Page 691 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
[Auto acatando lo pedido por el Defensor. Julio 2, 1781].
Cuzco, 2 de julio de 1781.
En cuanto a lo principal han se por reproducidos los instrumentos que
cita; al primero, segundo y tercero otro sí, como se pide; al cuarto, recíbase
la información al tenor del interrogatorio que se presenta para todo y que se
dá comisión a cualquiera escribano de esta ciudad. Enmendado: a cualquiera
Escribano de esta ciudad. Vale.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
(Al margen: Incontinenti se hizo saber el presente auto al Solicitador Fiscal,
nombrado en esta causa, de que certifico. Espinavete (rubricado).
[Certificación de que los reos fueron testigos en las causas contra otros. Julio
2, 1781].
El infraescrito Escribano habilitado por el Muy Ilustre Señor Visita-
dor General. Certifico en virtud de lo mandado por el anterior auto que Don
Francisco Molina y Don Francisco Cisneros, han depuesto como testigos en
las causas, que de oficio se siguen contra Diego Ortigoza, Manuel Galleguillos
y José Esteban Escarcena, por complicidad en la rebelión ejecutada por el trai-
dor Tupa Amaro. Y para que conste lo firmo en el Cuzco a dos de julio de mil
setecientos ochenta y uno.
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Interrogatorio presentado por los reos para la declaración de los testigos).
/.34 Interrogatorio por donde serán examinados los testigos que se
presentaren por parte de Don Francisco Molina y Don Francisco Cisneros, en
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