Page 211 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
            Por lo que respecta a la Jurisprudencia, según la asignación de las Constitu-
            ciones sirven las obras de Heinecio, y la instituta canónica del Abad Fleurí. La
            Teología se estudia por el Compendio impreso de los lugares Teológicos que
            escribí, y el resto por Villarrogi, e Gazaniga por falta de ejemplares. Las cuen-
            tas del Convictorio se aprueban por el Superior Gobierno, y las únicas que se
            han presentado son las mías, y lo que al principio se requería únicamente era
            el Dictamen, o Informe del Señor Ministro Protector, pero el Excelentísimo
            Señor Gil las remitió al examen del Tribunal de Cuentas, vista al Señor Fiscal,
            e Informe del señor Protector y en este pié ha corrido. Las últimas cuentas son
            hasta el año de mil ochocientos seis presentadas en el siguiente de ochocientos
            siete. Remitidas al Tribunal Mayor, quien comisionó al Contador Ordenador
            Muelle, quien demoró tanto su examen que murió sin fenecerlo: y nombrado
            otro, y concluidas todas las diligencias se vinieron a aprobar a los siete años de
            su presentación, esto es en el año de mil ochocientos catorce. Como yo espe-
            raba para las nuevas Cuentas el resultado del examen de las presentadas para
            las primeras partidas de Cargo y Data, se han ido aglomerando las siguientes
            las que corridas hasta esa fecha, traté de ordenar y poner en limpio con motivo
            de mi viaje para España; pero frustrado dicho viaje, y combatida mi salud con
            repetidos y largos quebrantos, en el tiempo posterior corrido hasta hoy, ha
            quedado suspensa su presentación, no siendo corto el embarazo para realizar-
            la los derechos que últimamente se me han exigido de veinte y cinco pesos por
            cada una en este tiempo que debe apurarse toda economía, no obstante como
            además de mi obligación, me resultán perjuicios graves en no presentarlas,
            esto entendiendo en esto para verificarlo, sucesivamente en los meses restan-
            tes. Esto me parece suficiente para que Usía forme la idea que corresponde en
            los puntos que encierra su citado oficio.— Dios guarde a Usía muchos años.
            Lima, Julio veinte y nueve de mil ochocientos diez y seis.— Toribio Rodríguez
            de Mendoza.— Señor Visitador Regio doctor don Manuel Pardo.


                    [Al margen: Decreto] Lima, Julio veinte y nueve de mil ochocientos
            diez y seis.— Corra con el Informe pedido.— Una rúbrica.— Elizalde.

                    [Al margen: Informe] Señor Juez Visitador. Se ha servido Usía pasarme
            el expediente de Visita del Real Colegio Convictorio de San Carlos, para que
            le informe lo que me parezca, como Juez Protector nombrado por el Superior
            Gobierno de dicho Colegio. Quisiera hacerlo con la delicadeza, y extensión



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