Page 89 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
P. 89
20. El principio del derecho de toda persona de
formular análisis y críticas de las resoluciones y
sentencias judiciales, con las limitaciones de ley.
21. El derecho de los reclusos y sentenciados de
ocupar establecimientos adecuados.
22. El principio de que el régimen penitenciario
tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y
reincorporación del penado a la sociedad.
Artículo 140. La pena de muerte sólo puede aplicarse
por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y
el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados
de los que el Perú es parte obligada.
Artículo 141. Corresponde a la Corte Suprema fallar
en casación, o en última instancia, cuando la acción
se inicia en una Corte Superior o ante la propia Corte
Suprema conforme a ley. Asimismo, conoce en casación
las resoluciones del Fuero Militar, con las limitaciones
que establece el artículo 173.
Artículo 142. No son revisables en sede judicial las
resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones en
materia electoral, ni las del Consejo Nacional de la
Magistratura en materia de evaluación y ratificación de
jueces.
Artículo 143. El Poder Judicial está integrado por
órganos jurisdiccionales que administran justicia en
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 89