Page 466 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Volumen 1
Informe sobre las causas de la sublevación de 1781
su cuota; y si faltase algo por cobrar, participará con igualdad respectiva de
las fallas. Porque de lo contrario no son remediables las faltas que hagan a la
Iglesia o al coro, los individuos inferiores; pues como experimentan que sobre
tener poca renta, la cobran tarde, con mucha dificultad o con diminuta, se les
dá muy poco el faltar a sus obligaciones, y no es fácil tampoco persuadirles
que no falten.
Mas descendiendo por último, y volviendo a los párrocos de los pue-
blos de indios, y a la decadencia o falta de fe y religión, que se nota en muchos
de éstos, por no cumplir aquellos, con sus primeras peculiares obligaciones,
nos parecía a muchos celosos del bien de las almas y fieles vasallos de Su Ma-
jestad, que, así para quita a aquellos naturales todo motivo de juzgar mal de
sus curas y doctrineros, como a éstos, la ocasión de ser como mercenarios in-
teresados , y permitir por eso a sus feligreses algunas reliquias de superstición,
y muchas borracheras, con otros gastos muy superfluos, y sobre sus facultades
que hacen en sus funciones de mayordomías y alferazgos; fuera muy oportuno
se observase lo que determinó el citado Sínodo Provincial de Lima, en orden
a que los Curas de indios no tomasen o recibiesen cosa alguna, por la admi-
nistración de los Sacramentos, ni usurpasen bienes algunos de los indios di-
funtos; y que conforme a esto se estableciese, que en todas aquellas provincias
del Perú, no tomasen los Curas ni sus Ayudantes, derechos ni emolumentos
algunos por los bautismos, óleos, proclamas, casamientos, velaciones, ni en-
tierros; ni aun celebrasen las misas que los indios feligreses les suelen mandar
rezar o cantar, y a veces con exposición del Santísimo Sacramento y procesión,
después acompañada de muy pocos adoradores, de muy poca decencia, reve-
rencia y devoción; para con este motivo juntarse antes o después, a beber su
chicha y embriagarse hombres y mujeres, con grave prejuicio de sus almas y
bienes temporales.
Que todo esto lo observasen dichos párrocos irremisiblemente, bajo
la pena de que, verificada cualquiera contravención en lo referido, se le había
de concordar el curato, o privarle de la ayudantía y mucho mejor del interi-
nato; que en sede vacante, suelen proveer los Canónigos por su antigüedad,
o dignidad de prebendas, con toda inversión de la canónica disciplina, en los
clérigos, sus familiares, o en otros sacerdotes que muchas veces no tienen más
peritos personales, que los servicios hechos a sus amos; o lo que éstos esperan
en adelante para su regalo o comodidad de sus casas que suelen ser proveídas,
en parte, por los que han creado Curas interinos.
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