Page 92 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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conformidad con el derecho consuetudinario, siempre
que no violen los derechos fundamentales de la
persona. La ley establece las formas de coordinación
de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz
y con las demás instancias del Poder Judicial.
Capítulo IX
Del Consejo Nacional de la Magistratura 31
Artículo 150. El Consejo Nacional de la Magistratura
se encarga de la selección y el nombramiento de los
jueces y fiscales, salvo cuando éstos provengan de
elección popular.
El Consejo Nacional de la Magistratura es independiente
y se rige por su Ley Orgánica.
Artículo 151. La Academia de la Magistratura, que
forma parte del Poder Judicial, se encarga de la
formación y capacitación de jueces y fiscales en todos
sus niveles, para los efectos de su selección.
Es requisito para el ascenso la aprobación de los
estudios especiales que requiera dicha Academia.
31 De conformidad con la Única Disposición Complementaria Final de la
Ley 30904, publicada el 10 de enero de 2019, se modifica en todas las
disposiciones correspondientes del ordenamiento jurídico nacional
la denominación de “Consejo Nacional de la Magistratura” por el de
“Junta Nacional de Justicia”.
92 Edición del Congreso de la República