Page 116 - Vida y Obra de Vizcardo Guzman - Vol-1
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Volumen 1
                                                                    Prólogo a la primera edición
                    La crítica de Viscardo del monopolio económico de los comerciantes
            primero de Sevilla y luego de Cádiz, constituyen a juicio de Giménez Fernán-
            dez, una habilísima interpretación de la doctrina escolástica del justiprecio.
            Y la doctrina de la dignidad de la persona humana como fundamento de la
            sociedad y del Estado, que viene de Santo Tomás y de Suárez y constituye el
            núcleo esencial del pensamiento social de la Iglesia, se expresa nítidamente en
            Viscardo cuando afirma:

            «La conservación délos derechos naturales, y sobre todo déla libertad y seguridad de las per-
            sonas y haciendas, es incontextablemente la piedra fundamental de toda sociedad humana,
            de qualquiera manera que esté combinada. Es pues una obligación indispensable de toda so-
            ciedad, ó del gobierno que la representa, no solamente respetar sino aun proteger eficazmente
            los derechos de cada individuo». 134

                    Viscardo expone dramáticamente el caso de la expulsión de los cinco
            mil jesuitas de España y América como un caso de flagrante violación de la
            seguridad pública. Y, más grave aun, el hecho de que tal medida se haya con-
            sumado sin mediar explicación alguna que la justifique:

            «Si el gobierno se cre obligado á hacer renacer la seguridad pública, y la confianza de la na-
            ción en la rectitud de su administración, debe manifestar, en la forma jurídica mas clara, la
            justicia de su cruel procedimiento... Y en el intervalo esta obligado á confesar el crimen que
            ha cometido contra la nación, violando un deber indispensable y exerciendo una implacable
            tiranía». 135

                    Y en seguida hace, a juicio de Giménez Fernández, una terrible formu-
            lación de la doctrina agustiniana condenatoria de la insensibilidad social ante
            la injusticia contra el projimo, que mas recientemente han reiterado, entre
            otros, De Maistre, Vásquez de Mella y Berdiaeff:

            «Mas si el gobierno se cree superior á estos deberes para con la nación; qué diferencia hace
            pues entre ella y una manada de animales, que un simple capricho del propietario puede
            despojar, enajenar y sacrificar? El cobarde y tímido silencio de los Españoles, acerca de este
            horrible atentado, justifica el discernimiento del ministerio que se atrevió a una empresa tan
            difícil como injusta...».
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            134.  P. 26, párrafo 2º.
            135. p. 27, párrafo 2º.
            136. p. 27, párrafo 3º, p. 28, párrafo 1º.


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