Page 81 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    92.  Es imponderable la codicia de los curas que delinquen en este
            procedimiento, y lo calificarán algunos casos modernos, que son notorios áun
            á los mismos prelados que debian remediarlos, y no lo hacen. Pasó un cura á
            un pueblo de la provincia de Azangaro, en que entró por permuta, y descon-
            tento con ella, hizo diligencias para que se anulase; pero deseando disfrutar
            del curato antes que se declarase, formó una lista de todos los indios solteros y
            viudos y muchachos, y á correspondencia las mujeres; y sin dejarles la menor
            libertad, ejecutó en dos meses más de 300 casamientos, y para hacerlos más
            pronto, unia en cada misa forzadamente ocho ó diez contrayentes, con la que
            se volvió dicho cura al Cuzco con mucho dinero, y consiguió se disolviese la
            permuta que se hizo bajo la simonía de 8.000 pesos que se dieron por compen-
            sativo de una á otra parte, fuera de lo que llevó el reverendo obispo.
                    93.  Otro cura de la provincia de Canas y Canchis salió á rondar una
            noche á los amancebados, y encontró a un hombre con la manceba, que se
            disculpó de no haberse casado por falta de plata para los derechos, y habién-
            dole puesto en la cárcel para que lo hiciese, le acometió en ella un accidente
            grave de riesgo de su vida, y clamando para que lo pusiesen en libertad hasta
            curarse, y que le desposasen, no lo quiso conceder el cura, áun viéndole casi
            sin remedio, hasta que sus parientes salieron por fiadores de los derechos del
            casamiento si vivia, y entierro si moria de aquella enfermedad.
                    94.  Si los curas cumpliesen en este punto con lo que deben, tanto en
            no llevar derechos á los indios tributarios, como en arreglarse para con los
            nobles mestizos y españoles á los aranceles y sinodales, no cometerian los ex-
            cesos que van expresados, pues los ejecutan por tener el logro de sus indebidas
            utilidades, y resultarian los buenos efectos de unirse las voluntades para los
            casamientos, con la espera y tiempo proporcionado á las edades; no se ausen-
            tarían los indios de sus pueblos, ni se motivarian los amancebamientos que se
            cruzan por la falta de dinero para los derechos, y se penetra fácilmente todas
            las demas consecuencias que ocasiona esta codiciosa aplicación de los curas al
            interes.


                            PUNTO CUARTO.—  SOBRE ENTIERROS

                    95. En este punto se halla con más libertad desenvuelta la codicia de
            los curas, actuándola con tal exceso que corre sin rienda, no guardando la me-
            nor regularidad ni atencion á los vivos ni á los muertos, por lo que oprimen á



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