Page 127 - Padres de la Patria
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transacciones públicas, para poder ser ganada o seducida. Ventaja
inapreciable, cuyo valor se aumenta, si se atiende a las calidades que por el
presente proyecto se requieren para el cargo de elector. A lo menos este es un
método contra el cual todavía no tenemos experiencia, mientras que los otros
han probado muy mal; y la razón aconseja que vayamos examinándolo todo,
para dar útiles lecciones a nuestros sucesores, para quienes hasta nuestros
desaciertos pueden ser provechosos. Que la elección de diputados pueda recaer
en los mismos electores, tampoco es cosa irregular. Claro es que las calidades
precisas de éstos no bastan para investir a aquellos; pero, si las reunieran
algunos ¿qué embarazo hay para que sean diputados, especialmente cuando
puede suceder que en algunas provincias haya tan pocos hombres calificados
que sea necesario servirse de ellos para todo? Si estuviese el Perú tan rico de
gente, como lo es de oro y plata, sería muy justo excluir los electores. Pero, no
es así. ¿Cuántas parroquias se verán perplejas aun para nombrar un elector
que dignamente llene sus deberes si saben que ese mismo ya no podrá ser su
diputado? La Comisión ha visto este artículo por todos lados y en concurso de
reflexiones opuestas se ha decidido por la afirmativa.
El señalamiento de días para las elecciones y las formalidades esenciales que
deban observarse para comprobar su legitimidad, también se ha puntualizado
determinadamente por el grande peligro que se corre por una ligera variación en
esta clase de negocios; absteniéndose la Comisión de fijar otras leyes
puramente reglamentarias que no deben insertarse en ella, aunque deben partir,
como de su origen, de la ley fundamental. Por lo demás, será la mayor fortuna
del Perú que los pueblos tengan particular esmero en nombrar unos
representantes capaces de hacerles su felicidad y que, penetrados del grave
peso que se echan sobre sí, consagran todo su aliento al bien y prosperidad de
la República. Y como sea muy difícil fijar todas las calidades conducentes a este
fin, siquiera se han indicado las principales, libradas sobre el interés del común,
la ilustración y la libertad; que el tiempo y la repetición de actos doctrinará a los
pueblos en una materia tan importante como la del uso del Poder Electoral, del
que infaliblemente depende la vida y engrandecimiento de un Estado libre.
Considerada ya la República en el ejercicio del Poder Electoral, esto es, en la
confección originaria de su gobierno, es muy natural se analice cada una de las
principales en que se ha dividido, desenvolviendo los principios generales
señalándose sus atribuciones y caracterizando las personas que han de
administrarlo, en términos que jamás se confundan, ni que se excedan de sus
límites naturales.
Y sentada la base de que el Congreso, en quien reside exclusivamente el
ejercicio del Poder Legislativo, es esencialmente uno, se supone que sólo a los
representantes que lo constituyen, toca decretar las leyes; debiéndose fijar el
tiempo de su reunión, el de sus sesiones y sus facultades exclusivas; porque de
todas estas prevenciones resultan sólidamente aseguradas la dirección de los
actos peculiares de cada diputado, la precisión y madurez de los deliberativos y
la distinción de las atribuciones de un Poder, que se afianza en el voto público,
fundado sobre las virtudes y el talento, como que es la fuerza moral de la nación.
Así es que, si por una parte el juramento que debe prestar antes de ejercer el
cargo, sella la responsabilidad del representante, ya que no puede ser
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