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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
Este modo de pensar común y general en la mayor parte de España,
era también el de los individuos más ilustrados de la misma junta, en quienes
el interés del cuerpo no influía en las opiniones. Jovellanos decía a sus com-
pañeros: «La junta central no tiene en sí el poder legislativo ni el judicial de
la soberanía… la junta central no representa verdadera y propiamente a los
reinos aun cuando sus municipalidades hayan reconocido las juntas estable-
cidas en la capital de cada uno. Porque ni todos los pueblos han nombrado
estas juntas, ni aun los de las capitales hablando en general han elegido sus
miembros, ni en estos nombramientos se ha tenido consideración a las clases
y estamentos»; sin embargo, de estas contradicciones, ella fue reconocida en
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América, y puntualmente cumplidas sus órdenes.
Mas de día en día se aumentaban en aquellos remotos países los rece-
los, las dudas y ansiedades, las que recrecieron al extremo por el decreto de la
disolución de la junta y formación de la Regencia en 29 de enero de 1810.
Este provisional gobierno fue espiado con más cuidado, en sus provi-
dencias y resoluciones, y las Américas no descubrieron alguna que les fuese
favorable y serenase sus inquietudes; todas se reducían, a circular proclamas
pomposas e insignificantes que lejos de minorar la fiebre epidémica de la In-
dependencia, daban estímulos vigorosos a su propagación.
En la que publica llamando a Cortes a los vasallos de Indias les dice:
«Desde este momento españoles americanos os veis elevados a la dignidad de
hombres libres y hermanos nuestros; ya que no estáis como antes bajo un yugo
mucho más duro mientras más distantes estábais del centro del poder, mirados
con indiferencia, vejados por la codicia, destruidos por la ignorancia. Ya no de-
pendéis de los virreyes y generales; vuestra suerte está en vuestras manos».
En la de 5 de mayo de 810, usando de una de las figuras retóricas pone
estas palabras en boca de nuestros soberanos: «Oh americanos, no vienen
vuestros caudales como en otro tiempo venían, a disiparse por el capricho
de una corte insensata, ni a sumergirse en el piélago insondable de la codicia
hipócrita de un favorito».
Sobre todo en la de 6 de septiembre del mismo año, les declara: Que
no basta sean españoles esos países si no son de España; es decir, según la
interpretación dada en Buenos Aires a igual expresión del virrey Liniers, que
no es señal de verdadero español conservar los derechos del rey, las leyes de
la nación y la integridad de la monarquía, si no hay ciega obediencia a los
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13. Dictamen presentado a la Central en 7 de octubre de 808.
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