Page 85 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
P. 85
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
frecuentes que han visto y experimentado, y uno de nosotros formó un diario
en que se contiene una crecida suma de ellos, de que podrán instruirse minis-
tros y vasallos fieles de V. M., para imponerle de su gravedad y que soliciten el
debido remedio.
105. No se contentan los curas con los excesivos derechos que llevan
por los entierros, sino que los extienden á las funciones de honras que for-
zosamente obligan á que las hagan los herederos y parientes de los difuntos,
que regularmente son en tres veces, la primera al fin del novenario, que de-
nominan occohaya, y que es el recién enterrado; la segunda á los seis meses,
que llaman frescohaya, cadáver tierno, y la tercera al año, con el nombre de
chaquihaya, que es muerto seco, y en cada ocasion llevan los derechos que
les parece, según el posible de los dolientes y parientes, y todavía recobran la
cuarta funcion, que es la general de finados, con la denominacion de cachapa-
rri ó despedida, y aunque en todas ellas tienen por común estilo las ofrendas y
regalos que ponen sobre las sepulturas, en ésta son con mayor exceso, porque
hay pueblos, principalmente en las provincias que llaman del Collado, y otros
de serranía, en que á cada indio se le manda poner por memoria que forma
el cacique cantidad señalada de borregos y torillos, que suelen llegar a una
cantidad considerable, sin que se reserve persona alguna que no éntre en esta
contribucion, con el título de que lo hacen por sus padres, madres, maridos y
parientes, y áun se extienden á decir por sus antepasados que no fueron cris-
tianos, y les obligan á sacar sus huesos de sus antiguas sepulturas para que les
hagan las honras.
106. No han servido para el reparo de estos excesos las Reales cédulas
y ordenanzas del reino, ni una moderna Real resolucion librada á pedimen-
to del Marqués del Valle del Tajo, que se presentó en la Real Audiencia de
Chuquizaca, la que se mandó publicar por los ministros de ella en su dis-
trito, y comprendiendo á alguna provincia del obispado del Cuzco, en que
hubo caciques que procuraron su cumplimiento, haciendo rostro y defensa
con esta providencia contra los curas; más que los mismos corregidores, se
opusieron á su efecto algunos obispos, ocurriendo con sus representaciones
al Virey de Lima, conde de Superunda; y tratado el punto en el acuerdo de
aquella Audiencia con reflexion á la poca congrua de algunos curas, se resol-
vió, por punto general, que se hubiese de guardar la Real resolucion para no
llevar derechos de entierro a los indios, pero que éstos pagasen la pompa que
pidiesen, sobre que se escribieron cartas-circulares á los corregidores, en cuya
84