Page 637 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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En consecuencia, yo no sé si hay ministros a los  El segundo pedido: si sólo colocáramos la pala-
                  cuales se les debe atender y hay ministros a los  bra "legislativamente", estaríamos autocercenan-
                  que no se les debe atender. Esto me preocupa  do las facultades de este Congreso. Esto no lo
                  mucho.                                      veo mal si es que va en beneficio del interés na-
                                                              cional, pero dejamos abierta una puerta que es
                  Por lo tanto, señor Presidente, creo que por el  mucho más fácil de usar; es decir, cerramos una
                  bien del Perú, este artículo 69º debe quedar exac-  puerta pequeña y dejamos abierta la puerta gran-
                  tamente como está, sin ninguna modificación,  de; colocamos candado a una ventana, pero deja-
                  porque le da seguridad jurídica al país.    mos abierta la puerta principal, pues sí podrían
                                                              ser modificados por decretos supremos extraor-
                  Muchas gracias.                             dinarios que, como todos sabemos —lo hemos
                                                              aplicado así ahora—, tienen que ver con la mate-
                  El señor PRESIDENTE.— Me pide hacer uso     ria económica.
                  de la palabra el  congresista Rafael Rey para ha-
                  cer una aclaración sobre una alusión hecha a su  Creo que una redacción más pertinente podría
                  persona.                                    considerar no tanto la parte legislativa, que se
                                                              origina en este Congreso, como  la referida al
                  El señor REY REY (R).— Muchas gracias, se-  decreto supremo extraordinario, o podríamos qui-
                  ñor Presidente.                             zás buscar una redacción genérica que compren-
                                                              da a ambas.
                  Yo lamento tener que hacer uso de la palabra,
                  porque hubiera preferido que esto se resolviera  Gracias.
                  en los términos que debió resolverse. Pero como
                  está mi prestigio personal puesto en duda por el  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  señor Ferrero, tengo que decir que, efectivamen-  doctor Antero Flores-Araoz.
                  te, a la Representación Nacional le queda la pa-
                  labra del señor Ferrero contra la mía. Lo que yo  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  simplemente digo es que los señores congresis-  Señor Presidente: Han habido varias modifica-
                  tas, a quienes el señor Ferrero les dijo que lo que  ciones planteadas en el debate con respecto a este
                  yo afirmé era falso, pueden preguntar a la docto-  artículo sobre la libertad de contratar.
                  ra Martha Chávez si es o no verdadera esa afir-
                  mación.                                     Creo que el texto leído por el doctor Carlos To-
                                                              rres es muchísimo mejor, incluso, que los otros
                  De otro lado, con respecto al comentario que ha  textos presentados como agregados. Por ejemplo,
                  hecho el señor Ferrero sobre el "‘club de amigos",  hay uno que dice que por ley no se podrán modi-
                  quiero decir que en Renovación, además de ser  ficar retroactivamente contratos, lo que implica-
                  una agrupación de independientes, estamos muy  ría, contrario sensu, que si bien no se pueden
                  contentos de ser amigos entre nosotros, a pesar  modificar retroactivamente, se podrían modifi-
                  de las posibles discrepancias que eventualmente  car en el futuro.
                  tenemos, porque no hay consigna y cada cual vota
                  según su criterio.                          En otros textos se habla de "arbitrariedad". Esto
                                                              no figura en el texto presentado por el doctor
                  Nos sentimos muy satisfechos de ser amigos. Pe-  Carlos Torres, el cual constituye un gran avance
                  ro yo no sé si toda la bancada de Nueva Mayoría-  porque, por un lado, sanciona con toda claridad
                  Cambio 90 puede decir lo mismo en cuanto a la  el principio de la autonomía de la voluntad para
                  amistad del señor Ferrero. Ojalá que sí.    la contratación; y, seguidamente, no aplica una
                                                              ley para modificar contratos, sino que deja abierta
                  Gracias.                                    la posibilidad del mutuo acuerdo, del arbitraje,
                                                              del fuero judicial.
                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  doctor Barrón.                              Si recogemos el planteamiento de algunos con-
                                                              gresistas de que por ley se puedan modificar con-
                  El señor BARRÓN CEBREROS (PPC).—            tratos, aunque sea para adelante y no para atrás,
                  Pido, a través de la Presidencia, la atención del  estaríamos yendo contra la voluntad contractual.
                  doctor Torres y Torres Lara.                Además, cuando se debate una ley, los particula-
                                                              res no tienen nada que ver con esa decisión par-
                  Sugiero que se mejore la redacción en el segundo  lamentaria y, por lo tanto, no pueden ejercer sus
                  párrafo, después del primer punto seguido, donde  derechos para poder cuestionar dicha decisión,
                  dice: "No pueden ser modificados", colocando "Es-  que puede ser convertida en ley con la promul-
                  tos contratos no pueden ser modificados".   gación que haga el Poder Ejecutivo.



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