Page 315 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
a que en iguales coyunturas qualesquiera otro se resista, y lleve adelante su
pertinacia, e inobediencia. Ni se diga que la citada ley habla de los Yndios
infieles, y nó de los ya convertidos, por que son bien expresas para el caso las
palabras con que continua a saver:- y si habiendo recibido la santa Fe y da-
donos lo obediencia la apostararen y negaren, se proceda contra apostatas y
reveldes conforme a lo que por sus exesos merecieren, anteponiendo siempre
los medios suaves y paccificos a los rigurosos y juridicos. Estas expresiones
comprehenden y abrazan quanto en el asumpto pueda apeteserse. Ellas se di-
rigen, y tratan expresamente de Yndios que despues de reducidos a la religion
catolica, no solo la han abandonado, sino tambien han faltado a la obediencia
y subordinacion al Soberano incurriendo precisamente en los delitos de Lesa
Majestad divina y humana. Sin embargo en este caso es la voluntad del REY el
que se antepongan los medios suaves, y pacificas a los rigurosos y juridicos es
decir, que siempre que por aquellos se conbiertan, reduciendose al dulce yugo
del Evangelio, y suave dominacion de nuestro Monarca, se omita formarles
causa, y castigarlos, que son los medios juridicos y rigurosos.
De lo expuesto se deduce, que no haviendo el Casique llegado al ex-
ceso de la apostacia, ni aun faltando directamente a la devida subordinacion
del Principe, y antes si sugetado su cervis expontaneamente, a los ordenes de
la Justicia, deve con doble razon obtener el perdon de un delito inferior con
mucho a aquellos, y en el que por su inavertencia, e imbecilidad le implicaron
los correos comprehendidos en esta causa.
La ley 8 del citado tit. y lib. aun es mas terminante y deciciva. Ella trata
expresamente de los Yndios alsados, y no obstante en carga estrechamente
se procuren reducir y atraher al real servicio con suavidad y pas, sin guerra,
rovos, ni muertes, y que se guarden las Leyes dadas para el buen govierno de
las Yndias, y tratamiento de los Naturales. No para aqui la benignidad del So-
berano para con estos Vasallos, a quienes mira como a tiernos Hijos, que aun
no tienen todo el discernimiento que se requiere para la malicia que constitu-
ye este delito, y por un exeso de bondad y beneficencia asia ellos, ordena que
aun en caso de resistencia, y rebeldia lejos de castigarlos, si fuera necesario
para reducirlos otorgarles algunas libertades o franquesas de toda especie de
tributo, lo puedan hacer y hagan los Virreyes, Audiencia y Gobernadores, por
el tiempo y forma que les pareciere, dispensandoles los delitos de rebelion que
hubieren cometido, aunque sean contra la Persona del Soberano y su servicio
El indulto que se concede al mas delincuente, se debe entender franqueado,
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