter nuevas  computadoras y modernizar el Poder Judicial, poner la  cibernética, que el Poder Judicial pueda, en alguna medida  señor, quizás copiar la maquinita del doctor Carlos  Torres, en buena hora, seguramente se necesitará  también en ese año otros recursos, pero en un  año normal señor ¨Porqué el dos por ciento?  Para que quizás señor para que si queda, se guarde?  ¨Y dónde están las prioridades nacionales a  través de una Ley de Presupuesto? ¨Queremos que se repita  lo de la marina, señor? ¨Queremos que se repita lo del  Ejecutivo señor, Reserva Financiera? ¨Queremos que se  repita algunas cosas como las Fuerzas Armadas que dicen:  "Aquí hay un superávit de Balance" Y esto no se  devuelve al erario nacional, sino que lo guardamos para otras  necesidades?  Eso no, esa falta de formalidades y falta de claridad en las  cosas, generan corrupcin que debemos evitarla. El Poder Judicial  tendrá que tener cada año lo que sea necesario, si  es cuatro por ciento, será cuatro por ciento, si es cinco:  cinco, si es sólo uno: Uno, lo que sea necesario, para que  la justicia funcione en el Perú, pero no un porcentaje que  se repita todos los años, señora Presidenta.  También creemos que la justicia ordinaria a través  de la Corte Suprema, debe revisar determinados fallos del  Tribunal de Justicia Militar, en que haya intervención o  hayan sido sentenciados civiles, señor.  No nos metemos en cuestiones de sanciones, que tengan que ver con  la disciplina militar, pero si hay civiles involucrados, o hay  señor, disposición de Pena de Muerte, creeemos que  la Corte Suprema, a través del Recursos de  Casasión, tiene que intervenir señor.  Creemos por último, que deben señalarse  clarísimamente los requisitos para ser miembro de la Corte  Suprema, no queremos de modo alguno que normas de inferior  jerarquía, nos vallan a modificar luego, las disposiciones  constitucionales. Ya pasó una vez señora Presidenta  y no queremos que esto vuelva a suceder.  Quienes por edad, todavía deben estar en el Colegio, que  sigan en el Colegio, quienes por edad no deban ir a la Corte  Suprema, que todavía no vayan, pero por favor, no hagamos  más normas o no las haga el Ejecutivo, que sean en  razón de las personas y no por la naturaleza de las cosas.   Necesitamos que aquí haya una norma clara, que  señala edad y que no nos pase como un decreto ley de  Diciembre del año pasado, que ha sido incorporado la  semana pasada, al texto único concordado de la Ley  Orgánica del Poder Judicial, en que se rebaja, contra la  Constitución de 1979, la edad para ser vocal de la Corte  Suprema, esto no más, señora  Presidenta   Y como no más, no tengo nada más que agregar.  La señora PRESIDENTA.- Gracias doctor Antero Flóres  Araoz, tiene la palabra el congresista Xavier Barrón.  El señor BARRO CEBREROS.- Gracias señora  Presidenta: Siguiendo la línea de concordancia, a la  expresada ya por el colega de bancada Flóres-Araoz,  quería hacer referencia, e insistir en el último  punto que él ha tocado, que son los requisitos.  Cuando se redactó la Constitución del año  '79, habíamos salido de una terrible remoción y  conmoción...  (Contnúa en el Turno No. 41)...

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(Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         26-07-93  El señor BARRON CEBREROS.-(Continuando)... habíamos  salido de una terrible remoción y conmoción  ocurrida el 23 de diciembre del año 69, una noche negra  para el Poder Judicial, en la que se cesó  indiscriminadamente a Vocales Supremos por la dictadura de aquel  entonces, y se procedió  a una ratificación -entre  comillas- en realidad una vindicta pública, a todos  aquellos magistrados por la nueva Corte Suprema que no  habían sido dóciles o flexibles con las fallas de  la dictadura, sobre todo enmateria del aquel entonces habeas  corpus.  La consecuencia lógica una vez restablecida nuestra  democracia a través del Congreso Constituyente o Asamblea  en aquel entonces, fue colocar la disposición transitoria  décimo segunda mediante la cual se restituía a  todos los magistrados en el ejercicio pleno de sus cargos sin  concurso ni evaluación a todos aquellos que habían  sido cesados del 69 en adelante, de esta manera, magistrados  ilustres, porque se trata solo de dos, el doctor Eguren  *Presanie* y el doctor García Rada accedido nuevamente  para felicidad de la justicia a la Corte Suprema.  Cuál fue el mensaje que dejó esta  ratificación tendenciosa, casi inédica, que  había colocar en el rango máximo legal, vale decir,  en la Constitución, determinadas normas que permitieran  que los gobiernos de turno no manipularan a volutad las edades.   Le recuerdo, señora Presidenta y por su intermedio a la  Sala, que como asistí a un Magistrado supremo de los  nuevos nombrados por el gobierno de aquel entonces, de la  dictadura del General Velasco, que tenía 63 años  de edad y estaba fallando reiteradamente en contra los los fallos  de habeas  corpus y que él los aceptaba, que  caprichosamente bajaron la edad de 70 hasta 62 años, con  el único fin de cesar a este magistrado, límite que  después fue nuevamente subido,  Preciusamente creo que hay una omisión que estoy seguro  con la flexibilidad que reconozco en el doctor Torres y Torres  Lara, sobre todo en la última etapa del trabajo  constitucional, -no sé porqué se rien, yo estoy  diciendo una tremenda verdad- ha demostrado flexibilidad el  doctor Torres y Torres Lara, en todo caso no soy yo quien se  ríe del doctor Torres y Torres Lara, y estoy seguro digo  que va a aceptar el elevar al rango constitucional la edad  míninma y máxima para ser magistrado dela Corte  Suprema.  Yo entiendo que habrán necesidades importantes en la  juricatura, de ninguna de ellas puede llevarnos a rebajar a 45  años el límite para ver como se adecúa tal  o cual seguramente buen magistrado.  -Por supuesto, con el mayor gusto, el doctor Ferrero me pide una  interrupción y yo se la concedo-  El señor FERRERO COSTA.- Por si acaso usted  recordará nuestro maestro Fernando de Trazegnie y Jorge  Ramírez Díaz, ayer han propuesto, ellos no  nosotros,  rebajar la edad a 45 años, por si acaso,  quizás  a esa hora usted todavía no había  tomado noticia de este asunto pero, la propuesta del los 45  años viene de nuestros profesores de la universidad.  El señor BARRON CEBREROS.-  Si anoche se hizo esta  propuesta, yo no tuve la suerte de ver PANORAMA sino en la parte  final, que es el programa en el cual se presentaron los ilustres  abogados de los uales me honro en ser su amigo, no tiene nada que  ver con la propuesta que viene en el texto aprobado en El Peruano  el día julio 20 de este año, ni tampoco tiene que  ver con el decreto legislativo dictado el 27 de diciembre  mediante la cual se redujo la edad a 45 años, en todo  caso, lo que ocurre ayer es una concordancia, una opinión  muy respetable de dos eminentes juristas y amigos mios, pero que  evidentemenmte no guardan relación con la realidad.  La juventud es mala consejera para ser última instancia  en el Poder Judicial.  Recordemos que en Estados Unidos,  país que ha sido citado tantas veces en este Congreso  desde enero de este año, no existen límite final  para detentar el cargo de Vocal de la Corte Suprema Federal de  los Estados Unidos; el límite lo determina el propio  magistrado y han habido casos en la historia de los Estados  Unidos en el año 46, en donde un magistrado e los 48  años decidió por sí mismo en que ya era  momento para su jubilación, y este magistrado  falleció recién a los 104 años de edad, de  modo que había tenido años mas para estar en la  Corte.  El respeto no es a una edad cuantitativa, no es a una suma  cuantitaiva de años, el respeto es a la acumulación  de experiencia y a que a mas edad existe menos tentación  por las cosas ...  (Continúa en el Turno N§ 42)    SESION PLENARIA          (MATINAL)

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TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              26-07-93  El señor BARRON CEBREROS.- _(continuando)_  a más  edad existe menos tentación por las cosas mundanas, existe  menos posibilidad de irse hacia alguna de las vanalidades.  Con el mayor gusto, le doy la interrupción, todas las que  quiera doctor Ferrero por favor, le son bienvenidas.  El señor FERRERO COSTA.- Con el apoyo del Partido Popular  Cristiano, la Comisión de Constitución puso un tope  a la edad de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones en  los que usted ha sido personero y el Partido Popular Cristiano  apoyó la tesis de que no queremos un Jurado Nacional de  Elecciones de viejitos.  Señor Presidente, entonces yo quisiera que ese mismo  criterio de su bancada se mantenga también porque debe  haber un tope máximo, no sólamente un tope  mínimo, sino también un tope máximo a la  edad de las personas.  Gracias doctor.  El señor BARRON CEBREROS.- Lamento que no haya sido  suficientemente claro, saqué el ejemplo de los viejitos  americanos tan sólo para graficar el respeto que hay no  por la simple acumulación de años, sino por la  madurez que dan los años com el buen vino, como usted  sólamente señor Ferrero sabe muy bien.  Alguien de ustedes sabrá que el buen vino madura con los  años, pero tiene un límite en cuestión del  cual empieza a occidarse y a malograrse conforme a un proceso  natural de química elemental. Pero decía que me he  expresado mal porque mi idea era expresar mi oposición y  la de mi bancada al límite mínimo que se ha  establecido en cuarenticinco años, que creemos que  cincuenta es un límite bastante aceptable. El de  máxima edad, el de setenta años, con el cual  estamos de acuerdo; era simplemente para graficar el respeto, no  era para pedirlo. Aclaro para no dejar una duda al respecto  doctor Ferrero, por intermedio de la señora Presidenta.  Pero decíamos entonces que la edad cuantitativa sumada a  la madurez, a la experiencia, a la dogomía, a la  lejanía respecto de los placeres mundanos y otras  tendencias crematísticas, permiten  precisamente  la  justicia aquí distante que debería siempre tener  y gobernar a quien emana y a quien tiene la facultad de adjudicar  justicia en nombre del pueblo. Por ello ratifico entonces lo  manifestado por el doctor Flores Aráoz.  Quiero relatarle, Presidenta, que en el siglo XVIII si mi memoria  no me falla, el Pruciano Kaiser Federico II, hombre temible por  su carácter irrasible, autocrático, dictatorial,  tenía necesidad de ampliar la caballeriza para  sus  caballos; y no encontró mejor idea que la de expropiarle  casi confiscarle a unm humilde campesino el potrero que él  tenía para su subsistencia.  Como quiera que a los enviados del Kaiser, el humilde campesino  no accedía a los dictados del soberano alemán  pruciano fue citado a Palacio; y han quedado plasmadas en la  historia las célebres palabras del diálogo cuando  el Kaiser omnipotente en las tierras que estaban bajo su  gobierno, le dijo:   "No temes tú humilde campesino al poder de tu Kaiser,  quien te pide la tierra porque la necesita por razones de Estado.  Sí, le dijo el humilde campesino; no accedo a lo que usted  pide, porque lo que usted necesita no son razones de Estado sino  razones de espacio para la caballeriza; y entre un caballo y un  ser humano prefiero el ser humano, y porque además  ahí cerca en mi pueblo, hay un magistrado, magistrado  independiente a quien usted con todo su poder no puede amedrentar  y estoy seguro que él me hará justicia a mi favor".  Esta historia que viene relatada en los tratados alemanes, viene  a relatar precisamente  lo que es la madurez de un Estado moderno  que es la soberanía e independencia de su Poder Judicial;  y por eso es que  las edades, los requisitos y las  garantías que están en el siguiente capítulo  en el del Consejo Nacional de la Magistratura vienen a dar la  cabida total, la arquitectura exacta a lo que queremos para un  Poder Judicial en nuestra Patria, soberano, justo,  autónomo, libre e independiente.  En cuanto, señora Presidenta, un problema de orden formal_  (CONTINUA EN EL TURNO - 43)

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JUSTO FRIAS LOPEZ                       26-07-93  PLENARIA - MATINAL  El señor BARRON CEBREROS.- (Continuando)...libre e  independiente.  Encuentro, señora Presidenta, un problema de orden formal  en el tema del Jurado Nacional de Elecciones. Está citado  aquí en el artículo 161§ y dice, que las decisiones  del Jurado Nacional de Elecciones no deben ser revisables, no  deben ser de alguna manera tratadas en el Poder Judicial.  Ocurre que hace una semana escasa, una sala de la Corte Superior  ha declarado fundada una acción de amparo revocando una  sentencia en primera instancia referida a Pueblo Libre.  Aquí el Jurado Nacional de Elecciones, actuando  autónoma y libremente, revocó un propio fallo que  ellos mismos habían dado semanas atrás y  cambió al alcalde en Pueblo Libre.    Todo esto, y sumado -creo yo- a una larga serie de fallos, sino  injustos cuando menos irregulares y sorprendentes, que ha dado  este Jurado en los últimos meses, nos da a entender que  quizás darle tal fuerza al Jurado Nacional de Elecciones,  no como otra intancia, no como otra cede para que lo que ellos  revisaron pueda ser contradicho en el Poder Judicial, es decir,  que un presidente de la república, un vice presidente, un  parlamentario, un regidor o un alcalde pueda acceder al cargo  mediente una resolución del Jurado y que el Poder Judicial  se la retire, no; me estoy refiriendo a que la necesaria  acción de amparo, porque en el Jurado hay hombres y los  hombres son corruptibles.   Una acción de amparo es fundamental para garantizar  precisamente la independencia y precisamente la justicia; y es  justamente a lo que este alcal de Pueblo, el alcalde cesado cuyo  nombre no recuerdo y que no es de mi partido, por si acaso, ha  obtenido como derecho para hacer valer lo que él llama una  justicia popular que votó a su favor, a lo que se trata  precisamente de evitar que es un fallo del mismo Estado a  través de "El Peruano". Qué garantía  tendría ante una realidad, que no es el caso, comprobada  económica para comprar un fallo en una alcaldía,  al retirarle la capacidad de una acción de amparo al  ciudadano común y corriente o al perjudicado.  Aquí creo que hay un exceso de celo  al otorgarle, y sobre  todo en el Capítulo de Poder Judicial, una  limitación, cercenzación en las  características de la acción de justicia para darle  más fuerza al Jurado Nacional de Elecciones. Estamos de  acuerdo que debe ser así, pero no retirándole la  acción de amparo; y por eso, por su intermedio  señora Presidenta, le hago llegar al doctor Torres y  Torres Lara la indicación para que la acción de  amparo sí se mantenga como viable.  Por supuesto, doctor Ferrero.  El señor FERRERO COSTA.- Pero yo no logro entender la  propuesta del señor Barrón y no sé si la  podría precisar.  El señor BARRON CEBREROS.- Encantado.  El señor FERRERO COSTA.- Hemos dicho siempre que queremos  un Jurado Nacional de Elecciones autónomo, libre,  independiente, que sus resoluciones no puedan ser atracadas ni  por los ciudadanos ni tampoco por el Poder Judicial; y ahora  resulta que el Congresista Barrón propone que se puedan  interponer amparos contra el Jurado Nacional de Elecciones.  Qué Jurado Nacional de Elecciones vamos a tener si todos  pueden protestar contra las resoluciones del Jurado de Nacional  de Elecciones y llevarlas a la vía judicial.  No entiendo, señor Presidente, le ruego al ponente que nos  explique, porque resultaría contradictorio que el  representante personero del Partido Popular Cristiano venga a  defender la posibilidad de que el Jurado pierda su independencia,  Presidente.  El señor BARRON CEBREROS.- Le agradezco la pregunta, y por  su intermedio, Presidenta, voy a tratar de ser brevísimo  para aclararme y precisar lo que son justamente quince o  más años ya de experiencia de personería  electoral.  No estoy diciendo y lo dije claramente -y le agradezco doctor  Ferrero que me escuche- no estoy pidiendo que mediante la  vía de amparo se pueda revisar nuevamente el conteo de los  votos, que se pueda nuevamente revisar el acta, que se pueda  revisar nuevamente tal o cual forma de aplicar la cifra  repartidora, ni siquiera la incripción o los votos en una  lista; lo que trato de decirle es que, darle la categoría,  la categoría de cosa juzgada al sistema electoral es  correcto que la tenga en última instancia el Jurado  Nacional de Elecciones, siempre y cuando por su puesto haya, por  amor de Dios, una Ley Electoral, un Código de  procedimientos electorales que grafique cada una de las  instancias...  (  SIGUE EN EL TURNO N§ 44  )

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ROBERTO OSHIRO T.                       26-07-93  PLENARIA  -   MATINAL  El señor BARRON CEBREROS.- ...(Continuando) ...electorales  que grafique cada una de las instancias y de hecho que tiene cada  uno de los personeros y candidatos, pero no es este el problema  de fondo.   En el fondo es la formalidad, la casación si queremos  llamarla de la estructura misma del fallo, que ocurre, que  ocurre, en el caso estricto, en el caso de Pueblo Libre, donde  el Jurado ya había emitido opinión en última  instancia, ya había cerrado, ya estaba proclamado, ya  estaba juramentado, estaba en funciones, había aprobado  ya el presupuesto ese Alcalde y el Jurado retro-trayendo su  propio fallo que es ya inamovible, decide revocarlo. No quiero  entrar a qué condiciones, ni por qué motivos, ni  tendencias, voy a una violenta, a una flagrante violación  de la ley, la misma ley del Jurado, la de autonomía. A  esta es la que me refería.  La señora PRESIDENTE.- Perdón, le voy a rogar que  concluya porque han terminado sus tres turnos.  El señor BARRON CEBREROS.- Ya no tengo más  Presidente, gracias, Presidente, seré breve entonces para  concluir, entonces, se trataba de darle al candidato una  última instancia procesal para revisar el procedimiento  y que en este caso Pueblo Libre, obviamente que si yo fuera  Magistrado le daría la razón al peticionante.  Quiero concluir entonces, Presidente, accediendo a lo que usted  tan gentilmente solicita y soy incapaz de desoirla, señora  Predidente, pidiéndole entonces, que el Poder Judicial,  ese Poder Judicial al que aspiraron San Martín,  Bolívar, y todos los próceres y precursores de la  independencia, sea una realidad a la que este país aspira,  quiere y necesita; y es precisamente el que cuando el más  humilde ciudadano recurre a su Poder Judicial contra cualquier  poderoso económico, social o político del momento,  tenga la seguridad absoluta de que el fallo será justo en  lo que concierne a la ley y a la justicia de cada Magistrado a  los cuales respeto, a los cuales estimo y a los cuales realmente  entrego mi causa y mi cariño.  Porque sé la abnegada y difícil labor que ellos  cumplen todos los días aún a riesgo de su vida y  por eso, señora Presidente, quería concluir estas  palabras haciendo una invocación y una exaltación  a esa abnegada labor que los Magistrados -sobre todo a los de  fuera de Lima o de Provincias- a los que con cada fallo arriesgan  la vida, sobre todo en casos de narcotráfico y de  terrorismo, y que además tenemos en este Congreso a un  eminente Jurista y Magistrado probo que dejó una estela  en el Poder Judicial, como el doctor Fernández Arce -de  buenhomía, de bondad, de sapiencia, y de justicia- que  ennoblece y honra a este Congreso.  Gracias.  La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Barrón. Tiene  el uso de la palabra el doctor Carrión.  El señor CARRION RUIZ.- Gracias, Presidente, le agradezco  el título -no soy doctor-.  Señora Presidente, en anteriores oportunidades he hecho  incapié en el hecho de que estamos desafortunadamente  elaborando una Constitución excesivamente larga,  excesivamente reglamentarista.   Yo he elaborado algunos conceptos tratando en lo posible de ser  sumamente breve, creo que la brevedad de nuestra  Constitución la hará más accesible a todos  los sectores de la población.   De otro lado, señora, considero que mucho de lo que se  dice en los diversos artículos propuestos por la  Comisión encontramos que bien pueden ser derivados a lo  que debería ser la ley orgánica del Poder Judicial;  porque indudablemente, señor, la ley orgánica puede  ser puesta de acuerdo con las diversas circunstancias de la  actividad del Poder Judicial, en cualquier momento sin necesidad  de necesitar reforma de la Constitución, caso al que  tendríamos que llegar si es que persistiera el  propósito de seguir haciendo tan reglamentarista.  De otro lado, señora, creo y lo he dicho en otras  oportunidades que el Perú es un país muy  difícil, pero es un país posible, posible en la  medida que podamos descentralizarlo ...  (Continúa en el turno N§ 45)

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Jorge Anamaría   PLENARIA   Mat.      26-7-93  El señor CARRION RUIZ..(continuando)...es un pais muy  difícil, pero es un país posible, posible en la  medida que podamos descentralizarlo eficazmente.   Y he dicho también, señor, que la  descentralización sea real y efectiva ésta debe  estar apoyada en la descentralización política, en  la descentralización económica, en la  descentralización administrativa y también en la  descentralización judicial. Creo, señor, que la  posibilidad permanente de que un fallo de la Corte Superior de  cualquer lugar del país pueda ser siempre apelado a la  Corte Suprema crea en el ámbito judicial un centralismo  que creo debemos evitarlo o hacer por lo menos lo posible por  evitarlo.  Creo, por eso señor, que determinados fallos no debieran  tener la posibilidad de ser apelados a la Corte Suprema porque  este hecho pone a los ciudadanos de las provincias en una  situación de desventaja total, sobre todo, aquellos de  menores recursos, porque pensar en venir a litigar a la capital  de la república.  Me pide una interrupción el doctor Ferrero, con su venia  señor Presidente.  El señor FERRERO COSTA.- Me permite, Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Siga, doctor Ferrero.  El señor FERRERO COSTA.- Quizás la redacción  que le preocupa a mi colega puede ser perfeccionada, pero el  propósito del proyecto es muy claro. No debe llegar a la  Suprema todo aquello que puede resolverse en Superior, totalmente  de acuerdo; o sea, el proyecto viene así.  Lo que pasa es que hay algunas causas que entran directamente a  la Superior y que vienen de Primera Instancia, entonces la Ley  Orgánica dice "estos casos que comenzaron en la Superior  -no en Primera Instancia- esos casos que comienzan en la Superior  pueden ir a la Suprema como Segunda Instancia" pero lo que dice  el señor Carrión es lo que dice el proyecto. El  proyecto no quiere que las Cortes Superiores sean simple  instancia inferior de la Suprema, no quiere eso y hay que  precisarlo de tal forma que su inquietud que es la de todos  nosotros quede consagrado con una redacción mejor que la  que está en el proyecto.  Suprema solo para casación, Suprema solo para lo que la  ley dice que comience en la Superior, pero no hay que permitir  que las Cortes Superiores sean simples instancias de la Suprema.  Gracias.  El señor CARRION RUIZ.- Gracias doctor Ferrero, casi se  ha consumido la mitad de mi tiempo. Continuó.   En consecuencia, señor, con ese mismo propósito yo  me he permitido redactar un artículo que podría  decir lo siguiente y lo voy a leer rápidamente. "Las  causas civiles no son apelables a la Corte Suprema, las causas  penales son apelables a la Corte Suprema solo cuando la sentencia  es a cadena perpétua o a pena de muerte".   Probablemente, señor, acerca de ésto podrán  redactarse o prepararse muchas variantes, pero creo que en esta  Constitución -mi colega me cede su tiempo- debemos de  sentar definitivamente un principio fundamental de  descentralización, porque con ello señor creo que  estamos haciendo justicia a los hombres de las provincias del  Perú.  Finalmente, señor, estoy totalmente de acuerdo con lo  manifestado por el doctor Flores Araóz, en el sentido que  es de lo mas antitécnico e inconveniente pretender  restablecer el porcentaje que la Constitución vigente  asigna al Poder Judicial, por la simple razón y por los  mismos fundamentos que ha expresado el doctor Flores  Aráoz, no creemos que ésto sea técnico desde  ningún punto de vista. El presupuesto o el monto del  presupuesto puede variar, las circunstancias del Poder Judicial  pueden variar, entonces, el presupuesto anual ésto lo  tiene que resolver.  Finalmente, señor, solamente quiero decir que me parece  también sumamente inconveniente establecer que el  Presidente de la Corte Suprema venga al Congreso a sustentar su  pliego correspondiente. Creo, señor, que por el  ordenamiento que debe haber en la tarea presupuestal simplemente  el Poder Judicial ...            (SIGUE EN EL TURNO 46)    PLENARIA       MATINAL       26-07-93

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TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto                   Anexo 172  El señor CARRIOS RUIZ.- (Continuando)... finalmente  señor, solamente quiero decir que me parece también  sumamente inconveniente establecer que el Presidente de la Corte  Suprema venga al Congreso a sustentar su pliego correspondiente.  Creo señor que por el ordenamiento que debe haber en la  tarea presupuestal, simplemente el Poder Judicial, debe presentar  su respectivo proyecto de Presupuesto al Ministerio de  Economía; y sea el Ministerio de Economía el que  involucre con la finalidad de que el presupuesto sea coherente  y no nos encontremos con desbalances que han sido muy comunes a  través del tiempo y que han dado resultado realmente  funestos.  Esto es todo señor Presidente y muchas gracias.  ASUME LA PRESIDENCIA EL SEñOR JAIME YOSHIYAMA TANAKA.  El señor PRESIDENTE.-Señor Amuruz Tiene la palabra.  El señor AMURUZ GALLEGOS.- Gracias señor  Presidente, bueno señor Presidente, para hacer un  pequeño resumen en el aspecto de que todos los que han  expuesto, han coincidido en el caos del Poder Judicial anterior,  toda las bancadas.  Muy importante aquí la exposición del doctor Oritz  de Zevallos, y esto yo creo que tiene que tomar en cuenta mucho  la Comisión de Constitución en el sentido  señor Presidente, que antes que el presupuesto del Poder  Judicial, y antes del nombramiento mismo de los integrantes del  Poder Judicial, esta algo que toma el nombre de la  organización del Poder Judicial.  En este momento hay muchos problemas, en cuanto a la  organización del Poder Judicial, porque sobre todo  señor Presidente, los jueces de Primera Instancia,  como  los dijo el doctor Ortiz de Zevallos, tienen miles de casos  pendientes  que lo designan, como no lo pueden ver  los  Secretarios y esto a la vez lo designan a los abogados de la  parte litigante.  Y en definitiva ahora lo que se presenta es que los abogados de  la parte litigante son los que realizan los dictamenes  respectivos y eso trae como consecuecia, la no creencia en el  Poder Judicial. Esto yo creo que hay que tenerlo muy en cuenta.  En cuanto al doctor Pease, podriamos tomar en cuenta que es  importante que saque la mano el Poder Ejecutivo y el Poder  Judicial en el nombramiento de los Magistrados o de los  integrantes del Poder Judicial.  Es importante esta separación y esto hay que destacar en  la exposición del doctor Ortiz de zevallos, que creo que  debe de tener mucha acogida aca en la Comisión de  Constitución.  En cuanto al doctor Olivera, podriamos también tener cosas  positivas, del señor Olivera, sobre todo en cuanto a que  la Corte Suprema, tenga la posibilidad de recursos de  casación contra los fallos de Fuero Militar, porque no es  posible, sobre todo en los casos de juzgamiento de civiles, la  Corte Suprema se iba de intervenir en fallos del Poder Militar,  los del Fuego Miliar.  Es necesario que haya allí el recurso de casación,   y eso hay que tomarlo en cuenta.  Una cosa novedosa que  planteo, el señor Olivera es que  el pueblo participa a través de los Jurados. Esto no  sucede aca, yo tengo entendido que sucede en algunos otros  países, porque quien más que los sectores  honorables de la población para dictaminar como jurados,  esto yo creo que tiene que hacer pensar mucho a la  Comisión de Constitución, la intervención  del pueblos como Jurado.  Tambien es importante del señor Olivera que dijo  señores de la Comisión de Constitución, a  través de la Presidencia, en cuanto debe establecer que  la duda no favorece al reo, porque eso trae muchos problemas en  comprobación de que se ha sucedido o no la falta, sino  debe establecerse que la duda favorece a la sociedad.  Yo creo que ese principio nos daría más equidad en  la administración de justicia señor Presidente.  También un aporte del señor Olivera es, en cuanto  al órgano de control externo, porque ya hay mucha duda en  los órganos de poder interno, como he sabido entre los  integrantes del Poder Judicial ...  (Continúa en el Turno N§ 47)

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Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-Matinal  El señor AMURUZ GALLEGOS (continúa) porque hay  mucha duda en los órganos de poder interno como es sabido  entre los integrantes del Poder Judicial hay componendas muchas  veces y es necesario ver un órgano de control externo en  qué medida se podría poner.  No estoy de acuerdo en que ese órgano de control externo  sea ejecutado por el Tribunal de Garantías  Constitucionales por los problemas que ya han surgido; tiene que  haber otro sistema, otro tipo de control externo, eso  habría que estudiarlo con la experiencia que tiene la  Comisión de Constitución.  Tampoco estoy de acuerdo con las expresiones del señor  Olivera en el sentido que criticó al Tribunal de Honor.  Ya con esto el doctor Ortiz de Zevallos lo ha defendido muy bien.  Yo creo que si estos señores del Tribunal de Honor han  sido elegidos con gran porcentaje, con la confianza de este  Congreso Constituyente, está demás hacerle  críticas que no vienen al caso.  Bueno, en cuanto al doctor Barrón, podríamos decir  en su preocupación en el límite, edad, (Pausa)  Adelante, con la venia del presidente.  El señor OLIVERA VEGA.- Muy breve, simplemente para  precisar dos cosas en su resumen que está haciendo usted.  Yo no he propuesto que el órgano de control externo sea  el Tribinal de Garantías Constitucionles, en ningún  momento.  En segundo lugar, las críticas que yo he hecho es al  sistema de nombramiento de los magistrados que van a estar  administrando justicia  en estos próximos cinco  años, no las he centralizado.en las personas de los  miembros del Tribunal de Honor, en eso he sido muy claro en hacer  la salvedad respecto a su honorabilidad, a su probidad, no ha  habido ningún cargo. Otros representantes han sido los que  han hecho este tipo de imputaciones.  El señor AMURUZ GALLEGOS.- En todo caso ha quedado  aclarado y salvado pues la honorabilidad de este Tribunal de  Honor. Muchas gracias.  Bueno, ésas son las observaciones más importantes  ¨no?, y gracias señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Doctora Martha Chávez tiene  usted el uso de la palabra.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias, señor  Presidente. Yo creo que a fin de abreviar y sobre todo teniendo  en cuenta que ya en el ámbito de la Comisión de  Constitución se expusieron las posiciones fundamentalmente  de nuestro grupo y las que teníamos personalmente en  relación al tema del Poder Judicial, voy a permitirme a  hacer una propuesta respecto al Artículo 161§, de modo que  según esta propuesta se precise que la no revisión  de las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones  y por el Consejo Nacional de la Magistratura se refiere  exclusivamente a aquellas resoluciones en materia electoral en  el primer caso del Jurado Nacional de Elecciones, y en el caso  del Consejo Nacional de la Magistratura en lo que se refiere a  selección, sanciones, nombramiento y ascenso de Jueces.  Porque señor Presidente tanto el Jurado Nacional de  Elecciones como el Consejo Nacional de la Magistratura tienen  atribuciones para resolver administrativamente otros asuntos  adicionales a los que son exclusivamente en materia electoral o  en lo que se refiere a la designación o sanción de  jueces. Resoluciones que no tendrían por qué verse  beneficiadas con esta no revisión por parte del Poder  Judicial.  En tal sentido sugiero la redacción siguiente para el  Artículo 161§:  "No son revisables en sede judicial las resoluciones emitidas por  el Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral, por el  Consejo Nacional de la Magistratura en materia de  selección, sanción, nombramiento y ascenso de  Jueces. Las de arbitraje lo serán cuando las partes  así lo acuerden".  Es el texto que sugiero para el Artículo 161§.  Y respecto a esto y habiendo escuchado la intervención del  doctor Javier Barrón, sí comparto con él la  preocupación  respecto sobre todo de algunas resoluciones  infortunadas que ha dado recientemente el Jurado Nacional de  Elecciones y que revelan un abuso de la potestad que este Jurado  Nacional tiene...  (SIGUE TURNO 48)

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SILVIA ALEGRE LUCAR      26-07-1993     PLENARIO: MATINAL  La señorita CHAVEZ COSSIO...(continuando)...infortunadas  que ha dado recientemente el Jurado Nacional de Elecciones y que  revelan un abuso de la potestad que este Jurado Nacional tiene  en materia electoral.  Y es, el caso patético ha sido el caso del Concejo  Distrital de Pueblo Libre, en la que según los  antecedentes que tenemos hemos tenido ocasión de conocer,  el Jurado Nacional de Elecciones ha violado su propia  última instancia; porque, no obstante haber resuelto en  última instancia ante un pedido proveniente de una lista  contraria para que se anule la acreditación como Alcalde  Distrital al señor De Souza, pasado algún tiempo  y con los mismos argumentos del anterior recurso impugnatorio de  esta lista contraria, el Jurado Nacional de Elecciones ha vuelto  a dar una resolución anulando, cambiando el sentido de su  anterior dictamen o pronunciamiento en última instancia.  Es decir, la última instancia para el Jurado Nacional de  Elecciones permite repetir varias veces pronunciamientos, y esto  no solamente afecta el interés de terceros, sino  también la seguridad que en esta materia tan delicada debe  tener nuestro ordenamiento jurídico.   Sin embargo, esta preocupación que comparto con el doctor  Barrón, no me lleva a pensar que puedan, el Poder  Judicial,  revisar tales resoluciones, y en todo caso, ese  problema tan evidente de indebida aplicación de la ley  tendría que resolverse quizás por la vía de  la indemnización por errores judiciales, quizás por  la acusación constitucional contra estos miembros del  Jurado Nacional de Elecciones.  Señor Presidente ¨me permite dar una interrupción  al doctor Barrón?   El señor BARRON CEBREROS.- (interrumpiendo) Por su  intermedio, gracias Presidente.  Para concordar plenamente con la doctora Martha Chávez en  cuanto a la preocupación de fallos infortunados,  desagradables y sorprendentes en el Jurado Nacional de  Elecciones, donde el de Pueblo Libre no es sino uno de una larga  lista de desaciertos.   Pero entonces, para concordar y adecuar quizás mi  propuesta, podría ser que se establezca una  casación en lugar de una acción de amparo en  primera instancia, una casación exclusivamente por la  Corte Suprema, la que revise exclusivamente el procedimiento y  determine irregularidades no en el cómputo, sino en el  procedimiento electoral. De tal manera, que colocando una cierta  capacidad de limitaciones para que no sean todos los casos, y  estableciendo que sea directamente ante la Corte Suprema en  vía de casación -llámase si es que quiere  una casación extraordinaria electoral- podríamos  establecer no una vía más, sino una forma de darle  solución a estos problemas realmente clamorosos y  escandalosos que se han dado ultimamente.  Gracias doctora y gracias Presidente.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si señor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- El señor Amuruz  también quiere hacer una interrupción.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Sí señor  Presidente, y luego me ha pedido el señor Paredes, con su  venia.  El señor AMURUZ GALLEGOS.- (interrumpiendo) Señor  Presidente: Solamente para recordar.  El señor PRESIDENTE.- Perdón, primero es  señor Amuruz y después el señor Paredes.  El señor AMURUZ GALLEGOS.- Primero, para recordarle a la  doctora Martha y a todo el Pleno, señor Presidente, de que  efectivamente el Jurado Nacional de Elecciones ha cometido  algunas arbitrariedades.  Nosotros sacamos, la Comisión de Descentralización  del Congreso sacó una ley donde muy claramente se  definía el procedimiento, cómo se iban a hacer  cargos los alcaldes elegidos. Y en función de esa ley que  sacó este Congreso que estaba muy clara y definida, el  Jurado Nacional de Elecciones sacó una  interpretación, una resolución interpretativa que  causó todo un caos; tal es así, de que como  ochocientos alcaldes no se hacían cargo de su  alcaldía, y esto ha demorado meses -no sé si hasta  ahora ya estará terminado- pero esta causa fue  única y exclusivamente por la resolución  interpretativa del Jurado Nacional de Elecciones.   Por esto es necesario de que sus fallos sean vistos, ya sea como  un recurso de casación o de amparo ante la Corte Suprema,  es muy importante esto, porque hay que ver que ahora estamos  dando el referéndum, estamos dando muchas disposiciones  que antes no aparecía, que va a intervenir el Poder  Judicial. Si ellos van a ser un poder independiente no revisable,  prácticamente va a ser un superpoder para el Estado.  Muchas gracias...  (continúa en el turno 49)

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Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Mat.)     26.07.93  El señor AMURUZ GALLEGOS.- (Continuando)... no  parecía que va a intervenir el Poder Judicial, si ellos  van a ser un Poder Independiente no revisable,  prácticamente va a ser un Supero-Poder para el estado.  Muchas gracias.  El señor PAREDES CUEVA.- Me permite una  interrupción?  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Como no, señor Paredes.  El señor Paredes Cueva.- (Interrumpiendo) Con su venia  Presidente: No lo que quería era aclarar, el doctor  Barrón dice que el Jurado Nacional ha tenido muchas  fallas, también aquí mi colega acaba de decir lo  mismo, pero se han olvidado una cosa importante del Jurado  Nacional de Elecciones, que tenía quesoportar audiencias  diarias, y asaben lo que es soportar 800 o 1,000 audienciancias  diarias, señor Presidente? Usted nos está  dirigiéndo, soportaría 800 audiencias? Eso hay que  cambiar, audiencias diarias públicas, entonces  tenía que soportar. Inclusive, un día  conversándole ¨Y porqué tan cansado? -Me hace  recordar, les voy a contar, en dos segundos, un segundo: "Un  Juez, dos se acusaban, entonces, ya cansado de tantas audiencias  al primero le dijo "Tu tienes la razón" -Y el escribano  le dijo, señor Juez, si están peleando, como le  dá la razón al primero?- Entponces, le dice "haber  Habla" -termina de hablar- "Tú también tienes la  razón" -le dice, el escribano: Señor Juez, los dos  la tenían? Pero allí usted le está dando la  razón- "Tú también tienes la razón,  porque yo estoy cansado". disculpe Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Continúe doctora  Chávez.  La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si señor Presidente,  El Tema es que, bueno  yo en eso discrepo un poco con el  señor Paredes. No es cierto que hayan tenido 800  audiencias diarias, muchísimo menos, e inclusive, yo  diría que hasta viéndolo de fuera, no ha habido tal  contracción al trabajo como se necesitaba, durante los  procesos elecorales y en los que se debía incluso esperar,  que ese Jurado trabaje sábados y domingos, porque los  procesos electorales son muy esporádicos en los  períodos en que ellos están en actividad.  Señor Presidente, sugiero, siempre dando por terminado el  tema del artículo 161§ no obstante que la propuesta del  doctor Barrópn me parece interesante, en el sentido de  establecer una suerte de Casación, pero evidentemente  exclusívamente para ver la forma del procedimiento,  más no así sobre el fondo; y en cuyo caso, por  ejemplo, el penoso asunto del Alcalde de Pueblo Libre, se  resolvería exclusívamente, estableciendo que ya se  dictó una resolución en última instancia,  la misma que no puede ser modificada, sin entrar al sentido en  el cual se dictó o no se dictó esa  Resolución.  Señor Presidente, luego, como quiera que se ha hablado  también de la necesidad de un porcentaje en el poder para  el Presupuesto del Poder Judicial, convengo en lo que  señalé también en la oportunidad debida en  la Comisión de Constitución, que no es necesario  incluir estos procentajes, porque si no, al hacerlo  tendríamos que también repetir lo mismo para otros  sectores, tan o más importantes, como el Sistema  Electoral, o el Poder Judicial perdón, entre ellos por  ejemplo el Sistema Electoral, entre ellos las Fuerzas Armadas,  el Sector Salud, el Sector Educación.  Si andáramos fijando porcentajes en la  Constitución, evidentemente, no necesitaríamos  tener un Ministro de Economía y Finánzas y las  cosas se resolverían simplemente con los porcentajes que  señala la Constitución, cosa que no es, desde  ningún puntos de vista técnic,o posible.  Señor Presidente, luego, quiero señalar, ya que se  está hablando de temas generales, de que indudablemente  la no politización del Poder Judicial y el que sea el  Poder Judicial un Poder limpio, honorable, honrado, es base  fundamental para la existencia de nuestro país y sobre  todo para la Pacificación de nuestro país; en la  medida en que hallan autoridades judiciales corruptas y abogados  también prestos a corromper a los jueces, yo creo que en  este punto del Poder Judicial, tenemos que también asumir  la responsabilidad los Abogados y las partes en litigio, los  peruanos en general, de que debemos asumir la responsabilidad...  (Continúa en el Turno No. 50)...

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  (Plenario Mat.)        TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         2607-93  La señorita CHAVEZ COSSIO.-(Continuando)...judicial,  tenemos que también asumir la responsabilidad los abogados  y las partes en litigio, los peruanos en general, de que debemos  asumir la responsabilidad que nos toca en no propiciar actos de  corrupción en el Poder Judicial, hay jueces corruptos,  autoridades corruptas en la media en que haya privados personas  litigantes o interesadas, que propicien esos actos de  corrupción o que los toleren.  Señor Presidente, esperamos que las normas introduzcamos  en este capítulo relativo al Poder Judicial sirvan para  que realmente tengamos un Poder Judicial limpio a la altura de  las necesidades que el país tiene.  Gracias, sñeor Presidente.  El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, doctora  Chávez.  Habiendo hecho el uso dela palabra los señores  congresistas de la lista de oradores, quisiera consultar al Pleno  si consideran que el asunto ha sido suficientemente debatido.  Los señores congresistas que estén a favor,  sírvanse manifestarlo levantando la mano.  (Votación). Los que estén en contra.  (Votación). El tema ha sido suficientemente debatido.  Quisiera mencionar que habiéndose cambiado la fecha para  el Desfile Militar el día de mañana a las diez y  media de la mañana, donde todos nosotros estamos  recibiendo invitaciones para el desfile Militar en la avenida  Brasil, quería manifestar que no habrá Pleno el  día de mañana por ese motivo, el día 28 de  julio nos volveremos a reunir para recibir el Mensaje  Presidencial, en la tarde vamos  a hacer entrega a ustedes del  programa para que todos podamos saber exactamente y la  Presidencia está proponiendo que nos volveríamosa   reunir para continuar el debate constitucional en el siguiente  Pleno que podría ser el 02 de agosto a las nueve y  veintinueve de la mañana, el lunes 02 de agosto.  Por supuesto que el debate queda suspendido hoy día en la  tarde hasta las cinco de la tarde, donde el señor Carlos  Torres hará uso de la palabra para proceder a la  votación.  En este momento terminada la sesión, vamos a tener una  pequeña ceremonia para inaugurar la Sala de Conferencias  del Congreso Constituyente Democrático, donde cualquiera  de los ochenta miembros de este Congreso pueden ofrecer  conferencias de Prensa a todo el país.  Muchas gracias.  SE SUSPENDE LA SESION.    w(Eran las 13: 45 Horas).  

 

 

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