Page 235 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 235
decir que el amparo no procede tampoco en de- que en todo proceso en el que hay incompatibili-
fensa de los derechos cautelados por el hábeas dad entre una norma constitucional y una legal
data, para así evitar duplicidad; porque si se dice ordinaria, los jueces prefieren la primera. Igual-
que simplemente la acción de amparo no está pre- mente, prefieren la norma legal sobre otra nor-
vista para los derechos fundamentales que tie- ma subalterna.
nen que ver con la libertad personal, quiere de-
cir que todos los demás, incluso los del hábeas Nosotros creemos que, para una buena técnica
data, están integrados dentro de la acción del constitucional legislativa, este párrafo no debe-
amparo. Esto sería un despropósito, porque ten- ría estar incluido en ese artículo, sino debería
dríamos que personas que sienten lesionado al- ser un artículo propio.
gún derecho cuya acción es la del hábeas data,
tendrían facultad de elegir o una o la otra; lo ló- ¿Por qué el Tribunal debe tener cinco miembros?
gico es señalar cuáles derechos van a ser protegi- ¿Por qué no siete? ¿Por qué no nueve? ¿Por qué
dos con la acción de hábeas data y cuáles con las no trece? Por ejemplo, en España son doce, en
de amparo, para evitar esa duplicidad. Italia quince. Cinco quizás es muy reducido, tal
vez once sea exagerado, doce es exageradísimo;
De otro lado, en el inciso 5) del mismo artículo pero quizás un número de siete miembros po-
219º, como no se sabe aún cómo estará compues- dría ser idóneo para un organismo colegiado que
to el Estado y cómo serán todas las normas in- tiene facultad de control constitucional y que, en
cluso normas de muy inferior categoría, sería el fondo, tiene también funciones de carácter
muchísimo mejor incorporar a todos los entes político. No nos olvidemos que a través de las
públicos en una norma más genérica, como la que resoluciones de este Tribunal se emiten decisio-
está redactada. nes que tienen rango legislativo negativo, es de-
cir, la derogación o la abrogación de una norma
En el inciso 6), señor, del mismo artículo 219º, que puede ser declarada constitucional.
creemos que debería decir al final, "cuando se trata
de estados de excepción y su relación con las cau- En consecuencia, es tal su importancia, no sola-
sas que motivaron el estado de excepción". Esto mente jurisdiccional sino también la legislativa
porque, si está suspendido al menos el derecho negativa, no la función de dar leyes sino la de
de que nadie puede ingresar a un determinado declarar su inconstitucionalidad para su deroga-
domicilio y simplemente en ese domicilio hay un
robo de gallinas, ese acto delictuoso no tiene nada ción o su abrogación, que un tribunal normal,
como sería una sala de la Corte Suprema com-
que ver con la motivación por la cual se suspen-
dieron determinadas garantías constitucionales. puesta por cinco miembros, no sería lo idóneo
para un tribunal de control jurisdiccional que tie-
Entonces, tiene que existir el criterio de razo- ne funciones muchísimo más altas. Sería más
nabilidad, la causa y el efecto. No significa que conveniente para la seguridad jurídica que mu-
cuando están levantadas determinadas garantías chísimos más ojos miraran lo que solamente ven
o derechos constitucionales, se pueda actuar como diez ojos en la Corte Suprema.
si todo estuviera motivado en esa suspensión de
garantías; debe existir una relación causa-efec- Hay algo que también hemos visto y que tiene
to. relación con la edad de los señores magistrados.
Se dice que para ser miembro del Tribunal Cons-
Ese robo de gallinas no tiene por qué conceder titucional se exige los mismos requisitos que para
ningún derecho a persona alguna para que viole ser vocal de la Corte Suprema, salvo en cuanto a
un derecho fundamental, que es el de no ser per- la edad mínima.
turbado en su domicilio; porque la suspensión
de garantías es por otro motivo, quizás por un Quiere decir que si no se señala cuál es la edad
acto de sabotaje, tal vez por un acto de intran- mínima, que tiene que ser más o igual, no ten-
quilidad pública, de repente por actos de terro- dría por qué decir este "salvo que", porque daría
rismo; pero por un robo de gallinas, por el casti- la impresión que para los miembros del Tribu-
go a un hijo indecoroso, por citar otro ejemplo, nal de Garantías Constitucionales se está exigien-
nada tiene que ver una cosa con otra. Por eso, do menos edad que para los miembros de la Cor-
está muy bien que exista el criterio de razona- te Suprema, lo cual es un despropósito. Y lo es
bilidad del juez y de equivalencia entre la sus- porque los miembros del Tribunal de Garantías
pensión del derecho y el derecho mismo, porque Constitucionales van a revisar en casación sen-
no se puede amparar tampoco la arbitrariedad tencias de un ente inferior, que es la Corte Su-
ni el abuso del derecho. prema; porque ese Tribunal de Garantías Cons-
titucionales es lo máximo en el control jurisdic-
Al final de este mismo inciso, señor, se señala cional.
1991