Page 81 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            madas del anterior protocolo del escribano Ariza; y con las razones que figu-
            raban en las distintas piezas de los procesos, lo que permite complementar, a
            base de esas constancias, datos sobre algunos de los expedientes desaparecidos.
                    Estos autos contienen documentación específica sobre algunos de los
            reos solventes, de cuyos bienes se habían formado cuadernos separados de
            embargos que, según parece, corrieron la suerte de los anteriores. Figura la
            sumaria información presentada por el Presbítero Antonio Ruiz, experto que-
            chuista y sobre el cual «el vulgo creía que era clérigo rico». Si bien no apare-
            cen constancias de sus bienes raíces, tenía abundante ganado vacuno y había
            formado compañía con dos de sus hermanos. Pío Miraval, como consta en los
            autos de Huamalíes, poseía chacras y estancias en esa Provincia y gozaba de
            holgada posición económica; y los bienes del mercedario quiteño P. Aspiazu,
            como consta de autos anteriores, se habían rematado.
                    El documento en sí, como todos los de su índole, es una fuente de im-
            portancia, aunque en parte reiterativa, acerca de la situación económica de los
            actores de la insurrección, ofrece datos sobre estancias y haciendas, en espe-
            cial del Partido de Huamalíes, y bienes de pueblos de indios, cuyas existencias
            en ganados figuran en las razones de los autos. Se insertan también testimonios
            completos de las sentencias de vista y revista dictadas en las causas principales;
            y del recurso de súplica que se presentó ante la Real Audiencia de Lima.
                    El documento XXVII,  que hemos ubicado en el Archivo Nacional del
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            Perú, corresponde al expediente promovido en 1813 por D. Manuel Queipo y
            Ramona Lope o López, personajes sobre los cuales existen referencias en do-
            cumentos anteriores de esta colección. Aunque el proceso criminal, iniciado
            en 1812 por el Subdelegado de Pasco, D. José María de Ulloa, caballero del
            Orden de San Juan, no ha sido habido, este documento, del cual sólo se pu-
            blica la parte pertinente, aclara aspectos de esa causa relativos a los pasquines
            subversivos que se difundieron en Cerro antes del estallido revolucionario de
            Huánuco. Los demandantes solicitan el reintegro de sus bienes embargados a
            raíz de ese proceso y acusan a Ulloa, que figura como Subdelegado absuelto de
            Pasco, de manejos incorrectos en el secuestro de los mismos.
                    De estos actuados se confirma el estado de agitación subterránea en el
            Cerro, y de los bandos y banderías surgidos a raíz de la elección de Diputado
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            42. Titulado «Oficios de Manuel Queipo y Ramona Lope sobre que se le reintegren los bienes que les embargaron el subdelegado de
            Tarma, don José María Ulloa, al ser procesados por colocar pasquines en Pasco» se encuentra en el segundo volumen de la presente
            edición [Nota del Editor].



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