Page 825 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Lo        to, porque esos cargos son en propiedad titular
                  siento, señor Gamarra, pero esa atribución no le  del juzgado de Lima. Significa que la persona no
                  corresponde a usted.                        puede ser desplazada. Eso es inamovilidad.

                  La señora PRESIDENTA.— Señor Gamarra,       En tanto, el inciso 3) dice: "Su permanencia en el
                  estoy dirigiendo el debate.                 servicio". La permanencia en el servicio es la es-
                                                              tabilidad en el cargo. Ahora, cuando en este inci-
                  Gracias.                                    so 3) se dice que los magistrados "no pueden ser
                                                              trasladados sin su consentimiento", creo que esa
                  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Si        frase hay que ponerla después de la primera par-
                  la Presidencia nota algo...                 te del inciso 2); guarda relación.
                  La señora PRESIDENTA.— Doctor Ferrero,      Esta expresión: "Los magistrados no pueden ser
                  por favor, evite el diálogo y diríjase a la Presi-  trasladados sin su consentimiento", se refiere a
                  dencia.                                     la inamovilidad. En el inciso 3) hay que poner:
                                                              "Su permanencia en el servicio, mientras obser-
                  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—           ven buena conducta".
                  Estamos en el penúltimo artículo, señora Presi-
                  denta, que es el 146º.                      Nada más.

                  En realidad se refiere al 146º, inciso 2), que dice:  La señora PRESIDENTA.— Continúe, señor
                  "La inamovilidad en sus cargos. Su permanencia  Ferrero Costa.
                  en el servicio". En realidad, no es "independen-
                  cia", sino "permanencia".                   El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—
                                                              Concuerdo plenamente con el doctor Fernández
                  Lo que ocurre es que ellos deberían poder salir  Arce; mejora muchísimo el texto.
                  del servicio por un sistema distinto de la ratifi-
                  cación; es decir, cuando no tienen la conducta e  Quiero repetir a mis colegas —no obstante que
                  idoneidad propias de su función. Y, para eso, qui-  son las 12 y 30—, porque no está claro el concep-
                  siera regresar a lo que establecía el artículo ori-  to
                  ginal, que sí decía que estaba condicionada la
                  permanencia, en otras palabras, a que se porten  Señora Presidenta, yo no he concedido interrup-
                  bien.                                       ciones en este momento. Voy a continuar, por-
                                                              que falta muy poco.
                  Nosotros no podemos aceptar en la Constitución
                  que los jueces se queden toda la vida como jue-  La señora PRESIDENTA.— Continúe, doctor
                  ces. Se quedan siempre de jueces si es que tie-  Ferrero.
                  nen una conducta propia. De lo contrario, tienen
                  que salir, porque sino nunca podríamos sacarlos.  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—
                  Tendríamos que esperar que se produjera una  Este Plenario aprobó el artículo 167º anterior,
                  ratificación.                               que dice así: "3. Su permanencia en el servicio,
                                                              mientras observen conducta e idoneidad propias
                  El señor Fernández Arce me pide una interrup-  de su función". Eso es lo que aprobamos.
                  ción.
                                                              La Subcomisión de Redacción  ha suprimido esa
                  La señora PRESIDENTA.— Con la venia de      frase y, al haberla suprimido, ya no podremos
                  la Presidencia, puede hacer uso de la interrup-  sacar a los jueces, aunque sean unos sinvergüen-
                  ción el señor Fernández Arce.               zas. Por lo tanto, hay que reponer esa frase.

                  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—          Y la segunda frase, que trae el señor Fernández
                  Quisiera hacer una precisión en este punto, se-  Arce, cuando dice: "No pueden ser trasladados",
                  ñora Presidenta.                            no corresponde al inciso 3), porque el no ser tras-
                                                              ladado tiene que ver con la inamovilidad; y la
                  Creo no está bien entendida esta expresión, por-  inamovilidad está en el inciso 2). Pido a la Comi-
                  que en el artículo 146º, cuando en el inciso 2) se  sión que lo tenga en cuenta.
                  habla de la inamovilidad en los cargos, una cosa
                  es la inamovilidad y otra es la estabilidad. La  Eso es todo, señora Presidenta.
                  inamovilidad significa que si una persona es nom-
                  brada para desempeñar cargo de juez en Lima, no  La señora PRESIDENTA.— Tiene la palabra
                  puede ser llevada a otro lugar sin su consentimien-  el señor Chirinos.



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