Page 212 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen  1
                                                      Visita del Real Convictorio de San Carlos en 1815
            que merece un asunto de tanta importancia, en que se interesa el bien público,
            y que en todos tiempos ha merecido particulares consideraciones de nuestros
            Soberanos. Más apenas fui nombrado Juez Conservador cuando el Reglamen-
            to de Audiencias establecido por las extinguidas Cortes prohibía toda comi-
            sión a los Ministros de aquellas, y restablecido el orden antiguo por nuestro
            Rey, no he tenido tiempo, más que para observar como de Notario el estado
            deplorable y escandaloso a que ha venido con pasos de Gigante, un Colegio
            que en otro tiempo ha surtido a la Iglesia, y al Estado de sujetos recomenda-
            bles por su literatura, y virtudes, pudiéndose llamar único en estos Reynos.
            La causa inmediata de su atraso y ruina ha venido de la errada providencia de
            las llamadas Cortes, en extinguir los Tributos de los Indios, sobre que gozaba
            el Colegio varias Encomiendas, que importaban cerca de seis mil pesos. Con
            la falta de ellos han faltado las dotaciones para Vice-Rectores, y Maestros que
            se han visto precisados abandonar el Colegio, y los padres a sacar sus hijos
            de él, porque veían la ninguna Doctrina y aprovechamiento en los estudios al
            mismo tiempo que palpaban el desarreglo de costumbres, consecuencia ne-
            cesaria de semejantes antecedentes. Pero con todo no se vería el Colegio en
            tan deplorable estado si la observancia de sus Constituciones hubiera sido la
            brújula que hubiese dirigido los pasos de aquellos a cuyo cargo ha estado. No
            se me ocultan las dificultades que han podido hallar, empero ellos no debían
            olvidar las obligaciones de su cargo, y ponerlas en consideración del Superior
            Gobierno, para que con su autoridad afianzase la observancia de las Leyes. El
            Real Convictorio había llegado a componerse de un número de individuos,
            que casi la mitad estaba dedicada a enseñar, y la otra a oír, y aprender. Aquella
            reportaba unos emolumentos que aunque pequeños en su división eran de
            mucho gravamen al Colegio, y fuera del orden sobre que se había establecido.
            Las disposiciones reales acerca de estas casas de educación han sido siempre
            dictadas, teniendo en consideración, a que el Estado sostiene una Universi-
            dad, donde con crecidos gastos se hallan Cátedras de Ciencias, Maestros que
            las deben enseñar, discípulos que las aprendan, ejercicios literarios, honores,
            y premios por el estudio científico. La Universidad de San Marcos de Lima no
            es más que un edificio de pura pompa, y ostentación, y como nada se enseña
            en ella, aunque se hallan nombrados y dotados catedráticos de todas Ciencias,
            se han visto precisados los Colegios a formarse dentro de su seno Maestros con
            dotaciones que no pueden soportar. Es imposible reformar los Colegios, mien-
            tras no se reforme la Universidad. Abranse en ella las matrículas, las Cátedras,



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