Page 111 - Constitución Política del Perú promulgada el 29 de diciembre de 1993
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Artículo 187. En las elecciones pluripersonales hay
representación proporcional, conforme al sistema que
establece la ley.
La ley contiene disposiciones especiales para facilitar
el voto de los peruanos residentes en el extranjero.
Capítulo XIV
35
De la descentralización
Artículo 188. La descentralización es una forma de
organización democrática y constituye una política
permanente de Estado, de carácter obligatorio, que
tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral
del país. El proceso de descentralización se realiza
por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme
a criterios que permitan una adecuada asignación de
competencias y transferencia de recursos del gobierno
nacional hacia los gobiernos regionales y locales.
Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos así
como el Presupuesto de la República se descentralizan
de acuerdo a ley.
Artículo 189. El territorio de la República está
integrado por regiones, departamentos, provincias y
distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y
organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local,
35 Capítulo modificado por Ley 27680, publicada el 7 de marzo de 2002.
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