Page 486 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
al precepto del Apostol en su epistola primera a los Corintios en argumento
de la modestia y pudor con que se deven manifestar a la presencia del Señor y
con mucha mas razon tendran entendido quando lleguen a la percepcion de
los Santos Sacramentos de la Penitencia y Eucaristia y no dever usar de ropas
profanas y demasiados adornos por presentarse a Dios con el fin de expiar sus
culpas y alcanzar la remision de sus pecados, y las que no llegaren con esta
disposicion de modestia no seran admitidas a dichos sacramentos segun se
mandó publicar por la santidad de Ynnocencio undecimo en un celebre edicto
que confirmó Clemente undecimo a cinco de julio de mil setecientos trece te-
niendolo asi entendido el Cura y sus tenientes para excluirlas de tan sagrados
misterios, y no admitirlas a los expresados sacramentos. Y porque por la ley
una del titulo cinco libro primero de la Recopilacion de Yndias se manda que
todos tengan toda reverencia a los lugares sagrados e yglesias, y se prohive
asistir en ellas arrimados o echados sobre los altares o pasearse al tiempo de
la misa divinos oficios o sermones, tratar o negociar y que los hombres esten
entre las mujeres, mandamos igualmente cele nuestro cura y vicario de esta
dicha doctrina se guarden dichos puntos con imbiolable observancia, como
tambien de que los fieles de uno y otro sexo de qualquiera grado, calidad o
condicion que sean quando se hayan de presentar en ellas sea con tal respeto
y moderacion que se manifieste en la modestia y compostura exterior. Que
a consequencia de esto y del recogimiento interior que piden los lugares sa-
grados se excuse en ellos todo lo que suene a profanacion e indecencia como
bayles, representaciones profanas, corrillos, combersaciones y toda otra qua-
lesquier junta que sea ofensiva de la honestidad aun en los cementerios en
que por ningun pretexto ni causa se permita se paren los hombres a ver las
mujeres quando entran y salen de las yglesias. Que conforme al tenor de esta
citada ley real por ningun motivo se disimule entre alguno a la yglesia con el
virrete puesto, ni menos si es seglar se inque en las tarimas de los altares, o se
recueste o arrime a ellos. Que ultimamente se ponga solicita diligencia en que
los demanderos de cofradias u otras obras piadosas no pidan limosna dentro
de las yglesias discurriendo y paseandose por su ambito entre tanto que se ce-
lebran los divinos oficios y el santo sacrificio de la misa por ser demostrable el
incombeniente de distraccion que de ello redunda, no solo para con los fieles
asistentes, pero aun con los ministros celebrantes por cuia causa se han expe-
dido diferentes decretos y edictos pontificios con igual prohivicion y declara-
cion de ser mas meritorio ante Dios no dar las dichas limosnas dentro de las
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