Page 826 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 826

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señora         Le doy la razón al señor Ferrero en cuanto a que
                  Presidenta: En el capítulo del Poder Judicial y  aquí, en la Subcomisión de Redacción, se ha su-
                  sus anexos fui derrotado por la mayoría en alian-  primido un concepto que había sido aprobado por
                  za con las minorías. Y este capítulo es un verda-  el Pleno del Congreso. En efecto, lo que dice el
                  dero desastre porque, por ejemplo, consagra  señor Ferrero Costa es cierto: la garantía que se
                  —como dice el doctor Fernández Arce— la inamo-  le da a los magistrados judiciales es a permane-
                  vilidad y, líneas más abajo, que los magistrados  cer en el servicio, mientras observen conducta e
                  pueden ser o no ratificados.                idoneidad propias de su función. Nos guste o no,
                                                              eso es lo que se ha aprobado.
                  De manera que la Constitución entra en colisión
                  consigo misma. ¿Cómo? Son inamovibles. ¿Cómo?  La Subcomisión de Redacción  no puede supri-
                  Son ratificables. Ésas son las contradicciones,  mirlo. No entiendo por qué lo ha suprimido. La
                  pues, en las que algunos de mis amigos son ex-  Subcomisión de Redacción debería sustentar la
                  pertos.                                     razón por la cual se ha tomado esa atribución.
                                                              No sé quién lo puede explicar. Si yo estuviera en
                  "No pueden ser trasladados sin su consentimien-  otra lógica, diría que acá ha habido lobby.
                  to". Respecto a esto, yo he visto jueces de San
                  Martín y de Tocache que vienen a Lima a llorar  Así que yo creo que aquí no cabe mayor discu-
                  cuando los quieren trasladar a otro sitio que no  sión. Simplemente, tiene que regresarse y res-
                  sea San Martín o Tocache.                   petarse al texto aprobado por el Pleno del Con-
                                                              greso. Pediría al señor Ferrero Costa que los otros
                  La Constitución tiene contradicciones, en las que  dos artículos nos los pueda recordar de manera
                  yo no tengo nada que ver. Tiene un artículo en el  comparativa.
                  que dice que la prisión es para rehabilitar al pri-
                  sionero; la cárcel es para rehabilitar, no tiene  Gracias.
                  función punitiva. Y las mismas personas que di-
                  cen eso son las que aprueban la pena de muerte  La señora PRESIDENTA.— Señor Pease, tie-
                  y la cadena perpetua.                       ne la palabra.
                                                              El señor PEASE GARCÍA (MDI).— Muy bre-
                  Yo quisiera que me expliquen cómo un condena-  ve, señora, porque algo se ha agregado.
                  do a muerte o condenado a cadena perpetua pue-
                  de rehabilitarse. Quizá haya algún sistema, pero  Yo le doy la razón al doctor Ferrero. La Comisión
                  será en el cielo, no en la tierra; y la Constitución  no tiene derecho a sacar lo que está en el texto
                  es legislación para la tierra. Pero, en fin, ésas  anterior y ello debe permanecer. Pero también
                  son observaciones de paso, para que vea el Con-  quiero decir que el artículo es "cantinflesco"; y
                  greso las contradicciones en que ha incurrido, y  así ha sido aprobado, "cantinflescamente". Pien-
                  que no se salvan poniendo inamovilidad por aquí,  sen en alguna reconsideración.
                  inamovilidad por allá. No tiene importancia. En
                  vista de este desastre de capítulo, da lo mismo  No puede decirse en un inciso: "La inamovilidad
                  dónde pongan lo que está pésimamente hecho.  en sus cargos", y en otro inciso: "Los magistrados
                                                              no pueden ser trasladados sin su consentimien-
                  La señora PRESIDENTA.— Tiene la palabra     to", cuando la inamovilidad se refiere al trasla-
                  el señor Olivera.                           do. Eso también debería corregirse.

                  El señor OLIVERA VEGA (FIM).— Gracias,      En todo caso, lo único que acá, en redacción, se
                  señora Presidenta.                          puede hacer es incorporarle lo que estaba en el
                                                              texto original; nada más.
                  No sé por qué va a votar el doctor Enrique Chiri-
                  nos Soto. De repente tiene la oportunidad de vo-  La señora PRESIDENTA.— Doctor Ferrero,
                  tar por el "No", para no avalar un desastre, como  tiene la palabra.
                  lo ha calificado al capítulo del Poder Judicial.
                                                              El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—
                  Finalmente he logrado encontrar los artículos a  Entonces, Presidenta, quedaría así: regresamos
                  los que hacía referencia el señor Ferrero Costa,  al texto aprobado por el Pleno; y, cuando se dice
                  porque las numeraciones no coincidían. Y, preci-  cuáles son los derechos de los jueces, que antes
                  samente, una de las observaciones que yo pedi-  estaba en el 167º y ahora está en el 146º, es mo-
                  ría es que en cada uno de los artículos, porque  dificado en sus incisos 2) y 3).
                  ha hecho observaciones a tres, creo, antes de vo-
                  tar, se diga la comparación precisa.        El inciso 2) va a decir: "La inamovilidad en sus



                                                          2582
   821   822   823   824   825   826   827   828   829   830   831