Page 636 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Debo decir que, si esto se quisiera mantener como  mejorado sustancialmente en relación con la
                  rango constitucional, los congresistas tendríamos  Constitución vigente. Justamente, uno de los
                  que aceptar que en nuestro país las leyes tam-  mejores artículos —tal vez el mejor— de este
                  bién puedan ser calificadas de equivocadas o de  capítulo es el 69º. Este artículo da tal seguridad
                  injustas. Pero, en ese caso, a quien se recurre es  jurídica que va a ser un ente promotor de las in-
                  al Tribunal de Garantías Constitucionales, el cual  versiones y del desarrollo nacional.
                  finalmente dice que esa ley, que ha atribuido in-
                  terés colectivo, es improcedente porque la causa  Introducir alguna modificación en este texto se-
                  que se argumenta no es exacta. Entonces, siem-  ría hasta peligroso, a pesar de lo que dice la co-
                  pre queda la posibilidad de recurrir al tribunal  municación del Ministro de Industria. Este tex-
                  para que invalide o para que declare la no  to ya se conoce en muchos lugares del mundo y
                  aplicabilidad de esa ley.                   sabemos, como deben saberlo también los que
                                                              quieren modificarlo, que hay muchas propues-
                  En el fondo, lo que ocurre es que para algunas  tas de inversión basadas, justamente, en la segu-
                  personas es difícil reconocer que el interés de las  ridad jurídica que este artículo proporciona. Los
                  mayorías y de la sociedad está por encima del  inversionistas potenciales están esperando, sim-
                  interés particular.                         plemente, que esta Constitución entre en vigen-
                                                              cia para venir al Perú con el propósito de inver-
                  Si nosotros aceptamos que el interés de la colec-  tir.
                  tividad debe ser protegido antes que el interés
                  privado, debería permitirse que este artículo se  Durante la vigencia de la actual Constitución, tal
                  mejore para que se oriente a quien normalmen-  y como lo ha dicho el doctor Ferrero, este artícu-
                  te es más perjudicado en la relación contractual,  lo no existe. Debido a ello  se han cometido arbi-
                  al más débil, y también a quienes defienden el  trariedades —como las que señalé en la oportu-
                  interés colectivo.                          nidad anterior y que volveré a señalar ahora—
                                                              mediante las cuales se desconoció o se pretendió
                  Por esa razón, los mismos miembros de la oposi-  enmendar contratos legalmente establecidos en-
                  ción han dicho en su proyecto de consenso —es-  tre las compañías petroleras y el Estado. El re-
                  toy seguro de que no lo van a negar— que no  sultado lo hemos pagado acá. En este Congreso
                  pueden modificarse arbitrariamente los contra-  hemos aprobado la forma de arreglar con la em-
                  tos mediante una ley. Ése es el proyecto que ha  presa petrolera Belco. Esta empresa fue perjudi-
                  propuesto la oposición y que han firmado mis co-  cada por una arbitrariedad cometida por el go-
                  legas.                                      bierno anterior y la compensación va a represen-
                                                              tarle al Perú un gasto de más de doscientos mi-
                  Estoy seguro de que en esa misma línea o en otra  llones de dólares para resarcir a una empresa que
                  similar podemos encontrar una solución a este  estaba prácticamente en quiebra.
                  problema.
                                                              Entonces, este tipo de arbitrariedades no deben
                  No hay santidad en nada que esté en contra de lo  volver a ocurrir en el país. Para que no ocurran,
                  que beneficia al interés colectivo, que es de to-  se requiere de una norma como la que establece
                  dos. El Estado lo tutela. Mediante mecanismos  el artículo 69º, que da la seguridad jurídica que
                  de protección adecuados debería permitirse esa  el Perú necesita.
                  protección. De lo contrario, nuestro Código Civil
                  —inclusive— tendría que ser cambiado si per-  En consecuencia, nosotros vamos a votar decidi-
                  manece tal como está la disposición constitucio-  damente en contra de la modificación de este ar-
                  nal.                                        tículo.
                  Gracias.                                    Es más, para sustentar la necesidad de modifi-
                                                              car el artículo, se ha hecho alusión a una comu-
                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el   nicación del Ministro de Industria, la cual sido
                  señor Juan Carrión.                         considerada como sumamente importante y aten-
                                                              dible. No obstante, ahora mismo se ha descono-
                  El señor CARRIÓN RUIZ (R).— Señor Presi-    cido una comunicación escrita y enviada oportu-
                  dente: Cuando se planteó la modificación del ar-  namente a la Comisión Agraria por el Ministro
                  tículo 69º ya aprobado, recuerdo que fui el pri-  de Agricultura en la cual se oponía a que se pon-
                  mero en hacer uso de la palabra para oponerme  ga límite a la propiedad de la tierra. Repito, esta
                  —como me opongo ahora— a la modificación de  comunicación llegó oportunamente a la Comisión
                  este artículo. ¿Por qué? Porque es evidente que  Agraria y a la Comisión de Constitución, pero no
                  en la Constitución que estamos a punto de ter-  fue tomada en cuenta, no sirvió absolutamente
                  minar, el capítulo del Régimen Económico ha sido  para nada.



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