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CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRATICO

29a. "Ñ" SESION PERMANENTE (Vespertina) REALIZADA EL DIA LUNES 19 DE JULIO DE 1993 PRESIDENCIA DEL SEÑOR VICTOR JOY WAY ROJAS

SECRETARIOS ACCESITARIOS: SR. ANDRES REGGIARDO SAYAN HORA : 17:00 HORAS

Turno  1   Turno  2   Turno  3
Turno  4   Turno  5   Turno  6
Turno  7   Turno  8   Turno  9
Turno 10   Turno 11   Turno 12
Turno 13   Turno 14   Turno 15
Turno 16   Turno 17   Turno 18
Turno 19   Turno 20   Turno 21
Turno 22   Turno 23   Turno 24
Turno 25   Turno 26   Turno 27
Turno 28   Turno 29   Turno 30
Turno 31   Turno 32   Turno 33
Turno 34   Turno 35   Turno 36
Turno 37   Turno 38   Turno 39
Turno 40   Turno 41   Turno 42
Turno 43   Turno 44   Turno 45
Turno 46   Turno 47   Turno 48
Turno 49   Turno 50   Turno 51
Turno 52   Turno 53   Turno 54
Turno 55   Turno 56   Turno 57
Turno 58   Turno 59   Turno 60 
Turno 61   Turno 62   Turno 63
Turno 64   Turno 65   Turno 66
Turno 67

T-1

El señor PRESIDENTE.- Buenas tardes, señores
congresistas.
Se va pasar lista para computar el quórum.
El RELATOR, pasa lista.
El señor PRESIDENTE.- Con el quórum reglamentario, se
reincia la sesión permanente.
Continúa el debate de los artículos 78§ al 89 sobre
materia del régimen tributario presupuestal, del dictamen en
mayoría de la Comisión de Constitución y
Reglamento. 
Tiene la palabra el señor congresista Juan Guillermo del
Carpio.
El señor CARPIO MUñOZ.- Si, señor Presidente.
Voy a referirme específicamente a la parte de presupuesto y
mucho mas concretamente al artículo 81§ que está puesto
al debate.
En el Pleno del 12 de Febrero  del año en curso, por
unanimidad acordamos que la descentralización es uno de los
criterios fundamentales para el nuevo diseño del Estado, es
mas, en el artículo 41§ del texto aprobado aquí en el
Pleno del trabajo constitucional, indicamos que el gobierno del
Perú es -entre comillas- "unitario, representativo y
descentralizado", la descentralización en lo fundamental es
una transferencia de competencias del gobierno central a las
instancias descentralizadas, pero sustantivamente también  es
una transferencia de recursos del gobierno central a las instancias
descentralizadas.
Como vengo sosteniendo, la descentralización no viene a ser
un capítulo ni un tema marginal del nuevo texto
constitucional, tiene que ser uno de los ejes que nos ayude a
entender la nueva estructura del Estado.
Me pregunto, señor Presidente, si el presupuesto no es un
instrumento de gobierno, y respondo es uno de los fundamentales
instrumentos de gobierno, por lo tanto, si ya tenemos aprobado  en
el artículo 41§ en que el gobierno del Perú es
unitario, representativo y descentralizado, el prusupuesto en
consecuencia tiene que se un presupuesto descentralizado.
La Comisión' de Constitución ha haehco bein en el
proyecto que nos pone a debate, en considerar esta situación,
y en el artículo 81§, segundo párrafo, indica a la
letra: "El presupuesto asigna equitativamente los recursos
públicos, su programación y ejecución responden
a los criterios de eficiencia, necesidades sociale básicas y
descentralización"
Creo que está bien, señor, la forma como la
Comisión de Constitución ha recibido el tema de la
descentralización; por lo tanto, no voy a contradecirlo, sino
que considero que es incompleto esta mención y por lo tanto,
me permito por su intermedio  a la Comisión de
Constitución, sugerir que complemente con el siguiente
concepto.
Como queda establecido en este texto, dice que su programación
y ejecución responden a los criterio de eficiencia y
descentralización, sabemos muy bien que la programación
presupuestal es el camino para llegar al presupuesto y obviamente la
ejecución presupuestal es el que se deriva de él.  Pero
no se refiere al instrumento de gobierno que es el Presupuesto y a
ello yo quisiera agregar en que se complete el texto con las
siguientes palabras: "La estructura del presupuesto del sector
público contendrá dos secciones, del gobierno central
y de las instancias descentralzadas", y voy a explicar porqué.
Esnecesario que tengamos una garantía para que la
descentralización se efectúe realmente, de que haya
transferencia  de recursos además de transferencia de
competencias a las instancias descentralizadas; por lo tanto, el
presupuesto tiene que estar estructurado en forma descentralizada,
de arranque debe tener dos secciones, una que corresponde a...
(Continúa en el Turno N§ 02)

SESION PLENARIA          (VESPERTINA)

T- 02

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              19-07-93
El señor CARPIO MUñOZ.- _(continuando)_  de recursos,
además de transferencias de competencias a las instancias
descentralizadas.
Por lo tanto, el presupuesto tiene que estar estructurado en forma
descentralizada, de arranque debe tener dos secciones; una que
corresponde al gobierno central y otro al de las instancias
descentralizadas, cualesquiera que fueran ellas. No quiero abrir
debate, señor, sobre si las instancias descentralizadas deben
ser solo los municipios, los gobiernos departamentales, los gobiernos
regionales de antiguo o de nuevo tipo. Ese no es problema que estemos
discutiendo. 
Lo que se debiera establecer meridianamente es que la estructura del
pesupuesto del sector público contendrá dos secciones
del gobierno central y de las instancias descentralizadas. Para
qué  si tenemos en cuenta que el Poder Legislativo debiera
estar conformado íntegramente por representantes de los
pueblos elegidos en distrito múltiple, de tal suerte que
corresponda a la población electoral de Lima, quien representa
el trentitrés por ciento de la población nacional, le
corresponda el trenitrés por ciento de la
representación en el Congreso; y por lo tanto a la de fuera
de Lima le corresponda el sesentisiete por ciento restante.
Con éso tendríamos la garantía política
para que no se destine del presupuesto del sector público,
mendrugos ni migajas para las instancias descentralizadas. La
única forma que tenemos de hacer que efectivamente exista una
descentralización es transfiriendo recursos porque de nada
ganaríamos transfiriendo competencias, de nada
ganaríamos en imaginar un diseño perfectamente
funcional de descentralización, si no transferimos recursos.
Termino, señor Presidente, enviando o llevando hacia el
Presidente de la Comisión de Constitución el texto que
solicito sea añadido al primer párrafo del
artículo 81§.
Muchísimas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Carpio.
Tiene la palabra el señor congresista Fernando Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Gracias, señor Presidente. Con
el riesgo que nuestras observaciones sean tomadas en cuenta por la
Comisión de Constitución.
Me pide una interrupción el señor Larrabure que se la
concedo con su venia, señor Presidente. 
El señor LARRABURE GALVEZ.- Gracias, señor Presidente.
Yo quería preguntarle al señor Carlos Torres y Torres
Lara si podía considerar en donde dice; "los tributos se
crean, modifican o derogan", que diga; "los tributos se crean,
modifican, suspenden o derogan exclusivamente por ley del Congreso"
porque pueden haber suspensiones temporales.
Le dejo esa inquietud. Eso que, "se suspenden", no sé si me
escuchó el doctor Carlos Torres y Torres Lara. Gracias.
El señor OLIVERA VEGA.- Sí, señor Presidente,
lo cual nos trae a la memoria que tenemos una ley lista para ser
aprobada, que suspenda por lo menos por un tiempo prudencial el IGV
que injustamente se está agravando a los alimentos, ese
dieciocho por ciento que aparta de la mesa popular los alimentos.
Y por eso, señor Presidente,  inicio esta intervención
concreta sobre el tema tributario, diciendo que nos llama la
atención por qué no se ha incorporado los principios
generales en materia tributaria que están recogidos en el
artículo 139§ de la Constitución que expresamente
decía, señor, "la tributación se rige por los
principios de legalidad, uniformidad, justicia, publicidad,
obligatoriedad, certeza y economía en la recaudación,
no hay impuesto confiscatorio ni privilegio personal en materia
tributaria".
Este texto, señor Presidente, ha sido eliminado de la
última versión de proyecto de Constitución dado
por la mayoría oficialista; y llama la atención,
señor, porque evidentemente _
(CONTINUA EN EL TURNO - 03)

T.03

Justo Frías López  19-07-93  Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor OLIVERA VEGA.-(Continuando)...de proyecto de
constitución dado por la mayoría oficialista; y llama
la atención, señor, porque evidentemente este es el
sustento para que el consumidor o el contribuyente se pueda defender
en el marco principista que recoge una Constitución
Política frente los posibles abusos que pueden realizar los
diversos gobiernos de turno.
Cómo se puede defender quien es víctima de un impuesto
confiscatorio, señor, si no es con la Constitución en
la mano; cómo se puede defender quien -por ejemplo- no reclama
la base técnica, la base de justicia en la fijación de
un impuesto como, por ejemplo, puede ser el ese antitécnico
e injusto impuesto a los activos que se está ejecutando en el
Perú de hoy, en donde a pesar que hay empresas quebradas que
están paralizadas, en la práctica tienen que estar
vendiendo activos para satisfacer la voracidad fiscal de un gobierno
que no cumple con proponer alternativas mejores para equilibrar la
caja fiscal. 
Si siquiera se dejara esta norma constitucional es posible evitar el
abuso. Cómo se puede defender, por ejemplo también, el
ciudadano común y corriente que si en vez de tener que pagar
la cifra que tiene que pagar para salir del país se le
duplica, triplica, cuadriplica y en los hechos estaría
impidiéndose sus libertades fundamentales, como es la libertad
de tránsito. Cómo se puede defender, señor
Presidente, nos preguntamos.
Entonces creemos que este texto del artículo 139§ de la
Constitución debe restutuirse; y debe además,
señor, considerarde -creo yo- lo que con buen criterio se
había logrado avanzar en la Comisión de
Constitución, en el sentido de agregar como uno de los
principios que en materia tributaria rijan en el país, el
principio de la progresividad en materia tributaria.
Lamentablemente tenemos que decir que por materia de eficiencia, o
más que de eficiencia de simpleza en la recaudación,
siempre la estructura tributaria en nuestro país se ha
ejecutado con una estructura regresiva en materia recaudatoria, es
decir, que los que menos tienen son los que más pagan
proporcionalmente; y aquí de lo que se trata, si es que se
quiere rescatar el principio de justicia, es que aquel que va
teniendo más o que va generando más riqueza pueda
aportar en proporción más que los que menos tienen o
nada tienen. Porque siempre, señor Presidente, se sale por el
expediente más fácil, es decir, coloquemos el impuesto
indirecto que es imposible de evadir cuando se trata de
artículos de primera necesidad, de subsistencia elemental para
el ser humano y de esa manera equilibramos la caja fiscal, y paga
entonces proporcionalmente más el que nada tiene o el que poco
tiene; y paga igual el que sí puede contribuir y debe
contribuir en mayor proporción, más aún cuando
se trata de épocas de crisis, en donde debe haber por supuesto
un sentido de justicia en las salidas a la crisis como la que padece
el Perú de hoy. 
Por eso, señor Presidente, insistimos en que también
se vuelva a considerar este principio de progresividad en materia
tributaria.
También queremos, señor Presidente, que se considere
en el artículo 78§ algo que sí se concede a los
gobiernos locales, que es no solamente la posibilidad de crear,
modificar y suprimir contribuciones dentro de su jurisdicción,
sino la posibilidad de exonerar tributos. Si lo pueden los gobiernos
locales por qué no va a poder el Congreso de la
República, señor, no solamente conceder exoneraciones
sino beneficios tributarios que pueden ser en efecto temporales y
específicos.
Esto, señor Presidente, lo está aplicando el gobierno
actualmente y no necesariamente....
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 04  )

T-04

ROBERTO OSHIRO T.   19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA

El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...no solamente
conceder exoneraciones, sino beneficios tributarios que pueden ser
en efecto temporales y específicos. 
Esto, señor Presidente, lo está aplicando el Gobierno
actualmente, y no necesariamente se tiene que decir que va a romper
un esquema de disciplima fiscal o que es la manera para
institucionalizar una conducta mercantilista o de desigualdad de
reglas de juego para los actores del proceso económico; sino
que responde a realidades concretas y son instrumentos que no tiene
por qué negársele a un Gobierno, cuando se trata de
cuestiones económicas específicas y temporales. 
Si por ejemplo hay que fraccionar una deuda tributaria, no es acaso
eso un beneficio tributario, si ahora lo hace el Gobierno a
través de Decretos Supremos Extraordinarios, aquí en
el proyecto de Constitución se está estableciendo que
con Decretos Supremos Extraordinarios, no se podrá crear
tributos, lo cual me parece correcto. Tampoco entonces se
podrá dar exoneraciones ni beneficios tributarios, por
qué atar de manos entonces al Parlamento para que pueda
considerar situaciones específicas de acuerdo a la realidad
Nacional. 
Sería tan contradictorio llevándolo a un caso extremo,
como el que hemos tenido la visita el día de hoy, el Congreso
Constituyente recordando la injusticia que se está cometiendo
con los impedidos físicos del Perú; en donde no solo
se les ha negado el artículo Constitucional que antes
existía, que era el artículo 19§, sino que como
respuesta de esperanza se les dice: "Bueno si no está en la
Constitución, podrá estar en una Ley", pero acaso
podrá haber una Ley dentro de este contexto en donde como
decía el artículo 19§, había la posibilidad de
exonerar de los tributos a las donaciones dedicadas a los fines de
entidades, que sin fines de lucro, brindan servicios especiales a las
personas incapacitadas, etcétera, etcétera. 
Pero no es el único caso, señor, sino que es el caso
también de los que hemos venido reclamando como tratamiento
temporal y específico de regímenes especiales en
función a lo que ya sea la política económica
de cada Gobierno y por la cual puede votar el pueblo, y en
último caso puede merecer pronunciamiento del pueblo, mediante
consulta directa. Por qué poner o negar esta posibilidad que
debe ser administrada con responsabilidad.
Por eso, señor, queremos insistir en rescatar la
redacción original del artículo 139§ de la
Constitución, en cuanto decía que solo por Ley expresa
se crean, modifican, o suprimen tributos y se conceden exoneraciones
y otros beneficios tributarios. 
Además, señor Presidente, también queremos
coincidir en que la mayoría sea transparente y de una vez por
todas nos anuncie si es que ya ha tomado decisión sobre la
eliminación de esa instancia intermedia de Gobierno que son
los Gobiernos Regionales. Aquí en el texto planteado se habla
de Gobierno Central, de Gobiernos Locales y nada de Gobiernos
Regionales, ni de nada parecido. Entonces, señor Presidente,
queremos que haya transparencia en cuanto a la propuesta de la
mayoría y que de una vez, en todo caso, vaya dándonos
la primicia de cual es su definición última. Nosotros
creemos que el tema debe ser tratado por supuesto considerando la
presencia de Gobiernos Regionales, con todas las perfecciones que
vamos a plantear en el debate correspondiente a
descentralización y Gobiernos Locales.
También creemos, señor Presidente, que no es
conveniente eliminar un artículo como el artículo 142§
de la Constitución vigente, que señala otro principio
general que creemos era sano para el buen manejo de la
economía Nacional, que la tributación, el gasto y el
endeudamiento público guardan proporción con el
producto bruto interno de acuerdo a Ley.
Si bien es cierto, señor Presidente, que en esto ha habido una
serie de contrabandos que ha inducido a error y por lo tanto a
injusticias que se cometen desde que ...
(Continúa en el turno N§ 05)

T-5

Transciptor: Jorge Anamaría       
PLENARIA       Vesp.     19-7-93
El señor OLIVERA VEGA..(continuando)..una serie de
contrabandos que ha inducido a error y por lo tanto a injusticias que
se cometen desde que la estimación del Producto Bruto Interno
dista mucho de la realidad concreta; y entonces sucede, señor
Presidente, que el Producto Bruto Interno cuando se pone como
referencia de la tributación se eleva de tal manera que la
denominada presión tributaria que aparece como mínima
resulta siendo excesiva porque el verdadero Producto Bruto Interno,
la verdadera producción nacional no es la que presentan los
técnicos de los gobiernos de turno y debería ser,
señor, un sano criterio a establece, porque si no vivimos en
la ficción que vivimos actualmente en donde decimos hay una
baja presión tributaria pero resulta siendo excesiva y siempre
sobre los mismos agentes económicos que no soportan mas,
señor y se apartan entonces del abc de la economía que
tiene que ver con variables que se dan en el tiempo y que funcionan
de acuerdo a elasticidades mínimas de precios, ofertas,
demandas y cómo va reaccionando el mercado mismo.
Todo, entonces, es distorsionado desde la base de una falsa
estimación del Producto Bruto Interno, pero el principio es
sano, es correcto. Que se haya hecho hasta ahora mal uso de ese
principio no significa que eliminemos la declaración como meta
a ser cumplida por un gobierno democrático. 
Por eso, señor Presidente, nosotros creemos que se debe volver
a consagrar el Artículo 142 de la Constitución vigente
que textualmente dice "la tributación, el gasto y el
endeudamiento público guardan proporción con el
Producto Bruto Interno de acuerdo a ley". Es mas, señor
Presidente, esos mismos estimados son los que se manejan cuando uno
está realizando negociaciones internacionales para ver hasta
qué punto es posible variar los tributos, la carga tributaria,
modificar, qué topes, qué metas son las que se
establecen en esas mismas negociaciones internacionales. El asunto
está, entonces, que sea recogido como principio
constitucional.
En suma, señor Presidente, hemos hecho los aportes que creemos
convenientes, esperamos que sean escuchados y sino nos lo
dejarán para reserva en nuestra campaña alternativa.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Olivera.
Tiene la palabra el doctor Manuel Moreyra.
El señor MOREYRA LOREDO.- Gracias, señor Presidente:
Voy a referirme ahora a dos temas, dejando el asunto del presupuesto
para después.
El primero, es el Artículo 79§ y allí quiero hacer
mención de una nota mental que hice alrededor de seis meses
atrás. No sé si ustedes recuerdan, señor
Presidente, el problema que surgió mas o menos en enero con
respecto a la deuda pública contraída por gobiernos
fuera de las normas constitucionales, problema que se hiciera un
obstáculo para que se pudiese cerrar las operaciones de
refinanciación de la deuda con el Banco Mundial y con el Fondo
Monetario Internacional y al cual le dimos solución a base de
una interpretación legal según la que, como se
habían contratado las deudas para hacer dicha
refinanciación, dentro de las normas que permitían
contratar deuda pública y que la ley dada para esa
contratación de deuda pública había sido dado
por un congreso ordinario constitucional, en interpretación
que dió este Congreso Constituyente, establecimos que tales
operaciones eran válidas.
Yo lo primero que quiero recordar, porque entonces tomé nota
mental de ello pero no habido oportunidad para verlo, es que este
Congreso Constituyente tiene que dar otra ley aparte de la
Constitución estableciendo la validez de los límites
de endeudamiento dados por la ley dada por el Presidente de la
República  señor Fujimori cuando no había
parlamento y en función al cual se están haciendo las
operaciones hoy día, donde hay la misma razón el mismo
derecho, el señor Gonzalo Ortiz de Zevallos me dará la
razón y, si nosotros hemos interpretado que el anterior
endeudamiento era válido porque estaba autorizado por una ley
de un congreso legítimo, que fueran las operaciones del
año pasado, este año estamos tomando deuda y lo hemos
hecho en varias operaciones de crédito con una
autorización . que....
(SIGUE EN EL TURNO 6)

PLENARIA        VESPERTINA           19-07-93

T-06

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor MOREYRA LOREDO.- (Continuando)...que el anterior
endeudamiento era válido porque estaba autorizado por una ley
de un Congreso legítimo que fueron las operaciones del
año pasado. 
Este año estamos tomando deuda y lo  hemos echo en varias
operaciones del crédito con una autorizacón que
según nuestra interpretación no es válida.
Entonces eso me lleva a mí a la sugerencia de decirle a este
parlamento, que a parte de dar la constitución en el momento
adecuado; no esta el Presidente de la Comisión de
Economía, pero en todo caso usted podrá tomar nota,
para llevarlo al Consejo Directivo, etc. Ahí hay un aspecto
legal que creo que los abogados del Banco Mundial y del Fondo
Monetario y todos los demás abogados  no se han dado cuenta
pero evidentemente estamos entrando en una contradicción. Y
eso lleva a que la redacción del Artículo 79§ como
esta, es una copia de la anterior constitución es defectuosa.
En el sentido por lo menos que no dice lo que nosotros interpretamos,
si es lo que podemos llamar así defectuosa. Dice así:
El Estado solo garantiza el pago de la deuda pública que
contraen los gobiernos constitucionales de acuerdo con la
constitución y las leyes, a parte de la repetición de
la constitución dos veces, el problema es y le rogaría
al doctor Torres y Torres Lara si me permitiese lo que debe de
autorizarse o lo que debe establecerse aquí, no es que
contraigan la operación gobiernos constitucionales, sino que
se hagan dentro de límites legales dados por un gobierno
constitucional; porque eso es la intepretación que nosotros
mismos hemos dado.
El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Una interrupción.
El señor MOREYRA LOREDO.- Si como no señor porque si
no hemos dado una interpretación equivocada.
El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Gracias por la
interrupción Presidente.
En estos momentos estaba todavía dentro del régimen
militar, después que Belaúnde había dejado un
endeudamiento; creo que de 840 millones de dólares, con el
gobierno militar ya estabamos en ese momento andando encima de los
10, 12 mil millones.
Entonces lo que se trata que ese gobierno libremente manejaba los
intereses del país sin tomar en cuenta para nada respetar
ninguna pauta, ninguna norma más del allá del
armamentismo que  se habían propuesto hacer en ese momento.
Asi es que por eso se puso una norma que decía, que solo se
reconoce la deuda externa contraída por el gobierno
legítimamente constituido, para dejar por notificados a los
prestatarios del exterior que no debían tomar el riesgo de
prestarles a gobiernos ilegítimos.
Presidente esta fue la interpretación cabal que se dio a la
idea esa.
Gracias.
El señor MOREYRA LOREDO.-  Correcto, no he querido interrumpir
su interrupción, pero yo no me estaba refiriendo a eso si no
me esta refiriendo a la interpretación y a esta norma dimos
nosotros Congreso Constituyente en enero de este año.
En enero de este año dimos intepretación de que eran
válidas las operaciones de endudamiento producidas por el 
gobierno del señor Fujimori, durantel el lapso que hubo entre
el golpe de estado de 5 de abil y la fecha en que se instaló
el Congreso Constituyente; porque dicho endeudamiento se había
producido al amparo de una ley, ley dada por un Congreso
Constituyente. 
Repito eso quiere decir que  las operaciones hechas ahora que no
están bajo amparo de una ley tienen que ser regularizadas con
una ley para que quede perfeccionada, pero quiere decir además
que de acuerdo a esa interpretación, el Artículo 79§,
estaría equivocado o por lo menos no estaría redactado
en la forma más feliz posible.
Porque dice: el Estado solo garantiza el pago de la deuda
pública  que contraen los gobiernos Constitucionales y la
interpretación que nosotros hemos dado es que lo importante
no es el momento en que se firma la operación sino que tenga
o no autorización legal de un gobierno constituicional y a
aparte de eso yo creo que estas tres, estos tres párrafos.
El señor OLIVERA VEGA.- Me permite una interrupción.
El señor MOREYRA LOREDO.-  Si como no.
El señor OLIVERA VEGA.- Gracias doctor Moreyra, con la venia
de la Presidencia, yo creo que el artículo tal cual esta
redactado, responde verdaderamente al espíritu
democrático de quienes lo hicieron, y lo que se dio con la ley
constitucional, ese año yo creo que fue una
interpretación forzada, una salida realmente forzada para
tratar de evitar justamente un pronunciamiento del Congreso
Constituyente. 
Y yo por eso al intervenir el doctor Moreyra también me veo
obligado a tener que decir que nosotros no compartimos ese
interpretación, estamos en contra de esa interpretación
que si mayoritariamente se acogió y creo que el sentido de
esta norma es que no se vuelva a repetir ni golpes de Velasco ni 5 
de abril.
Entonces mejor que quede ratificado tal cual.
El señor MOREYRA LOREDO.-  Bueno no sabe mi buen amigo el
señor Olivera cuanto me apena que no coincida con él,
espero no dormir toda la noche pero en fin hay pastillas para dormir
y otras cosas. Yo insisto señor que debemos ser coherentes.
Y coherentes significa seguir la misma línea entonces; yo creo
que estos tres párrafos puede reducirse a unos ...
(Continúa en el Turno N§ 07)

T 7

PLENARIA (Vespertina)            l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor MOREYRA...(continuando)...gran amigo, el 
señor Olivera, cuánto me apena que no coincida con
él, espero no dormir toda la noche, pero en fín; hay
pastillas para dormir y otras cosas.
Yo  insisto, señor, que debemos ser coherentes y coherente
significa seguir la misma línea; entonces  yo creo que  estos
tres párrafos pueden reducirse a uno solo. El último
párrafo sobra, porque es obvio que aquellas cosas que se hacen
fuera de la autorización  legal por un gobierno local, por una
empresa pública o el propio   Gobierno Central, no  tiene
garantía y por consiguiente los niveles del gobierno, distinto 
 al  Gobierno Central, pueden celebrar  operaciones de crédito
con cargo a sus recursos y bienes propios, sin requerir
autorización legal, es ago que sobra, eso lo puede hacer
cualquiera; de tal manera que eso creo que sobra.
Yo creo que podría tomarse el concepto principal de esto en
apenas dos líneas y podría decir el Articulo 79§ "El
Estado garantiza el pago de la  Deuda Pública contraída
dentro los límites autorizados por Ley del Congreso". Creo que
eso cubre   absolutamente todos los casos, cubre la deuda
pública interna y externa. Sí señor Kouri.
El señor KOURI.- (Interrumpiendo).- Gracias, con la venia de
la Presidencia, agradezco al doctor Moreyra por la
interrupción.
Creo que el problema de fondo y es justamente a lo cual el  Congreso
se ratificó en enero el presente año, es que la
interpretación de este Artículo está en que el
Estado sólo garantiza, no significa que el Estado sólo
paga, con lo cual podemos pagar aun  cuando esté garantizado.
Entonces, lamentablemente se determina que en gobiernos  no
constitucionales que se contraen deudas, posteriormente el EStado no
garantiza, pero puede pagarlo, aun cuando no esté garantizado.
Por lo cual yo creo, si me permite el doctor Moreyra, que lo
más adecuado sería que el Estdo sólo paga, no
sólo garantiza, porque esto permitiría posteriormente
generar un problema de interpretación  en el cual aun cuando
no esté garantizado sí lo pgaría el Estado
Peruano.
El señor MOREYRA.(Continuando).- Perdón, yo no he usado
la palabra "sólo" por eso, yo cro que esto se puede decir 
directamente, el Estado garantiza el pago, de la deuda pública
contraída dentro de los  límites autorizados por ley
del Congreso, y entonces está  pristino  el principio; es
cuando hay una ley del Congreso, que autoriza un determinado
endeudamiento que este endeudamiento queda garantizado por el Estado,
su pago queda garantizado por el Estado.  En todo caso, puede haber
una mejor  redacción, pero creo yo que con estas dos
líneas cubrimos estos tres párrafos.
Señor Presidente, me piden otra interrupción pero ya
no teng tiempo, lo cual me causa un problema muy grave, usted
dirá.
Siga usted nomás, me dice el President que sí puede.
El señor SOTOMARINO. (Interrumpiendo).- A mí me parece
que  el artículo es bien claro, así como está;
porque poner  " sólo garantiza y paga las deudas
contraídas por un gobierno legítimo" querría
decir que en el futuro  si se ha contraído una deuda por un
gobierno ilegítimo, si resulta conveniente arreglar  con el
Estado, con el cual hubo  este trámite ilegítimo,
según nosotros, pero se pone ya la cláusula  "no paga"
, no paga; entonces ya no hay arreglo; se está  cerrando todas
las posibilidades de arreglo.
Por eso creo que el artículo puesto así como
está es correcto, con todo  el respeto por los argumentos de
Manuel.
El señor MOREYRA.-(continuando).- Señor Presidente, una
vez  más y por eso es tan bueno trabajar con textos  que en
su momento  en la Comisión de Presupueto producirá los
que crea más convenientes. Mi texto cubre ese problema suyo,
el Estado garantiza el pago, garantiza el pago, pero en fin. Yo
solamente quiero soltar esta idea y quisiera que guardésemos
coherencia con nuestra anterior decisión .
Si me deja un minuto, quisiera referirme al Artículo 89§, y
ahí solamente quiero dejar sentado una cosa que sí me
parece fundamental.
La Contraloría  General de la República, es el
organismo de derecho público que fiscaliza básicamente
al Sector Público, si es que   no únicamente al  Sector
Público, exclusivamente al Sector Público; por
consiguiente en este  caso, a diferencia de otros, que el Contralor
de la República,   tiene que ser ratificado por el Congreso. 
Yo sostengo la tesis de que en otros casos, por las necesidades de
que los gobiernos puedan manejar los asuntos  públicos de una
manera ordenada,se puede prescindir de la ratificación del
Congreso; pero en este caso creo que es absolutamente imposible,
bueno imposible no es, es absolutamente ...
(Sigue turno No. 8).

T-8

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor MOREYRA LOREDO...(continuando)...se puede prescindir
de la ratificación del Congreso. 
Pero en este caso, creo que es absolutamente imposible; bueno,
imposible no es, es absolutamente inconveniente, porque el objeto del
Contralor es justamente fiscalizar a quien es el principal -iba a
decir gastador, si pues- a quien es el principal ente que
efectúa el pago, que es el Estado, el Gobierno Ejecutivo y las
empresas públicas; y por consiguiente quien tiene este encargo
sí debe ser una persona que a parte de autonomía por
ley debe ser ratificado a nivel del Congreso de la República.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias, doctor Moreyra.
Tiene la palabra el señor congresista Juan Carrión.
El señor CARRION RUIZ.- Señor Presidente:
He escuchado el concepto de "progresividad de los impuestos", esto
se menciona porque se considera que quien más tiene, debe
pagar más. El concepto así, evidentemente es correcto;
pero la progresividad del impuesto me parece que conduce a una
situación injusta. Para ilustrar voy a poner un breve ejemplo.
Esto normalmente se tiene que aplicar cuando se trata del Impuesto
a la Renta. Si una persona ha ganado 500 soles y se le aplica un
impuesto del 10% pagará 50 soles; pero si esa persona ha
ganado 500,000 soles, se le aplica el 10% va a pagar 50,000 soles.
Entonces, ahí el que más tiene está pagando
más, y eso es correcto, pero para llegar a ellos no es
necesario aplicar el concepto de la progresividad de los impuestos.
Quiero referirme también, señor Presidente, a los
plazos que se ha dado para el tratamiento del presupuesto. Se ha
sugerido ahora que el Poder Ejecutivo tenga tiempo hasta el 15 de
setiembre para enviar el proyecto de presupuesto al Congreso. Esto...
Hay algunos representantes que se han referido a todos los puntos,
yo también quiero referirme a todos ellos.
El señor PRESIDENTE.- Correcto. Quiero reiterarle totalmente,
cada congresista está libre de tratar integralmente al tema. 
El señor CARRION RUIZ.- En consecuencia, señor,
considero que no es muy apropiado lo que ha manifestado el Presidente
de la Comisión de Presupuesto, porque si es verdad que se
corren más o menos 15 días con el procedimiento actual;
lo que se está haciendo 15 días en la
elaboración del presupuesto, no creo que signifique una
aproximación a la fecha de la ejecución. 
En consecuencia, creo más bien que se debe mantener el sistema
actual que decía hasta el 28 de agosto, que -digamos- sea el
30 de agosto, sería lo mismo; pero darle, como se dá,
90 días al Congreso para que el 30 de noviembre deba estar
terminado y aprobado el presupuesto. Y ¨por qué el 30 de
noviembre? Porque considero, señor, que es necesario dar al
Poder Ejecutivo un tiempo prudencial y suficiente para que haga lo
que se llama el "Despliegue Presupuestal", con la finalidad de que
el 1§ de enero pueda entrar perfectamente en ejecución. 
Por esta razón, señor, creo que esperar hasta el 15 de
diciembre para tener como fecha límite de la ejecución
del presupuesto no es lo más conveniente, si se tiene en
cuenta, señor, que el Parlamento en el mismo día 15 no
está elevando el proyecto al Poder Ejecutivo, demora
generalmente algunos días, y por esa razón estamos ya
con el día de la Pascua, que recién el Parlamento
está haciendo llegar el proyecto aprobado al Poder Ejecutivo,
y no le deja ningún margen para hacer el despliegue
correspondiente y poner en ejecución el presupuesto a partir
del 1§ de enero.
Por eso, señor, creo que tratar de que el presupuesto quede
por obligación aprobado el 30 de noviembre deja 30
días, que es un margen que me parece prudencial y suficiente.
De otro lado, señor, se ha dicho aquí en este proyecto
de la Comision de Constitución que...
(continúa en el turno 9)

T. 9

Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Vesp.)    19.07.93
El señor CARRION RUIZ.- (Continuando)... señor se ha
dicho aquí, en este Proyecto de la Comisión de
Constitución, que el Ministro de Economía sustenta el
Pliego de Ingresos, pero que todos los Ministros, cada uno de ellos,
debe venir a sustentar su Pliego, pero se ha agregado algo
más, se ha puesto también al Presidente de la Corte
Suprema, se ha puesto al Presidente del Jurado Nacional de
Elecciones, se ha puesto al Fiscal de la Nación.
Yo creo señor ,que si nos ponemos a pensar serenamente, vamos
a llegar a la conclusión, de que si un día viene cada
uno de los 14 Ministros que tenemos, necesitaríamos 14
días, para tratar el Presupuesto de los 14 Ministerios y si
a ello le agregamos las otras proposiciones que aquí se hacen,
vamos a necesitar en realidad más de 15 días, solamente
para el tratamiento de aprobación pliego por pliego, lo cual
me parece que resultaría totalmente improcedente y dificil de
manejar.
Creo en consecuencia señor, que debería ponerse que la
sustentación del Pliego de Egresos, lo hace el Consejo de
Ministros en pleno, porque señor, en una mañana pueden
sustentar dos o tres Ministros los pliegos cuando son cortos, cuando
son muy voluminosos necesitarán de una mañana, una
tarde; inclusive, los Ministros que van sustentando ya sus Pliegos,
podrían no venir en la tarde o al día siguiente.
Pero, pensar que cada uno sustente como se dice acá, hay que
suponer que se está pensando que cada día vendrá
uno, esto me parece inconveniente.
En consecuencia señor, creo que deberíamos de
establecer que el Pliego de Egresos, lo sustenta el Consejo de
Ministros en pleno, esto daría lugar a que se dé el
tratamiento apropiado, en el tiempo también apropiado.
No sé, me puede ceder doctor su tiempo, me puede ceder su
tiempo?
El doctor Ortíz de Zevallos me cede su tiempo, muchas gracias
doctor.
Entonces señor, de otro lado, en el artículo 87, se
habla que los créditos suplementarios y otras consideraciones
más, son tratadas por la Comisión de Presupuesto, si
nosotros todavía no hemos tratado el problema correspondiente
al Poder Legislativo, creo que estaríamos adelantando una
institución que no ha sido aprobada, o de otro lado, nos
estaríamos obligando a considerar la necesidad de establecer
nuevamente la Comisión Permanente, cuando tengamos que tratar
el problema de Poder Legislativo.
En consecuencia señor, me parece lo más inconveniente,
que en el artículo 87, nos estemos refieriéndo
yá por adelantado, a una Comisión Permanente que
todavía no ha sido considerada ni creada en este texto
constitucional.
Estas son señor Presidente, las principales observaciones y
estos aportes que me permito hacer y que ojalá puedan ser
consideradas por la Comisión de Constitución, muchas
gracias señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.-  Muchas gracias señor
Carrión, señor congresista Julio Díaz Palacios,
perdón Henry Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Gracias señor Presidente: En
mi intervención anterior me referí sólo a la
cuestión tributaria, que está básicamente en un
artículo de este Capítulo.
Ahora voy a referirme a todo lo relativo al Presupuesto
Público; y quiero señalar señor Presidente, las
dos preocupaciones básicas de mi bancada, en materia de
Presupuesto.
En nuestra opinión, ya la Constitución de 1979,
restringió más allá de lo debido, el poder del
Parlamento en materia presupuestal, pero la propuesta de la
mayoría la restrinje aún más, esta es la primera
preocupación.
Desde los orígenes del Parlamento, el Parlamento ha tenido
siempre el...
(Continúa en el Turno No. 10)...

T-10

(Plenario Vesp.)      
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         19-07-93
El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... esta es la primera
preocupación.
Desde los orígenes del Parlamento, el Parlamento ha tenido
siempre el mayor poder tanto en poner los tributos como en asignar
y aprobar los gastos, un régimen claramente presidencialista,
el típico régimen presidencialista como es Estados
Unidos.  Nos muestra mil ejemplos de como la voz definitoria en
materia de asignación del gasto la tiene el Parlamento, a tal
punto que por ejemplo en algunas cuestiones internacionales como las
ayudas militares, por ejemplo, son las comisiones respectivas las que
termina siendo el fiel de la decisón final.
La primera preocupación que tenemos, señor, que no
encontramos que el parlamento decida las prioridades del gasto
público, y esto tiene que quedar bien establecido sin negar
la unidad de la acción de gestión económica en
manos del Poder Ejecutivo.
La segunda preocupación se refiere a la
descentralización, y en este punto, señor, pensamos que
es indispensable asegurar que el presupuesto sea expresión de
las diferentes instancias descentralizadas del Estado.
Estas dos  preocupaciones que atraviezan todo el capítulo,
quiero expresarlas puntualmente en alguno de los artículos,
por ejemplo, en el artículo 88§ del texto de mayoría,
que es el punto 81 del texto de mayoría, que es el punto de
partida para tratar sobre presupuesto, nosotros agregamos en nuestra
propuesta la participación necesaria de las instancias
descentralizadas que tienen a su vez presupuestos que ellas mismas
aprueban, pero que tienen en el proceso de presupuesto que recibir
incluso la asignación en porcentaje de los recursos
públicos que se les transfiere, este no es un proceso que
solamente puede involucrar al Poder Ejecutivo.
La otra cuestión que involucramos ciertamente no corresponde
con la manera de entender las cosas por parte de la mayoría,
nosotros decimos que no se puede aprobar un presupuesto sin la previa
aprobación del plan de desarrollo correspondiente, porque no
es posible discutir prioridades del gasto, y no es posible discutir
los gastos mismos por sí mismo, tiene que verse en
función de un conjunto de objetivos que tienen que ser
previamente fijados.
Por tanto, estamos proponiendo como lo dice nuestro artículo
87§, una redaccion que incluya a estos dos elementos, estamos
proponiendo que se diga expresamente la administración
económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto
público que anualmente se elabora con participación de
los gobiernos regionales y municipalidades y que aprueba el Congreso
de la República en correspondencia a los objetivos
establecidos en el plan de desarrollo.   La ley establece los
procentajes de ingresos que corresponden a los gobiernos de los entes
descentralizados.
En segundo lugar, señor Presidente, nos preocupa desde el
punto de vista descentralista la redacción que le dan ustedes
al canon, para ustedes en canon se convirtió en una
participación en el impuesto a la renta, hablar del impuesto
a la renta está muy lejos de hablar de renta o de hblar delos
beneficios que da en conjunto al Estado, porque por ejemplo en la Ley
de Hidrocarburos, ustedes hablan de una regalía que no es
impuesto a la renta exactamente, entonces, creo que este punto debe
ser aclarado, lo va a tratar el doctor Díaz Palacios por eso
no lo desarrollo.
En el artículo 83§ se hace un aafirmación que es obvio
pero que es necesario mantenerla, la obligación de hacer un
presupuesto equilibrado, pero hay una contradicción que
quizás debiera observar la Comisión de mayoría;
ahí se dice que no forman parte del presupuesto los
préstamos del Banco Central de Reserva, pero el
artículo 98§ prohibe los préstamos del Banco Central
de Reserva. Pónganse entonces de acuerdo entre ustedes mismos.
El artículo 84§ del proyecto en mayoría tiene en
nuestra opinión una mala  formulación, dice: "El
Congreso no tiene iniciativa para aumentar gastos  públicos,
la Constitución vigente y al propuesta que nos...
(Continúa en el Turno N§ 11)

T- 11 SESION PLENARIA (VESPERTINA)

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS    19-07-93
El señor PEASE GARCIA.- _(continuando)_ una mala
formulación, dice: "El Congreso no tiene iniciativa para
aumentar gastos públicos". 
La Constitución vigente y la propuesta que nosotros hemos
hecho dice; "el congresista, el representante no tiene iniciativa
para aumentar gastos públicos", esta redacción es
coherente con la primera versión que redactó la
Comisión de Constitución, en la cual incluso le
impedía al Congreso modificar.
Entonces le estaba mandando un presupuesto para que diga sí
o sí, por supuesto que el Congreso debe tener iniciativa en
conjunto porque puede cambiar un orden de prioridades, aquí
creo que hay una discrepancia de fondo. El Congreso no
sólamente puede decir sí, el Congreso además de
decir  no puede decir "cámbiese esta prioridad"; y aquí
viene la propuesta que queremos agregar al artículo 85§ del
dictamen en mayoría.
Estamos totalmente de acuerdo con que venga cada ministro y sustente
ante el Pleno del Congreso su pliego, eso lo apoyamos en la
Comisión y lo recogimos también en nuestro dictamen.
Pero no es sufieciente con éso, es necesario adicionalamente,
señor Presidente, que el Congreso vote las prioridades del
gasto público para el ejercicio, si no hace ésto el
Congreso, no está dándole no sólamente un
carácter más técnico a su gestión sino
afirmando su rol en materia presupuestal.
Esto será un avance respecto de la Constitución del 79,
viene entonces el proyecto del ejecutivo, cada ministro sustenta el
proyecto y sustenta sus prioridades cuando se acaba con éso.
El voto del Congreso decide las prioridades del gasto público
y pasa todo a ser revisado por la Comisión y el Ministerio de
Economía para adecuar a cualquier corrección que se
haya hecho. Es una manera mucho más principista de manejar el
asunto que simplemente el cubiluteo de los pedacitos.
Definir cada año el Estado peruano pone estas prioridades y
dentro  del sector salud, este año la prioridad es la
campaña contra el cólera. Acostumbrarnos entonces a
tomar las decisiones así por criterios de política
global, esto es fundamental y si el Congreso no tiene esta capacidad,
señor Presidente, no sé como vamos ha hablar
después de balance de poderes.
Ha primado en épocas pasadas el criterio del presupuesto como
suma de pequeñas preventas, éso no es moderno ni es
lógico, pero tampoco es lógico que se haya dado el
bandazo de, para evitar las pequeñas preventas todo el poder
al Ministerio de Economía y Finanzas.
Si nosotros tomamos las dos decisiones; es decir, por un lado que
venga cada ministro a explicar sus prioridades  por tanto haya
ahí la discusión de la política
específica que es primero, que es segundo y que es tercero;
y luego que éso lo vote el Congreso, estamos asegurando lo
fundamental de lo que ha sido tradicionalmente la atribución
parlamentaria que es decidir los impuestos y en qué se emplea.
Lo demás es responsabilidad ejecutiva.
Se trata entonces en mi propuesta de corregir, la forma en que se
quizo cambiar un  mal del pasado que correspondía hasta con 
las épocas del gamonalismo y con la lógica populista.
Eso ha llevado a qué? A que todo el poder en materia
presupuestal lo tenga el Ministerio de Economía y Finanzas,
si nosotros incluimos en este artículo, tanto la presencia de
los ministros como este voto de las prioridades, habremos dado un
paso en positivo para asegurar el rol que tiene el Parlamento.
Dos cuestiones finales, señor Presidente. Estoy de acuerdo con
el doctor Chirinos y así lo dice el dictamen del MDI, cuando
sostengo que hay que acabar con la aprobación del presupuesto
bajo chantaje. 
La norma de la Constitución del 79, que dice, "si el 15 de
diciembre no se ha terminado el debate y no aprobaron el
presupuesto", el Presidente promulga el que presentó.
Cuál es el problema?
En primer lugar, el diseño del mecanismo de aprobación
presupuestal es un diseño de concertación entre
ejecutivo y legislativo. Esa es la razón de ser del
diseño, por eso se necesita la aceptación del ministro
en las diferentes partes; y por tanto no depende sólo del
Congreso el que se incumpla el plazo, puede ser parte de una
táctica dle propio ejecutivo. Pero, además todo
presupuesto nuevo debe corresponder con nuevos objetivos y debe
corresponder con la aprobación del Congreso_
(CONTINUA EN EL TURNO - 12)

T.12

Justo Frías López    19-07-93  Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)...todo presupuesto nuevo
debe corresponder con nuevos objetivos; y debe corresponder con la
aprobación del Congreso.
Por tanto, el mecanismo que se propuso en un momento en la
Comisión y que se desechó y que mi bancada ha hecho
suyo, y que creo que era el que correspondía a la
Constitución anterior, el mecanismo por el cual si se llega
al fin del año y no se aprobó el presupuesto por
decreto se prorroga un dosavo del anterior, permite salvar todas las
urgencias, señor Presidnete; porque normalmente entre el
presupuesto de un año u el otro no cambia mucho de gasto
corriente, entonces lo corriente tiene continuidad. Pero es
importante que para emprender una nueva obra y hasta para contratar
a más gente haya habido primeroel voto del Parlamento, sino
lo que termina ocurriendo es que el Parlamento tiene un lugar
decorativo en materia presupuestal; y en ninguna democracia del
mundo, el parlamento tiene un lugar decorativo en materia
presupuestal porque es lo que más hay que fiscalizar.
Y termino, señor Presidente, refiriéndome que ese
órgano que fiscaliza que es la Contraloría está
disminuído en el proyecto. Y hay algo elemental que dijo el
doctor Cáceres y que lo he planteado también en el
proyecto del MDI, el Contralor es básicamente un continuador
de la función fiscalizadora del Parlamento; y por tanto el
Contralor debe ser elegido por el Parlamento sin propuesta del
Ejecutivo y ojalá por un sistema de concurso público.
El Contralor no puede ser nombrado por el Ejecutivo, y el sistema
actual no es necesariamente el mejor, el sistema actual donde propone
el Ejecutivo y aprueba el Legislativo, porque es un Contralor
especialmente para el Ejecutivo. El Parlamento casi no gasta ni
invierte, gasta sólo en sus pequeñas cosas, por tanto
el Contralor debe ser originado en el Poder Ejecutivo.
Estas son las propuestas que espero que en medio de las llamadas por
teléfono las haya podido escuchar el doctor Torres; y creo que
contribuirían a cambiar una cosa que en nuestra opinión
es la crítica fundamental en la parte de Presupuesto, es que
recorta a un más al Poder Ejecutivo.
Muchas gracias señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Julio
Díaz Palacios.
El señor DIAZ PALACIOS.- Señor Presidente, nosotros
concebimos que dos son los objetivos fundamentales de un Presupuesto
de la República: Primero, la más plena
optimización de los siempre escasos recursos fiscales para
financiar los proyectos de inversión prioritarios; y segundo,
que el Presupuesto sirva de instrumento para la realización
de los objetivos del desarrollo nacional descentralizado. 
Pero para que estos objetivos se hagan realidad se requieren dos
cosas: Primero, la articulación del Presupuesto de la
República con el Plan Nacional de Desarrollo adecuadamente
concertado entre el Estado y la sociedad; y segundo, una
distribución descentralizada del Presupuesto de manera
coherente con lo ya aprobado por el Pleno casi por unanimidad en el
sentido de que el Perú tendrá o tiene un gobierno
unitario, representativo, descentralizado y democrático.
Es en este último aspecto que  consideramos absolutamente
pertinente y legítimo que el Pleno del Congreso se pronuncie
por la asignación porcentual del Presupuesto, si bien no para
todos los niveles sí por lo menos para la estructura
básica de la descentralización y la democracia en el
país poner los gobiernos locales. 
Es en ese nivel, señor Presidente, que el Movimiento
Democrático de Izquierda sostiene al igual que la
legislación comparada de otros países, por ejemplo
Colombia, que para el caso particular de los gobiernos locales el
Presupuesto le reserve no menos del veinte por ciento de los ingresos
nacionnales, es decir, tanto ingresos tributarios como no
tributarios, ingresos fiscales o de endeudamiento exterior. Pero para
ser alcanzado ese porcentaje no de un día para otro sino en
una década, del año 1993 al 2003, objetivo realmente
realizable; e invocamos a la mayoría a que respalde este
planteamiento porque nos parece que la vocación descentralista
y municipalista tiene que expresarse más temprano que tarde
en cifras y asignación del Presupuesto Nacional.
Respecto al llamado canon, señor Presidente, hay que reconocer
el espíritu de rectificación de la mayoría,
quien luego de haber eliminado prácticamente el
artículo 121§ lo ha reconsiderado parcialmente y hoy tenemos
en el artículo 81§ una formulación...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 13  )

T-13

ROBERTO OSHIRO T.                       19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA
El señor DIAZ PALACIOS.- ...(Continuando) ...hay que reconocer
el espíritu de rectificación de la mayoría,
quien luego de haber eliminado prácticamente el
artículo 121§ lo ha reconsiderado parcialmente y hoy tenemos
en el artículo 81§ una formulación parcial de lo que
era el artículo 121§ de la Constitución del 79.
Hay que señalar que no es un acto generoso de la
mayoría el que se refleja en este artículo al
señalar que los Municipios tendrán derecho a participar
en una parte del impuesto a la renta que paguen las empresas que
explotan los recursos naturales. Hay muchas razones para sustentar
con consistencia la necesidad del pleno respeto al espíritu
del artículo 121§ de la Constitución del 79 y en
particular, señor Presidente, yo quiero hacer referencia a
cuatro criterios. 
En primer lugar, si somos descentralistas tenemos que reconocer que
las Regiones y los Municipios tienen derecho a participar en la
riqueza generada por el aprovechamiento de los recursos naturales,
independientemente de que sean empresas públicas o privadas,
quienes hagan esta explotación y le den un valor agregado a
través del proceso de industrialización.
En segundo lugar, no podemos olvidar, señor Presidente, que
la extracción y posterior industrialización de los
recursos naturales significa una inevitable descapitalización
en cuanto a recursos naturales  de las Regiones y de las provincias
donde hay estos recursos; en algunos casos se trata de recursos
naturales no renovables, por ejemplo el petróleo y el cobre,
o renovables en todo caso en tiempos geológicos, en miles de
años; y en otros son recursos irrenovables como los recursos
pesqueros, madereros, etcétera. Pero en ambos casos hay el
riesgo de que las Regiones y los Municipios donde estos recursos
están, se pierdan definitivamente. En el primer caso porque
son agotables y el otro caso porque definitivamente se pueden aplicar
prácticas irracionales de explotación de estos recursos
como por ejemplo en el caso de la anchoveta, poniendo en
extinción muchos de los recursos.
En tercer lugar, bueno, al haber una descapitalización de
estos recursos se trata entonces, de que el llamado canón,
compense esta pérdida que tienen estas Regiones y Municipios;
pero también hay que transferir recursos a las Regiones y
Municipios donde están estos recursos para compensar, para
otorgarles financiamiento para los proyectos de inversión que
se requieren con fines de resolver los problemas que se han ido
generando por la explotación de estos recursos. Por ejemplo
los problemas de medio ambiente, por ejemplo los problemas de mayor
presión demográfica. Por ejemplo la deficiencia en los
recursos de agua y de otros servicios públicos, debido al
crecimiento de la población de una manera no planificada.
Por estas consideraciones, señor Presidente, el canón
es un derecho legítimo de nuestros pueblos y esta
Constitución tiene que consagrarla y para tal efecto nosotros
vamos a hacer llegar a la Comisión de Constitución, un
texto sustitutorio de la parte pertinente al artículo 81§ que
diría textualmente: "Corresponde a las Regiones y Municipios
-la compañera Gloria Helfer me cede su turno- corresponde a
las Regiones y municipios donde los recursos naturales están
ubicados y donde se procesan una participación adecuada en los
beneficios o ingresos económicos que genera su
aprovechamiento, conforme a Ley. La industrialización de los
recursos naturales se hace preferentemente en la zona de
producción", nosotros aquí no nos referimos al derecho
a participar en una parte proporcional del impuesto a la Renta,
porque con frecuencia las empresas públicas no pagan impuesto
a la Renta.
El colega Reátegui nos pide una interrupción, con la
venia de usted, señor Presidente.
El señor REATEGUI TRIGOSO.- Señor Presidente,
simplemente para apoyar en todo lo que está expresando el
colega Julio Díaz Palacios, creemos que el artículo
81§, último párrafo está redactado de una manera
defectuosa, creemos que como hemos pensado que la delimitación
de la descentralización todavía no está
definida, asignarle exclusivamente a los Municipios el íntegro
de los ingresos por concepto de canón es un exceso,.
Creemos que debe ser en el texto indicado por colega Julio
Díaz, y tal como fue propuesto por la Comisión de Medio
Ambiente y Amazonía, y también debe recoger una cosa
muy importante, no solo debe referirse a los conceptos de impuesto
a la Renta, yo creo que la Comisión de Constitución no
tiene entendido bien el concepto en cuanto a qué tipos de
ingresos puede generar una explotación de recursos naturales.
Hay diferentes tipos de concepto, no solo el concepto tributarista,
sino también hay regalía, participación de la
producción y otros tipos de ingresos. 
Yo creo que el concepto que debe ponerse debe ser "de los ingresos
que para el Estado genere la explotación de los recursos
naturales", tal como fue propuesto por la Comisión de Medio
Ambiente y Amazonía.
Gracias.
El señor DIAZ PALACIOS.- Bien, ...
(Continúa en el turno N§ 14)

T-14

Jorge Anamaría    PLENARIA  Vesp.      19-7-93
El señor REATEGUI TRIGOSO..(continuando).. ponerse debe ser
"de los ingresos que para el Estado genere la explotación de
los recursos naturales" tal como fue propuesto por la Comisión
de Medio Ambiente y Amazonía.
Gracias.
El señor DIAZ PALACIOS.-Bien, colega. Realmente nos
felicitamos de coincidir con el colega Reátegui y con muchos
colegas congresistas que proceden de regiones y provincias, me van
a disculpar no tenemos tiempo suficiente, será en otra
oportunidad, colega.
En el sentido de que, traduciendo la verdadera  inquietud y propuesta
de nuestros pueblos, necesitamos lograr que se consagre una
formulación del "derecho al canon" que realmente no signifique
una mera ilusión sino la garantía e importante
transferencia de recursos para lograr el desarrollo descentralizado
de nuestro país.
Señor Presidente, no vamos a poder conceder colega por falta
de tiempo, me disculpa en esta oportunidad.
Yo continuar colega Presidente, señalando que lamento no poder
ceder otra interrupción por el problema de tiempo, que la
mayoría ofreció al pais dentro de su propuesta de
reestructuración del Estado un Estado moderno y la modernidad,
señor Presidente, pasa por incorporar al presupuesto criterios
que hasta ahora no han sido tomados en cuenta, que en particular en
lo relativo a la cuenta general. El Artículo 88§ hace
referencia a que la cuenta general tiene que ver con los criterios
tradicionales de ver si efectivamente se ha hecho la ejecución
presupuestaria en función de los ingresos y egresos.
Pero ese es un criterio convencional que muy raras veces se ha
cumplido por un lado; y por otro lado, resulta poco  positivo para
el país desde una óptica de desarrollo sostenible y mas
aun desde el cumplimiento de las obligaciones de un Estado moderno.
Por eso es que, con seguridad usted conoce colega Presidente,
muchísimos paises con el apoyo de organismos como el Banco
Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial están
promoviendo la necesidad de que las cuentas generales de la
repúblicas, es decir, la Cuenta General de cada país
incorporen también el criterio de valorizar 
económicamente el patrimonio natural de cada nación.
Pues, si de los recursos naturales va a depender el desarrollo de
cada país,  es importante tener no solo un inventario de vez
en cuando de qué recursos naturales, qué patrimonio
tenemos en flora, fauna, etc. sino cómo evolucionan estos
recursos conforme los planes de desarrollo.
Yo quiero decir, por ejemplo, de acuerdo a estudios mas o menos
actualizados, que tenemos aproximadamente 262 cuencas
hidrográficas, 40 a 50 mil especies de flora, somos
propietarios -por decirlo asi- del ochenticinco por ciento de la
población mundial de alpacas y treinta por ciento de la
poblacion mundial de llamas; pero qué va a pasar con estos
indicadores de aquí al próximo año? Este es un
asunto que también tiene que ser incorporado en la Cuenta
Nacional como  se recomienda por muchos organismos  internacionales
y para tal efecto es que estamos presentando un adicional al
Artículo 88§ señalando estrictamente que "forma parte
de la Cuenta General la valorización económica del
patrimonio natural de la nación".  Muchos países ya
tienen importantes y significativas experiencias en la
incorporación de este criterio a su respectiva cuenta
nacional.
Y finalmente, señor Presidente, queremos expresar nuestra
sorpresa por el hecho de que el artículo relativo a la
Contraloría General toma en cuenta solo una de las tres
funciones que la Constitución del 79 asignaba a la
Contraloría. Se señala que la Contraloría es
competente para supervigilar la ejecución de los presupuestos
del sector público lo que es correcto; pero se ha hecho
omisión a las otras dos competencias, la necesidad de que se
supervigile o supervise las operaciones de la deuda pública
y supervise la gestión y utilización de los bienes y
recursos públicos.
Solicitamos, entonces, al señor Presidente de la
Comisión de Constitución que subsane esta
omisión, salvo que exista otro criterio que nos parece muy
grave por las implicancias que pueda tener en un momento,
señor Presidente, en el que todos necesitamos no solo dar
imagen sino garantizar que los órganos de control real y
efectivamente van a cumplir un rol de fiscalización eficaz en
nuestro país para asegurar lo que todos deseamos, un adecuado
y óptimo uso de nuestros recursos fiscales y garantizar el
desarrollo sostenible de nuestro país.
Eso es todo, colega Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, señor Diaz
Palacios. Tiene la palabra el señor Mario Paredes.
El señor PAREDES CUEVA.- Presidente: Yo creo que varios
colegas que me han precedido están, creo, de acuerdo en el
sentido que en el segundo párrafo del Artículo 139§ de
nuestra Constitución vigente, claro ...
(SIGUE EN EL TURNO 15)

PLENARIA         VESPERTINA          19-07-93

T-15

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor PAREDES CUEVA.- (Continuando)... lo que recuerdo en
el sentido que el segundo párrafo del Artículo 139§,
de nuestra Constitución vigente,  claro que esta dentro de
nuestro código tributario, pero y es  importante considerar
este artículo Presidente, volverlo a reincorporar porque este
artículo en sus principios se encuentran los criterios
rectores  reguladores para implementar la políticas, establece
las normas de todo un régimen tributario, que es  muy
importante reincorporarlo.
Otro de los puntos que creo que estamos de acuerdo es la
exoneraciones pero en extrema emergencia o sea que se podría
agregar, decir que hay exoneración tributaria solo en caso de
extrema emergencia, expresamente declarada por ley.
Pero un punto que creo que se han olvidado, no se si hay olvido, voy
a ser claro, los tributos financian exclusicamente el funcionamiento
del sector público y se les quiera a cubrir el costo del
servicio para la finalidad, para el cual se recauda.
Esto es importante Presidente, este capítulo que no lo he
visto, ya el PPC, el doctor Bedoya presentó un proyecto de ley
que se dio en este Congreso, entonces si ya hemos visto estos
proyectos, por qué no incluir en nuestra constitución,
que sería muy importante.
Otro de los puntos Presidente, es sobre la discriminación, en
ralidad no hay impuesto confizcatorio, ni privilegio personal, ni
discriminacián alguna en materia tributaria. Y esto rectifico
la descriminación, por experiencia personal, Presidente. La
experiencia personal es que he sido 4, 5 años empresario de
la plaza de Acho y sucedió que por resentimiento de dos
Presidentes de la República, ha mantenido un impuesto
confiscatorio, discriminatorio.
Se trata de del General Velasco, que fue pifiado en la Plaza de Acho
y entonces él comentó y dijo: Cual es el
expectáculo público no deportivo que paga la mayor
cantidad de impuestos, le dijeron el Hipódromo y el juego de
ruletas, a entonces a esto de Acho los castigo y le pongo el 30 por
ciento igual, y se colocó el 30 por ciento Presidente, sobre
todo en la entrada bruta, que viene a ser un 70 por ciento del
líquido que es un impuesto confiscatorio.
Y se mantuvo con el gobierno del doctor Alan García, mi
compadre que tampoco no le dejaron entrar a Acho y dijo a estos,
igual que se revienten.
Y seguimos mas tarde con el Arquitecto Belaúnde, bueno el
impuesto es bueno porque es gente de élite especial y que lo
paguen.
O sea que en realidad son impuestos y ahora que le toca dirigir a la
beneficencia, porque esta haciendo empresa la beneficencia, ahora si
paga el 10 por ciento del impuesto, y cuando hacen los municipios no
pagan nada.
 O sea que el empresario privado, es el sacrificado, cuando van hacer
los del municipio no hay ningún impuesto, va hacer la
beneficencia paga 10 por ciento y cuando hace un empresrio privado
el 30 por ciento. Es discriminatorio Presidente.
El señor LARRABURE GALVEZ.- Una interrupcion.
El señor PAREDES CUEVA.- Con todo gusto.
El señor LARRABURE GALVEZ.- Gracias señor Presidente,
por lo que le he entido los mandatarios de turno con la venia
Presidente. Los mandatarios de turno que iban a la plaza de Acho,
ponían impuesto porque recibian rechifla, fue el caso de Alan
García y el caso del General Velasco. 
Entonces usted cre que le convenga ir al Presidente Fujimori a la
plaza de Acho o no.
Gracias.
El señor PAREDES CUEVA.- No podría contestar porque
desgraciadamente ya no soy empresario de la Plaza. En arena de Lima
se le va aplaudir.
El señor ZAVALLOS RIOS.- Me concede una interrupción
con la venia de la Presidencia. 
El señor PAREDES CUEVA.- Si como no.
El señor ZEVALLOS RIOS.- Gracias. Señor Presidente,
pido se incluya en el tercer párrafo del Artículo 81§
lo que a continuación indico: Se debería poner,
"corresponde a las zonas conforme a ley recibir una
participación adecuada de los ingresos que  genere para el
Estado la explotación de sus riquezas naturales"; en vez del
párrafo que esta escrito.
Gracias.
El señor PAREDES CUEVA.- Bueno Presidente, para terminar
quiero en primer lugar hacer llegar mi felicitación a mi
colega el doctor Orihuela que ha estado de...
(Contínúa  en el Turno N§ 16)

T 16

PLENARIA (Vespertina)            l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor ZEVALLOS RIOS...(continuando)...en vez de su
párrafo que está  escrito.
Gracias señor Presidente.
El señor PAREDES CUEVA.- Bueno Presidente, para  terminar
quiero en primer lugar hacer llegar mi felicitación a mi
colega el doctor Orihuela que ha estado fenomenal esta tarde.
Gracias  Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el congresista Mario
Charán .
El señor OCHARAN  ZEGARRA MARIO.-Señor Presiente, voy
a empezar mi intervención haciendo referencia al
Artículo 8l§, en la parte relativa a la distribución
de la renta a manera de canon para los municipios.
Insistiendo en el tema de la Descentralización, señor
Presidente, quisiera que ponga orden en la Sala, ya que  las
conversaciones no permite, señor Presidente.
Yo creo que este es un tema trascendental, señor Presidente,
y creo que debe merecer la atención de todos los
señores congresistas; le rogaría que ponga orden en la
Sala.
Me refería al Artíuclo 8l§, señor Presidente,
en la parte relativa a la distribucion de la renta a manera de canon,
para los municipios. Yo creo que es aquí la
distribución  del canon debe hacerse no solamente a los
municipios, sino también al organismo, al poder central que
haya entre el Ejecutivo y los gobiernos locales; de tal maner que
propongo que se modifique la redacción del tercer
párrafo de este artículo, donde diría: "
Corresponde a los niveles de gobierno, distintos al  Gobierno
Central, conforme a ley, percibir una participacion", etc. etc.
En cuanto al Artículo 83§, señor Presidente, que se
refiere a que el proyecto de presupueto debe estar efectivamente
equilibrado, considero necesario, señor Presidente, que se
incorpore el párrafo que ha propuesto mi partido por
considerarlo  indispensable, señor Presidente.
Es necesario que todas las leyes de carácter tributario que
procuren ingresos del Estado, deben votarse independientemente de la
Ley de Presupuesto y antes de ésta. Esto significa,
señor Presidente, que no podemos por  un lado aprobar el
Presupueto en forma integral, y en una fecha distinta aprobar todas
aquellas leyes  que generen los ingresos justamente para  equilibrar
el Presupuesto.
Por lo tanto, sugiero que se agregue un último párrafo
en este artículo que diría lo siguiente: "Las leyes de
carácter tributario que sean necesarias para procurar ingresos
del Estado, deben votarse independientemente de la Ley de Presupuesto
y antes de ésta".
En cuanto al Artículo 84§, debo coincidir con la propuesta de
mi colega Henry Pease, en el sentido de que no es el Congreso  el que
no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos.
Debo insistir en el hecho de que son los congresistas, es el
congresista el que no tendría esta facultad; pero sí
la tendría, señor Presidente, para modificar el
Presupuesto; y esto creo que es una facultad inherente a la labor de
fiscalización que debemos tener los ochenta congresistas,
señor Presidente.
Voy a proponer, señor Presidente, la incorporación de
un nuevo  artículo que considero el más  trascendental
en la discusión de este Capítulo, y se refiere al hecho
de que el proyecto de presupuesto, que el Presidente de la
República envíe al Congreso Constituyente, debe
inicialmente pasar  por la evaluación y dictamen de la
Comisión de Presupuesto.
Esto es indispensable, señor Presidente, porque de acuerdo,
si prospera el plantamiento  de la mayoría o de la
Comisión de Constitución; quiere decir que el
Presidente de la República envía el l5 setiembre el
proyecto de Presupuesto directamente al pleno del Congreso y donde
sabemos que el Presidente de la República  tiene
mayoría dentro  del Congreso; entonces para qué se
envía el Presupuesto si ya sabemos de que éste va a
tener una aprobación prácticamente definitiva y donde
no va a sufrir este proyecto de presupuesto...
(Sigue turno No. l7).

T-17

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor OCHARAN ZEGARRA...(continuando)...para qué se
envía el presupuesto, si ya sabemos de que éste va a
tener una aprobación prácticamente definitiva; y donde
no va a sufrir este proyecto de presupuesto en la Comisión
respectiva, que para eso se ha creado, el análisis previo y
el debate previo con los Ministros del Estado, a efectos de elevar
el dictamen al Pleno del Congreso donde sí ya podrán
venir los Ministros a sustentar ante el Pleno el presupuesto que
aprobaríamos finalmente.
Y digo esto, señor Presidente, porque a mí me preocupa
mucho el hecho de  la situación que se está dando en
este momento. El presupuesto que rige para 1993 ha sido aprobado en
un gobierno de facto; y ese presupuesto, señor Presidente,
sigue vigente. A mí realmente me preocupa que pasados,
transcurridos seis meses del presente ejercicio, este presupuesto
aprobado de un gobierno de facto aún no haya sido adecuado al
orden jurídico existente en el país, cual es el sistema
democrático. Entonces, pues, esto señor Presidente, es
absolutamente contraproducente con la necesidad que tenemos de darle
al país claridad en cuanto a la ejecución del gasto
público.
Señor Presidente, yo quiero hacer referencia a una serie de
excesos que se dan a través de la ley anual de presupuesto
para 1993, aprobado en un gobierno de facto, y que estoy seguro que
una vez que lo lean, señor Presidente, los miembros de la
mayoría van a darse cuenta que no es conveniente que el
presupuesto tenga el mecanismo que ha sugerido la Comision de
Constitución. 
En este presupuesto que es vigente para 1993 se está
permitiendo, por ejemplo, que quedan exceptuadas en lo dispuesto en
el artículo referido a la excepción de los
límites y de los montos y de los procedimientos para efectuar
las adquisiciones quedan exceptuadas de los dispuesto en el presente
artículo las adquisiciones y contrataciones efectuadas por
emergencia o urgencia. Y lo increible, señor Presidente es en
el punto b), efectuadas obteniendo ventajas economicos para el
Estado. Quiere decir, señor Presidente, que solamente
considerando que hay un indicio de una ventaja económico para
el Estado se puede adjudicar la buena pro.
Igualmente, señor Presidente, en el artículo donde se
refiere para cambiar la modalidad de ejecución de estudios y
obra por contrata, a la de administración directa se requiere
de resolución de titular de pliego. O sea, una
resolución del titular de pliego se podrá modificar la
modalidad de contratación. 
Igualmente, señor Presidente, en el Artículo 12§ se dan
exoneraciones excesivas a las cúpulas militares y policiales
que ellos, el presupuesto que se les asigna pueden ejecutarlo de la
manera que crean conveniente, puesto que existe un decreto supremo
secreto, mediante el cual se les permite que puedan adquirir
departamentos, terrenos, computadoras, pinturas, etc. 
Igualmente, y lo increible, señor Presidente, también
se exonera las licitaciones de los requisitos...
(continúa en el turno 18)

T. 18

Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Vesp.)    19.07.93
El señor OCHARAN ZEGARRA.- (Continuando)... adquirir
departamentos, terrenos, computadoras, pinturas, etc.
Igualmente, -y lo increíble, señor Presidente-
también se exonera las Licitaciones, de los requisitos de
Licitación, los servicios de aseo y de limpieza a las
entidades del Estado. 
Es decir, señor Presidente, una serie de excesos innecesarios
y que obviamente no le dán al país señor
Presidente, ninguna seguridad ni transparencia, de que la
ejecución del Presupuesto sea transparente y que le dé
confianza a los peruanos, de que sus recursos están
adecuadamente utilizados.
Y señor Presidente, el asunto no queda ahí, la
Comisión de Presupuesto a la cual pertenezco, todavía
no ha revisado la Ejecución Presupuestal de 1992, aún
no ha revisado para nada la Ejecución Presupuestal de 1993 y
el Presupuesto de 1993 tampoco lo ha revisado, y yo le pido
aquí, al Presidente de la Comisión de Presupuesto, con
toda cordialidad señor Presidente, que explique el
porqué de toda esta situación, ha habido una
dilación intencionada señor Presidente, de no revisar
todos estos aspectos, porqué? Por que se desea que el
Presupuesto vigente para el presente Ejercicio, siga siendo aplicado
en función de como lo ha aprobado el Gobierno de facto y esto
creo que no vá, no se condice señor Presidente, con la
transparencia con que debemos actuar todos los miembros de este
Congreso, para que, como repito, el país sepa que sus recursos
están adecuadamente utilizados.
Igualmente señor Presidente, al interior de esta
Comisión de Presupuesto, se  nos ha asignado alegremente a los
9 miembros, aproximádamente la fiscalización de
aproximádamente 25 PLiegos, 25 Pliegos señor Presidente
a cada uno de nosotros y no se nos ha dado absolútamente, la
más mínima posibilidad de poder ejercer nuestra
función de fiscalización señor Presidente, pese
a los múltiples reclamos que hemos hecho al señor
Yoshiyama, Presidente del Congreso, quien no ha atendido para nada
nuestros reclamos, señor Presidente y acá
también quiero decírles al Presidente de la
Comisión de Presupuesto, que nos explique porqué el no
supo conseguir todas estas facilidades que necesitamos señor
Presidente, para cumplir mínimamente con nuestra labor de
fiscalización.
Se piensa señor Presidente, que la fiscalización del
Congreso será a través de la Comisión de
Fiscalización, pero todos sabemos, que la Comisión de
Fiscalización señor Presidente, solamente se ocupa de
casos, cuando los hechos están consumados y la de Presupuesto
es el control recurrente, o sea, es el control que vá paralelo
a la ejecución del gasto, y todo esto no lo podemos hacer
señor Presidente, porque ha habido una deficientísima
labor del Presidente de la Comisión de Presupuesto, para hacer
prevalecer la prestancia de esta Comisión.
El señor PRESIDENTE.-  Gracias señor Ocharan, ya
terminó o no?
El señor OCHARAN ZEGARRA.- No, todavía señor
Presidente.
Señor Presidente: Hay otro tema fundamental y ese tema, no
tengo tiempo para interrupciones señor Presidente.
Este tema está referido señor Presidente, al hecho de
que creo que ha habido una omisión fundamental en la
redacción del articulado referido a Presupuesto.
Se ha hablado, o se habla en el artículo -si no me equivoco
88 u 89- respecto de la Cuenta General de la República,
señor Presidente, que debe hacer acompañada de un
Informe de Auditoría por la Contraloría General.
 Pero señor Presidente, no se ha hablado para nada, o no se
ha aprobado, o considerado dentro de este articulado, el tema
referido al Sistema de Contabilidad Nacional. 
Es indispensable que haya un Sistema de Contabilidad General, porque
jústamente el Sistema Nacional de Contabilidad General, es el
que prepara la información, el que la clasifica y la eleva a
la Contraloría General de la República, para que
prepare la cuenta nacional.
Entonces, es inexplicable señor Presidente, el hecho de que
no se haya considerado un artículo que considero trascendente
e importante.
Igualmente, este mismo tema está vinculado con la misma
Contraloría General de la República, puesto que si no
hay un Sistema Nacional de Contabilidad y siendo la
Contraloría el órgano de Fiscalización que se
basa en el Sistema Nacional de Contabilidad para ejercer su
función...
(Continúa en el Turno No. 19)...

T-19

(Plenario Vesp.)      
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C   19-07-93
El señor OCHARAN ZEGARRA.-(Continuando)...por la misma
Contraloría General de la República, puesto que si no
hay un Sistema Nacional de Contabilidad y siendo la
Contraloría el órgano de fiscalización que se
basa en el sistema nacional de contabilidad para ejercer su
función de fiscalización, simplemente la
Contraloría no tendrá un sistema organizado de
contabilidad para poder ejercer su labor fiscalizadora, por lo tanto,
señor Presidente, considero que es indispensable que ese
artículo se considere en este capítulo de presupuesto.
Y finalmente, señor Presidente, tratándose del tema de
la Contraloría General de la República. Yo pienso,
señor Presidente, que no debe haber un conocimiento pleno de
lo que significa la labor de esta importante institución del
Estado, puesto que se le ha tratado de minimizar, de restarle
autonomía, de restarle funciones cuando lo que debemos hacer
los ochenta congresistas es justamente fortalecer a esta
institución, señor Presidente, darle los suficIentes
recursos, no es posible que la Contraloría General de la
República en el presente ejercicio esté funcionado con
siete millones seiscientos mil soles, señor Presidente.
Cómo una entidad tan importante va a poder desplazarse a nivel
nacional para poder ejercer esta importante labor de
fiscalización, y siendo esta la realidad, aún a
través de este artículo le restamos autonomía
y le restamos funciones.
Señor Presidente, para este tema propongo el siguiente
artículo: "La Contraloría General como organismo
autónomo y central del Sistema Nacional de Control,
supervigila la ejecución de los ingresos y egresos,
porqué, señor Presidente, porque se confunde cuando se
dice que supervisará la ejecución presupuestal y todas
las entidades del Estado solamente responden ante la
Contraloría cuando se trata de fiscalizar los gastos. Pero
quién fiscaliza los ingresos, señor Presidente,
quién fiscaliza a SUNAT que cumpla con las  metas y los
procedimientos que debe cumplir en ejercicio de su función.
Quién fiscaliza a la SUNAD respecto de la fiscalización
de contrabando y de los ingresos de las mercaderías por las
aduanas; esta dos entidades, señor Presidente, al parecer
tienen ciertos privilegios puesto que están al margen de lo
que significa el control, la fiscalización por parte de la
Contraloría General de la República.
Por ello es que en mi opinión, señor Presidente, es
indispensable que se considere en este artículo esos
términos, que debe supervigilar la ejecución de los
ingresos y egresos del presupuesto del sector público.
Y señor Presidente, en la propuesta de la mayoría o de
la Comisión de Constitución se le han retirado, por no
decir cercenado, dos importantes funciones a la Contraloría
General de la República, y es el referido a la
supervisión de las operaciones de deuda pública y de
la gestión y utilización de bienes y recursos
públicos.
Yo pregunto a los señores que han concebido ese
artículo, quién va a hacer esa labor de
fiscalización a esas dos importantes tareas, señor
Presidente, cuál organismo alterno se está proponiendo
para que fiscalice estos temas fundamentales, señor
Presidente, cuál es el cómo se ejecutan las operaciones
de endeudamiento que tiene el Estado, quién va a fiscalizar
esas operaciones.  Yo quisera que me respondan qué otra
entidad lo va a hacer, señor Presidente.
Ahí hay en juego ingentes cantidades de dinero en moneda
extranjera, señor Presidente, que creo que de todas maneras
debe ser incorporadas dentro de las obligaciones de la
Contraloría.
Igualmente, señor Presidente, quién va a fiscalizar la
debida utilización y racionalización de los recursos
y patrimonios del Estado, que me respondan, señor Presidente,
cuál será la entidad que se encargará de
reemplazar a la Contraloría General de la República en
esta tarea.
Asimismo, señor Presidente, propongo que este artículo
debe en el tema referido a la designación del Contralor de la
República, considero, señor Presidente, que
ningún Contralor de la República superviva a una
gestión presidencial, por razones de ética,
señor Presidente, por razones de moral, no se puede mantener
un Contralor después de dos años de fenecido un..
(Continúa en el Turno N§ 20)

SESION PLENARIA          (VESPERTINA)

T- 20

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS    19-07-93
El señor OCHARAN ZEGARRA.- _(continuando)_ Contralor de la
República superviva a una gesitón presidencial por
razones de ética, señor Presidente, por razones de
moral, no se puede mantener un Contralor después de dos
años de fenecido un gobierno porque es obvio que no se
ejecutará la fiscalización de las operaciones del
gobierno anterior.  Y no me estoy refiriendo en exxclusivo al actual
régimen, señor Presidente. Me estoy refiriendo a todos
los gobiernos que vengan en adelante, creo que por la salud del
país no se debe pemitir que el Contralor sobrepase el
límite de lo que representa el término presidencial.
Y finalmente, señor Presidente, en cuanto a la
organización y atribuciones del sistema nacional de control
en el tema de la descentralización. Señor Presidente,
no es posible  tener una Contraloría capitalina, una
Contraloría débil en su accionar, quién no
conoce, señor Presidente, que  la Contraloría nunca
intervino o hizo acción de control en las Fuerzas Armadas,
quién no conoce que esto mismo ha sucedido con el Ministerio
de Economía y Finanzas; y quién no sabe que nunca se
intervino ni SUNAD, ni SUNAT. 
Entonces hay entidades sagradas al margen del control,  señor
Presidente, entonces el mismo Congreso, creo que el tema de la
descentralización está estrechamente ligado con el
accionar de la Contraloría General de la República. Son
dos mil ochocientas instituciones del Estado      que tienen que
controlarse y por lo que los provincianos conocemos, no conocemos de
fiscalización alguna que se haya hecho a ningún
municipio en el interior del país. Por qué? Porque la
Contraloría es débil, tiene un presupuesto bajo que no
tiene las herramientas suficientes como para poder abarcar la
integridad del país.
Y por éso es que propongo que debe normarse sobre
Contralorías descentralizadas, señor Presidente.
Quiero terminar con un tema muy breve, señor Presidente, del
cual inclusive lo he conversado con técnicos de la
Contraloría. Creo que en el artículo 89§ u 88§, donde
se pone como fecha límite el 28 de julio para que la
Contraloría pueda presentar la Cuenta General de la
República, creo que es un periodo muy corto, señor
Presidente, para que la Contraloría pueda trabajar con toda
profesionalidad y con  la amplitud suficiente de la Cuenta General
de la República. Ellos me han manifestado que todas las
entidades del Estado presentan sus balances al 31 de marzo de cada
año. Y si fijamos como fecha límite el 28 de julio,
pues creo que la Contraloría no va a poder cumplir a cabalidad
con esta función.
Por lo tanto yo sugeriría que en ese artículo se ponga
como fecha límite el 15 de setiembre. Eso es todo,
señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Ocharan. Tiene la
palabra el señor congresista Jorge Velásquez
Gonzáles.
El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor
Presidente. Observando con detenimiento nuestra Carta Magna, vemos
que un artículo no ha sido variado, casi todos han sido
tocados, pero algunos no sé porque nosotros mismos no lo hemos
cambiado. Como dice el dicho, en casa de herrero cuchillo de palo.
El Congreso no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos
públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto, tampoco
puede proponer tributos cpn fines predeterminados. En cualquier otro
caso las proposiciones de índole tributaria requieren previo
informe del Ministerio de Economía y Finanzas.
Me extraña, algunos han dicho referencialmente el asunto, pero
nadie lo ha tocado a fondo. Señor Presidente, en la Carta
Magna del 79 y en la actual, los congresistas nos hemos castrado
nuestra función pincipal de legislar, no tenemos capacidad de
iniciativa integral, para ciertas cosas nos dan la oportunidad de
inciciativa, pero para las más fundamentales realmente nos
hemos cortado los brazos. 
Yo provengo del interior de la República, fui diputado en este
régimen que quedó trunco el 5 de abril, no tuve la
ocasión de cumplir con los encargos del pueblo de Arequipa,
yo creo que los ochenta congresistas en gran parte provenimos del
interior de la República, y recibimos cada vez que hacemos una
visita documentos sobre obras fundamentales para el desarrollo de los
pueblos.
Qué resulta? Las regiones resultaron improductivas por falta
de asesoría técnica, por falta de gente capaz
-podríamos decirlo- para proyectar leyes_
(CONTINUA EN EL TURNO - 21)

T.21

Justo Frías López  19-07-93  Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor VELASQUEZ GONZALES.- (Continuando)...sobre obras
fundamentales para el desarrollo de los pueblos.
¨Qué resulta? Las regiones resultaron inproductivas por falta
de asesoría técnica, por falta de gente capaz
-podríamos decirlo- para proyectar leyes en beneficio de los
pueblos, o sea, para obras de desarrollo de los pueblos.
Quien les habla, tanto en el régimen anterior como en el
presente, ha recibido el informe técnico de ingenieros, de
gente especializada, por ejemplo, del Ministerio de Agricultura, no
de cualquier persona sino de técnicos, estudios para la
construcción de dos represas fundamentales para la ciudad de
Arequipa: La represa de Pillones y Condori. En la Región
Arequipa, no sé si por falta de capacidad o por falta de
tiempo o porque simplemente se han convertido la Región en un
órgano ejecutor, no han proyectado estas dos obras
fundamentales.
Acabamos de pasar dos etapas duras de sequía en la ciudad de
Arequipa que ha determinado que no tengamos energía
eléctrtica, que los cortes y recortes de luz se hagan todos
los días y, sobre todo, no tengamos el agua suficiente y
fundamental de para el riego de la provincia de Arequipa. Muchas
cementeras no han producido por falta de agua; y esto es por falta
de previsión, porque en la cuenta hídrica del Rio Chiri
no se hizo dos obras fundamentales como son Pillones y Condori que
nos permitirían albergar la cantidad de agua suficiente para
cubrir en las temporadas de sequía el recurso hídrico
que necesitan nuestras cementeras. Además, porque tenemos una
hidroeléctrica como es la de Charcani, que puede generar 135
megawats y ha sido construida en el gobierno de don Fernando Belaunde
y terminada en el gobierno del doctor Alan García
Pérez, pero es un elefante blanco porque a la actualidad
solamente genera 35 megawats; es decir, se han gastado 800 millones
de dólares en forma insulsa y es como regalar dinero en un
momento de crisis como los actuales que realmente ponen en
situación de postración a nuestro pueblo. El pueblo de
Arequipa reclama estas dos represas desde muchísimos
años atrás, desde el año cincuenta se han
proyectado las obras pero sin embargo no se han hecho.
Quienes han alcanzado a Jorge Velásquez Gonzáles
representante de Arequipa estos proyectos, son los agricultores
arequipeños, gente técnica del Ministerio de
Agricultura que por años están en sus carpetas estos
estudios sin que se ejecuten las obras, sin que se las programe a
través del Presupuesto General de la República; y es
que continuamos con el centralismo que siempre ha agoviado a los
pueblos del interior. Jamás hemos pensado que los pueblos del
interior no se desarrollan actividades por falta de energía
eléctrica, no hay industrias por falta de energía
eléctrica, no se aumenta la frontera agrícola por falta
de agua; no se hacen obras fundamentales.
En esta ocasión yo he presentado dos proyectos de ley, y me
pueden servir como testigos los compañeros de la
Comisión de Presupuesto y otras comisiones de Agricultura, por
ejemplo. No se ha tomado en cuenta, por qué, por este bendito
artículo que deberíamos sacarlo, estirparlo,
desaparecerlo de la Constitución, porque no tenemos capacidad
de gasto los representantes del pueblo; y entonces para qué
hemos sido elegidos. Pregúntense ustedes que son de
provincias, quítense el velo político, piensen en los
asuntos que han sido encargados por su pueblo. No pueden cumplirse
con las obras, porque simplemente la Constitución nos margina,
nos castra en nuestra capacidad de iniciativa.
Señores, yo quisiera que este artículo sea realmente
reformado permitiendo que en obras fundamentales que cuenten con el
aval de los gobiernos regionales y locales, sí se pueda tener
iniciativa de gasto aquellos que hemos sido elegidos por el pueblo
porque somos sus representantes. 
Hay que ser sencibles con las provincias. Arequipa no hubiera tenido
los problemas que ha tenido hace poco si hubiera tenido las dos
represas, si hubiera tenido la capacidad de recaudar el recurso
hídrico en cantidad suficiente para regar sus cementeras en
los tiempos de sequía y hubiera tenido la energía
eléctrica para industrializar su región. 
Y seguramente como mi problema, es el mismo problema de ustedes que
vienen de provincia. Nosotros la gente del interior venimos con
encargos del pueblo, y cuanto regresamos a nuestros terrirtorios nos
piden cuentas. Felizmente los de la capital no tienen ese problema,
pero nosotros los que venimos del interior sí. 
Ya he tenido yo la consecuencias en las elecciones de ahora para la
Constituyente, la votación fue más baja, por
qué, porque la gente me lo dijo en mi cara y a través
de los medios de comunicación social: Jorge no haz cumplido.
Pero nosotros no podemos explicarles que en la Constitución
nos castra, nos corta las manos, no nos permite legislar en favor de
ellos, porque el centralismo...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 22  )

T-22

ROBERTO OSHIRO T.        19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA
El señor VELASQUEZ GONZALES.- ...(Continuando) ...en la
Constitución nos castra, nos corta las manos, no nos permite
legislar en favor de ellos, porque el centralismo desde lejos, a mil
kilómetros por ejemplo en Arequipa y no saben las obras
fundamentales que necesita nuestro pueblo.
Quiero dar una interrupción aquí al señor
Larrabure, Presidente.
Si usted fuera tan amable.
El señor LARRABURE GALVEZ.- Con la venia de la Presidencia,
muchas gracias Congresista Velásquez, mira, realmente me
contagia su emoción el Congresista Velásquez, demuestra
su gran sensibilidad social, pero, quiero decirle que los problemas
de Arequipa -yo he recorrido el valle de Arequipa, Majes, todos los
sitios inclusive esto de Ocoña que se quiere hacer
también ahí la gran irrigación de Ocoña
y que se quiere- pero el problema que hay es que no hay dinero, el
tesoro público no tiene dinero. Entonces yo creo que lo hay
que abrir esa licitación internacional, todos esos proyectos,
así como tenemos en Arequipa esos grandes proyectos para
llevar a los agricultores, también hay en el nort, Olomos,
Tinajones, Gallito Ciego, en todo el Perú quieren
irrigaciones; entonces lo que hay que abrir es el mercado a
licitación internacional para que vengan grupos de extranjeros
-japoneses, koreanos- y se puedan realmente llegar a realizar esto,
pero, crees amigo Jorge Velásquez, con la venia de la
Presidencia, que un proyecto de 200 millones de dólares, no
puede hacer el Gobierno un proyecto de 10-15 millones de
dólares porque no tiene dinero, menos va a hacer uno de 40,
50, 100, 200 millones de dólares. 
Yo te entiendo, me identifico plenamente contigo, pero vamos a abrir
las puertas al capital extranjero y que vengan ellos a
licitación internacional los proyectos de irrigación.
Con todo gusto.
El señor VELASQUEZ GONZALES.- En buena hora señor
Larrabure, si viene el capital, yo estoy de acuerdo con el
capítulo económico donde se ha insertado un
artículo específico para permitir que se den
conseción los recursos *líricos* cuando se trata por
ejemplo de generar energía electrica para industrias,
perfectamente de acuerdo. Pero hay unos sectores que ya no se puede
vender, porque esto ya está construído y se tiene que
cumplir simplemente, y para que construyeron la represa, la
hidroeléctrica de Charcani en este caso, tenían que
haber construido primero la represa, sin embargo hicieron la obra
final y se olvidaron de dónde iban a recursear el agua, y es
lo que falta ahora, agua precisamente. Y ese encargo, señor,
lo hemos recibido del pueblo, lo hemos presentado, los informes de
la Comisión de Presupuesto son negativos para estas obras
fundamentales para el desarrollo del pueblo de Arequipa, y en que se
basan, precisamente en este artículo, que nosotros no tenemos
capacidad de gasto. 
Si, con la venia de la Presidencia, a la señora Lozada de
Gamboa.
El señora LOZADA DE GAMBOA.- Gracias, señor Jorge
Velásquez, yo solamente le quisiera decir que no podría
concebir una independencia de Poderes, si es que el Poder Legislativo
va a tener *iniciativa* en al gasto público. Estaríamos
definitivamente interfiriendo la labor del Ejecutivo. Yo creo que
nosotros tenemos que cumplir con nuestra labor Legislativa y
fiscalizadora del Ejecutivo; si es que el Ejecutivo prioriza dentro
del Presupuesto la Ejecución de una obra, nosotros como
fiscalizadores, seríamos los encargados de hacerlo cumplir,
pero no, tener iniciativa y crear un conflicto en las funciones que
deben tener ambos Poderes.
Gracias.
El señor VELASQUEZ GONZALES.- Para eso nos han puesto ideas
en la cabeza, y no la tenemos de adorno, para eso son los reglamentos
de los dispositivos legales de la Constitución, para eso son
las Leyes, para que se vea la forma de que las Regiones den el visto
bueno y traigan los encargos los Legisladores y se priorice en el
Presupuesto del próximo año las obras monumentales de
los pueblos. 
La cabeza no la tenemos de adorno, para eso es para pensar, sin
embargo creo yo que nuestra obra principal es procurar que haya igual
desarrollo en los pueblos del interior y de la capital de la
República. Todas las obras se programan en la provincia
capital y la provincia Constitucional del Callao, y las obras que no
interesan, que son, que pasan desapercibidas que son muy
pequeñas, se hacen en el interior; eso sí, aparecen en
televisión, pero yo creo que obras fundamentales para el
desarrollo de los pueblos no se hacen. Y si nosotros buscamos
equiparar que haya igualdad de desarrollo en todos los departamentos
del país, se debe procurar que se hagan estas obras, pero para
el efecto, los Legisladores que tenemos el encargo de nuestros
pueblos tenemos que tener capacidad de Legislar.
Yo creo que en este aspecto se debe abrir el debate, se han dejado
estar la mayoría de Consituyentes, especialmente los de
provincias, aquí es donde tenemos que reclamar, aquí
es donde tenemos que "pitear" este artículo es lesivo a los
interéses de los pueblos del interior.
Gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Gracias señor, tiene la palabra
el señor Barba Caballero.
El señor BARBA CABALLERO.- Bueno, yo solo espero, señor
Presidente, que la propuesta del señor Ocharán, que en
mi concepto son serias, están bien documentadas y muy
concisas, sean tomadas en serio por la Comisión de
Constitución, y ojalá logren formar parte del
articulado; porque con ellas creo estaríamos asegurando no
solo una verdadera justicia tributaria, sino también una
adecuada fiscalización, señor. 
En lo que se refiere a las preocupaciones legítimas del
señor Velásquez,  muchos Parlamentarios limeños
y de otras capitales, no han hecho su publicidad, ni su ...
(Continúa en el turno N§ 23)

T-23

Jorge Anamaría    PLENARIA    Vesp.   19-7-93
El señor BARBA CABALLERO..(continuando)..señor.
En lo que se refiere a las preocupaciones legítimas del
señor Velásquez, muchos parlamentarios limeños
y de otras capitales no han hecho su publicidad ni su propaganda
prometiendo obras públicas. Todos sabemos perfectamente que
la función de un parlamentario es legislar, fiscalizar y sobre
todo, actuar con independencia y probidad frente al Poder Ejecutivo.
Si el señor Velásquez cumple con estas condiciones en
su periodo, yo estoy seguro que va a ser recibido con laureles y
aplausos en su respectiva circunscripción y nuevamente lo
tendremos de vuelta por aquí.
Ahora, señor, en lo que se refiere a otra preocupación
legítima del señor Ocharan, es con respecto a la
Contraloría General de la República. No es equitativo
ni justo ni prudente,señor, que el Presidente de la
República proponga ante el Congreso a los mismos funcionarios
encargados de ejercer control y fiscalización sobre los actos
del Poder Ejecutivo, de alli que me parece legítima la
propuesta creo que de Henry Pease, en el sentido de que el Contralor
General de la República sea propuesto y elegido por el
Congreso, con esto garantízaríamos una efectiva y
quizás adecuada fiscalización.
En lo que se refiere, señor, a los  tributos creo que el
artículo respectivo me parece insuficiente por su poca
claridad y por sobre todo, porque no crea un marco de principios para
gravar con justicia a los contribuyentes y esto podría ser una
puerta para algunas arbitrariedades del Poder Ejecutivo.
La fijación de los impuestos, gravámenes y
contribuciones por ley solo después de su aprobación
por el Parlamento es una conquista parlamentaria que viene de los
tiempos de Carlos I en Inglaterra y asi tiene que ser, señor,
para librar básicamente a los ciudadanos de impuestos
caprichosos y arbitrarios.
Sin embargo, a pesar de que ésto está establecido no
hay claridad en el artículo propuesto y esto como bien lo
sabemos, señor, es una garantía universal e
indispensable en toda Constitución y sobre todo en materia
tributaria. Adam Smith ya desde el Siglo XVIII enarboló los
cuatro principios fundamentales, señor,  que deben regir para
la creación de los impuestos. 
a) Gravar según la capacidad del contribuyente;
b) Establecer los impuestos con certeza, fijándose claramente
época, monto y modo de pago.
c) Comodidad y flexibilidad para el contribuyente; y
d) Que la recaudación ocasione al fisco el menor gasto
posible.
La justicia tributaria a su vez, señor, exige:
a) Igualdad de sacrificios;
b) Proporcionalidad del sacrificio;
c) Mínimo sacrificio colectivo; y
d) Publicidad.
El Estado, señor, tiene el deber de informar y de explicar
sobre todo alli donde sus actos afecten los bolsillos de los
contribuyentes. Todo lo anterior, señor, incluyendo un marco
de referencias o de principios para el contribuyente está
claramente establecido en el Artículo 139§ de nuestra
Constitución actual. Lo que yo no entiendo, señor, es
por qué se le ha desfigurado de una manera que ahora resulta
irreconocible y además, señor, que el esfuerzo me
parece absolutamente insuficiente, no da garantías a los
contribuyentes y sobre todo hemos desfigurado un artículo
constitucional, que en mi concepto señor Presidente, era
sobresaliente y debería de mantenerse tal como está.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Barba. Tiene
la palabra el señor Gamaniel Barreto.
El señor BARRETO ESTRADA.-Señor Presidente: En primer
lugar como miembro de la Comisión de Presupuesto quiero
levantar algunos cargos que se le ha atribuído a esta
Comisión.
Se ha dicho, Presidente, que habido una interferencia, una
obstaculización para que la Sub Comisión de
Licitaciones realice su trabajo.  Esto no es cierto, señor
Presidente. Nuestro Presidente de la Comisión es un
congresista que además de ser un técnico, se
caracteriza por tener el don de gentes, propicia el diálogo
y sobre todo nos da mucha apertura. De modo que ....
(SIGUE EN EL TURNO 24)

PLENARIA    VESPERTINA        19-07-93

T-24

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor BARRETO ESTRADA.- (Continuando)...por tener el don
de gentes propicia el diálogo y sobre todo nos da mucha
apertura. De modo que quiero justamene que se entienda que dentro de
ese marco estamos trabajando e inclusive algunos miembros de la
Comisión han testificado que el ambiente como se realiza, el
trabajo en la comisión de presupuesto por su cordialidad, por
su apertura los miembros de la comisión en minoría
quisieran este ambiente se trasladara a sus comisiones en las que
también prestan justamente atención a los proyectos,
a las iniciativas de ley.
Presidente quiero referirme al tema tributario, colega Ocharan quiero
a través de la Mesa indicar que estamos analizando un tema en
nuestra comisión y quisiéramos evidentemente agotar ese
tema dentro del seno de ésta y no traer evidentemente la
complejidad de ese tema a este pleno y evidentemente complicar la
situación, repito la cordialidad a la que invocara el
Congresista Gustavo García Mundaca.
Presidente, el Artículo 78§ en el tema tributario, sabemos que
todo impusto o tributo tiene un ciclo de vida en la administracion
tributaria, su creación, las modificaciones y las
supresión.
Es pertinente analizar el tema tributario desde dos perspectivas:
a) En cuanto a la presentación de iniciativas, legislativas
tributarias; y
b) En lo referente a aprobación de dichas iniciativas.
En cuando a las propuestas o iniciativas que significan incorporar
un nuevo tributo, modificarlo o proponer su eliminación en el
torrente tributario queda libertad tanto del Poder Ejecutivo, como
del Legislativo y del pueblo en general a través de sus
diversas organizaciones.
En cuanto a la facultad de legislar, es inherente a los miembros del
Congreso. Es por tanto el Congreso y solamente él, quien toma
la decisión final en cuanto a la aprobación de los
tributos se refiere.
Debe también quedar establecido que con toda claridad que el
ejercicio de la potestad tributaria, tanto en cuanto a la iniciativa
tributaria como en la aprobación de los tributos, no debe ir
en contra ni menos violar los derechos fundamentales de la persona.
De otro lado, los tributos son la base fundamental que sustenta los
presupuestos anuales del sector público y generar como he
sabido la mayor porporción de los ingresos públicos.
Financieramente los ingresos tributarios marcan la capacidad del
gasto público y por ende la posibilidad de atención de
servicios básicos de la población como son la salud,
la educación y los servicios públicos.
Otro fundamento realmente de base en la gestrión tributaria,
es el análisis de la presión tributaria durante los
últimos años, según cifras del Ministerio de
Economía y Finanzas, la presión tributaria ha sido lo
siguiente: en el año 1990, en el primer semestre llegó
al cuatro por ciento; en el año 1991, llegó a 7.6;  por
ciento en el año 1992, llegó a 8.7 por ciento; y para
el presente año se proyecta a una presión tributaria
del 9 por ciento.
Por estas consideraciones señor Presidente, es necesario que
la nueva constitución incorpore a dicha institución y
a la función que desempeña dentro de la
administración del Estado el papel rector de la
Superintendencia Nacional, y Administración Tributaria. Por
lo tanto propongo que se adicione al Artículo 78§ el siguiente
párrafo: "La Superintendencia Nacional de Administracion
Tributaria, administra los tributos, la ley establece su
organzación y autonomía funcional...
(Continúa en el Turno N§ 25)

T 25

PLENARIA (Vespertina)      l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor BARRETO ESTRADA...(contiuando)...el siguiente
párrafo.
La  Superintendencia Nacional de Adminstración Tributaria
administra los tributos; la ley establece su organización y
autonomía funcional. El Poder Ejecutivo designa al
Superintendente de Administración Tributaria, por el plazo
correspondiente a un período  constitucional.
Con referencia al Artículo 85§, propongo se adicione lo
siguiente: "Así como  de los otros pliegos de su sector" . Lo
sustento, Presidente. El texto sólo se refiere a cada
Ministro, "sustente el respectivo pliego de egresos"; como se puede
apreciar la redacción está en singular, es decir, se
refiere al Ministerio; pero debe indicarse que la mayoría de
Ministerios tienen en su estructura orgánica, instituciones
públicas descentralizadas que conforman  pliegos, por lo que 
el Ministerio o el Ministro es el jefe de sector y por lo tanto quien
debe sustentar dichos pliegos.
Asimismo, en el mismo  Artículo 85§, propongo se adicione la
siguiente expresión: "Y el Contralor General".
Sustentación:  El texto  se refiere aparte de los Ministros,
los titulares de pliegos de otros poderes del Estado, así como 
 organismos autónomos que no esán ubicados dentro de
la estructura orgánica del Estado; en ningún otro 
poder tal como la Contraloría General que no  forma parte de 
ningún Poder del Estado, por lo que es necesario incluir
dentro del texto al Contralor General para que sustente su pliego.
En consecuencia, el texto modificado quedaría de la sugiente
forma: Artículo 85§.- "El Ministerio de Economía y
Finanzas sustenta ante el pleno del Congreso el pliego de ingresos.
Cada Ministro sustenta el repectivo pliego de egresos, así
como de los otros pliegos de su  sector.
El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación, el
Presiente del Jurado Nacional de Elecciones y el Contralor General,
sustentan los pliegos correspondientes a sus instituciones."
En el Artíclo 87§.- Debe eliminase las palabras
"habilitaciones y demás modificaciones" por las siguientes
razones: Se debe eliminar "habilitaciones" porque este término
forma parte de una modidicación presupuestaria, y a nivel de
Congreso se tramita créditos suplementarios así como
tansferencia de partida, por lo que es innecesario consdierar dicho
término. 
Se debe eliminar " y demás modificacones" porque ésta
incluiría también transferencia de asignaciones, cuyo
nivel es a nivel de pliego; es decir, cuando existe transferencias
entre programas y cuya aprobación se debe dar al titular del
pliego.
En consecuencia, sólo debe reservarse para el Congreso,
créditos suplementarios, así como transferencias de
partidas. El articulo debe quedar: Artículo 87§'- "Los
créditos suplementarios y  ransferncias de partidas se
tramitan ante  el Congreso tal como la Ley de Presupuesto. En receso
parlamentario se tramita ante la Comisión Permanente, la cual,
para aprobarlo  require de los tres quintos de sus miembros".
Artículo 88§.- Debe adicionarse el párrafo siguiente:
"La ley establece las disposiciones relativas a su proceso de
elaboración, examen, presentación,  revisión y
aprobacion". 
El proceso del Presupuesto Público ha estado contnido en la
Ley No. l48l6; la Ley Orgáncia del Presupuesto Funcional de
la República que ha venido siendo modificada en el tiempo,
teniendo la última modificación de este  gobierno por
la ley marco del proceso presupuestario. En cambio, el proceso de la
Cuenta General se incluye las etapas de  elaboración, por la
Contaduría Pública de la Nacion,  sector
Economía y Finanzas; examen, Contraloría General,
presentación, Presidencia de la República;
revisión y dictamen, Congreso de la República y
aprobación, Congreso y Presidencia de la República.
Ha carecido de la normatividad indicada, por la que es necesrio que
una ley  regule los procedimientos responsabilidades, plazos...
(Sigue turno No.26).

T-26

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor BARRETO ESTRADA...(continuando)...Congreso y
Presidencia de la República. Ha carecido de la normatividad
indicada, por la que es necesario que una ley regule los
procedimientos, responsabilidades, plazos y sanciones a los
infractores; por lo que mediante la Ley de Presupuesto son asignados
para su uso en las diferentes entidades gubernamentales.
En consecuencia, el texto modificado quedaría de la forma
siguiente:
"Artículo 88§ .- La Cuenta General de la República,
acompañada del informe de auditoría de la
Contraloría General, se remite por el Presidente de la
República al Congreso el 28 de julio del año siguiente
al de ejecución del presupuesto.
Es examinada y dictaminada por una comisión revisora dentro
de los 90 días ulteriores a su presentación. El
Congreso se pronuncia en el plazo de treinta días. Si no hay
pronunciamiento del Congreso en el plazo señalado, se eleva
el dictamen al Poder Ejecutivo para que se promulgue, mediante
Decreto Legislativo la aprobación respectiva.
La ley norma las disposiciones relativas a su proceso de
elaboración, examen, presentación, revisión y
aprobación."
Estos son mis aportes dirigidos a la Comision de Constitución,
salvo mejor parecer de esta.
Gracias Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Gamaniel Barreto.
Tiene la palabra el señor Juan Guillermo Carpio.
El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente:
Sólo para referirme a un aspecto muy puntual que ha sido
utilizado como argumento en el debate, y que ha sido utilizado no
sólo esta tarde aquí en el Congreso Constituyente, sino
que viene siendo utilizado en el debate nacional en curso sobre el
tema de la Descentralización.
El doctor Henry Pease y luego el doctor Julio Díaz Palacios
han mencionado que sería importante considerar en la
Constitución, en el Capítulo de Presupuesto, un
porcentaje del presupuesto destinado a las Instancias
Descentralizadas. No son los únicos que en el debate nacional
están proponiendo esto. El señor Alcalde de Trujillo,
Ingeniero José Murgia ha propuesto también lo mismo.
Acabamos de recibir una propuesta del Alcalde de Arequipa, el
profesor Fernando Ramirez Alfaro también propone lo mismo,
estableciendo el porcentaje del 20%. Diversos ciudadanos en el debate
sobre este tema están proponiendo lo consiguiente; inclusive,
el viernes último tuve oportunidad de asistir al Congreso
Nacional de Alcaldes, y varios señores Alcaldes
proponían, unos 20, otros 30, y otros hasta 50% del
presupuesto.
Yo creo, señor, que es dable tocar ese punto aquí en
el Congreso, que lo hemos tocado en el debate fuera de este
Hemiciclo.
Yo no dudo que todas las personas que plantean el porcentaje
destinable a las instancias descentralizadas lo hagan de buena fe y
partiendo de una concepción descentralista sólida. El
problema está, para mí, como lo vengo diciendo en esos
debates fuera del Hemiciclo, es de que esta propuesta no tiene un
sustento técnico cabal. Si nosotros queremos tener un texto
constitucional que sea eficaz, tenemos que valorar cada una de las
medidas en función de esa eficacia, me explico, señor
Presidente.
El pedir que en la Constitución figure un porcentaje, sea 15,
10, 35, 20 ó 50% del Presupuesto destinado a las instancias
descentralizadas. En primer lugar, la diversidad ya nos está
demostrando de que no hay un sustento técnico para pedirlo,
justamente por la variedad. Pero en segundo termino, señor,
porque todo depende de las competencias que se transfieran del
gobierno central a las instancias descentralizadas. Pues, si
transferimos competencias -por decirlo- en salud, en seguridad
ciudadana, en educación, en agricultura, en pesquería,
en comercio y demás; podría implicarse, por ejemplo,
que las planillas de maestros, de enfermeras, de médicos...
(continúa en el turno 27)

T. 27

Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Vesp.)    19.07.93
El señor CARPIO MUñOZ.- (Continuando)... comercio y
demás. 
Podría implicarse por ejemplo, que las Planillas de maestros,
de enfermeras, de médicos, de ingenieros técnicos en
agricultura y demás, pasen a las instancias descentralizadas;
de tal suerte, que podríamos vernos en un callejón sin
salida, si es que pedimos el 20:% para las instancias
descentralizadas; y luego, se nos transfieren una serie de
competencias, que sólo el pagar las Planillas, para todo lo
que significará el cumplir las competencias descentralizadas
que asumiéramos, los Gobiernos Regionales o Departamentales
o los Municipios, realmente podría ser señor, que hemos
hecho el peor negocio del Siglo, en pedir el 20% del Presupuesto, que
no alcanzaría para cubrir las Planillas de competencias
descentralizadas que debieran ejercer esas instancias.
Por lo tanto señor, no es técnico pedir un procentaje
del Presupuesto, sea cual fuere y por más que, como es cierto,
la Constitución de Colombia, sí señala
porcentajes.
Finalmente señor, por que es antitécnico, el tratar de
repartir un Presupuesto a futuro, no sabemos cuál será
el monto de cada uno de los Presupuestos, es necesario entonces dejar
la flexibilidad, para que en el mandato constitucional, sean los
Congresos del futuro, que de acuerdo a competencias constitucionales
y de acuerdo a las competencias que se transfieran a las instancias
descentralizadas, de acuerdo a ello, se establezca cuales sean los
montos que realmente deben corresponder a estas instancias
descentralizadas.
Con eso señor, con el mayor respeto por los ciudadanos, que
utilizan esos argumentos, discrepo con ellos y me mantengo en la
fórmula que he hecho alcanzar a la Comisión de
Constitución, muy amable.
El señor PRESIDENTE.-  Muchas gracias, señor Guillermo
Carpio, tiene la palabra el señor Pedro García.
El señor GARCIA SAAVEDRA.- Gracias Presidente: En la Ley de
Presupuesto señor Presidente, no es novedad, pues todos los
años se hacen por el Ejecutivo una proposición, donde
se aprueba el Presupuesto del año, en este año ha  sido
la 25986 y la Ley Marco.
Dentro de la Ley Marco, que es la ley que norma el Presupuesto, esta
ley dice todo lo que es la ejecución y operatividad de la
administración del gasto y la parte fundamental, que es la que
nos dice todo lo que es nuestro Presupuesto de la República,
al que todos nuestros colegas están dispuestos a la
fiscalización de los gastos que se han hecho a través
de la historia.
Es bien importante lo que dicen todos los colegas, todos estamos de
acuerdo con la fiscalización, pero hay algo más
importante de lo que nosotros debemos de hacer, aparte de que es una
ley hecha por hombres, es la parte importante, que a quienes le damos
una cantidad de dinero para el gasto, dentro de las Empresas del
Estado, es la situación de la persona señor.
Podremos decir mucho que se fiscalice, ya el colega Ocharan dijo, que
aquí hay un artículo en la Ley de Presupuesto, en la
cual dice, que es el número doce, y dice: "Las exoneraciones
y licitaciones del Presupuesto Público" -mucho se habla de
esto señor- pero es necesario que cada gobierno y los
gobiernos de atrás, los de antaño, han hecho cosas tal
vez  que hoy merecen crítica, pero también hay que
hacer correcciones en las cuales nosotros, los que estamos
acá, debemos descentralizar, para que no ocurran los errores
que hubieron atrás.
Bien, todos pensamos que hacemos bien al decir fiscalización,
pero qué diríamos si ustedes tuvieran la posibilidad
de hacer una Constitución, como la que se está haciendo
en estos momentos?
Se tendría que pensar que la agilización dentro del
gasto anual, que el gobierno recién asigna Partidas para el
mes de Abril...
(Continúa en el Turno No. 28)...

T-28

(Plenario Vesp.)      TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.     
 19-07-93
El señor GARCIA SAAVEDRA.-(Continuando)... tuvieran la
posibilidad de hacer una Constitución como la que se
está haciendo en estos momentos, se tendría que pensar
que la agilización dentro del gasto anual que el gobierno
recién asigna partidas para el mes de abril, para los que
hemos trabajado en una entidad del Estado, sabemos que el gasto del
Estado está supeditado a lo que venga de que l gobierno asigne
el dinero al MEF y el MEF lo distribuya, y el MEF cuando lo
distribuye, está dado por los diferentes sectores.
Y cuando se planifica el gasto de una región, de un
departamento, se planifican escuelas, colegios, postas
médicas, implementación para salud, ya dijo el
señor Ocharan, las licitaciones, también aquí
se ha visto el gasto de lo que es los militares y eso tiene que ser
transparente, eso es bueno, eso es fiscalización; pero,
cómo hacer que se norme todo esto, señor, analizando
el artículo de la Constitución, del presupuesto, que
dice, el número 89, dice: "La Contraloría de la
República es el organismo de derecho público, que goza
de autonomía conforme a la ley, se encarga de supervigilar la
ejecución del Presupuesto de la República".
Yo añadiría aquí, "su Presupuesto de la
República en forma descentralizada", podría ser esa la
mejor manera para que en el futuro con la nueva
descentralización de gobierno, se haga la fiscalización
pero quién va a supervisar esto, muchos colegas congresistas
se han hecho fama por ser los fiscalizadores, haríamos,
diríamos descentralizada con los sectores, y quién
fiscaliza esto, serían los congresistas que están en
estos momentos por las regiones, por los departamentos, si se quiere
decir así.
Señor, cuando se hace un planteamiento de este tipó ya
no es netamente político, es técnico y el gasto es una
cuestión técnica, pero polítca se utiliza cuando
se quiere hacer un puente donde no requiere ser un puente sino un
apista; entonces, lo que decía el colega Benito
Velásquez, que no tenemos capacidad de gasto.
Cuando se administra el Estado es muy complejo, hasta este mismo
Congreso se dijo que no tenía presupuesto, y es complejo, y
hay muchas cosas que no se pueden tratar rápidamente si no hay
que analizarlas, pienso que esta parte de la Constitución,
señor Presidente, es lo más técnica posible que
se puede hacer pero si vamos a participar en lo que es la
fiscalización descentralizada.
Y la Contraloría, señor, si pensamos que puede ser
descentralizada acompañada de todos los controles internos de
los sectores que puedan fiscalizar dentro de los departamentos. Y
qué se refieren los sectores, los sectores son:
Educación, Salud, Minería, Pesquería, Industria,
Transporte, que hay órganos netamente de auditoría, eso
servirían señor, para poder hacer la Contraloría
y no venir a decir que no se hace fiscalización, lo que
tenemos que hacer los congresistas es, el manejo fiscal que pueden
hacer los departamentos.
En estos momentos, las regiones, por ejemplo, señor
Presidente, el que habla es el ponente de las tres Regiones Ucayali,
Grau y Andrés Avelino Cáceres, para eso está
nuestra función legisladora no venir a gritar, señor,
aquí con datos me envía el señor de la
Región Grau, Andrés Avelino Cáceres, sus gastos
de ejecución físico financiero que se está
haciendo, esto lo norma la ley de la Constitución, lo dice,
si no lo dijera mal haríamos decir nosotros que no se
está haciendo fiscalización.
Ahora, evidentemente que tiene que hacerse, ir a ver el manejo
físico, es decir, ir a ver hacer las obras.  Eso,
señor, para poder poner en claro todo lo que se está
diciendo en estos momentos sobre nuestra Ley de Presupuesto
aquí en la parte de la Constitución.
 Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias, señor García.
Tiene la palabra el señor Manuel Moreyra.
El señor MOREYRA LOREDO.-Muchas gracias, señor
Presidente.
No quisiera yo alterar la paz bucólica que embarga esta magna
asamblea el día de hoy, donde quizás hasta
podrían presentar el artículo de la reelección
indefinida del Presidente de la República y de repente pasa
sin que nos demos cuenta...
(Continúa en el Turno N§ 29)
SESION PLENARIA          (VESPERTINA)

T- 29

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              19-07-93
El señor MOREYRA LOREDO.- _(continuando)_  alterar la paz
mongólica que embarga esta Magna Asamblea el día de
hoy, donde quizás hasta podrían presentar el
artículo de la reelección indefinida del Presidente de
la República y de repente pasa sin que nos demos cuenta. Pero,
quisiera decir algunas cosas referentes al régimen tributario
y presupuestal. 
En primer lugar, señor, lo que es el artículo 78§. yo
sí creo que es muy importante que se reintegre a dicho
artículo lo dispuesto por la Constitución hoy vigente,
de que la tributaicón se rige por los principios de la
legalidad, uniformidad, justicia, publicidad, obligatoriedad, certeza
y economía de la recaudación.
Pero, y lo que me parece mas importante de esta parte es la parte
final, no hay impuesto confiscatorio ni privilegio personal en
materia tributaria. Como bien han recordado ya algunos señores
congresistas, esta norma ha permitido en algunos casos poder oponerse
a los ciudadanos privados a actos de evidente abuso, hechos que se
pretendían hacer por el Estado, de tal maner que su
supresión sería permitir la posibilidad de que se
realicen en el futuro tales abusos.
De tal manera, señor Presidente, que la primera sugerencia que
yo quisiera hacer es apoyar que se reintegre esta norma en el
artículo 78§.
En segundo lugar, señor Presidente, quisiera de manera muy
breve decir que me parece correcto que se haya reintegrado la norma
que dice; "corresponde a los municipios conforme a ley y recibir una
participación adecuada del impuesto a la renta sobre las
utilidades percibidad por la explotación de los recursos
naturales en cada zona en calidad de canun".
Señor Presidente, donde tenga ya más dificultades es
en el artículo 83§, en el artículo 83§ del proyecto.
Yo creo que ahí hay varias frases que realmente sobran.
El proyecto presupuestal debe estar  efectivamente equilibrado, yo
nunca he sabiso exactamente qué significa equilibrar un
presupuesto y podríamos hablar largamente sobre este problema.
Todo presupuesto contiene en sí un cieto desequilibrio que va
en función a las posibilidades de crecimiento de un
país, si un país está creciendo del orden del
cinco al ocho por ciento, evidentemente hay un margen para
incrementar la cantidad de moneda; y por consiguiente hay un margen
para tener un cierto desequilibrio.
Sin embargo, yo convengo, señor Presidente, que dado los
evidentes abusos que se ha hehco antes de esta posibilidad, donde
cuando era posible crear sin que fuera inflacionario tres, cuatro o
cinco por ciento al año, se creaba quinientos mil y dos mil,
quizá convenga, señor Presidente, mantener la norma
como objetivo; y decir, el proyecto presupuestal debe estar
equilibrado. Efectivamente creo que ya es una exageración,
nunca hay un equilibrio absoluto.
Pero como norma, como objetivo dado -repito- los evidentes excesos
que ha habido en este país, podría quedar. Lo que
sí creo ya que es una evidente exageración, es lo que
a continuación sigue, los préstamos del Banco Central
de Reserva o del Banco de la Nación no se contabilizan como
ingreso fiscal. Evidentemente un préstamo nunca es un ingreso
fiscal.
Sí como no, señor chirinos, con  la venia de la
Presidecia.
El señor CHIRINOS SOTO.- Muchas gracias. Señor
Presidente, tanto el primer párrafo del artículo al que
se refiere el doctor Moreyra como al segundo párafo, tienen
que ver mucho con la política presupuestal bajo los
últimos gobiernos, en particular bajo el gobierno
inmediatamente anterior.
Decía la Constitución vigente que el presupuesto
debería estar efectivamente equilibrado y los Ministros de
Economía y Finanzas, presentaban un presupuesto y
decían siempre que están equilibrados. Y cómo
se equilibraba el presupuesto? Con los préstamos del Banco de
la Nación y el Banco Central_
(CONTINUA EN EL TURNO - 30)

T.30

Justo Frías López   19-07-93    Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)...con los
préstamos del Banco de la Nación y el Banco Central.
Si al Ministro de Economía le faltaban cien mil millones de
soles -por decir una cifra débil- ponía: ingresos,
préstamo al Banco Central o préstamo al Banco de la
Nación, cien mil millones de soles. Ese es el punto.
El punto es que, el dinero que avance el Banco Central o que preste
el Banco de la Nación, si tiene recursos para prestar, ese
dinero puede ser contabilizado como ingreso fiscal para el efecto de
declarar que el presupuesto está equilibrado. 
Hemos querido salir al paso enérgicamente en esa corruptela,
enérgimente en la medida de lo posible.
El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Moreyra.
El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, vuelvo a
repetir, los presupuestos nunca están totalmente equilibrados,
pero admito que han habido excesos evidentes frente a las
posibilidades que hay; y que por consiguiente, como principio,
podría quedar. Pero decir ya que los préstamos no se
deben contabilizar como ingresos, cualquiera que sea la historia
pasada donde si eso ha sucedido y no lo dudo, es un evidente exceso,
es decir, algo que es contradictorio. Ningún préstamo
por definición es ingreso. 
De tal manera que si alguien leyese esto sin conocer los
antecedentes, por lo menos diría que quienes han redactado
ésto carecían del conocimiento elemental de lo que
significan los términos. Yo insisto, un préstamo no es
un ingreso fiscal, no lo puede ser por definición; por
consiguiente -a mi juicio- esta frase sobra o en todo caso
habría que reformularla de tal manera de que no contenga una
contradicción de por sí.
Luego sigue una frase que francamente yo ya tengo inconveniente: "Los
préstamos del extranjero no se destinan a los gastos
corrientes".
Señor Presidente, en este año -y eso ha sucedido en
todos los años- hay muchos préstamos que sí se
destinan a los gastos corrientes, por ejemplo, estamos destinando
ahora ingresos que se lleman del grupo de apoyo que son prestamos,
o ingresos que provienen de instituciones como el Banco Mundial, los
créditos financieros o el BID, que se usan para el pago de la
deuda pública; y este pago de la deuda pública es un
gasto corriente, típicamente es un gasto corriente en aquella
parte que se refiere a intereses.
Por consiguiente, estas operaciones que -repito- se están
realizando ahora y sin las cuales el actual presupuesto no
podría equilibrarse, porque, dicho entre paréntesis,
el actual presupuesto vigente tiene un déficit de dos y medio
por ciento, un déficit económico de dos y medio por
ciento que se cubre con el ingreso de préstamos extranjeros,
es decir, no hay una creación interna de moneda pero sí
hay un desequilibrio que está cubierto por estos
préstamos extranjeros, no podrían realizarse conforme
a esta norma presupuestal.
Sí señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Creo que puedo contestar las tres
observaciones del doctor Moreyra. 
La última, gastos corrientes, se va a cambiar de
expresión; se va a cambiar la expresión para dar a
entender de lo que se trata, que es gasto burocrático. La
segunda, que los préstamos del Banco de Reserva no se
contabilizan como ingresos, no hay tal contra diccium adyectum**,
basta revisar los presupuestos del gobierno anterior para ver en la
Ley de Endeudamiento se consideraban como ingresos los
préstamos del Banco Central y del Banco de la Nación
para el efecto de equilibrar el Presupuesto.
Y en cuanto a la primera, todos sabemos que es una aspiración
tener un presupuesto efectivamente equilibrado; no sólo
nuestro. El doctor Moreyra no ignora -estoy seguro- que en los
Estados Unidos hay una fuerte corriente de opinión para
introducir una enmienda en la Constitución de modo que el
presupuesto americano esté equilibrado sin recurrir a
préstamos; los americanos también equilibran su
presupuesto recurriendo a préstamos, es decir, considerando
los préstamos como ingreso.
Muchas gracias.
El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, entonces
queda claro que en opinión del señor Chirinos el
equilibrio presupuestal es una aspiración, sin embargo
aquí no se pone como una aspiración, se pone como una
norma; y ese es el peligro, poner normas que después no se van
a exigir que se cumplan. Pero yo aceptaría que se ponga, el
Presupuesto debe tender a ser equilibrado o debe ser equilibrado; eso
se entenderá como una norma no de total cumplimiento pero
sí como una norma que debe servir de guía; más
o menos esa es la idea. Pero yo vuelvo a decir: El préstamo...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 31  )

T-31

ROBERTO OSHIRO T.                       19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA
El señor MOREYRA LOREDO.- ...(Continuando) ...debe servir de
guía, ¨no es cierto? -más o menos esa es la idea- pero
yo vuelvo a decir el préstamo no puede ser un ingreso que el
Gobierno del señor Alan García hiciese leyes sin
ninguna lógica, no quiere decir de que algo que sea
incorrecto, deje y deje de serlo. 
Y finalmente en cuanto a los préstamos del extranjero  no se
destinan a gastos corrientes, yo vuelvo -ya voy a terminar,
señor Presidente- yo vuelvo a decir de que hoy día se
está utilizando para estos fines y poner gastos
burocráticos no cambia las cosas, porque existe el sistema de
la y de la caja única. 
Lo cierto es que el crédito extranjero sí sirve
aquí en el Perú o fuera del Perú para cubrir
desequilibrios, desequilibrios que están presupuestados,
desgraciadamente esta es la situación.
Señor Presidente, yo quisiera decir dos pequeñas cosas
adicionales. En primer lugar el artículo 84§, el
artículo 84§ francamente me parece un exceso; aparte de que
está mal ubicado, el Congreso no tiene iniciativa para crear,
ni aumentar gastos públicos. La anterior Constitución
no decía "el Congreso no tiene", sino en el artículo
199§, en el tercer párrafo decía: "los Representantes
al Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos
públicos, salvo por lo dispuesto por el artículo 177§".
Y el objetivo era evidentemente evitar lo que en la
Constitución del año 33 se llamaba "las iniciativas
Parlamentarias", o sea que ubiese partidas para que se asignasen por
parte de los Representantes Diputados y Senadores determinados gastos
públicos. 
Eso sí me parece un error, yo creo que el Presupuesto tiene
que manejarse de manera planificada en función a las
prioridades nacionales y que estas prioridades difícilmente
puede ser compatibles con las aspiraciones que puedan tener los
señores Diputados y Senadores. Pero de allí a decir que
el Congreso no tiene iniciativa de gastos, creo yo que es ir un poco
lejos. 
Yo lo que sugeriría es que esta norma se mantenga en su
esencia que es la de evitar la iniciativa Parlamentaria y se coloque
en el lugar correspondiente que objetivamente está allí
donde se establece cuales son las limitaciones que tienen los
Representantes del pueblo. Dicho entre paréntesis eso
eliminaría por lo menos un artículo y además
creo que conceptualmente.
Si señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, no voy a
abusar de pedir interrupciones al doctor Moreyra, de modo que para
contestarle.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos, solamente que estamos
ya en un extra-sobretiempo con el doctor Moreyra, así que le
pido, lo más breve.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo le pido que le devuelva el tiempo
que yo le he interrumpido y pido la palabra para contestarle
oportunamente, señor Presidente.
El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, y
finalmente quiero volver a referirme al artículo 146§ porque
efectivamente hay una omisión, hay una supresión
respecto a lo que decía el anterior artículo 146§ de
la Hacienda Pública, que sí me parece muy importante
que se reintegre, se decía, "la Contraloría General
como organismo autónomo y central del Sistema Nacional de
Control -no me refiero a eso,eso es una definición-
supervigila la ejecución de los Presupuestos del sector
público" y luego añadía "de las operaciones de
la deuda pública", ningún endeudamiento podía
o puede hacerse porque todavía está vigente la
Constitución del año 79, sin autorización de la
Contraloría y este pase por la Contraloría ha evitado
muchos excesos y la utilización de bienes y recursos
públicos.
Entonces, a mí me parece muy, muy importante que se reintegre
estas dos segundas funciones, que es que la Contraloría
supervice las operaciones de la deuda pública y la
gestión y utilización de los bienes y recursos
públicos.
Y finalmente, en cuanto a la última parte, bueno, ya, ya he
mencionado y mi definitiva preferencia porque el nombramiento del
Contralor sea sujeto a la ratificación de este Congreso o del
Congreso.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias, doctor Moreyra, tiene la
palabra el señor Congresista Jorge Donayre. No se encuentra,
entonces el señor Julio Castro Gómez.
El señor CASTRO GOMEZ.- Gracias Presidente, en este
artículo, señor Presidente y colegas, queda evidenciado
una vez más que el proyecto de la mayoría busca elevar
a la categoría de norma Constitucional, no el plan de
Gobierno, porque realmente sería mucho decir, sino las
acciones de Gobierno ...
(Continúa en el turno N§ 32)

T-32

Jorge Anamaría    PLENARIA   Vesp.         19-7-93
El señor CASTRO GOMEZ..(Continuando)..en este artículo,
señor Presidente y colegas, queda evidenciado una vez mas que
el proyecto de la mayoría busca elevar a la categoría
de norma constitucional no el plan de gobierno porque realmente
sería mucho decir, sino  las acciones de gobierno que vienen
implementado el ingeniero Fujimori y quiero demostrarlo en tres
hechos bien concretos.
Por ejemplo, mediante Decreto Ley 26162 del 31 de Diciembre de 1992
en su artículo primero con un contenido abiertamente contra
la Constitución vigente mutiló las competencias de
fiscalización, de control técnico de la
Contraloría General de la República y la propuesta
contenida en el Artículo 89§ del proyecto de la
mayoría, en el sentido de establecerle como única
función el encargo de supervigilar la ejecución del
presupuesto de la república, está contenida en el
artículo número uno de este decreto ley dado justamente
al concluir la etapa de concentración de poderes del gobierno
el 30 de diciembre y señalar su inicio, la entrada en vigencia
a partir del primero de enero del presente año.
En consecuencia, la propuesta que nos traen acá de norma
constitucional no es otra que la legalización de un atropello
a la Constitución vigente producido en el último
momento de la fase de dictadura del gobierno del Presidente Fujimori.
En segundo lugar, por ejemplo, también mediante Decreto Ley
No. 25556 del 18 de junio de 1992 que es el decreto ley que crea el
Ministerio de la Presidencia, se desactivó por completo, todo
el Instituto Nacional de Planificación y una serie de sus
funciones, de sus direcciones y de sus responsabilidades pasaron a
este nuevo Ministerio y la acción de conjunto del Instituto
Nacional de Planficación como entidad encargada por mandato
de la ley de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo
quedó absolutamente dejada de lado.
Y lo que hoy nos propone la mayoría es justamente darle
categoría constitucional a un decreto ley que fue dado
también en plena fase de dictadura el 18 de junio del
año pasado.
Y un tercer aspecto, también de hecho del gobierno del
ingeniero Fujimori  es el relacionado con la desaparicion del canon,
la desaparición del Artículo 121§ de la
Constitución vigente, en la medida de lo que hoy se pretende
presentar como una reconsideración frente a la cerrada
oposición de los pueblos del Perú no es otra cosa que
el pretender pasar de contrabando el hecho de que el canon se
convierte en un sustituto de la obligación fiscal en
relación a los presupuestos de los pueblos y no lo que es en
su concepción en el sentido de ser un recurso adicional que
surge del hecho de encontrarse en el ámbito de las regiones
los recursos naturales que se explotan por naturales o extranjeros.
Entonces, señor Presidente, en este capítulo, en estas
tres cosas quedan absolutamente claro de que lo que busca el proyecto
de la mayoría es constitucionalizar las acciones de gobierno
del Presidente Fujimori y, sobre todo, en estas etapas, sobre todo
después del cinco de abril, cuando abiertamente sin
ningún control, simple y llanamente agredió por
completo la Constitución del 79, ésto es
idéntico a lo que se ha producido en seguridad social, en
salud, en educación, en problemas laborales en donde a
través de los decretos leyes simple y llanamente deshizo la
legislación que desarrollaba claros mandatos constitucionales.
Creo, señor Presidente, en consecuencia, la mayoría
debe reflexionar, aun está a tiempo, esperamos que lo haga,
que una Constitución, pues, no es la Constitución
técnica del Perú, es la Constitución
Política del Perú, es un acuerdo y no simplemente darle
rango constitucional a la acción, al plan de gobierno, esa
concepción es totalmente estrecha y restringida y reiteramos
que durará  lo que dure la transitoria mayoría ...
(SIGUE EN EL TURNO 33)

PLENARIA     VESPERTINA        19-07-93

T-33

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor CASTRO GOMEZ.- (Continuando)... Perú. Es la
constitución Política del Perú; es un acuerdo
y no simplemente darle rango constitucional a la acción, al
plan de gobierno, esa concepción es totalmente estrecha y
restringida y reiteramos que durará lo que dure la transitoria
mayoría que hoy es vigente en el país y que como vemos
esta empezando a cambiar.
Escuchen señores de la mayoría, escuchen señores
del Gobierno, los pueblos están reclamando cambios
sustanciales y se están manifestando como ha sido el
importantísimo acuerdo del Congreso de la Asociación
de Municipalidades.
Y termino señor Presidente, alcanzando formalmente la
propuesta del Movimiento Democrático de Izquierda en la
sustitución del artículo 86§ en relación a la
Contraloría General de la República.
Nos parece un verdadero despropósito señor, que se
pretenda dejar de lado mutilar las competencias de este organismo,
en relación a la supervisión de las operaciones de la
deuda pública y de la gestión y de la
utilización de los bienes y recursos públicos.
Consideramos que estos debe ser recogido en el Artículo 86§
del proyecto de la mayoría y también señor
Presidene, nuestra propuesta para que sea un eficaz y verdadero
control autónomo por parte de la Contraloría General
de la República, el Contralor debe ser designado por el
Cogreso y de ahi señor Presidente que alcanzo  pues, una
propuesta de artículos sustitutorios del Artículo 86§
que esta contenido en nuestra propuesta para su consideración
por la mayoría.
Gracias señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Castro Gomez.
Tiene la palabra la señora congresista Carmen de Lozada.
LOZADA DE GAMBOA.- Por su intermedio señor Presidente para
decirle al colega Castro que para eso estamos justamente, para hacer
las reformas que necesita el país, aca esta la mayoría
tratando en lo posible de hacerlo.
Pero quiero referirme algo señor Presidente, que considero
importante el Artículo 81§, de la propuesta constitucional,
resalta la elaboración de un Presupuesto descentralizado, y
esto es necesario detacarlo señor Presidente, por cuanto en
toda la historia del Perú, jamás, se ha concebido un
presupuesto de este tipo.
Estamos nosotros conscientes y lo estuvimos en la Comisión de
Descentralización, cuando planteamos nuestra propuesta
constitucional que no era posible hablar de descentralización
si no hablábamos de un presupuesto descentralizado.
Y justamente este artículo no fue incluído en el
capítulo respectivo por cuanto ya estaba considerado como lo
vemos ahora, en el artículo que es materia de debate, yo
quiero decir señor Presidente, de que no podemos tampoco
limitar a porcentajes, el presupuesto que va ser delegado a los
organismos descentralizados, y en eso coincido plenamente con el
colega Carpio.
La descentralización es un proceso; por lo tanto, lo que hoy
no puede parecer muy saludable, el decir un 20 por ciento,
mañana nos puede parecer definitivamente una limitación
cuando veamos que el Estado, tiene la intensión como lo tiene
así en el Artículo aprobado a nivel de
descentralización, de delegar a los gobiernos locales las
funciones de salud, educación, cultura etc.
significaría entonces que al aprobar un 20 por ciento, no
estaría definitivamente limitando y por lo cual coincido
plenamente con el colega Carpio y no parece pertinente que nosotros
pongamos porcentajes.
Yo quiero decir también Presidente, que es necesario resaltar
la facilidad que se esta dando a los gobiernos  descentralizados, a
los gobiernos locales para poder tener un endeudamiento sin necesidad
de que sea autorizado por ley.
Las municipalidades definitivamente deben ser autónomas en su
economía y esto los debe facilitar a ellos para poder
financiar el endeudamiento que necesitan para  la ejecución
de sus obras.
Y por último Presidente quiero ser muy breve en mi
intervención; he eschado bastante acalorado no sé los
motivos que tienen el colega Ocharan hablar lo relacionado a la
Contraloría General de la República. Y en esto yo les
quiero decir de que si anteriormente el PPC y la Izquierda que fueron
parte en alguna oportunidad de gobiernos anteriores, perdón
me refiero al PPC; hubieran tenido ese mismo ánimo, ese mismo
ardor para poder fiscalizar; no ...
(Continúa en el Turno N§ 34)

T 34

PLENARIA (Vespertina)          l9.7.93[
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

La señora LOZADA DE GAMBOA...(continuando).. hablar lo
relacionado  a la Contraloría  General de la República;
y en esto yo le quiero decir, de que si anteriormente el PPC y la
Izquierda, que fueron parte en alguna oportunidad de  gobiernos
anteriores, perdón, me refiero al PPC, hubieran tenido ese
mismo ánimo, ese mismo ardor para poder  fiscalizar; no se
hubieran cometido en este país las irregularidades, los
despilfarros, por no decir algo más, que  nos llevaron
realmente al lugar donde encontró en l99O el Estado, el
Presidente Fujimori.
Y quiero saludar las iniciativas  que hay en la mayoría sobre
que la Contraloría General de la República, sea
descentralizada. Es pertinente, señor, que se consigne en el 
artículo constitucional, que la labor de la Contraloría
General de la República, sea descentralizada, por cuanto 
consideramos que es imposible poder  fiscalizar desde la capital de
la República, eso es materia de una iniciativa, de uno de los
colegas de nuestra bancada; y yo quisiera pedir por su intermedio al
Presidente de la Comisión de Constitucion, que se pueda
considerar esta propuesta, para que se incluya en el artículo
pertinente.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias señora congresista.
Tiene la palabra la doctora Lourdes Flores.
La señorita FLORES NANO LOURDES.- Señor Presidente,
varios temas son materia de propuestas nuestras, diferenciadas del
texto aprobado por la mayoría. 
Voy a referirme a la primera de ellas, a título personal, en
la exposición del doctor Antero Flores-Aráoz, se ha
expuesto con claridad más bien el punto de vista general que
el partido defiende en esta tesis, que en todo caso tendría
que ver con la relación entre los poderes del Estado.
Me refiero a la capacidad tributaria como un primer tema; es decir,
quiénes deben tener iniciativa legislativa en materia
tributaria?. El proyecto en minoría, señor Presidente,
está optando por una tesis global que vamos a exponer
más claramente en el curso de las próximas jornadas,
cuando desarrollemos la relación entre el Poder Ejecutivo  y
el Poder Legislativo; porque me parece  que esto hay que verlo
globalmente y no sólo parcialmente, en el tema de iniciativa
en materia tributaria.
En nuestro proyecto, nosotros estamos señalando que la
iniciativa legislativa en materia tributaria sólo debe
corresponer al Poder Ejecutivo, como lo hace la Constitución 
Chilena, pero señor Presidente, todo depende del cristal con
qué se mire y de los contrapesos que se estalezcan. 
Yo por eso tengo un cierto temor de decir o de plantear estos temas
a la vista del proyecto en su conjunto; no lo siento dentro de los
balances que nosotros le hemos dado a nuestro  texto, en el que de
un lado planteamos que la iniciativa legislativa en materia
tributaria sólo corresponde al Ejecutivo, en la que definimos
el ámbito de la ley, pero donde no recortamos en lo 
más mínimo las potestades de fiscalizacion del
Congreso; y por eso , señor Presidente,  no formulo con
demasiada vehemencia este planteamiento que me parece de sana
política tributaria porque apreciamos con mucha claridad  los
recortes que se ha hecho del Parlamento en su función
fiscalizadora, y en consecuencia si se tomara esta propuesta se
estaría fortaleciendo aun más al Poder Ejecutivo.
Si, en cambio nos parecen importantes dos otros elementos vinculados
a la capacitad tributaria; uno está recogido en la propuesta,
mediante decretos de urgencia, no se puede legislar en materia
tributaria. Es decir, los temas tributarios son definidos por el
Congreso de la Repúbica y no por el Poder Ejecutivo mediante
decretos de urgencia. Pero a raíz de alguna de  las
intervenciones esta mañana, se hacía meción al
tema de las facultades delegadas; es decir, independientemente de
donde surja la iniciativa, nuestra tesis es que el Parlamento debe 
dictar las leyes, éstas deben ser leyes en sentido material
y formal; deben emanar del Parlamento Nacional.
Y si esto es  así, señor Presidente, nuevamente hago
referencia a nuetra propuesta global, pero creo que en este  caso
sí vale par materia tributaria, yo me animaría,
señor Presidente,  a proponer  que tampoco  sobre materia
tributaria quepa delegación de facultades. Es decir, vamos a
hacer que el Parlamento  en efecto  sea la institución de la
que emane toda la potestad tributaria. 
Cierto es, señor, que en nuestra propuesta nosotros estamos
eliminando la facultad delegada, porque nosotros vamos a una otra
tesis, nosotros vamos a una tesis tajante, esto es materia de ley y
nada más, y en consecuencia en ningún otro aspecto
ingresa el Parlamento, pero tampoco tiene el Poder Ejecutivo..
(Sigue turno No. 35)

T-35

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
La señorita FLORES NANO...(continuando)...porque nosotros
vamos a una otra tesis, nosotros vamos a una tesis tajante, esto es
materia de ley y nada más. Y en consecuencia, en ningún
otro aspecto ingresa el Parlamento; pero tampoco tiene el Poder
Ejecutivo ninguna potestad de legislar en vía delegada.
Por tanto, señor Presidente, nosotros hemos dicho, hemos
formulado un concepto general. La iniciativa corresponde al Ejecutivo
y la definición la tiene el Parlamento, pero el Parlamento no
delega la potestad ni el Ejecutivo norma en materia tributaria
vía decreto supremo extraordinario o decreto de urgencia.
Creo que este primer tema podría ser materia de un
análisis, y ojalá de una respuesta por parte del
Presidente de la Comision de Constitución.
El segundo tema que diferencia nuestra propuesta de la propuesta de
la mayoría es uno que dió lugar a un interesante debate
con usted, señor Presidente. La posibilidad de tratamientos
diferenciados en materia tributaria. 
Cierto es que el último tijeretazo eliminó del actual
proyecto una norma hasta cierto punto contradictoria que había
sido originalmente aprobada por la Comision de Constitución.
Esa norma establecía en su primer párrafo que no
había ningún tipo de privilegio, ningún tipo de
exoneración, ningún tipo de diferenciación,
tasas tributarias parejas en todo el país, para todas las
actividades, para todas las zonas, sin ningún tipo de
excepciones.
Sin embargo, ese mismo artículo -hoy día eliminado- 
señalaba que podían concederse las exoneraciones o
privilegios que se establecieran por ley o por la propia
Constitución, con lo cual se desdecía lo que en el
primer párrafo había indicado con tanta rotundidad.
Señor Presidente, nosotros no somos en este punto
dogmáticos, no porque no creamos que el país tiene que
tender a tener un régimen tributario lo más simple y
lo más uniforme posible; esto nos parece sano, nos parece
adecuado. El país tiene que tender, en efecto, a simplicar su
tributación, a reducirla a menos tributos, tender
probablemente a bajar la tasa en impuestos que constituyen realmente
sobrecostos, como es el Impuesto General a las Ventas con tasas de
18% y la tendencia debería ser en efecto, que no existan
exoneraciones.
Pero, señor Presidente, así como la política de
gasto, la asignación de recursos por el presupuesto es un
mecanísmo para el fomento del desarrollo y en concreto, creo
que es un mecanismo vital para el fomento del desarrollo
descentralizado; también, señor Presidente, un gobierno
puede decidir racional y lógicamente, y creo que la
Constitución no puede cerrarle el paso, establecer ciertos
tratamientos que en nuestro concepto deben tener dos condiciones, y
así lo precisamos en nuestro proyecto. Tratamientos
diferenciados con carácter selectivo y temporal.
Yo señor Presidente, no admito que el argumento frente a este
mecanismo de política tributaria perfectamente racional y
lógico sea: No, volvemos al subsidio, volvemos a los
privilegios, volvemos a la inmoralidad, volvemos a la
corrupción. Yo señor Presidente, ese argumento no lo
admito como un argumento racional de política
económica. La tributación, señor Presidente, es
un intrumento de política económica.
Y en consecuencia, una tributación adecuada puede
perfectamente permitirle al país señalar su norte y
decir "Sí, señor, voy a privilegiar tributariamente
determinada actividad o determinada zona del país" Y los
ejemplos saltan a la vista.
Las zonas francas, señor Presidente, son evidentemente zonas
donde se produce un tratamiento tributario diferenciado. Son zonas
donde se produce una exoneración absoluta, si es que
así el país lo decide, o los convenios que se hayan
firmado a eso conducen.
Pero, señor Presidente, el tema se suscitó a raiz del
debate, por ejemplo de la posibilidad del desarrollo de la zona de
selva, o de la zona de frontera. Yo justifico, señor
Presidente, que en esos casos pueda el país decir "para
generar condiciones de igualdad y para promover la inversión,
yo exonero", que controle y fiscalice todo lo que haga falta, pero
no cerremos esas puertas. Y, los hechos terminan en este mismo
gobierno, muy rápidamente dándonos la razón. El
próximo viernes ojalá así ocurra, vamos a
debatir una nueva ley de hidrocarburos, que el país necesita,
que es fundamental para traer la inversión.
Señor Presidente, qué nos plantea la nueva Ley de
Hidrocarburos? Exoneración absoluta de un conjunto de
aspectos, y hasta cierto punto eso es lógico. Porque en
determinados ámbitos, en efecto, la competitividad del
país reclama de un tratamiento tributario diferenciado...
(continúa en el turno 36)

T. 36

Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Vesp.)    19.07.93
La señorita FLORES NANO.- (Continuando)... exoneración
absoluta de un conjunto de aspectos; y hasta cierto punto eso es
lógico, porque en determinados ámbitos, en efecto, la
competitividad del país reclama de un tratamiento tributario
diferenciado.
Por tanto señor Presidente, creo que la concepción
dogmática de afirmar "ni un privilegio, ni una
diferenciación" es maniatar un instrumento económico,
como es la política tributaria.
Por eso señor, nostros proponemos específicamente en
el artículo 88: "Sólo por ley expresa, aprobada por
mayoría calificada de ambas Cámaras -nosotros hablamos
de un Sistema Bicameral- puede establecerse, selectiva y
temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada
zona del país".
Estos dos puntos, junto con el de los Principios Tributarios, que ha
expuesto el doctor Antero Flóres-Araoz y donde nosotros
recogemos el planteamiento del Instituto de Derecho Tributario, nos
parecen tres temas fundamentales en materia tributaria.
En materia Presupuestal, permítame resumir algunos de los
puntos de vista, que creemos deben corregirse.
En efecto, se ha hecho un cuestionamiento sobre la iniciativa en el
gasto y nos parece que la fórmula del proyecto de
mayoría excede del marco, estamos de acuerdo con que los
congresistas, individualmente, no tengamos iniciativa en el gasto,
pero es razonable que haya por parte de la Comisión de
Presupuesto y del propio Congreso, iniciativa en términos de
modificación del gasto o de reestructuración del
Presupuesto.
En segundo lugar, creemos que la fórmula de prioridad del
gasto, podría ser mejor definida, se incide -y creo que
deberíamos hacerlo con más firmeza- en que las dos
prioridades esenciales en el gasto, deben ser el gasto
descentralizado, para favorecer la descentralización del
país y para la inversión o el gasto social
Creemos que la Ley de Presupuesto -y esperamos que así se
produzca el debate del Presupuesto de 1994- debe fundamentalmente
incidir en esas dos variables: Inversión Pública para
fomentar el desarrollo descentralizado del país,
inversión pública para fomentar la inversión
social y revertir la situación que hoy día vivimos.
El tercer punto, tiene que ver con un tema que fue materia de debate
también en la Comisión de Constitución y donde
nosotros discrepamos con la propuesta de la mayoría.
Logramos señor Presidente, en un porimer debate, con la
intervención del Presidente de la Comisión de Justicia,
doctor César Fernández Arce, que se admitiera la
posibilidad que tanto el Poder Judicial, como el Ministerio
Público y el Jurado Nacional de Elecciones, pudieran presentar
directamente al Parlamento Nacional su Presupuesto, comprendo que
sería un caos, si es que no se supiera el tope máximo
que estos Presupuestos deben tener.
Pero, señor Presidente, hemos eliminado y se aducen razones
técnicas, los porcentajes que contemplaba la
Constitución, el Porcentaje de la Constitución
contemplaba para el Poder Judicial del 2 por ciento.
Hoy día por tanto, señor Presidente, el Poder Judicial
ya no tiene ni siquiera de donde asirse, para reclamar su dos por
ciento, cierto es señor Presidente, que no en todos los
Presupuestos de la República se le asignó esta suma,
pero allí había un mandato constitucional: Al Poder
Judicial se le asígna el dos por ciento. Se aducen razones
técnicas y se retira este porcentaje y yo admito las razones
técnicas.
Pero entonces decíamos, señor Presidente,
démosle al Presidente de la Corte Suprema la posibilidad de
presentar diréctamente su Presupuesto. 
Por los topes que le señaló el Ministerio de
Economía, pero no sometamos al Poder Judicial a la vía
crucis, de tener, primero que pasar por el Ministerio de
Economía, luchar allí su primer Presupuesto, que sufre
recortes, que se acomoda a los intereses generales y luego pasar el
segundo vía crucis, del sometimiento a un Presupuesto que
tiende a recortarse.
Dicho con claridad señor Presidente, independientemente de las
normas sobre nombramiento de Jueces, sobre la carrera Judicial, las
normas procesales, la verdad de los hechos es que, si queremos un
Poder Judicial fuerte, sólido y moderno, tenemos que invertir
en el Poder Judicial, tenemos que darle recursos ingentes al Poder
Judicial, tenemos que revertir una situación de mal pago a los
Jueces, de pésima assignación de recursos para
equipamiento y tenemos por eso señor Presidente, que darle al
Poder Judicial, la capacidad de presentar diréctamente su
Presupuesto y elminarle cuando menos, un primer factor de recorte y
permitirle de este modo, al Poder Judicial, en su condición
de Poder del Estado, venir diréctamente a tratar con el
Parlamento Nacional, para que su Presupuesto sea el más
sólido y el más grande que sea posible.
Por eso señor Presidente, considero que ha sido un retroceso
equivocado, el impedir que el Poder Judicial, el Ministerio
Público y el Jurado Nacional de Elecciones, tengan que
presentar su presupuesto al Ministerio de Economía y
sólo entonces derivarlo.
Hay otra fórmula que también es posible y que
podría ser una fórmula de transacción...
(Continúa en el Turno No. 37)...

T-37 (Plenario Vesp.)

TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.         19-07-93
La señorita FLORES NANO.-(Continuando)...pedir el Poder
Judicial, el Ministerio Público y el Jurado Nacional de
Elecciones, tengan que presentar su presupuesto al Ministerio de
Economía y solo entonces deriva.
Hay otra fórmula que también es posible, podría
ser una fórmula de transacción, la tiene la
Constitución boliviana por ejemplo respecto de la
Contraloría General de República, en qué
consiste, en efecto presenta ante el Ministerio de Economía
si eso es lo que se quiere, pero no se admite que el Ministerio de
Economía modifique la suma que el Contralor General de la
República presenta, podría, señor transigirse
en una fórmula de ese tipo; es decir, el Poder Judicial
presenta ante el Ministerio de Economía pero este no recorta
el presupuesto que le presenta a su consideración para su
remisión al Parlamento el Poder Judicial, cualquiera de las
dos vías nos parece razonable.
Lo que yo aspiro, señor Presidente, lo que el PPC aspira es
que si tenemos una real voluntad de transformar el Poder Judicial,
seamos concientes que no hay forma de transformarlo si no le
asignamos mas presupuesto y que no podemos seguir tratando como se
viene tratando por siempre al Poder Judicial como la cenicienta de
los poderes.
Por eso abrigo, señor Presidente, que en este punto podamos
encontrar una fórmula de conciliación sea la que he
indicado en una presentación directa bajo tope que
señala el Ministerio de Economía, o sea una
presentación ante el Ministerio de Economía el que no
puede modificar el presupuesto que le ha alcanzado el Poder Judicial.
Y el último tema, señor Presidente, el doctor Morerya
hablaba hace un rato de una tarde bucólica, supongo que
ésta podría exaltar alguna pasiones.  El último
tema, señor Presidente, fue materia de un largo debate
político, es el de la observabilidad o no del presupuesto. 
Yo señor Presidente, adhiero la tesis de la inobservabilidad
del presupuesto.
El doctro Chirinos, se preguntaba en la mañana o afirmaba en
la mañana, parlamento que no aprueba el presupuesto no es
parlamento, muy bien, aunque admito de que en esto puedan haber tesis
distintas, yo sostengo, señor Presidente, que si hemos
adoptado la fórmula frances; es decir, si el Parlamento no
aprueba en equis tiempo el presupuesto envíado por el
Ejecutivo, perdón, el presupuesto que él ha preparado,
entra a regir mediante decreto legislativo el presupuesto del Poder
Ejecutivo.
Y si simultáneamente, como ocurría en la
constitución del año 79, se le da a esta inciativa del
Ejecutivo, que es su iniciativa única, sólo la puede
hacer el Ejecutivo, ningún parlamentario puede tener inciativa
ni en el gasto ni en la formulación del Presupuesto, estamos
ante una norma de naturaleza diferente, es una norma de naturaleza
diferente por elmorigen de la iniciativa, solo la tiene el Ejecutivo,
es una norma diferente por su sistema de aprobación, es una
norma diferente por la naturaleza que ella contiene, aquí
nosotros no ordenamos nada, la ley de presupuesto es solo una
autorización de gasto.
Y si esto es así, señor Presidente, y la potestad es
una potestad del Congreso al de definir finalmente, muy bien
señor,  usted quiere gastar aquí pero este poder del
Estado le dice: No señor, las prioridades del gasto son estas,
las normas para el gasto son estas. Debiera en mi concepto,
señor Presidente, y así lo reconoce un sector de la
doctrina, ser en efecto una potestad que emana de este poder del
Estado y que no admite cuestionamiento alguno de parte del otro poder
del Estado.
Por eso, señor Presidente creo que sería útil
afirmar constitucionalmente que el Presupuesto de la República
es inobservable, de este modo quedaría zanjada una
discusión doctrinaria y habría tomado nuestra 
Constitución, posición frente a un tema debatido en la
doctrina, creo que esto obligaría, señor, a conciliar
criterios, creo que ello fortalecería la negociación
entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo de las prioridades del
gasto y creo esto permitiría finalmente tener un presupuesto
que consagre una potestad del Parlamento sin que ella pueda ser
cuestionada por el Ejecutivo porque de él nació la
iniciativa, su Ministro de Economía concurrió a
sustentar los ingresos, sus ministros ha sustentar sus gastos y sus
egresos, o se tiene iniciativa desde el lado parlamentario, pero
finalmente, en qué se gasta y cómo se gasta, es una
determinación que el parlamento hace sin que el otro poder del
Estado pueda cuestionar tal decisión.
Por eso, nuestro proyecto afirma que el presupuesto es inobservable
y nos gustaría que la Constitucion tome partida en ese
sentido.
Y el último tema, reconozco los defectos del texto en materia
de Contraloría, defectos que mi colega Mario Ocharan ha
advertido y que confieso nosotros mismo hemos incurrido al redactar
nuestro texto alternativo, creo que las propuestas hechas por el
señor Ocharán fijan con mucha claridad o con mucho
mejor precisión las competencias de la Contraloría
General de la República,.
Sí quiero decir y por eso es que yo me incliné
tambíen por la fórmula de la mayoría aunque
reconozco que los temas que ha planteado Ocharan son correctos,
sí me inclino, señor Presidente, con mucha franqueza
a señalar que hay que definir que el ámbito de la
Contraloría es el uso de los recursos incluído la
deuda, incluído el manejo de todos los recursos pero no son...
(Continúa en el Turno N§ 38)

SESION PLENARIA     (VESPERTINA)

T- 38

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS    19-07-93
La señorita FLORES NANO.- _(continuando)_ si me inclino,
señor Presidente, con mucha franqueza ha señalar que
hay que definir que el ámbito de la Contraloría es el
uso de los recursos incluida la deuda, incluido el manejo de todos
los recursos, pero no son otros aspectos que tienen que ver con la
gestión.
Cuando esta mañana el ingeniero Blanco con toda razón
hacía mención a los cuestionamientos que sobre temas
técnicos en ocasiones había hecho la
Contraloría, consentía con sus críticas, mucho
más grave me pareció las atribuciones que le
asignó el código del medio ambiente; y mucho más
grave me venían a la mente los recuerdos de aquellas ocasiones
en que  la señora Contralora recorría determinadas
zonas naturales del país, iba o avanzaba sobre determinados
proyectos y definía puntos de vista técnicos, se
había convertido -la señora Luz Aúrea Saenz a
quien me refiero- se había convertido en la persona que
definía en este país, qué proyecto era
víable y qué proyecto era invíable.
Eso, señor Presidente, es desnaturalizar la función de
la Contraloría. Por eso se había convertido,
efectivamente como dice el doctor Antero Flores Aráoz, en la
académia de las ciencias y ésa no es su competencia. 
En nuestro concepto la Contraloría debe quedar muy bien
definida en el ámbito de lo presupuestal, en el ámbito
de lo económico, en la gesitón financiera del Estado.
El señor Ocharan ha precisado los alcances de esta
atribución, pero no debe quedar ninguna duda, señor
Presidente, que el Contralor General de la República no es un
super poder en el Estado, que no se convierte en un brazo que impide
el funcionamiento del Estado o recorta las atribuciones del Estado.
Y alguien ha dicho, pero no se controla al Parlamento y me parece muy
bien, señor Presidente, yo creo que una de las más
modernas legislaciones en materia de sistema nacional de control es
la legislación boliviana y lo consagra bien. Es el brazo legal
de la fiscalización del Congreso. Nosotros, señor
Presidente, controlamos al Contralor.
El Contralor es el instrumento técnico a través del
cual el Congreso ejerce uno de los instrumentos técnicos a
través de los cuales el Congreso ejerce su facultad de
fiscalización. En consecuencia, me parece muy bien que la
Contraloría no pueda ingresar al Congreso porque en efecto
éste es el poder fiscalizador supremo.
Por tanto, señor Presidente, creo que hay que darle a la
Contraloría General de la República sus reales
alcances, limitarlo al ámbito de lo económico y
financiero, ampliar la fórmula porque creo que la que hemos
redactado es imperfecta y -repito hemos- porque yo también he
tomado esta norma, y sólo debe restringirse por supuesto al
sector público, sector en el cual debe cumplir una tarea muy
severa de fiscalización, pero en ningún caso de
obstrucción o de convertirse en un super poder.
Sobre estos planteamientos, señor Presidente, hay pues
diferencias entre el texto de la mayoría y el nuestro y
ojalá el señor Presidente de la Comisión de
Constitución tenga a bien recoger algunos de los puntos de
vista expuestos.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctora Lourdes Flores.
Tiene la palabra el señor congresista Figueroa.
El señor FIGUEROA VIZCARRA.- Señor Presidente, durante
siglos se consideró que el poder del rey venía de Dios
y el monarca lo ejercía sin participación de los
súbditos. En ta situación el que los representantes
aprobaran los tributos era una conquista frente al poder absoluto,
y además una garantía.
El poder no representaba al pueblo ni tenía en él su
origen, en el Estado moderno, señor Presidente, no
decidía definitivamente. Hoy el poder emana del pueblo y
quienes lo ejercen lo hacen en su represetnación y con las
limitaciones señaladas por la Constitución. Son
representantes del pueblo en el gobierno nacional, el Presidente de
la República y los congresistas, hoy son estos representantes
del pueblo los que pueden ejercitar el poder tributario dentro de las
competencias que el poder constituyente les asigna y bajo las
responsabilidades que la Constitución y las leyes
señalan, no hay entonces razón para transportar
mecánicamente la importante conquista parlamentaria de los
tiempos de las monarquías absolutistas a las democracias
modernas donde la democracia proviene del pueblo.
Del mismo modo, señor Presidente, bien vale la pena recordar
la reformulación de la tesis de la división de poderes,
según la cual a cada órgano corresponde una
función. De tal modo que hoy se habla más precisamente
de la división de funciones en un sólo poder y de la
necesidad de equilibrar  las fuerzas entre los distintos
órganos para que el Estado no someta al individuo y más
bien le sirva.
Por otro lado, señor Presidente, el dinamismo de la vida
económica, exige de ediciones rápidas y oportunas  que
ciertamente no se condicen con el ritmo del Parlamento, no quiero
decir que el Congreso sea una Institución morosa o indolente,
que podría ser un defecto tanto del Paralamento como de otros
órganos del Estado. 
Lo que sí quiero decir, señor Presidente, es que el
Parlamento es una Institiución   instrínsecamente  
deliberante,   reflexiva  y  por esta virtud  -repito, señor
Presidente- virtud, su actividad es necesariamente más lenta
que la del Poder Ejecutivo.
Hoy, señor Presidente_
(CONTINUA EN EL TURNO - 39)

T.39

Justo Frías López     19-07-93      Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor FIGUEROA VIZCARRA.- (Continuando)...es necesariamente
más lenta que la del Poder Ejecutivo.
Hoy, señor Presidente, hay en ese sentido una tendencia
acentuada hacia el fortalecimiento de los gobiernos para asumir
funciones legislativas que otrora ostentaba el Parlamento como
consecuencia de los postulados de la clásica teoría de
la división o separación de poderes. 
La labor normativa de los llamados órganos ejecutivos ya no
se limita a la simple reglamentación de las leyes dictadas por
el Parlamento, actualmente se observa la tendencia a transferir al
gobierno la potestad de dictar normas con rango ley debido a la
rapidez y el tecnicismo que la tarea legislativa reclama en el mundo
moderno.
Me es dIfícil imaginar, señor Presidente, a un
parlamento elaborando leyes de cientos de artículos como la
del impuesto a la renta o el impuesto general a las ventas, por citar
unos ejemplos dentro de las exigencias técnicas que reclama
una disciplina tan rigurosa como la del Derecho Tributario.
Además, señor Presidente, hay que considerar que es el
Ejecutivo al que le corresponde por la política
económica, incluyendo la política tributaria. 
No es acaso el Ejecutivo, y más concretamente,
atribución del Presidente la dirección de la
política general de gobierno, uno de cuyos capítulos
es la política económica? No es acaso al Presidente a
quien corresponde administrar la hacienda pública? Y, por
último, no es acaso al Consejo de Minitros, siempre dentro del
Poder Ejecutivo, al que se le confía la dirección y
gestión de los servicios públicos? Si ésto es
así, señor Presidente, si es cierto que al Ejecutivo
le toca gobernar, no es preciso acaso darle las herramientas para que
lo haga con eficiencia, tecnicismo y oportunidad?
No cabe duda, señor Presidente, que al Congreso le corresponde
dar leyes, como bien lo señala el artículo 113§ del
proyecto, y que por supuesto, que dichas leyes creen, modifiquen o
extingan tributos. Así debe ser, porque la tributación
merece el más amplio debate público,
exponiéndola al cuestionamiento de las fuerzas opositoras
incluso, para controlar el facilismo en que pudieran caer los
gobiernos creando impuestos cada vez que necesiten dinero. Pero eso,
señor Presidente, no debe llevarnos al extremo de limitar la
acción del Ejecutivo, de privarlo de intervenir vía
facultades delegadas en el ámbito de la tributación.
Señor Presidente, durante el gobierno de Oscar Benavides se
aprobaron reformas constitucionales que incrementaron las
atribuciones presidenciales, una de las cuales de orientaba
precisamente a establecer la legislación delegada. Luego,
señor Presidente, estas reformas fueron derogadas en junio de
1945 por el Congreso adverso al gobierno de Bustamante y Rivero,
privándolo de un instrumento jurídico que consideraba
necesario para dirigir el gobierno.
De igual modo, señor Presidente, el arquitecto Belaunde se vio
impedido durante su primner gobierno de regular las tarifas
arancelarias, lo que consideraba indispensable para atacar la crisis
económica imperante. Hubo entonces que realizar antojadizas
interpretaciones de la Constitución de 1933 para permitir
convertir en ley los proyectos gubernamentales del Código
Tributario y el Código de Aduanas, o la Ley 17044 a cuyo
amparo se efectuó una auténtica reforma integral del
sistema y legislación tributaria.
Fue esa razón que condujo al ex Presidente Belaunde a proponer
a la Asamblea Constituyente de 1978 que la regulación de los
aranceles le fuera atribuída al Presidente de la
República, tal como lo precisó la Constitución
del 79; pero además, señor Presidente, la Carta
dejó el camino abierto para que el Congreso pueda delegar en
el Poder Ejecutivo la facultad de legislar mediante decretos
legislativos sobre la materia y por el término que
especificaría la ley autorizativa.
Con esta herramienta jurídica, señor Presidente, pudo
el arquitecto Belaunde ya en su segundo período reformar la
legislación en materia tributaria. En efecto, por esta
vía se dictaron normas con rango de ley, tales como la del
impuesto a la renta, el impuesto predial, a las remuneraciones, a las
ventas, al patrimonio empresarial, a la alcabala, etc.
Si vemos el derecho constitucional comparado, señor
Presidente, advertimos la posibilidad que se da al Poder Ejecutivo
de dictar decretos tributarios por delegación de facultades;
así, por ejemplo, en Italia se ha realizado por la vía
de la reforma aduanera de 1968, la reforma tributaria de 1971 y la
última reforma tributaria denominada "Vicentilli**.
También en España, como lo sostiene el prestigioso
tributarista Ramón Valdez, se ha llegado a la
conclusión que la Constitución Española consagra
un sistema de legalidad atenuada y que en consecuencia está
admitida la delegación al Poder Ejecutivo en materia
tributaria.
En conclusión, señor Presidente, creo que
conveniente...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 40  )

T-40

ROBERTO OSHIRO T.   19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA

El señor FIGUEROA VIZCARRA.- ...(Continuando)
...Española consagra un sistema de legalidad atenuada y que
en consecuencia está admitida la delegación al Poder
Ejecutivo en materia Tributaria.
En conclusión, señor Presidente, creo conveniente que
la Constitución que estamos discutiendo permita al Poder
Ejecutivo, dictar normas con rango de Ley en materia Tributaria a
través de la legislación delegada.
Gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Gracias, tiene la palabra el doctor
Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, pienso que
en la Comisión Principal de Constitución hemos
realizado un esfuerzo yo diría que frutífero, para
devolver importancia al debate presupuestal en el Perú,
importancia que perdió a partir precisamente de la
Constitución de 1,979; desde el segundo Gobierno del
señor Belaunde y en el Gobierno del señor Alan
García y en los primeros tramos de este Gobierno, no ha habido
propiamente debate presupuestal. 
El debate presupuestal, señor, se cocinaba en la
Comisión Bicameral de Presupuesto con o sin el asentimiento
del Ministro de Economía y Finanzas, y al Pleno del Congreso
llegaba a última hora, faltando pocas para que venciera el
plazo fatídico del 15 de Diciembre, una especie de
código que los Representantes al Congreso no teníamos
siquiera oportunidad de leer, menos de meditar y mucho menos de
debatir. 
Nosotros, señor Presidente, estamos volviendo al sistema en
el cual, el Ministro de Economía viene al Congreso, sustenta
por lo pronto el pliego de ingresos, y enseguida todos los Ministros
incluido el Ministro de Economía sustentan el pliego de
egresos. De manera que el Congreso de la República sabe
perfectamente a que atenerse respecto a lo más importante, en
qué se gasta, señor, el dinero del pueblo, que no es
dinero del Estado. Aquí nos confundimos todo el tiempo,
decimos que la Educación gratuita está a cargo del
Estado, no señor, está a cargo del pueblo. El que paga
la Educación gratuita, que no es gratuita, es el pueblo.
Señor Presidente, yo he firmando el dictamen en mayoría
con reservas, pero en cuanto al capítulo del Presupuesto, no
tengo reservas, señor Presidente, me parece que es un
capítulo preciso, que es un capítulo conciso y que es
un capítulo bien logrado en definitiva; pese a que por
ahí, empezando por el señor decano del Colegio de
Abogados de Lima, cuanto Constitucionalista con título o sin
él deambula por el mundo, y periodistas de muy rápida
pluma, abominan y condenan el proyecto de Constitución en que
todos estamos empeñados, señor Presidente, sin darse
cuenta de que una Constitución, aún si se tiene
mayoría como la tiene Cambio 90, aún si se tiene
mayoría, una Constitución es un sistema inevitablemente
de concesiones, porque es una reflexión en común. Y la
reflexión en común ayuda por supuesto, señor
Presidente, a rectificar ideas a priori que uno puede tener y que al
final de cuentas parecen o resultan equivocadas. 
Yo ya me he referido a la intervención del doctor Moreyra, en
el curso de interrupciones, pero, repetiré lo que ya he dicho.
El Presupuesto de la República debe estar efectivamente
equilibrado, eso quiere decir, señor Presidente, que el
Ministro de Economía viene al Congreso y nos trae un
Presupuesto equilibrado; ahora, por supuesto que puede ocurrir, puede
ocurrir que el Presupuesto se desequilibre, sea porque se recauda
menos de lo que se pensó, sea porque se gaste más de
lo que se había imaginado.
Señor Presidente, si a un Gobierno le ocurre una
catástrofe pública, tiene que hacer gastos que no
había previsto. Y para eso existe en el presupuesto todo el
sistema de créditos suplementarios y para financiar gastos
extraordinarios que los hay, señor Presidente.
En segundo lugar, decimos que los préstamos del Banco de la
nación y del Banco Central no deben contabilizarse como
ingresos, yo no digo que "per sé", "per sé", y
metafísicamente el préstamo sea ingreso, lo que digo,
señor Presidente, con los textos de la Ley de Presupuesto en
la mano, entre 1,980 y 1,990, es que los préstamos del Banco
Central y del Banco de la Nación se contabilizaban como
ingresos. Y es a esa corruptela a la que necesitamos combatir y salir
al paso con una disposición que pueda ofender un sentido
exquisito de la lógica, pero que es indispensable en nuestras
costumbres políticas y particularmente en nuestras costumbres
presupuestales.
En cuanto a que los préstamos del extranjero ...
(Continúa en el turno N§ 41)

T-41

Jorge Anamaría    PLENARIA  Vesp.          19-7-93
El señor CHIRINOS SOTO..(continuando)..un sentido exquisito
de la lógica, pero que es indispensable en nuestras costumbres
políticas y particularmente en nuestra costumbre presupuestal.
En cuanto a que los préstamos del extranjero no deben servir
para gasto corriente, yo diría señor Presidente, no
debe servir para pagar planillas, si de mi dependiera la
redacción; diría no deben servir para gasto
burocrático, pero no depende de mi la redacción, la
Comisión Principal en mayoría ya tiene otra
redacción, creo que es la misma redacción de la
Constitución vigente que me satisface.
Señor Presidente, tiene que ser y está muy bien sea
así, muy clara la prohibición del congreso para tener
iniciativa en materia de gasto público o para aprobar
impuestos con fines predeterminados. No es exacto contra lo que
decía el doctor Moreyra, que la Constitución de 1933
autorizara las famosas partidas parlamentarias, no es exacto. La
Constitución no decía nada, esa fue otra corruptela,
señor Presidente. A cada representante se le asignaba una
partida no para sus gastos personales como llegó a creer mucha
gente, pero se le asignaba una partida, vamos a decir, en aquella
época de un millón de soles, entonces el representante
distribuía esa partida en los gastos de su preferencia, de tal
manera señor Presidente, ocurrió una confusión
monstruosa en la estructura del Estado, una confusión que ya
había señalado Víctor Andrés Belaunde en
su célebre discurso universitario de 1913.
El legislativo se convierte en administrador y el :Ejecutivo se
convierte en legislador. Ya en la Constitución de 1939 tuvimos
-diré yo- el coraje de salir al paso de esta otra corruptela
parlamentaria. Yo confío en que la actual mayoría
también salga al paso de esa corruptela,  una corruptela
señor Presidente que tenía o en que incurrió la
constitución francesa bajo la tercera y la cuarta
república. El derecho de iniciativa en el gasto por parte de
los parlamentarios fue la causa eficiente para decirlo
aristotélicamente del crónico desorden presupuestal de
la República Francesa y tuvo que venir De Gaulle y hacer
aprobar en su Constitución un artículo que dice lo
mismo que decimos nosotros "que el parlamentario no tiene iniciativa
en el gasto".
Yo le ruego adicionarme un turno, señor Presidente, porque me
queda una cuestión muy importante que tratar que es la que ha
tratado finalmente Lourdes Flores.  Es una cuestión que tiene
que ver directamente con nuestra historia constitucional en los
últimos tres años y que tiene que ver justamente con
el golpe de Estado del 5 de abril de 1992.
Señor Presidente, desde fines de 1990, es decir, para el
ejercicio presupuestal de 1991 la mayoría parlamentaria, una
mayoría circunstancial, una mayoría que no funcionaba
para otra cosa que no fuese o poner trabas al Poder Ejecutivo, la
mayoría parlamentaria desconoció  al Presidente de la
República, primero, su derecho a observar la Ley de
Presupuesto; y segundo, su derecho a observarla parcialmente y de
promulgar la parte no observada y devolver la parte observada,
derecho que estaba perfectamente establecido, que yo introduje en la
Constitución y que yo comenté, señor Presidente,
sin disentimiento de nada, de nadie en mi Tratado sobre Derecho
Constitucional.
Señor Presidente, qué dijo la mayoría
parlamentaria? Dijo, el Presidente no puede observar la Ley de
Presupuesto porque la Ley de Presupuesto tiene un régimen
aparte; sin embargo, en ese régimen aparte no se decía
que el Presidente no podía observar la Ley de Presupuesto; y
en cambio, en el tema de las reformas constitucionales allí
sí se decía "el Presidente no puede observar la ley de
enmienda constitucional".
De modo que, la mayoría parlamentaria  cometió nefandos
pecados, señor Presidente, distinguió donde la ley no
distingue e hizo decir a la Constitución lo que la
Constitución no decía. A renglón seguido,
también la mayoría parlamentaria, también
abusando de sus prerrogativas y en violación de la
Constitución expidió una ley llamada "de control de los
actos normativos del Presidente ...
(SIGUE EN EL TURNO 42)

PLENARIA         VESPERTINA       19-07-93

T-42

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... la
Constitución no decía. A renglón seguido la
mayoría parlamentaria también abusando de sus
prerrogativas y en violación de la Constitución,
escribió una ley llamada de control de los actos normativos
del Presidente de la República. 
Y yo señor Presidente por razones que expondré en otro
momento, seguramente cuando discutamos las atribuciones del
Presidente de la República, yo denuncié esa ley y
denuncié el desconocimiento de la atribución que tiene
el Presidente, de observar la ley de presupuesto lo denuncie como un
golpe de estado de corte parlamentario.
Y contra ese golpe de estado de corte parlamentario, se produjo el
golpe de Estado del Poder Ejecutivo de arriba a abajo en la variante
bonapartista en 5 de abril de 1992.
La señorita FLORES NANO.-Una interrupción doctor
Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo no se, yo agradezco, le concedo
la interrupción con tal de que sea interrupción, que
no sea un discurso colocada a la mitad de mi discurso.
La señorita FLORES NANO.- Va ser cuantitativo; alrededor de
doscientos y picos de proyectos de ley ingresaron para el ejercicio
del control parlamentario o iniciativas venidas desde el aprismo,
fundamentalmente destinados a enervar los decretos  legislativos.
Desgraciadamente doctor Chirinos, estan eliminados los archivos,
porque entiendo que la comisión administradora del Congreso,
ha hecho un saco, en todos los archivos que existían; pero
puedo decir que el 90 por ciento de esos proyectos, y todos los temas
medulares, fueron uno a uno rechazados por esa mayoría que
usted dice que es una mayoría obstructora, con esto entonces
demuestro que no fue el Parlamento doctor Chirinos y esa es una
falsedad histórica de la cual el Ingeniero Fujimori
algún día tendrá que rendir cuentas, es una
falsedad histórica, haber afirmado que este Congreso lo
obstruyó en su reforma económica.
Eso no es verdad a la luz de los hechos.
El señor CHIRINOS SOTO.- La señorita dice que no es
verdad; aprovecha su condición de señorita, porque si
fuera caballero, yo el contestaría como se merece.
Yo me puedo equivocar pero yo digo la verdad señor Presidente.
El Congreso, elegido junto con el señor Fujimori, le
desconoció la potestad de observar la ley de presupuesto sin
ningún asidero en el texto constitucional.
Señor Presidente estos, no me refiero a la señorita
Flores, estos constitucionalistas a la violeta, estos Decanos del
Colegio de Abogados, estos  profesores, salen con unas
teorías, no se pueden observar por partes la ley, la ley es
una unidad sagrada, como si fuera una fórmula mágica,
como si fueran las formas sagradas en la misa. 
La forma sagradas también se pueden consagrar por partes el
sacerdote a veces cuando la hostia es muy grande, la corta por la
mitad y guarda parte de la hostía sin consagrarla  para
consagrala otro  día y consagra esa otra mitad.
Pero hay algo más señor Presidente, en el derecho
constitucional, existe la institucón del veto parcial, y
existe. 
El señor MOREYRA LOREDO.- Una interrupcion.
El señor CHIRINOS SOTO.- Déjeme usted terminar le voy
a dar. Existe precisamente que para el presupuesto, precisamente para
la ley ómnibus, precisamente para salir al paso de las
corruptelas que los parlamentarios solían introducir en la ley
de presupuesto.
Señor Presidente y esto no se me ocurrió  a mí;
yo no tendo ideas propias, yo lo que tengo es sí, una cierta
capacidad de lectura señor Presidente.
En Chile, antes de Pinochet, nada menos que don Jorge
Alexandrí mediante ley 14821, promulgó el 31 de
diciembre de 1961 la parte no vetada por él. Del proyecto de
ley de presupuesto para 1962 aprobado por el Congreso. 
La ley promulgada en la parte no observada entró en vigencia
al día siguiente 1§ de enero de 1962. la referencia lo que
digo, y lo digo para el beneficio de los juristas
constitucionalistas, editorialistas, consta en Alejandro Silva
Vascuñan Tratado de Derecho Constitucional Editotorial
Jurídica de Chile 1967, Tomo III página 330.
Tiene la interrupción el señor Moreyra.
El señor MOREYRA LOREDO.-  Gracias señor Presidente,
primero todas las ideas son propias por definición, incluso
las ajenas, cuando uno las hace propias, cuando las dice...
(Continúa en el Turno N§ 433)

T43

PLENARIA (Vespertina)           l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor  CHIRINOS SOTO...(continuando)...página 33O,
pide una interrupción el señor Moreyra.
El señor MOREYRA...(Interrumpiendo)... Gracias señor
Presidente.
En primer lugar, todas las ideas son propias por definición,
incluso las ajenas, cuando uno las  hace propias  cuando las dice;
pero el punto fundamental y siguiendo su lógica, señor
Chirinos, por qué no aprobamos después de su
iniciativa, una moción para que el Presidente de la
República promulgue aquellas partes de la Constitución
que quiera y deje de lado aquellas  parte que no quiera; hacemos
juntos la moción?.
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando).- Esa es la
lógica de usted, yo he estado hablando de leyes ordinarias;
no he estado hablando de la Ley Constitucional; porque  en lo que 
se refiere a la Ley Constitucional, estoy de acuerdo con el precepto
de la anterior constitución que se va a repetir ahora en el
sentido de que el Presidente de la República, no debe tener
potestad para observar la Ley de Reforma Constitucional; por una
razón muy sencilla, la Ley de Reforma Constitucional tiene la
mayoría calificada que se necesita para vencer el  veto del 
Presupuesto.
Además, qué divertido, dice que no hay ideas propias,
"Nada hay nuevo bajo el sol", dijo  Salomón, que es todo lo
que quiero decir, habrá ideas apropiadas, pero no hay ideas
propias señor Presidente. tan no las hay que voy a multiplicar
mis ejemplos: En Argentina, el Presidente  de la República
respaldado por  Ejecutoria de la Corte Suprema, tiene la potestad de
observar una ley en parte y promugar en otra parte; y esa misma
facultad, señor Presidente, existe en 49 de los 5O  Estados
de la Unión, el gobernador de cada estado, salvo el de
Pedrasca, tiene lo que se llama en inglés en   one line  
vito, el vito de una línea, el vito para la  Ley de
Presupuesto; porque estos tráficos de influencia
parlamentaria, señor Prsidente, ocurren en todas partes.
Como  "no hay nada nuevo  bajo el sol", tambien "en toda partes se
cuecen habas" y en todas   partes las legislaturas   o los
parlamentos quieren aprovechar la Ley de Presupuesto para obligar al
Presidente de la República a qué, a aprobarla
totalmente, porque sino se quedan sin presupuesto; y entonces
introducen ahí una serie de disposiciones que repugnan al
orden financiero de la República y el Presidente de la
República por la salud de la nación, señor
Presidente, y sin bromas de ese estilo que se va a aprobar la
Constitución, yo no estoy hablando aquí del actual
Presidente e la República, además esto lo he dicho en
l979, cuando él  no sabía quien iba a ser Presidente
de la República.
El Presidente de la República debe tener la potestad  de
frenar la corrucpión parlamentaria. Tiene usted la  
interrupción señor.
El señor VEGA  ASCENCIO.( Interrumpiendo). - Gracias
señor representante. Efectivamente, lo que manifieta el doctor
Chirinos hemos vivido los que hemos  estado en el Congreso anterior,
antes del 5 de abril.
Me acuerdo que cuando estudiábamos el Presupuesto que se iba
a aprobar, encontrábamos una serie de artículos  que
no estaban de acuerdo con la realidad; se habían hecho un 
ensambre de articulados en donde se pedía -por ejemplo- para 
la potabilización del agua de un asentamiento humano, para
poder hacer el asfaltado; es decir era  un presupuesto en donde no
estaba de acuerdo a la realidad económica; es por eso que el
señor Presidente de la República, tuvo que
objetarla,tuvo que obsevar y nos mandó un relación de
todos los artículos y que aquí en el Congreso hicimos
el análisis y podíamos observar que realmente esos
artículos que se habían hecho en la Comisión
Bicameral no estaban verdaderamente planteados en forma
técnica sino con un criterio eminentemente político
partidarizado.
Los partidos ahí jugaron, tú pones esto, pero yo pongo
esto, y entonces ese presupuesto realmente no lo aprobó el
Presidente, sino aquí el Congreso; y yo creo que sí
tiene que observar el Presidente, porque no podemos darle una
cantidad de articulados en el Presupuesto cuando no hay dinero para
efectuar.
Gracias señor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando).- Señor
Presidente, persona allegada al señor Presidente de la
República me dijo en su oportunidad que había 4O
disposiciones inconstitucionales y que conducían al
déficit  en la Ley de Presupuesto que  se le impidió
inconstitucionalmente observar; a mí me llamó, yo
señor Presidente no desempeñaba ninguna funcion
pública, y a que me llamó?,   voy a terminar
señor Pease, y aqué me llamó? estoy contando una
anécdota y me interrumpe, no, espere  usted que cuente mi
anécdota...
(Sigue turno No. 44).

T-44

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor CHIRINOS SOTO...(continuando)...inconstitucionalmente
observarse.
A mi llamó. Yo, señor Presidente, no desempeñaba
ninguna función pública, y ¨a qué me
llamó?
-Voy a terminar, señor Pease.-
Y ¨a qué me llamó.?
-Estoy contando una anécdota y me interrumpe. No, espere usted
que cuente mi anécdota.-
¨A qué me llamó?
-Va usted a tener que esperar, señor Pease.-
Me llamó el señor Presidente del Senado, don
Máximo San Román -repito- Yo no tenía
función pública y ningún interés en el
asunto. Y me dijo: "como profesor de Derecho Constitucional y como
uno de los autores de la Constitución, le pregunto -y
había testigos, señor Presidente, estaba el senador
Mariátegui, estaba el senador Acurio, estaba el senado Vega
Alvear, estaba el senador Bernales, y algún senador de la
mayoría, ­Ah! y el Presidente del Consejo de Ministros, con
el señor Jalilie. Y el Presidente del Senado me
preguntó- Usted, como constitucionalista y como autor de la
Constitución ¨cree usted que el Presidente de la
República pueda observar la Ley de Presupuesto?". 
"Si señor" -le dije-
"Y cree usted que la puede observar parcialmente?"
"Si señor".
Y entonces uno de los señores senadores, cuyo nombre no me
olvidé, me dijo "¨Y tu crees que tenemos que enfrentarnos a
las mayorías de provincias?"
Yo le dije "esa es una pregunta política, no es una pregunta
jurídica. Yo le he contestado al señor Presidente del
Senado las preguntas jurídicas; ahora si me hace la pregunta
política también se la contesto, pero no me la ha
hecho" Y lo miré fijamente al senador San Román y no
me hizo una pregunta, y me fuí, y quedé en cierto modo
conectado con el señor Hurtado Miller para sostener esta
tesis, que yo sostuve en el períodico en el que entonces
escribía, a capa y espada, señor Presidente; y la
volveré a sostener. Y considero indispensable para el buen
orden de las finanzas nacionales, que el Presidente de la
República tenga esa capacidad de veto parcial respecto
inclusive de su propia mayoría, porque su propia
mayoría también está sujeta a tentaciones.
Qué me quiere interrumpir el señor Pease? Que no sea
colocar un discurso.
El señor PEASE GARCIA.- (interrumpiendo) Bueno, después
de aceptar su regaño, porque más parece un
regaño que una intervención.
El señor CHIRINOS SOTO.- Parece no más, parece, no se
preocupe.
El señor PEASE GARCIA.- Yo quiero decirle -así es-
quiero decirle de que hay una diferencia entre el caso argentino, el
caso chileno y el caso peruano que usted ha mencionado, y la formulo
en la siguiente pregunta.
¨El Ministro de Economía y Finanzas, aceptó o no
aceptó esos 40 artículos indebidos? Si los
aceptó, lo hizo a nombre del Presidente. El Ministro
Boloña actúa no solo, actúa con el Presidente
en la relación con el Congreso. Entonces, si los
aceptó, el Presidente debía votarlo. Lo que no puede
tener es al mismo tiempo la facultad de iniciativa y
presentación, y luego de observación, porque es una
doble facultad. Esa no la tiene en la Argentina porque la
relación es más distante entre Ejecutivo y Parlamento,
y no la tenía en la época previa a Pinochet en Chile.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, lo que dice
el señor Pease no tiene nada que ver con lo que yo digo. 
¨Qué hizo o qué no hizo el señor Boloña?
Me importa, la verdad -creo que no ofendo- me importa un "comino".
Lo que yo estoy diciendo es lo que la Constitución debe decir,
no lo que hizo el señor Boloña.
Señor Presidente, no sólo es en Argentina, no
sólo en Argentina. En Francia, en la vigente
Constitución de la Quinta República, Artículo
10§, el Presidente puede demandar al Parlamento una nueva
deliberación de la ley o de alguno de sus artículos.
Es el veto parcial.
Señor Presidente, yo estoy defendiendo esta potestad del
Presidente de la República, cualquiera que sea su nombre
accidental, porque yo creo, efectivamente, en un Poder Ejecutivo
fuerte; con la misma firmeza de serme posible, señor,
defenderé al Poder Legislativo, porque creo en un Poder
Legislativo fuerte, y defenderé la independencia del Poder
Judicial también. Y desde luego no creo esta teoría que
hay que asignar 2% al Poder Judicial, 20% a Educación,
cuánto a Defensa Nacional; entonces no tengamos Ministro de
Economía, señor Presidente, entonces el Ministro de
Economía lee la Constitución y según la lectura
o los susurros de la señorita Flores el Ministro de
Economía hará el Presupuesto.
Entonces, habría que suprimir al Minisitro de Economía.
Porque, señor Presidente, dicho sea de paso, no responde a
ningún cálculo científico el 2% para el Poder
Judicial, por qué el 2, por qué no el 4, por qué
el medio, quién ha calculado las necesidades del país.
Tiene usted la interrupción señorita FLores.
La señorita FLORES NANO.-(interrumpiendo) No dude, por
intermedio de la mesa. que con un susurro mío el Ministro de
Economía actuaría mucho mejor, de eso puede usted estar
absolutamente seguro.
El señor CHIRINOS SOTO.- En otro sentido sí.
La señorita FLORES NANO.- Y en materia presupuestal
distribuiría muy bien el gasto.
Doctor Chirinos, no tengo a la vista los textos que usted está
mencionando, pero sí tengo a la vista el texto del
Artículo 193§ de la Constitución...
(continúa en el turno 45)

T. 45

Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Vesp.)    19.07.93
La señorita FLORES NANO.- (Interrumpiendo)...
distribuiría muy bien el gasto, doctor Chirinos, -no tengo a
la vista los textos que usted está mencionando- pero si tengo
a la vista el texto del artículo 193 de la Constitución
Peruana, en su tercer párrafo, si la tésis que usted
sostiene fuera válida, yo no entiendo porqué la
Constitución dice: "reconsiderado el proyecto de ley"
porqué el texto no indica con claridad, como usted afirme,
"reconsiderada la parte no observada de la ley" que sería la
redacción lógica, para una Observación parcial
y una Promulgación parcial.
La Constitución es absolútamente clara, reconsiderado
el proyecto de ley, de forma tal que está hablando de una
posibilidad de observacón parcial, pero de remisión de
un texto íntegro, para una nueva deliberación, que es
por lo demás la tésis francesa, volverá a
deliberar; no quiere decir eso, que se permita una
promulgación parcial.
El señor CHIRINOS SOTO.- Aquí tengo mi propio
comentario de la Constitución, qué número es el
artículo, decía la señorita? Aquí lo
tengo.
Antes ha dicho ella, qué ha dicho? La verdad que se me ha
escapado, creo que no era muy importante. 
Ah dice que la Constitución dice: "reconsiderado el proyecto
de ley" reconsiderado pues, el proyecto de ley, no dice "todo el
proyecto de ley", reconsiderado lo que hay que reconsiderar, se
reconsidera lo que hay que reconsiderar, no se reconsidera lo que no
hay que reconsiderar.
Que tal manera de argumentar, señor Presidente.
Sabe usted señor Presidente, que en este caso, los
señores de la oposición y también ocurrió
eso en el anterior debate periodístico, "me pisan un callo"
señor Presidente, porque resulta que yo me recibí de
Bachiller en Derecho, con una tésis sobre el Derecho de Veto
del Presidente de la República, de manera que domino la
materia, francamente.
"El derecho de observación -digo yo en 1979- que hemos dado
al Presidente de la República en el artículo bajo
comentario, es derecho calificado, porque puede observar los
proyectos de ley aprobados en el Congreso, en todo o en parte, quiere
decir que puede promulgar unos artículos y devolver otro u
otros.
El Presidente de los Estados Unidos, no tiene ese derecho calificado
de observación, muchos tratadistas lo reclaman como necesario,
sólo lo tienen determinados gobernadores, -49, no estaba tan
bien informado como estoy ahora- de ciertos Estados de la
unión.
Al respecto -digo yo- hemos innovado absolútamente nuestra
tradición constitucional". 
Y es una innovación señor Presidente, que hay que
mantener, ahora hemos perfeccionado el artículo, de modo que
no haya lugar a las interpretaciones sibilinas, capciosas y contra
factuales de la anterior, circunstancial, escurridiza mayoría
parlamentaria, que fue defenestrada el 5 de Abril de 1992, entre
otros pecados, por ése señor Presidente, gracias.
El señor CHIRINOS SOTO.- Gracias doctor Chirinos, el doctor
Luis Enrique Tord había pedido la palabra por uno o dos
minutos, como una cosa rápida y luego el señor
García Mundaca.
El señor TORD ROMERO.- Gracias señor Presidente: Me
ceñiré a lo pedido, a modo de colaboración para
el perfeccionamiento del artículo 80, del Capítulo que
estamos viendo, que repite el 111 del anteproyecto.
Decía que en ese artículo 80 y me dirijo a Carlos
Torres y Torres Lara -que parece que no está escuchando- para
proponer, invocar o subrayar o alertar, acerca de un asunto, que
seguramente puede ser cambiado.
Dice: "Las obras de adquisición de suministros con
utilización de fondos o recursos públicos, se ejecutan
obligatoriamente por contrata y Licitación Pública,
así como la adquisición o enajenación de
bienes..." y luego siguen dos párrafos más, que ustedes
tienen a la mano.
Pareciera, Presidente de la Comisión de Constitución,
por conversaciones tenidas anteriormente, en mi caso, por
especialistas en la materia, que la expresión suministros, en
este caso, es equivocada, pues el suministro, significa una
relación contractual...
(Continúa en el Turno No. 46)...

T-46 19-07-93

(Plenario Vesp.)      
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.
El señor TORD ROMERO.-(Continuando)... anteriomente en el caso
por especialistas en la materia, que la expresion "suministros" en
este caso es equivocada, pues el suministro signifia una
relación contractual, periódica, o continuada de
entrega de bienes, y no es posible el suministro de servicios, tal
como podemos desprenderlo de la lectura del Título III,
artículo 1604 del Código Civil.
Me da la impresión, para terminar, sobre el tema y aclararlo
en lo posible, que se ha pretendido decir que las obras y
adquisición de suministros en realidad de servicios que ya
está dicho en el segundo párrafo, donde dice:"ha
concurso público para la contratación de servicios".
Y si se trató de las obras y adquisición de bienes como
pudo ser también, ya está dicho en la última
linea del artículo 80, primer párrafo, que dice:
"así como la adquisición o enajenación de
bienes" por lo tanto, creo, señor Carlos Torres y Torres Lara
que merece una revisión si es exacto o no aquello de
adquisición de suministros que a mi modo de ver parece confuso
e inexacto.
Mi síntesis al planteamiento sería solamente
así: "las obras con utilización de fondos o recursos
públicos se ejecutan obligatoriamente por contrato y
licitación pública así como la
adquisición de bienes, hay concurso público para la
contratación de servicios, etc." o sea eliminar
"adquisión de suministros" de acuerdo a este planteamiento. 
Una sugerencia que los especialistas quizás pudieran revisar.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor
García Mundaca.
El señor GARCIA MUNDACA.- Señor Presidente:
sería deseable que la discusión o el examen de las
propuestas y las decisiones que se tomen pudieran aislarse  del
entorno y de alguna manera de los acontecimientos previos al
funcionamiento de este Congreso y al debate constitucional, creo que
estamos obligados a producir una norma que tenga vigencia por
sí misma y que pudiera no ser discutida en función de
las personas a quienes se trata de favorecer o se trata de
perjudicar.
Lo digo, señor Presidente, porque creo que hay algunos
defectos en la redacción del capítulo que estamos
discutiendo que son una secuela de alguna discusión presente,
por ejemplo, en el artículo 7, colocar el párrafo que
determina que los aranceles y las tasas se aprueban por decreto
supremo, cuando en el proyecto de la mayoría en el
artículo 132, inciso 20), repitiendo lo que contiene el actual
artículo 211, en el inciso 22,) le atribuye al Presidente de
la República la facultad de regular las tarifas arancelarias,
no viene a ser un error, señor, sino que viene a ser la
consecuencia a mi juicio, de la discusión que hay sobre la
sobretasas y los aranceles o los pararanceles que en este momento
está siendo examinado con una gran profusión en los
medios periodísticos.  
Y de alguna manera esta inclusión refleja la discusión
y la coyuntura y por eso es que a mi juicio -repito- se está
incluyendo en este artículo 78 algo que no tiene nada que ver,
señor Presidente, porque es la única mención,
señor Presidente, porque es la única mención a
decreto supremo que hay en todo el texto constitucional y porque
lógicamente la Constitución no tiene porqué
referirse a decreto supremo sino solamente a ley.
Y creo que también, señor Presidente, otras secuela de
los temas y las discusiones del momento es la prohibición o
el condicionamiento que en el artículo 84, en el
párrafo final, establece que la proposiciones de índole
tributaria que se presenten, requieren previo informe del Ministerio
de Economía y Finanzas; yo creo, señor, que ese es un
condicionamiento inaceptable para un poder soberano.
Y no solamente porque el hecho de que no se le incluya no prohibe que
el Congreso, las comisiones especiales, el Pleno pueda solicitar los
informes que  desee a quien desee, sino porque, señor
Presidente,  resulta absolutamente inapropiado que el Congreso
esté colocando a nivel constitucional una exigencia meramente
reglamentaria, pero con el pecado que significa una negativa a las
facultades que debe tener el Congreso para examinar libremente
cualquier proposición.
Si usted lo tiene a bien, señor Presidente, el congresista
Róger Cáceres me está pidiendo una
interrupción de treinta segundos...
(Continúa en el Turno N§ 47)

SESION PLENARIA          (VESPERTINA)

T- 47

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              19-07-93
El señor GARCIA MUNDACA.- _(continuando)_ a las facultades que
debe tener el Congreso para exterminar libremente cualquier
proposición. 
Si usted lo tiene a bien, señor Presidente, el congresista
Róger Cáceres me está pidiendo una
interrupción de treinta segundos.
El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres.
El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Sobre el particular
como lo dije oportunamente en mi intervención anterior y como
consta en el documento que ha sido distribuido a todos los
señores congresistas, yo, señor Presidente, discrepo
del planteamiento que se acaba de formular y no por defender a un
Ejecutivo autocrático. 
Yo creo que es necesario cuidar como una obligación sacra del
valor de la moneda, y si nosotros los congresistas inflamos de gastos
al Ejecutivo y al Estado, resulta que se va a producir la temida
desfinanciación.
Por ésto, yo creo que neceasariamente ese tipo de leyes debe
ser consultado previamente al Ejecutivo, simplemente consultado, lo
que no signifdica, señor Presidente, que estemos obligados a
seguir lo que diga el Ejecutivo, pero debe hacer consulta previa y
necesaria.
Ese es mi criterio  respetando por supuesto la posición del
señor congresista.
El señor GARCIA MUNDACA.- Señor Presidente, muy
inteligente la observación, pero entonces para qué el
artículo 84§ en su párrafo inicial está
negándole al Congreso la iniciativa para crear y aumentar
gastos públicos; es decir, ya el espíritu es el de
negar toda posibilidad al Congreso para que si no es con la anuencia
del visto bueno del Ministerio de Economía, pueda estudiar
siquiera una propuesta que venga del Poder Ejecutivo. Yo creo que hay
una reiterancia ahí, que repito es producto de la coyuntura,
del espíritu que hay ahora -permítame, señor
Presidente, concluir un par de minutos- de limitar las posibilidades
de intervención y de fiscalización del Poder
Legislativo.
Y, señor Presidente, como está todavía en debate
la existencia o no de la regiones y el proceso de
descentralización aún no lo hemos aprobado quisiera,
señor Presidente, por su intermedio proponer a la
Comisión que en el artículo 78§ se incluya  tanto los
gobiernos locales como los gobiernos regionales en la facultad que
señala el artículo 78§.
Igualmente, que en el artículo 89§ en lo que se refiere a la
Contraloría General de la República, se pueda adicionar
un segundo párrafo y final en ese artículo, donde
conste que la Contraloría dirige el Sistema Nacional de
Control, supervisa la gestión y utilización de bienes
y recursos públicos; y el Contralor General es designado por
el Congreso, a propuesta del Congreso de la República por el
término de cinco años modificando sólamente lo
que se refiere al periodo de duración del mandato.
Creo también, señor, que es válida la
preocupación de agregar en el artículo 89§ que le
corresponde también a la Contraloría en el primer
párrafo, "supervisar las operaciones de la deuda
pública". De tal manera que estoy proponiendo que se incluya
en ese párrafo.
Y finalmente, señor, en el artículo 81§ incluir el
término "regiones" al pie de municipios para que quede,
señor, con cargo a lo que decida el Pleno, la posibilidad, que
tanto municipios como regiones tienen derecho a participar en la
renta que produce la explotación de los recursos naturales,
repitiendo en ésto, señor, la misma terminología
de la Constitución del año 79 y no sólamente
como se pretende ahora en el proyecto en discusión limitar la
participación a la renta en las utilidades. Eso, señor
es distinto a lo que contuvo y debe contener el capítulo y que
debe repetir a mi juicio la disposición de la
Constitución del año 79.
Alcanzo a través suyo, señor Presidente, las propuestas
a la Comisión de Constitución. Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias señor García
Mundaca. Tiene la palabra el señor congresista Fernando
Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Gracias, señor Presidente. Le
concedo una interrupción al señor Moreyra, yo sí
solicito su venia, señor.
El señor MOREYRA LOREDO.- Muchas gracias, señor
Presidente. Lo cierto es que de la intervención del
señor Chirinos ha quedado perfectamente claro que no ha podido
refutar que los presupuestos, todos, incluso el que está hoy
vigente se promulgan y cumplen en forma desequilibrada, el actual
tiene un déficit de dos y medio por ciento aprobado por el
Fondo Monetario Internacional. También no ha podido demostrar
lo que es un absurdo, que es llamar a un préstamo un ingreso;
un préstamo no puede ser un ingreso por su propia
definición.
Igualmente, señor Presidente, decir que la deuda externa no
puede usarse para gastos burocráticos cunado existe la caja
única; es decir, una simple tontería porque al nivel
de ingresos todos se confunden.
Finalmente, señor Presidente, no es lo mismo hablar de
iniciativas parlamentarias que el no gasto del Congreso_
(CONTINUA EN EL TURNO - 48)

T.48

Justo Frías López  19-07-93  Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)...como dijo alguna vez
Jorge Basadre respecto de un escritor muy conocido: "Todo lo que diga
el señor de mí, todo, es falso". De manera que no me
voy a ocupar más en refutarlo.
El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Así es, señor
Presidente, pero la verdad histórica es otra. La verdad
histórica es, señor, que hay quienes tienen ese
atractivo por el poder, por el gobernante de turno; y que hacen una
cosas ante la luz de la opinión pública y otras a
puerta secreta. 
Todo se sabe finalmente, señor. Esas asesorías
palaciegas de los gobiernos de turno se conocen, señor; y eso
es lo que oculta el doctor Chirinos Soto, pero que al sentir popular
le ha llegado directamente. Por eso es que todos lo sindican como
parlamentario del oficialismo y no de la oposición, y hoy
día él mismo ha confesado su militancia en el
oficialismo al discrepar de nuestras posiciones y señalarnos
como oposición.
Pero en fin, señor Presidente, este tipo de argumentos que
ciertamente nosotros tenemos que rechazar de principio, aquellos
argumentos que han servido de apología para el golpe de estado
del 5 de abril, como el tratar de justificar ese atropello
constitucional diciendo que por dar una ley de control parlamentario
se había dado un golpe parlamentario, señor, son
realmente argumentos inaceptables, indefendibles. Menos para quien
dice que defiende al Parlamento como Primer Poder del Estado, lo ha
ratificado en ese libro que tanto nos trae, en el que le daba casi
categoría de Dios a Haya de la Torre y a las ideas del aprismo
de las cuales hoy día reniega, señor. Quien revisa
detenidamente este texto, encontrará su apología al
aprismo, a sus postulados de manera reiterada y hoy día se
reniega; y si eso no tiene el nombre de oportunismo político,
no sé qué otro nombre se le puede dar.
Por eso, señor, qué autoridad moral pueden tener
quienes son camaleones de la política para venir hoy
día a tratar de postular algo tan descabellado.
El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, le pido retire las
palabras. Sí doctor Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Yo soy el ofendido, señor
Presidente, y yo no me voy a tomar la molestia de pedirle al
señor Olivera que retire ninguna palabra, señor
Presidente.
El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, le está
cediendo la interrupción al señor Guillermo Del Carpio?
El señor OLIVERA VEGA.- Sí, un segundo.
El señor PRESIDENTE.- Correcto. Adelante señor Carpio.
El señor CARPIO MUñOZ.- Sólo quince segundos,
señor. No puedo yo rectificar a quien supuestamente ha sido
ofendido. Lo único que quiero pedirle al señor Olivera
como ciudadano, es que si él hace ese tipo de referencias en
el sentido que el señor Chirinos Soto ha hecho apología
del aprismo en el libro al que hace referencia, que por favor lo cite
textualmente para conocerlo.
Nada más, señor.
El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Aquí está, señor
Carpio, léalo usted, aquí hay varias citas.
Discúlpeme, el señor Carpio no va a marcar pues el giro
del debate, pero basta recordar que cantaba la Marsellesa aprista
junto con todos ellos.
El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, creo que hemos
tenido un día muy agradable, entonces si continuamos dentro
de la tónica que hemos venido desarrolando, sobre todo
pensando un poco en la hora para que los elementos centrales puedan
ser recogidos por la Comisión de Constitución.
Adelante señor Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, es que es
importante para poder calificar y evaluar la palabra que se dice
acá con gran autoridad, cómo es pues que se evoluciona
políticamente. Señor Presidente, es el mismo ciudadano
que negaba al Presidente de la República en su calidad de hijo
de inmigrantes japoneses su calidad de peruano de primera
categoría, es el mismo que entre primera y segunda vuelta
acusó a Fujimori casi de ser un inmigrante que no
merecía postular a la presidencia de la República y que
hoy es el primero en reventarle cuetes. Entonces pues de qué
podemos hablar, con qué autoridad moral en base a quien
está en el gobierno de turno ahora le quiere dar facultades
para observar parcialmente la Ley de Presupuesto. 
No puede ser, señor Presidente, que se tomen en serio ese tipo
de argumentaciones que son tan graves como querer sostener que
bastaría que el Presidente de la República promulgue
aquel artículo...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 49  )

T-49

ROBERTO OSHIRO T.        19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA

El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...Ley de 
Presupuesto.
No puede ser, señor Presidente, que se tomen en serio ese tipo
de argumentaciones que son tan graves como querer sostener que
bastaría que el Presidente de la República promulgue
aquel artículo segundo famoso de toda Ley de Presupuesto que
señala el monto a poder gastar durante el ejercicio
presupuestal y no promulga el resto.
Por ejemplo, entre los artículos que no promulgaría son
aquellas normas de austeridad, de control del gasto Presupuestal, que
siempre el Congreso de la República coloca, no quisiera
seguramente que haya distribución del gasto como sí se
hace en los presupuestos desagregados y en las normas complementarias
que forman parte de una Ley de Presupuesto, porque , porque es el
señor Fujimori, pues. Que le gusta al señor Chirinos
Soto, que vamos ha hacerle, señor.
No podemos nosotros entonces, dar una norma Constitucional en base
a los gustos particulares, circunstanciales, dejando de lado todo lo
que es una doctrina de principios. Y que evidentemente no puede
conceder al Poder Ejecutivo la norma de observar parcialmente ni el
Presupuesto General de la República, ni ninguna otra Ley,
señor; mucho menos la Constitución que pareciera ser
el prototipo de modelo que quisieran implantar para todo este debate.
El señor Fujimori como bien lo recuerda el señor
Moreyra, promulgue aquellos artículos que le gusten y los
otros hará como hizo la Comisión de
Constitución, tijeretazo, los dejó de lado.
Habría que ver dentro de la misma lógica como se
reacciona. 
Y por eso, señor Presidente, es que nosotros estamos de pleno
desacuerdo con esa interpretación, que es dentro de la
lógica de concentración de Poder en el Ejecutivo, y en
particular en el señor Fujimori. 
El que hayan habido, señor, vicios en el pasado, vicios que
se arrastran de muchos Parlamentos, señor, que yo no haya
escuchado que hayan sido denunciados oportunamente, el hecho que en
los anteriores Parlamentos donde han habido inclusive casos realmente
escandalosos, de artículos con nombre propio, no significa
querer castrar de la facultad deliberante de este Congreso, y al
Congreso que se plasme en la Constitución de la capacidad de
poder distribuir el gasto de acuerdo a prioridades y no que tenga que
obedecerse los *zúkases* del Poder Ejecutivo, sin dudas ni
murmuraciones. En donde al Congreso no le quede otra alternativa que
decir si o no, y si dice no promulga el Ejecutivo su Presupuesto y
se acabó.
Aquí señor, se vienen a lavar las manos aquellos que
han participado en la mayoría Parlamentaria del año 91,
en esa Alianza vergonzante que hicieron con el APRA los miembros de
Cambio 90 para sentarlo en la Presidencia de la Cámara al hoy
Ministro Víctor Paredes. Y que posteriormente también
continuaron en esas Alianzas vergonzantes para repartirse las
Presidencias de las Comisiones en corruptelas que realmente hicieron
mucho daño al país y a este poder del Estado. 
Y en la Ley de Presupuesto que hicieron, señor, acaso no
firmaron también el dictamen por unanimidad, acaso no tuvieron
su artículo con nombre propio cada uno de los miembros de
Cambio 90 que estaban en ese Parlamento, y hoy día vienen a
lavarse las manos, señor, pretendiendo sorprender al
país. 
Y es verdad, lo que aquí se ha dicho, porque hay que recordar
la circunstancia histórica, el Ministro Bologña por
documento escrito dió su aprobación y su
satisfacción en cuanto a prácticamente la totalidad de
los artículo aprobados por esa Comisión que
presidió Eduardo Calmell del Solar, y agradeció
inclusive después de que se encontró una
solución que ciertamente no compartíamos nosotros en
cuanto a práctica Parlamentaria. Pero esas son las verdades
históricas que hay que rectificar, pero la manera de
rectificar no es castrar las facultades Parlamentarias como se
pretende institucionalizar  en este artículo Constitucional. 
Que se le diga al país entonces, mejor que el Congreso no debe
debatir el Presupuesto General de la República, que el modelo
propuesto es el modelo del 5 de Abril, el Presupuesto lo elabora el
Consejo de Ministros y lo promulga el Presidente de la
República y mejor le quitamos la facultad, porque así
propuesta, simplemente no tiene ningún Poder real el Congreso
de la República.
Por eso, señor Presidente, nosotros tenemos que denunciar este
tema, como también ciertamente tenemos que denunciar lo que
es muy grave, pero que forma parte de un esquema autoritario que no
le gusta el control, señor, que no quiere tener control en el
gasto público, por más artículo Constitucional
que se ponga, tenemos que juzgar por los hechos, y los hechos son,
señor, que más allá de esa conducta
partidarizada que tuvo la Contralora General Luz Aurea Sáenz,
el hecho cierto es que lo que posteriormente hizo el Gobierno de
Reconstrucción Nacional fue ir desactivando de manera
deliberada ...
(Continúa en el turno N§ 50)

T-50

Jorge Anamaría    PLENARIA  Vesp.     19-7-93
El señor OLIVERA VEGA..(continuando)..Contralora General Luz
Aurea Sáenz, el hecho cierto es que lo que posteriormente hizo
el Gobierno de Reconstrucción Nacional fue ir desactivando de
manera deliberada la Contraloría General de la
República; redujo su personal a menos de la quinta parte si
es que queda todavía la décima parte del personal y en
los hechos, además, le redujo sus facultades reales.
Hoy, por ejemplo, no puede la Contraloría General de la
República fiscalizar al Banco Central de Reserva mas
allá de lo que es estrictamente  su ejecución
presupuestal administrativa, no puede examinar el tema de las
colocaciones de nuestras reservas internacionales en la banca
internacional; no podría, según esa lógica, la
Contraloría haber contribuído a descubrir la verdad del
negociado del BCCI; no podría, señor, haber penetrado
como debía penetrar en el esclarecimiento de por qué
antes se concentraban nuestras reservas internacionales en el BCCI
y se concentran en el Banco de Takyo y en otros bancos. No sabemos
cuál será el Leonel, cuál será el Neyra
o cuál el Janssen -como aquí se nos dice- o qué
comisiones pueden haber de por medio, no tenemos como siquiera
conocer los fundamentos de ese tipo de operaciones.
La Contraloría, señor Presidente, está siendo
limitada de manera deliberada porque no se quiere control en el gasto
público, no se quiere este tipo de control que se ha recordado
también es extensivo hacia la deuda externa. Qué
habría pasado, me pregunto yo, si la Contraloría
General no fiscalizara las operaciones de deuda, seguramente nunca
habría existido ese dictamen que llegaba a encontrar indicios
de responsabilidad en Luis Alva Castro y Metropolitan Investment
Company la Comisión Investigadora que está viendo Alex
Kouri no habría, nadie habría revisado el problema el
pago de los títulos de la deuda externa que hoy día
incomoda a algunos.
Si no tenemos, señor, una Contraloría con facultades
legales y constitucionales y si a la vez, no se le asigna a la
Contraloría un presupuesto mínimo para que pueda
cumplir tan vasta e importante labor, mejor cierren la
Contraloría, señor, sean claros y transparentes.
Déjense de redacciones engañosas, díganle al
pueblo la verdad, no le mientan mas, señor, el pueblo
finalmente ya está descubriendo la verdad de la yuca, la
verdad del engaño, la verdad de la mentira.
Por qué señor Presidente, también quitar a la
Contraloría de lo que tiene que ser una fiscalización
que se puede estar en desacuerdo si es  previo o posterior respecto
a la utilización de nuestros bienes y recursos
públicos, por qué señor? Que se nos de una
fundamentación razonable. No se quiere que intervenga opinando
sobre contratos petroleros, sobre contratos de gas de Camisea, sobre
contratos pesqueros, sobre contratos a los cuales ya se va dar no
solamente concesiones sino derechos reales, señor? Qué
se quiere, manos libres para que nadie pueda fiscalizar?
Esto, ciertamente esperamos que se escuche nuestra voz, aunque dudo,
dificulto, ojalá me equivoque, señor. Pero recuerdo que
era uno de los temas que mas malestar causaba antes del cinco de
abril y que por la ejecutoria de todo el gobierno hasta la fecha
seguramente debe ser uno de los temas en donde no cabe  retroceso,
ojalá me equivoque, señor.
Y he dicho que no basta darle facultades legales y constitucionales,
sino reconocerle un presupuesto adecuado, sobre todo, si es que
además se va dar mayores facultades a los municipios en el
gasto público. Se ha recordado una y otra vez que no hay
presupuesto, no hay elemento humano posible de fiscalizar ese gasto
público.
Yo recuerdo omnipotencia cómo viajando a las ciudades del
país prácticamente es unánime la denuncia de
corruptelas de cada alcalde que ha estado ejerciendo el cargo; y
prácticamente, también es unánime la impunidad
continuada. Nadie cumple su deber. Cuando nosotros le pedimos a la
Contraloría que intervenga, nos dice, "señor, no tengo
personal, no tengo recursos, qué puedo hacer" pedirle al
propio Organo de Control de la Municipalidad pero quién
fiscaliza a ese Organo de Control si todos están de alguna
manera metidos en la misma corruptela.
No vale generalizar, señor, pero este es un mal real y por lo
tanto, hay que darle apoyo total y definitivo a la Contraloría
General de la República y para eso, además
señor, se requiere que sea ..
(SIGUE EN EL TURNO 51)

PLENARIA         VESPERTINA         19-07-93

T-51

TRANSCRIPTOR:  Julio Vera Barreto          Anexo 172
El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...todos están de
alguna manera metidos en la misma corruptela. 
No vale generalizar señor, pero este es un mal real y por lo
tanto hay que darle apoyo  total y definitivo a la Contraloría
General de la República.
Y para eso además señor, requiere que sea
verdaderamente independiente del Poder, que sea verdaderamente
autónoma, que se acabe con aquellas designaciones a dedo en
merito a la influencia o a la cercanía de quien nada menos
tiene que fizcalizar, del mismísimo Presidente de la
República; del mismísimo Poder Ejecutivo.
Por eso yo concuerdo con la propuesta que ha hecho el Senador
Cáceres Velásquez que esta designación del
Contralor General de la República sea mediante concurso
público de selección señor, donde se deje de
lado todo tipo de influencia políticas, donde el ciudadano
sepa perfectamente quienes son los candidatos que objeciones se le
pueden hacer, que capacidades puede tener, que ideas tiene que planes
y que en general evaluando todas esas circunstancias, sea el Congreso
de la República quien definitivamente no nombre el Contralor
General de la República.
El señor PRESIDENTE.- Ya sus minutos finales por favor
señor Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Si señor Presidente, voy a
continuar, usted me corta cuando quiera, porque el señor
Chirinos Soto ha hablado a tiempo libre, esta bien que sea del
oficialismo pero sino anunciélo de una vez señor; que
no tiene límite de tiempo.
El señor PRESIDENTE.- Es firmante de dictamen y miembro de la
comisión de Constitucion, o sea  con mucho gusto le estamos
dando ya por el quinto turno o sea cuando  se concentren los temas
con mucho gusto, porque todos los estmos escucuchando muy
atentamente.
El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente en todo caso
soy consciente que las 9 y 30 se debe levantarla sesión
según el acuerdo obtenido.
El señor PRESIDENTE.- Voy a pedir a todos los señores
Congresistas como faltan unos cuantos  concluir este capítulo
de tal manera que podamos facilitar el trabajo de la Comisión
de Constitución. Porque de otra manera si postergamos el
trabajo para mañana por dos o tres oradores, no va ver
oportunidad  de considerar las propuestas importantes, porque todo
el mundo tiene derecho a hacerlo así; que yo le pido en
atención a los que están faltando también usted
puede abreviar su participación entonces todos podemos
participar.
Adelante señor Olivera.
El señor OLIVERA VEGA.- Bueno señor Presidente estaba
sosteniendo lo grave del artículo constitucional que se
pretende aprobar respecto de la Contraloría General de la
República, y también quiero sostener señor
Presidente, la necesidad de poder incorporar en el texto
constitucional algo que debe poner fin a lo que ha sido una
práctica por lo menos desde la vigencia de la
Constitución del 79.
Al Congreso señor llegaron las solicitudes de créditos
suplementarios cuando ya han sido ejecutados; es decir que el
Congreso se ha vuelvo desde la vigencia de la  Constitución
un Poder del Estado, igual que le presentan hechos consumados,
entonces señor Presidente, lo que creemos nosotros que debe
reconocer en el texto constitucional es que no podrá
ejecutarse nigún gasto sin tener la previa aprobación
del Congreso y que esa medida debe ser especfíca en lo que
corresponde a créditos suplementarios, que como bien se sabe
se ha vuelto una práctica corriente sobre todo en
épocas inflacionarias como las que padecemos.
Igualmente señor en esa misma línea de practicas
nocivas,  para el manejo economico del país lo que se ha dado
permanentemente, conjuntamente con la ley de equilibrio financiero
que dicho sea de paso no se expresa en el texto constitucional
propuesto que debe votarse previamente las normas tributarias
materias del finanaciamiento presupuestal, lo que se ha dado es que
año tras año, se consolidaba todo el déficit
fiscal acumulado y que había sido financiado por creditos del
Bando de la Nación o del Banco Central de Reserva.
Se consolidaban de un plumaso, sin ningún tipo de
explicación y creo que esto debe de darse como una norma de
severidad en el gasto fiscal de disciplina fiscal que debe merecer
un reconocimiento a nivelconstitucional.
Creemos igualment señor Presidente que el Artículo
correspondiente, al canon de las regiones, ha sido finalmente
incorporado más que por conviccion señor por razones
de índole político, porque es  evidente,que lo sueblos
del Perú se han puesto de pie protestando porque
también se se les ha pretendido marginar de un derecho, que
es el derecho a participar  en la riqueza que se genera a a partir
de los recursos naturales ...
(Continúa en el Turno N§ 52)

T 52

PLENARIA (Vespertina)               l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor OLIVERA VEGA FERNANDO...(continuando)...protestando
porque también se les ha pretendido marginar de un derecho,
que es el derecho a participar en la riqueza que se genera a partir
de los recursos naturales que hay en su zona. 
Y esto ciertamente, señor, tiene un cambio  radical en cuanto
a la redacción; en la redacción propuesta se habla y
se refiere estrictamente  a  la participación de los pueblos
mediante el canon, sólo respecto a Impuesto a la Renta; una
participación adecuada del Impuesto a la Renta, sobre las
utilidades percibidas por la explotación de los recursos
naturales  en cada zona en calidad de canon; y esto, señor
Presidente,es un término muy relativo,cuando justamente
sabemos que se está queriendo hacer todo un cambio radical en
cuanto al sistema de concesiones y al tratamiento de las empresas que
van a invertir justamente en la explotación de nuestros
recursos naturales; y podría no pasar de ser más que
una declafación lírica para buscar engañar a los
pueblos del Perú y de esa manera bajar el porcentaje de
desaprobación  al proyecto constitucional.
Nosotros, señor Presidente, insistimos en que no debe tener
este  tipo de redacción engañosa y que debería
ser algo más claro, más directo vinculándolo
directamente  a la generación de riqueza, que se tenga
producto de los recursos naturales, cuantificable, y considerar
también como ente que debe planificar y poner y ejecutar
coordinadamente con los municipios las regiones.
En este sentido, señor, está solicitando  una
interrupción el señor Carlos Cuaresma, que se la
concedo.
El señor CUARESMA. (Interrumpiendo).- Con la venia de la
Presidencia señor Presidente.
Muy brevemente, efectivamente el Artículo 8l§, señor;
pero antes, algunos congresistas un poco que se amargan cuando se le
recuerda el pasado político que tienen, y creo que acá 
el que tiene pasado y  quiere a su pasado  no debe amargarse; hay
gente que ha servico al velascato, hay gente que ha estado en el
grupo LIbertad, ahora está en Cambio 9O o Nueva
Mayoría; hay gente que se avergenza de aquello que me
recuerda muy bien el colega Jorge Velásquez cuando dice que
hay un pasado vergonzante. Creo que ese pasado vergonzante debe
servir de experiencia, señor, para mirarnos  con un espejo por
delante y no simplemente paa atacar aquello que creemos que
está errado en el pasado, señor.
Dicho esto, quiero muy brevemente referirme al Artículo 8l§.
Efectivamente en el último párrafo se dice
textualmente: "Corresponde a los municipios conforme a ley, recibir
una participación adecuada del Impuesto a la Renta, sobre las
utilidades percibidas por la explotación de los recursos
naturales en cada zona en calidad de canon, prácticamente se
castra, señor Presidente y colegas congresistas lo contenido
en el Artículo l2l§ de  la anterior Constitución, voy
a concluir señor Presidente,  cuando este Artículo dice
exactamente "Corresponde a la  zona donde los recursos naturales
están ubicados  una participación adecuada en la renta
que produce su explotación, en armonía, ojo, con una
política descentralista, en armonía con una
política descentralista; su procesamiento se hace
preferentemente en la zona de producción".
Es decir, señor,  en el Artículo 8l§ en el
Párrafo tercero, no se habla  con claridad, ni siquiera se
recoje aquello que el Presidente de la República  -por
ejemplo- en el Cusco comprometió públicamente cuando
dijo que había que estudiar la posbilidad del retorno al
proceso de Descentralización, vía Regiones,
señor, sería bueno que la Comisión de
Constitución, por intermedio del Presidente pueda realmente
darle un repaso a este último párrafo del
Atículo 8l§ y comprender con mucha claridad,  con claridad
meridiana, y no solamente cuando abordemos el tema de la
descentralizacion, se trate de  hacer un acomodo, señor, de
acuerdo a la cambiante opinión de la población en
cuanto a encuestas.
Por eso planteamos, señor, de que pueda hablarse con mucha
claridad y se pueda incluir, "corresponde  a los municipios
distritales, provinciales y a los gobiernos regionales
correspodientes, conforme a ley, recibir una participación
adecuada del impuesto a la renta", etc. etc., cosa que de esta forma 
poco a poco vayamos derivando, señor Presidente de la
Comisión de Constitución,a  lo que va a significar el
gran debate en el tema de la Descentralizacion.
Esto teniendo en cuenta fundamentalmente aquello que
prácticamente ha ido un sopapo para quienes  son
copartícipes de un proyecto de constitución netamente
centralista, al cual hizo referencia en algunos instantes
atrás el congresita Jorge Velásquez.
Hay que tener en cuenta, señor Presidente de la
Comisión de Constitución, que efectivamente la  *ANTE* 
a través de su último Congerso ha dado un gran sopaso,
no solamene a quienes casi tozudamente sigan insistiendo
,señor, en "ese famoso retorno al departamentalismo" cuando
esa delimitación departamentalista nunca, señor, tuvo
autoridades administrativas, nunca  señor tampoco
desapareció.
Muchas gracias Fernando.
El señor OLIVERA VEGA FERNANDO.- (Continuando).- Señor
Presidente, voy a concluir.
Hay otras materias que ciertamente quisiéramos nosotros...
(Sigue turno No. 53).

T-53

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor CUARESMA SANCHEZ...(continuando)...sigan insistiendo,
señor -entre comillas- en ese famoso retorno al
departamentalismo, cuando esa delimitación departamentalista
nunca, señor, tuvo autoridades administrativas, nunca,
señor, tampoco desapareció.
Muchas gracias Fernando.
El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, voy a
concluir.
Hay otras materias que ciertamente quisiéramos nosotros
abundar, como el hecho que en el proyecto de la mayoría
también se ha eliminado aquella norma que era saludable, que
en Presupuesto General de la República no se puede incluir
norma ajena a la materia propia presupuestal. Aunque existía
esa norma constitucional, todos sabemos que se ha dado, pues, una
práctica nociva de desconocimiento de esta norma
constitucional, pero no significa que ya de hecho tengamos que
reconocer el hecho consumado de esta práctica que todos
tenemos que contribuir a rectificar.
Como digo, señor, tenemos otro tipo de aportes, más
allá de expresar nuestra coincidencia con la propuesta del
PPC, expresada por Lourdes Flores, de dar un tratamiento especial al
Poder Judicial, al cual hay que dotarle de rentas si es que queremos
tener un verdadero Poder Judicial con autonomía, con
independencia, con modernidad, y que no sea dependiente ni del Poder
Ejecutivo, ni en lo posible del Poder Legislativo, pues hay que
asignarle rentas especiales; y reconocer también la prioridad
que en materia presupuestal deben de tener los sectores de salud y
educación, señor.
Eso sería todo por ahora. Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Gracias, señor Olivera. Tiene la
palabra el señor Jorge Donayre.
El señor DONAYRE LOZANO.- Presidente:
Yo respeto mucho al doctor Enrique Chirinos Soto, respeto por sus
virtudfes intelectuales, por ser un hombre que domina el derecho;
pero, lamento mucho que en su intervención haya maltratado a
los diputados y senadores que el año 1990 fuimos elegidos por
el pueblo.
Yo quiero recordar que cuando hemos debatido la observabilidad de la
Ley del Presupuesto, uno de los que intervino con claridad para
sostener que el Presidente de la República tenía
facultades para observar la Ley del Presupuesto, he sido yo.
Igualmente, cuando se dictó la Ley de Control Parlamentario,
manifesté que esa ley iba a atar de pies y manos al Presidente
de la República. O sea, que en ese Parlamento
discrepábamos con razón, con argumentos. 
Esta noche hubiera querido decir aquellos argumentos que
utilicé para defender mis puntos de vista, pero
lamentablemente el tiempo no me permite dar estas razones. Pero no
debe venir un parlamentario ahora a tratar de sostener cosas que no
son ciertas. El Poder Ejecutivo, el gobierno de Alberto Fujimori
siempre tuvo mayoría. El golpe de Estado no se ha justificado
ni se va a justificar jamás en la historia de la
República. Tuvo mayoría al iniciar su gestión,
con el apoyo del Partido Aprista, de los independientes que
estábamos acá, y también de algunos grupos de
izquierda.
Posteriormente, cuando se rompe esa unidad con el APRA, pasa a tener
mayoría en casi todos los puntos con Acción Popular,
el Partido Popular Cristiano y Libertad, que no hacían
obstáculo, por el contrario colaborar. El golpe de estado, ya
es hora que se diga, ha sido por otras razones; pero, no debe seguir
echándose la culpa al Parlamento que ha sido disuelto por un
hombre que no supo respetar su juramento ante Dios, ante la bandera,
ante los símbolos sagrados de la patria.
Señor Presidente, yo quiero ahora concretarme al tema del
Canon, porque el canon nace en Loreto en cuanto al Perú,
señor; nace como consecuencia que el 16 de noviembre de
1971...
(continúa en el turno 54)

T. 54

Arturo Ochoa Alvarado         Plenario (Vesp.)    19.07.93
El señor DONAYRE LOZANO.- (Continuando)... nace en Loreto, en
cuanto al Perú señor, nace como consecuencia que el 16
de Noviembre de 1971, brota el primer pozo de petróleo, al
día siguiente el Alcalde de aquél entonces, convoca una
gran manifestación, donde propone un cánon para Loreto.
Propone ese Cánon señor, propone ese cánon, en
virtud que Loreto había sido víctima a través
de su historia, en cuanto a sus riquezas, por parte del Poder
Central.
El primer proyecto sobre el Cánon, nace el año 1973,
a la espera que se apruebe el 26 de Marzo del mismo año, en
virtud que ese día Fernándo Lóres había
entregado su vida por el Perú, por esta patria nuestra, por
esta inmensa nacionalidad a la que se está pretendiendo
renunciar.
Hasta que llega el 3 de Noviembre del año 1976, en que se
aprueba la Ley del Cánon del Petróleo, en la
época de Moráles Bermúdez; pues bien, con esta
explicación, tiene que entenderse que se inicia estas banderas
reinvindicativas en Loreto y que los otros pueblos del interior del
país, reclaman, como ahora hacemos en este Congreso, para
provocar el gran desarrollo integral del país.
El día que algún provinciano, o el día que todos
los provincianos nos preocupemos por desarrollar nuestras Regiones,
el día que los provincianos nos encontremos con nuestra
realidad y escuchemos el clamor de nuestros pueblos, ese día
Presidente, el Perú se va a desarrollar integralmente.
Y esta es la preocupación encendída mía, de
pedir a cada provinciano, que se preocupe de la tragedia de su
pueblo, que procure que su pueblo tenga lo que nunca tuvo, que deje
de ser la despensa de la Capital, que las provincias dejemos de esa
indiferencia de permitir, que la Capital de la República se
lleve nuestras riquezas.
Ya es hora que las riquezas de las provincias, queden para los
provincianos. 
Entonces, el Perú va a ser un país desarrollado
integralmente. 
Mientras que nuestros recursos naturales, no sirvan para promover
nuesstro desarrollo, mientras que nuestros recursos naturales
provincianos, sigamos entregando a la Capital de la República,
no sólo estamos destruyendo nuestras provincias, si no estamos
destruyendo también el destino del Perú, que debe
desarrollarse en todas sus partes componentes.
El Perú no puede seguir siendo Lima, el Perú tiene que
seguir siendo ese todo, que está compuesto por las provincias,
por los distritos, por los villorios, por eso reclamo yo, en
síntesis Presidente y para terminar, que los Recursos
Naturales de cada Región, en un cincuenta por ciento,
así debe servir para el desarrollo de esa zona. 
En un cincuenta por ciento, como años atrás en el
primer proyecto del Cánon del Petróleo, yo decía
que ese diez por ciento, debe ser contado en boca de pozo, esta era
la denominación original, lamentablemente no ha sido
así, se puso tal cual se está colocando en este
artículo constitucional y con ello las interpretaciones van
a surgir, de acuerdo a cada Ministro de Economía que sea
nombrado, por eso las provincias corren riesgo y en este
artículo, tenemos que buscar los provincianos, un consenso que
determine que nosotros podamos regresar a nuestros pueblos.
De lo contrario, sentirán verguenza los provincianos de
regresar a su tierra, termino Presidente, planteando una
Cuestión Previa.
Hace días que vengo planteando señor, hace días
que vengo diciéndo que el Tribunal de Honor que hemos nombrado
acá, se está prestando para corruptelas en el Poder
Judicial, avisé, anuncié en la Comisión de
Justicia y ese Tribunal, mal denominado "de Honor" que no tiene
honor, está recibiendo consejos, orientaciones
políticas, para sacar a todos los actuales Vocales, que
están cumpliendo responsablemente su deber.
Ese Tribunal de Honor, que no tiene honor, porque aquí se
comentaba de dinero, de dinero que estaba pidiéndo, este
Tribunal tiene que ser investigado...
(Continúa en el turno No. 55)...

T-55

(Plenario Vesp)       
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C.      19-07-93
El señor DONAYRE LOZANO.-(Continuando)... políticas
para sacar a todos los actuales vocales que están cumpliendo
responsablemente su deber.
Ese Tribunal de Honor que no tiene honor porque aquí se
comentaba de dinero que estaba pidiendo, este Tribunal tiene que ser
investigado.
El señor PRESIDENTE.- (Interrumpiendo) Señor Donayre,
faltan varios congresistas y le pido concentrarse en el tema para que
pueda dedicarse a ese punto.
El señor DONAYRE LOZANO.- Nacional, es una cuestión que
tiene que ver con la administración de justicia, es algo que
tiene que ver, señor, con lo mas sagrado que tiene un pueblo,
administrar justicia; y no se puede administrar justicia cuando un
Tribunal de Honor, señor, a quien yo venía apuntando 
hace unos días, avisando que hay coimas de por medio, que lo
está manteniendo.
Yo pido que ese Tribunal por ley sea desintegrado, Presidente.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Siura.
Yo le pido al señor Siura a estas alturas por hacer lo mas
breve las interrupciones, porque no vamos a levantar la sesión
hasta que no terminemos absolutamente todo y que sea tema debatido. 
Eso yo les pido a todos los congresistas, la flexibilidad que la
Presidencia ha tenido con cada uno de ustedes, yo les pido la misma
reciprocidad para terminar el debate de este capítulo.
Señor Siura.
El señor SIURA CESPEDES.- Gracias,  Presidente.
Le puedo asegurar, Presidente, que yo no voy a defender algún
amigo que esté esperando la ratificación como Vocal
Supremo, si me permiten colegas voy a atender la sugerencia del
Presidente; voy a defender al pueblo peruano que por años ha
sido estafado y engañado por muchos políticos,
politiqueros que felizmente ahora el pueblo está
conociéndolos muy de cerca.
Quiero, Presidente, en primer lugar además de los que ha dicho
acá el congresista Chirinos Soto, que ha dicho cosas muy
acertadas, muy precisas, las cuales suscribimos como bancada y no
porque él sea oficialista sino porque realmente responde al
raciocinio que todo buen peruano espera de sus gobernadores.
Señor Presidente, yo quiero referirme al rol fiscalizador de
Estado en la Constitución del 79.  Los Congresos, fija la
Constitución del 79, a través del artículo 200
de la Constitución que a través de la creación
de la Cuenta General de la República le permite revisar los
egresos, la forma que se ha ejecutado los presupuestos cada
año, resulta, señor Presidente, que se trata de que
después de que se ha distribuído a través de la
Ley de Presupuesto todo el dinero fiscal posible, esta 
Constitución le daba hasta dos años para que ese
Congreso pusiera al debate el informe de la Comisión de la
Cuenta General de la República.
En qué consistía ese informe que tenía que poner
al debate? Eran los informes de los gobieros locales, o sea las
municipalidades, las empresas estatales, las instituciones
públicas, las universidades y también de los gobiernos
regionales.
Pero, señor Presidente, la gran verdad es esta, una cosa era
el enunciado en la Constitución, artículo 200, y otra
cosa era la realidad, no solamente por aquello que tenía la
obligación de presentar sus informes, cito un ejemplo: Mas de
mil setencientas municipalidades existentes, mil setecientos informes
debieran haber  y a la Contraloría no llegaron mas de mil
informes, mas de mil Concejos Distritales, entre concejos distritales
y provinciales, no presentaban sus informes.
No digo nada de las universidades porque solemente eran dos o tres
universidades en el país que presentaban sus informes; y no
digo nada de los gobiernos regionales porque ninguno, señor
Presidente, ninguno presentó el informe de la
asignación presupuestal que se les entregó.  
Yo preciso esto, señor Presidente, y dije no solamente por
aquellos que teníanla obligación de presentar,  que
finalmente esto llegaba a la contaduría, bien lo dijo el
señor Ocharan aunque eso no se menciona en la
Constitución del 79 porque es parte del proceso, y la
contaduría después de conciliar los documentos que
presentaban, corregían y ayudaban, ésto pasaba a la
Contraloría, la Contraloría tenía, todo este
proceso...
(Continúa en el Turno N§ 56)

SESION PLENARIA          (VESPERTINA)

T- 56

TRANSC.  SRA. TANIA PODESTA CARDENAS              19-07-93
El señor SIURA CESPEDES.- _(continuando)_ contaduría,
bien lo dijo el señor Ocharan, aunque eso no se menciona en
la Constitución del 79 tampoco porque es parte del proceso y
la contaduría después de conciliar los documentos que
presentaban, corregían y ayudaban, ésto pasaba a la
Contraloría.
La Contraloría tenía y todo este proceso duraba dos
años, Presidente, para revisar toda esta documentación,
la poca que llegaba, la poca documentación que se presentaba.
Finalmente la Contrlaoría con sus observaciones no
sólamente por lo que no habían presentado sino porque
había algún asunto delicado que tenía que
tratarse en el Congreso ya sea para sancionar  destituyendo o
quizás denunciando ante el Poder Judicial, presentaban su
informe a este Congreso.
En este Congreso, señor Presidente, Cámara de Diputados
y Senadores había una Comisión Bicameral así
como la de Presupuesto, una Comisión Bicameral, Revisora de
la Cuenta General de la República. Se encargaba de revisar
todo lo que presentaba la Contraloría; y entonces preparaban
su dictamen.
Por doce años desde la creación de la
Constitución se presentaron los informes para que sea debatida
aquí en el Pleno. Pero, señor Presidente, yo quiero
decir y quiero decirle a todo el país, la verguenza, el
baldón que tiene el Congreso, los Congresos desde el
año 80 hasta el 90 y hasta el 91 inclusive cuando no se
debatió aquí los dictámenes de las Comisiones
Revisoras que presentaron aquí sus informes con sus
observaciones.
Es decir, señor Presidente, como aquí se habla mucho
de castrar los Congresos, se castraron su facultad de fiscalizar,
hago la excepción del año 81 que fue el único
año que sí se presentó y se debatió y se
aprobó mediante ley; es decir, no llegaron los estados
financieros  y el Congreso, señor, no se pronunció. 
Yo creo, señor Presidente, que ésto es lamentable, es
triste, pero el pueblo, señor Presidente, sencillo que no
entiende quizás de estas cosas, el pueblo que necesita el
dinero fiscal se hace la pregunta, de todos los que estvieron los
ciento ochenta diputados y sesenta senadores, yo entre uno de los
diputados; la pregunta es, por qué, señor Presidente,
por qué nunca este Congreso -repito- con excepción del
81, no debatió aquí, no se permitió que las
observaciones que tenan las comisiones de la Comisión Revisora
de la Cuenta General de la República con sus observaciones
fuera debatida aquí y se señalara a los responsables.
Por qué, señor Presidente?
Gran pregunta, dónde estaban los frentes moralizadores,
dónde estaban los moralizadores de ese tiempo? Señor
Presidente, yo puedo decir que ningún partido, ningún
parlamentario se pronunció, nadie reclamó porque todos
estaban abocados en la nueva Ley de Presupuesto.
Qué pasó, no les gustaba el control, qué
querían, señor Presidente? Y entonces la
Constitución del 79 se vuelve sólamente una formalidad
rechazada frente a una realidad aceptada. Había sólo
un diario que es a nivel nacional y en ésto sí quiero
darlo a reconocer, era el diario El Comercio. El diario El Comercio
le dedicó varias veces, señor, repetidas veces
hacía las observaciones a este Congreso para que atendiera la
Cuenta General de la República.
Yo creo, señor Presidente, que ésto nos debe sevir de
lección, yo no quiero señalar nombres ni quiero decir,
pero quiero que ésto nos debe servir de lección porque
el Congreso y los Congresos hacia adelante nunca deben renunciar a
su deber de fiscalizar; y por eso es que la Contraloría,
señor Presidente, debe ser una entidad que debe ser
reaspaldada por nuestro Congreso.
Es cierto, el Ejecutivo propone, pero es el Legislativo el que
designa. El Legislativo tendrá toda la fcultad para decirle,
no Ejecutivo la persona que usted propone no es suficiente. Y
esperará a que el Ejecutivo haga otra propuesta; el Ejecutivo
propondrá y el Legislativo será quien designe; es
decir, una responsabilidad compartida porque si sólamente es
el Legislativo esto terminaría politizándose.
Yo quiero, señor Presidente, señalar que en el
artículo 84§, donde dice que el Congreso no tiene iniciativa
para crear aumentar gastos públicos_
(CONTINUA EN EL TURNO - 57)

T.57

Justo Frías López   19-07-93   Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor SIURA CESPEDES.-
(Continuando)...politizándose.
Yo quiero, señor Presidente, señalar que en el
artículo 84§, donde dice que el Congreso no tiene iniciativa
para crear, aumentar gastos públicos, creo que esto es
prudente; porque a pesar de que ésto mismo decía en la
Constitución anterior, este Parlamento se volvía un
correrío de ofertas y demandas, promesas. 
Por eso es que algunos, también electores y también
algunos aquí -ya lo hemos escuchado- algunos electos
congresistas ahora, piensan que el estar aquí como
legisladores es conseguir dinero para el puente, para el aeropuerto,
para la chacrita, para la ayuda eléctrica. Es, señor,
olvidar nuestra función inherente: Legislar y fiscalizar.  Es
el Ejecutivo quien debe ejecutar, y entonces esto es buscar el
equilibrio, el equilibrio de los poderes. Yo creo que, Presidente,
ese es un gran error; reclamar eso es confundirse a sí mismo.
Hubo, señor Presidente, una directiva y alguien que
pertenecía ahí, no precisamente a Cambio de 90, que se
dio el lujo, señor Presidente, de recorrer todas estas mismas
curules ofreciendo dos millones a cada uno: sí, dos millones
te pongo y tráeme el proyecto. Lo digo porque esto es algo que
no debe repetirse, es decir, las Comisiones de Presupuesto eran las
más peleadas, las más discutidas para poder
distribuirse los lowys, el trueque y ahí buscar, señor,
chantajear quizás a los ministros. 
Y cuando se dice que aquí nosotros hemos aprobado el
Presupuesto del 91, yo creo que miente el mentiroso, y miente y
miente y miente; pero nosotros los que estuvimos aquí sabemos.
Y yo quiero hacer recuerdo a los que estuvieron en ese Congreso,
aquella noche cuando se aprobó el Presupuesto del 91 los de
Cambio de 90 nos pusimos de pie antes de votar, porque creimos
irracional aprobar un presupuesto que superaba en más de dos
millones de dólares ese presupuesto; y nos retiramos y no
votamos. No fue unánime, a nosotros no nos correspondió
esa responsabilidad y por eso es que aprobamos la observación

que hizo el señor Presidente de la República que era
la única persona de acuerdo a la Constitución que
podía ayudar a que no se desequilibre el Presupuesto. 
¨Qué es lo que se quería? Todos lo sabemos,
señor Presidente, los que estamos queriendo que realmente se
levante el país; se quería desequilibrar, es decir, se
había ofrecido en todo lugar la construcción de varias
obras para que después en el transcurso del año decir,
el Ejecutivo es el que no permite a pesar de estar en la Ley de
Presupuesto.
Yo termino, Presidente, diciendo que el artículo 146§ de la
anterior Constitución, creo que sí y eso recojo de la
minoría, cuando dice que debe supervigiliar la
ejecución -refiriéndose a la Contraloría-
supervigilar la ejecución de las operaciones de la deuda
pública. Creo que eso sí la recojo. Y en el 89§ de
nuestro proyecto, cuando se habla de la Contraloría, que se
agregue que debe ser un organismo descentralizado.
Termino, Presidente, diciendo que no debemos buscar desintegrarnos.
Si es con la venia del Presidente, con todo gusto.
El señor PRESIDENTE.- Extremadamente breve señor
Chirinos.
El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, yo no voy
a contestar, no tengo por qué contestar a la pequeña
demagogia que se ensaña conmigo o a los niños goyitos
que le sirven de vocero. Pero sin embargo se debe dejar establecidas
algunas claras. 
Yo no me proclamado de la mayoría, señor Presidente,
porque no pertenezco a ella, ni de la oposición porque tampoco
pertenezco a ella; estoy en el mismo sitio en el que estuve antes de
las elecciones. Nosotros dijimos: Ni con la mayoría ni con la
oposición, con lo que conviene al interés del
país. Hoy al interés del país le conviene que
yo apoye este capítulo que ojalá no sea destrozado por
la Comisión Principal; mañana, señor Presidente,
y lo verá el país felizmente, me apartaré de la
mayoría en puntos esenciales.
Muchas gracias señor Siura.
El señor SIURA CESPEDES.- He hecho esta concesión,
señor Presidente, porque dije al comienzo que suscribía
lo que había dicho el doctor Chirinos anteriormente. 
Presidente, por el país, con las observaciones que he
señalado, concluyo mi exposición.
El señor PRESIDENTE.- Señor ingeniero Celso Sotomarino
tiene la palabra.
El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Señor Presidente...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 58  )

T-58

ROBERTO OSHIRO T.                       19-07-93

PLENARIA  -   VESPERTINA
El señor SIURA CESPEDES.- ...(Continuando) ...anteriormente.
Presidente, por el país, con las observaciones que he
señalado, señor Presidente, concluye mi
exposición.
El señor PRESIDENTE.- El señor ingeniero Celso
Sotomarino tiene la palabra.
El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Señor Presidente, es muy
entretenido ser político, es muy divertido, porque uno ve como
deambula el espíritu humano supongo que en busca de la verdad;
no me quejo de que hayan cambios pero me quejo de algunas cosas y las
voy a ir puntualizando. Pero donde me ha resultado siempre más
irónica y más risible la política ha sido cuando
poderosas mayorías que se creían imbatibles, eternas
e incambiables terminaban cambiando. 
Cuando se hace críticas malévolas fuera del Parlamento
para decir, hay que hacer renovación por tercios, por mitades
o hay que poder despachar fuera todo el Parlamento, es gente que no
se ha fijado que ha ocurrido con los últimos Parlamentos. Fue
así, de la Asamblea Constituyente pasaron al Congreso
Ordinario 40, que resultaron ser 17% de los 240 Parlamentarios que
hubo en el régimen del 80 al 85 y de ese régimen hacia
el régimen Aprista, no pasaron creo que ni el 15%, y del
régimen Aprista al actual Parlamento al que despacharon el 5
de Abril, no pasaron otra vez, creo que ni el 17%, de este Parlamento
tampoco van a pasar. 
Y cuando a los Apristas ensoberbecidos les decía
háganle cariño a sus escaños, porque
probablemente no los van a volver a ver; me da ganas de decirle lo 
mismo a esta mayoría también, háganle
cariño a sus escaños, porque probablemente no van a
volverlos a ver, sobre todo si uno se pone en contra del Perú,
sobre todo si, en lo que es poner recursos en favor de las Regiones
del país, de los Departamentos, de los lugares del país
-como querramos llamarlo por razones de nomenclatura- nos ponemos a
especular en manera de ser muy receptivo. 
Yo hablé por teléfono interno con el doctor Torres y
Torres Lara, referente al artículo 81§, este en que se habla
de que corresponden a los Municipios conforme a Ley recibir una
Renta, etcétera, ectcétera. Y esta vez una Renta
solamente referido al impuesto a la Renta, o sea, ese solo rubro. Y
le decía en un contrato petrolero de los actuales, la mitad
del petróleo va a Petro Perú y con la otra mitad se
quedaba la compañía, esta asumió los costos,
sobre esa mitad los costos del total y luego como impuesto a la Renta
estaba incluído también en este 50%, tanto que la otra
mitad iba al Estado y de esa mitad ya no habría ninguna
participación para las Regiones como por ejemplo Loreto.
Yo le decía que, bueno que quede así porque, creo que
la voluntad de hacer las cosas aquí no da para más, por
eso, es que vengativamente espero, vengativamente espero que apenas
la situación quede superada, estemos en condiciones de cambiar
esto. Creo que esto tiene que ser cambiado porque siempre prometen
y no es justo, no es justo ese centralismo que explota al resto del
país. 
Hecho este descargo de mal humor porque creía que, se me
había dicho que había circulado entre la mayoría
una versión que me parecía mejor, que decía que
corresponde a las zonas conforme a Ley recibir una
participación adecuada de los ingresos que genere para el
Estado la explotación de sus recursos naturales. Este texto
me parecía muy aceptable, pero no pasará, es la
voluntad de la mayoría.
Que los tributos tienen que ser materia con la que tiene que ver
exclusivamente el Congreso, que duda cabe, eso tiene que ser
así. 
Que los Gobiernos Regionales y Locales o cualquier nombre que se le
quiera dar, puedan crear, modificar y suprimir tributos dentro de su
ámbito, dentro de las limitaciones que la Ley señala,
tiene que ser así.
Pero cuando se habla de que el Estado garantiza el pago de la deuda
pública que contraen los Gobiernos Constitucionales, el punto
que tanto ...
(Continúa en el turno N§ 59)

T-59

Jorge Anamaría    PLENARIA    Vesp. 19-7-93
El señor SOTOMARINO CHAVEZ..(continuando)..de que el Estado
garantiza el pago de la deuda publica que contraen los gobiernos
constitucionales, el punto que tanto defendió el doctor
Moreyra, que quería que "el Estado garantiza el pago de la
deuda  que contraen los gobiernos constitucionales de acuerdo a la
Constitución y la ley", él daba una fórmula que
me parece bastante razonable, después de pensarla mas.
Cuando estamos hablando en el Artículo 80§ que las obras y
adquisiciones de suministros con utilización de fondos o
recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrato,
o sea, ya no hay obras por administración y licitación
pública asi como la adquisición o en la
generación de bienes para las obras mayores con este
artículo debe estar muy, muy contento CAPECO; y para las obras
menores hay concurso, etc. Bueno, el artículo está mas
o menos dentro de lo que se podía esperar.
La gestión económica del Estado y la gestión
financiera se rigen por el presupuesto, el presupuesto asigna
recursos y se habla en otra parte, de cómo es que se
podría prorrrogar el presupuesto por dosavos. Esta fue la
versión  propuesta. Esta Ley de Presupuesto se empieza a
elaborar aproximadamente en el mes de marzo y se termina de elaborar
en el mes de agosto, su aprobación es en el mes de diciembre.
Los supuestos económicos, los macro supuestos del mes de marzo
no son por fuerza los mismos vigentes en el mes de diciembre y es por
eso que se decía que el proyecto iba a la Comisión
Bicameral de Presupuesto en la cual se debatía, los ministros
venían, se hacia todo un trabajo que no era el trabajo
malevolente, de que se habló por cierto señor
parlamentario, no; era un trabajo bastante bien hecho, bastante
racional. Se trabajó muy a fondo en estas cosas, solo no
ví qué ocurrió en la primera parte de este
gobierno.
Y si el Presidente del Consejo de Ministros hace suyo el proyecto que
se elaboró o que se discutió, que se debatió,
que en fin se perfeccionó con el concurso de todos los poderes
del Ejecutivo al interior de la Comisión de Presupuesto este
nuevo proyecto viene siendo ahora el proyecto del Poder Ejecutivo;
y por tanto, este nuevo proyecto que ya toma en cuenta las
modificaciones de los macro parámetros del país, puede
con toda seguridad ser aprobado al 15 de diciembre, porque por las
buenas o por las malas tiene que estar aprobado, porque sinó
entra en vigencia el proyecto nuevo, el aceptado por el Poder
Ejecutivo que fue el caso del Ministro Boloña que he escuchado
que lo hizo acá, lo leí en los periódicos porque
no estaba acá y me pareció un trámite
perfectamente normal.
El Poder Ejecutivo, entonces, está claramente  en la
salvaguardia de que el presupuesto está aprobado el 15 de
Diciembre.  El proyecto ahora modifica el final de agosto con el 15
de Setiembre para la entrega del proyecto presupuestal; pero no hay,
no cabe estar hablando de prórroga por dosavos, porque ese
caso no se puede dar a menos que exista la voluntad tanto del
Ejecutivo como del Legislativo de boicotear el proyecto
simultáneamente, actitud que no es creíble porque
alguien tiene la paternidad de ese proyecto.
En cuanto se refiere a sus modificaciones parciales ese proyecto es
un proyecto a propuesta del Ejecutivo con conocimiento de quien
después podría invalidar una parte del proyecto. Bajo
su supervisión es que los ministros vienen y debaten en la
Comisión de Presupuesto; y finalmente, ese proyecto no tiene
que tener discrepancias grandes de fondo con los puntos de vista del
Poder Ejecutivo a menos que el Presidente de la República en
forma caprichosa quiera demostrar la fuerza de su poder para hacer
-como se dice en el argot criollo- morder polvo al parlamento que
algo de esto tuvo la última vez.
Entonces, no puedo creer ni que el sistema era imperfecto ni que era
perfecto en cuanto no se podía de repente establecer alguna
influencia sobre cosas menores, no sobre las cosas mayores; pero, de
cualquier modo no cabe la tesis de los dosavos, yo estoy
absolutamente en contra de la tesis de que se prorroga por dosavos
si es que no ha sido aprobado, el presupuesto tiene que estar
aprobado ..
(SIGUE EN EL TURNO 60)

PLENARIA     VESPERTINA     19-07-93

T-60

TRANSCRIPTOR :    Julio Vera Barreto                Anexo 172
El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- (Continuando)... no sobre las
cosas mayores, pero de cualquier modo no caba la tesis de los dos
avos; yo estoy absolutamente en contra de la tesis que prorroga por
dos avos, si es que no han sido aprobadas. 
Este tiene que estar aprobado el 15 de diciembre, vía la
sanción del legislativo,  vía al expropiación
que el Ejecutivo hace del proyecto de la Comisión de
Presupuesto.
Cuando se habla de que los préstamos no interviene como parte
del ingreso fiscal, también se esta  hablando de una cosa
teoricamente correcta, en la práctica funciona de otro modo.
En la práctica los ministros de Economía y Finanzas,
todos sabemos que tiene un poder muy grande y que respecto de algunas
cuentas, se han hecho muchas veces a partir de la iniciativa del
Ministro, las cuentas en la medida de la menor coveniencia del Poder
Ejecutivo, cuado se habla de que la cuenta general de la
República, no ha sido debatida aca. 
Esta es una iniciativa que corresponde al propio gobierno presentar 
el proyecto; y en su mayoría tiene que poner las cosas en
debate, entre paréntesis, me notifico que la mayoría.
Esta mayoría lo va hacer, hasta ahora no lo ha hecho, asi que
las críticas que hacen al antecedente todavia no es una
critica válida.
En cuanto se refiere a que los Congresistas, no el congreso, los
representantes al Congreso; no tienen iniciativa para crear ni
aumentar gastos públicos estoy absolutamente de acuerdo, si
esa facultad no existiera, habría inmediatamente la
generación de un presupuesto paralelo, que sería la
muerte del presupuesto regular, no habría niguna razón
para hacer un presupuesto, si los parlamentarios tuvieran esa
facultad.
Porque todos competiríamos,  por procurar hacer cosas para
nuestros lugares de la mayor representación, de tal manera que
algunos por buscar la reelección y otros por un sentido de
consecuencia, con quienes los elegieron,  estarían buscando
de obterner partidas desesperadamente; al punto  que para nada
valdría la pena presupuestal ni la caja única, ni nada,
porque todo se volvería un desvarajuste sin ningúna
duda.
Esto de que los ministros vengan aquí a sustentar cada uno sus
pliegos de egresos; ya lo dijo el señor Carrión  puede
ser muy buen propósito, pero eso de práctica realmente
incumplible, el tiempo que lo tomaría al parlamento el debate
de esta manera, sería seguramente un tiempo muy grande del
cual no se dispone.
Yo no se si hay algunos artículos que se pueden criticar
más o menos; pero hay  algo en la Constitución pasada,
que tal vez valdría la pena de mencionar. Es el
Artículo142§, confieso que me falto continuidad en este
artículo; yo lo propuse y me faltó la continuidad de
hacer la ley que los regulara pero necesitaba mucha
circulación con el Poder Ejcutivo y cada ve vez que empezaba 
a hacer esa circulación; la gente del Poder Ejcutivo se me
escapaban y no lo pude culminar, pero esta artículo que dice:
la tributación, el gasto y el endeudamiento público,
guardan proporción con el Producto Bruto Interno, de acuerdo
a ley, es un dispositivo que permite el ordenamiento de la
ambientación del país.
Este dispositivo, debería de quedar comprometiéndonos
a hacer la ley correspondiente, yo creo muy importante y lo voy a
repetir, la tributación, es porcentualidad, según esta
propuesta del Producto Bruro Interno. 
El gasto público o sea el presupuesto  del gobierno central,
es proporcionalidad del PBI, y el endeudamiento público es
igualmente una porcentualidad, con un dispositivo de esta clase, un
ley atrás no podria haber los escasos que nos condenaron los
gobiernos militar y aprista; de poner una cantidad que no conforme

de deuda  pública especialmente externa.
No permitiría tampoco hacer manejos de la presión
tributaria absolutamante irregulares y demagógicos a
través de una política de inflación
deliberadamente...
(Continúa en el Turno N§ 61)

T 61

PLENARIA (Vespertina)                   l9.7.93
Sección Transcripciones Magnetofónicas
Transcriptor: Oscar Lara Gonzales.

El señor  SOTOMARINO CHAVEZ...(continuando)...especialmente
externa.
No permitiría tampoco hacer  manejos de la presión
tributaria absolutamente irregulares y demagógicos a traves
de una política de inflación deliberadamente producida.
Creo que en general  quería hacer algunos aportes quizá
menores, porque Ocharán, Lourdes, ya habían hablado 
extensamente sobre los que son punto devista del Partido; sólo
por eso quise poner  algunos puntos de vista adicionales, y sobretodo
llamar la atención, respecto  de algunas cosas que ya quedan
dichas.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias ingeniero.
Tiene la palabra el señor Samuel Matsuda.
El señor MATSUDA.- Gracias señor Presidente, en buena
parte de la sesión  matinal y durante toda esta sesión
vespertina hemos estado asistiendo a un debate muy interesante y
didáctico sobre materia tributaria y presupuestal.
Después de casi 7 horas ya algunos creo que tenemos
"presupuestitis". 
Voy a referirme a un aspecto muy puntual. Pienso que las normas,
especialmente las  relativas a asuntos de procedimientos o
fijación de plazos, deben ser normas factibles de cumplirse,
en otras palabras, hay que acercar la normatividad a su real 
posibilidad de cumplimiento; decir por ejemplo, debemos construir
castillos en el aire, es algo imposible, por lo tanto incumplido.
No tiene sentido   normar sobre algo que apriori sabemos  que no
vamos a poder cumplir y este es el caso del  Artículo 88§, que
en su primer párrafo a la letra dice: "La Cuenta General de
la República, acompañada del informe de
auditoría de la Contraloría General,se remite por el
Presidente de  la República al Congreso, el 28 de julio del
año siguiente, al de ejecución del Presupuesto.
Hemos consultado con funcionarios de la Contraloría General
de la República y que han trabajado en la recopilación
de informaciones para poder auditar la Cuenta  General, y nos han
dicho que es materialmente imposible que esto pueda cumplirse en la
fecha fijada del 28 de julio. Por lo tanto ,consultado con ellos, nos
han manifestado que una fecha adecuada sería el l5 de
noviembre, o  sea más o menos lO meses después de
haberse ejecutado.
Este es el aporte que hacemos para que  sea modificado el plazo
fijado en el Articulo 88§, en vez del 28 de julio hasta el l5 de
noviembre .
Me pide una interrupción el doctor Ferrero, con su venia
señor Presidente.
El señor FERRERO COSTA CARLOS.- (Interrumpiendo).- Presidente
yo no quería que terminara la noche sin que se levantaran por
lo menos en el recuerdo de los presentes, las afirmaciones  un poco
responsables de  un colega que está ausente y por eso que no
voy a calificar. Hace unos minutos dijo el señor Donayre que
el Tribunal de Honor que este Congreso ha creado, actuaba de manera
arbitraria e irregular.
Señor cuando se hacen afirmaciones así, primero  hay
que probarlas. Este Congreso  no sólo nombró al
Tribunal sino que confirmó sus decisiones, casi
unánimemente, y por lo menos, en lo que se refiere a esta
bancada, reconfirma su confianza en la honorabilidad, en la decencia
de los miembros del Tribunal, e invoca a cualquier congresista que
tenga reclamos de esa naturaleza que hacer, que lo formule en el
momento adecuado...
               (Sigue turno No. 62).

T-62

SILVIA ALEGRE LUCAR      19-07-1993     PLENARIO: VESPERTINA
El señor FERRERO COSTA...(continuando)...invoca a cualquier
congresista que tenga reclamos de esa naturaleza que hacer, que lo
formule en el momento adecuado y con las pruebas correspondientes.
El señor MATSUDA NISHIMURA.- Con su venia, señor
Presidente, me pide una interrupción el doctor Barba.
El señor PRESIDENTE.- Ya había usted concluído,
usted le está dando.
El señor BARBA CABALLERO.- Unos segundos.
Yo solamente quiero recordarle al señor Ferrero su pedido con
respecto a la intervención de Fernando Olivera, en el sentido
de que no es ético atacar un hombre que no está
presente y que no puede defenderse.
Por otro lado, yo no tengo ningún reparo en reconocerle
seriedad al diputado Donayre, y si él se ha permitido decir
lo que ha dicho, me imagino que mañana podrá probarlo.
Lo que yo sí quisiera decir es que no adelantemos conclusiones
y esperemos a ver que pasa, no?
El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Barba. Tiene la
palabra el señor Henry Pease.
El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente:
A estas alturas tenemos que hacer un esfuerzo por ser breve.
Me pide el doctor Flores-Aráoz, con todo gusto, si la
Presidencia no se opone.
El señor PRESIDENTE.- Con mucho gusto mientras cumplamos el
compromiso, vamos a terminar de debatir todo.
El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA.-(interrumpiendo) Gracias
señor Presidente Y gracias señor Pease.
Soy integrante de la Comisión de Justicia, he tenido muchas
discrepancias respecto a la constitución del Jurado de Honor
de la Magistratura, podemos tener discrepancias también en sus
conclusiones; pero en lo que sí, señor, tengo que dejar
clarísima constancia es de la calidad profesional,
ética y solvencia en todo sentido: jurídico,
profesional, personal, ético de todas esas personas.
Gracias señor Presidente.
El señor PEASE GARCIA.- Le cedo también una
interrupción al doctor Fernández Arce, con la venia de
la Presidencia.
El señor FERNANDEZ ARCE.-(interrumpiendo) Precisamente, yo
también me encuentro sorprendido con las expresiones del
doctor Donayre, y quiero reafirmar en este momento mi
plenísima confianza que los miembros del Jurado de Honor, que
siempre han hecho honor con su presencia y con su nombre, y no tengo
ninguna duda de su calidad y de su integridad tanto intelectual como
moral. De tal manera quiero deja constancia plena de mi
plenísima confianza en este Jurado de Honor, que hace honor
acá y el cualquier parte del mundo.
Muchas gracias, gracias señor Pease.
El señor PRESIDENTE.- Continúe, señor Pease.
El señor PEASE GARCIA.- A estas alturas del debate,
señor Presidente, creo que hay una cuestión central,
que planteamos en las primeras horas del debate, que han planteado
otros congresistas, y que no sólo tiene relación con
el Presupuesto, sino tiene relación con el tema del equilibrio
de poderes. Y me refiero tanto al artículo que señala
que el Congreso no tiene iniciativa de gasto, cuando la
Constitución actual dice que el representante no tiene
iniciativa de gasto. Cómo a la propuesta que hemos hecho,
agregando al Artículo 85§, que no sólo deban venir los
Ministros a tratar sobre su pliego, sino que el Congreso vote las
prioridades para el gasto público del ejercicio. 
Esto es central, porque el Parlamento tiene que tener la capacidad
de decidir efectivamente el rumbo del gasto público, esto es
esencial, y no vale decir que los Parlamentos de los Reyes Absolutos,
cuando comenzaba la historia del Parlamento, eran Parlmentos que
sí podían tener estas atribuciones y los actuales no.
Porque si revisamos las Constituciones vamos a encontrar que en la
mayor parte de la democracia en el mundo, los Parlamentos son
definitorios en estos dos elementos: Tributos y definición del
gasto. Si no quieren estudiar las Constituciones recuerden los
períodicos, cuantas veces....
(continúa en el turno 63)

T. 63

Arturo Ochoa Alvarado    Plenario (Vesp.)   19.07.93
El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)... la democracia del
mundo, los Parlamentos son defiitorios en estos dos elementos,
tribtutos y definición del gasto.
Si no quieren ver las Constituciones, recuerden los
periódicos, cuantas veces Reagan o Bush no veían
aprobadas sus demandas para que el Parlamento apruebe dinero para los
contras? -por poner un ejemplo- o para la ayuda militar al
Perú? -por poner otro ejemplo-
Y las cuestiones se dilucidaban en las Comisiones Parlamentarias
correspondientes, no hagamos aquí un Parlamento sin estas
atribuciones, creo que esto es central y por eso espero que haya la
flexibilidad suficiente en la mayoría de la Comisión,
para incorporar este agregado que permita votar las prioridades,
porque además hay otra cosa señor Presidente, sí
tenemos que caminar a una lógica más moderna, votar las
prioridades significa por ejemplo, debatir grandes proyectos, no
significa debatir la escuelita de aquí o de allá.
Yo quiero decir a quí una cosa, porque fue el primer contacto
que tuvwe con el Estado. Un estudio que hice cuando empezaba la
Universidad, sobre un Catastro de construcciones escolares y donde
encontré como se operaba el Gasto Público -hablo de la
época de Prado- por que yo estudiaba para atrás
obviamente- y operaba de esta manera: El Parlamentario pedía
que se haga una escuela en tal sitio, el Parlamento lo aprobaba y
luego el Ministerio giraba en el cheque y el vaucher decía:
"entregado al señor Senador, al señor Diputado fulano
de tal, para que lo lleve allá y haga entrega de la primera
piedra".
Pero perdón, en cualquier análisis elemental de ciencia
política, allí se dirá que se estableció
una manera de entender la Representación, en la cual el pueblo
identifica un Parlamentario con realización de obra y perdonen
pues, seamos francos, eso no ha desaparecido, no ha desaparecido
señor y yo, desafío a que hagamos  una
estadística de la gente que recibimos y de las instituciones
que recibimos cada día, nueve de cada diez tienen un pedido
concreto, porque la gente, le interesa la política en
función de cosas concretas.
Claro, ahí hay un comportamiento diferente de la
mayoría y de la minoría, la mayoría sabe que
puede hablarle al oído al Ministro tal o al Ministro cual y
hay veces que le hace caso, hay otras épocas en las que no.
Eso en términos de la gente concreta, en mi opinión ha
contribuído al desprestigio del Parlamento, pero entonces es
por falta de poder, no por exceso de poder, que se ha desprestigiado
el Parlamento y yo no siento que sean corruptelas, todas las que se
mencionan aquí como corruptelas, al hacer referencia a tal o
cual aprobación de Presupuesto en la que no estuve.
Siento que ahí hay un problema mucho más de fondo; y
si no lo absolvemos ahora, en este Congreso, no va a tener el
próximo Parlamento más prestigio que hayan tenido los
anteriores, eso no se resuelve diciendo que la última escuela
y la última acción en el país provenga de una
iniciativa parlamentaria, no se resuelve repartiendo partidas de
iniciativa parlamentaria, pero sí se servuelve deslindando de
tal manera la relación -Ejecutivo-Legislativo que el
Parlamento tenga poder por lo menos, para asignar prioridades y el
parlamentario pueda decir en su pueblo: "Decidimos que este
año, la prioridad de salud es el cólera y por tanto ese
es el órden del gasto".
Creo que esta es la manera de empezar a resolver el problema y esto
empata con un tema sobre el cual se ha discutido bastante, que es el
problema de la Observación del Presupuesto,.
La razón de fondo -y aquí no me ha convencido mi amigo
el doctor Chirinos- más aún, me ha hecho ver que cuando
se le pregunta por un texto constitucional que habla de proyecto de
ley y no de partes de un proyecto de ley, el responde con su Tratado,
pero lo que pasa es que su Tratado no es la Constitución.
No pienso que puede ser observable un Presupuesto que ha sido
preiamente concertado, porque entonces, para qué se concerta,
Porqué el Parlamento concerta con el Ministros de
Economía? Por que el Ministro de Economía representa
al Presidente de la República...
(Continúa en el Turno No. 64)...

T-64

(Plenario Vesp.)      
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C    19-07-93
El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... presupuesto que ha
sido previamente concertado, porque entonces para qué se
concerta, porqué el parlamento concerta con el Ministro de
Economía, porque el Ministro de Economía representa al
Presidente de la República en su sector y cómo
después de que se ha concertado el Presidente puede observar
los concertado.  Creo que ahí hay un desbalance, una
cuestión adicional.
Si estoy de acuerdo con Chirinos en la mañana, cuando
sostenía que es mejor prorrogar por dozavos el presupuesto
porque ahí si podría darse el caso de que el Presidente
observe todo el presupuesto y diga, prorrogo un dozavo el Presupuesto
anterior y no se me para el Estado y en un mes me resuelven esto,
pero le mantiene la atribución al Parlamento, no hace lo que
ya discutiremos cuando veamos el capítulo correspondiente, esa
promulgación y observación a la vez que desnaturaliza
lo aprobado.
Sí, las normas constitucionales, señor Presidente,
tienen que llevar a que el presupuesto sea una concertación
entre Ejecutivo y Legislativo, la mayoría de los
parlamentarios aquí están expresando partes del
Perú, a pesar de que somos un Congreso elegido por Distrito
Nacional Unico, eso tiene que expresarse en el Presupuesto, sino se
expresa en el Presupuesto siempre va haber en los pueblos
cuestionamiento y crítica al parlamento, pero debemos crear
las condiciones para que se expresen en las grandes decisiones del
presupuesto y no en las cosa de detalle ni en los pequeños
amarres, creo que este camino lleva a eso.
Yo espero que la mayoría tenga esta noche tiempo de meditar
y medite, espero que no le pase lo que le pasó en los primeros
capítulos.  Hoy han tenido que marchar aquí los
impedidos para reclamar su derecho, porqué, porque aquí
no hubo la flexibilidad para aprobar la propuesta que les
hacía el MDI rescatando y desarrollando mejor un
artículo de la Constitución vigente, y es que los
impedidos también tienen derecho, tienen derecho a ver que su
particularidad está expresada en la Constitución,
ojalá que en ests caso se comprenda que la flexibilidad los
ayude a ustedes mismos.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor
Nakamura.
El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Señor Presidente: Parece
que yo no estaba en la lista pero de todas maneras quería
hacer un comentario sobre el artículo 78§.
El señor PRESIDENTE.-Si no está en la lista,
señor Nakamura, puede declinar, lo que pasa es que lo
tenía anotado, probablemente haya.
Si ya se trató.
El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Bueno, en realidad yo creo que
ya estoy con la presupuestitis y voy a dejar de hablar, señor
Presidente,  para irnos mas temprano.
Gracias.
El señor PRESIDENTE.- Generalmente tenemos dos oradores, el
doctor Bedoya y el señor Tito Chávez.
El señor BEDOYA DE VIVANCO.- Gracias, señor Presidente.
Yo lamento que no esté presente el doctor Chirinos,
ojalá me esté escuchando en algún parlante en
algún lugar reservado. Lamento que no esté
también el Presidente de la Comisión de
Constitución porque creo que lo que voy a decir es importante.
El señor PRESIDENTE.- Señor Bedoya, le iba a comentar.
El doctor Torres está en un sitio en donde le está
escuchando preparando las últimas ...
El señor BEDOYA DE VIVANCO.- Me alegro, señor
Presidente, me alegro.
Señor, decía la regla principal de cualquier norma es
que esta sea lógica, toda ley tiene que tener una
lógica no existen las leyes ilógicas, he escuchado
varias veces al señor Chirinos Soto y lo he leído
también, afirmando que cuando el Parlamento en el año
91, declaró que la Ley de Presupuesto aprobada no podía
ser observada y en consecuencia la promulgó al no haberla
promulgado el Poder Ejecutivo, he escuhcado al doctor Chirinos an
varias oportunidades decir que eso fue un golpe de Estado
parlamentario.
Señor, yo creo que esa no es una opinión, esa
afirmación yo creo que es una irrespónsabilidad, y me
voy a explicar.  La Constitución señaa que el
Presupuesto debe quedar votado antes del 15 de diciembre, quiere
decir que debe quedar votado el 14 de diciembre y estamos
repítiendo una norma similar; el 15 de diciembre,
señor, terminaba la legislatura ...
(Continúa en el Turno N§ 65)

T.65

Justo Frías López  19-07-93  Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor BEDOYA DE VIVANCO.- (Continuando)...la
Constitución señala que el Presupuesto debe quedar
votado antes del quince de diciembre, quiere decir que debe quedar
votado el catorce de diciembre y estamos repitiendo una norma
similar.
El quince de diciembre, señor, terminaba la Legislatura
Ordinaria. Si bien el proyecto actual no señala cuáles
son las Legislaturas Ordinarias y Extraordinarias, lo cierto del
caso, señor, es que el Presupuesto tenía que ser votado
el catorce de diciembre, el quince terminaba la Legislatura y el
Parlamento entraba en receso. 
El Presidente de la República tenía quince días
para observar la ley, vale decir, del quince de diciembre al treinta
de diciembre; y la Ley tenía que entrar en vigencia el primero
de enero. En un parlamento el receso, o sea, que no podía ser
convocado en menos de veinticuatro horas ni reunirse para sesionar,
obviamente entre esas circunstancias es ilógico pensar que una
ley de presupuesto puede ser observada. 
Más aún, señor, yo quiero, para quienes no
estuvieron familiarizados con esa situación, quiero referirme
al artículo 198§ de la Constitución. Dice: "Si el
proyecto de presupuesto no es votado antes del quince de diciembre
entra en vigencia el proyecto del Poder Ejecutivo". Pero en esta
circunstancia, señor, no se daba la aplicación de esta
norma, esta norma dice, "si el proyecto de proyecto no es votado";
en esa circunstancia sí fue votado, se aprobó una ley
de presupuesto y en consecuencia el Ejecutivo no podía
promulgar su propio proyecto porque ya había una ley de
presupuesto aprobada por el Congreso. Señor, ante esas
circunstancias, el Congreso declaró que la ley de presupuesto
no podía ser observada, lo cual es lógico. 
Pero a qu&eaceacute; tanto brinco si el suelo está parejo. 
Cuando el Congreso aprobó esa disposición,
señor, la aprobó con el voto de Cambio 90 sino no
había mayoría, fue Cambio 90 quien votó. No es
cierto, señor, algunos no votaron; pero sin el voto de Cambio
90 no era posible aprobar esa ley de presupuesto ni mucho menos
aprobar la promulgación por el Congreso.
Pero, señor, acá lo importante de todo esto es que
estamos creando exactamente el mismo problema, el proyecto que
estamos debatiendo establece exactamente lo mismo, establece que el
presupuesto debe ser aprobado antes del quince de diciembre; y
nuevamente estamos aprobando más adelante una norma que
establece que el Presidente tiene quince días para observarlo.
Estamos entrando nuevamente en línea de conflicto y esto yo
lo quiero denunciar.
Yo lo quiero denunciar, señor, en primer lugar, en
previsión de lo que pueda pasar en el futuro; pero lo quiero
denunciar principalmente porque creo que ese artículo debe ser
modificado. 
Yo creo, señor, que la norma debería decir que el
Presupuesto debe ser votado antes del treinta de noviembre. Si el
presupuesto es votado antes del treinta de noviembre, el Presidente
tiene sus quince días para observar la ley total o
parcialmente; y el Congreso podrá reunirse antes del primero
de enero, entre el quince de diciembre y el treintiuno de diciembre,
podrá reunirse para efecto de examinar las observaciones del
Presidente de la República. Si no aprobamos una norma en esos
términos, estaremos nuevamente generando el problema que ya
la historia nos reveló, que causó toda una crisis
institucional. 
Yo creo que ahora estamos en condiciones de preveer esa
situación y resolverla. Más aún, señor,
yo propongo que la norma correspondiente se incluya una frase que
diga que en caso de estar en receso el Congreso al momento en que el
Presidente formula la observación o las observaciones, el
Congreso se entiende convocado en Legislatura Extraordinaria de
inmediato con el solo propósito de pronunciarse con respecto
a las observaciones formuladas por el Presidente de la
República. Creo, señor, que eso es lo que debemos
aprobar.
Pero el señor Chirinos Soto, desconociendo todas esas
circunstancias, o mejor dicho no desconociéndolas,
pasándolas por alto, ignorándolas intencionalmente, ha
venido a afirmar que lo que hizo el Congreso fue un golpe
parlamentario. Señor, eso es tan irresponsable como que
nosotros pudiéramos afirmar que cada vez que el Poder
Ejecutivo lanza un decreto de emergencia invocando el inciso 20) del
artículo 211§ de la Constitución, decreto de emergencia
sólo pára materias....
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 66  )

T.66

Justo Frías López     19-07-93     Anexo: 172
PLENARIA - VESPERTINA
El señor BEDOYA DE VIVANCO.- (Continuando)...un decreto de
emergencia invocando el inciso 20) del artículo 211§ de la
Constitución, decreto de emergencia sólo para materias
de emergencia de carácter económico financiero; en los
casos en que se excede de esas limitaciones y promulga un decreto de
emergencia, nosotros tendríamos que afirmar que el Ejecutivo
está dando un golpe de estado. No, señor, no caigamos
en esas irresponsabilidades.
Pero el señor Chirinos, señor, se ha referido
largamente a si una ley es posible observarla o no en parte. Yo no
veo a qué venía tanta fundamentación,
parecía que no había leído el segundo
párrafo del artículo 193§, el artículo 193§ de
la Constitución actual; y nuestro proyecto obviamente contiene
una norma similiar, establece que el Presidente tiene la facultad de
observar en todo o en parte un proyecto de ley, eso está fuera
de toda discusión. 
No se discute si la Constitución lo señala, lo que no
puede hacer el Presidente, señor, es promulgar parcialmente
una ley por una razón muy sencilla, o por dos razones: una de
carácter jurídico teórica, que es la
razón de la hermenéutica: Toda ley debe tener una
coherencia en sí misma, toda ley funciona como un solo
conjunto. Si se parte una ley, si se escogen determinados
artículos y se rechazan otros, se rompe la hermenéutica
de ley y la ley ya no funciona. 
Por eso es, señor, que la ley no puede ser promulgada
parcialmente, y así lo dice la Constitución conforme
a la norna que citó Lourdes Flores. Dice el mismo
artículo 193§: "Reconsiderado el proyecto de ley -todo el
proyecto- aunque la observación haya sido parcial, el Congreso
-qué hace- reconsidera todo el proyecto y el Presidente del
Congreso lo promulga". Promulga qué? Promulga todo el
proyecto, o sea, toda la ley. Esa es, señor, la lógica
jurídica que nosotros no podemos romper.
Entonces, no se trata de discutir si puede ser observada o no
parcialmente, sí puede ser observada total o parcialmente; lo
que no creo es que podemos promulgarla parcialmente y mucho menos la
Ley de Presupuesto, porque se puede dar -como lo señalaba el
Congresista Olivera- que el Presidente -por ejemplo- en la Ley de
Presupuesto simplemente promulga los artículos que le facultan
el gasto y observa todos los artículos que establecen las
reglas de control y de limitación, y en consecuencia se pone
a ejecutar el presupuesto sin ningún tipo de control ni de
fiscalización. Eso es contra toda lógica, señor.
Pero, resumiendo, lo importante de todo esto es que el proyecto de
constitución que nosotros estamos debatiendo contiene
exactamente las mismas disposiciones que la Constitución del
79 y que generaron un grave problema institucional. En consecuencia,
yo propongo al Presidente de la Comisión de
Constitución y a quienes han firmado el dictamen en
mayoría, que esa norma sea modificada. 
Yo creo que debe reducirse el plazo para la aprobación del
presupuesto, creo que ese plazo debe ser el treinta de noviembre; en
esa forma el Presidente puede observarla y el Congreso podrá
reunirse para decidir si insiste o no en su proyecto y así no
habrán más problemas institucionales y la
república podrá desarrollarse en mayor armonía.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Bedoya. Finalmente
el señor Tito Chávez.
El señor CHAVEZ ROMERO.- Señor Presidente, quiero
agradecer por el alto honor de darme la palabra para concluir este
debate. Simplemente quiero decir que, en vista que considero que se
han recogido los planteamientos que tengo anotados, concluyo mi
participación.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Tito
Chávez.
Hasta el momento el Capítulo relativo a Régimen
Tributario y Presupuesto ha sido debatido por más de ocho
horas con diez minutos, han intervenido cuarentaiun congresistas y
voy a consultar al Pleno si es que ya el Capítulo ha sido
suficientemente debatido para posteriormente proceder a votar.
Consulto al Pleno que el Capítulo está suficientemente
debatido, los que estén de acuerdo sírvanse levantar
la mano. (Votación). Los que estén en contra.
(Votación). El tema se considera suficientemente debatido.
Consulto a los señores que deseen participar para agotarlo
hasta el final. 
Bueno, yo creo que ha sido muy claro, el tema ha sido suficientemente
debatido...
(  SIGUE EN EL TURNO N§ 67 )

T-67

ROBERTO OSHIRO T.   19-07-93
PLENARIA  -   VESPERTINA

El señor PRESIDENTE.- ...(Continuando) ...Bueno, yo creo que
ha sido muy claro, el tema ha sido suficientemente debatido. Vamos
a darle tiempo a la Comisión, para que mañana a las
nueve y treinta de la mañana, nos presente el articulado final
y nos concentramos exclusivamente a votar.
Se suspende la Sesión hasta mañana a las nueve y
treinta.
(ERAN LAS 22.45 HORAS)
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