Page 636 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Debo decir que, si esto se quisiera mantener como mejorado sustancialmente en relación con la
rango constitucional, los congresistas tendríamos Constitución vigente. Justamente, uno de los
que aceptar que en nuestro país las leyes tam- mejores artículos tal vez el mejor de este
bién puedan ser calificadas de equivocadas o de capítulo es el 69º. Este artículo da tal seguridad
injustas. Pero, en ese caso, a quien se recurre es jurídica que va a ser un ente promotor de las in-
al Tribunal de Garantías Constitucionales, el cual versiones y del desarrollo nacional.
finalmente dice que esa ley, que ha atribuido in-
terés colectivo, es improcedente porque la causa Introducir alguna modificación en este texto se-
que se argumenta no es exacta. Entonces, siem- ría hasta peligroso, a pesar de lo que dice la co-
pre queda la posibilidad de recurrir al tribunal municación del Ministro de Industria. Este tex-
para que invalide o para que declare la no to ya se conoce en muchos lugares del mundo y
aplicabilidad de esa ley. sabemos, como deben saberlo también los que
quieren modificarlo, que hay muchas propues-
En el fondo, lo que ocurre es que para algunas tas de inversión basadas, justamente, en la segu-
personas es difícil reconocer que el interés de las ridad jurídica que este artículo proporciona. Los
mayorías y de la sociedad está por encima del inversionistas potenciales están esperando, sim-
interés particular. plemente, que esta Constitución entre en vigen-
cia para venir al Perú con el propósito de inver-
Si nosotros aceptamos que el interés de la colec- tir.
tividad debe ser protegido antes que el interés
privado, debería permitirse que este artículo se Durante la vigencia de la actual Constitución, tal
mejore para que se oriente a quien normalmen- y como lo ha dicho el doctor Ferrero, este artícu-
te es más perjudicado en la relación contractual, lo no existe. Debido a ello se han cometido arbi-
al más débil, y también a quienes defienden el trariedades como las que señalé en la oportu-
interés colectivo. nidad anterior y que volveré a señalar ahora
mediante las cuales se desconoció o se pretendió
Por esa razón, los mismos miembros de la oposi- enmendar contratos legalmente establecidos en-
ción han dicho en su proyecto de consenso es- tre las compañías petroleras y el Estado. El re-
toy seguro de que no lo van a negar que no sultado lo hemos pagado acá. En este Congreso
pueden modificarse arbitrariamente los contra- hemos aprobado la forma de arreglar con la em-
tos mediante una ley. Ése es el proyecto que ha presa petrolera Belco. Esta empresa fue perjudi-
propuesto la oposición y que han firmado mis co- cada por una arbitrariedad cometida por el go-
legas. bierno anterior y la compensación va a represen-
tarle al Perú un gasto de más de doscientos mi-
Estoy seguro de que en esa misma línea o en otra llones de dólares para resarcir a una empresa que
similar podemos encontrar una solución a este estaba prácticamente en quiebra.
problema.
Entonces, este tipo de arbitrariedades no deben
No hay santidad en nada que esté en contra de lo volver a ocurrir en el país. Para que no ocurran,
que beneficia al interés colectivo, que es de to- se requiere de una norma como la que establece
dos. El Estado lo tutela. Mediante mecanismos el artículo 69º, que da la seguridad jurídica que
de protección adecuados debería permitirse esa el Perú necesita.
protección. De lo contrario, nuestro Código Civil
inclusive tendría que ser cambiado si per- En consecuencia, nosotros vamos a votar decidi-
manece tal como está la disposición constitucio- damente en contra de la modificación de este ar-
nal. tículo.
Gracias. Es más, para sustentar la necesidad de modifi-
car el artículo, se ha hecho alusión a una comu-
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el nicación del Ministro de Industria, la cual sido
señor Juan Carrión. considerada como sumamente importante y aten-
dible. No obstante, ahora mismo se ha descono-
El señor CARRIÓN RUIZ (R). Señor Presi- cido una comunicación escrita y enviada oportu-
dente: Cuando se planteó la modificación del ar- namente a la Comisión Agraria por el Ministro
tículo 69º ya aprobado, recuerdo que fui el pri- de Agricultura en la cual se oponía a que se pon-
mero en hacer uso de la palabra para oponerme ga límite a la propiedad de la tierra. Repito, esta
como me opongo ahora a la modificación de comunicación llegó oportunamente a la Comisión
este artículo. ¿Por qué? Porque es evidente que Agraria y a la Comisión de Constitución, pero no
en la Constitución que estamos a punto de ter- fue tomada en cuenta, no sirvió absolutamente
minar, el capítulo del Régimen Económico ha sido para nada.
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