Page 111 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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Artículo  187.  En las elecciones pluripersonales  hay
          representación proporcional, conforme al sistema que
          establece la ley.

          La ley contiene disposiciones especiales para facilitar
          el voto de los peruanos residentes en el extranjero.

                           Capítulo XIV
                                        35
                      De la descentralización

          Artículo  188.  La descentralización  es una forma de
          organización  democrática  y constituye  una  política
          permanente  de Estado, de carácter obligatorio,  que
          tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral
          del país. El proceso de descentralización  se realiza
          por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme
          a criterios que permitan una adecuada asignación de
          competencias y transferencia de recursos del gobierno
          nacional hacia los gobiernos regionales y locales.

          Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos así
          como el Presupuesto de la República se descentralizan
          de acuerdo a ley.

          Artículo  189.  El territorio de la República está
          integrado  por regiones, departamentos, provincias  y
          distritos, en cuyas circunscripciones  se constituye y
          organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local,


          35  Capítulo modificado por Ley 27680, publicada el 7 de marzo de 2002.


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