Page 686 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 686

Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
                    Igualmente lo es que Cisneros, Molina, Zamalloa y otros dispusieron
            que Jenuario Castro desertase del campo del enemigo en Pucacasa y partie-
            se a avisar al nuestro, situado en el mismo paraje del asalto, que aquella no-
            che pretendía dar el rebelde y para el efecto corroboraron y alentaron a dicho
            Jenuario. Diligencia que importó, no menos que la salvación de toda la tropa,
            en aquella funesta noche y que sirvió de disposición, para la posterior gloriosa
            victoria que se tuvo de Tupa Amaro.
                    También lo es y consta por la carta de foja primera del Señor Inspector,
            porque Cisneros se presentó voluntariamente ante Su Señoría y que informa-
            do por Don Bernardo de la Madrid y otros, de que no tenía delito alguno lo
            dejó en libertad.
                    Todos estos hechos, son absolutamente incompatibles con la infideli-
            dad que se le quiere imputar y por el contrario, son unas relevantísimas prue-
            bas de su gran lealtad y amor al Rey Nuestro Señor, sin que obste el cargo de
            no haber venido de Piccho para esta ciudad, como lo hicieron otros, pues le
            fue imposible ejecutarlo, por la razón que alega en su confesión, ni tampoco,
            una que otra expresión adversa de los testigos, porque estos son sus enemigos
            capitales, respecto de haber testificado Cisneros contra ellos en sus respectivas
            causas. Por tanto.
                    A Vuestra Señoría pido y suplico que habiendo por presentados los
            /.30v adjuntos documentos se sirva de proveer y mandar como llevo expresa-
            do, por ser de justicia que pido y para ello, etc.


            Doctor lturrizarra
            (rubricado)
            Francisco Molina
            (rubricado)
            Francisco de Cisneros
            (rubricado)



            Cuzco, 30 de junio de 1781.
                    Recíbese esta causa a prueba con término de nueve días comunes a las
            partes y todos cargos de conclusión y citación.





                                               685
   681   682   683   684   685   686   687   688   689   690   691