Page 277 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            manifestado con pruebas constantes mi manejo, de que he merecido la apro-
            bación de Vuexelencia, que mantengo para mi mayor lauro.— Estas causas
            traen enemigos por envidia y enemigos por celos; por envidia, porque aque-
            llos serían tanto o más si fuesen corregidores del Cuzco; por celo, porque no
            les gusta, que al Corregidor se le den gracias, pero no reconocen, que si fuesen
            corregidores del Cuzco, no se sujetarían a repartir sólo doce mil pesos de se-
            tenta y cinco mil, que da la tarifa, pero si pasarían a mucho más y que no
            merecerían la expresión de los indios y habitantes de esta ciudad, que sufran
            reparto, pues haciéndoles ver, que el Corregidor no les extorsionaba por no
            haber verificado el reparto, como lo verifica la plena información, que tomé
            del comercio, indios y curas de parroquias, debo decir, asi fue la llave, con que
            manejé a los indios para su quietud y sociego, pues me empeñé en no repar-
            tirles y defender el privilegio y Ley de no pagar alcabalas de sus propios efec-
            tos.— Nuestro Señor guarde a Vuexelencia muchos años. Cuzco y abril treinta
            de setecientos ochenta.— Excelentísimo Señor.— Besa la mano de Vuexelen-
            cia  su  más  atento  servidor.—  Fernando  Inclán  y  Valdes.—  Excelentísimo
            Señor.— Don Manuel de Guirior, Virrey, Gobernador y Capitán general de
            estos reynos.—


                    (Al margen: Decreto)
                    Lima veinte y dos de mayo de mil setecientos ochenta.— Contéstese
            como corresponde, aprobando la conducta y celo, que ha mostrado el Corre-
            gidor del Cuzco, en lo hasta aquí obrado, sobre la aprehensión de los reos, que
            expresa y seguimiento de su causa, durante la cual que deberá terminarse con
            la mayor presteza, se le encargará muy particularmente, el que disponga sean
            mantenidos sus personas en la separación y custodia más segura, dando las
            providencias más efectivas y conducentes al importante objeto de que se des-
            cubran enteramente, cuantos resulten, cómplices y en especial sean reducidos
            a prisión, los que ya constan serlo y haber hecho fuga, principalmente el Ca-
            cique Don Bernardo Tamboacso, investigando su paradero por los conductos,
            que sean oportunos y precediendo legitimamente contra los sujetos, que les
            hayan prestado favor y auxilio para haber puesto en ejecución el deprabado
            propósito de sustraerse de la autoridad de la real justicia, en cuyo cargo serán
            asimismo comprendidos respectivamente cuantos sabedores del lugar donde
            se han retirado, omiten descubrirlo y dejan por este hecho, vehementemen-
            te sospechosa su fidelidad. Sin perjuicio de todo lo cual se advertirá a dicho



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