“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Year of the Recovery and Consolidation of the Peruvian Economy”
“Jahr des Aufswungs und der Konsolidierung der peruanischen Wirtschaft”
“Année de la reprise et de la consolidation de l'économie péruvienne”
“Peru mamallaqtapaq qullqi kausarichiypaq, sinchiyachina wata”
Turno 1 Turno 2 Turno 3 Turno 4 Turno 5 Turno 6 Turno 7 Turno 8 Turno 9 Turno 10 Turno 11 Turno 12 Turno 13 Turno 14 Turno 15 Turno 16 Turno 17 Turno 18 Turno 19 Turno 20 Turno 21 Turno 22 Turno 23 Turno 24 Turno 25 Turno 26 Turno 27 Turno 28 Turno 29 Turno 30 Turno 31 Turno 32 Turno 33 Turno 34 Turno 35 Turno 36 Turno 37 Turno 38 Turno 39 Turno 40 Turno 41 Turno 42 Turno 43 Turno 44 Turno 45 Turno 46 Turno 47 Turno 48 Turno 49 Turno 50 Turno 51 Turno 52 Turno 53 Turno 54 Turno 55 Turno 56 Turno 57 Turno 58 Turno 59 Turno 60 Turno 61 Turno 62 Turno 63 Turno 64 Turno 65 Turno 66 Turno 67
El señor PRESIDENTE.- Buenas tardes, señores congresistas. Se va pasar lista para computar el quórum. El RELATOR, pasa lista. El señor PRESIDENTE.- Con el quórum reglamentario, se reincia la sesión permanente. Continúa el debate de los artículos 78§ al 89 sobre materia del régimen tributario presupuestal, del dictamen en mayoría de la Comisión de Constitución y Reglamento. Tiene la palabra el señor congresista Juan Guillermo del Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Si, señor Presidente. Voy a referirme específicamente a la parte de presupuesto y mucho mas concretamente al artículo 81§ que está puesto al debate. En el Pleno del 12 de Febrero del año en curso, por unanimidad acordamos que la descentralización es uno de los criterios fundamentales para el nuevo diseño del Estado, es mas, en el artículo 41§ del texto aprobado aquí en el Pleno del trabajo constitucional, indicamos que el gobierno del Perú es -entre comillas- "unitario, representativo y descentralizado", la descentralización en lo fundamental es una transferencia de competencias del gobierno central a las instancias descentralizadas, pero sustantivamente también es una transferencia de recursos del gobierno central a las instancias descentralizadas. Como vengo sosteniendo, la descentralización no viene a ser un capítulo ni un tema marginal del nuevo texto constitucional, tiene que ser uno de los ejes que nos ayude a entender la nueva estructura del Estado. Me pregunto, señor Presidente, si el presupuesto no es un instrumento de gobierno, y respondo es uno de los fundamentales instrumentos de gobierno, por lo tanto, si ya tenemos aprobado en el artículo 41§ en que el gobierno del Perú es unitario, representativo y descentralizado, el prusupuesto en consecuencia tiene que se un presupuesto descentralizado. La Comisión' de Constitución ha haehco bein en el proyecto que nos pone a debate, en considerar esta situación, y en el artículo 81§, segundo párrafo, indica a la letra: "El presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos, su programación y ejecución responden a los criterios de eficiencia, necesidades sociale básicas y descentralización" Creo que está bien, señor, la forma como la Comisión de Constitución ha recibido el tema de la descentralización; por lo tanto, no voy a contradecirlo, sino que considero que es incompleto esta mención y por lo tanto, me permito por su intermedio a la Comisión de Constitución, sugerir que complemente con el siguiente concepto. Como queda establecido en este texto, dice que su programación y ejecución responden a los criterio de eficiencia y descentralización, sabemos muy bien que la programación presupuestal es el camino para llegar al presupuesto y obviamente la ejecución presupuestal es el que se deriva de él. Pero no se refiere al instrumento de gobierno que es el Presupuesto y a ello yo quisiera agregar en que se complete el texto con las siguientes palabras: "La estructura del presupuesto del sector público contendrá dos secciones, del gobierno central y de las instancias descentralzadas", y voy a explicar porqué. Esnecesario que tengamos una garantía para que la descentralización se efectúe realmente, de que haya transferencia de recursos además de transferencia de competencias a las instancias descentralizadas; por lo tanto, el presupuesto tiene que estar estructurado en forma descentralizada, de arranque debe tener dos secciones, una que corresponde a... (Continúa en el Turno N§ 02) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor CARPIO MUñOZ.- _(continuando)_ de recursos, además de transferencias de competencias a las instancias descentralizadas. Por lo tanto, el presupuesto tiene que estar estructurado en forma descentralizada, de arranque debe tener dos secciones; una que corresponde al gobierno central y otro al de las instancias descentralizadas, cualesquiera que fueran ellas. No quiero abrir debate, señor, sobre si las instancias descentralizadas deben ser solo los municipios, los gobiernos departamentales, los gobiernos regionales de antiguo o de nuevo tipo. Ese no es problema que estemos discutiendo. Lo que se debiera establecer meridianamente es que la estructura del pesupuesto del sector público contendrá dos secciones del gobierno central y de las instancias descentralizadas. Para qué si tenemos en cuenta que el Poder Legislativo debiera estar conformado íntegramente por representantes de los pueblos elegidos en distrito múltiple, de tal suerte que corresponda a la población electoral de Lima, quien representa el trentitrés por ciento de la población nacional, le corresponda el trenitrés por ciento de la representación en el Congreso; y por lo tanto a la de fuera de Lima le corresponda el sesentisiete por ciento restante. Con éso tendríamos la garantía política para que no se destine del presupuesto del sector público, mendrugos ni migajas para las instancias descentralizadas. La única forma que tenemos de hacer que efectivamente exista una descentralización es transfiriendo recursos porque de nada ganaríamos transfiriendo competencias, de nada ganaríamos en imaginar un diseño perfectamente funcional de descentralización, si no transferimos recursos. Termino, señor Presidente, enviando o llevando hacia el Presidente de la Comisión de Constitución el texto que solicito sea añadido al primer párrafo del artículo 81§. Muchísimas gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Carpio. Tiene la palabra el señor congresista Fernando Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Gracias, señor Presidente. Con el riesgo que nuestras observaciones sean tomadas en cuenta por la Comisión de Constitución. Me pide una interrupción el señor Larrabure que se la concedo con su venia, señor Presidente. El señor LARRABURE GALVEZ.- Gracias, señor Presidente. Yo quería preguntarle al señor Carlos Torres y Torres Lara si podía considerar en donde dice; "los tributos se crean, modifican o derogan", que diga; "los tributos se crean, modifican, suspenden o derogan exclusivamente por ley del Congreso" porque pueden haber suspensiones temporales. Le dejo esa inquietud. Eso que, "se suspenden", no sé si me escuchó el doctor Carlos Torres y Torres Lara. Gracias. El señor OLIVERA VEGA.- Sí, señor Presidente, lo cual nos trae a la memoria que tenemos una ley lista para ser aprobada, que suspenda por lo menos por un tiempo prudencial el IGV que injustamente se está agravando a los alimentos, ese dieciocho por ciento que aparta de la mesa popular los alimentos. Y por eso, señor Presidente, inicio esta intervención concreta sobre el tema tributario, diciendo que nos llama la atención por qué no se ha incorporado los principios generales en materia tributaria que están recogidos en el artículo 139§ de la Constitución que expresamente decía, señor, "la tributación se rige por los principios de legalidad, uniformidad, justicia, publicidad, obligatoriedad, certeza y economía en la recaudación, no hay impuesto confiscatorio ni privilegio personal en materia tributaria". Este texto, señor Presidente, ha sido eliminado de la última versión de proyecto de Constitución dado por la mayoría oficialista; y llama la atención, señor, porque evidentemente _ (CONTINUA EN EL TURNO - 03)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor OLIVERA VEGA.-(Continuando)...de proyecto de constitución dado por la mayoría oficialista; y llama la atención, señor, porque evidentemente este es el sustento para que el consumidor o el contribuyente se pueda defender en el marco principista que recoge una Constitución Política frente los posibles abusos que pueden realizar los diversos gobiernos de turno. Cómo se puede defender quien es víctima de un impuesto confiscatorio, señor, si no es con la Constitución en la mano; cómo se puede defender quien -por ejemplo- no reclama la base técnica, la base de justicia en la fijación de un impuesto como, por ejemplo, puede ser el ese antitécnico e injusto impuesto a los activos que se está ejecutando en el Perú de hoy, en donde a pesar que hay empresas quebradas que están paralizadas, en la práctica tienen que estar vendiendo activos para satisfacer la voracidad fiscal de un gobierno que no cumple con proponer alternativas mejores para equilibrar la caja fiscal. Si siquiera se dejara esta norma constitucional es posible evitar el abuso. Cómo se puede defender, por ejemplo también, el ciudadano común y corriente que si en vez de tener que pagar la cifra que tiene que pagar para salir del país se le duplica, triplica, cuadriplica y en los hechos estaría impidiéndose sus libertades fundamentales, como es la libertad de tránsito. Cómo se puede defender, señor Presidente, nos preguntamos. Entonces creemos que este texto del artículo 139§ de la Constitución debe restutuirse; y debe además, señor, considerarde -creo yo- lo que con buen criterio se había logrado avanzar en la Comisión de Constitución, en el sentido de agregar como uno de los principios que en materia tributaria rijan en el país, el principio de la progresividad en materia tributaria. Lamentablemente tenemos que decir que por materia de eficiencia, o más que de eficiencia de simpleza en la recaudación, siempre la estructura tributaria en nuestro país se ha ejecutado con una estructura regresiva en materia recaudatoria, es decir, que los que menos tienen son los que más pagan proporcionalmente; y aquí de lo que se trata, si es que se quiere rescatar el principio de justicia, es que aquel que va teniendo más o que va generando más riqueza pueda aportar en proporción más que los que menos tienen o nada tienen. Porque siempre, señor Presidente, se sale por el expediente más fácil, es decir, coloquemos el impuesto indirecto que es imposible de evadir cuando se trata de artículos de primera necesidad, de subsistencia elemental para el ser humano y de esa manera equilibramos la caja fiscal, y paga entonces proporcionalmente más el que nada tiene o el que poco tiene; y paga igual el que sí puede contribuir y debe contribuir en mayor proporción, más aún cuando se trata de épocas de crisis, en donde debe haber por supuesto un sentido de justicia en las salidas a la crisis como la que padece el Perú de hoy. Por eso, señor Presidente, insistimos en que también se vuelva a considerar este principio de progresividad en materia tributaria. También queremos, señor Presidente, que se considere en el artículo 78§ algo que sí se concede a los gobiernos locales, que es no solamente la posibilidad de crear, modificar y suprimir contribuciones dentro de su jurisdicción, sino la posibilidad de exonerar tributos. Si lo pueden los gobiernos locales por qué no va a poder el Congreso de la República, señor, no solamente conceder exoneraciones sino beneficios tributarios que pueden ser en efecto temporales y específicos. Esto, señor Presidente, lo está aplicando el gobierno actualmente y no necesariamente.... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 04 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...no solamente conceder exoneraciones, sino beneficios tributarios que pueden ser en efecto temporales y específicos. Esto, señor Presidente, lo está aplicando el Gobierno actualmente, y no necesariamente se tiene que decir que va a romper un esquema de disciplima fiscal o que es la manera para institucionalizar una conducta mercantilista o de desigualdad de reglas de juego para los actores del proceso económico; sino que responde a realidades concretas y son instrumentos que no tiene por qué negársele a un Gobierno, cuando se trata de cuestiones económicas específicas y temporales. Si por ejemplo hay que fraccionar una deuda tributaria, no es acaso eso un beneficio tributario, si ahora lo hace el Gobierno a través de Decretos Supremos Extraordinarios, aquí en el proyecto de Constitución se está estableciendo que con Decretos Supremos Extraordinarios, no se podrá crear tributos, lo cual me parece correcto. Tampoco entonces se podrá dar exoneraciones ni beneficios tributarios, por qué atar de manos entonces al Parlamento para que pueda considerar situaciones específicas de acuerdo a la realidad Nacional. Sería tan contradictorio llevándolo a un caso extremo, como el que hemos tenido la visita el día de hoy, el Congreso Constituyente recordando la injusticia que se está cometiendo con los impedidos físicos del Perú; en donde no solo se les ha negado el artículo Constitucional que antes existía, que era el artículo 19§, sino que como respuesta de esperanza se les dice: "Bueno si no está en la Constitución, podrá estar en una Ley", pero acaso podrá haber una Ley dentro de este contexto en donde como decía el artículo 19§, había la posibilidad de exonerar de los tributos a las donaciones dedicadas a los fines de entidades, que sin fines de lucro, brindan servicios especiales a las personas incapacitadas, etcétera, etcétera. Pero no es el único caso, señor, sino que es el caso también de los que hemos venido reclamando como tratamiento temporal y específico de regímenes especiales en función a lo que ya sea la política económica de cada Gobierno y por la cual puede votar el pueblo, y en último caso puede merecer pronunciamiento del pueblo, mediante consulta directa. Por qué poner o negar esta posibilidad que debe ser administrada con responsabilidad. Por eso, señor, queremos insistir en rescatar la redacción original del artículo 139§ de la Constitución, en cuanto decía que solo por Ley expresa se crean, modifican, o suprimen tributos y se conceden exoneraciones y otros beneficios tributarios. Además, señor Presidente, también queremos coincidir en que la mayoría sea transparente y de una vez por todas nos anuncie si es que ya ha tomado decisión sobre la eliminación de esa instancia intermedia de Gobierno que son los Gobiernos Regionales. Aquí en el texto planteado se habla de Gobierno Central, de Gobiernos Locales y nada de Gobiernos Regionales, ni de nada parecido. Entonces, señor Presidente, queremos que haya transparencia en cuanto a la propuesta de la mayoría y que de una vez, en todo caso, vaya dándonos la primicia de cual es su definición última. Nosotros creemos que el tema debe ser tratado por supuesto considerando la presencia de Gobiernos Regionales, con todas las perfecciones que vamos a plantear en el debate correspondiente a descentralización y Gobiernos Locales. También creemos, señor Presidente, que no es conveniente eliminar un artículo como el artículo 142§ de la Constitución vigente, que señala otro principio general que creemos era sano para el buen manejo de la economía Nacional, que la tributación, el gasto y el endeudamiento público guardan proporción con el producto bruto interno de acuerdo a Ley. Si bien es cierto, señor Presidente, que en esto ha habido una serie de contrabandos que ha inducido a error y por lo tanto a injusticias que se cometen desde que ... (Continúa en el turno N§ 05)
Transciptor: Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor OLIVERA VEGA..(continuando)..una serie de contrabandos que ha inducido a error y por lo tanto a injusticias que se cometen desde que la estimación del Producto Bruto Interno dista mucho de la realidad concreta; y entonces sucede, señor Presidente, que el Producto Bruto Interno cuando se pone como referencia de la tributación se eleva de tal manera que la denominada presión tributaria que aparece como mínima resulta siendo excesiva porque el verdadero Producto Bruto Interno, la verdadera producción nacional no es la que presentan los técnicos de los gobiernos de turno y debería ser, señor, un sano criterio a establece, porque si no vivimos en la ficción que vivimos actualmente en donde decimos hay una baja presión tributaria pero resulta siendo excesiva y siempre sobre los mismos agentes económicos que no soportan mas, señor y se apartan entonces del abc de la economía que tiene que ver con variables que se dan en el tiempo y que funcionan de acuerdo a elasticidades mínimas de precios, ofertas, demandas y cómo va reaccionando el mercado mismo. Todo, entonces, es distorsionado desde la base de una falsa estimación del Producto Bruto Interno, pero el principio es sano, es correcto. Que se haya hecho hasta ahora mal uso de ese principio no significa que eliminemos la declaración como meta a ser cumplida por un gobierno democrático. Por eso, señor Presidente, nosotros creemos que se debe volver a consagrar el Artículo 142 de la Constitución vigente que textualmente dice "la tributación, el gasto y el endeudamiento público guardan proporción con el Producto Bruto Interno de acuerdo a ley". Es mas, señor Presidente, esos mismos estimados son los que se manejan cuando uno está realizando negociaciones internacionales para ver hasta qué punto es posible variar los tributos, la carga tributaria, modificar, qué topes, qué metas son las que se establecen en esas mismas negociaciones internacionales. El asunto está, entonces, que sea recogido como principio constitucional. En suma, señor Presidente, hemos hecho los aportes que creemos convenientes, esperamos que sean escuchados y sino nos lo dejarán para reserva en nuestra campaña alternativa. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Olivera. Tiene la palabra el doctor Manuel Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.- Gracias, señor Presidente: Voy a referirme ahora a dos temas, dejando el asunto del presupuesto para después. El primero, es el Artículo 79§ y allí quiero hacer mención de una nota mental que hice alrededor de seis meses atrás. No sé si ustedes recuerdan, señor Presidente, el problema que surgió mas o menos en enero con respecto a la deuda pública contraída por gobiernos fuera de las normas constitucionales, problema que se hiciera un obstáculo para que se pudiese cerrar las operaciones de refinanciación de la deuda con el Banco Mundial y con el Fondo Monetario Internacional y al cual le dimos solución a base de una interpretación legal según la que, como se habían contratado las deudas para hacer dicha refinanciación, dentro de las normas que permitían contratar deuda pública y que la ley dada para esa contratación de deuda pública había sido dado por un congreso ordinario constitucional, en interpretación que dió este Congreso Constituyente, establecimos que tales operaciones eran válidas. Yo lo primero que quiero recordar, porque entonces tomé nota mental de ello pero no habido oportunidad para verlo, es que este Congreso Constituyente tiene que dar otra ley aparte de la Constitución estableciendo la validez de los límites de endeudamiento dados por la ley dada por el Presidente de la República señor Fujimori cuando no había parlamento y en función al cual se están haciendo las operaciones hoy día, donde hay la misma razón el mismo derecho, el señor Gonzalo Ortiz de Zevallos me dará la razón y, si nosotros hemos interpretado que el anterior endeudamiento era válido porque estaba autorizado por una ley de un congreso legítimo, que fueran las operaciones del año pasado, este año estamos tomando deuda y lo hemos hecho en varias operaciones de crédito con una autorización . que.... (SIGUE EN EL TURNO 6) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor MOREYRA LOREDO.- (Continuando)...que el anterior endeudamiento era válido porque estaba autorizado por una ley de un Congreso legítimo que fueron las operaciones del año pasado. Este año estamos tomando deuda y lo hemos echo en varias operaciones del crédito con una autorizacón que según nuestra interpretación no es válida. Entonces eso me lleva a mí a la sugerencia de decirle a este parlamento, que a parte de dar la constitución en el momento adecuado; no esta el Presidente de la Comisión de Economía, pero en todo caso usted podrá tomar nota, para llevarlo al Consejo Directivo, etc. Ahí hay un aspecto legal que creo que los abogados del Banco Mundial y del Fondo Monetario y todos los demás abogados no se han dado cuenta pero evidentemente estamos entrando en una contradicción. Y eso lleva a que la redacción del Artículo 79§ como esta, es una copia de la anterior constitución es defectuosa. En el sentido por lo menos que no dice lo que nosotros interpretamos, si es lo que podemos llamar así defectuosa. Dice así: El Estado solo garantiza el pago de la deuda pública que contraen los gobiernos constitucionales de acuerdo con la constitución y las leyes, a parte de la repetición de la constitución dos veces, el problema es y le rogaría al doctor Torres y Torres Lara si me permitiese lo que debe de autorizarse o lo que debe establecerse aquí, no es que contraigan la operación gobiernos constitucionales, sino que se hagan dentro de límites legales dados por un gobierno constitucional; porque eso es la intepretación que nosotros mismos hemos dado. El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Una interrupción. El señor MOREYRA LOREDO.- Si como no señor porque si no hemos dado una interpretación equivocada. El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Gracias por la interrupción Presidente. En estos momentos estaba todavía dentro del régimen militar, después que Belaúnde había dejado un endeudamiento; creo que de 840 millones de dólares, con el gobierno militar ya estabamos en ese momento andando encima de los 10, 12 mil millones. Entonces lo que se trata que ese gobierno libremente manejaba los intereses del país sin tomar en cuenta para nada respetar ninguna pauta, ninguna norma más del allá del armamentismo que se habían propuesto hacer en ese momento. Asi es que por eso se puso una norma que decía, que solo se reconoce la deuda externa contraída por el gobierno legítimamente constituido, para dejar por notificados a los prestatarios del exterior que no debían tomar el riesgo de prestarles a gobiernos ilegítimos. Presidente esta fue la interpretación cabal que se dio a la idea esa. Gracias. El señor MOREYRA LOREDO.- Correcto, no he querido interrumpir su interrupción, pero yo no me estaba refiriendo a eso si no me esta refiriendo a la interpretación y a esta norma dimos nosotros Congreso Constituyente en enero de este año. En enero de este año dimos intepretación de que eran válidas las operaciones de endudamiento producidas por el gobierno del señor Fujimori, durantel el lapso que hubo entre el golpe de estado de 5 de abil y la fecha en que se instaló el Congreso Constituyente; porque dicho endeudamiento se había producido al amparo de una ley, ley dada por un Congreso Constituyente. Repito eso quiere decir que las operaciones hechas ahora que no están bajo amparo de una ley tienen que ser regularizadas con una ley para que quede perfeccionada, pero quiere decir además que de acuerdo a esa interpretación, el Artículo 79§, estaría equivocado o por lo menos no estaría redactado en la forma más feliz posible. Porque dice: el Estado solo garantiza el pago de la deuda pública que contraen los gobiernos Constitucionales y la interpretación que nosotros hemos dado es que lo importante no es el momento en que se firma la operación sino que tenga o no autorización legal de un gobierno constituicional y a aparte de eso yo creo que estas tres, estos tres párrafos. El señor OLIVERA VEGA.- Me permite una interrupción. El señor MOREYRA LOREDO.- Si como no. El señor OLIVERA VEGA.- Gracias doctor Moreyra, con la venia de la Presidencia, yo creo que el artículo tal cual esta redactado, responde verdaderamente al espíritu democrático de quienes lo hicieron, y lo que se dio con la ley constitucional, ese año yo creo que fue una interpretación forzada, una salida realmente forzada para tratar de evitar justamente un pronunciamiento del Congreso Constituyente. Y yo por eso al intervenir el doctor Moreyra también me veo obligado a tener que decir que nosotros no compartimos ese interpretación, estamos en contra de esa interpretación que si mayoritariamente se acogió y creo que el sentido de esta norma es que no se vuelva a repetir ni golpes de Velasco ni 5 de abril. Entonces mejor que quede ratificado tal cual. El señor MOREYRA LOREDO.- Bueno no sabe mi buen amigo el señor Olivera cuanto me apena que no coincida con él, espero no dormir toda la noche pero en fin hay pastillas para dormir y otras cosas. Yo insisto señor que debemos ser coherentes. Y coherentes significa seguir la misma línea entonces; yo creo que estos tres párrafos puede reducirse a unos ... (Continúa en el Turno N§ 07)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor MOREYRA...(continuando)...gran amigo, el señor Olivera, cuánto me apena que no coincida con él, espero no dormir toda la noche, pero en fín; hay pastillas para dormir y otras cosas. Yo insisto, señor, que debemos ser coherentes y coherente significa seguir la misma línea; entonces yo creo que estos tres párrafos pueden reducirse a uno solo. El último párrafo sobra, porque es obvio que aquellas cosas que se hacen fuera de la autorización legal por un gobierno local, por una empresa pública o el propio Gobierno Central, no tiene garantía y por consiguiente los niveles del gobierno, distinto al Gobierno Central, pueden celebrar operaciones de crédito con cargo a sus recursos y bienes propios, sin requerir autorización legal, es ago que sobra, eso lo puede hacer cualquiera; de tal manera que eso creo que sobra. Yo creo que podría tomarse el concepto principal de esto en apenas dos líneas y podría decir el Articulo 79§ "El Estado garantiza el pago de la Deuda Pública contraída dentro los límites autorizados por Ley del Congreso". Creo que eso cubre absolutamente todos los casos, cubre la deuda pública interna y externa. Sí señor Kouri. El señor KOURI.- (Interrumpiendo).- Gracias, con la venia de la Presidencia, agradezco al doctor Moreyra por la interrupción. Creo que el problema de fondo y es justamente a lo cual el Congreso se ratificó en enero el presente año, es que la interpretación de este Artículo está en que el Estado sólo garantiza, no significa que el Estado sólo paga, con lo cual podemos pagar aun cuando esté garantizado. Entonces, lamentablemente se determina que en gobiernos no constitucionales que se contraen deudas, posteriormente el EStado no garantiza, pero puede pagarlo, aun cuando no esté garantizado. Por lo cual yo creo, si me permite el doctor Moreyra, que lo más adecuado sería que el Estdo sólo paga, no sólo garantiza, porque esto permitiría posteriormente generar un problema de interpretación en el cual aun cuando no esté garantizado sí lo pgaría el Estado Peruano. El señor MOREYRA.(Continuando).- Perdón, yo no he usado la palabra "sólo" por eso, yo cro que esto se puede decir directamente, el Estado garantiza el pago, de la deuda pública contraída dentro de los límites autorizados por ley del Congreso, y entonces está pristino el principio; es cuando hay una ley del Congreso, que autoriza un determinado endeudamiento que este endeudamiento queda garantizado por el Estado, su pago queda garantizado por el Estado. En todo caso, puede haber una mejor redacción, pero creo yo que con estas dos líneas cubrimos estos tres párrafos. Señor Presidente, me piden otra interrupción pero ya no teng tiempo, lo cual me causa un problema muy grave, usted dirá. Siga usted nomás, me dice el President que sí puede. El señor SOTOMARINO. (Interrumpiendo).- A mí me parece que el artículo es bien claro, así como está; porque poner " sólo garantiza y paga las deudas contraídas por un gobierno legítimo" querría decir que en el futuro si se ha contraído una deuda por un gobierno ilegítimo, si resulta conveniente arreglar con el Estado, con el cual hubo este trámite ilegítimo, según nosotros, pero se pone ya la cláusula "no paga" , no paga; entonces ya no hay arreglo; se está cerrando todas las posibilidades de arreglo. Por eso creo que el artículo puesto así como está es correcto, con todo el respeto por los argumentos de Manuel. El señor MOREYRA.-(continuando).- Señor Presidente, una vez más y por eso es tan bueno trabajar con textos que en su momento en la Comisión de Presupueto producirá los que crea más convenientes. Mi texto cubre ese problema suyo, el Estado garantiza el pago, garantiza el pago, pero en fin. Yo solamente quiero soltar esta idea y quisiera que guardésemos coherencia con nuestra anterior decisión . Si me deja un minuto, quisiera referirme al Artículo 89§, y ahí solamente quiero dejar sentado una cosa que sí me parece fundamental. La Contraloría General de la República, es el organismo de derecho público que fiscaliza básicamente al Sector Público, si es que no únicamente al Sector Público, exclusivamente al Sector Público; por consiguiente en este caso, a diferencia de otros, que el Contralor de la República, tiene que ser ratificado por el Congreso. Yo sostengo la tesis de que en otros casos, por las necesidades de que los gobiernos puedan manejar los asuntos públicos de una manera ordenada,se puede prescindir de la ratificación del Congreso; pero en este caso creo que es absolutamente imposible, bueno imposible no es, es absolutamente ... (Sigue turno No. 8).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor MOREYRA LOREDO...(continuando)...se puede prescindir de la ratificación del Congreso. Pero en este caso, creo que es absolutamente imposible; bueno, imposible no es, es absolutamente inconveniente, porque el objeto del Contralor es justamente fiscalizar a quien es el principal -iba a decir gastador, si pues- a quien es el principal ente que efectúa el pago, que es el Estado, el Gobierno Ejecutivo y las empresas públicas; y por consiguiente quien tiene este encargo sí debe ser una persona que a parte de autonomía por ley debe ser ratificado a nivel del Congreso de la República. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias, doctor Moreyra. Tiene la palabra el señor congresista Juan Carrión. El señor CARRION RUIZ.- Señor Presidente: He escuchado el concepto de "progresividad de los impuestos", esto se menciona porque se considera que quien más tiene, debe pagar más. El concepto así, evidentemente es correcto; pero la progresividad del impuesto me parece que conduce a una situación injusta. Para ilustrar voy a poner un breve ejemplo. Esto normalmente se tiene que aplicar cuando se trata del Impuesto a la Renta. Si una persona ha ganado 500 soles y se le aplica un impuesto del 10% pagará 50 soles; pero si esa persona ha ganado 500,000 soles, se le aplica el 10% va a pagar 50,000 soles. Entonces, ahí el que más tiene está pagando más, y eso es correcto, pero para llegar a ellos no es necesario aplicar el concepto de la progresividad de los impuestos. Quiero referirme también, señor Presidente, a los plazos que se ha dado para el tratamiento del presupuesto. Se ha sugerido ahora que el Poder Ejecutivo tenga tiempo hasta el 15 de setiembre para enviar el proyecto de presupuesto al Congreso. Esto... Hay algunos representantes que se han referido a todos los puntos, yo también quiero referirme a todos ellos. El señor PRESIDENTE.- Correcto. Quiero reiterarle totalmente, cada congresista está libre de tratar integralmente al tema. El señor CARRION RUIZ.- En consecuencia, señor, considero que no es muy apropiado lo que ha manifestado el Presidente de la Comisión de Presupuesto, porque si es verdad que se corren más o menos 15 días con el procedimiento actual; lo que se está haciendo 15 días en la elaboración del presupuesto, no creo que signifique una aproximación a la fecha de la ejecución. En consecuencia, creo más bien que se debe mantener el sistema actual que decía hasta el 28 de agosto, que -digamos- sea el 30 de agosto, sería lo mismo; pero darle, como se dá, 90 días al Congreso para que el 30 de noviembre deba estar terminado y aprobado el presupuesto. Y ¨por qué el 30 de noviembre? Porque considero, señor, que es necesario dar al Poder Ejecutivo un tiempo prudencial y suficiente para que haga lo que se llama el "Despliegue Presupuestal", con la finalidad de que el 1§ de enero pueda entrar perfectamente en ejecución. Por esta razón, señor, creo que esperar hasta el 15 de diciembre para tener como fecha límite de la ejecución del presupuesto no es lo más conveniente, si se tiene en cuenta, señor, que el Parlamento en el mismo día 15 no está elevando el proyecto al Poder Ejecutivo, demora generalmente algunos días, y por esa razón estamos ya con el día de la Pascua, que recién el Parlamento está haciendo llegar el proyecto aprobado al Poder Ejecutivo, y no le deja ningún margen para hacer el despliegue correspondiente y poner en ejecución el presupuesto a partir del 1§ de enero. Por eso, señor, creo que tratar de que el presupuesto quede por obligación aprobado el 30 de noviembre deja 30 días, que es un margen que me parece prudencial y suficiente. De otro lado, señor, se ha dicho aquí en este proyecto de la Comision de Constitución que... (continúa en el turno 9)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 El señor CARRION RUIZ.- (Continuando)... señor se ha dicho aquí, en este Proyecto de la Comisión de Constitución, que el Ministro de Economía sustenta el Pliego de Ingresos, pero que todos los Ministros, cada uno de ellos, debe venir a sustentar su Pliego, pero se ha agregado algo más, se ha puesto también al Presidente de la Corte Suprema, se ha puesto al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, se ha puesto al Fiscal de la Nación. Yo creo señor ,que si nos ponemos a pensar serenamente, vamos a llegar a la conclusión, de que si un día viene cada uno de los 14 Ministros que tenemos, necesitaríamos 14 días, para tratar el Presupuesto de los 14 Ministerios y si a ello le agregamos las otras proposiciones que aquí se hacen, vamos a necesitar en realidad más de 15 días, solamente para el tratamiento de aprobación pliego por pliego, lo cual me parece que resultaría totalmente improcedente y dificil de manejar. Creo en consecuencia señor, que debería ponerse que la sustentación del Pliego de Egresos, lo hace el Consejo de Ministros en pleno, porque señor, en una mañana pueden sustentar dos o tres Ministros los pliegos cuando son cortos, cuando son muy voluminosos necesitarán de una mañana, una tarde; inclusive, los Ministros que van sustentando ya sus Pliegos, podrían no venir en la tarde o al día siguiente. Pero, pensar que cada uno sustente como se dice acá, hay que suponer que se está pensando que cada día vendrá uno, esto me parece inconveniente. En consecuencia señor, creo que deberíamos de establecer que el Pliego de Egresos, lo sustenta el Consejo de Ministros en pleno, esto daría lugar a que se dé el tratamiento apropiado, en el tiempo también apropiado. No sé, me puede ceder doctor su tiempo, me puede ceder su tiempo? El doctor Ortíz de Zevallos me cede su tiempo, muchas gracias doctor. Entonces señor, de otro lado, en el artículo 87, se habla que los créditos suplementarios y otras consideraciones más, son tratadas por la Comisión de Presupuesto, si nosotros todavía no hemos tratado el problema correspondiente al Poder Legislativo, creo que estaríamos adelantando una institución que no ha sido aprobada, o de otro lado, nos estaríamos obligando a considerar la necesidad de establecer nuevamente la Comisión Permanente, cuando tengamos que tratar el problema de Poder Legislativo. En consecuencia señor, me parece lo más inconveniente, que en el artículo 87, nos estemos refieriéndo yá por adelantado, a una Comisión Permanente que todavía no ha sido considerada ni creada en este texto constitucional. Estas son señor Presidente, las principales observaciones y estos aportes que me permito hacer y que ojalá puedan ser consideradas por la Comisión de Constitución, muchas gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Carrión, señor congresista Julio Díaz Palacios, perdón Henry Pease. El señor PEASE GARCIA.- Gracias señor Presidente: En mi intervención anterior me referí sólo a la cuestión tributaria, que está básicamente en un artículo de este Capítulo. Ahora voy a referirme a todo lo relativo al Presupuesto Público; y quiero señalar señor Presidente, las dos preocupaciones básicas de mi bancada, en materia de Presupuesto. En nuestra opinión, ya la Constitución de 1979, restringió más allá de lo debido, el poder del Parlamento en materia presupuestal, pero la propuesta de la mayoría la restrinje aún más, esta es la primera preocupación. Desde los orígenes del Parlamento, el Parlamento ha tenido siempre el... (Continúa en el Turno No. 10)...
(Plenario Vesp.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 19-07-93 El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... esta es la primera preocupación. Desde los orígenes del Parlamento, el Parlamento ha tenido siempre el mayor poder tanto en poner los tributos como en asignar y aprobar los gastos, un régimen claramente presidencialista, el típico régimen presidencialista como es Estados Unidos. Nos muestra mil ejemplos de como la voz definitoria en materia de asignación del gasto la tiene el Parlamento, a tal punto que por ejemplo en algunas cuestiones internacionales como las ayudas militares, por ejemplo, son las comisiones respectivas las que termina siendo el fiel de la decisón final. La primera preocupación que tenemos, señor, que no encontramos que el parlamento decida las prioridades del gasto público, y esto tiene que quedar bien establecido sin negar la unidad de la acción de gestión económica en manos del Poder Ejecutivo. La segunda preocupación se refiere a la descentralización, y en este punto, señor, pensamos que es indispensable asegurar que el presupuesto sea expresión de las diferentes instancias descentralizadas del Estado. Estas dos preocupaciones que atraviezan todo el capítulo, quiero expresarlas puntualmente en alguno de los artículos, por ejemplo, en el artículo 88§ del texto de mayoría, que es el punto 81 del texto de mayoría, que es el punto de partida para tratar sobre presupuesto, nosotros agregamos en nuestra propuesta la participación necesaria de las instancias descentralizadas que tienen a su vez presupuestos que ellas mismas aprueban, pero que tienen en el proceso de presupuesto que recibir incluso la asignación en porcentaje de los recursos públicos que se les transfiere, este no es un proceso que solamente puede involucrar al Poder Ejecutivo. La otra cuestión que involucramos ciertamente no corresponde con la manera de entender las cosas por parte de la mayoría, nosotros decimos que no se puede aprobar un presupuesto sin la previa aprobación del plan de desarrollo correspondiente, porque no es posible discutir prioridades del gasto, y no es posible discutir los gastos mismos por sí mismo, tiene que verse en función de un conjunto de objetivos que tienen que ser previamente fijados. Por tanto, estamos proponiendo como lo dice nuestro artículo 87§, una redaccion que incluya a estos dos elementos, estamos proponiendo que se diga expresamente la administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto público que anualmente se elabora con participación de los gobiernos regionales y municipalidades y que aprueba el Congreso de la República en correspondencia a los objetivos establecidos en el plan de desarrollo. La ley establece los procentajes de ingresos que corresponden a los gobiernos de los entes descentralizados. En segundo lugar, señor Presidente, nos preocupa desde el punto de vista descentralista la redacción que le dan ustedes al canon, para ustedes en canon se convirtió en una participación en el impuesto a la renta, hablar del impuesto a la renta está muy lejos de hablar de renta o de hblar delos beneficios que da en conjunto al Estado, porque por ejemplo en la Ley de Hidrocarburos, ustedes hablan de una regalía que no es impuesto a la renta exactamente, entonces, creo que este punto debe ser aclarado, lo va a tratar el doctor Díaz Palacios por eso no lo desarrollo. En el artículo 83§ se hace un aafirmación que es obvio pero que es necesario mantenerla, la obligación de hacer un presupuesto equilibrado, pero hay una contradicción que quizás debiera observar la Comisión de mayoría; ahí se dice que no forman parte del presupuesto los préstamos del Banco Central de Reserva, pero el artículo 98§ prohibe los préstamos del Banco Central de Reserva. Pónganse entonces de acuerdo entre ustedes mismos. El artículo 84§ del proyecto en mayoría tiene en nuestra opinión una mala formulación, dice: "El Congreso no tiene iniciativa para aumentar gastos públicos, la Constitución vigente y al propuesta que nos... (Continúa en el Turno N§ 11)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor PEASE GARCIA.- _(continuando)_ una mala formulación, dice: "El Congreso no tiene iniciativa para aumentar gastos públicos". La Constitución vigente y la propuesta que nosotros hemos hecho dice; "el congresista, el representante no tiene iniciativa para aumentar gastos públicos", esta redacción es coherente con la primera versión que redactó la Comisión de Constitución, en la cual incluso le impedía al Congreso modificar. Entonces le estaba mandando un presupuesto para que diga sí o sí, por supuesto que el Congreso debe tener iniciativa en conjunto porque puede cambiar un orden de prioridades, aquí creo que hay una discrepancia de fondo. El Congreso no sólamente puede decir sí, el Congreso además de decir no puede decir "cámbiese esta prioridad"; y aquí viene la propuesta que queremos agregar al artículo 85§ del dictamen en mayoría. Estamos totalmente de acuerdo con que venga cada ministro y sustente ante el Pleno del Congreso su pliego, eso lo apoyamos en la Comisión y lo recogimos también en nuestro dictamen. Pero no es sufieciente con éso, es necesario adicionalamente, señor Presidente, que el Congreso vote las prioridades del gasto público para el ejercicio, si no hace ésto el Congreso, no está dándole no sólamente un carácter más técnico a su gestión sino afirmando su rol en materia presupuestal. Esto será un avance respecto de la Constitución del 79, viene entonces el proyecto del ejecutivo, cada ministro sustenta el proyecto y sustenta sus prioridades cuando se acaba con éso. El voto del Congreso decide las prioridades del gasto público y pasa todo a ser revisado por la Comisión y el Ministerio de Economía para adecuar a cualquier corrección que se haya hecho. Es una manera mucho más principista de manejar el asunto que simplemente el cubiluteo de los pedacitos. Definir cada año el Estado peruano pone estas prioridades y dentro del sector salud, este año la prioridad es la campaña contra el cólera. Acostumbrarnos entonces a tomar las decisiones así por criterios de política global, esto es fundamental y si el Congreso no tiene esta capacidad, señor Presidente, no sé como vamos ha hablar después de balance de poderes. Ha primado en épocas pasadas el criterio del presupuesto como suma de pequeñas preventas, éso no es moderno ni es lógico, pero tampoco es lógico que se haya dado el bandazo de, para evitar las pequeñas preventas todo el poder al Ministerio de Economía y Finanzas. Si nosotros tomamos las dos decisiones; es decir, por un lado que venga cada ministro a explicar sus prioridades por tanto haya ahí la discusión de la política específica que es primero, que es segundo y que es tercero; y luego que éso lo vote el Congreso, estamos asegurando lo fundamental de lo que ha sido tradicionalmente la atribución parlamentaria que es decidir los impuestos y en qué se emplea. Lo demás es responsabilidad ejecutiva. Se trata entonces en mi propuesta de corregir, la forma en que se quizo cambiar un mal del pasado que correspondía hasta con las épocas del gamonalismo y con la lógica populista. Eso ha llevado a qué? A que todo el poder en materia presupuestal lo tenga el Ministerio de Economía y Finanzas, si nosotros incluimos en este artículo, tanto la presencia de los ministros como este voto de las prioridades, habremos dado un paso en positivo para asegurar el rol que tiene el Parlamento. Dos cuestiones finales, señor Presidente. Estoy de acuerdo con el doctor Chirinos y así lo dice el dictamen del MDI, cuando sostengo que hay que acabar con la aprobación del presupuesto bajo chantaje. La norma de la Constitución del 79, que dice, "si el 15 de diciembre no se ha terminado el debate y no aprobaron el presupuesto", el Presidente promulga el que presentó. Cuál es el problema? En primer lugar, el diseño del mecanismo de aprobación presupuestal es un diseño de concertación entre ejecutivo y legislativo. Esa es la razón de ser del diseño, por eso se necesita la aceptación del ministro en las diferentes partes; y por tanto no depende sólo del Congreso el que se incumpla el plazo, puede ser parte de una táctica dle propio ejecutivo. Pero, además todo presupuesto nuevo debe corresponder con nuevos objetivos y debe corresponder con la aprobación del Congreso_ (CONTINUA EN EL TURNO - 12)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)...todo presupuesto nuevo debe corresponder con nuevos objetivos; y debe corresponder con la aprobación del Congreso. Por tanto, el mecanismo que se propuso en un momento en la Comisión y que se desechó y que mi bancada ha hecho suyo, y que creo que era el que correspondía a la Constitución anterior, el mecanismo por el cual si se llega al fin del año y no se aprobó el presupuesto por decreto se prorroga un dosavo del anterior, permite salvar todas las urgencias, señor Presidnete; porque normalmente entre el presupuesto de un año u el otro no cambia mucho de gasto corriente, entonces lo corriente tiene continuidad. Pero es importante que para emprender una nueva obra y hasta para contratar a más gente haya habido primeroel voto del Parlamento, sino lo que termina ocurriendo es que el Parlamento tiene un lugar decorativo en materia presupuestal; y en ninguna democracia del mundo, el parlamento tiene un lugar decorativo en materia presupuestal porque es lo que más hay que fiscalizar. Y termino, señor Presidente, refiriéndome que ese órgano que fiscaliza que es la Contraloría está disminuído en el proyecto. Y hay algo elemental que dijo el doctor Cáceres y que lo he planteado también en el proyecto del MDI, el Contralor es básicamente un continuador de la función fiscalizadora del Parlamento; y por tanto el Contralor debe ser elegido por el Parlamento sin propuesta del Ejecutivo y ojalá por un sistema de concurso público. El Contralor no puede ser nombrado por el Ejecutivo, y el sistema actual no es necesariamente el mejor, el sistema actual donde propone el Ejecutivo y aprueba el Legislativo, porque es un Contralor especialmente para el Ejecutivo. El Parlamento casi no gasta ni invierte, gasta sólo en sus pequeñas cosas, por tanto el Contralor debe ser originado en el Poder Ejecutivo. Estas son las propuestas que espero que en medio de las llamadas por teléfono las haya podido escuchar el doctor Torres; y creo que contribuirían a cambiar una cosa que en nuestra opinión es la crítica fundamental en la parte de Presupuesto, es que recorta a un más al Poder Ejecutivo. Muchas gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Julio Díaz Palacios. El señor DIAZ PALACIOS.- Señor Presidente, nosotros concebimos que dos son los objetivos fundamentales de un Presupuesto de la República: Primero, la más plena optimización de los siempre escasos recursos fiscales para financiar los proyectos de inversión prioritarios; y segundo, que el Presupuesto sirva de instrumento para la realización de los objetivos del desarrollo nacional descentralizado. Pero para que estos objetivos se hagan realidad se requieren dos cosas: Primero, la articulación del Presupuesto de la República con el Plan Nacional de Desarrollo adecuadamente concertado entre el Estado y la sociedad; y segundo, una distribución descentralizada del Presupuesto de manera coherente con lo ya aprobado por el Pleno casi por unanimidad en el sentido de que el Perú tendrá o tiene un gobierno unitario, representativo, descentralizado y democrático. Es en este último aspecto que consideramos absolutamente pertinente y legítimo que el Pleno del Congreso se pronuncie por la asignación porcentual del Presupuesto, si bien no para todos los niveles sí por lo menos para la estructura básica de la descentralización y la democracia en el país poner los gobiernos locales. Es en ese nivel, señor Presidente, que el Movimiento Democrático de Izquierda sostiene al igual que la legislación comparada de otros países, por ejemplo Colombia, que para el caso particular de los gobiernos locales el Presupuesto le reserve no menos del veinte por ciento de los ingresos nacionnales, es decir, tanto ingresos tributarios como no tributarios, ingresos fiscales o de endeudamiento exterior. Pero para ser alcanzado ese porcentaje no de un día para otro sino en una década, del año 1993 al 2003, objetivo realmente realizable; e invocamos a la mayoría a que respalde este planteamiento porque nos parece que la vocación descentralista y municipalista tiene que expresarse más temprano que tarde en cifras y asignación del Presupuesto Nacional. Respecto al llamado canon, señor Presidente, hay que reconocer el espíritu de rectificación de la mayoría, quien luego de haber eliminado prácticamente el artículo 121§ lo ha reconsiderado parcialmente y hoy tenemos en el artículo 81§ una formulación... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 13 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor DIAZ PALACIOS.- ...(Continuando) ...hay que reconocer el espíritu de rectificación de la mayoría, quien luego de haber eliminado prácticamente el artículo 121§ lo ha reconsiderado parcialmente y hoy tenemos en el artículo 81§ una formulación parcial de lo que era el artículo 121§ de la Constitución del 79. Hay que señalar que no es un acto generoso de la mayoría el que se refleja en este artículo al señalar que los Municipios tendrán derecho a participar en una parte del impuesto a la renta que paguen las empresas que explotan los recursos naturales. Hay muchas razones para sustentar con consistencia la necesidad del pleno respeto al espíritu del artículo 121§ de la Constitución del 79 y en particular, señor Presidente, yo quiero hacer referencia a cuatro criterios. En primer lugar, si somos descentralistas tenemos que reconocer que las Regiones y los Municipios tienen derecho a participar en la riqueza generada por el aprovechamiento de los recursos naturales, independientemente de que sean empresas públicas o privadas, quienes hagan esta explotación y le den un valor agregado a través del proceso de industrialización. En segundo lugar, no podemos olvidar, señor Presidente, que la extracción y posterior industrialización de los recursos naturales significa una inevitable descapitalización en cuanto a recursos naturales de las Regiones y de las provincias donde hay estos recursos; en algunos casos se trata de recursos naturales no renovables, por ejemplo el petróleo y el cobre, o renovables en todo caso en tiempos geológicos, en miles de años; y en otros son recursos irrenovables como los recursos pesqueros, madereros, etcétera. Pero en ambos casos hay el riesgo de que las Regiones y los Municipios donde estos recursos están, se pierdan definitivamente. En el primer caso porque son agotables y el otro caso porque definitivamente se pueden aplicar prácticas irracionales de explotación de estos recursos como por ejemplo en el caso de la anchoveta, poniendo en extinción muchos de los recursos. En tercer lugar, bueno, al haber una descapitalización de estos recursos se trata entonces, de que el llamado canón, compense esta pérdida que tienen estas Regiones y Municipios; pero también hay que transferir recursos a las Regiones y Municipios donde están estos recursos para compensar, para otorgarles financiamiento para los proyectos de inversión que se requieren con fines de resolver los problemas que se han ido generando por la explotación de estos recursos. Por ejemplo los problemas de medio ambiente, por ejemplo los problemas de mayor presión demográfica. Por ejemplo la deficiencia en los recursos de agua y de otros servicios públicos, debido al crecimiento de la población de una manera no planificada. Por estas consideraciones, señor Presidente, el canón es un derecho legítimo de nuestros pueblos y esta Constitución tiene que consagrarla y para tal efecto nosotros vamos a hacer llegar a la Comisión de Constitución, un texto sustitutorio de la parte pertinente al artículo 81§ que diría textualmente: "Corresponde a las Regiones y Municipios -la compañera Gloria Helfer me cede su turno- corresponde a las Regiones y municipios donde los recursos naturales están ubicados y donde se procesan una participación adecuada en los beneficios o ingresos económicos que genera su aprovechamiento, conforme a Ley. La industrialización de los recursos naturales se hace preferentemente en la zona de producción", nosotros aquí no nos referimos al derecho a participar en una parte proporcional del impuesto a la Renta, porque con frecuencia las empresas públicas no pagan impuesto a la Renta. El colega Reátegui nos pide una interrupción, con la venia de usted, señor Presidente. El señor REATEGUI TRIGOSO.- Señor Presidente, simplemente para apoyar en todo lo que está expresando el colega Julio Díaz Palacios, creemos que el artículo 81§, último párrafo está redactado de una manera defectuosa, creemos que como hemos pensado que la delimitación de la descentralización todavía no está definida, asignarle exclusivamente a los Municipios el íntegro de los ingresos por concepto de canón es un exceso,. Creemos que debe ser en el texto indicado por colega Julio Díaz, y tal como fue propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Amazonía, y también debe recoger una cosa muy importante, no solo debe referirse a los conceptos de impuesto a la Renta, yo creo que la Comisión de Constitución no tiene entendido bien el concepto en cuanto a qué tipos de ingresos puede generar una explotación de recursos naturales. Hay diferentes tipos de concepto, no solo el concepto tributarista, sino también hay regalía, participación de la producción y otros tipos de ingresos. Yo creo que el concepto que debe ponerse debe ser "de los ingresos que para el Estado genere la explotación de los recursos naturales", tal como fue propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Amazonía. Gracias. El señor DIAZ PALACIOS.- Bien, ... (Continúa en el turno N§ 14)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor REATEGUI TRIGOSO..(continuando).. ponerse debe ser "de los ingresos que para el Estado genere la explotación de los recursos naturales" tal como fue propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Amazonía. Gracias. El señor DIAZ PALACIOS.-Bien, colega. Realmente nos felicitamos de coincidir con el colega Reátegui y con muchos colegas congresistas que proceden de regiones y provincias, me van a disculpar no tenemos tiempo suficiente, será en otra oportunidad, colega. En el sentido de que, traduciendo la verdadera inquietud y propuesta de nuestros pueblos, necesitamos lograr que se consagre una formulación del "derecho al canon" que realmente no signifique una mera ilusión sino la garantía e importante transferencia de recursos para lograr el desarrollo descentralizado de nuestro país. Señor Presidente, no vamos a poder conceder colega por falta de tiempo, me disculpa en esta oportunidad. Yo continuar colega Presidente, señalando que lamento no poder ceder otra interrupción por el problema de tiempo, que la mayoría ofreció al pais dentro de su propuesta de reestructuración del Estado un Estado moderno y la modernidad, señor Presidente, pasa por incorporar al presupuesto criterios que hasta ahora no han sido tomados en cuenta, que en particular en lo relativo a la cuenta general. El Artículo 88§ hace referencia a que la cuenta general tiene que ver con los criterios tradicionales de ver si efectivamente se ha hecho la ejecución presupuestaria en función de los ingresos y egresos. Pero ese es un criterio convencional que muy raras veces se ha cumplido por un lado; y por otro lado, resulta poco positivo para el país desde una óptica de desarrollo sostenible y mas aun desde el cumplimiento de las obligaciones de un Estado moderno. Por eso es que, con seguridad usted conoce colega Presidente, muchísimos paises con el apoyo de organismos como el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial están promoviendo la necesidad de que las cuentas generales de la repúblicas, es decir, la Cuenta General de cada país incorporen también el criterio de valorizar económicamente el patrimonio natural de cada nación. Pues, si de los recursos naturales va a depender el desarrollo de cada país, es importante tener no solo un inventario de vez en cuando de qué recursos naturales, qué patrimonio tenemos en flora, fauna, etc. sino cómo evolucionan estos recursos conforme los planes de desarrollo. Yo quiero decir, por ejemplo, de acuerdo a estudios mas o menos actualizados, que tenemos aproximadamente 262 cuencas hidrográficas, 40 a 50 mil especies de flora, somos propietarios -por decirlo asi- del ochenticinco por ciento de la población mundial de alpacas y treinta por ciento de la poblacion mundial de llamas; pero qué va a pasar con estos indicadores de aquí al próximo año? Este es un asunto que también tiene que ser incorporado en la Cuenta Nacional como se recomienda por muchos organismos internacionales y para tal efecto es que estamos presentando un adicional al Artículo 88§ señalando estrictamente que "forma parte de la Cuenta General la valorización económica del patrimonio natural de la nación". Muchos países ya tienen importantes y significativas experiencias en la incorporación de este criterio a su respectiva cuenta nacional. Y finalmente, señor Presidente, queremos expresar nuestra sorpresa por el hecho de que el artículo relativo a la Contraloría General toma en cuenta solo una de las tres funciones que la Constitución del 79 asignaba a la Contraloría. Se señala que la Contraloría es competente para supervigilar la ejecución de los presupuestos del sector público lo que es correcto; pero se ha hecho omisión a las otras dos competencias, la necesidad de que se supervigile o supervise las operaciones de la deuda pública y supervise la gestión y utilización de los bienes y recursos públicos. Solicitamos, entonces, al señor Presidente de la Comisión de Constitución que subsane esta omisión, salvo que exista otro criterio que nos parece muy grave por las implicancias que pueda tener en un momento, señor Presidente, en el que todos necesitamos no solo dar imagen sino garantizar que los órganos de control real y efectivamente van a cumplir un rol de fiscalización eficaz en nuestro país para asegurar lo que todos deseamos, un adecuado y óptimo uso de nuestros recursos fiscales y garantizar el desarrollo sostenible de nuestro país. Eso es todo, colega Presidente. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, señor Diaz Palacios. Tiene la palabra el señor Mario Paredes. El señor PAREDES CUEVA.- Presidente: Yo creo que varios colegas que me han precedido están, creo, de acuerdo en el sentido que en el segundo párrafo del Artículo 139§ de nuestra Constitución vigente, claro ... (SIGUE EN EL TURNO 15) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor PAREDES CUEVA.- (Continuando)... lo que recuerdo en el sentido que el segundo párrafo del Artículo 139§, de nuestra Constitución vigente, claro que esta dentro de nuestro código tributario, pero y es importante considerar este artículo Presidente, volverlo a reincorporar porque este artículo en sus principios se encuentran los criterios rectores reguladores para implementar la políticas, establece las normas de todo un régimen tributario, que es muy importante reincorporarlo. Otro de los puntos que creo que estamos de acuerdo es la exoneraciones pero en extrema emergencia o sea que se podría agregar, decir que hay exoneración tributaria solo en caso de extrema emergencia, expresamente declarada por ley. Pero un punto que creo que se han olvidado, no se si hay olvido, voy a ser claro, los tributos financian exclusicamente el funcionamiento del sector público y se les quiera a cubrir el costo del servicio para la finalidad, para el cual se recauda. Esto es importante Presidente, este capítulo que no lo he visto, ya el PPC, el doctor Bedoya presentó un proyecto de ley que se dio en este Congreso, entonces si ya hemos visto estos proyectos, por qué no incluir en nuestra constitución, que sería muy importante. Otro de los puntos Presidente, es sobre la discriminación, en ralidad no hay impuesto confizcatorio, ni privilegio personal, ni discriminacián alguna en materia tributaria. Y esto rectifico la descriminación, por experiencia personal, Presidente. La experiencia personal es que he sido 4, 5 años empresario de la plaza de Acho y sucedió que por resentimiento de dos Presidentes de la República, ha mantenido un impuesto confiscatorio, discriminatorio. Se trata de del General Velasco, que fue pifiado en la Plaza de Acho y entonces él comentó y dijo: Cual es el expectáculo público no deportivo que paga la mayor cantidad de impuestos, le dijeron el Hipódromo y el juego de ruletas, a entonces a esto de Acho los castigo y le pongo el 30 por ciento igual, y se colocó el 30 por ciento Presidente, sobre todo en la entrada bruta, que viene a ser un 70 por ciento del líquido que es un impuesto confiscatorio. Y se mantuvo con el gobierno del doctor Alan García, mi compadre que tampoco no le dejaron entrar a Acho y dijo a estos, igual que se revienten. Y seguimos mas tarde con el Arquitecto Belaúnde, bueno el impuesto es bueno porque es gente de élite especial y que lo paguen. O sea que en realidad son impuestos y ahora que le toca dirigir a la beneficencia, porque esta haciendo empresa la beneficencia, ahora si paga el 10 por ciento del impuesto, y cuando hacen los municipios no pagan nada. O sea que el empresario privado, es el sacrificado, cuando van hacer los del municipio no hay ningún impuesto, va hacer la beneficencia paga 10 por ciento y cuando hace un empresrio privado el 30 por ciento. Es discriminatorio Presidente. El señor LARRABURE GALVEZ.- Una interrupcion. El señor PAREDES CUEVA.- Con todo gusto. El señor LARRABURE GALVEZ.- Gracias señor Presidente, por lo que le he entido los mandatarios de turno con la venia Presidente. Los mandatarios de turno que iban a la plaza de Acho, ponían impuesto porque recibian rechifla, fue el caso de Alan García y el caso del General Velasco. Entonces usted cre que le convenga ir al Presidente Fujimori a la plaza de Acho o no. Gracias. El señor PAREDES CUEVA.- No podría contestar porque desgraciadamente ya no soy empresario de la Plaza. En arena de Lima se le va aplaudir. El señor ZAVALLOS RIOS.- Me concede una interrupción con la venia de la Presidencia. El señor PAREDES CUEVA.- Si como no. El señor ZEVALLOS RIOS.- Gracias. Señor Presidente, pido se incluya en el tercer párrafo del Artículo 81§ lo que a continuación indico: Se debería poner, "corresponde a las zonas conforme a ley recibir una participación adecuada de los ingresos que genere para el Estado la explotación de sus riquezas naturales"; en vez del párrafo que esta escrito. Gracias. El señor PAREDES CUEVA.- Bueno Presidente, para terminar quiero en primer lugar hacer llegar mi felicitación a mi colega el doctor Orihuela que ha estado de... (Contínúa en el Turno N§ 16)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor ZEVALLOS RIOS...(continuando)...en vez de su párrafo que está escrito. Gracias señor Presidente. El señor PAREDES CUEVA.- Bueno Presidente, para terminar quiero en primer lugar hacer llegar mi felicitación a mi colega el doctor Orihuela que ha estado fenomenal esta tarde. Gracias Presidente. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el congresista Mario Charán . El señor OCHARAN ZEGARRA MARIO.-Señor Presiente, voy a empezar mi intervención haciendo referencia al Artículo 8l§, en la parte relativa a la distribución de la renta a manera de canon para los municipios. Insistiendo en el tema de la Descentralización, señor Presidente, quisiera que ponga orden en la Sala, ya que las conversaciones no permite, señor Presidente. Yo creo que este es un tema trascendental, señor Presidente, y creo que debe merecer la atención de todos los señores congresistas; le rogaría que ponga orden en la Sala. Me refería al Artíuclo 8l§, señor Presidente, en la parte relativa a la distribucion de la renta a manera de canon, para los municipios. Yo creo que es aquí la distribución del canon debe hacerse no solamente a los municipios, sino también al organismo, al poder central que haya entre el Ejecutivo y los gobiernos locales; de tal maner que propongo que se modifique la redacción del tercer párrafo de este artículo, donde diría: " Corresponde a los niveles de gobierno, distintos al Gobierno Central, conforme a ley, percibir una participacion", etc. etc. En cuanto al Artículo 83§, señor Presidente, que se refiere a que el proyecto de presupueto debe estar efectivamente equilibrado, considero necesario, señor Presidente, que se incorpore el párrafo que ha propuesto mi partido por considerarlo indispensable, señor Presidente. Es necesario que todas las leyes de carácter tributario que procuren ingresos del Estado, deben votarse independientemente de la Ley de Presupuesto y antes de ésta. Esto significa, señor Presidente, que no podemos por un lado aprobar el Presupueto en forma integral, y en una fecha distinta aprobar todas aquellas leyes que generen los ingresos justamente para equilibrar el Presupuesto. Por lo tanto, sugiero que se agregue un último párrafo en este artículo que diría lo siguiente: "Las leyes de carácter tributario que sean necesarias para procurar ingresos del Estado, deben votarse independientemente de la Ley de Presupuesto y antes de ésta". En cuanto al Artículo 84§, debo coincidir con la propuesta de mi colega Henry Pease, en el sentido de que no es el Congreso el que no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos. Debo insistir en el hecho de que son los congresistas, es el congresista el que no tendría esta facultad; pero sí la tendría, señor Presidente, para modificar el Presupuesto; y esto creo que es una facultad inherente a la labor de fiscalización que debemos tener los ochenta congresistas, señor Presidente. Voy a proponer, señor Presidente, la incorporación de un nuevo artículo que considero el más trascendental en la discusión de este Capítulo, y se refiere al hecho de que el proyecto de presupuesto, que el Presidente de la República envíe al Congreso Constituyente, debe inicialmente pasar por la evaluación y dictamen de la Comisión de Presupuesto. Esto es indispensable, señor Presidente, porque de acuerdo, si prospera el plantamiento de la mayoría o de la Comisión de Constitución; quiere decir que el Presidente de la República envía el l5 setiembre el proyecto de Presupuesto directamente al pleno del Congreso y donde sabemos que el Presidente de la República tiene mayoría dentro del Congreso; entonces para qué se envía el Presupuesto si ya sabemos de que éste va a tener una aprobación prácticamente definitiva y donde no va a sufrir este proyecto de presupuesto... (Sigue turno No. l7).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor OCHARAN ZEGARRA...(continuando)...para qué se envía el presupuesto, si ya sabemos de que éste va a tener una aprobación prácticamente definitiva; y donde no va a sufrir este proyecto de presupuesto en la Comisión respectiva, que para eso se ha creado, el análisis previo y el debate previo con los Ministros del Estado, a efectos de elevar el dictamen al Pleno del Congreso donde sí ya podrán venir los Ministros a sustentar ante el Pleno el presupuesto que aprobaríamos finalmente. Y digo esto, señor Presidente, porque a mí me preocupa mucho el hecho de la situación que se está dando en este momento. El presupuesto que rige para 1993 ha sido aprobado en un gobierno de facto; y ese presupuesto, señor Presidente, sigue vigente. A mí realmente me preocupa que pasados, transcurridos seis meses del presente ejercicio, este presupuesto aprobado de un gobierno de facto aún no haya sido adecuado al orden jurídico existente en el país, cual es el sistema democrático. Entonces, pues, esto señor Presidente, es absolutamente contraproducente con la necesidad que tenemos de darle al país claridad en cuanto a la ejecución del gasto público. Señor Presidente, yo quiero hacer referencia a una serie de excesos que se dan a través de la ley anual de presupuesto para 1993, aprobado en un gobierno de facto, y que estoy seguro que una vez que lo lean, señor Presidente, los miembros de la mayoría van a darse cuenta que no es conveniente que el presupuesto tenga el mecanismo que ha sugerido la Comision de Constitución. En este presupuesto que es vigente para 1993 se está permitiendo, por ejemplo, que quedan exceptuadas en lo dispuesto en el artículo referido a la excepción de los límites y de los montos y de los procedimientos para efectuar las adquisiciones quedan exceptuadas de los dispuesto en el presente artículo las adquisiciones y contrataciones efectuadas por emergencia o urgencia. Y lo increible, señor Presidente es en el punto b), efectuadas obteniendo ventajas economicos para el Estado. Quiere decir, señor Presidente, que solamente considerando que hay un indicio de una ventaja económico para el Estado se puede adjudicar la buena pro. Igualmente, señor Presidente, en el artículo donde se refiere para cambiar la modalidad de ejecución de estudios y obra por contrata, a la de administración directa se requiere de resolución de titular de pliego. O sea, una resolución del titular de pliego se podrá modificar la modalidad de contratación. Igualmente, señor Presidente, en el Artículo 12§ se dan exoneraciones excesivas a las cúpulas militares y policiales que ellos, el presupuesto que se les asigna pueden ejecutarlo de la manera que crean conveniente, puesto que existe un decreto supremo secreto, mediante el cual se les permite que puedan adquirir departamentos, terrenos, computadoras, pinturas, etc. Igualmente, y lo increible, señor Presidente, también se exonera las licitaciones de los requisitos... (continúa en el turno 18)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 El señor OCHARAN ZEGARRA.- (Continuando)... adquirir departamentos, terrenos, computadoras, pinturas, etc. Igualmente, -y lo increíble, señor Presidente- también se exonera las Licitaciones, de los requisitos de Licitación, los servicios de aseo y de limpieza a las entidades del Estado. Es decir, señor Presidente, una serie de excesos innecesarios y que obviamente no le dán al país señor Presidente, ninguna seguridad ni transparencia, de que la ejecución del Presupuesto sea transparente y que le dé confianza a los peruanos, de que sus recursos están adecuadamente utilizados. Y señor Presidente, el asunto no queda ahí, la Comisión de Presupuesto a la cual pertenezco, todavía no ha revisado la Ejecución Presupuestal de 1992, aún no ha revisado para nada la Ejecución Presupuestal de 1993 y el Presupuesto de 1993 tampoco lo ha revisado, y yo le pido aquí, al Presidente de la Comisión de Presupuesto, con toda cordialidad señor Presidente, que explique el porqué de toda esta situación, ha habido una dilación intencionada señor Presidente, de no revisar todos estos aspectos, porqué? Por que se desea que el Presupuesto vigente para el presente Ejercicio, siga siendo aplicado en función de como lo ha aprobado el Gobierno de facto y esto creo que no vá, no se condice señor Presidente, con la transparencia con que debemos actuar todos los miembros de este Congreso, para que, como repito, el país sepa que sus recursos están adecuadamente utilizados. Igualmente señor Presidente, al interior de esta Comisión de Presupuesto, se nos ha asignado alegremente a los 9 miembros, aproximádamente la fiscalización de aproximádamente 25 PLiegos, 25 Pliegos señor Presidente a cada uno de nosotros y no se nos ha dado absolútamente, la más mínima posibilidad de poder ejercer nuestra función de fiscalización señor Presidente, pese a los múltiples reclamos que hemos hecho al señor Yoshiyama, Presidente del Congreso, quien no ha atendido para nada nuestros reclamos, señor Presidente y acá también quiero decírles al Presidente de la Comisión de Presupuesto, que nos explique porqué el no supo conseguir todas estas facilidades que necesitamos señor Presidente, para cumplir mínimamente con nuestra labor de fiscalización. Se piensa señor Presidente, que la fiscalización del Congreso será a través de la Comisión de Fiscalización, pero todos sabemos, que la Comisión de Fiscalización señor Presidente, solamente se ocupa de casos, cuando los hechos están consumados y la de Presupuesto es el control recurrente, o sea, es el control que vá paralelo a la ejecución del gasto, y todo esto no lo podemos hacer señor Presidente, porque ha habido una deficientísima labor del Presidente de la Comisión de Presupuesto, para hacer prevalecer la prestancia de esta Comisión. El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Ocharan, ya terminó o no? El señor OCHARAN ZEGARRA.- No, todavía señor Presidente. Señor Presidente: Hay otro tema fundamental y ese tema, no tengo tiempo para interrupciones señor Presidente. Este tema está referido señor Presidente, al hecho de que creo que ha habido una omisión fundamental en la redacción del articulado referido a Presupuesto. Se ha hablado, o se habla en el artículo -si no me equivoco 88 u 89- respecto de la Cuenta General de la República, señor Presidente, que debe hacer acompañada de un Informe de Auditoría por la Contraloría General. Pero señor Presidente, no se ha hablado para nada, o no se ha aprobado, o considerado dentro de este articulado, el tema referido al Sistema de Contabilidad Nacional. Es indispensable que haya un Sistema de Contabilidad General, porque jústamente el Sistema Nacional de Contabilidad General, es el que prepara la información, el que la clasifica y la eleva a la Contraloría General de la República, para que prepare la cuenta nacional. Entonces, es inexplicable señor Presidente, el hecho de que no se haya considerado un artículo que considero trascendente e importante. Igualmente, este mismo tema está vinculado con la misma Contraloría General de la República, puesto que si no hay un Sistema Nacional de Contabilidad y siendo la Contraloría el órgano de Fiscalización que se basa en el Sistema Nacional de Contabilidad para ejercer su función... (Continúa en el Turno No. 19)...
(Plenario Vesp.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C 19-07-93 El señor OCHARAN ZEGARRA.-(Continuando)...por la misma Contraloría General de la República, puesto que si no hay un Sistema Nacional de Contabilidad y siendo la Contraloría el órgano de fiscalización que se basa en el sistema nacional de contabilidad para ejercer su función de fiscalización, simplemente la Contraloría no tendrá un sistema organizado de contabilidad para poder ejercer su labor fiscalizadora, por lo tanto, señor Presidente, considero que es indispensable que ese artículo se considere en este capítulo de presupuesto. Y finalmente, señor Presidente, tratándose del tema de la Contraloría General de la República. Yo pienso, señor Presidente, que no debe haber un conocimiento pleno de lo que significa la labor de esta importante institución del Estado, puesto que se le ha tratado de minimizar, de restarle autonomía, de restarle funciones cuando lo que debemos hacer los ochenta congresistas es justamente fortalecer a esta institución, señor Presidente, darle los suficIentes recursos, no es posible que la Contraloría General de la República en el presente ejercicio esté funcionado con siete millones seiscientos mil soles, señor Presidente. Cómo una entidad tan importante va a poder desplazarse a nivel nacional para poder ejercer esta importante labor de fiscalización, y siendo esta la realidad, aún a través de este artículo le restamos autonomía y le restamos funciones. Señor Presidente, para este tema propongo el siguiente artículo: "La Contraloría General como organismo autónomo y central del Sistema Nacional de Control, supervigila la ejecución de los ingresos y egresos, porqué, señor Presidente, porque se confunde cuando se dice que supervisará la ejecución presupuestal y todas las entidades del Estado solamente responden ante la Contraloría cuando se trata de fiscalizar los gastos. Pero quién fiscaliza los ingresos, señor Presidente, quién fiscaliza a SUNAT que cumpla con las metas y los procedimientos que debe cumplir en ejercicio de su función. Quién fiscaliza a la SUNAD respecto de la fiscalización de contrabando y de los ingresos de las mercaderías por las aduanas; esta dos entidades, señor Presidente, al parecer tienen ciertos privilegios puesto que están al margen de lo que significa el control, la fiscalización por parte de la Contraloría General de la República. Por ello es que en mi opinión, señor Presidente, es indispensable que se considere en este artículo esos términos, que debe supervigilar la ejecución de los ingresos y egresos del presupuesto del sector público. Y señor Presidente, en la propuesta de la mayoría o de la Comisión de Constitución se le han retirado, por no decir cercenado, dos importantes funciones a la Contraloría General de la República, y es el referido a la supervisión de las operaciones de deuda pública y de la gestión y utilización de bienes y recursos públicos. Yo pregunto a los señores que han concebido ese artículo, quién va a hacer esa labor de fiscalización a esas dos importantes tareas, señor Presidente, cuál organismo alterno se está proponiendo para que fiscalice estos temas fundamentales, señor Presidente, cuál es el cómo se ejecutan las operaciones de endeudamiento que tiene el Estado, quién va a fiscalizar esas operaciones. Yo quisera que me respondan qué otra entidad lo va a hacer, señor Presidente. Ahí hay en juego ingentes cantidades de dinero en moneda extranjera, señor Presidente, que creo que de todas maneras debe ser incorporadas dentro de las obligaciones de la Contraloría. Igualmente, señor Presidente, quién va a fiscalizar la debida utilización y racionalización de los recursos y patrimonios del Estado, que me respondan, señor Presidente, cuál será la entidad que se encargará de reemplazar a la Contraloría General de la República en esta tarea. Asimismo, señor Presidente, propongo que este artículo debe en el tema referido a la designación del Contralor de la República, considero, señor Presidente, que ningún Contralor de la República superviva a una gestión presidencial, por razones de ética, señor Presidente, por razones de moral, no se puede mantener un Contralor después de dos años de fenecido un.. (Continúa en el Turno N§ 20) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor OCHARAN ZEGARRA.- _(continuando)_ Contralor de la República superviva a una gesitón presidencial por razones de ética, señor Presidente, por razones de moral, no se puede mantener un Contralor después de dos años de fenecido un gobierno porque es obvio que no se ejecutará la fiscalización de las operaciones del gobierno anterior. Y no me estoy refiriendo en exxclusivo al actual régimen, señor Presidente. Me estoy refiriendo a todos los gobiernos que vengan en adelante, creo que por la salud del país no se debe pemitir que el Contralor sobrepase el límite de lo que representa el término presidencial. Y finalmente, señor Presidente, en cuanto a la organización y atribuciones del sistema nacional de control en el tema de la descentralización. Señor Presidente, no es posible tener una Contraloría capitalina, una Contraloría débil en su accionar, quién no conoce, señor Presidente, que la Contraloría nunca intervino o hizo acción de control en las Fuerzas Armadas, quién no conoce que esto mismo ha sucedido con el Ministerio de Economía y Finanzas; y quién no sabe que nunca se intervino ni SUNAD, ni SUNAT. Entonces hay entidades sagradas al margen del control, señor Presidente, entonces el mismo Congreso, creo que el tema de la descentralización está estrechamente ligado con el accionar de la Contraloría General de la República. Son dos mil ochocientas instituciones del Estado que tienen que controlarse y por lo que los provincianos conocemos, no conocemos de fiscalización alguna que se haya hecho a ningún municipio en el interior del país. Por qué? Porque la Contraloría es débil, tiene un presupuesto bajo que no tiene las herramientas suficientes como para poder abarcar la integridad del país. Y por éso es que propongo que debe normarse sobre Contralorías descentralizadas, señor Presidente. Quiero terminar con un tema muy breve, señor Presidente, del cual inclusive lo he conversado con técnicos de la Contraloría. Creo que en el artículo 89§ u 88§, donde se pone como fecha límite el 28 de julio para que la Contraloría pueda presentar la Cuenta General de la República, creo que es un periodo muy corto, señor Presidente, para que la Contraloría pueda trabajar con toda profesionalidad y con la amplitud suficiente de la Cuenta General de la República. Ellos me han manifestado que todas las entidades del Estado presentan sus balances al 31 de marzo de cada año. Y si fijamos como fecha límite el 28 de julio, pues creo que la Contraloría no va a poder cumplir a cabalidad con esta función. Por lo tanto yo sugeriría que en ese artículo se ponga como fecha límite el 15 de setiembre. Eso es todo, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Ocharan. Tiene la palabra el señor congresista Jorge Velásquez Gonzáles. El señor VELASQUEZ GONZALES.- Muchas gracias, señor Presidente. Observando con detenimiento nuestra Carta Magna, vemos que un artículo no ha sido variado, casi todos han sido tocados, pero algunos no sé porque nosotros mismos no lo hemos cambiado. Como dice el dicho, en casa de herrero cuchillo de palo. El Congreso no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto, tampoco puede proponer tributos cpn fines predeterminados. En cualquier otro caso las proposiciones de índole tributaria requieren previo informe del Ministerio de Economía y Finanzas. Me extraña, algunos han dicho referencialmente el asunto, pero nadie lo ha tocado a fondo. Señor Presidente, en la Carta Magna del 79 y en la actual, los congresistas nos hemos castrado nuestra función pincipal de legislar, no tenemos capacidad de iniciativa integral, para ciertas cosas nos dan la oportunidad de inciciativa, pero para las más fundamentales realmente nos hemos cortado los brazos. Yo provengo del interior de la República, fui diputado en este régimen que quedó trunco el 5 de abril, no tuve la ocasión de cumplir con los encargos del pueblo de Arequipa, yo creo que los ochenta congresistas en gran parte provenimos del interior de la República, y recibimos cada vez que hacemos una visita documentos sobre obras fundamentales para el desarrollo de los pueblos. Qué resulta? Las regiones resultaron improductivas por falta de asesoría técnica, por falta de gente capaz -podríamos decirlo- para proyectar leyes_ (CONTINUA EN EL TURNO - 21)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor VELASQUEZ GONZALES.- (Continuando)...sobre obras fundamentales para el desarrollo de los pueblos. ¨Qué resulta? Las regiones resultaron inproductivas por falta de asesoría técnica, por falta de gente capaz -podríamos decirlo- para proyectar leyes en beneficio de los pueblos, o sea, para obras de desarrollo de los pueblos. Quien les habla, tanto en el régimen anterior como en el presente, ha recibido el informe técnico de ingenieros, de gente especializada, por ejemplo, del Ministerio de Agricultura, no de cualquier persona sino de técnicos, estudios para la construcción de dos represas fundamentales para la ciudad de Arequipa: La represa de Pillones y Condori. En la Región Arequipa, no sé si por falta de capacidad o por falta de tiempo o porque simplemente se han convertido la Región en un órgano ejecutor, no han proyectado estas dos obras fundamentales. Acabamos de pasar dos etapas duras de sequía en la ciudad de Arequipa que ha determinado que no tengamos energía eléctrtica, que los cortes y recortes de luz se hagan todos los días y, sobre todo, no tengamos el agua suficiente y fundamental de para el riego de la provincia de Arequipa. Muchas cementeras no han producido por falta de agua; y esto es por falta de previsión, porque en la cuenta hídrica del Rio Chiri no se hizo dos obras fundamentales como son Pillones y Condori que nos permitirían albergar la cantidad de agua suficiente para cubrir en las temporadas de sequía el recurso hídrico que necesitan nuestras cementeras. Además, porque tenemos una hidroeléctrica como es la de Charcani, que puede generar 135 megawats y ha sido construida en el gobierno de don Fernando Belaunde y terminada en el gobierno del doctor Alan García Pérez, pero es un elefante blanco porque a la actualidad solamente genera 35 megawats; es decir, se han gastado 800 millones de dólares en forma insulsa y es como regalar dinero en un momento de crisis como los actuales que realmente ponen en situación de postración a nuestro pueblo. El pueblo de Arequipa reclama estas dos represas desde muchísimos años atrás, desde el año cincuenta se han proyectado las obras pero sin embargo no se han hecho. Quienes han alcanzado a Jorge Velásquez Gonzáles representante de Arequipa estos proyectos, son los agricultores arequipeños, gente técnica del Ministerio de Agricultura que por años están en sus carpetas estos estudios sin que se ejecuten las obras, sin que se las programe a través del Presupuesto General de la República; y es que continuamos con el centralismo que siempre ha agoviado a los pueblos del interior. Jamás hemos pensado que los pueblos del interior no se desarrollan actividades por falta de energía eléctrica, no hay industrias por falta de energía eléctrica, no se aumenta la frontera agrícola por falta de agua; no se hacen obras fundamentales. En esta ocasión yo he presentado dos proyectos de ley, y me pueden servir como testigos los compañeros de la Comisión de Presupuesto y otras comisiones de Agricultura, por ejemplo. No se ha tomado en cuenta, por qué, por este bendito artículo que deberíamos sacarlo, estirparlo, desaparecerlo de la Constitución, porque no tenemos capacidad de gasto los representantes del pueblo; y entonces para qué hemos sido elegidos. Pregúntense ustedes que son de provincias, quítense el velo político, piensen en los asuntos que han sido encargados por su pueblo. No pueden cumplirse con las obras, porque simplemente la Constitución nos margina, nos castra en nuestra capacidad de iniciativa. Señores, yo quisiera que este artículo sea realmente reformado permitiendo que en obras fundamentales que cuenten con el aval de los gobiernos regionales y locales, sí se pueda tener iniciativa de gasto aquellos que hemos sido elegidos por el pueblo porque somos sus representantes. Hay que ser sencibles con las provincias. Arequipa no hubiera tenido los problemas que ha tenido hace poco si hubiera tenido las dos represas, si hubiera tenido la capacidad de recaudar el recurso hídrico en cantidad suficiente para regar sus cementeras en los tiempos de sequía y hubiera tenido la energía eléctrica para industrializar su región. Y seguramente como mi problema, es el mismo problema de ustedes que vienen de provincia. Nosotros la gente del interior venimos con encargos del pueblo, y cuanto regresamos a nuestros terrirtorios nos piden cuentas. Felizmente los de la capital no tienen ese problema, pero nosotros los que venimos del interior sí. Ya he tenido yo la consecuencias en las elecciones de ahora para la Constituyente, la votación fue más baja, por qué, porque la gente me lo dijo en mi cara y a través de los medios de comunicación social: Jorge no haz cumplido. Pero nosotros no podemos explicarles que en la Constitución nos castra, nos corta las manos, no nos permite legislar en favor de ellos, porque el centralismo... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 22 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor VELASQUEZ GONZALES.- ...(Continuando) ...en la Constitución nos castra, nos corta las manos, no nos permite legislar en favor de ellos, porque el centralismo desde lejos, a mil kilómetros por ejemplo en Arequipa y no saben las obras fundamentales que necesita nuestro pueblo. Quiero dar una interrupción aquí al señor Larrabure, Presidente. Si usted fuera tan amable. El señor LARRABURE GALVEZ.- Con la venia de la Presidencia, muchas gracias Congresista Velásquez, mira, realmente me contagia su emoción el Congresista Velásquez, demuestra su gran sensibilidad social, pero, quiero decirle que los problemas de Arequipa -yo he recorrido el valle de Arequipa, Majes, todos los sitios inclusive esto de Ocoña que se quiere hacer también ahí la gran irrigación de Ocoña y que se quiere- pero el problema que hay es que no hay dinero, el tesoro público no tiene dinero. Entonces yo creo que lo hay que abrir esa licitación internacional, todos esos proyectos, así como tenemos en Arequipa esos grandes proyectos para llevar a los agricultores, también hay en el nort, Olomos, Tinajones, Gallito Ciego, en todo el Perú quieren irrigaciones; entonces lo que hay que abrir es el mercado a licitación internacional para que vengan grupos de extranjeros -japoneses, koreanos- y se puedan realmente llegar a realizar esto, pero, crees amigo Jorge Velásquez, con la venia de la Presidencia, que un proyecto de 200 millones de dólares, no puede hacer el Gobierno un proyecto de 10-15 millones de dólares porque no tiene dinero, menos va a hacer uno de 40, 50, 100, 200 millones de dólares. Yo te entiendo, me identifico plenamente contigo, pero vamos a abrir las puertas al capital extranjero y que vengan ellos a licitación internacional los proyectos de irrigación. Con todo gusto. El señor VELASQUEZ GONZALES.- En buena hora señor Larrabure, si viene el capital, yo estoy de acuerdo con el capítulo económico donde se ha insertado un artículo específico para permitir que se den conseción los recursos *líricos* cuando se trata por ejemplo de generar energía electrica para industrias, perfectamente de acuerdo. Pero hay unos sectores que ya no se puede vender, porque esto ya está construído y se tiene que cumplir simplemente, y para que construyeron la represa, la hidroeléctrica de Charcani en este caso, tenían que haber construido primero la represa, sin embargo hicieron la obra final y se olvidaron de dónde iban a recursear el agua, y es lo que falta ahora, agua precisamente. Y ese encargo, señor, lo hemos recibido del pueblo, lo hemos presentado, los informes de la Comisión de Presupuesto son negativos para estas obras fundamentales para el desarrollo del pueblo de Arequipa, y en que se basan, precisamente en este artículo, que nosotros no tenemos capacidad de gasto. Si, con la venia de la Presidencia, a la señora Lozada de Gamboa. El señora LOZADA DE GAMBOA.- Gracias, señor Jorge Velásquez, yo solamente le quisiera decir que no podría concebir una independencia de Poderes, si es que el Poder Legislativo va a tener *iniciativa* en al gasto público. Estaríamos definitivamente interfiriendo la labor del Ejecutivo. Yo creo que nosotros tenemos que cumplir con nuestra labor Legislativa y fiscalizadora del Ejecutivo; si es que el Ejecutivo prioriza dentro del Presupuesto la Ejecución de una obra, nosotros como fiscalizadores, seríamos los encargados de hacerlo cumplir, pero no, tener iniciativa y crear un conflicto en las funciones que deben tener ambos Poderes. Gracias. El señor VELASQUEZ GONZALES.- Para eso nos han puesto ideas en la cabeza, y no la tenemos de adorno, para eso son los reglamentos de los dispositivos legales de la Constitución, para eso son las Leyes, para que se vea la forma de que las Regiones den el visto bueno y traigan los encargos los Legisladores y se priorice en el Presupuesto del próximo año las obras monumentales de los pueblos. La cabeza no la tenemos de adorno, para eso es para pensar, sin embargo creo yo que nuestra obra principal es procurar que haya igual desarrollo en los pueblos del interior y de la capital de la República. Todas las obras se programan en la provincia capital y la provincia Constitucional del Callao, y las obras que no interesan, que son, que pasan desapercibidas que son muy pequeñas, se hacen en el interior; eso sí, aparecen en televisión, pero yo creo que obras fundamentales para el desarrollo de los pueblos no se hacen. Y si nosotros buscamos equiparar que haya igualdad de desarrollo en todos los departamentos del país, se debe procurar que se hagan estas obras, pero para el efecto, los Legisladores que tenemos el encargo de nuestros pueblos tenemos que tener capacidad de Legislar. Yo creo que en este aspecto se debe abrir el debate, se han dejado estar la mayoría de Consituyentes, especialmente los de provincias, aquí es donde tenemos que reclamar, aquí es donde tenemos que "pitear" este artículo es lesivo a los interéses de los pueblos del interior. Gracias, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Gracias señor, tiene la palabra el señor Barba Caballero. El señor BARBA CABALLERO.- Bueno, yo solo espero, señor Presidente, que la propuesta del señor Ocharán, que en mi concepto son serias, están bien documentadas y muy concisas, sean tomadas en serio por la Comisión de Constitución, y ojalá logren formar parte del articulado; porque con ellas creo estaríamos asegurando no solo una verdadera justicia tributaria, sino también una adecuada fiscalización, señor. En lo que se refiere a las preocupaciones legítimas del señor Velásquez, muchos Parlamentarios limeños y de otras capitales, no han hecho su publicidad, ni su ... (Continúa en el turno N§ 23)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor BARBA CABALLERO..(continuando)..señor. En lo que se refiere a las preocupaciones legítimas del señor Velásquez, muchos parlamentarios limeños y de otras capitales no han hecho su publicidad ni su propaganda prometiendo obras públicas. Todos sabemos perfectamente que la función de un parlamentario es legislar, fiscalizar y sobre todo, actuar con independencia y probidad frente al Poder Ejecutivo. Si el señor Velásquez cumple con estas condiciones en su periodo, yo estoy seguro que va a ser recibido con laureles y aplausos en su respectiva circunscripción y nuevamente lo tendremos de vuelta por aquí. Ahora, señor, en lo que se refiere a otra preocupación legítima del señor Ocharan, es con respecto a la Contraloría General de la República. No es equitativo ni justo ni prudente,señor, que el Presidente de la República proponga ante el Congreso a los mismos funcionarios encargados de ejercer control y fiscalización sobre los actos del Poder Ejecutivo, de alli que me parece legítima la propuesta creo que de Henry Pease, en el sentido de que el Contralor General de la República sea propuesto y elegido por el Congreso, con esto garantízaríamos una efectiva y quizás adecuada fiscalización. En lo que se refiere, señor, a los tributos creo que el artículo respectivo me parece insuficiente por su poca claridad y por sobre todo, porque no crea un marco de principios para gravar con justicia a los contribuyentes y esto podría ser una puerta para algunas arbitrariedades del Poder Ejecutivo. La fijación de los impuestos, gravámenes y contribuciones por ley solo después de su aprobación por el Parlamento es una conquista parlamentaria que viene de los tiempos de Carlos I en Inglaterra y asi tiene que ser, señor, para librar básicamente a los ciudadanos de impuestos caprichosos y arbitrarios. Sin embargo, a pesar de que ésto está establecido no hay claridad en el artículo propuesto y esto como bien lo sabemos, señor, es una garantía universal e indispensable en toda Constitución y sobre todo en materia tributaria. Adam Smith ya desde el Siglo XVIII enarboló los cuatro principios fundamentales, señor, que deben regir para la creación de los impuestos. a) Gravar según la capacidad del contribuyente; b) Establecer los impuestos con certeza, fijándose claramente época, monto y modo de pago. c) Comodidad y flexibilidad para el contribuyente; y d) Que la recaudación ocasione al fisco el menor gasto posible. La justicia tributaria a su vez, señor, exige: a) Igualdad de sacrificios; b) Proporcionalidad del sacrificio; c) Mínimo sacrificio colectivo; y d) Publicidad. El Estado, señor, tiene el deber de informar y de explicar sobre todo alli donde sus actos afecten los bolsillos de los contribuyentes. Todo lo anterior, señor, incluyendo un marco de referencias o de principios para el contribuyente está claramente establecido en el Artículo 139§ de nuestra Constitución actual. Lo que yo no entiendo, señor, es por qué se le ha desfigurado de una manera que ahora resulta irreconocible y además, señor, que el esfuerzo me parece absolutamente insuficiente, no da garantías a los contribuyentes y sobre todo hemos desfigurado un artículo constitucional, que en mi concepto señor Presidente, era sobresaliente y debería de mantenerse tal como está. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Barba. Tiene la palabra el señor Gamaniel Barreto. El señor BARRETO ESTRADA.-Señor Presidente: En primer lugar como miembro de la Comisión de Presupuesto quiero levantar algunos cargos que se le ha atribuído a esta Comisión. Se ha dicho, Presidente, que habido una interferencia, una obstaculización para que la Sub Comisión de Licitaciones realice su trabajo. Esto no es cierto, señor Presidente. Nuestro Presidente de la Comisión es un congresista que además de ser un técnico, se caracteriza por tener el don de gentes, propicia el diálogo y sobre todo nos da mucha apertura. De modo que .... (SIGUE EN EL TURNO 24) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor BARRETO ESTRADA.- (Continuando)...por tener el don de gentes propicia el diálogo y sobre todo nos da mucha apertura. De modo que quiero justamene que se entienda que dentro de ese marco estamos trabajando e inclusive algunos miembros de la Comisión han testificado que el ambiente como se realiza, el trabajo en la comisión de presupuesto por su cordialidad, por su apertura los miembros de la comisión en minoría quisieran este ambiente se trasladara a sus comisiones en las que también prestan justamente atención a los proyectos, a las iniciativas de ley. Presidente quiero referirme al tema tributario, colega Ocharan quiero a través de la Mesa indicar que estamos analizando un tema en nuestra comisión y quisiéramos evidentemente agotar ese tema dentro del seno de ésta y no traer evidentemente la complejidad de ese tema a este pleno y evidentemente complicar la situación, repito la cordialidad a la que invocara el Congresista Gustavo García Mundaca. Presidente, el Artículo 78§ en el tema tributario, sabemos que todo impusto o tributo tiene un ciclo de vida en la administracion tributaria, su creación, las modificaciones y las supresión. Es pertinente analizar el tema tributario desde dos perspectivas: a) En cuanto a la presentación de iniciativas, legislativas tributarias; y b) En lo referente a aprobación de dichas iniciativas. En cuando a las propuestas o iniciativas que significan incorporar un nuevo tributo, modificarlo o proponer su eliminación en el torrente tributario queda libertad tanto del Poder Ejecutivo, como del Legislativo y del pueblo en general a través de sus diversas organizaciones. En cuanto a la facultad de legislar, es inherente a los miembros del Congreso. Es por tanto el Congreso y solamente él, quien toma la decisión final en cuanto a la aprobación de los tributos se refiere. Debe también quedar establecido que con toda claridad que el ejercicio de la potestad tributaria, tanto en cuanto a la iniciativa tributaria como en la aprobación de los tributos, no debe ir en contra ni menos violar los derechos fundamentales de la persona. De otro lado, los tributos son la base fundamental que sustenta los presupuestos anuales del sector público y generar como he sabido la mayor porporción de los ingresos públicos. Financieramente los ingresos tributarios marcan la capacidad del gasto público y por ende la posibilidad de atención de servicios básicos de la población como son la salud, la educación y los servicios públicos. Otro fundamento realmente de base en la gestrión tributaria, es el análisis de la presión tributaria durante los últimos años, según cifras del Ministerio de Economía y Finanzas, la presión tributaria ha sido lo siguiente: en el año 1990, en el primer semestre llegó al cuatro por ciento; en el año 1991, llegó a 7.6; por ciento en el año 1992, llegó a 8.7 por ciento; y para el presente año se proyecta a una presión tributaria del 9 por ciento. Por estas consideraciones señor Presidente, es necesario que la nueva constitución incorpore a dicha institución y a la función que desempeña dentro de la administración del Estado el papel rector de la Superintendencia Nacional, y Administración Tributaria. Por lo tanto propongo que se adicione al Artículo 78§ el siguiente párrafo: "La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, administra los tributos, la ley establece su organzación y autonomía funcional... (Continúa en el Turno N§ 25)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor BARRETO ESTRADA...(contiuando)...el siguiente párrafo. La Superintendencia Nacional de Adminstración Tributaria administra los tributos; la ley establece su organización y autonomía funcional. El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Administración Tributaria, por el plazo correspondiente a un período constitucional. Con referencia al Artículo 85§, propongo se adicione lo siguiente: "Así como de los otros pliegos de su sector" . Lo sustento, Presidente. El texto sólo se refiere a cada Ministro, "sustente el respectivo pliego de egresos"; como se puede apreciar la redacción está en singular, es decir, se refiere al Ministerio; pero debe indicarse que la mayoría de Ministerios tienen en su estructura orgánica, instituciones públicas descentralizadas que conforman pliegos, por lo que el Ministerio o el Ministro es el jefe de sector y por lo tanto quien debe sustentar dichos pliegos. Asimismo, en el mismo Artículo 85§, propongo se adicione la siguiente expresión: "Y el Contralor General". Sustentación: El texto se refiere aparte de los Ministros, los titulares de pliegos de otros poderes del Estado, así como organismos autónomos que no esán ubicados dentro de la estructura orgánica del Estado; en ningún otro poder tal como la Contraloría General que no forma parte de ningún Poder del Estado, por lo que es necesario incluir dentro del texto al Contralor General para que sustente su pliego. En consecuencia, el texto modificado quedaría de la sugiente forma: Artículo 85§.- "El Ministerio de Economía y Finanzas sustenta ante el pleno del Congreso el pliego de ingresos. Cada Ministro sustenta el repectivo pliego de egresos, así como de los otros pliegos de su sector. El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación, el Presiente del Jurado Nacional de Elecciones y el Contralor General, sustentan los pliegos correspondientes a sus instituciones." En el Artíclo 87§.- Debe eliminase las palabras "habilitaciones y demás modificaciones" por las siguientes razones: Se debe eliminar "habilitaciones" porque este término forma parte de una modidicación presupuestaria, y a nivel de Congreso se tramita créditos suplementarios así como tansferencia de partida, por lo que es innecesario consdierar dicho término. Se debe eliminar " y demás modificacones" porque ésta incluiría también transferencia de asignaciones, cuyo nivel es a nivel de pliego; es decir, cuando existe transferencias entre programas y cuya aprobación se debe dar al titular del pliego. En consecuencia, sólo debe reservarse para el Congreso, créditos suplementarios, así como transferencias de partidas. El articulo debe quedar: Artículo 87§'- "Los créditos suplementarios y ransferncias de partidas se tramitan ante el Congreso tal como la Ley de Presupuesto. En receso parlamentario se tramita ante la Comisión Permanente, la cual, para aprobarlo require de los tres quintos de sus miembros". Artículo 88§.- Debe adicionarse el párrafo siguiente: "La ley establece las disposiciones relativas a su proceso de elaboración, examen, presentación, revisión y aprobacion". El proceso del Presupuesto Público ha estado contnido en la Ley No. l48l6; la Ley Orgáncia del Presupuesto Funcional de la República que ha venido siendo modificada en el tiempo, teniendo la última modificación de este gobierno por la ley marco del proceso presupuestario. En cambio, el proceso de la Cuenta General se incluye las etapas de elaboración, por la Contaduría Pública de la Nacion, sector Economía y Finanzas; examen, Contraloría General, presentación, Presidencia de la República; revisión y dictamen, Congreso de la República y aprobación, Congreso y Presidencia de la República. Ha carecido de la normatividad indicada, por la que es necesrio que una ley regule los procedimientos responsabilidades, plazos... (Sigue turno No.26).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor BARRETO ESTRADA...(continuando)...Congreso y Presidencia de la República. Ha carecido de la normatividad indicada, por la que es necesario que una ley regule los procedimientos, responsabilidades, plazos y sanciones a los infractores; por lo que mediante la Ley de Presupuesto son asignados para su uso en las diferentes entidades gubernamentales. En consecuencia, el texto modificado quedaría de la forma siguiente: "Artículo 88§ .- La Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General, se remite por el Presidente de la República al Congreso el 28 de julio del año siguiente al de ejecución del presupuesto. Es examinada y dictaminada por una comisión revisora dentro de los 90 días ulteriores a su presentación. El Congreso se pronuncia en el plazo de treinta días. Si no hay pronunciamiento del Congreso en el plazo señalado, se eleva el dictamen al Poder Ejecutivo para que se promulgue, mediante Decreto Legislativo la aprobación respectiva. La ley norma las disposiciones relativas a su proceso de elaboración, examen, presentación, revisión y aprobación." Estos son mis aportes dirigidos a la Comision de Constitución, salvo mejor parecer de esta. Gracias Presidente. El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Gamaniel Barreto. Tiene la palabra el señor Juan Guillermo Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Señor Presidente: Sólo para referirme a un aspecto muy puntual que ha sido utilizado como argumento en el debate, y que ha sido utilizado no sólo esta tarde aquí en el Congreso Constituyente, sino que viene siendo utilizado en el debate nacional en curso sobre el tema de la Descentralización. El doctor Henry Pease y luego el doctor Julio Díaz Palacios han mencionado que sería importante considerar en la Constitución, en el Capítulo de Presupuesto, un porcentaje del presupuesto destinado a las Instancias Descentralizadas. No son los únicos que en el debate nacional están proponiendo esto. El señor Alcalde de Trujillo, Ingeniero José Murgia ha propuesto también lo mismo. Acabamos de recibir una propuesta del Alcalde de Arequipa, el profesor Fernando Ramirez Alfaro también propone lo mismo, estableciendo el porcentaje del 20%. Diversos ciudadanos en el debate sobre este tema están proponiendo lo consiguiente; inclusive, el viernes último tuve oportunidad de asistir al Congreso Nacional de Alcaldes, y varios señores Alcaldes proponían, unos 20, otros 30, y otros hasta 50% del presupuesto. Yo creo, señor, que es dable tocar ese punto aquí en el Congreso, que lo hemos tocado en el debate fuera de este Hemiciclo. Yo no dudo que todas las personas que plantean el porcentaje destinable a las instancias descentralizadas lo hagan de buena fe y partiendo de una concepción descentralista sólida. El problema está, para mí, como lo vengo diciendo en esos debates fuera del Hemiciclo, es de que esta propuesta no tiene un sustento técnico cabal. Si nosotros queremos tener un texto constitucional que sea eficaz, tenemos que valorar cada una de las medidas en función de esa eficacia, me explico, señor Presidente. El pedir que en la Constitución figure un porcentaje, sea 15, 10, 35, 20 ó 50% del Presupuesto destinado a las instancias descentralizadas. En primer lugar, la diversidad ya nos está demostrando de que no hay un sustento técnico para pedirlo, justamente por la variedad. Pero en segundo termino, señor, porque todo depende de las competencias que se transfieran del gobierno central a las instancias descentralizadas. Pues, si transferimos competencias -por decirlo- en salud, en seguridad ciudadana, en educación, en agricultura, en pesquería, en comercio y demás; podría implicarse, por ejemplo, que las planillas de maestros, de enfermeras, de médicos... (continúa en el turno 27)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 El señor CARPIO MUñOZ.- (Continuando)... comercio y demás. Podría implicarse por ejemplo, que las Planillas de maestros, de enfermeras, de médicos, de ingenieros técnicos en agricultura y demás, pasen a las instancias descentralizadas; de tal suerte, que podríamos vernos en un callejón sin salida, si es que pedimos el 20:% para las instancias descentralizadas; y luego, se nos transfieren una serie de competencias, que sólo el pagar las Planillas, para todo lo que significará el cumplir las competencias descentralizadas que asumiéramos, los Gobiernos Regionales o Departamentales o los Municipios, realmente podría ser señor, que hemos hecho el peor negocio del Siglo, en pedir el 20% del Presupuesto, que no alcanzaría para cubrir las Planillas de competencias descentralizadas que debieran ejercer esas instancias. Por lo tanto señor, no es técnico pedir un procentaje del Presupuesto, sea cual fuere y por más que, como es cierto, la Constitución de Colombia, sí señala porcentajes. Finalmente señor, por que es antitécnico, el tratar de repartir un Presupuesto a futuro, no sabemos cuál será el monto de cada uno de los Presupuestos, es necesario entonces dejar la flexibilidad, para que en el mandato constitucional, sean los Congresos del futuro, que de acuerdo a competencias constitucionales y de acuerdo a las competencias que se transfieran a las instancias descentralizadas, de acuerdo a ello, se establezca cuales sean los montos que realmente deben corresponder a estas instancias descentralizadas. Con eso señor, con el mayor respeto por los ciudadanos, que utilizan esos argumentos, discrepo con ellos y me mantengo en la fórmula que he hecho alcanzar a la Comisión de Constitución, muy amable. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias, señor Guillermo Carpio, tiene la palabra el señor Pedro García. El señor GARCIA SAAVEDRA.- Gracias Presidente: En la Ley de Presupuesto señor Presidente, no es novedad, pues todos los años se hacen por el Ejecutivo una proposición, donde se aprueba el Presupuesto del año, en este año ha sido la 25986 y la Ley Marco. Dentro de la Ley Marco, que es la ley que norma el Presupuesto, esta ley dice todo lo que es la ejecución y operatividad de la administración del gasto y la parte fundamental, que es la que nos dice todo lo que es nuestro Presupuesto de la República, al que todos nuestros colegas están dispuestos a la fiscalización de los gastos que se han hecho a través de la historia. Es bien importante lo que dicen todos los colegas, todos estamos de acuerdo con la fiscalización, pero hay algo más importante de lo que nosotros debemos de hacer, aparte de que es una ley hecha por hombres, es la parte importante, que a quienes le damos una cantidad de dinero para el gasto, dentro de las Empresas del Estado, es la situación de la persona señor. Podremos decir mucho que se fiscalice, ya el colega Ocharan dijo, que aquí hay un artículo en la Ley de Presupuesto, en la cual dice, que es el número doce, y dice: "Las exoneraciones y licitaciones del Presupuesto Público" -mucho se habla de esto señor- pero es necesario que cada gobierno y los gobiernos de atrás, los de antaño, han hecho cosas tal vez que hoy merecen crítica, pero también hay que hacer correcciones en las cuales nosotros, los que estamos acá, debemos descentralizar, para que no ocurran los errores que hubieron atrás. Bien, todos pensamos que hacemos bien al decir fiscalización, pero qué diríamos si ustedes tuvieran la posibilidad de hacer una Constitución, como la que se está haciendo en estos momentos? Se tendría que pensar que la agilización dentro del gasto anual, que el gobierno recién asigna Partidas para el mes de Abril... (Continúa en el Turno No. 28)...
(Plenario Vesp.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 19-07-93 El señor GARCIA SAAVEDRA.-(Continuando)... tuvieran la posibilidad de hacer una Constitución como la que se está haciendo en estos momentos, se tendría que pensar que la agilización dentro del gasto anual que el gobierno recién asigna partidas para el mes de abril, para los que hemos trabajado en una entidad del Estado, sabemos que el gasto del Estado está supeditado a lo que venga de que l gobierno asigne el dinero al MEF y el MEF lo distribuya, y el MEF cuando lo distribuye, está dado por los diferentes sectores. Y cuando se planifica el gasto de una región, de un departamento, se planifican escuelas, colegios, postas médicas, implementación para salud, ya dijo el señor Ocharan, las licitaciones, también aquí se ha visto el gasto de lo que es los militares y eso tiene que ser transparente, eso es bueno, eso es fiscalización; pero, cómo hacer que se norme todo esto, señor, analizando el artículo de la Constitución, del presupuesto, que dice, el número 89, dice: "La Contraloría de la República es el organismo de derecho público, que goza de autonomía conforme a la ley, se encarga de supervigilar la ejecución del Presupuesto de la República". Yo añadiría aquí, "su Presupuesto de la República en forma descentralizada", podría ser esa la mejor manera para que en el futuro con la nueva descentralización de gobierno, se haga la fiscalización pero quién va a supervisar esto, muchos colegas congresistas se han hecho fama por ser los fiscalizadores, haríamos, diríamos descentralizada con los sectores, y quién fiscaliza esto, serían los congresistas que están en estos momentos por las regiones, por los departamentos, si se quiere decir así. Señor, cuando se hace un planteamiento de este tipó ya no es netamente político, es técnico y el gasto es una cuestión técnica, pero polítca se utiliza cuando se quiere hacer un puente donde no requiere ser un puente sino un apista; entonces, lo que decía el colega Benito Velásquez, que no tenemos capacidad de gasto. Cuando se administra el Estado es muy complejo, hasta este mismo Congreso se dijo que no tenía presupuesto, y es complejo, y hay muchas cosas que no se pueden tratar rápidamente si no hay que analizarlas, pienso que esta parte de la Constitución, señor Presidente, es lo más técnica posible que se puede hacer pero si vamos a participar en lo que es la fiscalización descentralizada. Y la Contraloría, señor, si pensamos que puede ser descentralizada acompañada de todos los controles internos de los sectores que puedan fiscalizar dentro de los departamentos. Y qué se refieren los sectores, los sectores son: Educación, Salud, Minería, Pesquería, Industria, Transporte, que hay órganos netamente de auditoría, eso servirían señor, para poder hacer la Contraloría y no venir a decir que no se hace fiscalización, lo que tenemos que hacer los congresistas es, el manejo fiscal que pueden hacer los departamentos. En estos momentos, las regiones, por ejemplo, señor Presidente, el que habla es el ponente de las tres Regiones Ucayali, Grau y Andrés Avelino Cáceres, para eso está nuestra función legisladora no venir a gritar, señor, aquí con datos me envía el señor de la Región Grau, Andrés Avelino Cáceres, sus gastos de ejecución físico financiero que se está haciendo, esto lo norma la ley de la Constitución, lo dice, si no lo dijera mal haríamos decir nosotros que no se está haciendo fiscalización. Ahora, evidentemente que tiene que hacerse, ir a ver el manejo físico, es decir, ir a ver hacer las obras. Eso, señor, para poder poner en claro todo lo que se está diciendo en estos momentos sobre nuestra Ley de Presupuesto aquí en la parte de la Constitución. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias, señor García. Tiene la palabra el señor Manuel Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.-Muchas gracias, señor Presidente. No quisiera yo alterar la paz bucólica que embarga esta magna asamblea el día de hoy, donde quizás hasta podrían presentar el artículo de la reelección indefinida del Presidente de la República y de repente pasa sin que nos demos cuenta... (Continúa en el Turno N§ 29) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor MOREYRA LOREDO.- _(continuando)_ alterar la paz mongólica que embarga esta Magna Asamblea el día de hoy, donde quizás hasta podrían presentar el artículo de la reelección indefinida del Presidente de la República y de repente pasa sin que nos demos cuenta. Pero, quisiera decir algunas cosas referentes al régimen tributario y presupuestal. En primer lugar, señor, lo que es el artículo 78§. yo sí creo que es muy importante que se reintegre a dicho artículo lo dispuesto por la Constitución hoy vigente, de que la tributaicón se rige por los principios de la legalidad, uniformidad, justicia, publicidad, obligatoriedad, certeza y economía de la recaudación. Pero, y lo que me parece mas importante de esta parte es la parte final, no hay impuesto confiscatorio ni privilegio personal en materia tributaria. Como bien han recordado ya algunos señores congresistas, esta norma ha permitido en algunos casos poder oponerse a los ciudadanos privados a actos de evidente abuso, hechos que se pretendían hacer por el Estado, de tal maner que su supresión sería permitir la posibilidad de que se realicen en el futuro tales abusos. De tal manera, señor Presidente, que la primera sugerencia que yo quisiera hacer es apoyar que se reintegre esta norma en el artículo 78§. En segundo lugar, señor Presidente, quisiera de manera muy breve decir que me parece correcto que se haya reintegrado la norma que dice; "corresponde a los municipios conforme a ley y recibir una participación adecuada del impuesto a la renta sobre las utilidades percibidad por la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canun". Señor Presidente, donde tenga ya más dificultades es en el artículo 83§, en el artículo 83§ del proyecto. Yo creo que ahí hay varias frases que realmente sobran. El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado, yo nunca he sabiso exactamente qué significa equilibrar un presupuesto y podríamos hablar largamente sobre este problema. Todo presupuesto contiene en sí un cieto desequilibrio que va en función a las posibilidades de crecimiento de un país, si un país está creciendo del orden del cinco al ocho por ciento, evidentemente hay un margen para incrementar la cantidad de moneda; y por consiguiente hay un margen para tener un cierto desequilibrio. Sin embargo, yo convengo, señor Presidente, que dado los evidentes abusos que se ha hehco antes de esta posibilidad, donde cuando era posible crear sin que fuera inflacionario tres, cuatro o cinco por ciento al año, se creaba quinientos mil y dos mil, quizá convenga, señor Presidente, mantener la norma como objetivo; y decir, el proyecto presupuestal debe estar equilibrado. Efectivamente creo que ya es una exageración, nunca hay un equilibrio absoluto. Pero como norma, como objetivo dado -repito- los evidentes excesos que ha habido en este país, podría quedar. Lo que sí creo ya que es una evidente exageración, es lo que a continuación sigue, los préstamos del Banco Central de Reserva o del Banco de la Nación no se contabilizan como ingreso fiscal. Evidentemente un préstamo nunca es un ingreso fiscal. Sí como no, señor chirinos, con la venia de la Presidecia. El señor CHIRINOS SOTO.- Muchas gracias. Señor Presidente, tanto el primer párrafo del artículo al que se refiere el doctor Moreyra como al segundo párafo, tienen que ver mucho con la política presupuestal bajo los últimos gobiernos, en particular bajo el gobierno inmediatamente anterior. Decía la Constitución vigente que el presupuesto debería estar efectivamente equilibrado y los Ministros de Economía y Finanzas, presentaban un presupuesto y decían siempre que están equilibrados. Y cómo se equilibraba el presupuesto? Con los préstamos del Banco de la Nación y el Banco Central_ (CONTINUA EN EL TURNO - 30)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)...con los préstamos del Banco de la Nación y el Banco Central. Si al Ministro de Economía le faltaban cien mil millones de soles -por decir una cifra débil- ponía: ingresos, préstamo al Banco Central o préstamo al Banco de la Nación, cien mil millones de soles. Ese es el punto. El punto es que, el dinero que avance el Banco Central o que preste el Banco de la Nación, si tiene recursos para prestar, ese dinero puede ser contabilizado como ingreso fiscal para el efecto de declarar que el presupuesto está equilibrado. Hemos querido salir al paso enérgicamente en esa corruptela, enérgimente en la medida de lo posible. El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, vuelvo a repetir, los presupuestos nunca están totalmente equilibrados, pero admito que han habido excesos evidentes frente a las posibilidades que hay; y que por consiguiente, como principio, podría quedar. Pero decir ya que los préstamos no se deben contabilizar como ingresos, cualquiera que sea la historia pasada donde si eso ha sucedido y no lo dudo, es un evidente exceso, es decir, algo que es contradictorio. Ningún préstamo por definición es ingreso. De tal manera que si alguien leyese esto sin conocer los antecedentes, por lo menos diría que quienes han redactado ésto carecían del conocimiento elemental de lo que significan los términos. Yo insisto, un préstamo no es un ingreso fiscal, no lo puede ser por definición; por consiguiente -a mi juicio- esta frase sobra o en todo caso habría que reformularla de tal manera de que no contenga una contradicción de por sí. Luego sigue una frase que francamente yo ya tengo inconveniente: "Los préstamos del extranjero no se destinan a los gastos corrientes". Señor Presidente, en este año -y eso ha sucedido en todos los años- hay muchos préstamos que sí se destinan a los gastos corrientes, por ejemplo, estamos destinando ahora ingresos que se lleman del grupo de apoyo que son prestamos, o ingresos que provienen de instituciones como el Banco Mundial, los créditos financieros o el BID, que se usan para el pago de la deuda pública; y este pago de la deuda pública es un gasto corriente, típicamente es un gasto corriente en aquella parte que se refiere a intereses. Por consiguiente, estas operaciones que -repito- se están realizando ahora y sin las cuales el actual presupuesto no podría equilibrarse, porque, dicho entre paréntesis, el actual presupuesto vigente tiene un déficit de dos y medio por ciento, un déficit económico de dos y medio por ciento que se cubre con el ingreso de préstamos extranjeros, es decir, no hay una creación interna de moneda pero sí hay un desequilibrio que está cubierto por estos préstamos extranjeros, no podrían realizarse conforme a esta norma presupuestal. Sí señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Creo que puedo contestar las tres observaciones del doctor Moreyra. La última, gastos corrientes, se va a cambiar de expresión; se va a cambiar la expresión para dar a entender de lo que se trata, que es gasto burocrático. La segunda, que los préstamos del Banco de Reserva no se contabilizan como ingresos, no hay tal contra diccium adyectum**, basta revisar los presupuestos del gobierno anterior para ver en la Ley de Endeudamiento se consideraban como ingresos los préstamos del Banco Central y del Banco de la Nación para el efecto de equilibrar el Presupuesto. Y en cuanto a la primera, todos sabemos que es una aspiración tener un presupuesto efectivamente equilibrado; no sólo nuestro. El doctor Moreyra no ignora -estoy seguro- que en los Estados Unidos hay una fuerte corriente de opinión para introducir una enmienda en la Constitución de modo que el presupuesto americano esté equilibrado sin recurrir a préstamos; los americanos también equilibran su presupuesto recurriendo a préstamos, es decir, considerando los préstamos como ingreso. Muchas gracias. El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, entonces queda claro que en opinión del señor Chirinos el equilibrio presupuestal es una aspiración, sin embargo aquí no se pone como una aspiración, se pone como una norma; y ese es el peligro, poner normas que después no se van a exigir que se cumplan. Pero yo aceptaría que se ponga, el Presupuesto debe tender a ser equilibrado o debe ser equilibrado; eso se entenderá como una norma no de total cumplimiento pero sí como una norma que debe servir de guía; más o menos esa es la idea. Pero yo vuelvo a decir: El préstamo... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 31 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor MOREYRA LOREDO.- ...(Continuando) ...debe servir de guía, ¨no es cierto? -más o menos esa es la idea- pero yo vuelvo a decir el préstamo no puede ser un ingreso que el Gobierno del señor Alan García hiciese leyes sin ninguna lógica, no quiere decir de que algo que sea incorrecto, deje y deje de serlo. Y finalmente en cuanto a los préstamos del extranjero no se destinan a gastos corrientes, yo vuelvo -ya voy a terminar, señor Presidente- yo vuelvo a decir de que hoy día se está utilizando para estos fines y poner gastos burocráticos no cambia las cosas, porque existe el sistema de la y de la caja única. Lo cierto es que el crédito extranjero sí sirve aquí en el Perú o fuera del Perú para cubrir desequilibrios, desequilibrios que están presupuestados, desgraciadamente esta es la situación. Señor Presidente, yo quisiera decir dos pequeñas cosas adicionales. En primer lugar el artículo 84§, el artículo 84§ francamente me parece un exceso; aparte de que está mal ubicado, el Congreso no tiene iniciativa para crear, ni aumentar gastos públicos. La anterior Constitución no decía "el Congreso no tiene", sino en el artículo 199§, en el tercer párrafo decía: "los Representantes al Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo por lo dispuesto por el artículo 177§". Y el objetivo era evidentemente evitar lo que en la Constitución del año 33 se llamaba "las iniciativas Parlamentarias", o sea que ubiese partidas para que se asignasen por parte de los Representantes Diputados y Senadores determinados gastos públicos. Eso sí me parece un error, yo creo que el Presupuesto tiene que manejarse de manera planificada en función a las prioridades nacionales y que estas prioridades difícilmente puede ser compatibles con las aspiraciones que puedan tener los señores Diputados y Senadores. Pero de allí a decir que el Congreso no tiene iniciativa de gastos, creo yo que es ir un poco lejos. Yo lo que sugeriría es que esta norma se mantenga en su esencia que es la de evitar la iniciativa Parlamentaria y se coloque en el lugar correspondiente que objetivamente está allí donde se establece cuales son las limitaciones que tienen los Representantes del pueblo. Dicho entre paréntesis eso eliminaría por lo menos un artículo y además creo que conceptualmente. Si señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, no voy a abusar de pedir interrupciones al doctor Moreyra, de modo que para contestarle. El señor PRESIDENTE.- Doctor Chirinos, solamente que estamos ya en un extra-sobretiempo con el doctor Moreyra, así que le pido, lo más breve. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo le pido que le devuelva el tiempo que yo le he interrumpido y pido la palabra para contestarle oportunamente, señor Presidente. El señor MOREYRA LOREDO.- Señor Presidente, y finalmente quiero volver a referirme al artículo 146§ porque efectivamente hay una omisión, hay una supresión respecto a lo que decía el anterior artículo 146§ de la Hacienda Pública, que sí me parece muy importante que se reintegre, se decía, "la Contraloría General como organismo autónomo y central del Sistema Nacional de Control -no me refiero a eso,eso es una definición- supervigila la ejecución de los Presupuestos del sector público" y luego añadía "de las operaciones de la deuda pública", ningún endeudamiento podía o puede hacerse porque todavía está vigente la Constitución del año 79, sin autorización de la Contraloría y este pase por la Contraloría ha evitado muchos excesos y la utilización de bienes y recursos públicos. Entonces, a mí me parece muy, muy importante que se reintegre estas dos segundas funciones, que es que la Contraloría supervice las operaciones de la deuda pública y la gestión y utilización de los bienes y recursos públicos. Y finalmente, en cuanto a la última parte, bueno, ya, ya he mencionado y mi definitiva preferencia porque el nombramiento del Contralor sea sujeto a la ratificación de este Congreso o del Congreso. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias, doctor Moreyra, tiene la palabra el señor Congresista Jorge Donayre. No se encuentra, entonces el señor Julio Castro Gómez. El señor CASTRO GOMEZ.- Gracias Presidente, en este artículo, señor Presidente y colegas, queda evidenciado una vez más que el proyecto de la mayoría busca elevar a la categoría de norma Constitucional, no el plan de Gobierno, porque realmente sería mucho decir, sino las acciones de Gobierno ... (Continúa en el turno N§ 32)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor CASTRO GOMEZ..(Continuando)..en este artículo, señor Presidente y colegas, queda evidenciado una vez mas que el proyecto de la mayoría busca elevar a la categoría de norma constitucional no el plan de gobierno porque realmente sería mucho decir, sino las acciones de gobierno que vienen implementado el ingeniero Fujimori y quiero demostrarlo en tres hechos bien concretos. Por ejemplo, mediante Decreto Ley 26162 del 31 de Diciembre de 1992 en su artículo primero con un contenido abiertamente contra la Constitución vigente mutiló las competencias de fiscalización, de control técnico de la Contraloría General de la República y la propuesta contenida en el Artículo 89§ del proyecto de la mayoría, en el sentido de establecerle como única función el encargo de supervigilar la ejecución del presupuesto de la república, está contenida en el artículo número uno de este decreto ley dado justamente al concluir la etapa de concentración de poderes del gobierno el 30 de diciembre y señalar su inicio, la entrada en vigencia a partir del primero de enero del presente año. En consecuencia, la propuesta que nos traen acá de norma constitucional no es otra que la legalización de un atropello a la Constitución vigente producido en el último momento de la fase de dictadura del gobierno del Presidente Fujimori. En segundo lugar, por ejemplo, también mediante Decreto Ley No. 25556 del 18 de junio de 1992 que es el decreto ley que crea el Ministerio de la Presidencia, se desactivó por completo, todo el Instituto Nacional de Planificación y una serie de sus funciones, de sus direcciones y de sus responsabilidades pasaron a este nuevo Ministerio y la acción de conjunto del Instituto Nacional de Planficación como entidad encargada por mandato de la ley de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo quedó absolutamente dejada de lado. Y lo que hoy nos propone la mayoría es justamente darle categoría constitucional a un decreto ley que fue dado también en plena fase de dictadura el 18 de junio del año pasado. Y un tercer aspecto, también de hecho del gobierno del ingeniero Fujimori es el relacionado con la desaparicion del canon, la desaparición del Artículo 121§ de la Constitución vigente, en la medida de lo que hoy se pretende presentar como una reconsideración frente a la cerrada oposición de los pueblos del Perú no es otra cosa que el pretender pasar de contrabando el hecho de que el canon se convierte en un sustituto de la obligación fiscal en relación a los presupuestos de los pueblos y no lo que es en su concepción en el sentido de ser un recurso adicional que surge del hecho de encontrarse en el ámbito de las regiones los recursos naturales que se explotan por naturales o extranjeros. Entonces, señor Presidente, en este capítulo, en estas tres cosas quedan absolutamente claro de que lo que busca el proyecto de la mayoría es constitucionalizar las acciones de gobierno del Presidente Fujimori y, sobre todo, en estas etapas, sobre todo después del cinco de abril, cuando abiertamente sin ningún control, simple y llanamente agredió por completo la Constitución del 79, ésto es idéntico a lo que se ha producido en seguridad social, en salud, en educación, en problemas laborales en donde a través de los decretos leyes simple y llanamente deshizo la legislación que desarrollaba claros mandatos constitucionales. Creo, señor Presidente, en consecuencia, la mayoría debe reflexionar, aun está a tiempo, esperamos que lo haga, que una Constitución, pues, no es la Constitución técnica del Perú, es la Constitución Política del Perú, es un acuerdo y no simplemente darle rango constitucional a la acción, al plan de gobierno, esa concepción es totalmente estrecha y restringida y reiteramos que durará lo que dure la transitoria mayoría ... (SIGUE EN EL TURNO 33) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor CASTRO GOMEZ.- (Continuando)... Perú. Es la constitución Política del Perú; es un acuerdo y no simplemente darle rango constitucional a la acción, al plan de gobierno, esa concepción es totalmente estrecha y restringida y reiteramos que durará lo que dure la transitoria mayoría que hoy es vigente en el país y que como vemos esta empezando a cambiar. Escuchen señores de la mayoría, escuchen señores del Gobierno, los pueblos están reclamando cambios sustanciales y se están manifestando como ha sido el importantísimo acuerdo del Congreso de la Asociación de Municipalidades. Y termino señor Presidente, alcanzando formalmente la propuesta del Movimiento Democrático de Izquierda en la sustitución del artículo 86§ en relación a la Contraloría General de la República. Nos parece un verdadero despropósito señor, que se pretenda dejar de lado mutilar las competencias de este organismo, en relación a la supervisión de las operaciones de la deuda pública y de la gestión y de la utilización de los bienes y recursos públicos. Consideramos que estos debe ser recogido en el Artículo 86§ del proyecto de la mayoría y también señor Presidene, nuestra propuesta para que sea un eficaz y verdadero control autónomo por parte de la Contraloría General de la República, el Contralor debe ser designado por el Cogreso y de ahi señor Presidente que alcanzo pues, una propuesta de artículos sustitutorios del Artículo 86§ que esta contenido en nuestra propuesta para su consideración por la mayoría. Gracias señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Castro Gomez. Tiene la palabra la señora congresista Carmen de Lozada. LOZADA DE GAMBOA.- Por su intermedio señor Presidente para decirle al colega Castro que para eso estamos justamente, para hacer las reformas que necesita el país, aca esta la mayoría tratando en lo posible de hacerlo. Pero quiero referirme algo señor Presidente, que considero importante el Artículo 81§, de la propuesta constitucional, resalta la elaboración de un Presupuesto descentralizado, y esto es necesario detacarlo señor Presidente, por cuanto en toda la historia del Perú, jamás, se ha concebido un presupuesto de este tipo. Estamos nosotros conscientes y lo estuvimos en la Comisión de Descentralización, cuando planteamos nuestra propuesta constitucional que no era posible hablar de descentralización si no hablábamos de un presupuesto descentralizado. Y justamente este artículo no fue incluído en el capítulo respectivo por cuanto ya estaba considerado como lo vemos ahora, en el artículo que es materia de debate, yo quiero decir señor Presidente, de que no podemos tampoco limitar a porcentajes, el presupuesto que va ser delegado a los organismos descentralizados, y en eso coincido plenamente con el colega Carpio. La descentralización es un proceso; por lo tanto, lo que hoy no puede parecer muy saludable, el decir un 20 por ciento, mañana nos puede parecer definitivamente una limitación cuando veamos que el Estado, tiene la intensión como lo tiene así en el Artículo aprobado a nivel de descentralización, de delegar a los gobiernos locales las funciones de salud, educación, cultura etc. significaría entonces que al aprobar un 20 por ciento, no estaría definitivamente limitando y por lo cual coincido plenamente con el colega Carpio y no parece pertinente que nosotros pongamos porcentajes. Yo quiero decir también Presidente, que es necesario resaltar la facilidad que se esta dando a los gobiernos descentralizados, a los gobiernos locales para poder tener un endeudamiento sin necesidad de que sea autorizado por ley. Las municipalidades definitivamente deben ser autónomas en su economía y esto los debe facilitar a ellos para poder financiar el endeudamiento que necesitan para la ejecución de sus obras. Y por último Presidente quiero ser muy breve en mi intervención; he eschado bastante acalorado no sé los motivos que tienen el colega Ocharan hablar lo relacionado a la Contraloría General de la República. Y en esto yo les quiero decir de que si anteriormente el PPC y la Izquierda que fueron parte en alguna oportunidad de gobiernos anteriores, perdón me refiero al PPC; hubieran tenido ese mismo ánimo, ese mismo ardor para poder fiscalizar; no ... (Continúa en el Turno N§ 34)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93[ Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. La señora LOZADA DE GAMBOA...(continuando).. hablar lo relacionado a la Contraloría General de la República; y en esto yo le quiero decir, de que si anteriormente el PPC y la Izquierda, que fueron parte en alguna oportunidad de gobiernos anteriores, perdón, me refiero al PPC, hubieran tenido ese mismo ánimo, ese mismo ardor para poder fiscalizar; no se hubieran cometido en este país las irregularidades, los despilfarros, por no decir algo más, que nos llevaron realmente al lugar donde encontró en l99O el Estado, el Presidente Fujimori. Y quiero saludar las iniciativas que hay en la mayoría sobre que la Contraloría General de la República, sea descentralizada. Es pertinente, señor, que se consigne en el artículo constitucional, que la labor de la Contraloría General de la República, sea descentralizada, por cuanto consideramos que es imposible poder fiscalizar desde la capital de la República, eso es materia de una iniciativa, de uno de los colegas de nuestra bancada; y yo quisiera pedir por su intermedio al Presidente de la Comisión de Constitucion, que se pueda considerar esta propuesta, para que se incluya en el artículo pertinente. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias señora congresista. Tiene la palabra la doctora Lourdes Flores. La señorita FLORES NANO LOURDES.- Señor Presidente, varios temas son materia de propuestas nuestras, diferenciadas del texto aprobado por la mayoría. Voy a referirme a la primera de ellas, a título personal, en la exposición del doctor Antero Flores-Aráoz, se ha expuesto con claridad más bien el punto de vista general que el partido defiende en esta tesis, que en todo caso tendría que ver con la relación entre los poderes del Estado. Me refiero a la capacidad tributaria como un primer tema; es decir, quiénes deben tener iniciativa legislativa en materia tributaria?. El proyecto en minoría, señor Presidente, está optando por una tesis global que vamos a exponer más claramente en el curso de las próximas jornadas, cuando desarrollemos la relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo; porque me parece que esto hay que verlo globalmente y no sólo parcialmente, en el tema de iniciativa en materia tributaria. En nuestro proyecto, nosotros estamos señalando que la iniciativa legislativa en materia tributaria sólo debe corresponer al Poder Ejecutivo, como lo hace la Constitución Chilena, pero señor Presidente, todo depende del cristal con qué se mire y de los contrapesos que se estalezcan. Yo por eso tengo un cierto temor de decir o de plantear estos temas a la vista del proyecto en su conjunto; no lo siento dentro de los balances que nosotros le hemos dado a nuestro texto, en el que de un lado planteamos que la iniciativa legislativa en materia tributaria sólo corresponde al Ejecutivo, en la que definimos el ámbito de la ley, pero donde no recortamos en lo más mínimo las potestades de fiscalizacion del Congreso; y por eso , señor Presidente, no formulo con demasiada vehemencia este planteamiento que me parece de sana política tributaria porque apreciamos con mucha claridad los recortes que se ha hecho del Parlamento en su función fiscalizadora, y en consecuencia si se tomara esta propuesta se estaría fortaleciendo aun más al Poder Ejecutivo. Si, en cambio nos parecen importantes dos otros elementos vinculados a la capacitad tributaria; uno está recogido en la propuesta, mediante decretos de urgencia, no se puede legislar en materia tributaria. Es decir, los temas tributarios son definidos por el Congreso de la Repúbica y no por el Poder Ejecutivo mediante decretos de urgencia. Pero a raíz de alguna de las intervenciones esta mañana, se hacía meción al tema de las facultades delegadas; es decir, independientemente de donde surja la iniciativa, nuestra tesis es que el Parlamento debe dictar las leyes, éstas deben ser leyes en sentido material y formal; deben emanar del Parlamento Nacional. Y si esto es así, señor Presidente, nuevamente hago referencia a nuetra propuesta global, pero creo que en este caso sí vale par materia tributaria, yo me animaría, señor Presidente, a proponer que tampoco sobre materia tributaria quepa delegación de facultades. Es decir, vamos a hacer que el Parlamento en efecto sea la institución de la que emane toda la potestad tributaria. Cierto es, señor, que en nuestra propuesta nosotros estamos eliminando la facultad delegada, porque nosotros vamos a una otra tesis, nosotros vamos a una tesis tajante, esto es materia de ley y nada más, y en consecuencia en ningún otro aspecto ingresa el Parlamento, pero tampoco tiene el Poder Ejecutivo.. (Sigue turno No. 35)
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA La señorita FLORES NANO...(continuando)...porque nosotros vamos a una otra tesis, nosotros vamos a una tesis tajante, esto es materia de ley y nada más. Y en consecuencia, en ningún otro aspecto ingresa el Parlamento; pero tampoco tiene el Poder Ejecutivo ninguna potestad de legislar en vía delegada. Por tanto, señor Presidente, nosotros hemos dicho, hemos formulado un concepto general. La iniciativa corresponde al Ejecutivo y la definición la tiene el Parlamento, pero el Parlamento no delega la potestad ni el Ejecutivo norma en materia tributaria vía decreto supremo extraordinario o decreto de urgencia. Creo que este primer tema podría ser materia de un análisis, y ojalá de una respuesta por parte del Presidente de la Comision de Constitución. El segundo tema que diferencia nuestra propuesta de la propuesta de la mayoría es uno que dió lugar a un interesante debate con usted, señor Presidente. La posibilidad de tratamientos diferenciados en materia tributaria. Cierto es que el último tijeretazo eliminó del actual proyecto una norma hasta cierto punto contradictoria que había sido originalmente aprobada por la Comision de Constitución. Esa norma establecía en su primer párrafo que no había ningún tipo de privilegio, ningún tipo de exoneración, ningún tipo de diferenciación, tasas tributarias parejas en todo el país, para todas las actividades, para todas las zonas, sin ningún tipo de excepciones. Sin embargo, ese mismo artículo -hoy día eliminado- señalaba que podían concederse las exoneraciones o privilegios que se establecieran por ley o por la propia Constitución, con lo cual se desdecía lo que en el primer párrafo había indicado con tanta rotundidad. Señor Presidente, nosotros no somos en este punto dogmáticos, no porque no creamos que el país tiene que tender a tener un régimen tributario lo más simple y lo más uniforme posible; esto nos parece sano, nos parece adecuado. El país tiene que tender, en efecto, a simplicar su tributación, a reducirla a menos tributos, tender probablemente a bajar la tasa en impuestos que constituyen realmente sobrecostos, como es el Impuesto General a las Ventas con tasas de 18% y la tendencia debería ser en efecto, que no existan exoneraciones. Pero, señor Presidente, así como la política de gasto, la asignación de recursos por el presupuesto es un mecanísmo para el fomento del desarrollo y en concreto, creo que es un mecanismo vital para el fomento del desarrollo descentralizado; también, señor Presidente, un gobierno puede decidir racional y lógicamente, y creo que la Constitución no puede cerrarle el paso, establecer ciertos tratamientos que en nuestro concepto deben tener dos condiciones, y así lo precisamos en nuestro proyecto. Tratamientos diferenciados con carácter selectivo y temporal. Yo señor Presidente, no admito que el argumento frente a este mecanismo de política tributaria perfectamente racional y lógico sea: No, volvemos al subsidio, volvemos a los privilegios, volvemos a la inmoralidad, volvemos a la corrupción. Yo señor Presidente, ese argumento no lo admito como un argumento racional de política económica. La tributación, señor Presidente, es un intrumento de política económica. Y en consecuencia, una tributación adecuada puede perfectamente permitirle al país señalar su norte y decir "Sí, señor, voy a privilegiar tributariamente determinada actividad o determinada zona del país" Y los ejemplos saltan a la vista. Las zonas francas, señor Presidente, son evidentemente zonas donde se produce un tratamiento tributario diferenciado. Son zonas donde se produce una exoneración absoluta, si es que así el país lo decide, o los convenios que se hayan firmado a eso conducen. Pero, señor Presidente, el tema se suscitó a raiz del debate, por ejemplo de la posibilidad del desarrollo de la zona de selva, o de la zona de frontera. Yo justifico, señor Presidente, que en esos casos pueda el país decir "para generar condiciones de igualdad y para promover la inversión, yo exonero", que controle y fiscalice todo lo que haga falta, pero no cerremos esas puertas. Y, los hechos terminan en este mismo gobierno, muy rápidamente dándonos la razón. El próximo viernes ojalá así ocurra, vamos a debatir una nueva ley de hidrocarburos, que el país necesita, que es fundamental para traer la inversión. Señor Presidente, qué nos plantea la nueva Ley de Hidrocarburos? Exoneración absoluta de un conjunto de aspectos, y hasta cierto punto eso es lógico. Porque en determinados ámbitos, en efecto, la competitividad del país reclama de un tratamiento tributario diferenciado... (continúa en el turno 36)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 La señorita FLORES NANO.- (Continuando)... exoneración absoluta de un conjunto de aspectos; y hasta cierto punto eso es lógico, porque en determinados ámbitos, en efecto, la competitividad del país reclama de un tratamiento tributario diferenciado. Por tanto señor Presidente, creo que la concepción dogmática de afirmar "ni un privilegio, ni una diferenciación" es maniatar un instrumento económico, como es la política tributaria. Por eso señor, nostros proponemos específicamente en el artículo 88: "Sólo por ley expresa, aprobada por mayoría calificada de ambas Cámaras -nosotros hablamos de un Sistema Bicameral- puede establecerse, selectiva y temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada zona del país". Estos dos puntos, junto con el de los Principios Tributarios, que ha expuesto el doctor Antero Flóres-Araoz y donde nosotros recogemos el planteamiento del Instituto de Derecho Tributario, nos parecen tres temas fundamentales en materia tributaria. En materia Presupuestal, permítame resumir algunos de los puntos de vista, que creemos deben corregirse. En efecto, se ha hecho un cuestionamiento sobre la iniciativa en el gasto y nos parece que la fórmula del proyecto de mayoría excede del marco, estamos de acuerdo con que los congresistas, individualmente, no tengamos iniciativa en el gasto, pero es razonable que haya por parte de la Comisión de Presupuesto y del propio Congreso, iniciativa en términos de modificación del gasto o de reestructuración del Presupuesto. En segundo lugar, creemos que la fórmula de prioridad del gasto, podría ser mejor definida, se incide -y creo que deberíamos hacerlo con más firmeza- en que las dos prioridades esenciales en el gasto, deben ser el gasto descentralizado, para favorecer la descentralización del país y para la inversión o el gasto social Creemos que la Ley de Presupuesto -y esperamos que así se produzca el debate del Presupuesto de 1994- debe fundamentalmente incidir en esas dos variables: Inversión Pública para fomentar el desarrollo descentralizado del país, inversión pública para fomentar la inversión social y revertir la situación que hoy día vivimos. El tercer punto, tiene que ver con un tema que fue materia de debate también en la Comisión de Constitución y donde nosotros discrepamos con la propuesta de la mayoría. Logramos señor Presidente, en un porimer debate, con la intervención del Presidente de la Comisión de Justicia, doctor César Fernández Arce, que se admitiera la posibilidad que tanto el Poder Judicial, como el Ministerio Público y el Jurado Nacional de Elecciones, pudieran presentar directamente al Parlamento Nacional su Presupuesto, comprendo que sería un caos, si es que no se supiera el tope máximo que estos Presupuestos deben tener. Pero, señor Presidente, hemos eliminado y se aducen razones técnicas, los porcentajes que contemplaba la Constitución, el Porcentaje de la Constitución contemplaba para el Poder Judicial del 2 por ciento. Hoy día por tanto, señor Presidente, el Poder Judicial ya no tiene ni siquiera de donde asirse, para reclamar su dos por ciento, cierto es señor Presidente, que no en todos los Presupuestos de la República se le asignó esta suma, pero allí había un mandato constitucional: Al Poder Judicial se le asígna el dos por ciento. Se aducen razones técnicas y se retira este porcentaje y yo admito las razones técnicas. Pero entonces decíamos, señor Presidente, démosle al Presidente de la Corte Suprema la posibilidad de presentar diréctamente su Presupuesto. Por los topes que le señaló el Ministerio de Economía, pero no sometamos al Poder Judicial a la vía crucis, de tener, primero que pasar por el Ministerio de Economía, luchar allí su primer Presupuesto, que sufre recortes, que se acomoda a los intereses generales y luego pasar el segundo vía crucis, del sometimiento a un Presupuesto que tiende a recortarse. Dicho con claridad señor Presidente, independientemente de las normas sobre nombramiento de Jueces, sobre la carrera Judicial, las normas procesales, la verdad de los hechos es que, si queremos un Poder Judicial fuerte, sólido y moderno, tenemos que invertir en el Poder Judicial, tenemos que darle recursos ingentes al Poder Judicial, tenemos que revertir una situación de mal pago a los Jueces, de pésima assignación de recursos para equipamiento y tenemos por eso señor Presidente, que darle al Poder Judicial, la capacidad de presentar diréctamente su Presupuesto y elminarle cuando menos, un primer factor de recorte y permitirle de este modo, al Poder Judicial, en su condición de Poder del Estado, venir diréctamente a tratar con el Parlamento Nacional, para que su Presupuesto sea el más sólido y el más grande que sea posible. Por eso señor Presidente, considero que ha sido un retroceso equivocado, el impedir que el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Jurado Nacional de Elecciones, tengan que presentar su presupuesto al Ministerio de Economía y sólo entonces derivarlo. Hay otra fórmula que también es posible y que podría ser una fórmula de transacción... (Continúa en el Turno No. 37)...
TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 19-07-93 La señorita FLORES NANO.-(Continuando)...pedir el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Jurado Nacional de Elecciones, tengan que presentar su presupuesto al Ministerio de Economía y solo entonces deriva. Hay otra fórmula que también es posible, podría ser una fórmula de transacción, la tiene la Constitución boliviana por ejemplo respecto de la Contraloría General de República, en qué consiste, en efecto presenta ante el Ministerio de Economía si eso es lo que se quiere, pero no se admite que el Ministerio de Economía modifique la suma que el Contralor General de la República presenta, podría, señor transigirse en una fórmula de ese tipo; es decir, el Poder Judicial presenta ante el Ministerio de Economía pero este no recorta el presupuesto que le presenta a su consideración para su remisión al Parlamento el Poder Judicial, cualquiera de las dos vías nos parece razonable. Lo que yo aspiro, señor Presidente, lo que el PPC aspira es que si tenemos una real voluntad de transformar el Poder Judicial, seamos concientes que no hay forma de transformarlo si no le asignamos mas presupuesto y que no podemos seguir tratando como se viene tratando por siempre al Poder Judicial como la cenicienta de los poderes. Por eso abrigo, señor Presidente, que en este punto podamos encontrar una fórmula de conciliación sea la que he indicado en una presentación directa bajo tope que señala el Ministerio de Economía, o sea una presentación ante el Ministerio de Economía el que no puede modificar el presupuesto que le ha alcanzado el Poder Judicial. Y el último tema, señor Presidente, el doctor Morerya hablaba hace un rato de una tarde bucólica, supongo que ésta podría exaltar alguna pasiones. El último tema, señor Presidente, fue materia de un largo debate político, es el de la observabilidad o no del presupuesto. Yo señor Presidente, adhiero la tesis de la inobservabilidad del presupuesto. El doctro Chirinos, se preguntaba en la mañana o afirmaba en la mañana, parlamento que no aprueba el presupuesto no es parlamento, muy bien, aunque admito de que en esto puedan haber tesis distintas, yo sostengo, señor Presidente, que si hemos adoptado la fórmula frances; es decir, si el Parlamento no aprueba en equis tiempo el presupuesto envíado por el Ejecutivo, perdón, el presupuesto que él ha preparado, entra a regir mediante decreto legislativo el presupuesto del Poder Ejecutivo. Y si simultáneamente, como ocurría en la constitución del año 79, se le da a esta inciativa del Ejecutivo, que es su iniciativa única, sólo la puede hacer el Ejecutivo, ningún parlamentario puede tener inciativa ni en el gasto ni en la formulación del Presupuesto, estamos ante una norma de naturaleza diferente, es una norma de naturaleza diferente por elmorigen de la iniciativa, solo la tiene el Ejecutivo, es una norma diferente por su sistema de aprobación, es una norma diferente por la naturaleza que ella contiene, aquí nosotros no ordenamos nada, la ley de presupuesto es solo una autorización de gasto. Y si esto es así, señor Presidente, y la potestad es una potestad del Congreso al de definir finalmente, muy bien señor, usted quiere gastar aquí pero este poder del Estado le dice: No señor, las prioridades del gasto son estas, las normas para el gasto son estas. Debiera en mi concepto, señor Presidente, y así lo reconoce un sector de la doctrina, ser en efecto una potestad que emana de este poder del Estado y que no admite cuestionamiento alguno de parte del otro poder del Estado. Por eso, señor Presidente creo que sería útil afirmar constitucionalmente que el Presupuesto de la República es inobservable, de este modo quedaría zanjada una discusión doctrinaria y habría tomado nuestra Constitución, posición frente a un tema debatido en la doctrina, creo que esto obligaría, señor, a conciliar criterios, creo que ello fortalecería la negociación entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo de las prioridades del gasto y creo esto permitiría finalmente tener un presupuesto que consagre una potestad del Parlamento sin que ella pueda ser cuestionada por el Ejecutivo porque de él nació la iniciativa, su Ministro de Economía concurrió a sustentar los ingresos, sus ministros ha sustentar sus gastos y sus egresos, o se tiene iniciativa desde el lado parlamentario, pero finalmente, en qué se gasta y cómo se gasta, es una determinación que el parlamento hace sin que el otro poder del Estado pueda cuestionar tal decisión. Por eso, nuestro proyecto afirma que el presupuesto es inobservable y nos gustaría que la Constitucion tome partida en ese sentido. Y el último tema, reconozco los defectos del texto en materia de Contraloría, defectos que mi colega Mario Ocharan ha advertido y que confieso nosotros mismo hemos incurrido al redactar nuestro texto alternativo, creo que las propuestas hechas por el señor Ocharán fijan con mucha claridad o con mucho mejor precisión las competencias de la Contraloría General de la República,. Sí quiero decir y por eso es que yo me incliné tambíen por la fórmula de la mayoría aunque reconozco que los temas que ha planteado Ocharan son correctos, sí me inclino, señor Presidente, con mucha franqueza a señalar que hay que definir que el ámbito de la Contraloría es el uso de los recursos incluído la deuda, incluído el manejo de todos los recursos pero no son... (Continúa en el Turno N§ 38) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 La señorita FLORES NANO.- _(continuando)_ si me inclino, señor Presidente, con mucha franqueza ha señalar que hay que definir que el ámbito de la Contraloría es el uso de los recursos incluida la deuda, incluido el manejo de todos los recursos, pero no son otros aspectos que tienen que ver con la gestión. Cuando esta mañana el ingeniero Blanco con toda razón hacía mención a los cuestionamientos que sobre temas técnicos en ocasiones había hecho la Contraloría, consentía con sus críticas, mucho más grave me pareció las atribuciones que le asignó el código del medio ambiente; y mucho más grave me venían a la mente los recuerdos de aquellas ocasiones en que la señora Contralora recorría determinadas zonas naturales del país, iba o avanzaba sobre determinados proyectos y definía puntos de vista técnicos, se había convertido -la señora Luz Aúrea Saenz a quien me refiero- se había convertido en la persona que definía en este país, qué proyecto era víable y qué proyecto era invíable. Eso, señor Presidente, es desnaturalizar la función de la Contraloría. Por eso se había convertido, efectivamente como dice el doctor Antero Flores Aráoz, en la académia de las ciencias y ésa no es su competencia. En nuestro concepto la Contraloría debe quedar muy bien definida en el ámbito de lo presupuestal, en el ámbito de lo económico, en la gesitón financiera del Estado. El señor Ocharan ha precisado los alcances de esta atribución, pero no debe quedar ninguna duda, señor Presidente, que el Contralor General de la República no es un super poder en el Estado, que no se convierte en un brazo que impide el funcionamiento del Estado o recorta las atribuciones del Estado. Y alguien ha dicho, pero no se controla al Parlamento y me parece muy bien, señor Presidente, yo creo que una de las más modernas legislaciones en materia de sistema nacional de control es la legislación boliviana y lo consagra bien. Es el brazo legal de la fiscalización del Congreso. Nosotros, señor Presidente, controlamos al Contralor. El Contralor es el instrumento técnico a través del cual el Congreso ejerce uno de los instrumentos técnicos a través de los cuales el Congreso ejerce su facultad de fiscalización. En consecuencia, me parece muy bien que la Contraloría no pueda ingresar al Congreso porque en efecto éste es el poder fiscalizador supremo. Por tanto, señor Presidente, creo que hay que darle a la Contraloría General de la República sus reales alcances, limitarlo al ámbito de lo económico y financiero, ampliar la fórmula porque creo que la que hemos redactado es imperfecta y -repito hemos- porque yo también he tomado esta norma, y sólo debe restringirse por supuesto al sector público, sector en el cual debe cumplir una tarea muy severa de fiscalización, pero en ningún caso de obstrucción o de convertirse en un super poder. Sobre estos planteamientos, señor Presidente, hay pues diferencias entre el texto de la mayoría y el nuestro y ojalá el señor Presidente de la Comisión de Constitución tenga a bien recoger algunos de los puntos de vista expuestos. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctora Lourdes Flores. Tiene la palabra el señor congresista Figueroa. El señor FIGUEROA VIZCARRA.- Señor Presidente, durante siglos se consideró que el poder del rey venía de Dios y el monarca lo ejercía sin participación de los súbditos. En ta situación el que los representantes aprobaran los tributos era una conquista frente al poder absoluto, y además una garantía. El poder no representaba al pueblo ni tenía en él su origen, en el Estado moderno, señor Presidente, no decidía definitivamente. Hoy el poder emana del pueblo y quienes lo ejercen lo hacen en su represetnación y con las limitaciones señaladas por la Constitución. Son representantes del pueblo en el gobierno nacional, el Presidente de la República y los congresistas, hoy son estos representantes del pueblo los que pueden ejercitar el poder tributario dentro de las competencias que el poder constituyente les asigna y bajo las responsabilidades que la Constitución y las leyes señalan, no hay entonces razón para transportar mecánicamente la importante conquista parlamentaria de los tiempos de las monarquías absolutistas a las democracias modernas donde la democracia proviene del pueblo. Del mismo modo, señor Presidente, bien vale la pena recordar la reformulación de la tesis de la división de poderes, según la cual a cada órgano corresponde una función. De tal modo que hoy se habla más precisamente de la división de funciones en un sólo poder y de la necesidad de equilibrar las fuerzas entre los distintos órganos para que el Estado no someta al individuo y más bien le sirva. Por otro lado, señor Presidente, el dinamismo de la vida económica, exige de ediciones rápidas y oportunas que ciertamente no se condicen con el ritmo del Parlamento, no quiero decir que el Congreso sea una Institución morosa o indolente, que podría ser un defecto tanto del Paralamento como de otros órganos del Estado. Lo que sí quiero decir, señor Presidente, es que el Parlamento es una Institiución instrínsecamente deliberante, reflexiva y por esta virtud -repito, señor Presidente- virtud, su actividad es necesariamente más lenta que la del Poder Ejecutivo. Hoy, señor Presidente_ (CONTINUA EN EL TURNO - 39)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor FIGUEROA VIZCARRA.- (Continuando)...es necesariamente más lenta que la del Poder Ejecutivo. Hoy, señor Presidente, hay en ese sentido una tendencia acentuada hacia el fortalecimiento de los gobiernos para asumir funciones legislativas que otrora ostentaba el Parlamento como consecuencia de los postulados de la clásica teoría de la división o separación de poderes. La labor normativa de los llamados órganos ejecutivos ya no se limita a la simple reglamentación de las leyes dictadas por el Parlamento, actualmente se observa la tendencia a transferir al gobierno la potestad de dictar normas con rango ley debido a la rapidez y el tecnicismo que la tarea legislativa reclama en el mundo moderno. Me es dIfícil imaginar, señor Presidente, a un parlamento elaborando leyes de cientos de artículos como la del impuesto a la renta o el impuesto general a las ventas, por citar unos ejemplos dentro de las exigencias técnicas que reclama una disciplina tan rigurosa como la del Derecho Tributario. Además, señor Presidente, hay que considerar que es el Ejecutivo al que le corresponde por la política económica, incluyendo la política tributaria. No es acaso el Ejecutivo, y más concretamente, atribución del Presidente la dirección de la política general de gobierno, uno de cuyos capítulos es la política económica? No es acaso al Presidente a quien corresponde administrar la hacienda pública? Y, por último, no es acaso al Consejo de Minitros, siempre dentro del Poder Ejecutivo, al que se le confía la dirección y gestión de los servicios públicos? Si ésto es así, señor Presidente, si es cierto que al Ejecutivo le toca gobernar, no es preciso acaso darle las herramientas para que lo haga con eficiencia, tecnicismo y oportunidad? No cabe duda, señor Presidente, que al Congreso le corresponde dar leyes, como bien lo señala el artículo 113§ del proyecto, y que por supuesto, que dichas leyes creen, modifiquen o extingan tributos. Así debe ser, porque la tributación merece el más amplio debate público, exponiéndola al cuestionamiento de las fuerzas opositoras incluso, para controlar el facilismo en que pudieran caer los gobiernos creando impuestos cada vez que necesiten dinero. Pero eso, señor Presidente, no debe llevarnos al extremo de limitar la acción del Ejecutivo, de privarlo de intervenir vía facultades delegadas en el ámbito de la tributación. Señor Presidente, durante el gobierno de Oscar Benavides se aprobaron reformas constitucionales que incrementaron las atribuciones presidenciales, una de las cuales de orientaba precisamente a establecer la legislación delegada. Luego, señor Presidente, estas reformas fueron derogadas en junio de 1945 por el Congreso adverso al gobierno de Bustamante y Rivero, privándolo de un instrumento jurídico que consideraba necesario para dirigir el gobierno. De igual modo, señor Presidente, el arquitecto Belaunde se vio impedido durante su primner gobierno de regular las tarifas arancelarias, lo que consideraba indispensable para atacar la crisis económica imperante. Hubo entonces que realizar antojadizas interpretaciones de la Constitución de 1933 para permitir convertir en ley los proyectos gubernamentales del Código Tributario y el Código de Aduanas, o la Ley 17044 a cuyo amparo se efectuó una auténtica reforma integral del sistema y legislación tributaria. Fue esa razón que condujo al ex Presidente Belaunde a proponer a la Asamblea Constituyente de 1978 que la regulación de los aranceles le fuera atribuída al Presidente de la República, tal como lo precisó la Constitución del 79; pero además, señor Presidente, la Carta dejó el camino abierto para que el Congreso pueda delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar mediante decretos legislativos sobre la materia y por el término que especificaría la ley autorizativa. Con esta herramienta jurídica, señor Presidente, pudo el arquitecto Belaunde ya en su segundo período reformar la legislación en materia tributaria. En efecto, por esta vía se dictaron normas con rango de ley, tales como la del impuesto a la renta, el impuesto predial, a las remuneraciones, a las ventas, al patrimonio empresarial, a la alcabala, etc. Si vemos el derecho constitucional comparado, señor Presidente, advertimos la posibilidad que se da al Poder Ejecutivo de dictar decretos tributarios por delegación de facultades; así, por ejemplo, en Italia se ha realizado por la vía de la reforma aduanera de 1968, la reforma tributaria de 1971 y la última reforma tributaria denominada "Vicentilli**. También en España, como lo sostiene el prestigioso tributarista Ramón Valdez, se ha llegado a la conclusión que la Constitución Española consagra un sistema de legalidad atenuada y que en consecuencia está admitida la delegación al Poder Ejecutivo en materia tributaria. En conclusión, señor Presidente, creo que conveniente... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 40 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor FIGUEROA VIZCARRA.- ...(Continuando) ...Española consagra un sistema de legalidad atenuada y que en consecuencia está admitida la delegación al Poder Ejecutivo en materia Tributaria. En conclusión, señor Presidente, creo conveniente que la Constitución que estamos discutiendo permita al Poder Ejecutivo, dictar normas con rango de Ley en materia Tributaria a través de la legislación delegada. Gracias, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Gracias, tiene la palabra el doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, pienso que en la Comisión Principal de Constitución hemos realizado un esfuerzo yo diría que frutífero, para devolver importancia al debate presupuestal en el Perú, importancia que perdió a partir precisamente de la Constitución de 1,979; desde el segundo Gobierno del señor Belaunde y en el Gobierno del señor Alan García y en los primeros tramos de este Gobierno, no ha habido propiamente debate presupuestal. El debate presupuestal, señor, se cocinaba en la Comisión Bicameral de Presupuesto con o sin el asentimiento del Ministro de Economía y Finanzas, y al Pleno del Congreso llegaba a última hora, faltando pocas para que venciera el plazo fatídico del 15 de Diciembre, una especie de código que los Representantes al Congreso no teníamos siquiera oportunidad de leer, menos de meditar y mucho menos de debatir. Nosotros, señor Presidente, estamos volviendo al sistema en el cual, el Ministro de Economía viene al Congreso, sustenta por lo pronto el pliego de ingresos, y enseguida todos los Ministros incluido el Ministro de Economía sustentan el pliego de egresos. De manera que el Congreso de la República sabe perfectamente a que atenerse respecto a lo más importante, en qué se gasta, señor, el dinero del pueblo, que no es dinero del Estado. Aquí nos confundimos todo el tiempo, decimos que la Educación gratuita está a cargo del Estado, no señor, está a cargo del pueblo. El que paga la Educación gratuita, que no es gratuita, es el pueblo. Señor Presidente, yo he firmando el dictamen en mayoría con reservas, pero en cuanto al capítulo del Presupuesto, no tengo reservas, señor Presidente, me parece que es un capítulo preciso, que es un capítulo conciso y que es un capítulo bien logrado en definitiva; pese a que por ahí, empezando por el señor decano del Colegio de Abogados de Lima, cuanto Constitucionalista con título o sin él deambula por el mundo, y periodistas de muy rápida pluma, abominan y condenan el proyecto de Constitución en que todos estamos empeñados, señor Presidente, sin darse cuenta de que una Constitución, aún si se tiene mayoría como la tiene Cambio 90, aún si se tiene mayoría, una Constitución es un sistema inevitablemente de concesiones, porque es una reflexión en común. Y la reflexión en común ayuda por supuesto, señor Presidente, a rectificar ideas a priori que uno puede tener y que al final de cuentas parecen o resultan equivocadas. Yo ya me he referido a la intervención del doctor Moreyra, en el curso de interrupciones, pero, repetiré lo que ya he dicho. El Presupuesto de la República debe estar efectivamente equilibrado, eso quiere decir, señor Presidente, que el Ministro de Economía viene al Congreso y nos trae un Presupuesto equilibrado; ahora, por supuesto que puede ocurrir, puede ocurrir que el Presupuesto se desequilibre, sea porque se recauda menos de lo que se pensó, sea porque se gaste más de lo que se había imaginado. Señor Presidente, si a un Gobierno le ocurre una catástrofe pública, tiene que hacer gastos que no había previsto. Y para eso existe en el presupuesto todo el sistema de créditos suplementarios y para financiar gastos extraordinarios que los hay, señor Presidente. En segundo lugar, decimos que los préstamos del Banco de la nación y del Banco Central no deben contabilizarse como ingresos, yo no digo que "per sé", "per sé", y metafísicamente el préstamo sea ingreso, lo que digo, señor Presidente, con los textos de la Ley de Presupuesto en la mano, entre 1,980 y 1,990, es que los préstamos del Banco Central y del Banco de la Nación se contabilizaban como ingresos. Y es a esa corruptela a la que necesitamos combatir y salir al paso con una disposición que pueda ofender un sentido exquisito de la lógica, pero que es indispensable en nuestras costumbres políticas y particularmente en nuestras costumbres presupuestales. En cuanto a que los préstamos del extranjero ... (Continúa en el turno N§ 41)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor CHIRINOS SOTO..(continuando)..un sentido exquisito de la lógica, pero que es indispensable en nuestras costumbres políticas y particularmente en nuestra costumbre presupuestal. En cuanto a que los préstamos del extranjero no deben servir para gasto corriente, yo diría señor Presidente, no debe servir para pagar planillas, si de mi dependiera la redacción; diría no deben servir para gasto burocrático, pero no depende de mi la redacción, la Comisión Principal en mayoría ya tiene otra redacción, creo que es la misma redacción de la Constitución vigente que me satisface. Señor Presidente, tiene que ser y está muy bien sea así, muy clara la prohibición del congreso para tener iniciativa en materia de gasto público o para aprobar impuestos con fines predeterminados. No es exacto contra lo que decía el doctor Moreyra, que la Constitución de 1933 autorizara las famosas partidas parlamentarias, no es exacto. La Constitución no decía nada, esa fue otra corruptela, señor Presidente. A cada representante se le asignaba una partida no para sus gastos personales como llegó a creer mucha gente, pero se le asignaba una partida, vamos a decir, en aquella época de un millón de soles, entonces el representante distribuía esa partida en los gastos de su preferencia, de tal manera señor Presidente, ocurrió una confusión monstruosa en la estructura del Estado, una confusión que ya había señalado Víctor Andrés Belaunde en su célebre discurso universitario de 1913. El legislativo se convierte en administrador y el :Ejecutivo se convierte en legislador. Ya en la Constitución de 1939 tuvimos -diré yo- el coraje de salir al paso de esta otra corruptela parlamentaria. Yo confío en que la actual mayoría también salga al paso de esa corruptela, una corruptela señor Presidente que tenía o en que incurrió la constitución francesa bajo la tercera y la cuarta república. El derecho de iniciativa en el gasto por parte de los parlamentarios fue la causa eficiente para decirlo aristotélicamente del crónico desorden presupuestal de la República Francesa y tuvo que venir De Gaulle y hacer aprobar en su Constitución un artículo que dice lo mismo que decimos nosotros "que el parlamentario no tiene iniciativa en el gasto". Yo le ruego adicionarme un turno, señor Presidente, porque me queda una cuestión muy importante que tratar que es la que ha tratado finalmente Lourdes Flores. Es una cuestión que tiene que ver directamente con nuestra historia constitucional en los últimos tres años y que tiene que ver justamente con el golpe de Estado del 5 de abril de 1992. Señor Presidente, desde fines de 1990, es decir, para el ejercicio presupuestal de 1991 la mayoría parlamentaria, una mayoría circunstancial, una mayoría que no funcionaba para otra cosa que no fuese o poner trabas al Poder Ejecutivo, la mayoría parlamentaria desconoció al Presidente de la República, primero, su derecho a observar la Ley de Presupuesto; y segundo, su derecho a observarla parcialmente y de promulgar la parte no observada y devolver la parte observada, derecho que estaba perfectamente establecido, que yo introduje en la Constitución y que yo comenté, señor Presidente, sin disentimiento de nada, de nadie en mi Tratado sobre Derecho Constitucional. Señor Presidente, qué dijo la mayoría parlamentaria? Dijo, el Presidente no puede observar la Ley de Presupuesto porque la Ley de Presupuesto tiene un régimen aparte; sin embargo, en ese régimen aparte no se decía que el Presidente no podía observar la Ley de Presupuesto; y en cambio, en el tema de las reformas constitucionales allí sí se decía "el Presidente no puede observar la ley de enmienda constitucional". De modo que, la mayoría parlamentaria cometió nefandos pecados, señor Presidente, distinguió donde la ley no distingue e hizo decir a la Constitución lo que la Constitución no decía. A renglón seguido, también la mayoría parlamentaria, también abusando de sus prerrogativas y en violación de la Constitución expidió una ley llamada "de control de los actos normativos del Presidente ... (SIGUE EN EL TURNO 42) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)... la Constitución no decía. A renglón seguido la mayoría parlamentaria también abusando de sus prerrogativas y en violación de la Constitución, escribió una ley llamada de control de los actos normativos del Presidente de la República. Y yo señor Presidente por razones que expondré en otro momento, seguramente cuando discutamos las atribuciones del Presidente de la República, yo denuncié esa ley y denuncié el desconocimiento de la atribución que tiene el Presidente, de observar la ley de presupuesto lo denuncie como un golpe de estado de corte parlamentario. Y contra ese golpe de estado de corte parlamentario, se produjo el golpe de Estado del Poder Ejecutivo de arriba a abajo en la variante bonapartista en 5 de abril de 1992. La señorita FLORES NANO.-Una interrupción doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo no se, yo agradezco, le concedo la interrupción con tal de que sea interrupción, que no sea un discurso colocada a la mitad de mi discurso. La señorita FLORES NANO.- Va ser cuantitativo; alrededor de doscientos y picos de proyectos de ley ingresaron para el ejercicio del control parlamentario o iniciativas venidas desde el aprismo, fundamentalmente destinados a enervar los decretos legislativos. Desgraciadamente doctor Chirinos, estan eliminados los archivos, porque entiendo que la comisión administradora del Congreso, ha hecho un saco, en todos los archivos que existían; pero puedo decir que el 90 por ciento de esos proyectos, y todos los temas medulares, fueron uno a uno rechazados por esa mayoría que usted dice que es una mayoría obstructora, con esto entonces demuestro que no fue el Parlamento doctor Chirinos y esa es una falsedad histórica de la cual el Ingeniero Fujimori algún día tendrá que rendir cuentas, es una falsedad histórica, haber afirmado que este Congreso lo obstruyó en su reforma económica. Eso no es verdad a la luz de los hechos. El señor CHIRINOS SOTO.- La señorita dice que no es verdad; aprovecha su condición de señorita, porque si fuera caballero, yo el contestaría como se merece. Yo me puedo equivocar pero yo digo la verdad señor Presidente. El Congreso, elegido junto con el señor Fujimori, le desconoció la potestad de observar la ley de presupuesto sin ningún asidero en el texto constitucional. Señor Presidente estos, no me refiero a la señorita Flores, estos constitucionalistas a la violeta, estos Decanos del Colegio de Abogados, estos profesores, salen con unas teorías, no se pueden observar por partes la ley, la ley es una unidad sagrada, como si fuera una fórmula mágica, como si fueran las formas sagradas en la misa. La forma sagradas también se pueden consagrar por partes el sacerdote a veces cuando la hostia es muy grande, la corta por la mitad y guarda parte de la hostía sin consagrarla para consagrala otro día y consagra esa otra mitad. Pero hay algo más señor Presidente, en el derecho constitucional, existe la institucón del veto parcial, y existe. El señor MOREYRA LOREDO.- Una interrupcion. El señor CHIRINOS SOTO.- Déjeme usted terminar le voy a dar. Existe precisamente que para el presupuesto, precisamente para la ley ómnibus, precisamente para salir al paso de las corruptelas que los parlamentarios solían introducir en la ley de presupuesto. Señor Presidente y esto no se me ocurrió a mí; yo no tendo ideas propias, yo lo que tengo es sí, una cierta capacidad de lectura señor Presidente. En Chile, antes de Pinochet, nada menos que don Jorge Alexandrí mediante ley 14821, promulgó el 31 de diciembre de 1961 la parte no vetada por él. Del proyecto de ley de presupuesto para 1962 aprobado por el Congreso. La ley promulgada en la parte no observada entró en vigencia al día siguiente 1§ de enero de 1962. la referencia lo que digo, y lo digo para el beneficio de los juristas constitucionalistas, editorialistas, consta en Alejandro Silva Vascuñan Tratado de Derecho Constitucional Editotorial Jurídica de Chile 1967, Tomo III página 330. Tiene la interrupción el señor Moreyra. El señor MOREYRA LOREDO.- Gracias señor Presidente, primero todas las ideas son propias por definición, incluso las ajenas, cuando uno las hace propias, cuando las dice... (Continúa en el Turno N§ 433)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor CHIRINOS SOTO...(continuando)...página 33O, pide una interrupción el señor Moreyra. El señor MOREYRA...(Interrumpiendo)... Gracias señor Presidente. En primer lugar, todas las ideas son propias por definición, incluso las ajenas, cuando uno las hace propias cuando las dice; pero el punto fundamental y siguiendo su lógica, señor Chirinos, por qué no aprobamos después de su iniciativa, una moción para que el Presidente de la República promulgue aquellas partes de la Constitución que quiera y deje de lado aquellas parte que no quiera; hacemos juntos la moción?. El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando).- Esa es la lógica de usted, yo he estado hablando de leyes ordinarias; no he estado hablando de la Ley Constitucional; porque en lo que se refiere a la Ley Constitucional, estoy de acuerdo con el precepto de la anterior constitución que se va a repetir ahora en el sentido de que el Presidente de la República, no debe tener potestad para observar la Ley de Reforma Constitucional; por una razón muy sencilla, la Ley de Reforma Constitucional tiene la mayoría calificada que se necesita para vencer el veto del Presupuesto. Además, qué divertido, dice que no hay ideas propias, "Nada hay nuevo bajo el sol", dijo Salomón, que es todo lo que quiero decir, habrá ideas apropiadas, pero no hay ideas propias señor Presidente. tan no las hay que voy a multiplicar mis ejemplos: En Argentina, el Presidente de la República respaldado por Ejecutoria de la Corte Suprema, tiene la potestad de observar una ley en parte y promugar en otra parte; y esa misma facultad, señor Presidente, existe en 49 de los 5O Estados de la Unión, el gobernador de cada estado, salvo el de Pedrasca, tiene lo que se llama en inglés en one line vito, el vito de una línea, el vito para la Ley de Presupuesto; porque estos tráficos de influencia parlamentaria, señor Prsidente, ocurren en todas partes. Como "no hay nada nuevo bajo el sol", tambien "en toda partes se cuecen habas" y en todas partes las legislaturas o los parlamentos quieren aprovechar la Ley de Presupuesto para obligar al Presidente de la República a qué, a aprobarla totalmente, porque sino se quedan sin presupuesto; y entonces introducen ahí una serie de disposiciones que repugnan al orden financiero de la República y el Presidente de la República por la salud de la nación, señor Presidente, y sin bromas de ese estilo que se va a aprobar la Constitución, yo no estoy hablando aquí del actual Presidente e la República, además esto lo he dicho en l979, cuando él no sabía quien iba a ser Presidente de la República. El Presidente de la República debe tener la potestad de frenar la corrucpión parlamentaria. Tiene usted la interrupción señor. El señor VEGA ASCENCIO.( Interrumpiendo). - Gracias señor representante. Efectivamente, lo que manifieta el doctor Chirinos hemos vivido los que hemos estado en el Congreso anterior, antes del 5 de abril. Me acuerdo que cuando estudiábamos el Presupuesto que se iba a aprobar, encontrábamos una serie de artículos que no estaban de acuerdo con la realidad; se habían hecho un ensambre de articulados en donde se pedía -por ejemplo- para la potabilización del agua de un asentamiento humano, para poder hacer el asfaltado; es decir era un presupuesto en donde no estaba de acuerdo a la realidad económica; es por eso que el señor Presidente de la República, tuvo que objetarla,tuvo que obsevar y nos mandó un relación de todos los artículos y que aquí en el Congreso hicimos el análisis y podíamos observar que realmente esos artículos que se habían hecho en la Comisión Bicameral no estaban verdaderamente planteados en forma técnica sino con un criterio eminentemente político partidarizado. Los partidos ahí jugaron, tú pones esto, pero yo pongo esto, y entonces ese presupuesto realmente no lo aprobó el Presidente, sino aquí el Congreso; y yo creo que sí tiene que observar el Presidente, porque no podemos darle una cantidad de articulados en el Presupuesto cuando no hay dinero para efectuar. Gracias señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando).- Señor Presidente, persona allegada al señor Presidente de la República me dijo en su oportunidad que había 4O disposiciones inconstitucionales y que conducían al déficit en la Ley de Presupuesto que se le impidió inconstitucionalmente observar; a mí me llamó, yo señor Presidente no desempeñaba ninguna funcion pública, y a que me llamó?, voy a terminar señor Pease, y aqué me llamó? estoy contando una anécdota y me interrumpe, no, espere usted que cuente mi anécdota... (Sigue turno No. 44).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor CHIRINOS SOTO...(continuando)...inconstitucionalmente observarse. A mi llamó. Yo, señor Presidente, no desempeñaba ninguna función pública, y ¨a qué me llamó? -Voy a terminar, señor Pease.- Y ¨a qué me llamó.? -Estoy contando una anécdota y me interrumpe. No, espere usted que cuente mi anécdota.- ¨A qué me llamó? -Va usted a tener que esperar, señor Pease.- Me llamó el señor Presidente del Senado, don Máximo San Román -repito- Yo no tenía función pública y ningún interés en el asunto. Y me dijo: "como profesor de Derecho Constitucional y como uno de los autores de la Constitución, le pregunto -y había testigos, señor Presidente, estaba el senador Mariátegui, estaba el senador Acurio, estaba el senado Vega Alvear, estaba el senador Bernales, y algún senador de la mayoría, Ah! y el Presidente del Consejo de Ministros, con el señor Jalilie. Y el Presidente del Senado me preguntó- Usted, como constitucionalista y como autor de la Constitución ¨cree usted que el Presidente de la República pueda observar la Ley de Presupuesto?". "Si señor" -le dije- "Y cree usted que la puede observar parcialmente?" "Si señor". Y entonces uno de los señores senadores, cuyo nombre no me olvidé, me dijo "¨Y tu crees que tenemos que enfrentarnos a las mayorías de provincias?" Yo le dije "esa es una pregunta política, no es una pregunta jurídica. Yo le he contestado al señor Presidente del Senado las preguntas jurídicas; ahora si me hace la pregunta política también se la contesto, pero no me la ha hecho" Y lo miré fijamente al senador San Román y no me hizo una pregunta, y me fuí, y quedé en cierto modo conectado con el señor Hurtado Miller para sostener esta tesis, que yo sostuve en el períodico en el que entonces escribía, a capa y espada, señor Presidente; y la volveré a sostener. Y considero indispensable para el buen orden de las finanzas nacionales, que el Presidente de la República tenga esa capacidad de veto parcial respecto inclusive de su propia mayoría, porque su propia mayoría también está sujeta a tentaciones. Qué me quiere interrumpir el señor Pease? Que no sea colocar un discurso. El señor PEASE GARCIA.- (interrumpiendo) Bueno, después de aceptar su regaño, porque más parece un regaño que una intervención. El señor CHIRINOS SOTO.- Parece no más, parece, no se preocupe. El señor PEASE GARCIA.- Yo quiero decirle -así es- quiero decirle de que hay una diferencia entre el caso argentino, el caso chileno y el caso peruano que usted ha mencionado, y la formulo en la siguiente pregunta. ¨El Ministro de Economía y Finanzas, aceptó o no aceptó esos 40 artículos indebidos? Si los aceptó, lo hizo a nombre del Presidente. El Ministro Boloña actúa no solo, actúa con el Presidente en la relación con el Congreso. Entonces, si los aceptó, el Presidente debía votarlo. Lo que no puede tener es al mismo tiempo la facultad de iniciativa y presentación, y luego de observación, porque es una doble facultad. Esa no la tiene en la Argentina porque la relación es más distante entre Ejecutivo y Parlamento, y no la tenía en la época previa a Pinochet en Chile. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, lo que dice el señor Pease no tiene nada que ver con lo que yo digo. ¨Qué hizo o qué no hizo el señor Boloña? Me importa, la verdad -creo que no ofendo- me importa un "comino". Lo que yo estoy diciendo es lo que la Constitución debe decir, no lo que hizo el señor Boloña. Señor Presidente, no sólo es en Argentina, no sólo en Argentina. En Francia, en la vigente Constitución de la Quinta República, Artículo 10§, el Presidente puede demandar al Parlamento una nueva deliberación de la ley o de alguno de sus artículos. Es el veto parcial. Señor Presidente, yo estoy defendiendo esta potestad del Presidente de la República, cualquiera que sea su nombre accidental, porque yo creo, efectivamente, en un Poder Ejecutivo fuerte; con la misma firmeza de serme posible, señor, defenderé al Poder Legislativo, porque creo en un Poder Legislativo fuerte, y defenderé la independencia del Poder Judicial también. Y desde luego no creo esta teoría que hay que asignar 2% al Poder Judicial, 20% a Educación, cuánto a Defensa Nacional; entonces no tengamos Ministro de Economía, señor Presidente, entonces el Ministro de Economía lee la Constitución y según la lectura o los susurros de la señorita Flores el Ministro de Economía hará el Presupuesto. Entonces, habría que suprimir al Minisitro de Economía. Porque, señor Presidente, dicho sea de paso, no responde a ningún cálculo científico el 2% para el Poder Judicial, por qué el 2, por qué no el 4, por qué el medio, quién ha calculado las necesidades del país. Tiene usted la interrupción señorita FLores. La señorita FLORES NANO.-(interrumpiendo) No dude, por intermedio de la mesa. que con un susurro mío el Ministro de Economía actuaría mucho mejor, de eso puede usted estar absolutamente seguro. El señor CHIRINOS SOTO.- En otro sentido sí. La señorita FLORES NANO.- Y en materia presupuestal distribuiría muy bien el gasto. Doctor Chirinos, no tengo a la vista los textos que usted está mencionando, pero sí tengo a la vista el texto del Artículo 193§ de la Constitución... (continúa en el turno 45)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 La señorita FLORES NANO.- (Interrumpiendo)... distribuiría muy bien el gasto, doctor Chirinos, -no tengo a la vista los textos que usted está mencionando- pero si tengo a la vista el texto del artículo 193 de la Constitución Peruana, en su tercer párrafo, si la tésis que usted sostiene fuera válida, yo no entiendo porqué la Constitución dice: "reconsiderado el proyecto de ley" porqué el texto no indica con claridad, como usted afirme, "reconsiderada la parte no observada de la ley" que sería la redacción lógica, para una Observación parcial y una Promulgación parcial. La Constitución es absolútamente clara, reconsiderado el proyecto de ley, de forma tal que está hablando de una posibilidad de observacón parcial, pero de remisión de un texto íntegro, para una nueva deliberación, que es por lo demás la tésis francesa, volverá a deliberar; no quiere decir eso, que se permita una promulgación parcial. El señor CHIRINOS SOTO.- Aquí tengo mi propio comentario de la Constitución, qué número es el artículo, decía la señorita? Aquí lo tengo. Antes ha dicho ella, qué ha dicho? La verdad que se me ha escapado, creo que no era muy importante. Ah dice que la Constitución dice: "reconsiderado el proyecto de ley" reconsiderado pues, el proyecto de ley, no dice "todo el proyecto de ley", reconsiderado lo que hay que reconsiderar, se reconsidera lo que hay que reconsiderar, no se reconsidera lo que no hay que reconsiderar. Que tal manera de argumentar, señor Presidente. Sabe usted señor Presidente, que en este caso, los señores de la oposición y también ocurrió eso en el anterior debate periodístico, "me pisan un callo" señor Presidente, porque resulta que yo me recibí de Bachiller en Derecho, con una tésis sobre el Derecho de Veto del Presidente de la República, de manera que domino la materia, francamente. "El derecho de observación -digo yo en 1979- que hemos dado al Presidente de la República en el artículo bajo comentario, es derecho calificado, porque puede observar los proyectos de ley aprobados en el Congreso, en todo o en parte, quiere decir que puede promulgar unos artículos y devolver otro u otros. El Presidente de los Estados Unidos, no tiene ese derecho calificado de observación, muchos tratadistas lo reclaman como necesario, sólo lo tienen determinados gobernadores, -49, no estaba tan bien informado como estoy ahora- de ciertos Estados de la unión. Al respecto -digo yo- hemos innovado absolútamente nuestra tradición constitucional". Y es una innovación señor Presidente, que hay que mantener, ahora hemos perfeccionado el artículo, de modo que no haya lugar a las interpretaciones sibilinas, capciosas y contra factuales de la anterior, circunstancial, escurridiza mayoría parlamentaria, que fue defenestrada el 5 de Abril de 1992, entre otros pecados, por ése señor Presidente, gracias. El señor CHIRINOS SOTO.- Gracias doctor Chirinos, el doctor Luis Enrique Tord había pedido la palabra por uno o dos minutos, como una cosa rápida y luego el señor García Mundaca. El señor TORD ROMERO.- Gracias señor Presidente: Me ceñiré a lo pedido, a modo de colaboración para el perfeccionamiento del artículo 80, del Capítulo que estamos viendo, que repite el 111 del anteproyecto. Decía que en ese artículo 80 y me dirijo a Carlos Torres y Torres Lara -que parece que no está escuchando- para proponer, invocar o subrayar o alertar, acerca de un asunto, que seguramente puede ser cambiado. Dice: "Las obras de adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos, se ejecutan obligatoriamente por contrata y Licitación Pública, así como la adquisición o enajenación de bienes..." y luego siguen dos párrafos más, que ustedes tienen a la mano. Pareciera, Presidente de la Comisión de Constitución, por conversaciones tenidas anteriormente, en mi caso, por especialistas en la materia, que la expresión suministros, en este caso, es equivocada, pues el suministro, significa una relación contractual... (Continúa en el Turno No. 46)...
(Plenario Vesp.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. El señor TORD ROMERO.-(Continuando)... anteriomente en el caso por especialistas en la materia, que la expresion "suministros" en este caso es equivocada, pues el suministro signifia una relación contractual, periódica, o continuada de entrega de bienes, y no es posible el suministro de servicios, tal como podemos desprenderlo de la lectura del Título III, artículo 1604 del Código Civil. Me da la impresión, para terminar, sobre el tema y aclararlo en lo posible, que se ha pretendido decir que las obras y adquisición de suministros en realidad de servicios que ya está dicho en el segundo párrafo, donde dice:"ha concurso público para la contratación de servicios". Y si se trató de las obras y adquisición de bienes como pudo ser también, ya está dicho en la última linea del artículo 80, primer párrafo, que dice: "así como la adquisición o enajenación de bienes" por lo tanto, creo, señor Carlos Torres y Torres Lara que merece una revisión si es exacto o no aquello de adquisición de suministros que a mi modo de ver parece confuso e inexacto. Mi síntesis al planteamiento sería solamente así: "las obras con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrato y licitación pública así como la adquisición de bienes, hay concurso público para la contratación de servicios, etc." o sea eliminar "adquisión de suministros" de acuerdo a este planteamiento. Una sugerencia que los especialistas quizás pudieran revisar. Gracias. El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor García Mundaca. El señor GARCIA MUNDACA.- Señor Presidente: sería deseable que la discusión o el examen de las propuestas y las decisiones que se tomen pudieran aislarse del entorno y de alguna manera de los acontecimientos previos al funcionamiento de este Congreso y al debate constitucional, creo que estamos obligados a producir una norma que tenga vigencia por sí misma y que pudiera no ser discutida en función de las personas a quienes se trata de favorecer o se trata de perjudicar. Lo digo, señor Presidente, porque creo que hay algunos defectos en la redacción del capítulo que estamos discutiendo que son una secuela de alguna discusión presente, por ejemplo, en el artículo 7, colocar el párrafo que determina que los aranceles y las tasas se aprueban por decreto supremo, cuando en el proyecto de la mayoría en el artículo 132, inciso 20), repitiendo lo que contiene el actual artículo 211, en el inciso 22,) le atribuye al Presidente de la República la facultad de regular las tarifas arancelarias, no viene a ser un error, señor, sino que viene a ser la consecuencia a mi juicio, de la discusión que hay sobre la sobretasas y los aranceles o los pararanceles que en este momento está siendo examinado con una gran profusión en los medios periodísticos. Y de alguna manera esta inclusión refleja la discusión y la coyuntura y por eso es que a mi juicio -repito- se está incluyendo en este artículo 78 algo que no tiene nada que ver, señor Presidente, porque es la única mención, señor Presidente, porque es la única mención a decreto supremo que hay en todo el texto constitucional y porque lógicamente la Constitución no tiene porqué referirse a decreto supremo sino solamente a ley. Y creo que también, señor Presidente, otras secuela de los temas y las discusiones del momento es la prohibición o el condicionamiento que en el artículo 84, en el párrafo final, establece que la proposiciones de índole tributaria que se presenten, requieren previo informe del Ministerio de Economía y Finanzas; yo creo, señor, que ese es un condicionamiento inaceptable para un poder soberano. Y no solamente porque el hecho de que no se le incluya no prohibe que el Congreso, las comisiones especiales, el Pleno pueda solicitar los informes que desee a quien desee, sino porque, señor Presidente, resulta absolutamente inapropiado que el Congreso esté colocando a nivel constitucional una exigencia meramente reglamentaria, pero con el pecado que significa una negativa a las facultades que debe tener el Congreso para examinar libremente cualquier proposición. Si usted lo tiene a bien, señor Presidente, el congresista Róger Cáceres me está pidiendo una interrupción de treinta segundos... (Continúa en el Turno N§ 47) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor GARCIA MUNDACA.- _(continuando)_ a las facultades que debe tener el Congreso para exterminar libremente cualquier proposición. Si usted lo tiene a bien, señor Presidente, el congresista Róger Cáceres me está pidiendo una interrupción de treinta segundos. El señor PRESIDENTE.- Doctor Cáceres. El señor CACERES VELASQUEZ, Róger.- Sobre el particular como lo dije oportunamente en mi intervención anterior y como consta en el documento que ha sido distribuido a todos los señores congresistas, yo, señor Presidente, discrepo del planteamiento que se acaba de formular y no por defender a un Ejecutivo autocrático. Yo creo que es necesario cuidar como una obligación sacra del valor de la moneda, y si nosotros los congresistas inflamos de gastos al Ejecutivo y al Estado, resulta que se va a producir la temida desfinanciación. Por ésto, yo creo que neceasariamente ese tipo de leyes debe ser consultado previamente al Ejecutivo, simplemente consultado, lo que no signifdica, señor Presidente, que estemos obligados a seguir lo que diga el Ejecutivo, pero debe hacer consulta previa y necesaria. Ese es mi criterio respetando por supuesto la posición del señor congresista. El señor GARCIA MUNDACA.- Señor Presidente, muy inteligente la observación, pero entonces para qué el artículo 84§ en su párrafo inicial está negándole al Congreso la iniciativa para crear y aumentar gastos públicos; es decir, ya el espíritu es el de negar toda posibilidad al Congreso para que si no es con la anuencia del visto bueno del Ministerio de Economía, pueda estudiar siquiera una propuesta que venga del Poder Ejecutivo. Yo creo que hay una reiterancia ahí, que repito es producto de la coyuntura, del espíritu que hay ahora -permítame, señor Presidente, concluir un par de minutos- de limitar las posibilidades de intervención y de fiscalización del Poder Legislativo. Y, señor Presidente, como está todavía en debate la existencia o no de la regiones y el proceso de descentralización aún no lo hemos aprobado quisiera, señor Presidente, por su intermedio proponer a la Comisión que en el artículo 78§ se incluya tanto los gobiernos locales como los gobiernos regionales en la facultad que señala el artículo 78§. Igualmente, que en el artículo 89§ en lo que se refiere a la Contraloría General de la República, se pueda adicionar un segundo párrafo y final en ese artículo, donde conste que la Contraloría dirige el Sistema Nacional de Control, supervisa la gestión y utilización de bienes y recursos públicos; y el Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta del Congreso de la República por el término de cinco años modificando sólamente lo que se refiere al periodo de duración del mandato. Creo también, señor, que es válida la preocupación de agregar en el artículo 89§ que le corresponde también a la Contraloría en el primer párrafo, "supervisar las operaciones de la deuda pública". De tal manera que estoy proponiendo que se incluya en ese párrafo. Y finalmente, señor, en el artículo 81§ incluir el término "regiones" al pie de municipios para que quede, señor, con cargo a lo que decida el Pleno, la posibilidad, que tanto municipios como regiones tienen derecho a participar en la renta que produce la explotación de los recursos naturales, repitiendo en ésto, señor, la misma terminología de la Constitución del año 79 y no sólamente como se pretende ahora en el proyecto en discusión limitar la participación a la renta en las utilidades. Eso, señor es distinto a lo que contuvo y debe contener el capítulo y que debe repetir a mi juicio la disposición de la Constitución del año 79. Alcanzo a través suyo, señor Presidente, las propuestas a la Comisión de Constitución. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias señor García Mundaca. Tiene la palabra el señor congresista Fernando Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Gracias, señor Presidente. Le concedo una interrupción al señor Moreyra, yo sí solicito su venia, señor. El señor MOREYRA LOREDO.- Muchas gracias, señor Presidente. Lo cierto es que de la intervención del señor Chirinos ha quedado perfectamente claro que no ha podido refutar que los presupuestos, todos, incluso el que está hoy vigente se promulgan y cumplen en forma desequilibrada, el actual tiene un déficit de dos y medio por ciento aprobado por el Fondo Monetario Internacional. También no ha podido demostrar lo que es un absurdo, que es llamar a un préstamo un ingreso; un préstamo no puede ser un ingreso por su propia definición. Igualmente, señor Presidente, decir que la deuda externa no puede usarse para gastos burocráticos cunado existe la caja única; es decir, una simple tontería porque al nivel de ingresos todos se confunden. Finalmente, señor Presidente, no es lo mismo hablar de iniciativas parlamentarias que el no gasto del Congreso_ (CONTINUA EN EL TURNO - 48)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor CHIRINOS SOTO.- (Continuando)...como dijo alguna vez Jorge Basadre respecto de un escritor muy conocido: "Todo lo que diga el señor de mí, todo, es falso". De manera que no me voy a ocupar más en refutarlo. El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Así es, señor Presidente, pero la verdad histórica es otra. La verdad histórica es, señor, que hay quienes tienen ese atractivo por el poder, por el gobernante de turno; y que hacen una cosas ante la luz de la opinión pública y otras a puerta secreta. Todo se sabe finalmente, señor. Esas asesorías palaciegas de los gobiernos de turno se conocen, señor; y eso es lo que oculta el doctor Chirinos Soto, pero que al sentir popular le ha llegado directamente. Por eso es que todos lo sindican como parlamentario del oficialismo y no de la oposición, y hoy día él mismo ha confesado su militancia en el oficialismo al discrepar de nuestras posiciones y señalarnos como oposición. Pero en fin, señor Presidente, este tipo de argumentos que ciertamente nosotros tenemos que rechazar de principio, aquellos argumentos que han servido de apología para el golpe de estado del 5 de abril, como el tratar de justificar ese atropello constitucional diciendo que por dar una ley de control parlamentario se había dado un golpe parlamentario, señor, son realmente argumentos inaceptables, indefendibles. Menos para quien dice que defiende al Parlamento como Primer Poder del Estado, lo ha ratificado en ese libro que tanto nos trae, en el que le daba casi categoría de Dios a Haya de la Torre y a las ideas del aprismo de las cuales hoy día reniega, señor. Quien revisa detenidamente este texto, encontrará su apología al aprismo, a sus postulados de manera reiterada y hoy día se reniega; y si eso no tiene el nombre de oportunismo político, no sé qué otro nombre se le puede dar. Por eso, señor, qué autoridad moral pueden tener quienes son camaleones de la política para venir hoy día a tratar de postular algo tan descabellado. El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, le pido retire las palabras. Sí doctor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Yo soy el ofendido, señor Presidente, y yo no me voy a tomar la molestia de pedirle al señor Olivera que retire ninguna palabra, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, le está cediendo la interrupción al señor Guillermo Del Carpio? El señor OLIVERA VEGA.- Sí, un segundo. El señor PRESIDENTE.- Correcto. Adelante señor Carpio. El señor CARPIO MUñOZ.- Sólo quince segundos, señor. No puedo yo rectificar a quien supuestamente ha sido ofendido. Lo único que quiero pedirle al señor Olivera como ciudadano, es que si él hace ese tipo de referencias en el sentido que el señor Chirinos Soto ha hecho apología del aprismo en el libro al que hace referencia, que por favor lo cite textualmente para conocerlo. Nada más, señor. El señor PRESIDENTE.- Puede continuar señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Aquí está, señor Carpio, léalo usted, aquí hay varias citas. Discúlpeme, el señor Carpio no va a marcar pues el giro del debate, pero basta recordar que cantaba la Marsellesa aprista junto con todos ellos. El señor PRESIDENTE.- Señor Olivera, creo que hemos tenido un día muy agradable, entonces si continuamos dentro de la tónica que hemos venido desarrolando, sobre todo pensando un poco en la hora para que los elementos centrales puedan ser recogidos por la Comisión de Constitución. Adelante señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, es que es importante para poder calificar y evaluar la palabra que se dice acá con gran autoridad, cómo es pues que se evoluciona políticamente. Señor Presidente, es el mismo ciudadano que negaba al Presidente de la República en su calidad de hijo de inmigrantes japoneses su calidad de peruano de primera categoría, es el mismo que entre primera y segunda vuelta acusó a Fujimori casi de ser un inmigrante que no merecía postular a la presidencia de la República y que hoy es el primero en reventarle cuetes. Entonces pues de qué podemos hablar, con qué autoridad moral en base a quien está en el gobierno de turno ahora le quiere dar facultades para observar parcialmente la Ley de Presupuesto. No puede ser, señor Presidente, que se tomen en serio ese tipo de argumentaciones que son tan graves como querer sostener que bastaría que el Presidente de la República promulgue aquel artículo... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 49 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor OLIVERA VEGA.- ...(Continuando) ...Ley de Presupuesto. No puede ser, señor Presidente, que se tomen en serio ese tipo de argumentaciones que son tan graves como querer sostener que bastaría que el Presidente de la República promulgue aquel artículo segundo famoso de toda Ley de Presupuesto que señala el monto a poder gastar durante el ejercicio presupuestal y no promulga el resto. Por ejemplo, entre los artículos que no promulgaría son aquellas normas de austeridad, de control del gasto Presupuestal, que siempre el Congreso de la República coloca, no quisiera seguramente que haya distribución del gasto como sí se hace en los presupuestos desagregados y en las normas complementarias que forman parte de una Ley de Presupuesto, porque , porque es el señor Fujimori, pues. Que le gusta al señor Chirinos Soto, que vamos ha hacerle, señor. No podemos nosotros entonces, dar una norma Constitucional en base a los gustos particulares, circunstanciales, dejando de lado todo lo que es una doctrina de principios. Y que evidentemente no puede conceder al Poder Ejecutivo la norma de observar parcialmente ni el Presupuesto General de la República, ni ninguna otra Ley, señor; mucho menos la Constitución que pareciera ser el prototipo de modelo que quisieran implantar para todo este debate. El señor Fujimori como bien lo recuerda el señor Moreyra, promulgue aquellos artículos que le gusten y los otros hará como hizo la Comisión de Constitución, tijeretazo, los dejó de lado. Habría que ver dentro de la misma lógica como se reacciona. Y por eso, señor Presidente, es que nosotros estamos de pleno desacuerdo con esa interpretación, que es dentro de la lógica de concentración de Poder en el Ejecutivo, y en particular en el señor Fujimori. El que hayan habido, señor, vicios en el pasado, vicios que se arrastran de muchos Parlamentos, señor, que yo no haya escuchado que hayan sido denunciados oportunamente, el hecho que en los anteriores Parlamentos donde han habido inclusive casos realmente escandalosos, de artículos con nombre propio, no significa querer castrar de la facultad deliberante de este Congreso, y al Congreso que se plasme en la Constitución de la capacidad de poder distribuir el gasto de acuerdo a prioridades y no que tenga que obedecerse los *zúkases* del Poder Ejecutivo, sin dudas ni murmuraciones. En donde al Congreso no le quede otra alternativa que decir si o no, y si dice no promulga el Ejecutivo su Presupuesto y se acabó. Aquí señor, se vienen a lavar las manos aquellos que han participado en la mayoría Parlamentaria del año 91, en esa Alianza vergonzante que hicieron con el APRA los miembros de Cambio 90 para sentarlo en la Presidencia de la Cámara al hoy Ministro Víctor Paredes. Y que posteriormente también continuaron en esas Alianzas vergonzantes para repartirse las Presidencias de las Comisiones en corruptelas que realmente hicieron mucho daño al país y a este poder del Estado. Y en la Ley de Presupuesto que hicieron, señor, acaso no firmaron también el dictamen por unanimidad, acaso no tuvieron su artículo con nombre propio cada uno de los miembros de Cambio 90 que estaban en ese Parlamento, y hoy día vienen a lavarse las manos, señor, pretendiendo sorprender al país. Y es verdad, lo que aquí se ha dicho, porque hay que recordar la circunstancia histórica, el Ministro Bologña por documento escrito dió su aprobación y su satisfacción en cuanto a prácticamente la totalidad de los artículo aprobados por esa Comisión que presidió Eduardo Calmell del Solar, y agradeció inclusive después de que se encontró una solución que ciertamente no compartíamos nosotros en cuanto a práctica Parlamentaria. Pero esas son las verdades históricas que hay que rectificar, pero la manera de rectificar no es castrar las facultades Parlamentarias como se pretende institucionalizar en este artículo Constitucional. Que se le diga al país entonces, mejor que el Congreso no debe debatir el Presupuesto General de la República, que el modelo propuesto es el modelo del 5 de Abril, el Presupuesto lo elabora el Consejo de Ministros y lo promulga el Presidente de la República y mejor le quitamos la facultad, porque así propuesta, simplemente no tiene ningún Poder real el Congreso de la República. Por eso, señor Presidente, nosotros tenemos que denunciar este tema, como también ciertamente tenemos que denunciar lo que es muy grave, pero que forma parte de un esquema autoritario que no le gusta el control, señor, que no quiere tener control en el gasto público, por más artículo Constitucional que se ponga, tenemos que juzgar por los hechos, y los hechos son, señor, que más allá de esa conducta partidarizada que tuvo la Contralora General Luz Aurea Sáenz, el hecho cierto es que lo que posteriormente hizo el Gobierno de Reconstrucción Nacional fue ir desactivando de manera deliberada ... (Continúa en el turno N§ 50)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor OLIVERA VEGA..(continuando)..Contralora General Luz Aurea Sáenz, el hecho cierto es que lo que posteriormente hizo el Gobierno de Reconstrucción Nacional fue ir desactivando de manera deliberada la Contraloría General de la República; redujo su personal a menos de la quinta parte si es que queda todavía la décima parte del personal y en los hechos, además, le redujo sus facultades reales. Hoy, por ejemplo, no puede la Contraloría General de la República fiscalizar al Banco Central de Reserva mas allá de lo que es estrictamente su ejecución presupuestal administrativa, no puede examinar el tema de las colocaciones de nuestras reservas internacionales en la banca internacional; no podría, según esa lógica, la Contraloría haber contribuído a descubrir la verdad del negociado del BCCI; no podría, señor, haber penetrado como debía penetrar en el esclarecimiento de por qué antes se concentraban nuestras reservas internacionales en el BCCI y se concentran en el Banco de Takyo y en otros bancos. No sabemos cuál será el Leonel, cuál será el Neyra o cuál el Janssen -como aquí se nos dice- o qué comisiones pueden haber de por medio, no tenemos como siquiera conocer los fundamentos de ese tipo de operaciones. La Contraloría, señor Presidente, está siendo limitada de manera deliberada porque no se quiere control en el gasto público, no se quiere este tipo de control que se ha recordado también es extensivo hacia la deuda externa. Qué habría pasado, me pregunto yo, si la Contraloría General no fiscalizara las operaciones de deuda, seguramente nunca habría existido ese dictamen que llegaba a encontrar indicios de responsabilidad en Luis Alva Castro y Metropolitan Investment Company la Comisión Investigadora que está viendo Alex Kouri no habría, nadie habría revisado el problema el pago de los títulos de la deuda externa que hoy día incomoda a algunos. Si no tenemos, señor, una Contraloría con facultades legales y constitucionales y si a la vez, no se le asigna a la Contraloría un presupuesto mínimo para que pueda cumplir tan vasta e importante labor, mejor cierren la Contraloría, señor, sean claros y transparentes. Déjense de redacciones engañosas, díganle al pueblo la verdad, no le mientan mas, señor, el pueblo finalmente ya está descubriendo la verdad de la yuca, la verdad del engaño, la verdad de la mentira. Por qué señor Presidente, también quitar a la Contraloría de lo que tiene que ser una fiscalización que se puede estar en desacuerdo si es previo o posterior respecto a la utilización de nuestros bienes y recursos públicos, por qué señor? Que se nos de una fundamentación razonable. No se quiere que intervenga opinando sobre contratos petroleros, sobre contratos de gas de Camisea, sobre contratos pesqueros, sobre contratos a los cuales ya se va dar no solamente concesiones sino derechos reales, señor? Qué se quiere, manos libres para que nadie pueda fiscalizar? Esto, ciertamente esperamos que se escuche nuestra voz, aunque dudo, dificulto, ojalá me equivoque, señor. Pero recuerdo que era uno de los temas que mas malestar causaba antes del cinco de abril y que por la ejecutoria de todo el gobierno hasta la fecha seguramente debe ser uno de los temas en donde no cabe retroceso, ojalá me equivoque, señor. Y he dicho que no basta darle facultades legales y constitucionales, sino reconocerle un presupuesto adecuado, sobre todo, si es que además se va dar mayores facultades a los municipios en el gasto público. Se ha recordado una y otra vez que no hay presupuesto, no hay elemento humano posible de fiscalizar ese gasto público. Yo recuerdo omnipotencia cómo viajando a las ciudades del país prácticamente es unánime la denuncia de corruptelas de cada alcalde que ha estado ejerciendo el cargo; y prácticamente, también es unánime la impunidad continuada. Nadie cumple su deber. Cuando nosotros le pedimos a la Contraloría que intervenga, nos dice, "señor, no tengo personal, no tengo recursos, qué puedo hacer" pedirle al propio Organo de Control de la Municipalidad pero quién fiscaliza a ese Organo de Control si todos están de alguna manera metidos en la misma corruptela. No vale generalizar, señor, pero este es un mal real y por lo tanto, hay que darle apoyo total y definitivo a la Contraloría General de la República y para eso, además señor, se requiere que sea .. (SIGUE EN EL TURNO 51) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR: Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor OLIVERA VEGA.- (Continuando)...todos están de alguna manera metidos en la misma corruptela. No vale generalizar señor, pero este es un mal real y por lo tanto hay que darle apoyo total y definitivo a la Contraloría General de la República. Y para eso además señor, requiere que sea verdaderamente independiente del Poder, que sea verdaderamente autónoma, que se acabe con aquellas designaciones a dedo en merito a la influencia o a la cercanía de quien nada menos tiene que fizcalizar, del mismísimo Presidente de la República; del mismísimo Poder Ejecutivo. Por eso yo concuerdo con la propuesta que ha hecho el Senador Cáceres Velásquez que esta designación del Contralor General de la República sea mediante concurso público de selección señor, donde se deje de lado todo tipo de influencia políticas, donde el ciudadano sepa perfectamente quienes son los candidatos que objeciones se le pueden hacer, que capacidades puede tener, que ideas tiene que planes y que en general evaluando todas esas circunstancias, sea el Congreso de la República quien definitivamente no nombre el Contralor General de la República. El señor PRESIDENTE.- Ya sus minutos finales por favor señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Si señor Presidente, voy a continuar, usted me corta cuando quiera, porque el señor Chirinos Soto ha hablado a tiempo libre, esta bien que sea del oficialismo pero sino anunciélo de una vez señor; que no tiene límite de tiempo. El señor PRESIDENTE.- Es firmante de dictamen y miembro de la comisión de Constitucion, o sea con mucho gusto le estamos dando ya por el quinto turno o sea cuando se concentren los temas con mucho gusto, porque todos los estmos escucuchando muy atentamente. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente en todo caso soy consciente que las 9 y 30 se debe levantarla sesión según el acuerdo obtenido. El señor PRESIDENTE.- Voy a pedir a todos los señores Congresistas como faltan unos cuantos concluir este capítulo de tal manera que podamos facilitar el trabajo de la Comisión de Constitución. Porque de otra manera si postergamos el trabajo para mañana por dos o tres oradores, no va ver oportunidad de considerar las propuestas importantes, porque todo el mundo tiene derecho a hacerlo así; que yo le pido en atención a los que están faltando también usted puede abreviar su participación entonces todos podemos participar. Adelante señor Olivera. El señor OLIVERA VEGA.- Bueno señor Presidente estaba sosteniendo lo grave del artículo constitucional que se pretende aprobar respecto de la Contraloría General de la República, y también quiero sostener señor Presidente, la necesidad de poder incorporar en el texto constitucional algo que debe poner fin a lo que ha sido una práctica por lo menos desde la vigencia de la Constitución del 79. Al Congreso señor llegaron las solicitudes de créditos suplementarios cuando ya han sido ejecutados; es decir que el Congreso se ha vuelvo desde la vigencia de la Constitución un Poder del Estado, igual que le presentan hechos consumados, entonces señor Presidente, lo que creemos nosotros que debe reconocer en el texto constitucional es que no podrá ejecutarse nigún gasto sin tener la previa aprobación del Congreso y que esa medida debe ser especfíca en lo que corresponde a créditos suplementarios, que como bien se sabe se ha vuelto una práctica corriente sobre todo en épocas inflacionarias como las que padecemos. Igualmente señor en esa misma línea de practicas nocivas, para el manejo economico del país lo que se ha dado permanentemente, conjuntamente con la ley de equilibrio financiero que dicho sea de paso no se expresa en el texto constitucional propuesto que debe votarse previamente las normas tributarias materias del finanaciamiento presupuestal, lo que se ha dado es que año tras año, se consolidaba todo el déficit fiscal acumulado y que había sido financiado por creditos del Bando de la Nación o del Banco Central de Reserva. Se consolidaban de un plumaso, sin ningún tipo de explicación y creo que esto debe de darse como una norma de severidad en el gasto fiscal de disciplina fiscal que debe merecer un reconocimiento a nivelconstitucional. Creemos igualment señor Presidente que el Artículo correspondiente, al canon de las regiones, ha sido finalmente incorporado más que por conviccion señor por razones de índole político, porque es evidente,que lo sueblos del Perú se han puesto de pie protestando porque también se se les ha pretendido marginar de un derecho, que es el derecho a participar en la riqueza que se genera a a partir de los recursos naturales ... (Continúa en el Turno N§ 52)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor OLIVERA VEGA FERNANDO...(continuando)...protestando porque también se les ha pretendido marginar de un derecho, que es el derecho a participar en la riqueza que se genera a partir de los recursos naturales que hay en su zona. Y esto ciertamente, señor, tiene un cambio radical en cuanto a la redacción; en la redacción propuesta se habla y se refiere estrictamente a la participación de los pueblos mediante el canon, sólo respecto a Impuesto a la Renta; una participación adecuada del Impuesto a la Renta, sobre las utilidades percibidas por la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon; y esto, señor Presidente,es un término muy relativo,cuando justamente sabemos que se está queriendo hacer todo un cambio radical en cuanto al sistema de concesiones y al tratamiento de las empresas que van a invertir justamente en la explotación de nuestros recursos naturales; y podría no pasar de ser más que una declafación lírica para buscar engañar a los pueblos del Perú y de esa manera bajar el porcentaje de desaprobación al proyecto constitucional. Nosotros, señor Presidente, insistimos en que no debe tener este tipo de redacción engañosa y que debería ser algo más claro, más directo vinculándolo directamente a la generación de riqueza, que se tenga producto de los recursos naturales, cuantificable, y considerar también como ente que debe planificar y poner y ejecutar coordinadamente con los municipios las regiones. En este sentido, señor, está solicitando una interrupción el señor Carlos Cuaresma, que se la concedo. El señor CUARESMA. (Interrumpiendo).- Con la venia de la Presidencia señor Presidente. Muy brevemente, efectivamente el Artículo 8l§, señor; pero antes, algunos congresistas un poco que se amargan cuando se le recuerda el pasado político que tienen, y creo que acá el que tiene pasado y quiere a su pasado no debe amargarse; hay gente que ha servico al velascato, hay gente que ha estado en el grupo LIbertad, ahora está en Cambio 9O o Nueva Mayoría; hay gente que se avergÂenza de aquello que me recuerda muy bien el colega Jorge Velásquez cuando dice que hay un pasado vergonzante. Creo que ese pasado vergonzante debe servir de experiencia, señor, para mirarnos con un espejo por delante y no simplemente paa atacar aquello que creemos que está errado en el pasado, señor. Dicho esto, quiero muy brevemente referirme al Artículo 8l§. Efectivamente en el último párrafo se dice textualmente: "Corresponde a los municipios conforme a ley, recibir una participación adecuada del Impuesto a la Renta, sobre las utilidades percibidas por la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon, prácticamente se castra, señor Presidente y colegas congresistas lo contenido en el Artículo l2l§ de la anterior Constitución, voy a concluir señor Presidente, cuando este Artículo dice exactamente "Corresponde a la zona donde los recursos naturales están ubicados una participación adecuada en la renta que produce su explotación, en armonía, ojo, con una política descentralista, en armonía con una política descentralista; su procesamiento se hace preferentemente en la zona de producción". Es decir, señor, en el Artículo 8l§ en el Párrafo tercero, no se habla con claridad, ni siquiera se recoje aquello que el Presidente de la República -por ejemplo- en el Cusco comprometió públicamente cuando dijo que había que estudiar la posbilidad del retorno al proceso de Descentralización, vía Regiones, señor, sería bueno que la Comisión de Constitución, por intermedio del Presidente pueda realmente darle un repaso a este último párrafo del Atículo 8l§ y comprender con mucha claridad, con claridad meridiana, y no solamente cuando abordemos el tema de la descentralizacion, se trate de hacer un acomodo, señor, de acuerdo a la cambiante opinión de la población en cuanto a encuestas. Por eso planteamos, señor, de que pueda hablarse con mucha claridad y se pueda incluir, "corresponde a los municipios distritales, provinciales y a los gobiernos regionales correspodientes, conforme a ley, recibir una participación adecuada del impuesto a la renta", etc. etc., cosa que de esta forma poco a poco vayamos derivando, señor Presidente de la Comisión de Constitución,a lo que va a significar el gran debate en el tema de la Descentralizacion. Esto teniendo en cuenta fundamentalmente aquello que prácticamente ha ido un sopapo para quienes son copartícipes de un proyecto de constitución netamente centralista, al cual hizo referencia en algunos instantes atrás el congresita Jorge Velásquez. Hay que tener en cuenta, señor Presidente de la Comisión de Constitución, que efectivamente la *ANTE* a través de su último Congerso ha dado un gran sopaso, no solamene a quienes casi tozudamente sigan insistiendo ,señor, en "ese famoso retorno al departamentalismo" cuando esa delimitación departamentalista nunca, señor, tuvo autoridades administrativas, nunca señor tampoco desapareció. Muchas gracias Fernando. El señor OLIVERA VEGA FERNANDO.- (Continuando).- Señor Presidente, voy a concluir. Hay otras materias que ciertamente quisiéramos nosotros... (Sigue turno No. 53).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor CUARESMA SANCHEZ...(continuando)...sigan insistiendo, señor -entre comillas- en ese famoso retorno al departamentalismo, cuando esa delimitación departamentalista nunca, señor, tuvo autoridades administrativas, nunca, señor, tampoco desapareció. Muchas gracias Fernando. El señor OLIVERA VEGA.- Señor Presidente, voy a concluir. Hay otras materias que ciertamente quisiéramos nosotros abundar, como el hecho que en el proyecto de la mayoría también se ha eliminado aquella norma que era saludable, que en Presupuesto General de la República no se puede incluir norma ajena a la materia propia presupuestal. Aunque existía esa norma constitucional, todos sabemos que se ha dado, pues, una práctica nociva de desconocimiento de esta norma constitucional, pero no significa que ya de hecho tengamos que reconocer el hecho consumado de esta práctica que todos tenemos que contribuir a rectificar. Como digo, señor, tenemos otro tipo de aportes, más allá de expresar nuestra coincidencia con la propuesta del PPC, expresada por Lourdes Flores, de dar un tratamiento especial al Poder Judicial, al cual hay que dotarle de rentas si es que queremos tener un verdadero Poder Judicial con autonomía, con independencia, con modernidad, y que no sea dependiente ni del Poder Ejecutivo, ni en lo posible del Poder Legislativo, pues hay que asignarle rentas especiales; y reconocer también la prioridad que en materia presupuestal deben de tener los sectores de salud y educación, señor. Eso sería todo por ahora. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Gracias, señor Olivera. Tiene la palabra el señor Jorge Donayre. El señor DONAYRE LOZANO.- Presidente: Yo respeto mucho al doctor Enrique Chirinos Soto, respeto por sus virtudfes intelectuales, por ser un hombre que domina el derecho; pero, lamento mucho que en su intervención haya maltratado a los diputados y senadores que el año 1990 fuimos elegidos por el pueblo. Yo quiero recordar que cuando hemos debatido la observabilidad de la Ley del Presupuesto, uno de los que intervino con claridad para sostener que el Presidente de la República tenía facultades para observar la Ley del Presupuesto, he sido yo. Igualmente, cuando se dictó la Ley de Control Parlamentario, manifesté que esa ley iba a atar de pies y manos al Presidente de la República. O sea, que en ese Parlamento discrepábamos con razón, con argumentos. Esta noche hubiera querido decir aquellos argumentos que utilicé para defender mis puntos de vista, pero lamentablemente el tiempo no me permite dar estas razones. Pero no debe venir un parlamentario ahora a tratar de sostener cosas que no son ciertas. El Poder Ejecutivo, el gobierno de Alberto Fujimori siempre tuvo mayoría. El golpe de Estado no se ha justificado ni se va a justificar jamás en la historia de la República. Tuvo mayoría al iniciar su gestión, con el apoyo del Partido Aprista, de los independientes que estábamos acá, y también de algunos grupos de izquierda. Posteriormente, cuando se rompe esa unidad con el APRA, pasa a tener mayoría en casi todos los puntos con Acción Popular, el Partido Popular Cristiano y Libertad, que no hacían obstáculo, por el contrario colaborar. El golpe de estado, ya es hora que se diga, ha sido por otras razones; pero, no debe seguir echándose la culpa al Parlamento que ha sido disuelto por un hombre que no supo respetar su juramento ante Dios, ante la bandera, ante los símbolos sagrados de la patria. Señor Presidente, yo quiero ahora concretarme al tema del Canon, porque el canon nace en Loreto en cuanto al Perú, señor; nace como consecuencia que el 16 de noviembre de 1971... (continúa en el turno 54)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 El señor DONAYRE LOZANO.- (Continuando)... nace en Loreto, en cuanto al Perú señor, nace como consecuencia que el 16 de Noviembre de 1971, brota el primer pozo de petróleo, al día siguiente el Alcalde de aquél entonces, convoca una gran manifestación, donde propone un cánon para Loreto. Propone ese Cánon señor, propone ese cánon, en virtud que Loreto había sido víctima a través de su historia, en cuanto a sus riquezas, por parte del Poder Central. El primer proyecto sobre el Cánon, nace el año 1973, a la espera que se apruebe el 26 de Marzo del mismo año, en virtud que ese día Fernándo Lóres había entregado su vida por el Perú, por esta patria nuestra, por esta inmensa nacionalidad a la que se está pretendiendo renunciar. Hasta que llega el 3 de Noviembre del año 1976, en que se aprueba la Ley del Cánon del Petróleo, en la época de Moráles Bermúdez; pues bien, con esta explicación, tiene que entenderse que se inicia estas banderas reinvindicativas en Loreto y que los otros pueblos del interior del país, reclaman, como ahora hacemos en este Congreso, para provocar el gran desarrollo integral del país. El día que algún provinciano, o el día que todos los provincianos nos preocupemos por desarrollar nuestras Regiones, el día que los provincianos nos encontremos con nuestra realidad y escuchemos el clamor de nuestros pueblos, ese día Presidente, el Perú se va a desarrollar integralmente. Y esta es la preocupación encendída mía, de pedir a cada provinciano, que se preocupe de la tragedia de su pueblo, que procure que su pueblo tenga lo que nunca tuvo, que deje de ser la despensa de la Capital, que las provincias dejemos de esa indiferencia de permitir, que la Capital de la República se lleve nuestras riquezas. Ya es hora que las riquezas de las provincias, queden para los provincianos. Entonces, el Perú va a ser un país desarrollado integralmente. Mientras que nuestros recursos naturales, no sirvan para promover nuesstro desarrollo, mientras que nuestros recursos naturales provincianos, sigamos entregando a la Capital de la República, no sólo estamos destruyendo nuestras provincias, si no estamos destruyendo también el destino del Perú, que debe desarrollarse en todas sus partes componentes. El Perú no puede seguir siendo Lima, el Perú tiene que seguir siendo ese todo, que está compuesto por las provincias, por los distritos, por los villorios, por eso reclamo yo, en síntesis Presidente y para terminar, que los Recursos Naturales de cada Región, en un cincuenta por ciento, así debe servir para el desarrollo de esa zona. En un cincuenta por ciento, como años atrás en el primer proyecto del Cánon del Petróleo, yo decía que ese diez por ciento, debe ser contado en boca de pozo, esta era la denominación original, lamentablemente no ha sido así, se puso tal cual se está colocando en este artículo constitucional y con ello las interpretaciones van a surgir, de acuerdo a cada Ministro de Economía que sea nombrado, por eso las provincias corren riesgo y en este artículo, tenemos que buscar los provincianos, un consenso que determine que nosotros podamos regresar a nuestros pueblos. De lo contrario, sentirán verguenza los provincianos de regresar a su tierra, termino Presidente, planteando una Cuestión Previa. Hace días que vengo planteando señor, hace días que vengo diciéndo que el Tribunal de Honor que hemos nombrado acá, se está prestando para corruptelas en el Poder Judicial, avisé, anuncié en la Comisión de Justicia y ese Tribunal, mal denominado "de Honor" que no tiene honor, está recibiendo consejos, orientaciones políticas, para sacar a todos los actuales Vocales, que están cumpliendo responsablemente su deber. Ese Tribunal de Honor, que no tiene honor, porque aquí se comentaba de dinero, de dinero que estaba pidiéndo, este Tribunal tiene que ser investigado... (Continúa en el turno No. 55)...
(Plenario Vesp) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C. 19-07-93 El señor DONAYRE LOZANO.-(Continuando)... políticas para sacar a todos los actuales vocales que están cumpliendo responsablemente su deber. Ese Tribunal de Honor que no tiene honor porque aquí se comentaba de dinero que estaba pidiendo, este Tribunal tiene que ser investigado. El señor PRESIDENTE.- (Interrumpiendo) Señor Donayre, faltan varios congresistas y le pido concentrarse en el tema para que pueda dedicarse a ese punto. El señor DONAYRE LOZANO.- Nacional, es una cuestión que tiene que ver con la administración de justicia, es algo que tiene que ver, señor, con lo mas sagrado que tiene un pueblo, administrar justicia; y no se puede administrar justicia cuando un Tribunal de Honor, señor, a quien yo venía apuntando hace unos días, avisando que hay coimas de por medio, que lo está manteniendo. Yo pido que ese Tribunal por ley sea desintegrado, Presidente. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Siura. Yo le pido al señor Siura a estas alturas por hacer lo mas breve las interrupciones, porque no vamos a levantar la sesión hasta que no terminemos absolutamente todo y que sea tema debatido. Eso yo les pido a todos los congresistas, la flexibilidad que la Presidencia ha tenido con cada uno de ustedes, yo les pido la misma reciprocidad para terminar el debate de este capítulo. Señor Siura. El señor SIURA CESPEDES.- Gracias, Presidente. Le puedo asegurar, Presidente, que yo no voy a defender algún amigo que esté esperando la ratificación como Vocal Supremo, si me permiten colegas voy a atender la sugerencia del Presidente; voy a defender al pueblo peruano que por años ha sido estafado y engañado por muchos políticos, politiqueros que felizmente ahora el pueblo está conociéndolos muy de cerca. Quiero, Presidente, en primer lugar además de los que ha dicho acá el congresista Chirinos Soto, que ha dicho cosas muy acertadas, muy precisas, las cuales suscribimos como bancada y no porque él sea oficialista sino porque realmente responde al raciocinio que todo buen peruano espera de sus gobernadores. Señor Presidente, yo quiero referirme al rol fiscalizador de Estado en la Constitución del 79. Los Congresos, fija la Constitución del 79, a través del artículo 200 de la Constitución que a través de la creación de la Cuenta General de la República le permite revisar los egresos, la forma que se ha ejecutado los presupuestos cada año, resulta, señor Presidente, que se trata de que después de que se ha distribuído a través de la Ley de Presupuesto todo el dinero fiscal posible, esta Constitución le daba hasta dos años para que ese Congreso pusiera al debate el informe de la Comisión de la Cuenta General de la República. En qué consistía ese informe que tenía que poner al debate? Eran los informes de los gobieros locales, o sea las municipalidades, las empresas estatales, las instituciones públicas, las universidades y también de los gobiernos regionales. Pero, señor Presidente, la gran verdad es esta, una cosa era el enunciado en la Constitución, artículo 200, y otra cosa era la realidad, no solamente por aquello que tenía la obligación de presentar sus informes, cito un ejemplo: Mas de mil setencientas municipalidades existentes, mil setecientos informes debieran haber y a la Contraloría no llegaron mas de mil informes, mas de mil Concejos Distritales, entre concejos distritales y provinciales, no presentaban sus informes. No digo nada de las universidades porque solemente eran dos o tres universidades en el país que presentaban sus informes; y no digo nada de los gobiernos regionales porque ninguno, señor Presidente, ninguno presentó el informe de la asignación presupuestal que se les entregó. Yo preciso esto, señor Presidente, y dije no solamente por aquellos que teníanla obligación de presentar, que finalmente esto llegaba a la contaduría, bien lo dijo el señor Ocharan aunque eso no se menciona en la Constitución del 79 porque es parte del proceso, y la contaduría después de conciliar los documentos que presentaban, corregían y ayudaban, ésto pasaba a la Contraloría, la Contraloría tenía, todo este proceso... (Continúa en el Turno N§ 56) SESION PLENARIA (VESPERTINA)
TRANSC. SRA. TANIA PODESTA CARDENAS 19-07-93 El señor SIURA CESPEDES.- _(continuando)_ contaduría, bien lo dijo el señor Ocharan, aunque eso no se menciona en la Constitución del 79 tampoco porque es parte del proceso y la contaduría después de conciliar los documentos que presentaban, corregían y ayudaban, ésto pasaba a la Contraloría. La Contraloría tenía y todo este proceso duraba dos años, Presidente, para revisar toda esta documentación, la poca que llegaba, la poca documentación que se presentaba. Finalmente la Contrlaoría con sus observaciones no sólamente por lo que no habían presentado sino porque había algún asunto delicado que tenía que tratarse en el Congreso ya sea para sancionar destituyendo o quizás denunciando ante el Poder Judicial, presentaban su informe a este Congreso. En este Congreso, señor Presidente, Cámara de Diputados y Senadores había una Comisión Bicameral así como la de Presupuesto, una Comisión Bicameral, Revisora de la Cuenta General de la República. Se encargaba de revisar todo lo que presentaba la Contraloría; y entonces preparaban su dictamen. Por doce años desde la creación de la Constitución se presentaron los informes para que sea debatida aquí en el Pleno. Pero, señor Presidente, yo quiero decir y quiero decirle a todo el país, la verguenza, el baldón que tiene el Congreso, los Congresos desde el año 80 hasta el 90 y hasta el 91 inclusive cuando no se debatió aquí los dictámenes de las Comisiones Revisoras que presentaron aquí sus informes con sus observaciones. Es decir, señor Presidente, como aquí se habla mucho de castrar los Congresos, se castraron su facultad de fiscalizar, hago la excepción del año 81 que fue el único año que sí se presentó y se debatió y se aprobó mediante ley; es decir, no llegaron los estados financieros y el Congreso, señor, no se pronunció. Yo creo, señor Presidente, que ésto es lamentable, es triste, pero el pueblo, señor Presidente, sencillo que no entiende quizás de estas cosas, el pueblo que necesita el dinero fiscal se hace la pregunta, de todos los que estvieron los ciento ochenta diputados y sesenta senadores, yo entre uno de los diputados; la pregunta es, por qué, señor Presidente, por qué nunca este Congreso -repito- con excepción del 81, no debatió aquí, no se permitió que las observaciones que tenan las comisiones de la Comisión Revisora de la Cuenta General de la República con sus observaciones fuera debatida aquí y se señalara a los responsables. Por qué, señor Presidente? Gran pregunta, dónde estaban los frentes moralizadores, dónde estaban los moralizadores de ese tiempo? Señor Presidente, yo puedo decir que ningún partido, ningún parlamentario se pronunció, nadie reclamó porque todos estaban abocados en la nueva Ley de Presupuesto. Qué pasó, no les gustaba el control, qué querían, señor Presidente? Y entonces la Constitución del 79 se vuelve sólamente una formalidad rechazada frente a una realidad aceptada. Había sólo un diario que es a nivel nacional y en ésto sí quiero darlo a reconocer, era el diario El Comercio. El diario El Comercio le dedicó varias veces, señor, repetidas veces hacía las observaciones a este Congreso para que atendiera la Cuenta General de la República. Yo creo, señor Presidente, que ésto nos debe sevir de lección, yo no quiero señalar nombres ni quiero decir, pero quiero que ésto nos debe servir de lección porque el Congreso y los Congresos hacia adelante nunca deben renunciar a su deber de fiscalizar; y por eso es que la Contraloría, señor Presidente, debe ser una entidad que debe ser reaspaldada por nuestro Congreso. Es cierto, el Ejecutivo propone, pero es el Legislativo el que designa. El Legislativo tendrá toda la fcultad para decirle, no Ejecutivo la persona que usted propone no es suficiente. Y esperará a que el Ejecutivo haga otra propuesta; el Ejecutivo propondrá y el Legislativo será quien designe; es decir, una responsabilidad compartida porque si sólamente es el Legislativo esto terminaría politizándose. Yo quiero, señor Presidente, señalar que en el artículo 84§, donde dice que el Congreso no tiene iniciativa para crear aumentar gastos públicos_ (CONTINUA EN EL TURNO - 57)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor SIURA CESPEDES.- (Continuando)...politizándose. Yo quiero, señor Presidente, señalar que en el artículo 84§, donde dice que el Congreso no tiene iniciativa para crear, aumentar gastos públicos, creo que esto es prudente; porque a pesar de que ésto mismo decía en la Constitución anterior, este Parlamento se volvía un correrío de ofertas y demandas, promesas. Por eso es que algunos, también electores y también algunos aquí -ya lo hemos escuchado- algunos electos congresistas ahora, piensan que el estar aquí como legisladores es conseguir dinero para el puente, para el aeropuerto, para la chacrita, para la ayuda eléctrica. Es, señor, olvidar nuestra función inherente: Legislar y fiscalizar. Es el Ejecutivo quien debe ejecutar, y entonces esto es buscar el equilibrio, el equilibrio de los poderes. Yo creo que, Presidente, ese es un gran error; reclamar eso es confundirse a sí mismo. Hubo, señor Presidente, una directiva y alguien que pertenecía ahí, no precisamente a Cambio de 90, que se dio el lujo, señor Presidente, de recorrer todas estas mismas curules ofreciendo dos millones a cada uno: sí, dos millones te pongo y tráeme el proyecto. Lo digo porque esto es algo que no debe repetirse, es decir, las Comisiones de Presupuesto eran las más peleadas, las más discutidas para poder distribuirse los lowys, el trueque y ahí buscar, señor, chantajear quizás a los ministros. Y cuando se dice que aquí nosotros hemos aprobado el Presupuesto del 91, yo creo que miente el mentiroso, y miente y miente y miente; pero nosotros los que estuvimos aquí sabemos. Y yo quiero hacer recuerdo a los que estuvieron en ese Congreso, aquella noche cuando se aprobó el Presupuesto del 91 los de Cambio de 90 nos pusimos de pie antes de votar, porque creimos irracional aprobar un presupuesto que superaba en más de dos millones de dólares ese presupuesto; y nos retiramos y no votamos. No fue unánime, a nosotros no nos correspondió esa responsabilidad y por eso es que aprobamos la observación que hizo el señor Presidente de la República que era la única persona de acuerdo a la Constitución que podía ayudar a que no se desequilibre el Presupuesto. ¨Qué es lo que se quería? Todos lo sabemos, señor Presidente, los que estamos queriendo que realmente se levante el país; se quería desequilibrar, es decir, se había ofrecido en todo lugar la construcción de varias obras para que después en el transcurso del año decir, el Ejecutivo es el que no permite a pesar de estar en la Ley de Presupuesto. Yo termino, Presidente, diciendo que el artículo 146§ de la anterior Constitución, creo que sí y eso recojo de la minoría, cuando dice que debe supervigiliar la ejecución -refiriéndose a la Contraloría- supervigilar la ejecución de las operaciones de la deuda pública. Creo que eso sí la recojo. Y en el 89§ de nuestro proyecto, cuando se habla de la Contraloría, que se agregue que debe ser un organismo descentralizado. Termino, Presidente, diciendo que no debemos buscar desintegrarnos. Si es con la venia del Presidente, con todo gusto. El señor PRESIDENTE.- Extremadamente breve señor Chirinos. El señor CHIRINOS SOTO.- Señor Presidente, yo no voy a contestar, no tengo por qué contestar a la pequeña demagogia que se ensaña conmigo o a los niños goyitos que le sirven de vocero. Pero sin embargo se debe dejar establecidas algunas claras. Yo no me proclamado de la mayoría, señor Presidente, porque no pertenezco a ella, ni de la oposición porque tampoco pertenezco a ella; estoy en el mismo sitio en el que estuve antes de las elecciones. Nosotros dijimos: Ni con la mayoría ni con la oposición, con lo que conviene al interés del país. Hoy al interés del país le conviene que yo apoye este capítulo que ojalá no sea destrozado por la Comisión Principal; mañana, señor Presidente, y lo verá el país felizmente, me apartaré de la mayoría en puntos esenciales. Muchas gracias señor Siura. El señor SIURA CESPEDES.- He hecho esta concesión, señor Presidente, porque dije al comienzo que suscribía lo que había dicho el doctor Chirinos anteriormente. Presidente, por el país, con las observaciones que he señalado, concluyo mi exposición. El señor PRESIDENTE.- Señor ingeniero Celso Sotomarino tiene la palabra. El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Señor Presidente... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 58 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor SIURA CESPEDES.- ...(Continuando) ...anteriormente. Presidente, por el país, con las observaciones que he señalado, señor Presidente, concluye mi exposición. El señor PRESIDENTE.- El señor ingeniero Celso Sotomarino tiene la palabra. El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- Señor Presidente, es muy entretenido ser político, es muy divertido, porque uno ve como deambula el espíritu humano supongo que en busca de la verdad; no me quejo de que hayan cambios pero me quejo de algunas cosas y las voy a ir puntualizando. Pero donde me ha resultado siempre más irónica y más risible la política ha sido cuando poderosas mayorías que se creían imbatibles, eternas e incambiables terminaban cambiando. Cuando se hace críticas malévolas fuera del Parlamento para decir, hay que hacer renovación por tercios, por mitades o hay que poder despachar fuera todo el Parlamento, es gente que no se ha fijado que ha ocurrido con los últimos Parlamentos. Fue así, de la Asamblea Constituyente pasaron al Congreso Ordinario 40, que resultaron ser 17% de los 240 Parlamentarios que hubo en el régimen del 80 al 85 y de ese régimen hacia el régimen Aprista, no pasaron creo que ni el 15%, y del régimen Aprista al actual Parlamento al que despacharon el 5 de Abril, no pasaron otra vez, creo que ni el 17%, de este Parlamento tampoco van a pasar. Y cuando a los Apristas ensoberbecidos les decía háganle cariño a sus escaños, porque probablemente no los van a volver a ver; me da ganas de decirle lo mismo a esta mayoría también, háganle cariño a sus escaños, porque probablemente no van a volverlos a ver, sobre todo si uno se pone en contra del Perú, sobre todo si, en lo que es poner recursos en favor de las Regiones del país, de los Departamentos, de los lugares del país -como querramos llamarlo por razones de nomenclatura- nos ponemos a especular en manera de ser muy receptivo. Yo hablé por teléfono interno con el doctor Torres y Torres Lara, referente al artículo 81§, este en que se habla de que corresponden a los Municipios conforme a Ley recibir una Renta, etcétera, ectcétera. Y esta vez una Renta solamente referido al impuesto a la Renta, o sea, ese solo rubro. Y le decía en un contrato petrolero de los actuales, la mitad del petróleo va a Petro Perú y con la otra mitad se quedaba la compañía, esta asumió los costos, sobre esa mitad los costos del total y luego como impuesto a la Renta estaba incluído también en este 50%, tanto que la otra mitad iba al Estado y de esa mitad ya no habría ninguna participación para las Regiones como por ejemplo Loreto. Yo le decía que, bueno que quede así porque, creo que la voluntad de hacer las cosas aquí no da para más, por eso, es que vengativamente espero, vengativamente espero que apenas la situación quede superada, estemos en condiciones de cambiar esto. Creo que esto tiene que ser cambiado porque siempre prometen y no es justo, no es justo ese centralismo que explota al resto del país. Hecho este descargo de mal humor porque creía que, se me había dicho que había circulado entre la mayoría una versión que me parecía mejor, que decía que corresponde a las zonas conforme a Ley recibir una participación adecuada de los ingresos que genere para el Estado la explotación de sus recursos naturales. Este texto me parecía muy aceptable, pero no pasará, es la voluntad de la mayoría. Que los tributos tienen que ser materia con la que tiene que ver exclusivamente el Congreso, que duda cabe, eso tiene que ser así. Que los Gobiernos Regionales y Locales o cualquier nombre que se le quiera dar, puedan crear, modificar y suprimir tributos dentro de su ámbito, dentro de las limitaciones que la Ley señala, tiene que ser así. Pero cuando se habla de que el Estado garantiza el pago de la deuda pública que contraen los Gobiernos Constitucionales, el punto que tanto ... (Continúa en el turno N§ 59)
Jorge Anamaría PLENARIA Vesp. 19-7-93 El señor SOTOMARINO CHAVEZ..(continuando)..de que el Estado garantiza el pago de la deuda publica que contraen los gobiernos constitucionales, el punto que tanto defendió el doctor Moreyra, que quería que "el Estado garantiza el pago de la deuda que contraen los gobiernos constitucionales de acuerdo a la Constitución y la ley", él daba una fórmula que me parece bastante razonable, después de pensarla mas. Cuando estamos hablando en el Artículo 80§ que las obras y adquisiciones de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrato, o sea, ya no hay obras por administración y licitación pública asi como la adquisición o en la generación de bienes para las obras mayores con este artículo debe estar muy, muy contento CAPECO; y para las obras menores hay concurso, etc. Bueno, el artículo está mas o menos dentro de lo que se podía esperar. La gestión económica del Estado y la gestión financiera se rigen por el presupuesto, el presupuesto asigna recursos y se habla en otra parte, de cómo es que se podría prorrrogar el presupuesto por dosavos. Esta fue la versión propuesta. Esta Ley de Presupuesto se empieza a elaborar aproximadamente en el mes de marzo y se termina de elaborar en el mes de agosto, su aprobación es en el mes de diciembre. Los supuestos económicos, los macro supuestos del mes de marzo no son por fuerza los mismos vigentes en el mes de diciembre y es por eso que se decía que el proyecto iba a la Comisión Bicameral de Presupuesto en la cual se debatía, los ministros venían, se hacia todo un trabajo que no era el trabajo malevolente, de que se habló por cierto señor parlamentario, no; era un trabajo bastante bien hecho, bastante racional. Se trabajó muy a fondo en estas cosas, solo no ví qué ocurrió en la primera parte de este gobierno. Y si el Presidente del Consejo de Ministros hace suyo el proyecto que se elaboró o que se discutió, que se debatió, que en fin se perfeccionó con el concurso de todos los poderes del Ejecutivo al interior de la Comisión de Presupuesto este nuevo proyecto viene siendo ahora el proyecto del Poder Ejecutivo; y por tanto, este nuevo proyecto que ya toma en cuenta las modificaciones de los macro parámetros del país, puede con toda seguridad ser aprobado al 15 de diciembre, porque por las buenas o por las malas tiene que estar aprobado, porque sinó entra en vigencia el proyecto nuevo, el aceptado por el Poder Ejecutivo que fue el caso del Ministro Boloña que he escuchado que lo hizo acá, lo leí en los periódicos porque no estaba acá y me pareció un trámite perfectamente normal. El Poder Ejecutivo, entonces, está claramente en la salvaguardia de que el presupuesto está aprobado el 15 de Diciembre. El proyecto ahora modifica el final de agosto con el 15 de Setiembre para la entrega del proyecto presupuestal; pero no hay, no cabe estar hablando de prórroga por dosavos, porque ese caso no se puede dar a menos que exista la voluntad tanto del Ejecutivo como del Legislativo de boicotear el proyecto simultáneamente, actitud que no es creíble porque alguien tiene la paternidad de ese proyecto. En cuanto se refiere a sus modificaciones parciales ese proyecto es un proyecto a propuesta del Ejecutivo con conocimiento de quien después podría invalidar una parte del proyecto. Bajo su supervisión es que los ministros vienen y debaten en la Comisión de Presupuesto; y finalmente, ese proyecto no tiene que tener discrepancias grandes de fondo con los puntos de vista del Poder Ejecutivo a menos que el Presidente de la República en forma caprichosa quiera demostrar la fuerza de su poder para hacer -como se dice en el argot criollo- morder polvo al parlamento que algo de esto tuvo la última vez. Entonces, no puedo creer ni que el sistema era imperfecto ni que era perfecto en cuanto no se podía de repente establecer alguna influencia sobre cosas menores, no sobre las cosas mayores; pero, de cualquier modo no cabe la tesis de los dosavos, yo estoy absolutamente en contra de la tesis de que se prorroga por dosavos si es que no ha sido aprobado, el presupuesto tiene que estar aprobado .. (SIGUE EN EL TURNO 60) PLENARIA VESPERTINA 19-07-93
TRANSCRIPTOR : Julio Vera Barreto Anexo 172 El señor SOTOMARINO CHAVEZ.- (Continuando)... no sobre las cosas mayores, pero de cualquier modo no caba la tesis de los dos avos; yo estoy absolutamente en contra de la tesis que prorroga por dos avos, si es que no han sido aprobadas. Este tiene que estar aprobado el 15 de diciembre, vía la sanción del legislativo, vía al expropiación que el Ejecutivo hace del proyecto de la Comisión de Presupuesto. Cuando se habla de que los préstamos no interviene como parte del ingreso fiscal, también se esta hablando de una cosa teoricamente correcta, en la práctica funciona de otro modo. En la práctica los ministros de Economía y Finanzas, todos sabemos que tiene un poder muy grande y que respecto de algunas cuentas, se han hecho muchas veces a partir de la iniciativa del Ministro, las cuentas en la medida de la menor coveniencia del Poder Ejecutivo, cuado se habla de que la cuenta general de la República, no ha sido debatida aca. Esta es una iniciativa que corresponde al propio gobierno presentar el proyecto; y en su mayoría tiene que poner las cosas en debate, entre paréntesis, me notifico que la mayoría. Esta mayoría lo va hacer, hasta ahora no lo ha hecho, asi que las críticas que hacen al antecedente todavia no es una critica válida. En cuanto se refiere a que los Congresistas, no el congreso, los representantes al Congreso; no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos estoy absolutamente de acuerdo, si esa facultad no existiera, habría inmediatamente la generación de un presupuesto paralelo, que sería la muerte del presupuesto regular, no habría niguna razón para hacer un presupuesto, si los parlamentarios tuvieran esa facultad. Porque todos competiríamos, por procurar hacer cosas para nuestros lugares de la mayor representación, de tal manera que algunos por buscar la reelección y otros por un sentido de consecuencia, con quienes los elegieron, estarían buscando de obterner partidas desesperadamente; al punto que para nada valdría la pena presupuestal ni la caja única, ni nada, porque todo se volvería un desvarajuste sin ningúna duda. Esto de que los ministros vengan aquí a sustentar cada uno sus pliegos de egresos; ya lo dijo el señor Carrión puede ser muy buen propósito, pero eso de práctica realmente incumplible, el tiempo que lo tomaría al parlamento el debate de esta manera, sería seguramente un tiempo muy grande del cual no se dispone. Yo no se si hay algunos artículos que se pueden criticar más o menos; pero hay algo en la Constitución pasada, que tal vez valdría la pena de mencionar. Es el Artículo142§, confieso que me falto continuidad en este artículo; yo lo propuse y me faltó la continuidad de hacer la ley que los regulara pero necesitaba mucha circulación con el Poder Ejcutivo y cada ve vez que empezaba a hacer esa circulación; la gente del Poder Ejcutivo se me escapaban y no lo pude culminar, pero esta artículo que dice: la tributación, el gasto y el endeudamiento público, guardan proporción con el Producto Bruto Interno, de acuerdo a ley, es un dispositivo que permite el ordenamiento de la ambientación del país. Este dispositivo, debería de quedar comprometiéndonos a hacer la ley correspondiente, yo creo muy importante y lo voy a repetir, la tributación, es porcentualidad, según esta propuesta del Producto Bruro Interno. El gasto público o sea el presupuesto del gobierno central, es proporcionalidad del PBI, y el endeudamiento público es igualmente una porcentualidad, con un dispositivo de esta clase, un ley atrás no podria haber los escasos que nos condenaron los gobiernos militar y aprista; de poner una cantidad que no conforme de deuda pública especialmente externa. No permitiría tampoco hacer manejos de la presión tributaria absolutamante irregulares y demagógicos a través de una política de inflación deliberadamente... (Continúa en el Turno N§ 61)
PLENARIA (Vespertina) l9.7.93 Sección Transcripciones Magnetofónicas Transcriptor: Oscar Lara Gonzales. El señor SOTOMARINO CHAVEZ...(continuando)...especialmente externa. No permitiría tampoco hacer manejos de la presión tributaria absolutamente irregulares y demagógicos a traves de una política de inflación deliberadamente producida. Creo que en general quería hacer algunos aportes quizá menores, porque Ocharán, Lourdes, ya habían hablado extensamente sobre los que son punto devista del Partido; sólo por eso quise poner algunos puntos de vista adicionales, y sobretodo llamar la atención, respecto de algunas cosas que ya quedan dichas. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias ingeniero. Tiene la palabra el señor Samuel Matsuda. El señor MATSUDA.- Gracias señor Presidente, en buena parte de la sesión matinal y durante toda esta sesión vespertina hemos estado asistiendo a un debate muy interesante y didáctico sobre materia tributaria y presupuestal. Después de casi 7 horas ya algunos creo que tenemos "presupuestitis". Voy a referirme a un aspecto muy puntual. Pienso que las normas, especialmente las relativas a asuntos de procedimientos o fijación de plazos, deben ser normas factibles de cumplirse, en otras palabras, hay que acercar la normatividad a su real posibilidad de cumplimiento; decir por ejemplo, debemos construir castillos en el aire, es algo imposible, por lo tanto incumplido. No tiene sentido normar sobre algo que apriori sabemos que no vamos a poder cumplir y este es el caso del Artículo 88§, que en su primer párrafo a la letra dice: "La Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General,se remite por el Presidente de la República al Congreso, el 28 de julio del año siguiente, al de ejecución del Presupuesto. Hemos consultado con funcionarios de la Contraloría General de la República y que han trabajado en la recopilación de informaciones para poder auditar la Cuenta General, y nos han dicho que es materialmente imposible que esto pueda cumplirse en la fecha fijada del 28 de julio. Por lo tanto ,consultado con ellos, nos han manifestado que una fecha adecuada sería el l5 de noviembre, o sea más o menos lO meses después de haberse ejecutado. Este es el aporte que hacemos para que sea modificado el plazo fijado en el Articulo 88§, en vez del 28 de julio hasta el l5 de noviembre . Me pide una interrupción el doctor Ferrero, con su venia señor Presidente. El señor FERRERO COSTA CARLOS.- (Interrumpiendo).- Presidente yo no quería que terminara la noche sin que se levantaran por lo menos en el recuerdo de los presentes, las afirmaciones un poco responsables de un colega que está ausente y por eso que no voy a calificar. Hace unos minutos dijo el señor Donayre que el Tribunal de Honor que este Congreso ha creado, actuaba de manera arbitraria e irregular. Señor cuando se hacen afirmaciones así, primero hay que probarlas. Este Congreso no sólo nombró al Tribunal sino que confirmó sus decisiones, casi unánimemente, y por lo menos, en lo que se refiere a esta bancada, reconfirma su confianza en la honorabilidad, en la decencia de los miembros del Tribunal, e invoca a cualquier congresista que tenga reclamos de esa naturaleza que hacer, que lo formule en el momento adecuado... (Sigue turno No. 62).
SILVIA ALEGRE LUCAR 19-07-1993 PLENARIO: VESPERTINA El señor FERRERO COSTA...(continuando)...invoca a cualquier congresista que tenga reclamos de esa naturaleza que hacer, que lo formule en el momento adecuado y con las pruebas correspondientes. El señor MATSUDA NISHIMURA.- Con su venia, señor Presidente, me pide una interrupción el doctor Barba. El señor PRESIDENTE.- Ya había usted concluído, usted le está dando. El señor BARBA CABALLERO.- Unos segundos. Yo solamente quiero recordarle al señor Ferrero su pedido con respecto a la intervención de Fernando Olivera, en el sentido de que no es ético atacar un hombre que no está presente y que no puede defenderse. Por otro lado, yo no tengo ningún reparo en reconocerle seriedad al diputado Donayre, y si él se ha permitido decir lo que ha dicho, me imagino que mañana podrá probarlo. Lo que yo sí quisiera decir es que no adelantemos conclusiones y esperemos a ver que pasa, no? El señor PRESIDENTE.- Gracias señor Barba. Tiene la palabra el señor Henry Pease. El señor PEASE GARCIA.- Señor Presidente: A estas alturas tenemos que hacer un esfuerzo por ser breve. Me pide el doctor Flores-Aráoz, con todo gusto, si la Presidencia no se opone. El señor PRESIDENTE.- Con mucho gusto mientras cumplamos el compromiso, vamos a terminar de debatir todo. El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA.-(interrumpiendo) Gracias señor Presidente Y gracias señor Pease. Soy integrante de la Comisión de Justicia, he tenido muchas discrepancias respecto a la constitución del Jurado de Honor de la Magistratura, podemos tener discrepancias también en sus conclusiones; pero en lo que sí, señor, tengo que dejar clarísima constancia es de la calidad profesional, ética y solvencia en todo sentido: jurídico, profesional, personal, ético de todas esas personas. Gracias señor Presidente. El señor PEASE GARCIA.- Le cedo también una interrupción al doctor Fernández Arce, con la venia de la Presidencia. El señor FERNANDEZ ARCE.-(interrumpiendo) Precisamente, yo también me encuentro sorprendido con las expresiones del doctor Donayre, y quiero reafirmar en este momento mi plenísima confianza que los miembros del Jurado de Honor, que siempre han hecho honor con su presencia y con su nombre, y no tengo ninguna duda de su calidad y de su integridad tanto intelectual como moral. De tal manera quiero deja constancia plena de mi plenísima confianza en este Jurado de Honor, que hace honor acá y el cualquier parte del mundo. Muchas gracias, gracias señor Pease. El señor PRESIDENTE.- Continúe, señor Pease. El señor PEASE GARCIA.- A estas alturas del debate, señor Presidente, creo que hay una cuestión central, que planteamos en las primeras horas del debate, que han planteado otros congresistas, y que no sólo tiene relación con el Presupuesto, sino tiene relación con el tema del equilibrio de poderes. Y me refiero tanto al artículo que señala que el Congreso no tiene iniciativa de gasto, cuando la Constitución actual dice que el representante no tiene iniciativa de gasto. Cómo a la propuesta que hemos hecho, agregando al Artículo 85§, que no sólo deban venir los Ministros a tratar sobre su pliego, sino que el Congreso vote las prioridades para el gasto público del ejercicio. Esto es central, porque el Parlamento tiene que tener la capacidad de decidir efectivamente el rumbo del gasto público, esto es esencial, y no vale decir que los Parlamentos de los Reyes Absolutos, cuando comenzaba la historia del Parlamento, eran Parlmentos que sí podían tener estas atribuciones y los actuales no. Porque si revisamos las Constituciones vamos a encontrar que en la mayor parte de la democracia en el mundo, los Parlamentos son definitorios en estos dos elementos: Tributos y definición del gasto. Si no quieren estudiar las Constituciones recuerden los períodicos, cuantas veces.... (continúa en el turno 63)
Arturo Ochoa Alvarado Plenario (Vesp.) 19.07.93 El señor PEASE GARCIA.- (Continuando)... la democracia del mundo, los Parlamentos son defiitorios en estos dos elementos, tribtutos y definición del gasto. Si no quieren ver las Constituciones, recuerden los periódicos, cuantas veces Reagan o Bush no veían aprobadas sus demandas para que el Parlamento apruebe dinero para los contras? -por poner un ejemplo- o para la ayuda militar al Perú? -por poner otro ejemplo- Y las cuestiones se dilucidaban en las Comisiones Parlamentarias correspondientes, no hagamos aquí un Parlamento sin estas atribuciones, creo que esto es central y por eso espero que haya la flexibilidad suficiente en la mayoría de la Comisión, para incorporar este agregado que permita votar las prioridades, porque además hay otra cosa señor Presidente, sí tenemos que caminar a una lógica más moderna, votar las prioridades significa por ejemplo, debatir grandes proyectos, no significa debatir la escuelita de aquí o de allá. Yo quiero decir a quí una cosa, porque fue el primer contacto que tuvwe con el Estado. Un estudio que hice cuando empezaba la Universidad, sobre un Catastro de construcciones escolares y donde encontré como se operaba el Gasto Público -hablo de la época de Prado- por que yo estudiaba para atrás obviamente- y operaba de esta manera: El Parlamentario pedía que se haga una escuela en tal sitio, el Parlamento lo aprobaba y luego el Ministerio giraba en el cheque y el vaucher decía: "entregado al señor Senador, al señor Diputado fulano de tal, para que lo lleve allá y haga entrega de la primera piedra". Pero perdón, en cualquier análisis elemental de ciencia política, allí se dirá que se estableció una manera de entender la Representación, en la cual el pueblo identifica un Parlamentario con realización de obra y perdonen pues, seamos francos, eso no ha desaparecido, no ha desaparecido señor y yo, desafío a que hagamos una estadística de la gente que recibimos y de las instituciones que recibimos cada día, nueve de cada diez tienen un pedido concreto, porque la gente, le interesa la política en función de cosas concretas. Claro, ahí hay un comportamiento diferente de la mayoría y de la minoría, la mayoría sabe que puede hablarle al oído al Ministro tal o al Ministro cual y hay veces que le hace caso, hay otras épocas en las que no. Eso en términos de la gente concreta, en mi opinión ha contribuído al desprestigio del Parlamento, pero entonces es por falta de poder, no por exceso de poder, que se ha desprestigiado el Parlamento y yo no siento que sean corruptelas, todas las que se mencionan aquí como corruptelas, al hacer referencia a tal o cual aprobación de Presupuesto en la que no estuve. Siento que ahí hay un problema mucho más de fondo; y si no lo absolvemos ahora, en este Congreso, no va a tener el próximo Parlamento más prestigio que hayan tenido los anteriores, eso no se resuelve diciendo que la última escuela y la última acción en el país provenga de una iniciativa parlamentaria, no se resuelve repartiendo partidas de iniciativa parlamentaria, pero sí se servuelve deslindando de tal manera la relación -Ejecutivo-Legislativo que el Parlamento tenga poder por lo menos, para asignar prioridades y el parlamentario pueda decir en su pueblo: "Decidimos que este año, la prioridad de salud es el cólera y por tanto ese es el órden del gasto". Creo que esta es la manera de empezar a resolver el problema y esto empata con un tema sobre el cual se ha discutido bastante, que es el problema de la Observación del Presupuesto,. La razón de fondo -y aquí no me ha convencido mi amigo el doctor Chirinos- más aún, me ha hecho ver que cuando se le pregunta por un texto constitucional que habla de proyecto de ley y no de partes de un proyecto de ley, el responde con su Tratado, pero lo que pasa es que su Tratado no es la Constitución. No pienso que puede ser observable un Presupuesto que ha sido preiamente concertado, porque entonces, para qué se concerta, Porqué el Parlamento concerta con el Ministros de Economía? Por que el Ministro de Economía representa al Presidente de la República... (Continúa en el Turno No. 64)...
(Plenario Vesp.) TRANSCRIPTOR: ALFREDO ALVARIñO C 19-07-93 El señor PEASE GARCIA.-(Continuando)... presupuesto que ha sido previamente concertado, porque entonces para qué se concerta, porqué el parlamento concerta con el Ministro de Economía, porque el Ministro de Economía representa al Presidente de la República en su sector y cómo después de que se ha concertado el Presidente puede observar los concertado. Creo que ahí hay un desbalance, una cuestión adicional. Si estoy de acuerdo con Chirinos en la mañana, cuando sostenía que es mejor prorrogar por dozavos el presupuesto porque ahí si podría darse el caso de que el Presidente observe todo el presupuesto y diga, prorrogo un dozavo el Presupuesto anterior y no se me para el Estado y en un mes me resuelven esto, pero le mantiene la atribución al Parlamento, no hace lo que ya discutiremos cuando veamos el capítulo correspondiente, esa promulgación y observación a la vez que desnaturaliza lo aprobado. Sí, las normas constitucionales, señor Presidente, tienen que llevar a que el presupuesto sea una concertación entre Ejecutivo y Legislativo, la mayoría de los parlamentarios aquí están expresando partes del Perú, a pesar de que somos un Congreso elegido por Distrito Nacional Unico, eso tiene que expresarse en el Presupuesto, sino se expresa en el Presupuesto siempre va haber en los pueblos cuestionamiento y crítica al parlamento, pero debemos crear las condiciones para que se expresen en las grandes decisiones del presupuesto y no en las cosa de detalle ni en los pequeños amarres, creo que este camino lleva a eso. Yo espero que la mayoría tenga esta noche tiempo de meditar y medite, espero que no le pase lo que le pasó en los primeros capítulos. Hoy han tenido que marchar aquí los impedidos para reclamar su derecho, porqué, porque aquí no hubo la flexibilidad para aprobar la propuesta que les hacía el MDI rescatando y desarrollando mejor un artículo de la Constitución vigente, y es que los impedidos también tienen derecho, tienen derecho a ver que su particularidad está expresada en la Constitución, ojalá que en ests caso se comprenda que la flexibilidad los ayude a ustedes mismos. Muchas gracias, señor Presidente. El señor PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor Nakamura. El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Señor Presidente: Parece que yo no estaba en la lista pero de todas maneras quería hacer un comentario sobre el artículo 78§. El señor PRESIDENTE.-Si no está en la lista, señor Nakamura, puede declinar, lo que pasa es que lo tenía anotado, probablemente haya. Si ya se trató. El señor NAKAMURA HINOSTROZA.- Bueno, en realidad yo creo que ya estoy con la presupuestitis y voy a dejar de hablar, señor Presidente, para irnos mas temprano. Gracias. El señor PRESIDENTE.- Generalmente tenemos dos oradores, el doctor Bedoya y el señor Tito Chávez. El señor BEDOYA DE VIVANCO.- Gracias, señor Presidente. Yo lamento que no esté presente el doctor Chirinos, ojalá me esté escuchando en algún parlante en algún lugar reservado. Lamento que no esté también el Presidente de la Comisión de Constitución porque creo que lo que voy a decir es importante. El señor PRESIDENTE.- Señor Bedoya, le iba a comentar. El doctor Torres está en un sitio en donde le está escuchando preparando las últimas ... El señor BEDOYA DE VIVANCO.- Me alegro, señor Presidente, me alegro. Señor, decía la regla principal de cualquier norma es que esta sea lógica, toda ley tiene que tener una lógica no existen las leyes ilógicas, he escuchado varias veces al señor Chirinos Soto y lo he leído también, afirmando que cuando el Parlamento en el año 91, declaró que la Ley de Presupuesto aprobada no podía ser observada y en consecuencia la promulgó al no haberla promulgado el Poder Ejecutivo, he escuhcado al doctor Chirinos an varias oportunidades decir que eso fue un golpe de Estado parlamentario. Señor, yo creo que esa no es una opinión, esa afirmación yo creo que es una irrespónsabilidad, y me voy a explicar. La Constitución señaa que el Presupuesto debe quedar votado antes del 15 de diciembre, quiere decir que debe quedar votado el 14 de diciembre y estamos repítiendo una norma similar; el 15 de diciembre, señor, terminaba la legislatura ... (Continúa en el Turno N§ 65)
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor BEDOYA DE VIVANCO.- (Continuando)...la Constitución señala que el Presupuesto debe quedar votado antes del quince de diciembre, quiere decir que debe quedar votado el catorce de diciembre y estamos repitiendo una norma similar. El quince de diciembre, señor, terminaba la Legislatura Ordinaria. Si bien el proyecto actual no señala cuáles son las Legislaturas Ordinarias y Extraordinarias, lo cierto del caso, señor, es que el Presupuesto tenía que ser votado el catorce de diciembre, el quince terminaba la Legislatura y el Parlamento entraba en receso. El Presidente de la República tenía quince días para observar la ley, vale decir, del quince de diciembre al treinta de diciembre; y la Ley tenía que entrar en vigencia el primero de enero. En un parlamento el receso, o sea, que no podía ser convocado en menos de veinticuatro horas ni reunirse para sesionar, obviamente entre esas circunstancias es ilógico pensar que una ley de presupuesto puede ser observada. Más aún, señor, yo quiero, para quienes no estuvieron familiarizados con esa situación, quiero referirme al artículo 198§ de la Constitución. Dice: "Si el proyecto de presupuesto no es votado antes del quince de diciembre entra en vigencia el proyecto del Poder Ejecutivo". Pero en esta circunstancia, señor, no se daba la aplicación de esta norma, esta norma dice, "si el proyecto de proyecto no es votado"; en esa circunstancia sí fue votado, se aprobó una ley de presupuesto y en consecuencia el Ejecutivo no podía promulgar su propio proyecto porque ya había una ley de presupuesto aprobada por el Congreso. Señor, ante esas circunstancias, el Congreso declaró que la ley de presupuesto no podía ser observada, lo cual es lógico. Pero a qu&eaceacute; tanto brinco si el suelo está parejo. Cuando el Congreso aprobó esa disposición, señor, la aprobó con el voto de Cambio 90 sino no había mayoría, fue Cambio 90 quien votó. No es cierto, señor, algunos no votaron; pero sin el voto de Cambio 90 no era posible aprobar esa ley de presupuesto ni mucho menos aprobar la promulgación por el Congreso. Pero, señor, acá lo importante de todo esto es que estamos creando exactamente el mismo problema, el proyecto que estamos debatiendo establece exactamente lo mismo, establece que el presupuesto debe ser aprobado antes del quince de diciembre; y nuevamente estamos aprobando más adelante una norma que establece que el Presidente tiene quince días para observarlo. Estamos entrando nuevamente en línea de conflicto y esto yo lo quiero denunciar. Yo lo quiero denunciar, señor, en primer lugar, en previsión de lo que pueda pasar en el futuro; pero lo quiero denunciar principalmente porque creo que ese artículo debe ser modificado. Yo creo, señor, que la norma debería decir que el Presupuesto debe ser votado antes del treinta de noviembre. Si el presupuesto es votado antes del treinta de noviembre, el Presidente tiene sus quince días para observar la ley total o parcialmente; y el Congreso podrá reunirse antes del primero de enero, entre el quince de diciembre y el treintiuno de diciembre, podrá reunirse para efecto de examinar las observaciones del Presidente de la República. Si no aprobamos una norma en esos términos, estaremos nuevamente generando el problema que ya la historia nos reveló, que causó toda una crisis institucional. Yo creo que ahora estamos en condiciones de preveer esa situación y resolverla. Más aún, señor, yo propongo que la norma correspondiente se incluya una frase que diga que en caso de estar en receso el Congreso al momento en que el Presidente formula la observación o las observaciones, el Congreso se entiende convocado en Legislatura Extraordinaria de inmediato con el solo propósito de pronunciarse con respecto a las observaciones formuladas por el Presidente de la República. Creo, señor, que eso es lo que debemos aprobar. Pero el señor Chirinos Soto, desconociendo todas esas circunstancias, o mejor dicho no desconociéndolas, pasándolas por alto, ignorándolas intencionalmente, ha venido a afirmar que lo que hizo el Congreso fue un golpe parlamentario. Señor, eso es tan irresponsable como que nosotros pudiéramos afirmar que cada vez que el Poder Ejecutivo lanza un decreto de emergencia invocando el inciso 20) del artículo 211§ de la Constitución, decreto de emergencia sólo pára materias.... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 66 )
Justo Frías López 19-07-93 Anexo: 172 PLENARIA - VESPERTINA El señor BEDOYA DE VIVANCO.- (Continuando)...un decreto de emergencia invocando el inciso 20) del artículo 211§ de la Constitución, decreto de emergencia sólo para materias de emergencia de carácter económico financiero; en los casos en que se excede de esas limitaciones y promulga un decreto de emergencia, nosotros tendríamos que afirmar que el Ejecutivo está dando un golpe de estado. No, señor, no caigamos en esas irresponsabilidades. Pero el señor Chirinos, señor, se ha referido largamente a si una ley es posible observarla o no en parte. Yo no veo a qué venía tanta fundamentación, parecía que no había leído el segundo párrafo del artículo 193§, el artículo 193§ de la Constitución actual; y nuestro proyecto obviamente contiene una norma similiar, establece que el Presidente tiene la facultad de observar en todo o en parte un proyecto de ley, eso está fuera de toda discusión. No se discute si la Constitución lo señala, lo que no puede hacer el Presidente, señor, es promulgar parcialmente una ley por una razón muy sencilla, o por dos razones: una de carácter jurídico teórica, que es la razón de la hermenéutica: Toda ley debe tener una coherencia en sí misma, toda ley funciona como un solo conjunto. Si se parte una ley, si se escogen determinados artículos y se rechazan otros, se rompe la hermenéutica de ley y la ley ya no funciona. Por eso es, señor, que la ley no puede ser promulgada parcialmente, y así lo dice la Constitución conforme a la norna que citó Lourdes Flores. Dice el mismo artículo 193§: "Reconsiderado el proyecto de ley -todo el proyecto- aunque la observación haya sido parcial, el Congreso -qué hace- reconsidera todo el proyecto y el Presidente del Congreso lo promulga". Promulga qué? Promulga todo el proyecto, o sea, toda la ley. Esa es, señor, la lógica jurídica que nosotros no podemos romper. Entonces, no se trata de discutir si puede ser observada o no parcialmente, sí puede ser observada total o parcialmente; lo que no creo es que podemos promulgarla parcialmente y mucho menos la Ley de Presupuesto, porque se puede dar -como lo señalaba el Congresista Olivera- que el Presidente -por ejemplo- en la Ley de Presupuesto simplemente promulga los artículos que le facultan el gasto y observa todos los artículos que establecen las reglas de control y de limitación, y en consecuencia se pone a ejecutar el presupuesto sin ningún tipo de control ni de fiscalización. Eso es contra toda lógica, señor. Pero, resumiendo, lo importante de todo esto es que el proyecto de constitución que nosotros estamos debatiendo contiene exactamente las mismas disposiciones que la Constitución del 79 y que generaron un grave problema institucional. En consecuencia, yo propongo al Presidente de la Comisión de Constitución y a quienes han firmado el dictamen en mayoría, que esa norma sea modificada. Yo creo que debe reducirse el plazo para la aprobación del presupuesto, creo que ese plazo debe ser el treinta de noviembre; en esa forma el Presidente puede observarla y el Congreso podrá reunirse para decidir si insiste o no en su proyecto y así no habrán más problemas institucionales y la república podrá desarrollarse en mayor armonía. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias doctor Bedoya. Finalmente el señor Tito Chávez. El señor CHAVEZ ROMERO.- Señor Presidente, quiero agradecer por el alto honor de darme la palabra para concluir este debate. Simplemente quiero decir que, en vista que considero que se han recogido los planteamientos que tengo anotados, concluyo mi participación. Muchas gracias. El señor PRESIDENTE.- Muchas gracias señor Tito Chávez. Hasta el momento el Capítulo relativo a Régimen Tributario y Presupuesto ha sido debatido por más de ocho horas con diez minutos, han intervenido cuarentaiun congresistas y voy a consultar al Pleno si es que ya el Capítulo ha sido suficientemente debatido para posteriormente proceder a votar. Consulto al Pleno que el Capítulo está suficientemente debatido, los que estén de acuerdo sírvanse levantar la mano. (Votación). Los que estén en contra. (Votación). El tema se considera suficientemente debatido. Consulto a los señores que deseen participar para agotarlo hasta el final. Bueno, yo creo que ha sido muy claro, el tema ha sido suficientemente debatido... ( SIGUE EN EL TURNO N§ 67 )
ROBERTO OSHIRO T. 19-07-93 PLENARIA - VESPERTINA El señor PRESIDENTE.- ...(Continuando) ...Bueno, yo creo que ha sido muy claro, el tema ha sido suficientemente debatido. Vamos a darle tiempo a la Comisión, para que mañana a las nueve y treinta de la mañana, nos presente el articulado final y nos concentramos exclusivamente a votar. Se suspende la Sesión hasta mañana a las nueve y treinta. (ERAN LAS 22.45 HORAS)