Turno 1 Turno 2 Turno 3 Turno 4 Turno 5 Turno 6 Turno 7 Turno 8 Turno 9 Turno 10 Turno 11 Turno 12 Turno 13 Turno 14 Turno 15 Turno 16 Turno 17 Turno 18 Turno 19 Turno 20 Turno 21 Turno 22 Turno 23 Turno 24 Turno 25 Turno 26 Turno 27 Turno 28 Turno 29 Turno 30 Turno 31 Turno 32 Turno 33 Turno 34 Turno 35 Turno 36 Turno 37 Turno 38 Turno 39 Turno 40 Turno 41 Turno 42 Turno 43 Turno 44 Turno 45 Turno 46 Turno 47 Turno 48 Turno 49 Turno 50
El señor PRESIDENTE.- Buenos dias, se va computar el quórum El Relator : Pasó lisa. El señor PRESIDENTE.- Señores Congresista, tengo entendido que el Consejo Directivo ha acordado empezar a tratar hoy día el tema del Poder Judicial, en lugar del tema del Poder Ejecutivo que había estado dentro de la secuencia normal de la disposicón del Proyecto de constitución, de modo que hoy día entrariamos a ver lo relativo al Poder Judicial. Señor Relator. El Relator leyó: CAPITULO VIII PODER JUDICIAL Artículo157§.- La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes. Toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional. Artículo 158§.- Son principios de la función jurisdicción y derechos en el proceso: 1.- La unida y exclusividad de la función jurisccional, no existe ni puede establecer jurisdicción alguna independiente con excepción del arbitral y la militar. Quedan prohibidos los juicios por comisión o denegación. 2.- La Independencia en su ejercicio. Ninguna autoridad puede abocarse causas pendientes ante el órganojurisdiccional ni interferir el ejercicio de sus funciones. Tampoco pueden dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución. Esta disposición no afecta el derecho de gracia. 3.- La observancia del debido proceso: Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por tribunal de excepión, ni por comisiones especiales creadas al efecto. Cualquiera sea su denominación. 4.- La publicidad en los procesos salvo disposicón distinta de la ley. Los juicio por responsabilidad de _uncionarios públicos, delitos de prensa y los que se refieren a derechos fundamentales garantizados por la Constitución, siempre son públicos. 5.- La motivaicón escrita de las resoluciones judiciales en toda las instancias, excepto los decretos de mero trámite, con mención expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hechos que se sustentan. 6.- La pluralida de instancia. 7.- La indemnización, en la forma en que determina la ley, por los errores judiciales en los procesos en los procesos penales y por las detenciones arbitrarias, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar. 8.- El de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley. En tal caso deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 9.- El de inaplicabilidad por analogía de la ley penal. 10.- El de no ser penado sin juicio. 11.- La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre las leyes penales. 12.- El no de no ser condenado en ausencia. 13.- La prohibición de revivir procesos fenecidos, salvo en los casos de revisión permitidos por la ley. la amnistía, el indulto, los sobresiguimientos definitivos y las demás instituciones que la ley señala, producen los mismos efectos que la cosa juzgada. 14.- El de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. 15.- El que toda persona sea informada, inmediatamente y por escrito, de las causas o razones de su detención. Además, tienen derecho a comunicarse con un defensor de su elección y a ser asesorada por éste, desde que es citada o detenida por la autoridad. 16.- El Estado provee defensa gratuita a las personas de escasos recursos en la forma prevista por la ley. 17.- A la gratuidad de la administración de justicia para las personas de escasos recursos; y, para todos, en los casos que la ley señala. 18.- La participáción popular en el nombremiento y revocación de magistrados conforme a ley. (Continúa en el Turno N§ 02)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL -El RELATOR continúa dando lectura.- l8) La participación popular en el nombramiento y revocación de magistrados, conforme a ley. l9) La obligación del Poder Ejecutivo de prestar la colaboración que en los procesos se le requiera. 20) La pohibición de ejercer función judicial por quien no ha sido nombrado en la forma prevista por la Constitución o la ley. Los tribunales, bajo responsbilidad, no le dan posesión del cargo. 2l) El derecho de toda persona de formular análisis y críticas de las resoluciones y sentencias judiciales con las limitaciones de ley. 22) El derecho de los internos y sentenciados de ocupar establecimientos sanos y convenientes. 23) El régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. Artículo l59§.- La pena de muerte sólo puede aplicarse por los delitos de traición a la patria y de terrorismo, conforme a las leyes internas y a los tratados de los que el Perú es parte. Artículo l60§.- Corresponde a la Corte Suprema fallar en casación en última instancia cuando conforme a ley la acción se hubiere iniciado ante una Corte Superior, y dirimir contiendas de competencia en las materias que la ley señala. Artículo l6l§.- No son revisables en sede judicial las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, del Consejo Nacional de la Magistratura y además las de arbitraje cuando las partes así lo acuerden. Artículo l62§.- El Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación, y que son la Corte Suprema de Justicia y las demás Cortes y Juzgados que determina la ley. Artículo l63§.- El Presidente de la Corte Suprema lo es del Poder Judicial. La Sala Plena de la Corte Suprema es el órgano máximo de deliberación del Poder Judicial. La ley señala su organización y competencia. Artículo l64§.- El Poder Judicial presenta su proyecto de Presupuesto al Poder Ejecutivo. Lo sustenta en esa instancia y ante el Congreso. Artículo l65§.- Las Comunidades Campesinas y Nativas con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones que les señala la ley para la aplicación de su derecho consuetudinario siempre que no sean violatorios de los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las características de la jurdisdicción de las Comunidades y de su integración en el sistema judicial. El señor PRESIDENTE.- En debate. Puede hacer uso de la palabra el señor Carlos Torres y Torres Lara. El señor TORRES Y TORRES LARA.- Señor Presidente: Al ingresar en este Capítulo sobre el Poder Judicial, quisiéramos señalar algunos puntos fundamentales. En primer lugar, el artículo l58§ establece los principios fundamentales de la función jurisdiccional, son en gran medida tomados casi textualmente del enunciado que existe ya en la Constitución vigente. Habría sin embargo que señalar algún punto fundamental y es ése que se incorpora en el inciso l8) cuando se alude a la participación popular en nombramiento y revocación de los magistrados, conforme a ley. Vale decir, existirá una ley en la que se establecerá lo que ya hemos aprobado: la elección de ciertos niveles judiciales, concretamente los juzgados de paz y eventualmente en alguna situación y circunstancia los juzgados de primera instancia. En consecuencia, lo importante en el inciso l8) es señalar que la novedad consiste en dar participación a la población en la selección de sus jueces, luego de que éstos por supuesto hayan pasado los exámenes correspondientes, los requisitos del caso, la capacitación correspondiente en donde la población participará. En segundo lugar, quisiera aludir al Artículo l59§ que, me recuerda ahora el doctor Henry Pease, en sesión del día viernes acordamos que siendo un tema de tan singular importancia se tratara después de las Fiestas Patrias. En consecuencia el pedido de trasladar este tema del l59§, pena de muerte, para después de Fiestas Patrias, fecha en que nos debe unir a todos los peruanos dejando de lado un tema que sin embargo va a tener diferentes puntos de vista en este Pleno. Igualmente habría que señalar la importancia del Artículo l64§ relativo a la necesidad de proveerle al Poder Judicial (SIGUE TURNO 3)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL El señor TORRES Y TORRES LARA ...(continuando)...relativo a la necesidad de proveerle al Poder Judicial los recursos presupuestarios necesarios. Si bien es cierto que la Constitución anterior establecía que el 2% debía estar presupuestado para el Poder Judicial, es cierto también que nunca se cumplió con esta disposición; es cierto también como se ha dicho dentro de la Comisión de Constitución que podría ser, y sobre todo en un primer momento, que la necesidad del Poder Judicial fuesen superiores al 2%. De tal manera que sobre esta materia ha habido mucho debate y lo sigue habiendo, y puede ser materia de un análisis como se va explicar a continuación. Pero, lo que sí es cierto es que se le quiere dar mayor autonomía al Poder Judicial, y en ese sentido se establece mediante este artículo que el propio Poder Judicial, a través de su Presidente sustenta ante el Congreso su pliego; de tal manera de que independientemente de la opinión que pueda tener el Poder Ejecutivo sobre el Presupuesto del Poder Judicial, lo cierto es que las autoridades del Poder judicial acudirán al Congreso para sustentar lo que consideran que es deseable en materia presupuestaria, para que el Congreso como última instancia decida el monto que debe corresponderle al Poder Judicial. De tal manera, que hay en este sentido una actitud clara y contundente de la Comisión para darle la suficiente autonomía económica y fuerza suficiente al Poder Judicial, no obstante esto, habrá que estudiar los mecanismos que perfeccionen la propuesta que estamos formulando. Y por último el Artículo 165§, que también merece ser perfeccionado y que estamos en espera de las recomendaciones que se haga en este Pleno en materia del derecho constitudinario, que hay que aplicar fundamentalmente en aquellos sectores que están muy apartados de la cultura occidental y de la legislación actual. Voy a invitar al doctor César Fernández Arce, Presidente de la Comisión de Justicia, para que adelante algunos conceptos que aún no están totalmente desarrollados, señor Presidente, y que se han tomado de recomendaciones del Colegio de Abogados, de la Corte Suprema, de la Fiscalía de la Nación, colaboraciones que nos siguen llegando después de haber elaborado este texto, y que ya han sido estudiadas inicialmente por un grupo de miembros que ha presentado el documento en mayoría y que ahora tendrán que ser perfeccionados con las sugerencias que haga la oposición. En consecuencia, vamos a trabajar sobre el documento leído, pero desde ya advertimos que hay una serie de sugerencias que se están recogiendo y que a través suyo, señor Presidente, invito al Presidente de la Comisión de Justicia para que adelante estos conceptos. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Bueno, para nosotros es una gransatisfacción tener como Presidente de la Comisión de Justicia a un honorable, ex-honorable miembro del Poder Judicial. De modo que le concedo la palabra al doctor César Fernádez Arce. Un lapsus, es a un honorable ex-miembro. El señor FERNANDEZ ARCE.- Entendido perfectamente, señor Presidente. Muchísimas gracias. Yo quisiera comenzar manifestando que ha sido preocupación en muchos años, quizás desde el comienzo de la República, la preocupación porque haya en el Perú una correcta administración de Justicia y que así mismo, funcione el Poder Judicial con la infraestrutura necesaria de acuerdo a los requerimientos del momento. Esto -repito- ha sido una preocupación en toda la historia de la República, esto lo encontramos en textos políticos, textos históricos, sociales, que revelan esta honda preocupación. Esta preocupación evidentemente tiene su fundamento en que la justicia es incuestionablemente valor primario de la vida en comunidad, a punto tal que su ausencia o deficiencia en la aplicación correcta resquebraja... (continúa en el turno 4)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor FERNANDEZ ARCE.- (Continuando)... a punto tal que su ausencia o deficiencia en la aplicación correcta, resquebraja el órden social, jurídico, económico, de cualquier comunidad, generando desconcierto, desconfianza y confusión. El contexto en que venimos viviendo desde hace por lo menos, cincuenta años, es de violencia, a ese contexto de violencia estructural que ha mantenido en la marginalidad a muchas personas de nuestra comunidad, se suma ahora también, un cuadro de violencia cruenta, que ha puesto en peligro una convivencia civilizada, mediante diversas formas de terrorismo. El Narcotráfico, con su poder corruptor ha afectado la organización del Estado y ha hecho dificil el manejo de una buena administración de justicia. Asimismo, hemos observado como el pueblo, ha venido gradualmente perdiendo confianza en la administración de justicia tradicional, porque la justicia no ha sido eficiente, ni oportuna, quizás oorque la estructura del Poder Judicial ha permanecido anquilosada por la falta de recursos o por la negligencia de quienes pudiendo resolverlo, no lo hicieron, o porque no comprendieron su importancia vital para el desarrollo de los pueblos y quizás por la mala designación de jueces, que carecieron de la necesaria vocación de servicio o de preparación, para el desempeño de tan augusta misión. ¨Cuáles son los rasgos característicos de esta realidad judicial que venimos viviendo, que venimos comprobando? En primer lugar, observamos la persistencia de una insuficiencia crónica de recursos, hay algunas anécdotas que son muy pintorescas y que grafican esta situación: El Juez de una provincia serrana, que se entera de las normas legales oyendo por radio todas las mañanas los noticieros, para luego solicitar a través de cartas a amigos en Trujillo, la remisión de esos textos; o un Juez de Moquegua, que se enteraba de las leyes, visitando la Prefectura, donde leía el Diario Oficial; o quizá, cuando uno va a Huánuco -me refiero a hechos concretos, año '78- y donde la máquina de escribir, es una máquina prestada del peluquero, donde no hay escritorio, ni útiles indispensables para que el Juez pueda desempeñar su función. Se ha incumplido muchas veces la disposición transitoria, sobre la *traslaciolidad* de la implementación ¨Cuál es el Presupuesto que ha tenido el Poder Judicial? Hagamos una revisión de números señores: En el año 1969, el Presupuesto del Poder Judicial, era del 1.03%; el año '70, 0.63%; año 80, 0.34% debiendo hacer presente que este año '80, fue el primer año que entró en vigencia la Constitución, que establecía un procentaje no menor al 2%. Año '81, 0.69%; año 82, 0.70%; año 83, 0.81%; año 84, 0.72%; año 85, 0.54%; año 86, 0.90%; año 91, 2%; sin embargo, este 2% nunca pudo tampoco entregarse como correspondía al Poder Judicial, las partidas no venían oportúnamente, de tal manera que no cumplieron su cometido. Entonces, es cierto que esta carencia de recursos económicos ha gravitado, por desgracia, grávemente en el desarrollo, en una correcta administración de justicia. Al lado de esta insuficiencia de recursos, encontramos la inexistencia de una auténtica Carrera Judicial, se ingresa muchas veces por favores políticos -todos lo sabemos- no hay sistema de promociones razonables, la Sociedad no tiene la garantía de un Sistema que importe que los más idóneos, serán los que asuman mayores responsabilidades, porque ese Sistema no existe, el Juez trabaja en condiciones de soledad. Se administra justicia de espaldas a la modernidad, con sistemas obsoletos de trabajo... (Continúa en el Turno No. 5)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 26-07-93 El señor FERNANDEZ ARCE.-(Continuando)... justicia de espaldas a la modernidad con sistemas obsoletos de trabajo, el poder político no le ha dado la prioridad suficiente al Poder Judicial, un poder judicial así nunca podrá controlar al poder político. La necesidad de apostar por el Poder Judicial es la necesidad de apostar por una auténtica democracia e implica necesariamente, que como cuestión previa, una opción por un tratamiento distinto de las condiciones económicas y de trabajo y todo ello importa una opción por el Poder Judicial autónomo e independiente, por eso es necesario destacar la necesidad de priorizar la atención de este poder del Estado, donde hay un Poder Judicial sólidamente constituído con magistrados probos, con magistrados independientes, tendremos la seguridad de una democracia bien asentada. Se necesita un Poder Judicial con proyectos, con iniciativa legislativa que planifica su desarrollo, racionalización del trabajo, mesa de parte única, registros computarizados, la justicia no solo es lenta sino inconfiable, muchas veces no se hace justica, hay problemas de previsibilidad, falta de jurisprudencia orientadora, desubicación del Juez ante nuevas áreas del derecho, los fallos de la corte suprema no se publican. Respecto al proyecto que hoy presentamos al Pleno del Congreso, debemos decir en honor a la verdad, que este proyecto es fruto del trabajo coordinado con determinados organismos por ejemplo, con el Colegio de Abogados, quien conforme un documento del 15 de julio de este año, ha presentado muy importantes sugerencias respecto al Poder Judicial, de las cuales la omisión ha recogido 18 sugerencias; asimismo, las remitidas por el Poder Judicial y por diversos organismos que no son ahora del caso mencionar porque el tiempo en corto y creo que debemos ir a lo importante de este trabajo. Si yo tuviera que destacar la nota mas importante que recoge este proyecto es el de la autonomía e independencia del Poder Judicial. Cómo pensamos lograr la autonomía del Poder Judicial, suministrándole los resursos necesarios, a fin de que pueda proveer el equipamiento de implementos que permitan un trabajo razonado, razonable, que permita la descentralización de la función jurisdiccional, de modo que los jueces estén don de los pueblos, donde las comunidades lo requieren. Este Capítulo VIII del Poder Judicial, en el primer artículo no hay mayor variante con relación a la Constitución anterior, y quiero en esto ser muy preciso, no hay ninguna Constitución en el mundo que elaborada nuevamente tenga un contenido totalmente nuevo, porque nada nuevo hay bajo el sol, ninguna obra nueva es íntegramente nueva, simpre recoge experiencias de otros países y en este caso, experiencias muy importantes de la Constitución que actualmente rigen los destinos del del Perú, de tal manera que pensar que una Constitución va a ser totalmente nueva, es realmente soñar. Este artículo 157§ nos habla de la potestad de administrar justicia, emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes. El Artículo pertinente de la Constitución vigente, dice, además, que estpá integrado por un cuerpo unitario con las especialidades y garantías que corresponden y de acuerdo con los procedimientos, que la Constitución y las leyes establecen. Lo destacable en este parte del trabajo es lo siguiente... (Continúa en el Turno N§ 06) SESION PLENARIA (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 26-07-93 El señor FERNANDEZ ARCE.- _(continuando)_ trabajo es lo siguiente. En primer lugar, la participación popular en el nombramiento y revocación de magistrados con arreglo de ley. Esta es una experiencia que pensamos iniciar en el proyecto de Constitución, pero está referido sólo a los Juzgados de Paz. De acuerdo con la terminología de la Ley Orgánica del Poder Judicial en vigencia, hay dos clases de juzgados, hay dos clases de jueces de paz. Los jueces de paz a secas que son los que se denominaban anteriormente los jueces de paz no letrados y los jueces de paz letrados. Entonces en el proyecto tratamos de establecer un sistema de elección para los jueces de paz a base del sufragio popular. Creemos que es saludable que esta idea porque por trabajos que se han realizado en el Poder Judicial, recuerdo completamente uno del año de 1977 organizado por la Universidad Católica, se llega a una conclusión; la primera es que el pueblo cada vez se aleja más de la justicia tradicional y cree más en aquellos jueces que salen de sus propias comunidades. Sin embargo, personalmetne creo yo, que no debe extenderse a otras instancias porque se corre el riesgo d epolitizarla y creemos nosotros que la politización es nefasta en el Poder Judicial. Otro punto importante, es en relación a la pena de muerte que se hace extensivo no sólamente ahora para delito de extracción a la Patria, sino también para casos de terrorismo. Personalmente estoy en total discrepancia con la "pena de muerte" por los fundamentos que en su momento señalaré. Otro punto importante es también en cuanto a que corresponde a la Corte Suprema fallar en casación o en última instancia cuando conforme a ley la acción se hubiera iniciado ante una Corte Superior y dirime contienda de competencia en las materias que la ley señale. La casación tiene por obejto ver, no el fondo; sino ver, sí el procedimiento adecuado a las normas legales, a las normas constitucionales. De otro lado hay una novedad, no estaba en ninguna Constitución anterior del Perú y es la que señala que no son revisables en sede judicial las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones, el Consejo Nacional de la Magistratura y además la de arbitraje cuando las partes así lo acuerden. Otro tema, en cuanto a la autonomía está en el artículo 164§, cuando señala que el Poder Judicial presenta su proyecto de presupuesto al Poder Ejecutivo, lo sustenta en esa instancia y ante el Congreso. Personalmente, yo considero que debe restablecerse la norma contenida en la Constitución vigente, cuando señalaba un porcentaje no menor del dos por ciento. Otro tema importante, es lo que contiene el artículo 165§ que nos habla de las comunidades campesinas y nativas con el apoyo de las rondas campesinas. Pueden ejercer las funciones que le señala la ley para la aplicación de su derecho constitudinario, siempre que no sean violatorias de los derechos fundamentales de la persona. La ley establece la característica de la jurisdicción de las comunidades y desintegración en el sistema judical. Y es que en realidad, nuestro Perú es muy disímil en las costumbres, en la idiosincracia, en una serie de modos de ser, modos de vivir y que nos resulta muchas veces justo aplicar unas normas legales que se preparan para Lima o algunas ciudades, pero no para las comunidades donde existen otras realidades. Concretamente por ejemplo, en el caso del cervinacuy. El caso cervinacuy cuando el hombre busca a su pareja una chica de doce, trece, o catorce años y después de una convivencia de un año, resulta que no se adecúan sus caracteres y vienen los problemas familiares y viene la denuncia, bien por violación, por seducción, por estrupor; y entonces se ven -digamos- apremiados por la acción penal que los condenan a dos, tres, cuatro años de pena privativa de la libertad_ (CONTINUA EN EL TURNO - 07)
JUSTO FRIAS LOPEZ 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor FERNANDEZ ARCE.- (Continuando)...de pena privativa de la libertad. En estos casos, consideramos que resulta saludable esta disposición que tiende a atenuar y a adecuer a la realidad las normas legales. Para terminar, quiero señalar que quizás el punto más importante dentro de toda esta parte relativa al Poder Judicial está en relación con la independencia que debe observar el majistrado, esa independencia evidentemente depende de muchos factores; pero para quien habla fundamental es en cuanto a la designación de los magistrados. Pensamos que ya no debe haber ninguna ingerencia de ningún poder del estado en la designación de los magistrados, en la promoción de los magistrados; todo eso está librado a lo que llamamos el Consejo Nacional de la Magistratura, que tiene una estructura en el proyecto que hemos presentado. Y hay algunas otras sugerencias que las vamos a desarrollar para exponerlas en el transcurso de este día. Muchísimas gracias señores. El señor PRESIDENTE.- Han pedido el uso de la palabra el señor Moreyra y el señor Velásquez. Doctor Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.- Gracias señor Presidente. En primer lugar, quiero decir que me parece muy acertado que el día de hoy no entremos en los temas polémicos que están en el Poder Ejecutivo ni tampoco a tratar el artículo 159§; creo que ha sido una idea muy acertada, no sé quien la ha propuesto pero quisiera expresar mi acuerdo. En segundo lugar, señor Presidente, quiero también decir mi satisfacción por la forma como se ha trabajado este capítulo, creo que es uno de los más logrados de esta Constitución; no sólo el capítulo, señor, todo el título. Yo tengo una sola discrepancia de orden fundamental -llamémoslo así- pero no está en este capítulo, que se refiere -a mi juicio- a la imprescindible necesidad a que haya un Tribunal de Garantías Constitucionales independiente del Poder Judicial. Creo yo que este es un tema que en su momento trataremos. En cuanto a lo que se refiere a este título, perdón, a este capítulo, quiero decir que no tengo mayor observación, estoy de acuerdo con el inciso 18) del artículo 158§, aun cuando creo que en esta materia se deberá proceder con muchas prudencia, pero en todo caso eso se discutirá cuando se vea la ley pertinente. Igualmente tengo un acuerdo básico con lo dicho en el artículo 165§, de tal manera que espero poder votar a favor de todos estos artículos. Pero tengo sí una sola preocupación, que es la razón principal por la cual he pedido el uso de la palabra. El Colegio de Abogados de Lima ha presentado un conjunto de sugerencias que tengo entendido se han recogido en un gran número, y éstas van a ser incorporadas al articulado. Yo lo que me pregunto es, no sería y a qué hora se podrá tener el nuevo texto, porque sino vamos a trabajar sobre la base de un articulado que va ser después modificado. Entonces, si adelantamos el debate ahora quizás perdamos tiempo, si pudiera estar el nuevo articulado listo en diez minutos, en veinte minutos, porque tengo entendido que lo único están haciendo es pasarlo en limpio, mejor sería trabajar con el nuevo texto. Yo no estoy pidiendo una suspensión, creo que se puede tratar el capítulo en términos generales y el debate puede seguir, pero me gustaría saber a qué horas tendremos el nuevo texto para ya poder trabajar sobre una basa un poco más sólida. Gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Antes de conceder la palabra al señor Velásquez, creo que el doctor Torres y Torres Lara quiere hacer una interrupción. El señor TORRES Y TORRES LARA.- Señor Presidente, La voluntad de incorporar las sugerencias del Colegio de Abogados, de la Fiscalía y de la Corte Suprema están sujetas precisamente a los planteamientos que se hagan acá, no hay un texto acabado al respecto, se están incorporando como lo hecho en todas las ... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 08 )
ROBERTO OSHIRO T. 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor TORRES Y TORRES LARA.- ...(Continuando) ...no hay un texto acabado al respecto, se están incorporando como lo hemos hecho en todas las reuniones, estamos trabajando todos los textos aquí y vamos a ver las coincidencias que hay precisamente en el Pleno, y si hubieran coincidencias con el Pleno, entonces, serían incorporadas, no existe un texto en consecuencia, señor Presidente, sino la buena voluntad como muy bien lo ha señalado el señor Congresista, para incorporar texto. En cuanto haya algún texto pordríamos acercarlo. El señor PRESIDENTE.- Perdón continúe doctor Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.- Yo solamente quiería entonces, y decir que sugeriría que se reparta a todos los señores Congresistas, la sugerencia del Colegio de Abogados de Lima a efecto de que puedan tener conocimiento de ellas al momento de hablar, o que se lea los artículos pertinentes con los cambios pertinentes. Creo que es un aporte que debemos incorporarlo antes para que sea materia del debate. El señor PRESIDENTE.- Doctor Torres. El señor TORRES Y TORRES LARA.- Si, en diez minutos estamos repartiendo, señor Presidente, las copias y de modo que podemos continuar con el debate. El señor PRESIDENTE.- Señor Velásquez. El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor Presidente, antes quería pedir a los Congresistas que me acompañen con fuerte aplauso y también seguramente el abrazo fraterno a nuestro colega Olivera que está de onomástico, a Fernando Olivera Vega. (Aplausos). El señor PRESIDENTE.- Aunque personalmente ya he saludado al señor Fernando Olivera, deseándole cien años más de vida. fuera del Parlamento. Le digo ahora a nombre de todos los Congresistas, interpretando el sentir que le deseamos un felíz cumpleaños y un cálido y fuerte abrazO de todos nosotros, que en algún momento se lo daremos. (Aplausos). Y como regalo adicional de este Congreso le concederemos un minuto más del uso de la palabra. El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor Presidente, el Poder Judicial ha sido desarrollado en el capítulo Octavo, del título Cuarto, de la ESTRUCTURA DEL ESTADO de la Carta Magna que venimos debatiendo en el Pleno del Congreso Constituyente Democrático, el Poder Judicial de tal manera ha sido dividido de la siguiente manera: El Poder Judicial, Principio de la Función Jurisdiccional y Derechos en el Proceso, Estructura y Administración, Control Constitucional y Administración, Iniciativa y Actividad Legislativa, Nombramiento y Ascenso de Jueces, Requisitos para ser Juez, Incompatibilidad, Prohibiciones y Garantías de los Jueces, Ratificaciones Judiciales, etcétera. El Poder Judicial continúa bajo el régimen doctrinario de la división de Poderes como un Poder más del Estado, pero su ejercicio independiente aparece restringido y su alcance sin marca a lo estrictamente técnico, jurídico y solo su instrumentación política hace que le den alcances de tipo populista, señor. La enarbolación de principios y garantías del orden jurisdiccional reproducen lo establecido en la Declaración de los Derechos Humanos, el Protocolo Facultativo de Derechos Civiles y políticos, la Declaración y Convención Americana de Derechos Civiles y Humanos, que fueron inclusive recogidos en el actual texto Constitucional, asumiendo un criterio más metodológico de la ciencia procesal. Se puede advertir en la propuesta, algunos aspectos que forman el marco en el que se desarrolla la actividad jurisdiccional. Primero podríamos decir, se postula a la incorporación de instrumentos administrativos propios de la Escuela de Derecho Natural Historicista o también llamada de realismo jurídico -ángulo americano- al precisar que se puede acudir al derecho consuetudinario y a la elección y revocatoria de Magistrados, como forma de materializarlo, circunscribiéndose a jueces de Paz, y especializados mediante una elección de carácter popular. Esto es, algo contradictorio, señor, tanto que el juez estaría a la espera de la capacidad de revocatoria popular y además de ello tenga a su vez que ser fiscalizado por el órgano de control, el Consejo de la Magistratura y que incluso deben ser evaluados los jueces cada 5 años, quiere decir entonces, que este aspecto entra en contraposición con el derecho de inamovilidad de los jueces que sustenta el mencionado proyecto Constitucional. Para una mejor precisión, el juez ... (Continúa en el turno N§ 09)
Jorge Anamaría PLENARIA Mat. 26-7-93 El señor VELASQUEZ GONZALES...(continuando)...sustenta el mencionado proyecto constitucional. Para una mejor precisión, el juez tiene que obedecer la ley y a la falta de ésta tiene que aplicar el derecho consuetudinario, en tal sentido, el juez tiene que aplicar normas aun cuando no se encuentre de acuerdo con las mismas o con ellas, su criterio de conciencia no puede escatimar que se salgan de este marco. Esto no tiene relación con la popularidad que tiene que tener frente a los electores que se reservan el derecho a la elección o revocatoria en determinado proceso; en otras palabras, la reelección de un juez está condicionada a la forma como actúe procesalmente o en el proceso. El juzgador se encuentra entre dos alternativas, se arriesga conforme al derecho positivo o no guiándose en el último caso por el sentido común y su conducta, teniendo como resultado el prevaricato, señor, que es el delito perseguible sobre los que administran justicia en contra del texto expreso y claro de la ley. Sobre ésto se ha debido debatir, sobre el sistema jurídico, ya que muy por el contrario se ha preferido el efectivismo popular en lugar del desarrollo coherente y progresivo de un sistema a otro mejor, razón por la cual no estamos frente a un sistema de transición sino frente a una anarquía judicial con lo cual no estamos en lo absoluto de acuerdo. Se abroga además al Tribunal de Garantías Constitucionales y con éste se da al Poder Judicial la calidad de contralor y administrador a su vez. Si ésto es así, señor, se vería contemplar nuevos medios impugnativos para que el ciudadano tenga garantizado sus derechos públicos subjetivos contra las leyes, decretos de urgencia, edictos y ordenanzas que vulneran derechos constitucionales como es la que regulaba el Tribunal de Garantías Constitucionales. Ahora todo lo que se ha reservado al Poder Judicial es que proponga nueva leyes, realice modificatorias o tienda a sugerir su derogación en tanto que se le confiere iniciativa legislativa que no se consideraba anteriormente en el anterior Código que actualmente nos rige. La situación se agrava mas, señor, cuando la apariencia de independencia y autonomía del Poder Judicial se ha recortado por cuanto no puede revisar fallos del fuero militar asi como tampoco hay un porcentaje presupuestal que sea preferentemente al Poder Judicial. En la práctica nos encontramos frente a la consagración de nulidad de control y resignación a un manejo administrativo jurisdiccional desprovisto de recursos eficaces y de obligatoria observación. Se ha establecido aspectos de una mayor responsabilidad en cuanto a la función jurisdiccional, pero no estipula nada en lo referente al régimen remunerativo de los magistrados y auxiliares de justicia, pues la norma constitucional debe garantizar las convicciones dignas de vida que le permita solventar su existencia y por ende, una mejor labor jurisdiccional. La nueva Constitución trasgrede lo que dispone la Convención Americana de Derechos Humanos toda vez que actúa en contraposición de la abolición de la pena de muerte, en esta ocasión añade al caso de traición a la patria a los casos de terrorismo y además, este aspecto está bajo el manejo del fuero militar. Entonces, nos encaminamos a una desviación jurisdiccional, ya que la nueva Constitución señala que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce a través del Poder Judicial, es decir, es algo contradictorio, es una contraposición. Si el fuero militar. El señor FERRERO COSTA.- Me permite una interrupción? El señor VELASQUEZ GONZALES.- Adelante, doctor. El señor FERRERO COSTA.- Quisiera solamente, para ordenar el debate, si hemos entendido bien vamos a discutir primero lo que es administración de justicia. Yo veo que algunos colegas están ingresando a Consejo de la Magistratura, pero no sé si la Mesa comparte eso. El señor PRESIDENTE.- El Consejo Nacional de la Magistratura no es motivo del debate en este momento. El señor VELASQUEZ GONZALES.- Gracias, señor Presidente. Si el fuero militar es una entidad completamente independiente al Poder Judicial, un pronunciamiento sobre una situación tan delicada debería ser derivada al órgano jurisdiccional. Estamos frente a una situación de garantismo represivo en lo social y de seguridad jurídica que es lo que inspira a todo el sistema judicial, señor Presidente. Por lo cual, nosotros vemos por conveniente ... (SIGUE EN EL TURNO 10) PLENARIA MATINAL 26-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor VELASQUEZ GONZALES.- (Continuando)... a todo el sistema judicial señor Presidente. Por lo cual nosostros vemos por conveniente hacer una reforma sumamente importante que se la vamos a alcanzar. Proponemos a consideración del Congreso Constituyente Democrático este proyecto de reforma constitucional, que creo que es lo más plausible en estos instantes, que no desampare: ni a los magistrados, ni tampoco a los trabajadores del Poder Judicial. Y sobre todo mantenga la autonomía del Poder Judicial. El Artículo Primero que yo propongo en este capítulo. La administración de jusiticia emana del propio pueblo y es ejercida por el Poder Judicial a través de los diferentes órganos jurisdiccionales, conformados por los Tribunales Juzgados que se ha establecido en todo el país, los mismos que la ejerzen con su gestión a la Constitución y a las leyes. Otro artículo. Toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional y acudir al Poder Judicial en las ocasiones que lo requiera para garantizar el cumplimiento de sus derechos. Artículo tercero o siguiente. El Poder Judicial como Poder del Estado, goza de completa autonomía en el ejercicio de la administración de justicia sin ingerencia de ninguna clase. Articulo cuarto. El Presupuesto del Poder Judicial, no es menor del dos por ciento de presupuestos de gastos corrientes para el gobierno central, a fin de garantizar un adecuado modernismo y desarrollo en infraestructura técnica capacitación y otros análogos que permitan una mejor administración de justicia, conllevando con ella el cambio del sistema jurídico. Artículo quinto siguiente. La Corte Suprema formula su proyecto de presupuesto del Poder Judicial, y nombra un representante para que lo sutente en la estación correspondiente. Artículo sexto. El Estado garantiza una adecuada remuneración a los magistrados y axuliares de justicia, que les permite un mejor nivel de vida que contribuya a su bienestar juntamente con su familia, debiendo establecer para tal efecto la remuración porcentual; teniendo como base el haber que perciben los Vocales Supremos. Es decir en líneas generales; en esta propuesta que quiero alcanzar a su Presidencia, para que tenga a bien hacer llegar como sugerencia al señor Presidente de la Comisión de Constitución; es que la autonomía del Poder Judicial no quede mellada, se asegura el dos por ciento del presupuesto nacional para el Poder Judicial y sobre todo en la revocatoria no se tenga en cuenta en forma populista al pueblo, sino que para eso exite un órgano jurisdiccional que es el que tiene naturalmente en sus manos la administración de justicia, y no pude haber pues revocatoria, y a parte todavía un órgano que los este controlando. Es algo inadmisible y que nadie lo puede entender, es un híbrido, yo lo creo, que es como sifuera un perro, que tiene cuernos. Que al final no va saber si topar o moder señor. Mada más y ojalá que esta sugerencia sea tomada con toda la conciencia del caso, porque este es un asunto de suma y trascendental importancia, que lo he conversado este fin de semana con los trabajadores del Poder Judicial y con algunos magistrados que no están de acuerdo en lo absoluto con el nuevo texto que nosotros venimos aprobando y que se nos a alcanzado para el análisis respectivo. Creo que es una sugerencia que amerita que se le tome en algo en cuenta, y confiamos pues en la sensibilida también por parte del presidente de la comisión de constitución, los miembros que integran la misma para que se haga las reformas correspondientes y dejemos pues al Poder Judicial con un Poder autónomo dentro del equilibrio de poderes. Sin avasallarlo, sin pisotearlo, porque creo que es algo fundamental para el desarrollo normal de una nación como la nuestra. Muchas gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el doctor Gonzalo Ortiz de Zevallos. El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL.- Señor Presidente me corresponde hacer una referencia genérica al sistema judicial; no me voy a concretar al texto constitucional del sistema judicial, sino me voy a referir más concretamente a su organización. Cuando yo era Juez de Primera Instancia, Juez Decano en lo Civil y era ministro de justicia; un General Merino, visitó al Poder Judicial ... (Continúa en el Turno N§ 11)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL El señor ORTIZ DE ZEVALLOS (continúa) un General Merino visitó al Poder Judicial, visitó primero a la Corte Suprema, posteriormente a la Corte Superior y después nos visitó a los Jueces, y en todos se escuchó la misma petición: necesitamos mejores haberes. Pero cuando llegó a Primera Instancia nos encontró con una solución distinta. Nosotros le contestamos como dice Coutere: la reforma del Poder Judicial no requiere mayor número de jueces ni mayores sueldos, la reforma judicial del Poder Judicial depende fundamentalmente de la organización del Poder Judicial. Nosotros los jueces de primera instancia consideramos que siendo así que el Poder Judicial tiene tres instancias y la primera instancia es la más importante de todas, aquella en la que se sustenta el bienestar el Poder Judicial, nosotros necesitamos que haya una primera instancia bien organizada. Actualmente, uno como era entonces visita un juzgado de primera instancia y se encuentra con la sorpresa de que el Juez de primera instancia tiene un portero casi incapaz de organizar ningún sistema, semi-analfabeto y con ese portero trabaja el Juez de primera instancia. El Juez de primera instancia tiene un despacho de miles de causas y dentro de esas condiciones, el Juez de primera instancia tiene que resolver sobre sus propias rodillas por el dictar las sentencias, expedir los fallos, expedir las resoluciones, en fin, atender a todas las exigencias del Poder Judicial. Pero el Juez de primera instancia en esas condiciones no se abastece. Tiene que recurrir a los escribanos de Estado. Los escribanos de Estado dependen de los miembros de las partes litigantes que le abonan sus derechos y en consecuencia el Juez tiene que recurrir al escribano de Estado que es el que le prepara las sentencias. A su vez al escribano de Estado le preparan las sentencias los abogados de las partes que dictan esos recursos o esos proyectos de sentencia de amboas partes, de una y otra parte. Lo dictan en presencia del interesado y es así como el interesado cree fundadamente que el Juez de primera instancia va a resolver y en definitiva resuelve lo que le ha dictado su abogado a un escribano y que va a ser cubierto el costo de esa sentencia por la vía directa del interesado. Surge así un movimiento generalizado de desconfianza en el juez de primera instancia. El juez de primera instancia eleva una sentencia preparada por la parte interesada a la Corte Superior. De la Corte Superior se obtiene el mismo criterio de que las Cortes... (SIGUE TURNO 12)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDEL...(continuando)...obtiene el mismo criterio, de que las cortes van a resolver lo que la parte interesada decide, lo que la parte interesada recomiende. Entonces, hay un concepto generalizado de una gran inmoralidad en la administración de justicia, concepto que se mantiene hasta ahora vigente. Nosotros creemos que se puede subsanar eso, siempre y cuando la Primera Instancia tenga una Secretaría, una Secretaría no de escribanos, sino de secretarios; secretarios que dependen exclusivamente del Juez de Primera Instancia, que el propio Juez lo nombra y el propio Juez lo remueve. Entonces, dentro de esas condiciones el Juez trabaja con secretarios propios, los secretarios propios le llevan el conocimiento de los casos, los que son de simple de mero cajón, le llevan los proyetos de sentencias para que los revisen y los que son de doctrina, la materia de doctrina previo estudio de la Jurisprudencia que debe hacerla en los propios organismos, en los propios sistemas; y entonces, el Juez ya va preparando las sentencias con toda la jurisprudencia que necesita para el caso. Eso eleva la teoría judicial de los jueces que piden unas resoluciones bien estudiadas, bien documentadas y la Corte Superior los encuentra con una sentencia bien preparada. Entonces, es a partir de ese momento que se eleva el nivel jurídico del Poder Judicial. Primero con el nivel jurídico de los jueces, posteriormente de los abogados, finalmente de los Tribunales Superiores y finalmente de la Corte Suprema. Yo creo, señor, que es fundamental que se tenga en cuenta para el Poder Judicial la existencia de ese sistema. Creo que además de eso hay que establecer un régimen, como ya nosotros lo tenemos establecido, un régimen fiscal, con recursos económicos suficientes para abastecer las necesidades de todo el Poder Judicial. Estoy de acuerdo con ese sistema, creo que en todo lo demás ya tenemos una doctrina bien establecida en el Proyecto de la Constitución. Nada más, señor Presidente, muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Doctor Pease tiene el uso de la palabra. El señor PEASE GARCIA.- Gracias señor Presidente. En el tema de Poder Judicial creo que hay un punto en el cual ha habido concenso, aunque no corresponde a este Capítulo quiero comenzar resaltándolo. Queremos que saquen las manos del nombramiento del Magistrado, tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo; ya en su momento, cuando discutamos el capítulo siguiente, mi bancada va a fundamentar su propuesta para que en esa elección intervengan los ciudadanos y no solamente los representantes del foro. Pero, ahora quiero dedicar, señor Presidente, esta intervención a los puntos correspondientes al primero de los capítulos, y quiero comenzar... (Continúa en el turno 13)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)... puntos correspodientes al primero de los Capítulos. Y quiero comenzar, señalando dos cuestiones que ya han sido planteadas por otras personas, que me han antecedido en el uso de la palabra. El primero es la preocupación por el tratamiento que dé la Carta Constitucional a los Tribunales Militares, nosotros siguiendo el mismo esquema de trabajo de la Comisión, en nuestro Dictámen en minoría, hemos señalado en el Capítulo correspondiente, dos cuestiones que nos parecen esenciales: Una, que el Tribunal Militar no puede pronunciarse sobre problemas de Derechos Humanos, que cualquier violación de derechos humanos se juzga en el Fuero Común; y otra, que los Tribunales Militares tienen que estar formados por Oficiales Retirados, elegidos por sus pares, en un sistema análogo al que se ha diseñado para los Jueces Civiles, porque no hay posibilidad de autonomía en la decisión, si es dependiente, en cuanto a la carrera y en cuanto a la vida práctica de el Comando. Pero este tema no corresponde a este Capítulo, lo que entiendo corresponde a este Capítulo, es lo que está en el artículo 160§ de la mayoría, cuando se señala que la Corte Suprema, Falla en Casación, respecto de acciones que vienen de las Cortes Superiores. En nuestro concepto, tiene que Fallar también en Casación respecto de las acciones que vengan del Consejo Supremo de Justicia Militar, creemos que es el mínimo punto de contacto que puede haber, para que efectícvamente haya un Poder Judicial que cubre todos los ámbitos. Ese punto, que lo vamos a alcanzar por escrito, quisiera que sea tomado en cuenta; y ya sobre este tema han intervenido otros oradores. El segundo punto también es común; y acá no hacemos otra cosa que traer al Pleno, la propuesta que hicimos en el seno de la Comisión, coincidiendo con el Presidente de la Comisión de Justicia, el doctor Fernández Arce, me refiero al Presupuesto del Poder Judicial, si está muy bien, que venga el Presidente de la Corte Suprema y sustente en el Pleno del Congreso, pero no sacamos mucho, si eso se está dando a cambio, de una norma que decía "El dos por ciento, debe estar asignado como mínimo del Poder Judicial", nuestra propuesta dice el tres por ciento -y lo plantea como mínimo- y por qué sostenemos que es indispensable? Porque no va a haber autonomía señor, aunque pueda venir aquí el Presidente de la Corte Suprema,yo quiero recordarle algo que ustedes han aprobado con nuestro voto en contra: Según ustedes, el Congreso no tiene iniciativa de gasto, ni puede aumentar los gastos -no el parlamentario- el Congreso, con eso le han quitado una facultad al Congreso y entonces, ¨Qué importancia tiene de que venga aquí el Presidente de la Corte Suprema? Resulta, que el Poder Ejecutivo de turno, le asigna Un Millón de Soles del Presupuesto, viene acá el Presidente de la Corte Suprema y demuestra que no se puede andar sino con Dos Millones de Soles, pero si el Poder Ejecutivo no quiere, el Congreso no lo puede aumentar y allí le dirán: "No señor, el Congreso no puede aumentar". Por tanto, es indispensable, señor Presidente, que se ponga este pie forzado -hay quienes sostienen que recurrir a porcentajes no es técnico- pero hay algunos pie forzados señor, y en esto hay otros países en los cuales así se legisla y así es, dice en sus Constituciones y eso allí o acá, tiene que servir, para que se dé por lo menos, una herramienta, en este caso a la Corte Suprema, para que se defienda ¨Cuál será la herramienta? Decirle al Congreso "es inconstitucional lo que ustedes aprueban, porque la Constitución manda esto" y recurrir al Tribunal Constitucional y no a la Sala de la Corte Suprema. Creo señor, que esto es indispensable y esto es un planteamiento que formula el MDI, conciente de que no va a haber autonomía del Poder Judicial, ni no hay al mismo tiempo recursos para su funcionamiento, tradicionalmente los Magistrados han tenido que estar mendigando del Poder Ejecutivo, recursos. Ahora los van a tener que hacer acá, simplemente utilizando... (Continúa en el Turno No. 14)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 26-07-93 El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... el Poder Ejecutivo, recursos. Ahora lo van a tener que hacer acá simplemente utilizando como caja de resonancia el Parlamento, lo que es necesario es que no tenga que ocurrir. Finalmente, señor, hay una cuestión que para nosotros es esencial y viene de la experiencia de este Congreso Constituyente. Señor Presidente, queremos garantizar que el Congreso de la República no pierda la facultad de fiscalizar y el precedente que ha sentado este Congreso al inhibirse de llamar a Oficiales del Ejército porque ya se había abierto proceso, y al señalar que con eso se podía afectar la independencia del proceso Judicial, obliga a que nosotros modifiquemos aquí y en otra parte que volveré a sustentar, con un agregado este capítulo, en el inciso 2) del artículo 178§. En ese artículo se dice "ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organismo judisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efectos resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada no cortar procedimientos en trámites ni modificar sentencias ni retardar su ejecución. Esta disposicición no afecta el derecho de gracia -ahí añade la propuesta del MDI- ni afecta la capacidad del Congreso de la República de investigar y fiscalizar, citando como testigo a cualquier ciudadano incluso si está sometido a proceso judicial" es la única manera, señores, que el precedente que este Congreso puso en el caso de La Cantuta, no sea usado en el futuro para decir que el Congreso queda definitivamente castrado de investigar sobre una materia en la cual el Poder Judicial se haya avocado. Porque la investigación que hace el Congreso no tiene efectos judiciales, ya en el punto correspondeiente, cuando hablamos de Pder Legislativo, somos mas explícitos que la Constitución y decimos, en la capacidad de fiscalización del Congreso, que tiene que venir todo ciudadano quie sea citado, pero que las conclusiones de las Comisiones investigadoras no tienen porque ser tomadas en cuenta en la decisión del juez, eso lo dice expresamente por ejemplo la Constitución alemana y lo dicen otras conclusiones, porqué, porque la investigación que hace el Congreso no es para juzgar personas es para evaluar políticas, es para evaluar instituciones, es para concluir cambios que lleven a que no se violen derechos humanos en un caso o a que no se robe en otro caso, a que las estructuras funcionen. Y para eso, señor, es indispensable el testimonio de los actores involucrados, pero es usado en otro sentido, diferente de lo que es la acción judicial. Por eso, señor Presidente, reclamamos este agregado al inciso 2) del artículo 178§ para que se invoquen los precedentes de este Congreso como una manera de terminar con la capacidad fiscalizadora del Congreso, porque un Congreso que cada vez que nombre una Comisión investigadora sobre un tema importante, le van a abrir una instrucción al frente para que pueda invocarse que nadie concurra a la Comisión, ese Congreso ha quedado castrado y queremos impedir que así sea. Entendemos que la manera de hacerlo es precisar por una parte clarísimamente que el Juez no está obligado a seguir lo que digan las comisiones investigadora y por otro lado también clarísimamente, que las citaciones de las comisiones investigadoras no se crucen ni interfieran con la independencia del Poder Judicial. Voy a alcanzar a la Comisión esta propuesta que por otro lado ya están en el dictamen de minoría de mi bancada. Gracia, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Doctor Barba, después el doctor Ferrero y después el señor Nakamura. El señor BARBA CABALLERO.- Yo quiero comenzar este tema haciéndome la misma pregunta que quizás todos nos hemos hecho aquí, qué hacer, señor, para garantizar un Poder Judicial independiente, imparcial y competente. Evidentemente yo no tengo una respuesta para esta... (Continúa en el Turno N§ 15) SESION PLENARIA (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 26-07-93 El señor BARBA CABALLERO.- _(continuando)_ y competente. Evidentemente, yo no tengo una respuesta para esta interrogante, pero sí quisiera compartir con el Pleno algunas reflexiones y quizá luego algunas sugerencias. Si algo es cierto, señor, es que la existencia de un régimen de derecho, es algo muy fácil de comprobar porque éste no se mide por la perfección de las normas jurídicas, ni tampoco por las apariencias. En realidad, señor, un régimen de derecho se mide en la práctica y por la forma como se enlaza en la vida cotididana. En realidad, señor, eso significa básicamente la ausencia de un poder arbitrario, el respeto a los derechos más fundamentales y la sujeción del Estado y sus funcionarios a los tribunales ordinarios. De estos principios, señor, con estos principios, se hace la vara con que se mide a los países que pretenden o que dicen ser democráticos; y aquí que no deba extrañarnos, señor, que en ningún país serio del mundo se nos considere un Estado de derecho en el real sentido de la palabra. Los ingleses, señor, no tienen una Constitución escrita, pero nadie podría dudar que su régiemen no es otro que el de un gobierno libre; y es que el respeto a los derechos personales y a la ley se hallan tan profundamente arraigados en este país, que en rigor no necesitan ni de una Constitución, ni de un tribunal, ni de una ley para que sean efectivos. En Inglaterra acotó uan vez un observador: "Hay en las costumbres más libertad que en las mismas leyes del pueblo"; y así es, señor, pero Inglaterra es una Isla con una cultura homogénea con tradiciones muy peculiares; y por lo mismo su experiencia sin duda es única e intransferible. No sucedió lo mismo en los Estados Unidos; y por eso, señor, se vieron en la necesidad de una habilitación más formal de la ley vía una Constitución que comenzó garantizando o reconociendo derechos anteriores y superiores al Estado. Y como también quisieron evitarse los problemas de un gobierno arbitrario, establecieron la separación de poderes entre la Nación y los Estados. Y finalmente, señor, establecieron la sujeción del Estado a los tribunales ordinarios, lo mismo que quedó garantizado por el poder de los tribunales norteamericanos de revisar todos los actos que mercan de sus respectivos gobiernos. En los Estados Unidos, señor, no hay un asunto por más poderoso que sea que no se confíe a los tribunales y sus sentencias por lo general han sido aceptadas, tanto por el Poder Ejecutivo como por los grupos de poder con toda normalidad; y es aquí, señor, se ha entendido a la perfección que un Poder Judicial independiente e imparcial, es la mejor garantía para todos. Por supuesto, ésto no sería posible si los Estados Unidos no fuese una Nación dmeocrática siempre dispuesta a solucionar sus conflictos vía la resolución de las sentencias judiciales y también dispuestos a controvenir frente al poder de la razón. Quienes hemos recorrido este país, tanto como el Perú, señor, tenemos algunas conclusiones porque no hemos podido evitar el hacer comparaciones dolorosas y sobre todo el de hacernos la pregunta dramática de siempre. Por qué nosotros no podemos ser como ellos? Y Yo al menos tengo algunas sugerencias. En un discurso que ha llegado a ser merecidamente famoso, decía un juez norteamericano: "A menudo me pregunto, si no ponemos demasiada nuestras esperanzas sobre las constituciones_ (CONTINUA EN EL TURNO - 16)
Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor BARBA CABALLERO.- (Continuando)...a menudo me pregunto, si no ponemos demasiada nuestras esperanzas sobre las constituciones, sobre las leyes. Presidente, por lo general no pido ninguna amplación, pero me gustaría pedir al Pleno una ampliación de cinco minutos. El señor PRESIDENTE.- Vamos a consultar al Pleno. ¨Le podemos ofrecer una ampliación al doctor Barba, de cinco munitos? Ha amanecido usted con mucha suerte hoy día, doctor Barba, tiene una popularidad avasallante, por unanimidad. El señor BARBA CABALLERO.- Bien de que haya amanecido con suerte. Decía, señor, que en un discurso que ha llegado a ser merecidamente famoso, un juez norteamericano decía lo siguiente: "A menudo me pregunto sino ponemos demasiado nuestras esperanzas sobre las constituciones, sobre las leyes y sobre los tribunales; estas son falsas esperanzas, creedme, son falsas esperanzas. La libertad está en los corazones de los hombres y las mujeres. Cuando muere en ellos, ninguna constitución, ninguna ley, ningún tribunal la puede salvar". Aquí en cambio, señor, de lo que se trata no es de que la ley muera en nosotros, sino más bien de hacerla renacer en nuestros hombres, en nuestro pueblo. Con motivo de este debate, señor Presidente, yo muchas veces me he preguntado, por qué hemos tenido tantas constituciones e iguales facrasos; y creo que la respuesta a este fracaso no está en nuestras constituciones, sino en el hecho indiscutible de que ninguna de ellas ha sido capaz de enraizarse con el pueblo, de que ninguna de ellas ha sido capaz de convertirse en una ley de derechos vivientes. De qué vale, por ejemplo, señor, hablar de tolerencia y de respeto a la dignidad humana si en la práctica nuestros hombres y nuestras instituciones se comportan con intolerancia y con desprecio a nuestros semejantes; de qué vale, señor, establecer tales y tales derechos, si no existe un Poder Judicial capaz de hacerlos cumplir. Por estas razones, señor, la palabra justicia aquí, en la calle o en la Corte, es una palabra que realmente despierta sonrizas irónicas. Un segundo factor que ha originado que nuestro estado de derecho sea sólo un membrete, es esta especie de estado dual que ahora tenemos. En un estado tal, señor, la ley tiene un papel determinante sólo en lo que se refiere al ordenamiento de las relaciones entre los ciudadanos privados, pero en lo que se refiere a la esfera política, señor, no sucede lo mismo; la impunidad es casi total, donde nuestros ministros, presidentes y militares realmente no están sujetos y pueden burlar a la ley ordinaria, lo cual es absolutamente incompatible con un régimen de derecho. Por estas razones es que nos nos toman en serio en el exterior en cuanto a nuestras pretensiones de ser un país democrático. Lamentablemente, señor, a esta imagen del Perú en el exterior no contribuye en mucho el singular presidente que nosotros tenemos, sobre todo después de su último viaje al Brasil, donde recuerdo que dijo de que era partidario de emplear el método japonés de la "catanga", una especie de espada filuda que corta los problemas de un tajo; y además de que si tuviese un revolver en la mano acabaría con la vida de Abimael Guzmán y de unos cuantos sujetos más. Yo no sé, señor, pero al escuchar estas declaraciones me sentí como en una película, viendo cinco dedos de furia de Bruce Lee; o esa otra película de Dyango que decía, voy, lo mato y regreso; pero esto no es serio, señor. Ya me imagino el sentimiento de conmiseración y piedad con que se nos podrá mirar desde el extranjero. Y Pienso también de que las últimas declaraciones del Presidente con respecto a nuestros alcaldes son también deplorables. El Presidente de la República debería tener presente que nuestros alcaldes no sólo están en la primera fila del combate social, sino también que han sido y siguen siendo las primeras víctimas del terrorismo y están regando con su sangre la causa de la democracia. Realmente hay que estar mareado de poder y de vanidad para poder expresar semejantes desatinos. Por estas razones, señor, yo quiero adelantarlo desde ahora: Yo no estaré aquí presente el 28 de Julio, este es un día que para mi simboliza el día de la libertad; y yo no pienso compartirlo con un hombre que es exactamente lo contrario. ( SIGUE EN EL TURNO N§ 17 )
Transciptor: ROBERTO OSHIRO T. 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor BARBA CABALLERO.- ...(Continuando) ...el 28 de Julio, este es un día que para mí simboliza el día de la libertad y yo no pienso compartirlo con un hombre que es exáctamente lo contrario. Un tercer punto, señor, es el institucional, si algo se aprende andando es que las instituciones no solo deben estar bien ideadas, sino que también deben estar bien dirigidas y esto supone, señor, una clase especial de hombres, inmnunes al Poder y a las presiones del dinero, como lo suficientemente capaces como para dignificar su alta función social. Lamentablemente, señor, la imagen del Poder Judicial no es la que todos nosotros quisiéramos, y de esto se valió el señor Fujimori para incluirlo como una de sus razones para el golpe de Estado. El señor Torres Vallejo me cede su tiempo, Presidente. Lo que muchos parecen ignorar es que no existe corrupción mayor como cuando el Poder Ejecutivo domina al Poder Judicial, hoy en día, señor, los jueces no solo son provisionales, sino que también están a merced de otros poderes. Las consecuencias de este régimen de terror contra nuestros jueces, es que muchos de ellos, la mayoría de ellos, por conservar sus puestos se vuelven dóciles y maleables frente al Poder; renunciando así a su dignidad que es realmente lo más preciado que tiene un ser humano. Quizá por estas razones el señor Fujimori pueda sentirse satisfecho y orgulloso, pero si es cierto, señor, que Dios vive en todos y cada uno de nosotros, debe ser en aquello que llamamos dignidad, de aquí que quien destruye o roba dignidades no solo demuestra que no tiene ninguna, sino también que es un canalla auténtico. Para terminar, señor, creo que efectivamente. El señor PRESIDENTE.- Perdón, doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Que retire esas palabras porque nosotros aceptamos discrepancias políticas pero que no se exceda en sus adjetivos, que son una falta de respeto a todos los que entendemos que el Presidente de la República personifica a la Nación, eso no podemos aceptarlo, Presidente. El señor PRESIDENTE.- Doctor Barba le ruego a nombre de los Congresistas que acaban de hacer uso de la palabra, que retire usted las palabras que han sido considerados ofensivas. El señor BARBA CABALLERO.- La retiro, señor, ningún problema y agrego. El señor PRESIDENTE.- Por retirado, superado el incidente. El señor BARBA CABALLERO.- Que por más que se esfuerce el doctor Ferrero, jamás podrá convertir la verdad en mentira ¨no?. Para terminar, señor, creo que efectivamente hay que reformar el Poder Judicial para adecuarlo a determinados patrones éticos y exigencias morales, para lograr esta meta no necesitamos en verdad inventar nada nuevo. Solo requerimos de devolverle su independencia al Poder Judicial, de garantizarle la inamovilidad en los puestos y de dotarlo de una infraestructura adecuada, como también de unos salarios decorosos, y por supuesto, señor, hay que tener mucha paciencia y algo de confianza. Pero lo fundamental, señor, para comenzar bien en este campo, es que tanto el Poder Ejecutivo como el Parlamento, saquen sus manos de este Poder; y con la misma rapidez, señor Presidente, debería de hacerlo ese llamado o mal llamado Tribunal de Honor, compuesto por abogados en ejercicio, lo cual ya es una inmoralidad y que están nombrando su Corte Suprema, señor, y que tal como aquí lo denunció en una oportunidad el Diputado Donayre, podría ser una puerta abierta a la corruptela y otros vicios que obligarían más adelante a una nueva reforma del Poder Judicial. Gracias Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Ferrero, después el señor Nakamura, han pedido también el uso de la palabra el señor Olivera y el señor Mario Paredes. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, nosotros habíamos. El señor PRESIDENTE.- Señor Cáceres, usted pidió hace rato. Acabo de incluirlo en la lista señor Cáceres, yo solamente pongo en la lista a las personas que de alguna manera los noto yo, o sino el señor Reggiardo y el señor Oficial Mayor. Lamentablemente usted no está en la lista, pero estamos poniéndolo. Señor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Señor Presidente, nosotros habíamos comenzado la mañana, a tratar un tema técnico, respecto del cual ... (Continúa en el turno N§ 18)
Jorge Anamaría PLENARIA Mat. 26-7-93 Es señor FERRERO COSTA...(continuando)..nosotros habíamos comenzado la mañana a tratar un tema técnico respecto del cual la bancada de la oposición había anticipado ya en su mayoría que ve con simpatía el proyecto que trae la Comisión de Constitución. Y de repente, el congresista Barba presenta algunas apreciaciones que muy brevemente no podemos silenciar por respeto a los compatriotas peruanos que nos respaldaron con su voto, incluyendo a las minorías. La primera, repitiendo lo que ya dijo el congresista Donayre antes, algunos señores de la minoría todavía discrepan de la existencia del Tribunal de Honor, es su derecho; pero lo que no pueden hacer, es decir, podrían estarse produciendo irregularidades, quieren formar su Corte, es decir, hay que recordar señor Presidente, que el Tribunal de Honor fue creado por una ley de este Congreso, no salió del aire, fue este Congreso el que dijo Tribunal de Honor; y los miembros nombrados para ese Tribunal de Honor fueron nombrados por este Congreso, señor Presidente, es decir el Tribunal de Honor es probablemente la institución mas representativa hoy de las decisiones políticas del Congreso respecto al Poder Judicial. Señor Presidente, es cierto que el trabajo del Tribunal de Honor todavía no ha terminado, pero la cuidadosa prolijidad con que está laborando, la honorabilidad de sus miembros respetado inclusive por la oposición, no puede ser puestas en duda de antemano, prejuiciosamente por miembros de una minoría, un sector de la minoría que en el fondo, Presidente, no quiere reformar el Poder Judicial, y eso debe saberse. El Tribunal de Honor es el punto de partida básico para cambiar el Poder Judicial, quienes no habiendo de terminado de trabajar el Tribunal de Honor lo insultan, lo ofenden, lo denigran, desairan a su Congreso son los que no quieren cambiar el Poder Judicial y eso debe saberse. Presidente, en reciprocidad, solo a mi querido amigo, el doctor Velásquez Gonzales, le voy a conceder la interrupción y después deberé entrar al tema. El señor PRESIDENTE.-El señor Velásquez Gonzales. El señor VELASQUEZ GONZALES.-Muchas gracias, señor Presidente, con su anuencia, muchas gracias doctor Ferrero por su amabilidad. Solamente para hacerle recordar que el Tribunal de Honor fue nominado y elegido por la Comisión de Justicia; y aquí se aprobó este Tribunal de Honor con los votos de la fórmula 44, pero la oposición no estuvo de acuerdo, porque sigue creyendo en la autonomía del Poder Judicial, que debe mantenerse de todas maneras, a mi modo de ver, y ojalá este texto constitucional lo consagre. El señor FERRERO COSTA.- Presidente, yo lamento que algunos colegas sigan entendiendo que la autonomía era que el Congreso nombraba a los Vocales de la Corte, cuando nosotros estamos estableciendo un sistema en el cual no es el Congreso el que nombra a los Vocales ni en la propuesta que está en el propio texto Contitucional. Para algunos congresistas sí, ellos debían venir acá para ser ratificados por el Congreso, nosotros estamos estableciendo una propuesta que eso no va a continuar; pero en cualquier caso, el Jurado de Honor, Presidente, cuenta con la confianza del Congreso, cuenta precisamente más todavía con la confianza de los miembros de la mayoría que hemos introducido este mecanismo precisamente para cambiar la justicia. Pero el congresista Barba ha dicho otra cosa, que no es correcta. Ha dicho, cuando el Presidente de la República menciona algunas atingencias en relación a la acción de Municipalidades, en el fondo lo que hace es desconocer la importancia de los alcaldes. Eso tampoco se puede dejar pasar, Presidente y lo voy a decir por qué. Por primera vez en la historia del Perú, la descentralización se hace a través de los alcaldes, pero cómo, si nunca antes se habían acordado de los alcaldes y ahora de repente la alianza de Cambio 90 y Nueva Mayoría dice "desentralicemos el Perú a partir del municipio, comenzando por el municipio, iniciándolo con los alcades" a este gobierno se le puede decir cualquier cosa menos que desconoce la importancia del gobierno local. .. (SIGUE EN EL TURNO 19) PLENARIA MATINAL 26-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor FERRERO COSTA.- (Continuando)...a este gobierno se le puede decir cualquier cosa, menos que desconocia la importancia del gobierlo local. Una interrupción que me pide la doctora Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias doctor Ferrero, por intermedio de la Presidencia, además creo que es conveniente que se sepa algo; ese llamado pronunciamiento de Alcaldes de la Asociación AMPE; no es sino una minoría de una minoría, ¨por qué?. Porque según declaraciones que ha participado ahí el día de hoy, he tomado conocimiento de que los 1972 Alcades Provinciales y Distritales que hay en todo el país, solo han asistido a esta asamblea 180, por lo tanto se trata de menos del 10 por ciento del total de alcaldes del Perú. Por lo tanto, esa representatividad no existe y esa minoría minúscula que se ha juntado de manera por lo demás extraña, no puede representar o pretender representar a la totalidad de Alcaldes del país que ya se han preocupado de hacer los deslindes respeto de esta extraña asociación y esa extraña dirigencia, que implica pues, que algunos grupos que ha perdido total representatividad todavía pretenden asumirla. Por lo tanto, declaraciones en contra de esta minoría de este grupúsculo de Alcaldes, no de extenderse sino también restringida a ese grupo. Gracias doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Mi colega Cruzado me pide una interrupción, yo ruego que ya no puedo conceder más; porque realmente deseo entrar al tema de que me disculpe mi colega por favor. Señor Cruzado, Presidente con su autorización. El señor CRUZADO MANTILLA.- Señor Presidente simplente para poder ratificar, lo dicho por la Congresista Martha Chávez. El que habla estuvo presente en los días de este Congreso del AMPE; y realmente dejó mucho que desear. En primer lugar asistieron cerca de 500 Alcaldes, y la amplia mayoría de Alcaldes eran distritales, éstos no tenian derecho a voto para demostrar un poco la falta de democracia que ha habido en este Congreso llamado de Alcaldes del Perú. En segundo lugar, realmente dejó mucho que desear el comportamiento de ciertos sectores que cayeron en las prácticas politiqueras de mucho que se ha cuestionado, que ha cuestionado el país. Un Alcalde por ejemplo protestando, se sacó el zapato y se lo puso en la cabeza. Otro grupo de Alcaldes se retiró del Congreso, aduciendo haber sido ofendido; igualmente otro grupo de cierta filiación política. Un poco para demostrar lo que ha significado este Congreso, donde hemos visto las prácticas politiqueras, que nos hicieron recordar de otras épocas, en épocas universitarias, y del típico manipuleo político. Muchas gracias. El señor FERRERO COSTA.- Le ruego, en realidad si sigue concediendo interrupcione Presidente, nos desvian del debate, el doctor Ferández Arce y la Comisión de Constitución han traido aca un texto para ser discutido, y algunos miembros de la oposición quieren desviarnos del tema, cuando nosotros tenemos el deseo de que este asunto pueda concretarse Presidente. Yo solo quería decir una cosa más. Cualquier Congresista puede faltar mañana o pasado mañana si es el caso, mientras llene el señor Presidente de la Prepública; pero nosotros no vamos a permitir, que se quiere engañar al país, diciendo que lo que están presentes aca, manifiestan una decisión personal al señor Alberto Fujimori. No señor Presidente, él viene en calidad de ser el Presidente de los peruanos, elegidos por los peruanos, en consecuencia; aquél que no quiere venir que no venga, pero que no se le acepte delante de nosotros menos, que él viene personificando a la nación, en esta constitución que ellos también juraron defender y que esta vigente; y en tal condición, al margen de discrepancias, elegido por el pueblo, viene a cumplir un deber y será recibido señor como corresponde a los representantes del pueblo. Ahora entrando al tema, lo lamento doctor, le ruego que me permite entrar al tema constitucinal, usted pueden hacer uso de la palabra. Yo debo señor, con toda cortesía en un solo punto discrepar de mi gran amigo César Fernández Arce, mi colega, maestro copartícipe de la enseñanza; y debo discrepar señor amigablemente y en relación a otros colegas, respecto a ese famos punto que se quiere convertir en un caballito de batalla. No por el doctor sino por otras personas, para intentar negar ... (Continúa en el Turno N§ 20)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-MATINAL El señor FERRERO COSTA (continúa).- convertir en un caballito de batalla no por el doctor sino por otras personas para intentar negar el próposito que tiene este gobierno de dar independencia al Poder Judicial. Y me refiero señor al famoso asunto del porcentaje obligatorio. Ya es hora señor de que quede muy claro que quienes están en desacuerdo con un porcentaje estricto y rígido para el Poder Judicial lo hacen por razones de orden que merecen todo el respaldo de la opinión pública porque aceptar un porcentaje tiene los inconvenientes que voy a mencionar. En primer lugar hay que preguntarse lo siguiente. ¨Por qué un porcentaje para la justicia y no para la salud? ¨Acaso no sería justo que dijéramos 3% para los que se mueren en los hospitales, para los sidosos, para los cancerosos, para los niños hambrientos? ¨por qué no? ¨por qué decir sólo Justicia tiene el 2% o el 3%? Y si ustedes me dicen tiene usted razón señor pongamos un porcentaje para Salud, entonces yo pregunto ¨y por qué no para dar de comer al hambriento y un porcentaje para alimentación? Y si me dicen que sí, yo pregunto ¨y por qué no un porcentaje para los municipios como alguna vez lo hizo Colombia?, entonces alguien dice ¨y por qué no un porcentaje para la frontera que son el corazón que protege elrededor de la patria? ¨Acaso hay alguna razón para poner a la Justicia por encima de la salud, por encima del alimento, por encima de la defensa nacional? ¨o es que existe un privilegio que se le quiere conceder porque no hemos sido capaces todos de la voluntad política que es el fondo del problema?, argumento núnero uno. Número dos, ¨qué tanto alboroto con este dos por cientos? ¨Acaso las necesidades no varían? ¨Quién puede asegurar que siempre la Justicia será un porcentaje de nuestras necesidades? ¨Y qué pasa si algún día nos despertamos con la sorpresa no muy lejana de un préstamop extranjero a 3O años con lO de gracia, sin intereses para administrar la justicia en el Perú y para ayudar a financiarla? ¨Qué hacemos entonces con un 2% de carácter forzado? ¨Quién puede decir que la administración de justicia será siempre en la misma intensidad de necesidades por siempre y por los siglos y por los años de los años. Y si las cosas varían ¨por qué ponerle una cantidad rígida en porcentaje?, argumento número dos. Y el tercero es un argumento que viene de la realidad, hemos tenido porcentajes en Educación, ¨mejoró colegas la educación? Hemos tenido porcentaje en Justicia. ¨Mejoró colegas la justicia? No y no. En consecuencia no son los porcentajes los que hacen que las cosas mejoren. Entonces, viene el cuarto argumento. Quiere decir que lo que hace que las cosas mejoren es la voluntad política, la decisión de los gobernantes: Congreso y Ejecutivo, mas no el señalamiento rígido de un esquema que nosotros mismos somos los primeros como los políticos en desobedecer. En última instancia por eso, el juicio sobre de la administración -aquí termino- por el porcentaje está en manos del elector. El elector debe saber juzgar a sus gobiernos cuando supieron mantener una administración de justicia que fuese eficiente y votar en contra de los gobiernos que no supieron hacerlo, como votó el 22 de noviembre en contra de los políticos que no obedecieron armar un poder judicial decente señor Presidente. Y eso sí esperamos que en el próximo proceso electoral la reforma del Poder Judicial sin porcentaje sea lo suficientemente avanzada no terminada como para merecer el veridicto favorable del pueblo que habrá de entender que no se requieren porcentajes para mejorar la administración de justicia. Eso es todo. El señor PRESIDENTE.- Señor Nakamura, después el señor Olivera. El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Con la venia del señor Presidente, una interrupción al doctor Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente: Muy amable al señor Nakamura por su intermedio. Sólo queremos puntualizar los miembros de la bancada de Renovación tres cosas. En primer lugar que todo acuerdo de este Congreso representa al Congreso. En segundo lugar que en cuanto al Tribunal de Honor y a su conformación nosotros hemos dado nuestro voto a favor porque creemos que ésa es la forma de comenzar a independizar al Poder Judicial, y estamos de acuerdo con la honorabilidad y la competencia de quienes hemos nombrado. Y en tercer término que cuando se ha referido el doctor Ferrero Costa al Capítulo de Descentralización... (SIGUE TURNO 21)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL El señor CARPIO MUñOZ...(continuando)...término, que cuando se ha referido el doctor Ferrero Costa al Capítulo de Descentralización y a tratar de convertir a las municipalidades en las protagonistas de la Descentralización, que coincidimos tanto Nueva Mayoría y Cambio 90, como Renovación. Nada más y muchas gracias señor Nakamura. El señor PRESIDENTE.- Continúe señor Nakamura. El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Señor Presidente con su venia continúo. En realidad las apreciaciones que hace el doctor Carpio e igualmente ha hecho el doctor Carlos Ferrero Costa, bastante emotivas y muy magistrales; a mí lo único que me toca decir de que en esta concepción de este marco pluriétnico y pluricultural que se está trabajando este anteproyecto para ser proyecto en estos días, fundamentalmente me interesa de que la parte de la justicia tanto del Perú real y el Perú no oficial. Señor Presidente una interrupción de parte del colega Serrato. El señor SERRATO PUSE.- Jorge Nakamura: Para precisar algo que el doctor Ferrero dijo y quiero dejar muy bien en claro, colegas congresistas. Yo soy chiclayano y el Presidente de los AMPE es Chiclayano el Presidente Arturo Castillo Chirinos; pero estábamos coordinando con el Presidente de los gobiernos locales para en una fecha muy próxima decirle a los periodistas capitalinos de la prensa hablada, escrita y televisada quién es el alcalde. El alcalde hoy viene siendo sentado en el banquillo de los acusados por haber defraudado con los alimentos de compensación social, y para la primera semana de agosto se tiene prevista la sentencia del Tercer Tribunal Correccional que preside el doctor Carlos Celis Zapata, poque este señor practicamente ha traficado con el hambre del pueblo chiclayano. Y esto lo vamos a demostrar con los documentos probatorios en su debida oportunidad. Gracias, señor Nakamura. El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Cuando nosotros escuchamos apreciaciones muy agresivas y muy injustas a nuestra primera autoridad, que es nuestro Presidente de la República, también consideramos que estas apreciaciones no son lógicas y no son justas, ya lo han expresado así los distintos colegas que me han antecedido en la palabra. Fundamentalmente quería hacer recordar de que a estas cinco personas honorables, a estos cinco miembros que se han encargado de iniciar esta reforma del Poder Judicial; también en los pueblos del Ande y en el corazón del Perú profundo existen los sabios, los Amautas a los que nosotros siempre hemos llamado los Hatunruna, que son los más viejos, no quizás de edad sino de mayor experiencia en las comunidades altoandinas, y también así, en las comunidades étnicas de nuestra Amazonía se acostumbra que las personas de mayor experiencia y mayor capacidad tienen que ser aquellas que tienen bastante experiencia. Esto es una sugerencia muy importante, porque días anteriores habíamos expresado varios congresistas con respecto al idioma de oficializar el Quechua fundamentalmente y el Aymará, porque nosotros conocemos los usos y las costumbres de nuestro pueblo andino muy directamente y más en especial después de estos doce años y medio de violencia hay aproximadamente un millón setecientos desplazados. El año 1980 en el Perú y en Lima en especial éramos cuatro millones de habitantes, actualmente creo que bordeamos los ocho millones. Hay un millón setecientos mil desplazados de Ayacucho, Huancavelica, Apurimac, Cuzco, Cerro de Pasco, Cajamarca y la mayor parte de la zonas que han sido violentadas en el país. Y este alejamiento del pueblo peruano a nuestro concepto de lo que es justicia, y así también como lo ha expresado uno de los colegas congresistas, a veces suena no quizás para sonreir, pero sí como una palabra cuando uno habla de justicia se encuentra en una dificultad muy profunda. Es por eso, que yo refrendo al igual que casi todos aquellos que hemos apoyado a estos cinco miembros honorables... (continúa en el turno 22)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- (Continuando)... al igual que casi todos aquellos que hemos apoyado a estos cinco miembros honorables, para que inicien esta reforma constitucional y nosotros, me felicito, que hoy día iniciémos esta discusión y este debate con respecto al Poder Judicial y más que todo, la parte administrativa. Una de las funciones esenciales en todo estado de derecho, es la de administrar justicia y através de ella, resolver los conflictos que puedan suscitarse en forma definitiva, pacífica y legítima; sin embargo, la administración de justicia atravieza una crítica situación, pues no solo ha demostrado su reiterada ineficacia y falta de independencia, sino también su carencia de legitimidad social. Frente a este estado de cosas, se requería una Reforma Constitucional, destinada a fortalecer su independencia, a la par de sensibilizar su actuación, frente a una ciudadanía que se siente mayoritariamente despojada, desconfiada y alejada de ella. En el proyecto que nosotros estamos elaborando o que nosotros estamos inmediatamente discutiendo, sobre la base de un documento preparado por una Comisión designada por la Corte Suprema de Justicia, si bien introduce importantes reformas, cuenta también con algunos aspectos cuestionables. Uno de esos aspectos cuestionables y que generalmente a las Zonas de Emergencia nos competen y muchos ciudadanos nos han hecho llegar, señor Presidente, sus apreciaciones, es con respecto a la Unidad de Función Jurisdiccional y Tribunales Militares, que así lo ha expresado el doctor Henry Pease; aparte de algunos aspectos de técnica e información jurídico- constitucional, como referencia al derecho a la tutela judicial efectiva, en forma mutilidada. Nosotros queremos que el concepto de justicia sea total e integral y resulta contradictorio referirse a la Unidad de la Función Jurisdiccional y otorgar una ámplia competencia a los Tribunales Militares, para el juzgamiento de civiles y una imposición de la sanción más drástica, que es la Pena de Muerte, incluso sin permitir la posibilidad de interponer Recurso de Casación ante la Corte Suprema, contra sus fallos, en caso que afecten los derechos humanos. Debe tomarse en cuenta, que los integrantes de estos Tribunales, son militares y muchos de ellos asimilados y también la legitimidad de su actuación, cuando se encuentra súmamente cuestionada. En las Zonas de Emergencia en la actualidad y fundamentalmente en los pueblos alejados a los centros urbanos, existe casi un total desconocimiento de los derechos universales fundamentales, de la Carta de las Naciones Unidas, es por eso que hago este énfasis y una sugerencia a los maestros en Derecho, que están presentes acá en el Congreso Constituyente Democrático, para que se tome en cuenta, en forma total y global, esta integración de lo que es el concepto de justicia, en un país pluriétnico y pluricultural. Muchas gracias, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Muchas gracias, señor Presidente: Y gracias, con toda sinceridad, por las muestras que usted y cada uno de nuestros amigos congresistas, han tenido hacia mi persona, en este 26 de Julio, en donde estamos cumpliendo 35 años de edad, alguien dice que esta es la edad de la maduréz, tenemos el reto de así demostrarlo en los próximos dias. Señor Presidente, ha sido realmente grato y reciban todo mi agradecimiento, pero más grato señor Presidente es que en esta fecha especial, estemos aquí discutiéndo el Capítulo del Poder Judicial, que tiene como objeto tratar que la justicia no sea solo una palabra, tratar que se administre realmente justicia en el Perú y ese es un sueño, diría yo de Siglos, no solo los peruanos, sino en general de todos aquellos que son víctimas de injusticias y particularmente para nuestro grupo político, señor, es algo fundamental, tan fundamental que resumíamos, nuestra aspiración de actuar en política en nuestro lema... (Continúa en el Turno No. 23)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 26-07-93 El señor OLIVERA VEGA.- Continuando)... fundamental, tan fundamental que resumíamos nuestra aspiración de actuar en política en nuestro lema, se hara justicia! y para hacer justicia, señor Presidente, siempre hemos considerado que es necesario que hay un Poder Judicial que tenga la confianza del pueblo por sus hechos, por sus resultados y para eso, tenemos nosotros que dotarle de todo el marco constitucional y legal, de tal manera que no sea simplemente declarativo el texto sino que sea un posibilidad real que el puebo peruano alcance justicia a través de sus autoridades. Nosotros desde que insurgimos como grupo en el quehacer político en enero del 90, dijimos algunas cosas, dijimos que era necesario depurar el Poder Judicial y despolitizar los nombramientos judiciales; decíamos en enero del 90, todo esfuerzo moralizador de la justicia queda en nada si es que existe un Poder Judicial que aplique la ley por igual a todos los ciudadanos, sin distingos de jerarquías oficiales y sin otro tipo de consideración que las exclusivas de la administración de justicia. La realidad, es que en la mayoría de los casos obtiene justicia, quien goza de la influencia política o quien compra conciencias de jueces penales, el cuestionamiento público y oficial ha alcanzado los mas altos niveles del Poder Judicial, ya que se ha dado el caso de Vocales supremos enjuiciados por liberar a un probado narcotraficante, así como la grave denuncia formulada por la Contraloría General respecto a la adquisición sobrevaluada de automóviles y equipo de oficina realizadas por Vocales Supremos. Esta situación no puede ni debe continuar en una democracia, el FIM cree y defiende la autonomía del Poder Judicial y las garantías de la administracion de justicia, pero también cree que estos principios no son incompatibles con la causa nacional de la moralización y la justicia, por eso propone, proponía en enero del 90, señor, una modificación constitucional que otorga el Consejo Nacional de la Magistratura, atribuciones extraordinarias para proceder a una ratificación extraordinaria de los magistrados del Poder Judicial y de miembros del Ministerio Público. Igualmente en enero del 90, proponíamos considerar que el actual sistema de nombramientos de los magistrados los hace depender del favor político, ya que en última instancia es el Presidente de la República el que lo nombra; y en el caso de los magistrados supremos, el Senado de la República el que los ratifica. El FIM proponía que sea el Consejo Nacional de la Magistratura la institución constitucional que seleccione y designe a los magistrados del Poder Judicial y miembros del Ministerio Público, y consideraba necesario establecer en la Nueva Constitución y la ley respectiva las garantías necesarias para una conformación representativa y apolítica de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura. También en enero del 90, ya nosotros exigíamos el cumplimiento de la norma constitucional que otorgaba al Poder Judicial no menos del 2% del Presupuesto General de la República, he querido, señor Presidente, con esto, dejar constancia que esta aspiración del pueblo peruano es una aspiración que nosotros recogimos en nuestra declaración de principios, y que hacemos honor a esa declaración de principios cuando mas allá de las discrepoacnias que se han venido presentando, hemos trabajado con transparencia y con lealtad en la Comisión de Constitución y aquí en el Pleno, apoyándo las iniciativas que en efecto podían hacer realidad lo que el pueblo peruano demanda. Nosotros creemos, señor, que este es un capítulo fundamental, sustancial, qque si logramos en efecto el mayor de los concensos, que si logramos en efecto despolitizar al Poder Judicial, si logramos darle la mayor de las garantías a la administración de justicia para que se aplique la ley por igual a todos los ciudadanos, para que sea verdaderamente un Poder judicial independiente y autónomo, estaremos dando un paso importantísimo en la consolidacion de la democracia y el estado de derecho. Es mas, señor Presidente, nosotros creemos que un Poder Judicial autónomo, independiente, unPoder Judicial que además de autónomo e independiente funciona y hace justicia oportuna y real, es la mejor garantía... (Continúa en el Turno N§ 24) SESION PLENARIA (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 26-07-93 El señor OLIVERA VEGA.- _(continuando)_ y hace justicia oportuna y real, es la mejor garantía para que funcione una economía social de mercado. Es inherente, señor, a la democracia y es inherente también al sistema que funciona en muchos países del mundo en donde la mayor garantía, inclusive para el propio consumidor, inclusive para el ciudadano que puede ser víctima del abuso del poder estatal, es un Poder Judicial que funciona. Por eso, señor, nosotros coincidimos en gran parte en los avances que se hacen en el Texto Constitucional propuesto. Creemos sin embargo, que habría que considerar algunas innovaciones que podrían remitirse sus definiciones a la ley respectiva. Nosotros creemos, que la ciudadanía debe tener una mayor participación en la administración de justicia y en la fiscalización de los magistrados. Creemos que la experiencia de los últimos años y décadas no ha sido la mejor para el Perú. Por eso es que se ha perdido confianza y fe en el Poder Judicial, por eso más allá, señor, de lo que fue recoger un clamor popular de decir, ese Poder Judicial no puede continuar y tratar de renovarlo violentamente inconstitucionalmente, cosa que no compartimos, había que hcer algo como en efecto, todavía hay que hacer no sólamente algo, sino mucho en esta reforma. El Poder Judicial, señor, se ha apartado de la realidad, se ha mantenido y se mantiene en una nube fuera de la relaidad nacional y el pueblo en su conjunto, no sólamente los litigantes sino la ciudadanía en su conjunto, demanda participación para acabar con ese monopolio de la arbitrariedad que ha sido lo que mayoritariamente ha caracterizado a nuestor Poder Judicial, producto de malos magistrados. Hay por supuesto las excepciones honrosas, que creo que están demás citar, pero para simbolizar esas excepciones honrosas en la administración de justicia, bastaría citar los dos nombres de los ilustres constituyentes que hoy día nos acomapañan; don César Fernández Arce, Presidente de la Corte Suprema de Justicia por dos veces que justamente es la excepción que confirma la regla en ese Poder Judicial tan criticado y tan denostado con justicia; y don Gonzalo Ortiz de Zevallos, Juez Decano en su debida oportunidad y Primer Fiscal de la Nación con la nueva Constitución. Señor Presidente, nosotros lo que quisiéramos es que se abra la posibilidad para que el pueblo pueda participar en la administración de justicia en determinados tipos de juzgamientos para determinados delitos, mediante una Institución que ciertamente ha merecido un gran debate en el pasado, pero que sería cuestión de considerar hasta qué punto se le puede colocar al pueblo paraticipando en la administración de justicia a través del sistema de jurados, para determinados casos que la ley determinará, en un tipo de procedimiento que bien podría ser sometido a prueba para poder probar justamente su eficacia. Yo hubiera querido, señor Presidente, que por ejemplo para los casos de corrupción de funcionarios, los casos de enriquecimiento ilícito, los casos de abusos de poder, el pueblo pudiera participar a través de jurados en esos juicios; y dar su veredicto, inocente o culpable. Yo hubiera querido seguramnete algo que parecería una barbaridad; y por eso no la hemos planteado oficialmente ni la planteamos. En esos casos de corrupción en donde tan fácil es robar, enriquecerse a costa del hambre del pueblo y tan difícil es la probanza, señor, aquellos delincuentes que merecen las sanciones más ejemplares, sin embargo muchas veces son beneficiados con el principio que la duda favorece al reo. Yo sé que en ninguna parte del mundo funciona o muy pocas el principio contrario de la duda, favorece a la sociedad. El principio que si funciona hasta donde conozco dentro de lo que es el deber del Ministerio Público cuando defiende a la sociedad, debe acusar aplicando el principio de indubio pro societate. Pero, señor Presidente, yo comprendo las limitaciones y que no podemos ponernos al margen de lo que es una adminstración de justicia aceptada por los Estados democráticos; y que podría prestarse quizás a excesos o abusos e inclusive a persecuciones y venganzas políticas mientras no estén plenamente_ (CONTINUA EN EL TURNO - 25)
Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...por los estados democráticos; y que podría prestarse quizás a excesos o abusos e inclusive a persecuciones y venganzas políticas mientras no estén plenamente vigentes todas las garantías que permitan una administración de justicia independiente, autónomo, con un ejercicio de la defensa debidamente garantizado. Señor Presidente, sí hemos planteado contemplar entonces la posibilidad de la incorporación del pueblo a través del sistema de jurados, y también quisiéramos, señor, que independientemente de esta propuesta, el pueblo pudiera participar en la fiscalización permanente de los magistrados; y que se pudiera reconocer no solamente la posibilidad de la revocatoria del cargo de un mal magistrado con los debidos requisitos que establezca la ley correspondiente de la participación y fiscalización popular, no solamente en el nombramiento de jueces de determinada instancia, sino a través de lo que creemos debería ser un órgano de control externo del Poder Judicial. Ahí habría que hacer una propuesta imaginativa, de tal manera que se pueda integrar también el pueblo; porque si en algo ha contribuido la pérdida de confianza del pueblo en el Poder Judicial, es porque sus órganos de control interno han malentendido lo que es una solidaridad con el colega y porque lamentablemente la inconducta, la corruptela se ha institucionalizado; y el vocal superior corrupto le pide el favor al juez de primera instancia corrupto y el supremo también a ambos, y todos de alguna manera han hecho de la corrupción, del compadrazgo una institución que tenemos que exterminar. Y que tenemos que velar permanentemente para romper ese monopolio y esa tentación en la que pueden caer malos magistrados. Nosotros quisiéramos que se pueda considerar la posibilidad de un órgano de control externo dentro del Poder Judicial. Hay otros temas, señor Presidente, en los cuales podrían haber aportes; y adelantamos que consideramos aún importante que se mantenga la institución del Tribunal de Garantías Constitucionales. Nosotros hemos sido duros críticos de la actuación del Tribunal de Garantías Constitucionales. En los hechos no fue ninguna garantía constitucional la existencia de este Tribunal porque fue deformado en su origen, nació mal, señor, en la ley orgánica, se pusieron exigencias fuera del sentido de justicia constitucional en su conformación; y finalmente los delegados que llegaron, llegaron con un compromiso político que al final neutralizaba la actuación de magistrados que deberían tener como único mandato el hacer respetar la Constitución ante una vulneración flagrante. Además, señor Presidente, se daba el caso que en la ley orgánica para alcanzar un fallo había que llegar a determinado número de votos, que traía una serie de negociaciones y de paralización del propio sistema del Tribunal de Garantías Constitucionales; y en los últimos tiempos, señor Presidente, observamos que los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales actuaban por consigna política partidaria, cosa que denunciamos oportunamente. Y no solamente que lo denunciamos oportunamente, sino que tuvimos trabajando conjuntamente antes del cinco de abril, al igual que en el tema del Poder Judicial, también en el tema del Tribunal de Garantías Constitucionales con los delegados del gobierno al más alto nivel. No cometemos aquí ningún tipo de infidencia porque ya es un hecho histórico y público, cómo es que en efecto estuvimos trabajando representantes de los partidos de oposición nada menos que con el primer ministro de ese entonces, el señor Alfondo de los Heros; y cómo es que al cinco de abril ya existían proyectos de ley presentados justamente para poder renovar ese Tribunal de Garantías Constitucionales y reemplazar esos malos elementos que estaban actuando con direccionalidad política partidario en contra de los intereses nacionales. Aquí, señor, se presentarón las leyes correspondientes, que interpretaban cómo es que el límite de edad también era aplicable a los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales y de esa manera podíamos limpiar y renovar ese tribunal... ( SIGUE EN EL TURNO N§_26 )
Transciptor: ROBERTO OSHIRO T. 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...cómo es que el límite de edad también era aplicable a los miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales y de esa manera podíamos limpiar y renovar ese Tribunal. Y se podía abrir la puerta además con los proyectos de ley que pudieran perfeccionar la actuación del Tribunal, pero de allí, señor Presidente, a eliminar esta institución que lamentablemente en los doce años que ha estado funcionando no ha hecho honor al alto encargo Constitucional, nos parece un extremo inconveniente. Por eso creo, al igual que lo hemos planteado en la Comisión de Constitución que se debe rescatar e independizar el control Constitucional de lo que es la Corte Suprema de Justicia. Señor Presidente, creemos también que el tema de las ratificaciones a los Jueces y Magistrados debe estar considerado expresamente en el texto Constitucional, si bien la garantía de la administración de Justicia de la inamobilidad en el cargo ha sido mal entendida y mal aplicada, y se hacía en los hechos prácticamente imposible poder remover a tan malos Magistrados, pues, señor Presidente, creo que la alternativa propuesta de ratificar periódicamente, no en plazos tan cortos, sino cada 5 años podría ser, a los Magistrados por cuenta del Consejo Nacional de la Magistratura sería saludable. Y creemos, señor Presidente, que evidentemente es momento oportuno para hacer la reflexión respecto al futuro inmediato de nuestro Poder Judicial, hay una actuación -que es cierto- por mandato de una ley Constitucional del Congreso Constituyente, se conformó el Jurado de Honor. Es cierto también que la conformación de este Jurado de Honor y su competencia contó con los votos en contra de la oposición en su conjunto, pero, señor Presidente, ¨qué cosa está pasando y qué cosa puede pasar en los próximos días?, nosotros le hemos dado confianza a pesar que no hemos participado en el nombramiento de los miembros del Jurado de Honor. Y estamos viendo con preocupación sin embargo, que ese encargo recibido de alguna manera se puede estar tergiversando. Hemos leído con preocupación declaraciones que han dado voceros, miembros de este Jurado de Honor, en donde resultaría siendo el Jurado de Honor un Jurado de excelencia, en donde está calificando a los dioses de la Justicia y a los humanos de la Justicia, y que además, señor Presidente, sin hacer cargo sobre la honorabilidad de los miembros del Jurado -que no los estoy haciendo, ni los estoy insinuando- todos nos merecen el mayor respeto, creemos que estamos frente a un desafío ante su primer informe; da un informe donde aparentemente se estaría cometiendo injusticias con algunos miembros del Poder Judicial nombrados provisionalmente. Nosotros que mantuvimos la posición principista de sostener que el Poder Político no debe intervenir ni en la ratificación, ni en el nombramiento, en consecuencia deberíamos de mantenernos al margen de esas decisiones ya adoptadas por el Jurado de Honor, pero que va a pasar, señor Presidente, yo me temo que en efecto aquí, ante errores que se pueden haber cometido, se le podrá enmendar la plana a este Jurado de Honor, y qué va a pasar en los próximos días también en cuanto a su actuación. Me permitiría terminar la argumentación, tal vez usted pueda aportar. Va a terminar en los hechos realizando concursos para llenar esas vacantes de Corte Suprema a Jueces de Primera Instancia, con nombramientos que van a trascender por lo menos al próximo quinquenio; y entonces tendríamos que preguntarnos ¨por qué tanta desesperación? si es que en la primera quincena de Agosto, días más, días menos, estará listo el texto Constitucional y en los primeros meses, los próximos meses después del referéndum podrá ser promulgada el texto de la nueva Constitución e iniciar todo un proceso de selección con todas las garantías debidas de plena independencia y de plena autonomía de los Magistrados en cuanto a su sistema de nombramientos, tal como se estaría proyectando en el texto de la nueva Constitución. Y por qué entonces, no empezar a aplicar ese ideal de independencia y autonomía en el nombramiento desde ya, desde ya, desde ahora; por qué no entonces, ... (Continúa en el turno N§ 27)
Jorge Anamaría PLENARIA Mat. 26-7-93 El señor OLIVERA VEGA..(continuando)...Constitución y por qué, entonces, no empezar aplicar ese ideal de independencia y autonomía en el nombramiento desde ya, desde ya, desde ahora; por qué no entonces reexaminar esta decisión adoptada por el Congreso Constituyente, poder meditar, reflexionar y adoptar un correctivo y demostrar en los hechos, que sí, lo que se quiere es un Poder Judicial autónomo e independiente desde ahora, no desde los próximos cinco años. Me pide una interrupción el señor Ferrero Costa. El señor FERRERO COSTA.- Señora Presidente, me permite? La emoción de nuestro colega que celebra su onomástico lo ha hecho olvidar que hemos acordado discutir nombramiento de jueces después de este capítulo. El está adelantando esta materia. En todo caso, es bueno decir lo siguiente. Este Congreso no está obligado a aceptar la recomendación del Jurado de Honor, este Congreso puede rechazar si quiere la recomendación que formula el Jurado de Honor. Gracias, Presidente. El señor OLIVERA VEGA.- Sí, señora Presidente, yo no me he olvidado, he estado debidamente informado amigo Ferrero. Lo que pasa es que estamos en la discusión general de lo que es un Poder Judicial independiente, autónomo, de lo que es tema de ratificaciones y de lo que son garantías para la administración de justicia; y en ese contexto es que estoy adelantando preocupación sobre el tema del Poder Judicial y el futuro inmediato; las declaraciones que pueden ser muy buenas y los sistemas que pueden ser excelentes, que aquí se va a incorporar en el texto constitucional y el futuro inmediato, estos próximos años, independencia del Poder Judicial, del Ministerio Público, ese Consejo de la Magistratura, todo eso es algo que tenemos que abordar y por eso, es que queremos que empecemos a pensar qué salida podemos darle. Yo sé de quienes en consecuencia están defendiendo lo que es la propuesta constitucional en mayoría, pero quisiéramos que esa propuesta constitucional se haga realidad en el mas corto plazo, que no nos dejen entonces, Magistrados nombrados por el poder político para los proximos cinco años, en cuyo caso, tendríamos que dudar de las intenciones de algunos, hay de quienes no dudamos ciertamente, pero si no lo aplicamos de inmediato no tendremos un verdadero Poder Judicial independiente y autónomo del poder político y tendríamos las injusticias, además, de poner en el mismo nivel a Magistrados corruptos, a Magistrados rechazados por la opinión pública con aquellos que simplemente no tienen las categorías de excelencia que está revisando el Tribunal de Honor; y tendríamos entonces esa paradoja que indigna a la conciencia ciudadana que hoy día Magistrados repudiados, que deberían estar siendo sometidos a proceso judicial para su próxima sanción reciben su pensión reajustada como si fueran Magistrados honorables. Allí está -me recuerda Willy Serrato- ese nefasto Mendez Osborn o esos Vocales que absolvieron inconstitucional e ilegalmente, perdón, no lo absolvieron, que se negaron a abrirle el juicio incumpliendo el mandato constitucional por citar determinados casos; o aquellos que absolvieron a Perciles Sánchez como lo hemos recordado hace mas de dos años. Entonces, en este contexto tenemos que abordar y adoptar una definición en consecuencia; sinó, señor Presidente, al pueblo hay que decirle la verdad clara y transparente. Habrá independencia y autonomía de aquí a cinco años, mientras tanto no, señor Presidente, aquí saldrá el nombramiento político del Congreso de la República con intervención del Presidente y dejando todas estas aspiraciones a un futuro incierto, qué pasará de acá a cinco años, señor. Creo, señor Presidente, que también el tema presupuestal es necesario abordarlo directamente en materia constitucional; y nosotros queremos reformular nuestro planteamiento.... (SIGUE EN EL TURNO 28) PLENARIA MATINAL 26-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...queremos reformular nuestro planteamiento, el tema de asignar un porcentaje específico, del Presupuesto general de la República al rubro de Poder Judicial, puede parecer rígido, puede parecer fuera de la realidad. Lo que sucede, que habría que poner una aspiración mínima, que dote de una garantía mínima al Poder Judicial, para poder efectivamente liberarse de esa dependencia del poder político; y para además por hacer de la justicia eficiente, eficaz, que tenga los medios económicos para implementar la modernidad al Poder Judicial con los medios logísticos necesarios para poder capacita al su magistrados y al poder auxliar y que no tenga permanentemente que ser el mendigo de toda la estructura del Estado en este transitar presupuestal. Y entonces señor Presidente, refleccionando nos atrevemos a proponer el mismo trato que al Poder Legislativo; se le de al Poder Judicial, que el Poder Judicial elabore su presupuesto, conformes en que lo hará con la debida responsabilidad; que los discuta en la elaboración del presupuesto con ambos poderes del Estado, Ejecutivo, Legislativo, pero que una vez que el Poder Judicial, elabore ese presupuesto y lo apruebe por la instancia debida, que puede ser el Consejo Supremo, de administración judicial, la denominación exacta que se le ha dado, se incorpore en el prespuesto general de la República, señor. Se incorpora, no se discute ni por el Eecutivo ni por el legislativo, se incorpora tal cual, asi como se incorpora el Presupuesto del Poder Ejecutivo, igualito, ambos somos Poderes del EStado, y ambos debemos merecr igual trato, y si queremos realmente sentar las bases para una verdadera reforma del Poded Judicial,hay que darle los intrumentos necesarios. Señor Presidente, hay como digo otro tipo de aporte, pero. El señor PRESIDENTE.- Le voy agradecer, ha hecho uso de cinco turnos, la Presidencia le ha concedido tres minutos más, le ruego concluir, gracias. El señor OLIVERA VEGA.- Voy a terminar, con dos temas puntuales, el señor Presidente de la Comisión ha hecho referencia a lo que es un tema concreto que se también se va tratar en otra instancia, que es el tema de la pena de muerte, ese es un tema en efecto, sella lo que es la libertad de conciencia. En esto debe haber libertad para decidir, y así lo estamos entiendo en nuestra agrupación política, sin embargo es importante, señalar para su debida oportunidad que hay que señalar las repercuciones de la implantación de la pena de muerte dentro del orden jurídico internacinal. Y dentro de las consideraciones, de política internacional que tiene que tener nuestro país, tenemos también que decir que la pena de muerte, es si empliara ninguna manera, va poder funcionar de manera retroactiva, esto el pueblo tiene que saberlo, porque, no vale engañar al pueblo, y sería realmente forzado, una interpretación, en el sentido de que si ahora se aprobara la pena de muerte, para el terrorismo, para narcotráfico que es mi propuesta particular, para gobernantes corruptos, no podría ser aplicada por ejemplo para Abimale Guzman, o para Polay, o para García, o para cualquiera de todos aquellos que se sería posibles de ser aplicado. Entonces esto tiene que estar presente en el debate, con trasnparencia, para que se tome una decisión correcta y se pondere toda la repercuciones de esta decisión trascendente. Creemos también señor Presidente, para culminar, que es lamentable, el pronunciamiento que el fin de semana ha tenido el Presidente de la República respecto a los Alcaldes. Y voy a hablar solo un minuto, realmente lo tengo que tratar; porque aquí se traido a tema, a debate, y digo que es muy lamentable, porque ha demostrado y ha evidenciado, su falta de conciencia y espíritu democrático, nos guste o nos guste, como pues una elección, yo no se cual representativa sea .... (Continúa en el Turno N§ 29)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-Matinal El señor OLIVERA VEGA (continúa).- espíritu democrático. Nos guste o no nos guste hubo pues una elección, yo no sé cuan representativa sea ahí en el AMPE, y esos señores yo no sé si siguiendo consignas políticas o no, no estoy en la interioridad ni me interesa estar en la interioridad de determinados partidos políticos han dicho su palabra. Y en una democracia hay que aceptar la crítica, sin embargo la reacción del presidente de la República ha sido realmente desmedida y amenazante con un agravante: ni siquiera ha sido justo en hacer distingos. Ha metido una vez más en el mismo saco a justos y pecadores y ha evidenciado algo que debería de preocupar a la mayoría cual es su verdadera concepción del esquema descentralista o regionalista, cual es su concepción de cómo es que deben de funcionar los pueblos del Perú en su desarrollo, todo el poder está en manos del presidente de la República porque el verdadero poder es el poder presupuestal, el poder de gasto. De nada sirve dar una serie de facultades si no va a tener la libertad y la autonomía económica, sea el gobierno local o sea el gobierno regional. Y es lamentable y por eso tenemos que rechazar categóricamente ese tipo de actitudes que realmente dejan mucho que desear del presidente de la República que una vez más lo pintan de cuerpo entero. Si él pudiera haber dicho como dijo en Brasil que sacaría catana para aplicársela a todos los alcaldes del Perú y si tuviera un revólver frente a los alcaldes del Perú de repente también hacía uso de él. Ustedes tienen que llamarle la atención al presidente de la República en vez de reventarle cuetes como algunos lo están haciendo acá. Y tenemos que volver entonces a defender verdaderamente los derechos de los pueblos del Perú a través de sus legítimas autoridades. La señora PRESIDENTA.- Señor Olivera, le ruego que concluya por favor, ya culminaron todos sus tiempos y el tiempo adicional que le entregó la presidencia. El señor OLIVERA VEGA.- Sí señora presidenta, termino, y termino lamentando declaraciones que se han dado con verdadera soberbia, llamando minorías a representantes de los pueblos del Perú, llamándolos grupúsculos, y queriendo acomodar la representatividad de esta asamblea, que yo no tengo por qué ser notario público de ello, en función a los resultados de quien ha salido elegido, eso no es válido y eso ciertamente nosotros tenemos que rechazarlo y no compartirlo. Por eso es que estamos trabajando algún tipo de satisfacción a todos los alcaldes del Perú, en los cuales inclusive hay representantes de tiendas opuestas pero a los cuales no podemos negarles su origen legítimo de la voluntad popular que ejercen a través de sus cargos y olvidar el enorme esfuerzo que en la lucha antisubversiva vienen dando y lo importante que son para poder derrotar definitivamente al terrorismo. Eso es todo, señora presidenta, y le agradezco su tolerancia. La señora PRESIDENTA.- Gracias, señor Olivera. ¨Una cuestión de orden de la congresista Lozada? La señora LOZADA DE GAMBOA.- Señora Presidenta, era mientras el señor Olivera estaba desviándose del tema. El tiempo adicional debería ser para dedicarse al tema concreto, no para estar haciendo apreciaciones que no vienen al tema. La señora PRESIDENTA.- La presidencia toma debida nota, congresista. Tiene la palabra el señor Mario Paredes. El señor PAREDES CUEVA.- Presidenta: En realidad hablamos de reflexiones y a veces no hay reflexiones. No sé esa palabra reflexión voy a tener que volver a mirar el diccionario qué significa reflexión. Se ha hablado, he contabilizado catorce veces la palabr reflexión y no ha habido ninguna reflexión. Yo creo que este Congreso vamos a tener que tratar de hacerles un regalo a todos de un diccionario para emplear las palabras correctas. Presidenta: Acá también el 7O% de este Congreso votó por el Tribinal de Honor, el 7O%. Yo no creo que los que hemos votado estemos tan equivocados como quieren hacernos ver. Pido a la Comisión de .... (SIGUE TURNO 30)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL El señor PAREDES CUEVA...(continuando)...como quieren hacernos ver. Pido a la Comisión de Justicia que nos haga llegar lo antes posible los informes que han recibido, porque la mayoría -creo- que de los congresistas no lo tenemos, y esperamos que la Comisión de Justicia inmediatamente proceda a entregarnos los informes que ha recibido de este Tribunal de Honor para juzgarlo, en realidad ya con documentos. Esta nueva Constitución, Presidenta, también incluye en este capítulo nuevas figuras, en una de las figuras que incluye como novedad es la participación popular en el nombramiento y revocación de autoridades. Es un capítulo importante, es una figura importante, creo que se está avanzando en esta Constitución. Pero, sí me preocupa algo del Artículo 158§ del Régimen Penitenciario, Presidenta, todavía en nuestras cárceles hay un descuido total en el sentido del bien social, todavía nuestros presos en vez de salir, ir a reeducarse, a instruirse; salen a veces perfeccionados en el delito. Es importante que tengamos presente incluir en nuestra Constitución un pequeño aporte que voy a hacer. Que debería decir : "El Régimen privatido de la libertad tiene por objeto la reeducación, la rehabilitación y la reincorporación del penado a la sociedad", porque en realidad son los principios de una función juridiccional y derechos en el proceso. Es importante considerar esto, Presidenta, porque a veces por la miseria, por lo que hemos pasado, por esta recesión, quizás muchos por desesperación se encuentran ahora detenidos. Otro punto importante que quisiera que el doctor Pease me escuche, quisiera por favor pedirle la atención al doctor Pease; porque yo nunca me imaginé que el doctor Pease pueda utilizar documentos políticamente, nunca lo imaginé, porque lo conozco hace mucho tiempo, sé de su caballerosidad, sé de su vehemencia, sé de su lucha. Pero, sí quiero enfocar una cosa que sea un puente para que la Comision de Constitución, quizás en realidad ahí si quisiera un poco que recapacite en lo que voy a explicar. Una cosa es hablar en las circunstancias, cuando estamos en guerra, cuando estamos en privatización, cuando estamos en reinserción, cuando estamos con un pueblo sacrificado ya por muchos años, por una devaluación terrible, una inflación posterior, ver esas circunstancias en un contexto general; entonces, nosotros teníamos que votar por cosas que a veces el doctor Pease sabe perfectamente que no debíamos haber votado, pero apoyamos por el problema que se presentaba. Ahora, en estos instantes, el doctor Pease habla -que la Suprema debe haber- de la Justicia Militar, nosotros también creemos que debe ser así, pensamos que debe ser así; pero en aquellos momentos decidimos no apoyarlo, ahora en cambio lo apoyaríamos, porque ya no estamos en un marco político, en un marco de derechos humanos, en el marco de la pelea entre peruanos. Hoy por lo menos, 28 de julio, debíamos comenzar a unir nomás; y sin embargo, comenzamos con un gran saludo a mi colega Olivera y comenzamos en pocos momentos vuelta a la desunión. Entonces, creo que ese puente que estoy tendiendo entre el doctor Pease y la Comision de Constitución es importante, es importante -también creo- comprender que todo, no puede perder este Congreso su fiscalización... (continúa en el turno 31)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor PAREDES CUEVA.- (Continuando)... todos, no puede perder este Congreso su fiscalización, su investigación, no debe pérderlo por ningún motivo, ya pasaron las circunstancias, fueron momentos tensos, fueron momentos dificiles, a veces, hay momentos de decisión muy difíciles, pero ya pasaron, ahora recapacitemos, ahora sí reflexionemos. Ahora si reflexionemos, es el momento de reflexionar todos, lo mismo le diré a los Alcaldes de todo el Perú, que lo primero que debían ver, es la moralidad de los Municipios, primero debían empezar viendo eso, la moralidad de los Municipios, porque todos sabemos y es de público conocimiento , que todos los días hay denuncia en los periódicos por grandes desfalcos, imagínense, si no cuidan el dinero de los pobres ciudadanos, de los pobres contribuyentes, menos van a cuidar los dineros del Estado. Entonces le pido a los señores Alcaldes del Perú, que primero deben hacer todos un Forum, para que le sirva de moralización, empecemos por moralización y quizás, despues ya vamos a hablar de otros asuntos políticos o de otros asuntos económicos; no podemos aceptar que a este Congreso lo estén criticando por el hecho de no estar de acuerdo con lo que ellos aspiran, porque a veces aspiran a llenarse los bolsillos únicamente. Presidente, quiero terminar diciendo a mis colegas, que creo que en Agosto debemos empezar en otra forma, debemos, en realidad debe ser este Congreso una lucha de ideas, un enfrentamiento de ideas, un enfrentamiento de ideologías, que este Congreso sea así y no acá, de conveniencias personales o de intereses personales. Antes de terminar quiero darle, me está pidiendo Presidente, con la venia de usted. El señor VICUñA VASQUEZ.- Señor Presidente: Estimados colegas, en el poco tiempo que me falta, solamente quiero hacer dos precisiones en cuanto a este Capítulo, concordando casi en todos los demás. Es el hecho de que en un país no puede haber una isla con modos propios, tanto territorialmente ni orgánicamente, por eso mi extrañeza de que la Comisión de Constitución no haya incorporado en el artículo 160§ la función de la Corte Suprema, también de revisar los fallos de los Tribunales Especiales, como en este caso es del militar, por eso invoco, coincidiéndo con el planteamiento de la Izquierda Unida y rescatando la segunda parte o la tercera parte del artículo 237§ de la Constitución vigente, debe restituir ese principio de que los fallos de los Tribunales Especiales, también sean incorporados en la decisión de la Corte Suprema, como máxima instancia; reiterando de que todo organismos es, el Poder Judicial es independiente, autónomo, dentro de un Estado soberano que es el Perú y no debe haber Tribunales Especiales como islas sagradas, con modos propios o formas de aplicación dentro del Sistema. Asimismo invoco a la Comisión de que debe restituir el artículo 234§ de la Constitución, en el cual, de que toda persona tiene derecho a pedir al Juez de Turno, que le pueden examinar en cuanto a su salud, po los abusos o atropellos que pueden cometer las Fuerzas Auxiliares o en el mismo Poder Judicial por cualquier circunstancia, lo cual ha sido desplazaso, por lo que reitero de que esta es una necesidad principal, como respeto a la persona humana y a su estado físico y emocional, debe ser sometido a un tratamiento especial, eso es todo señor Presidente, gracias. La señora PRESIDENTA.- Gracias doctor Vicuña, tiene la palabra el doctor Roger Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, ROGER.- Señor Presidente: Quiero destacar en esta ocasión lo que he dicho en otras oportunidades, dentro de lo poco bueno que estamos haciéndo en esta nueva Constitución yo creo que destaca la mayor jerarquía y nivel que se está acordando al Poder Judicial. Creo que hay una coincidencia generalizada en todos los sectores politicos que integran el Congreso, para que tal cosa ocurra. No queremos señora Presidenta, un Poder Judicial dependiente del Poder Ejecutivo, ni del Poder Legislativo, queremos un Poder Judicial que tenga un nivel de autonomía que... (Continúia en el Turno No. 32)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 26-07-93 El señor CACERES VELASQUEZ Róger.- (Continuando)... independiente del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, queremos un Poder Judicial que tenga un nivel de autpnomía que se aquel que esté de acuerdo con la propia esencia de este Poder, para que en adelante se desenvuelva con el acierto, la propiedad y el éxito que lamentablemente no ha tenido a lo largo de toda la república, porque simpre, señor, señora, el Poder Judicial ha sido duramente manejado desde el Poder Ejecutivo y desde el Poder Legislativo. Existiendo, señora, esta coincidencia, tengo que referirme a la conveniencia de modificar y de mejorar algunos de los dispositivos qie integran el Capítulo VIII de la Estructura del Estado que estamos debatiendo. Lo concerniente al artículo 158§, inciso 1), coincido, señor, con lo que ha planteado otros señores representantes en el sentido de que expresamente debe establecerse que son recurribles ante el Poder Judicial los fallos de mayor gravedad que sean remitidos por el Fuero Privativo Militar y también las contiendas de competencia que correspondan. Creo que si la Corte Suprema lo es, debe de serlo a plenitud, no podría haber dos cortes supremas, una corte suprema militar y una corte suprema civil, la Corte Suprema está por encima del Consejo Supremo de Justicia Militar y por lo tanto los asuntos mas graves que se han sentenciado sobre todo en materia de derechos humanos, deben ser necesariamente recurribles ante la Corte Suprema de Justicia, eso es indispensable si acaso queremos ratificar la verdadera majestad del Poder Judicial en esta nueva Constitución. De otro lado, en el inciso 2), donde hablamos de la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional, yo creo que es necesario exprofesamente, expresamente consignar que el ejercicio de la investigación que realiza las comisiones designadas por el Congreso, no significa intervención alguna en el desempeño de la justicia, es necesario decirlo asi en función de las últimas experiencias que hemos vivido, porque hay quienes han entendido que sí hay interferencia, y hay quienes hemos sostenido que no existe interferencia, sino resolvemos ese nudo cordeano el problema va a quedar para el futuro, dentro de un año, cuando se esté aplicando la nueva Constitución, existirán sobre el particular los mismos lineamientos que con la Constitución vigente, nada habremos ganado, nada habremos aclarado, es el momento de precisar entonces que la investigación parlamentaria no duplica ni interfiere la que realiza el Poder Judicial. En el inciso 3) se dice: "Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos". En esta parte, señor, yo encuentro que este dispositivo es demasiado duro y no está de acuerdo con los precedentes que existen a nivel internacional, debería de decirse en consecuencia: "Ninguna persona puede ser sometida o desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, salvo le sean mas favorables a esa persona ni juzgada por tribunales de excepsión ni por comisiones especiales creadas al efecto". Creo, señor, que aún cuando podrían algunos decir que eso está sobreentendido, preferible en materia de derecho constitucional, decirlo expresamente. Esta es una tercera modificación que proponemos en el texto del artículo 158§. En el inciso c), se dice: "La indemnización en la forma que determina la ley por los errores judiciales en los procesos penales y por las detenciones arbitrarias sin perjucio de la ......... a que hubiere lugar" Yo creo, señor, que restringir la indemnización solamente para los casos penales, para un poder que va a tener majestad, no es lo pertinente. En el pasado cuando teníamos un Poder Judicial disminuído, minusválido, había que restringir la obligación del Estado respecto de las responsabilidades que pudieran devenir de parte de fallos equivocados, solo para procesos penales. Pero, ahora tenemos ya un proceso judicial con mayoría de edad y que por lo tanto debe responder de todos sus actos. Por esta razón, propongo a la Comisión ... (Continúa en el Turno N§ 33) SESION PLENARIA (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 26-07-93 El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- _(continuando)_ mayoría de edad; y que por lo tanto debe responder de todos sus actos. Por esta razón propongo a la Comisión que se suprima ahí la palabra "penales"; que se diga, "judiciales en los procesos por las detenciones y sentencias arbitrarias"; "y condenas arbitrarias", podría decirse porque el término "detenciones" sólamente podría referirse para el caso de las detenciones provisionales o definitivas, pero no para las condenas. De tal manera que creo, señora Presidenta, que debiera decirse en este inciso 7) lo siguiente: "La indeminización en la forma en que determina la ley por los errores judiciales en los procesos y por las condenas y detenciones arbitrarias sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar". Creo que en esta forma colocamos este inciso a la altura del mayor nivel que la Corte Suprema va a tener en adelante. Cualquier persona que sufriera los efectos de una sentencia inicua, en consecuencia debe indeminizársele; y por supuesto que en el pago de su indeminización conforme a ley según se establece aquí, conforme a ley deben participar los magistrados que hubieran sentenciado de una manera regular o arbitraria, a mayor jerarquía, mayor responsabilidad. Ahora la Corte Suprema va a tener más repsonsabilidad, igualmente todo el Poder Judicial, por consiguiente también le correponde pues, a esa mayor jerarquía una mayor responsabilidad. En el inciso 11) se dice: "La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales". En este punto hago el mismo planteamiento que hice cuando tratamos sobre la retroactividad de la ley. Confío que la Comisión sea sensible a estos planteamientos que tienen por objeto mejorar la ley. Podría decirse: "La aplicación de la ley no es favorable al procesado, al reo, al trabajador o al contribuyente en caso de duda o de conflicto entre las respectivas leyes". En esta forma el benficio de una ley más favorable no sólamente lo va hacer para el procesado penal, creo que debemos pensar en los trabajadores, según la disposición más favorable para el trabajador o lo que se aplique ésta para el trabajador que estén siempre en condiciones de deslindar frente a la que maneje el capital. Invoco la sencillez social de la Comisión para que pueda tomar en cuenta estos planteamientos. Lo propio digo, señor, respecto de los contribuyentes; si hay una ley más favorable para el contribuyente, por qué aplicarle la más dura como si fuera un enemigo y no alguien que está aportando al sostenimiento del país. En el inciso 13), yo creo que se está produciendo una omisón que es necesaria, señor, involucrarla. Se habla de la amnistía, el indulto, los sobrecedimientos definitivos y las demás situaciones que la ley señala, usa los mismos efectos que la cosa juzgada". Dentro de las demás situaciones que la ley señala, seguramente se refiere a la compulgación de las penas, pero me parece que es preferible ponerlo en claro porque recuerdo que al inicio del gobierno del señor Fujimori se planteó un grave problema entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo. A quién correpondían las compulgaciones; podía determinarlas el Poder Ejecutivo o sólamente el Legislativo? De aquel debate quedó claro que debía corresponder fundamentalmente al Poder Judicial -perdón- que debía estar en el Poder Judicial la ley del Poder Judicial la Ley Orgánica del, y en este caso el articulado constitucional correpondiente, la posibilidad de determinar que la compulgación, señor, surta los mismos efectos que la cosa juzgada. En el caso de los incisos 14) y 16) que hablan sobre el mismo tema, creo que deberían resumirse en un sólo inciso porque en el fondo se trata de la defensa y además hay el inciso 17) en el que podría también estar incluido mucho de este tema. En el inciso 20) segunda parte, se dice que los tribunales bajo responsabilidad no le dan posesión del cargo_ (CONTINUA EN EL TURNO - 34)
Transciptor: JUSTO FRIAS LOPEZ 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- (Continuando)...no le dan posesión del cargo. Completando lo que dice la primera parte de dicho inciso, las prohibiciones que que se hagan en función judicial por quién no ha sido nombrado en la forma prevista por la Constitución o por la ley, este mismo dispositivo ha regido ya dentro de la actual Constitución. Como miembro de la Comisión Dictaminadora, le ruego concederme unos minutos más para terminar mis planteamientos, Presidenta. La señora PRESIDENTA.- Vamos a consultar, doctor Cáceres, para darle cinco minutos adicionales. Se consulta al Pleno para concederle cinco minutos adicionales al doctor Cáceres, sírvanse levantar la mano los que estén de acuerdo. (Votación). Aprobado, tiene usted cinco minutos, doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Muy agradecido señora Presidente. Entonces, estaba hablando de que era necesario mejorar este dispositivo 20, hacerlo más terminante. Los tribunales en ningún caso, bajo responsabilidad, no le dan posesión del cargo, en ningún caso, para que no quede siempre la alternativa de que por haberlo dispuesto el Poder Ejecutivo, según decreto ley del Poder Ejecutivo, etc., se consideran los tribunales exonerados de este dispositivo constitucional. Fortalezcamos, démosle una fuerza más terminante a este dispositivo, para que en adelante ya no suceda lo que ha ocurrido tantas veces en la vida de la república, incluso rigiendo el artículo pertinente, el dispositivo pertinente de la actual Constitución. Esa segunda parte del inciso 20) diría entonces: "Los tribunales, en ningún caso, bajo responsabilidad, no le dan posesión del cargo". En la parte que se establece, señora Presidenta, dentro de las atribuciones que corresponden al Poder Judicial, se habla de la ausencia, el de no ser condenado en la ausencia, salvo delito por terrorismo. Tenemos que hacer una excepción, los terroristas -perdón me he equivocado. Salvo delito por narcotráfico -me estoy confundiendo. En el caso del narcotráfico, haciendo uso de los inmensos recursos que da este poder, los delincuentes desaparecen, no son habidos. Los expedientes quedan paralizados por largo tiempo‡ y cuando ya se ha producido la prescripción del delito, aparecen libremente transitando por calles y plazas. Por eso creo que por excepción, por tratarse de un mal que viene incrementándose dentro del mundo de nuestro tiempo, la sentencia en caso de ausencia debiera pronunciarse para los delitos de narcotráfico. Creo, señor, que esto sería para beneficio de la nación. El artículo 160§ que ha sustituido al artículo 241§ actualmente vigente, me parece, señora Presidenta, defectuoso. Yo propongo por eso un texto que nos acerque al artículo vigente actual, el 241§, que es el siguiente: "Corresponde a la Corte Suprema fallar en última instancia o en casación las competencias y los asuntos que la ley señala"; se agregaría, "las competencias y los asuntos que la ley señala". Frente a la redacción que se propone en el artículo 160§ por la Comisión, creo que ésta es mejor; porque, qué se dice en el 160§, "corresponde a la Corte Suprema fallar en casación", o sea que ahí no va haber instancia, la casación va ser exclusiva de la Corte Suprema, no va haber fallo en primera instancia en casación, o en última instancia cuando conforme a ley la acción se hubiera iniciado ante una corte superior. Esto no es cierto, porque van haber acciones que se van a iniciar al interior de la Corte Suprema, las que corresponden a la responsabilidad de los altos funcionarios de la nación. Si nosotros acusamos al Presidente de la República, a algún ministro o a algún parlamentario por delito cometido en el ejercicio de su función, eso no va ir a la Corte Supreior, va ir de frente a la Corte Suprema, donde van haber dos salas que van a intevenir en primera y segunda instancia dentro de la propia Corte Suprema. De tal manera que esta artículo 160§ no está bien redactado, de ahí que le pido a la Comisión considerar la posibilidad de recuperar el artículo 241§ actual que quedaría así: "Corresponde a la Corte Suprema fallar en última instancia o en casación las competencias y asuntos que la ley señala". Luego, en lo concerniente al artículo 161§, yo creo que liberar al Jurado Nacional de Elecciones de la posibilidad de... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 35 )
Transciptor: ROBERTO OSHIRO T. 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- ...(Continuando) ...luego, en lo concerniente al artículo 161§, yo creo que liberar al Jurado Nacional de Elecciones de la posibilidad de que sus acciones sean revisables ante el Poder Judicial, es algo sumamente grave. El Jurado Nacional de Elecciones viene haciendo de su capa un sayo, todos sabemos las irregularidades que allí se han cometido, han declarado fundada una nulidad, a los pocos días la han retirado y han declarado válido lo que días antes declararon nulo, han fallado sin sujetarse a ley como lo establece sus dispositivos pertinentes. Por tanto yo creo que debería haber la posibilidad de acudir en vía de casación ante la Corte Suprema en los casos en los que el Jurado Nacional de Elecciones corresponde, me parece que esto es todavía alguna garantía para evitar las extremas arbitrariedades que se están viviendo en este campo. El artículo 163§, es a mi juicio, señora, el más defectuoso de toda la ley -unos minutos y termino, porque esta es la parte más importante- yo considero que debe establecerse con claridad que la autoridad o la Sala deliberativa, la instancia deliberativa de más alta jerarquía es la Sala Plena de la Corte Suprema, la cual debe aprobar el pliego, el proyecto de pliego presupuestal del Poder Judicial, debe aprobar la delegación, la designación de delegados del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de la Magistratura, el Jurado Nacional de Elecciones y otros que señale la ley. Debe aprobar el plan trianual de desarrollo del Poder Judicial y fundamentalmente debe aprobar el Reglamento General del Poder Judicial y otros que fueren necesarios y asimismo, debe tener la potestad de crear y suprimir Juzgados, Distritos Judiciales y Salas. Si no le damos esta potestad al Poder Judicial, eso va a significar simple y llanamente que es insuficiente el artículo 163§, tanto más que se dice, que la ley señala su organización y competencia de tal manera que en determinado momento la ley podría decir esto corresponde a la Corte Suprema y esto no le corresponde. La señora PRESIDENTE.- Doctor Cáceres, le ruego que concluya su exposición. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Ya, estoy terminando, son las últimas frases. Por eso debemos reconocer también la necesidad de que funcione el Consejo de Gobierno del Poder Judicial y el órgano de Control Interno del Poder Judicial, para que el Poder Judicial tenga el Control, el seguimiento de la conducta funcional de los Magistrados, y la evaluación de los Magistrados, aportando estos conocimientos y datos al Consejo Nacional de la Magistratura cuando así fuere necesario. Creo que es indispensable consignarlo así, además ya llegando a la parte final de mi disertación, si no establecemos un dos por ciento como mínimo para el Poder Judicial, de los gastos totales del Estado de carácter ordinario consignados en el presupuesto, la mayor gerarquía e independencia que le vamos a dar, va a quedar en el suelo, porque el Poder Ejecutivo y el Legislativo le van a mezquinar los soles como ya ha ocurrido en estos últimos años y de nada vale decir que el Poder Judicial ya tiene majestad, jerarquía, independencia, nivel, cuando en el campo mezquino del dinero y recursos presupuestales va a carecer de esa potestad. El artículo 165§ para terminar, debe ser sustancialmente modificado, yo creo, señorita Presidente, que está totalmente equivocado, los juzgados de Paz que funcionen en las Comunidades Campesinas deben tener la facultad de aplicar el derecho peruano consuetudinario; pero todo ello dentro de la sola órbita del Poder Judicial, no generando una situación distinta porque esto puede dar lugar a que se presenten situaciones que ahora no preveemos, pero que yo si pienso que se pueden dar con grave desmedro de la majestad del Poder Judicial. La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Confío en que las proposiciones que he dado, sean captadas aún cuando muchas veces pienso que es una esperanza vana por la Comisión dictaminadora. La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Cáceres. Tiene la palabra el señor Díaz Palacios. El señor DIAZ PALACIOS.- Gracias, colega Presidente, yo quisiera en esta oportunidad referirme a dos puntos, con relación a la autonomía e independencia del Poder Judicial, nuestro movimiento es partidario no solo de destacar que efectivamente esa ... (Continúa en el turno N§ 36)
Jorge Anamaría PLENARIA MAT. 26-7-93 El señor DIAZ PALACIOS..(continuando)...nuestro movimiento es partidario no solo de destacar que efectivamente esa autonomía e independencia para la mas correcta y oportuna administración de justicia depende de la voluntad politica del gobierno en general y, particularmente, de diversos mecanismos que la propia sociedad tiene que ir generando; sinó, en nuestro criterio, depende fundamentalmente de darle al Poder Judicial la garantía de tener acceso a un porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios, de lo contrario la autonomía e independencia del Poder Judicial será una ficción tanto frente al Poder Ejecutivo como frente al Poder Legislativo. En ese entendido, señora Presidente y colegas, que consideramos conveniente hacer una invocación a la mayoría de la Comisión de Constitución para que tome en cuenta esta propuesta, que no es en sí una propuesta fuera de lugar, una propuesta descabellada sinó que recoge como lo sostiene la Comisión Andina de Juristas la legislación comparada, pues, muchos países han visto que la mejor forma de garantizar la autonomía de sus respectivos poderes judiciales frente a otros poderes de la estructura del Estado es precisamente asignándole un porcentaje determinado de recursos. En nuestro caso, estamos proponiendo que no sean menos del tres por ciento, lo que quiere decir que es un mínimo, de modo que si por la propia dinámica y particularidades en el futuro, en cuanto a la administración de justicia, hay necesidad de mas recursos, no se está fijando un tope que impida que paralice la administración de justicia por falta de dotación de recursos económicos. Y por otro lado,si en algún momento gracias a la intervención del Poder Ejecutivo se consigue un mecanismo de financiamiento externo a largo plazo, con años de gracia y con muy pocos intereses, eso efectivamente va a ser un complemento en el financiamiento para el Poder Judicial, pero de ninguna manera va a interferir la aplicación de la norma constitucional. En ese sentido, nosotros hemos coincidido en una propuesta a la Comisión de Constitución y esperamos que finalmente la evalúen y la tomen en cuenta. Y de otro lado, colega Presidenta, creemos que este pleno no puede permanecer en silencio o ajeno a las declaraciones del señor Presidente de la República respecto a los alcaldes del país, en un tema tan directamente vinculado con la construcción de la democracia en el Perú debe motivar nuestra preocupación. Creo que es de conocimiento de ustedes que el último Congreso Extraordinario de Alcades del país ha hecho lo que tenía que hacer. Ha salido en defensa del régimen municipal exigiendo el mas amplio respeto a la autonomía, a la competencia y las rentas municipales; ha salido en defensa del proceso de regionalización como vehículo para la descentralización económica, política y administrativa pero reorientando y corrigiendo las imperfecciones que indudablemente este proceso de regionalización ha tenido y además ha salido a decir algo que creo es importante que este Congreso tome en cuenta. No hay incompatibilidad entre regiones fuertes y municipios fuertes sobre una clara delimitación de competencia. Y como ésto, lamentablemente, no coincide con el esquema de descentralización de la mayoría de este Congreso y del propio Poder Ejecutivo, esto ha motivado una reacción desmesurada, desproporcionada e injusta del señor Presidente respecto a los alcaldes del país. Nuestro grupo parlamentario debe expresar su total solidaridad con los alcaldes del pais, quienes hasta hace poco eran considerados como héroes y mártires por la democracia y el desarrollo en el Perú por parte del gobierno, pero hoy día sorprendemente pasan a ser lo contrario. Se les ha acusado de ser algo asi como una mazamorra negra, como símbolo de lo peor, es les ha acusado de cuasi ladrones, se les ha acusado una vez mas de politiqueros tradicionales y esto evidentemente nos parece algo. Me pide una interrupción la doctora Martha Chávez, con su venia colega Presidente. La señora PRESIDENTE.-Siga, doctora. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias, colega Díaz Palacios. Simplemente quiero precisar que nosotros no estamos en contra de los alcaldes, lo que estamos en contra es de aquel grupúsculo politizado de alcaldes que no representan ni al diez por ciento de la totalidad de alcaldes provinciales y distritales del país y que se han puesto en contra, no solamente, del Poder Ejecutivo sino del Congreso Constituyente porque ha pretendido ridiculizar el trabajo constitucional que estamos haciendo. Ahora, quizás eso coincida con la posición del Movimiento Democrático de Izquierda que señala ya anticipadamente que ha optado por el "no" y sus miembros han ya firmado un manifiesto, pero eso no es consecuente con el trabajo que todos los demás grupos políticos estamos haciendo en este Congreso. Eso hay que deslidar bien. Esa mazamorra negra, en todo caso, son esa minúscula parte de alcaldes politizados y que han dominado una asamblea. Gracias, doctor Díaz Palacios. El señor DIAZ PALACIOS.- Muy bien. Termino, colega Presidente, destacando en todo caso, el hecho de que sepamos ningún alcalde ni provincial ni distrital ha cuestionado ... (SIGUE EN EL TURNO 37) PLENARIA MATINAL 26-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 La señorita CHAVEZ COSSIO.- (Continuando)... han dominado una asamblea, gracias, doctor Díaz Palacios. El señor DIAZ PALACIOS.- Termino colega Presidene, destacando en todo caso el éxito de que sepamos ningún Alcalde, ni provincial, ni distrital ha custionado la representatividad, la legitimidad del Congreso de AMPI. Lamentamos profundamente que el señor Presidente de la República, haya amanazado a los Alcaldes del país con fundirlos, que haya amanezado con que no van a tener los recursos que legítimamente vienen reclamando y que él va ser las obras que los respectivos pueblos a nivel de provincias, y distritos que lo necesitan. Nos parece que esto refleja o una concepción completamente distorsinada de lo que debe ser la relación entre el Gobierno Nacional y los gobiernos locales o en todo caso una nueva versión del Estado soy yo. Y creo que eso es lamentable. Culmino indicando nuestra profunda solidaridad con los Alcaldes del país. Nosostros reconocemos que el ingeniero Alberto Fujimori es el Presidente de la República; y nunca hemos hecho uso de agravios e insultos para referirnos a él. Creo colega Presidente, menos tiene el derecho de agredir a otras autoridades legítimamente elegidas como son precisamente los Alcaldes del país. Muchas gracias. La señora PRESIDENTE.- Gracias señor Díaz Palacios. Tiene el uso de la palabra el doctor Ortiz de Zevallo. El señor ORTIZ DE SEVALLOS ROEDEL.- Gracias señora Presidente, yo me voy a referir exclusivamente a una cuestión importante que se ha producido a través del debate de este Congreso. Me refiero a los miembros del Tribunal de Honor, los miembros del Tribunal de Honor, fueron designados por unanimidad, por todos los miembros de la Comision de Justicia, y fueron finalmente designados por todos los miembros del Tribunal, de la Organización del Congreso. Para designar a una persona, como miembro del Tribunal de Honor, con la facultad de designar a los Magistrados, se tiene que haber seleccionado mucho y evidentemente así lo fue. Lamentablemente ha habido en el curso del debate, algunas intervenciones del colega muy distinguidos, mis amigos que se han expreso mál de losmiembros del Tribunal de Honor. Eso es algo injusto; los miembros del Tribunal de Honor, son: El doctor Manuel de la Puente La Valle, un maestro reconosidísimo. El doctor Fernando Trazegnie, también maestro reconosidísmo, el señor Miguel de Altaus, un profesor que no ejerce la profesión, el señor Guillerno de la Ochaga, un jurista ditinguido, y el doctor Jorge Ramírez Diaz, hijo de un Magistrado eminente, el doctor José Gregorio Ramírez; y una persona apreciada por toda la profesión. Es lamentable que quienes han acepatado ese cargo realizando un verdadero sacrifico y esfuerzo, porque el siermpre cargo de esa naturaleza, que tiene una función Ad Hoc, representan compromisos y obligaciones que se contraen y que en realidad van a compromoter su situación permante y tranquila de su vida. Sin embargo nosotros, los miembros del Congreso le guardamos a esos miembros del Tribunal de Honor toda la consideración y el aprecio que se merecen y lo consideramos eminentes figuras y por eso los hemos designado como miembros del Tribunal de Honor. Quiero dejar constancia de estas palabras. Gracias señora Presidenta. La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Ortiz de Zevallos. Tiene el uso de la palabra el señor Antero Florez Aráoz. El señor FLORES ARAOZ ESPARZA.- Gracias Presidenta, hace más de un año ... (Continúa en el Turno N§ 38)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- Pleno-Matinal La señora PRESIDENTA (continúa).- Tiene uso de la palabra el señor Antero Flores-Aráoz. El señor FLORES-ARAOZ.- Gracias Presidenta. Hace más de un año el Perú escuchó la siguiente frase: "La administración de justicia ganada por el sectarismo político, la venalidad y la irresponsabilidad cómplice, es un escándolo que permanentemente desprestigia a la democracia y a la ley. El país está harto de esta realidad y desea soluciones. Quiere un sistema de administración de justicia eficaz y moderno que constituya plena garantía para la vida ciudadana, no quiere más feudos de corrupción ahí donde viera reinar una moral intachable". Coincidimos con esta expresión, se nos dice a veces que somos una oposición irreflexiva, no lo somos, somos oposición pero reflexionamos. Coincidimos con estas expresiones, lamentablemente no se puede echar en un mismo saco a todos porque en el Poder Judicial hubo y hay gente honorable pero lamentablemente los que no lo fueron han dado esta imagen generalizada con la cual coincidimos porque somos hombres y mujeres que estamos en la labor del derecho. Estas expresiones fueron del ingeniero Fujimori. Si bien estas expresiones fueron el día 5 de abril de 1992 en que tenemos coincidencia en esa expresión respecto al Poder Judicial, discrepamos absolutamente con los remedios o supuestos remedios que fue el golpe de Estado. Tengo que recordar y nuestra bancada no dejará de recordarlo cada vez que sea necesario que antes de ese golpe, en el mes de marzo nos reuníamos constantemente el presidente del Consejo de Ministros de aquel entonces, doctor Alfonso de los Heros, el entonces y sigue como ministro de Justicia, el doctor Fernando Vega Santa Gadea, y otros miembros del Parlamento entre los cuales destacaba Lourdes Flores Nano. Estuvimos preparando con ellos los proyectos de ley necesarios para presentarlos en abril de 1992 para solucionar la crisis del Poder Judicial. Si bien la evaluación es certera indicamos no fue el apropiado y lo cuestionamos y lo impugnamos. Pero tenemos que solucionar la crisis del Poder Judicial y tenemos en esta reforma constitucional buscar hacer un Poder Judicial digno de una Nación que se respeta y hacer un Poder Judicial respetado y respetable. Creemos señora Presidenta que uno de los capítulos mejor elaborados de este proyecto constitucional que se presenta porque ha habido mayor receptividad es el capítulo del Poder Judicial. Se han recibido pronunciamientos del propio Poder Judicial, de una comisión en que estuvo Javier de Belaunde, Domingo García Belaunde y otros juristas. Y realmente este capítulo ha recibido valiosos aportes con los que en general estamos de acuerdo. Se ha recibido también la experiencia que es valiosa de un hombre que ha estado antes en la magistratura y llegó a ser presidente de la Corte Suprema y hoy día es congresista de la República. Desde ambos lados ha podido observar esa administración de justicia y ha luchado por ella. Me refiero al doctor César Fernández Arce. En este capítulo hay interesantes propuestas de él que han sido recogidas y yo me felicito por que su experiencia es valiosa. Señora, nosotros que queremos un Poder Judicial diferente al que tenemos destacando lógicamente algunas figuras que son señeras y honorables no queremos más ver ni componendas en el Poder Judicial ni tampoco señor el copamiento de instituciones como sucedió en el Tribunal de Garantías Constitucionales, como sucedió en el Consejo Nacional de la Magistratura y como sucedió en el propio Poder Judicial Y creo señor que en este proyecto en términos generales se recoge ello. Ya no habrá más, esperamos, estas componendas, ya no habrá más estos copamientos. Esto es un anhelo de toda la... (SIGUE TURNO 39)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA...(continuando)...esperamos estas componendas ya no habrá más estos copamientos. Esto es un anhelo de toda la ciudadanía que quiere tener un Poder Judicial independiente, pero un Poder Judicial que también cumpla con la Constitución y la ley. Tampoco dejaré de decir cada vez que tenga una oportunidad, que tuvimos un Poder Judicial sumiso al poder político del momento, tuvimos un Poder Judicial que estuvo integrado muchas veces por personas que no debieron llegar a él; y que en lugar de tener una posición digna, una posición viril, una posición de estar de pie frente al poder político, fueron presionados. Y cuando en este Parlamento, en este Congreso se señaló hay mérito a iniciar una investigación y un procesamiento judicial, hubiéndo tenido quizás la historia del Perú un único caso de moralización al mayor nivel, ese Poder Judicial le dijo al Parlamento "no". Nosotros que hicimos el antejuicio con el Artículo 183§ y 184§ de la Constitución, después de todo ese proceso de investigación, en que tengo que resaltar la labor que realizó un Fernando Olivera, que quizás no tiene dotes en lo que es legislación, pero tiene muchas dotes en lo que es investigación, tengo que resaltar su trabajo, tengo que resaltar realmente su ánimo de fiscalización y decir que se realizó un buen trabajo; pero ese trabajo que se realizó primero en la investigación y después en dictaminar todo lo que se había investigado, señor, de nada sirvió porque tuvimos un Poder Judicial que pagó favores políticos. Por eso, es ahora necesario que tengamos un Poder Judicial digno, pero también independiente, señor, y no es cuestión solamente de remuneraciones como algunos creen, no es cuestión solamente de presupuesto como nos dicen otros, es una cuestión de saber elegir libremente a magistrados que tengan pundonor, que sepan derecho y apliquen el derecho en pro y en aras de la justicia. Ese es el Poder Judicial, señor, en el que estamos comprometidos a contribuir a su eficacia. Señor, pero si bien hay coincidencias en puntos generales, también tenemos algunos agregados o algunas modificaciones que sugerir en los casos concretos. Creemos, señor, que debe haber recurso de casación ante la Corte Suprema en fallos que afecten sobre derechos humanos, y eso quisiera que sea agregado. En lo que se refiere, señor, a la Elección de Jueces, nos parece conveniente solamente en los Jueces de Paz No Letrados, en los llamados Jueces de Paz; de modo alguno, señor, en los Jueces de Paz Letrados o en los Jueces de Primera Instancia. Esto es una expresión -esta última- a título personal, creemos nosotros, señor, que la justicia debe ser profesional, y no creemos de modo alguno que Jueces de Paz Letrados o Jueces de Primera Instancia tengan que deberse a un favor político, porque las campañas cuestan, señor; y ustedes que hicieron campaña millonaria lo saben perfectamente. Las campañas cuestan. No quisiéramos, señor, tener en una campaña hecha por ejemplo en el distrito de San Luis, que sabríamos quien las paga, quizás las casas de citas; o una campaña en el Callao, señor, que sabríamos para un Juez de Paz de algún distrito quien podría hacerla; o no quisiéramos tener señor, el Juez de Marcona que defendiera otros intereses; o un Juez de Paz de Ilo, señora Presidenta, en que quizás su campaña se la pudiera haber pagar la Southern Perú. Eso, no lo queremos, por eso es que no queremos, o por lo menos yo no quiero, la existencia de Jueces de Primera Instancia ni Jueces de Paz Letrados que dependan de una campaña proselitista, que al final resulta de un nombramiento que puede ser inconveniente por estas consideraciones. En lo que se refiere al Tribunal de Garantías Constitucionales, esto lo vamos a tratar cuando tratemos el tema de Garantías Constitucionales, Artículo 220§, donde ustedes -la mayoría- ha considerado que sea una Sala Especial de la Suprema Corte. Nosotros creemos que tiene que haber un Tribunal de Garantías Constitucionales.... (continúa en el turno 40)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA.- (Continuando)... esto lo vamos a tratar, cuando tratemos el tema de Garantías Constitucionales, artículo 220§ donde ustedes, la mayoría, ha considerado que sea una Sala Especial de la Suprema Corte, nosotros creemos que tiene que haber un Tribunal de Garantías Constitucionales aparte, pero eso lo vamos a tratar en su momento. Respecto al presupuesto, mucho se ha dicho acá que debería ser 2% y porqué 1, porque no 4, porque no 5, nosotros en el proyecto que ha presentado como Dictámen Lourdes Flóres nano en la Comisión de Constitución, no hemos considerado porcentaje; y no hemos considerado porcentaje señor, porque consideamos que o es adecuado. Un año podrá quizás necesitarse 4, 5 ó 6 % Si vamos a hacer nuevos locales judiciales, lógicamente, requerimos pasar ese porcentaje, quizás un año en que queramos meter nuevas computadoras y modernizar el Poder Judicial, poner la cibernética, que el Poder Judicial pueda, en alguna medida señor, quizás copiar la maquinita del doctor Carlos Torres, en buena hora, seguramente se necesitará también en ese año otros recursos, pero en un año normal señor ¨Porqué el dos por ciento? Para que quizás señor para que si queda, se guarde? ¨Y dónde están las prioridades nacionales a través de una Ley de Presupuesto? ¨Queremos que se repita lo de la marina, señor? ¨Queremos que se repita lo del Ejecutivo señor, Reserva Financiera? ¨Queremos que se repita algunas cosas como las Fuerzas Armadas que dicen: "Aquí hay un superávit de Balance" Y esto no se devuelve al erario nacional, sino que lo guardamos para otras necesidades? Eso no, esa falta de formalidades y falta de claridad en las cosas, generan corrupcin que debemos evitarla. El Poder Judicial tendrá que tener cada año lo que sea necesario, si es cuatro por ciento, será cuatro por ciento, si es cinco: cinco, si es sólo uno: Uno, lo que sea necesario, para que la justicia funcione en el Perú, pero no un porcentaje que se repita todos los años, señora Presidenta. También creemos que la justicia ordinaria a través de la Corte Suprema, debe revisar determinados fallos del Tribunal de Justicia Militar, en que haya intervención o hayan sido sentenciados civiles, señor. No nos metemos en cuestiones de sanciones, que tengan que ver con la disciplina militar, pero si hay civiles involucrados, o hay señor, disposición de Pena de Muerte, creeemos que la Corte Suprema, a través del Recursos de Casasión, tiene que intervenir señor. Creemos por último, que deben señalarse clarísimamente los requisitos para ser miembro de la Corte Suprema, no queremos de modo alguno que normas de inferior jerarquía, nos vallan a modificar luego, las disposiciones constitucionales. Ya pasó una vez señora Presidenta y no queremos que esto vuelva a suceder. Quienes por edad, todavía deben estar en el Colegio, que sigan en el Colegio, quienes por edad no deban ir a la Corte Suprema, que todavía no vayan, pero por favor, no hagamos más normas o no las haga el Ejecutivo, que sean en razón de las personas y no por la naturaleza de las cosas. Necesitamos que aquí haya una norma clara, que señala edad y que no nos pase como un decreto ley de Diciembre del año pasado, que ha sido incorporado la semana pasada, al texto único concordado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en que se rebaja, contra la Constitución de 1979, la edad para ser vocal de la Corte Suprema, esto no más, señora Presidenta Y como no más, no tengo nada más que agregar. La señora PRESIDENTA.- Gracias doctor Antero Flóres Araoz, tiene la palabra el congresista Xavier Barrón. El señor BARRO CEBREROS.- Gracias señora Presidenta: Siguiendo la línea de concordancia, a la expresada ya por el colega de bancada Flóres-Araoz, quería hacer referencia, e insistir en el último punto que él ha tocado, que son los requisitos. Cuando se redactó la Constitución del año '79, habíamos salido de una terrible remoción y conmoción... (Contnúa en el Turno No. 41)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 26-07-93 El señor BARRON CEBREROS.-(Continuando)... habíamos salido de una terrible remoción y conmoción ocurrida el 23 de diciembre del año 69, una noche negra para el Poder Judicial, en la que se cesó indiscriminadamente a Vocales Supremos por la dictadura de aquel entonces, y se procedió a una ratificación -entre comillas- en realidad una vindicta pública, a todos aquellos magistrados por la nueva Corte Suprema que no habían sido dóciles o flexibles con las fallas de la dictadura, sobre todo enmateria del aquel entonces habeas corpus. La consecuencia lógica una vez restablecida nuestra democracia a través del Congreso Constituyente o Asamblea en aquel entonces, fue colocar la disposición transitoria décimo segunda mediante la cual se restituía a todos los magistrados en el ejercicio pleno de sus cargos sin concurso ni evaluación a todos aquellos que habían sido cesados del 69 en adelante, de esta manera, magistrados ilustres, porque se trata solo de dos, el doctor Eguren *Presanie* y el doctor García Rada accedido nuevamente para felicidad de la justicia a la Corte Suprema. Cuál fue el mensaje que dejó esta ratificación tendenciosa, casi inédica, que había colocar en el rango máximo legal, vale decir, en la Constitución, determinadas normas que permitieran que los gobiernos de turno no manipularan a volutad las edades. Le recuerdo, señora Presidenta y por su intermedio a la Sala, que como asistí a un Magistrado supremo de los nuevos nombrados por el gobierno de aquel entonces, de la dictadura del General Velasco, que tenía 63 años de edad y estaba fallando reiteradamente en contra los los fallos de habeas corpus y que él los aceptaba, que caprichosamente bajaron la edad de 70 hasta 62 años, con el único fin de cesar a este magistrado, límite que después fue nuevamente subido, Preciusamente creo que hay una omisión que estoy seguro con la flexibilidad que reconozco en el doctor Torres y Torres Lara, sobre todo en la última etapa del trabajo constitucional, -no sé porqué se rien, yo estoy diciendo una tremenda verdad- ha demostrado flexibilidad el doctor Torres y Torres Lara, en todo caso no soy yo quien se ríe del doctor Torres y Torres Lara, y estoy seguro digo que va a aceptar el elevar al rango constitucional la edad míninma y máxima para ser magistrado dela Corte Suprema. Yo entiendo que habrán necesidades importantes en la juricatura, de ninguna de ellas puede llevarnos a rebajar a 45 años el límite para ver como se adecúa tal o cual seguramente buen magistrado. -Por supuesto, con el mayor gusto, el doctor Ferrero me pide una interrupción y yo se la concedo- El señor FERRERO COSTA.- Por si acaso usted recordará nuestro maestro Fernando de Trazegnie y Jorge Ramírez Díaz, ayer han propuesto, ellos no nosotros, rebajar la edad a 45 años, por si acaso, quizás a esa hora usted todavía no había tomado noticia de este asunto pero, la propuesta del los 45 años viene de nuestros profesores de la universidad. El señor BARRON CEBREROS.- Si anoche se hizo esta propuesta, yo no tuve la suerte de ver PANORAMA sino en la parte final, que es el programa en el cual se presentaron los ilustres abogados de los uales me honro en ser su amigo, no tiene nada que ver con la propuesta que viene en el texto aprobado en El Peruano el día julio 20 de este año, ni tampoco tiene que ver con el decreto legislativo dictado el 27 de diciembre mediante la cual se redujo la edad a 45 años, en todo caso, lo que ocurre ayer es una concordancia, una opinión muy respetable de dos eminentes juristas y amigos mios, pero que evidentemenmte no guardan relación con la realidad. La juventud es mala consejera para ser última instancia en el Poder Judicial. Recordemos que en Estados Unidos, país que ha sido citado tantas veces en este Congreso desde enero de este año, no existen límite final para detentar el cargo de Vocal de la Corte Suprema Federal de los Estados Unidos; el límite lo determina el propio magistrado y han habido casos en la historia de los Estados Unidos en el año 46, en donde un magistrado e los 48 años decidió por sí mismo en que ya era momento para su jubilación, y este magistrado falleció recién a los 104 años de edad, de modo que había tenido años mas para estar en la Corte. El respeto no es a una edad cuantitativa, no es a una suma cuantitaiva de años, el respeto es a la acumulación de experiencia y a que a mas edad existe menos tentación por las cosas ... (Continúa en el Turno N§ 42) SESION PLENARIA (MATINAL)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 26-07-93 El señor BARRON CEBREROS.- _(continuando)_ a más edad existe menos tentación por las cosas mundanas, existe menos posibilidad de irse hacia alguna de las vanalidades. Con el mayor gusto, le doy la interrupción, todas las que quiera doctor Ferrero por favor, le son bienvenidas. El señor FERRERO COSTA.- Con el apoyo del Partido Popular Cristiano, la Comisión de Constitución puso un tope a la edad de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones en los que usted ha sido personero y el Partido Popular Cristiano apoyó la tesis de que no queremos un Jurado Nacional de Elecciones de viejitos. Señor Presidente, entonces yo quisiera que ese mismo criterio de su bancada se mantenga también porque debe haber un tope máximo, no sólamente un tope mínimo, sino también un tope máximo a la edad de las personas. Gracias doctor. El señor BARRON CEBREROS.- Lamento que no haya sido suficientemente claro, saqué el ejemplo de los viejitos americanos tan sólo para graficar el respeto que hay no por la simple acumulación de años, sino por la madurez que dan los años com el buen vino, como usted sólamente señor Ferrero sabe muy bien. Alguien de ustedes sabrá que el buen vino madura con los años, pero tiene un límite en cuestión del cual empieza a occidarse y a malograrse conforme a un proceso natural de química elemental. Pero decía que me he expresado mal porque mi idea era expresar mi oposición y la de mi bancada al límite mínimo que se ha establecido en cuarenticinco años, que creemos que cincuenta es un límite bastante aceptable. El de máxima edad, el de setenta años, con el cual estamos de acuerdo; era simplemente para graficar el respeto, no era para pedirlo. Aclaro para no dejar una duda al respecto doctor Ferrero, por intermedio de la señora Presidenta. Pero decíamos entonces que la edad cuantitativa sumada a la madurez, a la experiencia, a la dogomía, a la lejanía respecto de los placeres mundanos y otras tendencias crematísticas, permiten precisamente la justicia aquí distante que debería siempre tener y gobernar a quien emana y a quien tiene la facultad de adjudicar justicia en nombre del pueblo. Por ello ratifico entonces lo manifestado por el doctor Flores Aráoz. Quiero relatarle, Presidenta, que en el siglo XVIII si mi memoria no me falla, el Pruciano Kaiser Federico II, hombre temible por su carácter irrasible, autocrático, dictatorial, tenía necesidad de ampliar la caballeriza para sus caballos; y no encontró mejor idea que la de expropiarle casi confiscarle a unm humilde campesino el potrero que él tenía para su subsistencia. Como quiera que a los enviados del Kaiser, el humilde campesino no accedía a los dictados del soberano alemán pruciano fue citado a Palacio; y han quedado plasmadas en la historia las célebres palabras del diálogo cuando el Kaiser omnipotente en las tierras que estaban bajo su gobierno, le dijo: "No temes tú humilde campesino al poder de tu Kaiser, quien te pide la tierra porque la necesita por razones de Estado. Sí, le dijo el humilde campesino; no accedo a lo que usted pide, porque lo que usted necesita no son razones de Estado sino razones de espacio para la caballeriza; y entre un caballo y un ser humano prefiero el ser humano, y porque además ahí cerca en mi pueblo, hay un magistrado, magistrado independiente a quien usted con todo su poder no puede amedrentar y estoy seguro que él me hará justicia a mi favor". Esta historia que viene relatada en los tratados alemanes, viene a relatar precisamente lo que es la madurez de un Estado moderno que es la soberanía e independencia de su Poder Judicial; y por eso es que las edades, los requisitos y las garantías que están en el siguiente capítulo en el del Consejo Nacional de la Magistratura vienen a dar la cabida total, la arquitectura exacta a lo que queremos para un Poder Judicial en nuestra Patria, soberano, justo, autónomo, libre e independiente. En cuanto, señora Presidenta, un problema de orden formal_ (CONTINUA EN EL TURNO - 43)
JUSTO FRIAS LOPEZ 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor BARRON CEBREROS.- (Continuando)...libre e independiente. Encuentro, señora Presidenta, un problema de orden formal en el tema del Jurado Nacional de Elecciones. Está citado aquí en el artículo 161§ y dice, que las decisiones del Jurado Nacional de Elecciones no deben ser revisables, no deben ser de alguna manera tratadas en el Poder Judicial. Ocurre que hace una semana escasa, una sala de la Corte Superior ha declarado fundada una acción de amparo revocando una sentencia en primera instancia referida a Pueblo Libre. Aquí el Jurado Nacional de Elecciones, actuando autónoma y libremente, revocó un propio fallo que ellos mismos habían dado semanas atrás y cambió al alcalde en Pueblo Libre. Todo esto, y sumado -creo yo- a una larga serie de fallos, sino injustos cuando menos irregulares y sorprendentes, que ha dado este Jurado en los últimos meses, nos da a entender que quizás darle tal fuerza al Jurado Nacional de Elecciones, no como otra intancia, no como otra cede para que lo que ellos revisaron pueda ser contradicho en el Poder Judicial, es decir, que un presidente de la república, un vice presidente, un parlamentario, un regidor o un alcalde pueda acceder al cargo mediente una resolución del Jurado y que el Poder Judicial se la retire, no; me estoy refiriendo a que la necesaria acción de amparo, porque en el Jurado hay hombres y los hombres son corruptibles. Una acción de amparo es fundamental para garantizar precisamente la independencia y precisamente la justicia; y es justamente a lo que este alcal de Pueblo, el alcalde cesado cuyo nombre no recuerdo y que no es de mi partido, por si acaso, ha obtenido como derecho para hacer valer lo que él llama una justicia popular que votó a su favor, a lo que se trata precisamente de evitar que es un fallo del mismo Estado a través de "El Peruano". Qué garantía tendría ante una realidad, que no es el caso, comprobada económica para comprar un fallo en una alcaldía, al retirarle la capacidad de una acción de amparo al ciudadano común y corriente o al perjudicado. Aquí creo que hay un exceso de celo al otorgarle, y sobre todo en el Capítulo de Poder Judicial, una limitación, cercenzación en las características de la acción de justicia para darle más fuerza al Jurado Nacional de Elecciones. Estamos de acuerdo que debe ser así, pero no retirándole la acción de amparo; y por eso, por su intermedio señora Presidenta, le hago llegar al doctor Torres y Torres Lara la indicación para que la acción de amparo sí se mantenga como viable. Por supuesto, doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Pero yo no logro entender la propuesta del señor Barrón y no sé si la podría precisar. El señor BARRON CEBREROS.- Encantado. El señor FERRERO COSTA.- Hemos dicho siempre que queremos un Jurado Nacional de Elecciones autónomo, libre, independiente, que sus resoluciones no puedan ser atracadas ni por los ciudadanos ni tampoco por el Poder Judicial; y ahora resulta que el Congresista Barrón propone que se puedan interponer amparos contra el Jurado Nacional de Elecciones. Qué Jurado Nacional de Elecciones vamos a tener si todos pueden protestar contra las resoluciones del Jurado de Nacional de Elecciones y llevarlas a la vía judicial. No entiendo, señor Presidente, le ruego al ponente que nos explique, porque resultaría contradictorio que el representante personero del Partido Popular Cristiano venga a defender la posibilidad de que el Jurado pierda su independencia, Presidente. El señor BARRON CEBREROS.- Le agradezco la pregunta, y por su intermedio, Presidenta, voy a tratar de ser brevísimo para aclararme y precisar lo que son justamente quince o más años ya de experiencia de personería electoral. No estoy diciendo y lo dije claramente -y le agradezco doctor Ferrero que me escuche- no estoy pidiendo que mediante la vía de amparo se pueda revisar nuevamente el conteo de los votos, que se pueda nuevamente revisar el acta, que se pueda revisar nuevamente tal o cual forma de aplicar la cifra repartidora, ni siquiera la incripción o los votos en una lista; lo que trato de decirle es que, darle la categoría, la categoría de cosa juzgada al sistema electoral es correcto que la tenga en última instancia el Jurado Nacional de Elecciones, siempre y cuando por su puesto haya, por amor de Dios, una Ley Electoral, un Código de procedimientos electorales que grafique cada una de las instancias... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 44 )
ROBERTO OSHIRO T. 26-07-93 PLENARIA - MATINAL El señor BARRON CEBREROS.- ...(Continuando) ...electorales que grafique cada una de las instancias y de hecho que tiene cada uno de los personeros y candidatos, pero no es este el problema de fondo. En el fondo es la formalidad, la casación si queremos llamarla de la estructura misma del fallo, que ocurre, que ocurre, en el caso estricto, en el caso de Pueblo Libre, donde el Jurado ya había emitido opinión en última instancia, ya había cerrado, ya estaba proclamado, ya estaba juramentado, estaba en funciones, había aprobado ya el presupuesto ese Alcalde y el Jurado retro-trayendo su propio fallo que es ya inamovible, decide revocarlo. No quiero entrar a qué condiciones, ni por qué motivos, ni tendencias, voy a una violenta, a una flagrante violación de la ley, la misma ley del Jurado, la de autonomía. A esta es la que me refería. La señora PRESIDENTE.- Perdón, le voy a rogar que concluya porque han terminado sus tres turnos. El señor BARRON CEBREROS.- Ya no tengo más Presidente, gracias, Presidente, seré breve entonces para concluir, entonces, se trataba de darle al candidato una última instancia procesal para revisar el procedimiento y que en este caso Pueblo Libre, obviamente que si yo fuera Magistrado le daría la razón al peticionante. Quiero concluir entonces, Presidente, accediendo a lo que usted tan gentilmente solicita y soy incapaz de desoirla, señora Predidente, pidiéndole entonces, que el Poder Judicial, ese Poder Judicial al que aspiraron San Martín, Bolívar, y todos los próceres y precursores de la independencia, sea una realidad a la que este país aspira, quiere y necesita; y es precisamente el que cuando el más humilde ciudadano recurre a su Poder Judicial contra cualquier poderoso económico, social o político del momento, tenga la seguridad absoluta de que el fallo será justo en lo que concierne a la ley y a la justicia de cada Magistrado a los cuales respeto, a los cuales estimo y a los cuales realmente entrego mi causa y mi cariño. Porque sé la abnegada y difícil labor que ellos cumplen todos los días aún a riesgo de su vida y por eso, señora Presidente, quería concluir estas palabras haciendo una invocación y una exaltación a esa abnegada labor que los Magistrados -sobre todo a los de fuera de Lima o de Provincias- a los que con cada fallo arriesgan la vida, sobre todo en casos de narcotráfico y de terrorismo, y que además tenemos en este Congreso a un eminente Jurista y Magistrado probo que dejó una estela en el Poder Judicial, como el doctor Fernández Arce -de buenhomía, de bondad, de sapiencia, y de justicia- que ennoblece y honra a este Congreso. Gracias. La señora PRESIDENTE.- Gracias doctor Barrón. Tiene el uso de la palabra el doctor Carrión. El señor CARRION RUIZ.- Gracias, Presidente, le agradezco el título -no soy doctor-. Señora Presidente, en anteriores oportunidades he hecho incapié en el hecho de que estamos desafortunadamente elaborando una Constitución excesivamente larga, excesivamente reglamentarista. Yo he elaborado algunos conceptos tratando en lo posible de ser sumamente breve, creo que la brevedad de nuestra Constitución la hará más accesible a todos los sectores de la población. De otro lado, señora, considero que mucho de lo que se dice en los diversos artículos propuestos por la Comisión encontramos que bien pueden ser derivados a lo que debería ser la ley orgánica del Poder Judicial; porque indudablemente, señor, la ley orgánica puede ser puesta de acuerdo con las diversas circunstancias de la actividad del Poder Judicial, en cualquier momento sin necesidad de necesitar reforma de la Constitución, caso al que tendríamos que llegar si es que persistiera el propósito de seguir haciendo tan reglamentarista. De otro lado, señora, creo y lo he dicho en otras oportunidades que el Perú es un país muy difícil, pero es un país posible, posible en la medida que podamos descentralizarlo ... (Continúa en el turno N§ 45)
Jorge Anamaría PLENARIA Mat. 26-7-93 El señor CARRION RUIZ..(continuando)...es un pais muy difícil, pero es un país posible, posible en la medida que podamos descentralizarlo eficazmente. Y he dicho también, señor, que la descentralización sea real y efectiva ésta debe estar apoyada en la descentralización política, en la descentralización económica, en la descentralización administrativa y también en la descentralización judicial. Creo, señor, que la posibilidad permanente de que un fallo de la Corte Superior de cualquer lugar del país pueda ser siempre apelado a la Corte Suprema crea en el ámbito judicial un centralismo que creo debemos evitarlo o hacer por lo menos lo posible por evitarlo. Creo, por eso señor, que determinados fallos no debieran tener la posibilidad de ser apelados a la Corte Suprema porque este hecho pone a los ciudadanos de las provincias en una situación de desventaja total, sobre todo, aquellos de menores recursos, porque pensar en venir a litigar a la capital de la república. Me pide una interrupción el doctor Ferrero, con su venia señor Presidente. El señor FERRERO COSTA.- Me permite, Presidente. El señor PRESIDENTE.- Siga, doctor Ferrero. El señor FERRERO COSTA.- Quizás la redacción que le preocupa a mi colega puede ser perfeccionada, pero el propósito del proyecto es muy claro. No debe llegar a la Suprema todo aquello que puede resolverse en Superior, totalmente de acuerdo; o sea, el proyecto viene así. Lo que pasa es que hay algunas causas que entran directamente a la Superior y que vienen de Primera Instancia, entonces la Ley Orgánica dice "estos casos que comenzaron en la Superior -no en Primera Instancia- esos casos que comienzan en la Superior pueden ir a la Suprema como Segunda Instancia" pero lo que dice el señor Carrión es lo que dice el proyecto. El proyecto no quiere que las Cortes Superiores sean simple instancia inferior de la Suprema, no quiere eso y hay que precisarlo de tal forma que su inquietud que es la de todos nosotros quede consagrado con una redacción mejor que la que está en el proyecto. Suprema solo para casación, Suprema solo para lo que la ley dice que comience en la Superior, pero no hay que permitir que las Cortes Superiores sean simples instancias de la Suprema. Gracias. El señor CARRION RUIZ.- Gracias doctor Ferrero, casi se ha consumido la mitad de mi tiempo. Continuó. En consecuencia, señor, con ese mismo propósito yo me he permitido redactar un artículo que podría decir lo siguiente y lo voy a leer rápidamente. "Las causas civiles no son apelables a la Corte Suprema, las causas penales son apelables a la Corte Suprema solo cuando la sentencia es a cadena perpétua o a pena de muerte". Probablemente, señor, acerca de ésto podrán redactarse o prepararse muchas variantes, pero creo que en esta Constitución -mi colega me cede su tiempo- debemos de sentar definitivamente un principio fundamental de descentralización, porque con ello señor creo que estamos haciendo justicia a los hombres de las provincias del Perú. Finalmente, señor, estoy totalmente de acuerdo con lo manifestado por el doctor Flores Araóz, en el sentido que es de lo mas antitécnico e inconveniente pretender restablecer el porcentaje que la Constitución vigente asigna al Poder Judicial, por la simple razón y por los mismos fundamentos que ha expresado el doctor Flores Aráoz, no creemos que ésto sea técnico desde ningún punto de vista. El presupuesto o el monto del presupuesto puede variar, las circunstancias del Poder Judicial pueden variar, entonces, el presupuesto anual ésto lo tiene que resolver. Finalmente, señor, solamente quiero decir que me parece también sumamente inconveniente establecer que el Presidente de la Corte Suprema venga al Congreso a sustentar su pliego correspondiente. Creo, señor, que por el ordenamiento que debe haber en la tarea presupuestal simplemente el Poder Judicial ... (SIGUE EN EL TURNO 46) PLENARIA MATINAL 26-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor CARRIOS RUIZ.- (Continuando)... finalmente señor, solamente quiero decir que me parece también sumamente inconveniente establecer que el Presidente de la Corte Suprema venga al Congreso a sustentar su pliego correspondiente. Creo señor que por el ordenamiento que debe haber en la tarea presupuestal, simplemente el Poder Judicial, debe presentar su respectivo proyecto de Presupuesto al Ministerio de Economía; y sea el Ministerio de Economía el que involucre con la finalidad de que el presupuesto sea coherente y no nos encontremos con desbalances que han sido muy comunes a través del tiempo y que han dado resultado realmente funestos. Esto es todo señor Presidente y muchas gracias. ASUME LA PRESIDENCIA EL SEñOR JAIME YOSHIYAMA TANAKA. El señor PRESIDENTE.-Señor Amuruz Tiene la palabra. El señor AMURUZ GALLEGOS.- Gracias señor Presidente, bueno señor Presidente, para hacer un pequeño resumen en el aspecto de que todos los que han expuesto, han coincidido en el caos del Poder Judicial anterior, toda las bancadas. Muy importante aquí la exposición del doctor Oritz de Zevallos, y esto yo creo que tiene que tomar en cuenta mucho la Comisión de Constitución en el sentido señor Presidente, que antes que el presupuesto del Poder Judicial, y antes del nombramiento mismo de los integrantes del Poder Judicial, esta algo que toma el nombre de la organización del Poder Judicial. En este momento hay muchos problemas, en cuanto a la organización del Poder Judicial, porque sobre todo señor Presidente, los jueces de Primera Instancia, como los dijo el doctor Ortiz de Zevallos, tienen miles de casos pendientes que lo designan, como no lo pueden ver los Secretarios y esto a la vez lo designan a los abogados de la parte litigante. Y en definitiva ahora lo que se presenta es que los abogados de la parte litigante son los que realizan los dictamenes respectivos y eso trae como consecuecia, la no creencia en el Poder Judicial. Esto yo creo que hay que tenerlo muy en cuenta. En cuanto al doctor Pease, podriamos tomar en cuenta que es importante que saque la mano el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial en el nombramiento de los Magistrados o de los integrantes del Poder Judicial. Es importante esta separación y esto hay que destacar en la exposición del doctor Ortiz de zevallos, que creo que debe de tener mucha acogida aca en la Comisión de Constitución. En cuanto al doctor Olivera, podriamos también tener cosas positivas, del señor Olivera, sobre todo en cuanto a que la Corte Suprema, tenga la posibilidad de recursos de casación contra los fallos de Fuero Militar, porque no es posible, sobre todo en los casos de juzgamiento de civiles, la Corte Suprema se iba de intervenir en fallos del Poder Militar, los del Fuego Miliar. Es necesario que haya allí el recurso de casación, y eso hay que tomarlo en cuenta. Una cosa novedosa que planteo, el señor Olivera es que el pueblo participa a través de los Jurados. Esto no sucede aca, yo tengo entendido que sucede en algunos otros países, porque quien más que los sectores honorables de la población para dictaminar como jurados, esto yo creo que tiene que hacer pensar mucho a la Comisión de Constitución, la intervención del pueblos como Jurado. Tambien es importante del señor Olivera que dijo señores de la Comisión de Constitución, a través de la Presidencia, en cuanto debe establecer que la duda no favorece al reo, porque eso trae muchos problemas en comprobación de que se ha sucedido o no la falta, sino debe establecerse que la duda favorece a la sociedad. Yo creo que ese principio nos daría más equidad en la administración de justicia señor Presidente. También un aporte del señor Olivera es, en cuanto al órgano de control externo, porque ya hay mucha duda en los órganos de poder interno, como he sabido entre los integrantes del Poder Judicial ... (Continúa en el Turno N§ 47)
Julio Herrera Vargas.- LUN 26.7.93.- PLENO-Matinal El señor AMURUZ GALLEGOS (continúa) porque hay mucha duda en los órganos de poder interno como es sabido entre los integrantes del Poder Judicial hay componendas muchas veces y es necesario ver un órgano de control externo en qué medida se podría poner. No estoy de acuerdo en que ese órgano de control externo sea ejecutado por el Tribunal de Garantías Constitucionales por los problemas que ya han surgido; tiene que haber otro sistema, otro tipo de control externo, eso habría que estudiarlo con la experiencia que tiene la Comisión de Constitución. Tampoco estoy de acuerdo con las expresiones del señor Olivera en el sentido que criticó al Tribunal de Honor. Ya con esto el doctor Ortiz de Zevallos lo ha defendido muy bien. Yo creo que si estos señores del Tribunal de Honor han sido elegidos con gran porcentaje, con la confianza de este Congreso Constituyente, está demás hacerle críticas que no vienen al caso. Bueno, en cuanto al doctor Barrón, podríamos decir en su preocupación en el límite, edad, (Pausa) Adelante, con la venia del presidente. El señor OLIVERA VEGA.- Muy breve, simplemente para precisar dos cosas en su resumen que está haciendo usted. Yo no he propuesto que el órgano de control externo sea el Tribinal de Garantías Constitucionles, en ningún momento. En segundo lugar, las críticas que yo he hecho es al sistema de nombramiento de los magistrados que van a estar administrando justicia en estos próximos cinco años, no las he centralizado.en las personas de los miembros del Tribunal de Honor, en eso he sido muy claro en hacer la salvedad respecto a su honorabilidad, a su probidad, no ha habido ningún cargo. Otros representantes han sido los que han hecho este tipo de imputaciones. El señor AMURUZ GALLEGOS.- En todo caso ha quedado aclarado y salvado pues la honorabilidad de este Tribunal de Honor. Muchas gracias. Bueno, ésas son las observaciones más importantes ¨no?, y gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Doctora Martha Chávez tiene usted el uso de la palabra. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Gracias, señor Presidente. Yo creo que a fin de abreviar y sobre todo teniendo en cuenta que ya en el ámbito de la Comisión de Constitución se expusieron las posiciones fundamentalmente de nuestro grupo y las que teníamos personalmente en relación al tema del Poder Judicial, voy a permitirme a hacer una propuesta respecto al Artículo 161§, de modo que según esta propuesta se precise que la no revisión de las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones y por el Consejo Nacional de la Magistratura se refiere exclusivamente a aquellas resoluciones en materia electoral en el primer caso del Jurado Nacional de Elecciones, y en el caso del Consejo Nacional de la Magistratura en lo que se refiere a selección, sanciones, nombramiento y ascenso de Jueces. Porque señor Presidente tanto el Jurado Nacional de Elecciones como el Consejo Nacional de la Magistratura tienen atribuciones para resolver administrativamente otros asuntos adicionales a los que son exclusivamente en materia electoral o en lo que se refiere a la designación o sanción de jueces. Resoluciones que no tendrían por qué verse beneficiadas con esta no revisión por parte del Poder Judicial. En tal sentido sugiero la redacción siguiente para el Artículo 161§: "No son revisables en sede judicial las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral, por el Consejo Nacional de la Magistratura en materia de selección, sanción, nombramiento y ascenso de Jueces. Las de arbitraje lo serán cuando las partes así lo acuerden". Es el texto que sugiero para el Artículo 161§. Y respecto a esto y habiendo escuchado la intervención del doctor Javier Barrón, sí comparto con él la preocupación respecto sobre todo de algunas resoluciones infortunadas que ha dado recientemente el Jurado Nacional de Elecciones y que revelan un abuso de la potestad que este Jurado Nacional tiene... (SIGUE TURNO 48)
SILVIA ALEGRE LUCAR 26-07-1993 PLENARIO: MATINAL La señorita CHAVEZ COSSIO...(continuando)...infortunadas que ha dado recientemente el Jurado Nacional de Elecciones y que revelan un abuso de la potestad que este Jurado Nacional tiene en materia electoral. Y es, el caso patético ha sido el caso del Concejo Distrital de Pueblo Libre, en la que según los antecedentes que tenemos hemos tenido ocasión de conocer, el Jurado Nacional de Elecciones ha violado su propia última instancia; porque, no obstante haber resuelto en última instancia ante un pedido proveniente de una lista contraria para que se anule la acreditación como Alcalde Distrital al señor De Souza, pasado algún tiempo y con los mismos argumentos del anterior recurso impugnatorio de esta lista contraria, el Jurado Nacional de Elecciones ha vuelto a dar una resolución anulando, cambiando el sentido de su anterior dictamen o pronunciamiento en última instancia. Es decir, la última instancia para el Jurado Nacional de Elecciones permite repetir varias veces pronunciamientos, y esto no solamente afecta el interés de terceros, sino también la seguridad que en esta materia tan delicada debe tener nuestro ordenamiento jurídico. Sin embargo, esta preocupación que comparto con el doctor Barrón, no me lleva a pensar que puedan, el Poder Judicial, revisar tales resoluciones, y en todo caso, ese problema tan evidente de indebida aplicación de la ley tendría que resolverse quizás por la vía de la indemnización por errores judiciales, quizás por la acusación constitucional contra estos miembros del Jurado Nacional de Elecciones. Señor Presidente ¨me permite dar una interrupción al doctor Barrón? El señor BARRON CEBREROS.- (interrumpiendo) Por su intermedio, gracias Presidente. Para concordar plenamente con la doctora Martha Chávez en cuanto a la preocupación de fallos infortunados, desagradables y sorprendentes en el Jurado Nacional de Elecciones, donde el de Pueblo Libre no es sino uno de una larga lista de desaciertos. Pero entonces, para concordar y adecuar quizás mi propuesta, podría ser que se establezca una casación en lugar de una acción de amparo en primera instancia, una casación exclusivamente por la Corte Suprema, la que revise exclusivamente el procedimiento y determine irregularidades no en el cómputo, sino en el procedimiento electoral. De tal manera, que colocando una cierta capacidad de limitaciones para que no sean todos los casos, y estableciendo que sea directamente ante la Corte Suprema en vía de casación -llámase si es que quiere una casación extraordinaria electoral- podríamos establecer no una vía más, sino una forma de darle solución a estos problemas realmente clamorosos y escandalosos que se han dado ultimamente. Gracias doctora y gracias Presidente. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- El señor Amuruz también quiere hacer una interrupción. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Sí señor Presidente, y luego me ha pedido el señor Paredes, con su venia. El señor AMURUZ GALLEGOS.- (interrumpiendo) Señor Presidente: Solamente para recordar. El señor PRESIDENTE.- Perdón, primero es señor Amuruz y después el señor Paredes. El señor AMURUZ GALLEGOS.- Primero, para recordarle a la doctora Martha y a todo el Pleno, señor Presidente, de que efectivamente el Jurado Nacional de Elecciones ha cometido algunas arbitrariedades. Nosotros sacamos, la Comisión de Descentralización del Congreso sacó una ley donde muy claramente se definía el procedimiento, cómo se iban a hacer cargos los alcaldes elegidos. Y en función de esa ley que sacó este Congreso que estaba muy clara y definida, el Jurado Nacional de Elecciones sacó una interpretación, una resolución interpretativa que causó todo un caos; tal es así, de que como ochocientos alcaldes no se hacían cargo de su alcaldía, y esto ha demorado meses -no sé si hasta ahora ya estará terminado- pero esta causa fue única y exclusivamente por la resolución interpretativa del Jurado Nacional de Elecciones. Por esto es necesario de que sus fallos sean vistos, ya sea como un recurso de casación o de amparo ante la Corte Suprema, es muy importante esto, porque hay que ver que ahora estamos dando el referéndum, estamos dando muchas disposiciones que antes no aparecía, que va a intervenir el Poder Judicial. Si ellos van a ser un poder independiente no revisable, prácticamente va a ser un superpoder para el Estado. Muchas gracias... (continúa en el turno 49)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Mat.) 26.07.93 El señor AMURUZ GALLEGOS.- (Continuando)... no parecía que va a intervenir el Poder Judicial, si ellos van a ser un Poder Independiente no revisable, prácticamente va a ser un Supero-Poder para el estado. Muchas gracias. El señor PAREDES CUEVA.- Me permite una interrupción? La señorita CHAVEZ COSSIO.- Como no, señor Paredes. El señor Paredes Cueva.- (Interrumpiendo) Con su venia Presidente: No lo que quería era aclarar, el doctor Barrón dice que el Jurado Nacional ha tenido muchas fallas, también aquí mi colega acaba de decir lo mismo, pero se han olvidado una cosa importante del Jurado Nacional de Elecciones, que tenía quesoportar audiencias diarias, y asaben lo que es soportar 800 o 1,000 audienciancias diarias, señor Presidente? Usted nos está dirigiéndo, soportaría 800 audiencias? Eso hay que cambiar, audiencias diarias públicas, entonces tenía que soportar. Inclusive, un día conversándole ¨Y porqué tan cansado? -Me hace recordar, les voy a contar, en dos segundos, un segundo: "Un Juez, dos se acusaban, entonces, ya cansado de tantas audiencias al primero le dijo "Tu tienes la razón" -Y el escribano le dijo, señor Juez, si están peleando, como le dá la razón al primero?- Entponces, le dice "haber Habla" -termina de hablar- "Tú también tienes la razón" -le dice, el escribano: Señor Juez, los dos la tenían? Pero allí usted le está dando la razón- "Tú también tienes la razón, porque yo estoy cansado". disculpe Presidente. El señor PRESIDENTE.- Continúe doctora Chávez. La señorita CHAVEZ COSSIO.- Si señor Presidente, El Tema es que, bueno yo en eso discrepo un poco con el señor Paredes. No es cierto que hayan tenido 800 audiencias diarias, muchísimo menos, e inclusive, yo diría que hasta viéndolo de fuera, no ha habido tal contracción al trabajo como se necesitaba, durante los procesos elecorales y en los que se debía incluso esperar, que ese Jurado trabaje sábados y domingos, porque los procesos electorales son muy esporádicos en los períodos en que ellos están en actividad. Señor Presidente, sugiero, siempre dando por terminado el tema del artículo 161§ no obstante que la propuesta del doctor Barrópn me parece interesante, en el sentido de establecer una suerte de Casación, pero evidentemente exclusívamente para ver la forma del procedimiento, más no así sobre el fondo; y en cuyo caso, por ejemplo, el penoso asunto del Alcalde de Pueblo Libre, se resolvería exclusívamente, estableciendo que ya se dictó una resolución en última instancia, la misma que no puede ser modificada, sin entrar al sentido en el cual se dictó o no se dictó esa Resolución. Señor Presidente, luego, como quiera que se ha hablado también de la necesidad de un porcentaje en el poder para el Presupuesto del Poder Judicial, convengo en lo que señalé también en la oportunidad debida en la Comisión de Constitución, que no es necesario incluir estos procentajes, porque si no, al hacerlo tendríamos que también repetir lo mismo para otros sectores, tan o más importantes, como el Sistema Electoral, o el Poder Judicial perdón, entre ellos por ejemplo el Sistema Electoral, entre ellos las Fuerzas Armadas, el Sector Salud, el Sector Educación. Si andáramos fijando porcentajes en la Constitución, evidentemente, no necesitaríamos tener un Ministro de Economía y Finánzas y las cosas se resolverían simplemente con los porcentajes que señala la Constitución, cosa que no es, desde ningún puntos de vista técnic,o posible. Señor Presidente, luego, quiero señalar, ya que se está hablando de temas generales, de que indudablemente la no politización del Poder Judicial y el que sea el Poder Judicial un Poder limpio, honorable, honrado, es base fundamental para la existencia de nuestro país y sobre todo para la Pacificación de nuestro país; en la medida en que hallan autoridades judiciales corruptas y abogados también prestos a corromper a los jueces, yo creo que en este punto del Poder Judicial, tenemos que también asumir la responsabilidad los Abogados y las partes en litigio, los peruanos en general, de que debemos asumir la responsabilidad... (Continúa en el Turno No. 50)...
(Plenario Mat.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 2607-93 La señorita CHAVEZ COSSIO.-(Continuando)...judicial, tenemos que también asumir la responsabilidad los abogados y las partes en litigio, los peruanos en general, de que debemos asumir la responsabilidad que nos toca en no propiciar actos de corrupción en el Poder Judicial, hay jueces corruptos, autoridades corruptas en la media en que haya privados personas litigantes o interesadas, que propicien esos actos de corrupción o que los toleren. Señor Presidente, esperamos que las normas introduzcamos en este capítulo relativo al Poder Judicial sirvan para que realmente tengamos un Poder Judicial limpio a la altura de las necesidades que el país tiene. Gracias, sñeor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, doctora Chávez. Habiendo hecho el uso dela palabra los señores congresistas de la lista de oradores, quisiera consultar al Pleno si consideran que el asunto ha sido suficientemente debatido. Los señores congresistas que estén a favor, sírvanse manifestarlo levantando la mano. (Votación). Los que estén en contra. (Votación). El tema ha sido suficientemente debatido. Quisiera mencionar que habiéndose cambiado la fecha para el Desfile Militar el día de mañana a las diez y media de la mañana, donde todos nosotros estamos recibiendo invitaciones para el desfile Militar en la avenida Brasil, quería manifestar que no habrá Pleno el día de mañana por ese motivo, el día 28 de julio nos volveremos a reunir para recibir el Mensaje Presidencial, en la tarde vamos a hacer entrega a ustedes del programa para que todos podamos saber exactamente y la Presidencia está proponiendo que nos volveríamosa reunir para continuar el debate constitucional en el siguiente Pleno que podría ser el 02 de agosto a las nueve y veintinueve de la mañana, el lunes 02 de agosto. Por supuesto que el debate queda suspendido hoy día en la tarde hasta las cinco de la tarde, donde el señor Carlos Torres hará uso de la palabra para proceder a la votación. En este momento terminada la sesión, vamos a tener una pequeña ceremonia para inaugurar la Sala de Conferencias del Congreso Constituyente Democrático, donde cualquiera de los ochenta miembros de este Congreso pueden ofrecer conferencias de Prensa a todo el país. Muchas gracias. SE SUSPENDE LA SESION. w(Eran las 13: 45 Horas).