Page 233 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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sí fue necesario, por su mediana tradición jurídi- los ambulantes interponían acción de amparo,
ca, poner este tipo de tribunal separado de la or- señor. Cuántas veces se quiso poner orden, por
ganización judicial común. ejemplo, en la Plaza Castilla, en la Plaza Dos de
Mayo, a las personas que están vendiendo golo-
Pese a eso, señor, creemos que el nuevo proyecto sinas.
que he podido observar tiene algunas cosas que
merecen ser clarificadas y merecen recibir algu- Poner orden en la ciudad, que es una función
nos aportes. municipal, era imposible y, por tanto, todas esas
cosas quedaban simplemente como letra muer-
Por ejemplo, en la acción de amparo. La acción ta, porque las ordenanzas, los edictos, etcétera,
de amparo, a diferencia de la acción de hábeas inmediatamente eran sujetos de una acción de
corpus, que procede cuando se vulnera o amena- amparo y una decisión cautelar de la autoridad
za la libertad individual, es para los demás dere- judicial, que deshacía o impedía que se ejercitara
chos que la Constitución reconoce. ¿Cuáles son la acción municipal.
esos demás derechos, prácticamente ilimitados?
Todos, para todo derecho vamos a encontrar siem- Entonces, ¿puede una acción de amparo realmente
pre un amparo directo o indirecto en la Consti- poner esposas o camisas de fuerza y limitar tan-
tución del Estado. to el ejercicio regular de los derechos de una au-
toridad? Pienso que no, señor. Por eso creo que
Entonces, es tan amplia la gama de amenazas o la acción de amparo debía limitarse a determina-
de violaciones de los otros derechos que tendría- dos y específicos derechos constitucionales, por-
mos, en buena cuenta, acciones de amparo por que los demás derechos, por más que tengan un
quítame esta paja y no únicamente para lo fun- amparo constitucional, no tienen que tener una
damental, excepto, reitero, lo que son las accio- acción de amparo, que es de excepción. La acción
nes de hábeas corpus que tienen que ver con la de amparo no es lo normal, es una acción que por
libertad individual. su rapidez se interpone cuando la inmediatez es
indispensable; pero no puede sustituir, de modo
Veo que el doctor Fernández Arce me sigue con alguno, a las acciones ordinarias.
mucha atención, creo que me da la razón. Él ha
sido magistrado y ha visto que no ha existido una Por eso, y muchas veces lo hemos visto, hay abo-
clara corriente jurisprudencial; que lamentable- gados serios que saben para qué es la acción de
mente la Corte Suprema no la llegó a establecer amparo y para qué no, y por ello interponen una
y hubo marchas y contramarchas y no ha habido acción ordinaria. Pero siempre por ahí puede
una corriente clara, lo que ha significado que se haber un colega malicioso que llama al cliente y
abuse de la acción de amparo, porque para todo le dice que conoce un juez ad hoc que le va a con-
siempre se encontraba algún amparo en la Cons- ceder una medida cautelar.
titución.
A los abogados que hemos estado en el ejercicio
Entonces, sobre la base de una acción que tiene judicial y lo he estado señor hasta diciembre
el criterio de la inmediatez, de la rapidez, de la del año pasado, esto nos ha pasado. Ésta es
prontitud, se han creado acciones paralelas y se nuestra experiencia no solamente como aboga-
ha dejado muchas veces la vía regular de las ac- dos sino también como hombres y mujeres pú-
ciones sumarias, de las acciones ejecutivas, de las blicos en ejercicio de la acción pública, en el desem-
acciones ordinarias, para preferir una acción de peño municipal, en el que nos hemos visto ata-
amparo paralela, porque es más rápida, porque dos por ataduras judiciales muchísimo más fuer-
siempre los abogados se han dado maña para tes que el ejercicio regular de un derecho.
encontrar a su pretensión un artículo constitu-
cional que siempre ampare, que siempre sea una Por estas razones creo que debe limitarse la ac-
sombrilla a un supuesto derecho lesionado a sus ción de amparo a determinados derechos funda-
clientes. En consecuencia, se ha hecho uso y abuso mentales que deben estar específicamente seña-
de la acción de amparo. lados en esta Constitución.
Hace un momento comentábamos con Lourdes También tenemos otra serie de observaciones que
Flores la situación que pasamos cuando tuvimos voy a señalar. Por ejemplo, nos parece bien que
conjuntamente la calidad de regidores metropo- se dé facultad a los ciudadanos para que puedan
litanos. Hemos recibido también la información interponer acción popular, y se señala el número
de nuestros alcaldes del PPC. Realmente, las ac- de diez mil ciudadanos. Este número de firmas
ciones de amparo muchas veces han impedido podría estar bien cuando se trata de una ley; pero
ejercer acciones de gobierno. Cuántas veces se me pregunto, cuando se trata de una decisión de
quiso poner orden en Lima Metropolitana, pero un organismo regional, ¿se tiene que requerir la
1989