Page 234 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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misma cantidad, cuando no está afectando a la  Garantías Constitucionales, tenemos nuestras
                  integridad de peruanos sino a un grupo de ellos  reservas. En nuestro proyecto, presentado por
                  dentro de una correspondiente circunscripción?  Lourdes Flores, propusimos que fuera el Conse-
                  Creo que es demasiado.                      jo Nacional de la Magistratura, cuando esperá-
                                                              bamos que ese Consejo Nacional de la Magistra-
                  ¿Qué tendrían que ver diez mil ciudadanos res-  tura tuviera una composición diferente a la que
                  pecto a un edicto municipal distrital? Nada. De  ha aprobado la mayoría oficialista.
                  repente suman todos los ciudadanos que hay en
                  ese distrito, incluso a los menores de edad, y no  Este Consejo Nacional de la Magistratura, de
                  llegarían a los diez mil.                   acuerdo con la composición aprobada, no nos
                                                              merece ninguna garantía. Por eso es que, al no
                  Se me había sugerido que para lo nacional debie-  merecernos ninguna garantía, no podemos estar
                  ra ser diez mil, para lo regional cinco mil y para  de acuerdo con que su selección sea realizada por
                  lo municipal dos mil. Yo voy más allá. La expe-  este Consejo Nacional de la Magistratura, salvo
                  riencia nos ha demostrado que cuando hemos dado  que su disposición o la propuesta del Consejo
                  este tipo de indicativos —y esto nos ha pasado  Nacional de la Magistratura venga al Congreso
                  también en elecciones municipales— el tiempo  por el alto tribunal, por la alta calidad que tiene
                  ha desbordado a la norma. También nos ha suce-  que tener este tribunal; pero no para la desapro-
                  dido en códigos, en la Ley General de Socieda-  bación como excepción, sino para la ratificación
                  des, etcétera, cuando se ha señalado valores mo-  de por lo menos cuatro quintas partes del núme-
                  netarios que el tiempo, la inflación y la devalua-  ro hábil de los congresistas, que es una mayoría
                  ción realmente van carcomiendo y hace que los  tan calificada que nos permita que las personas
                  indicativos ya no sean los mismos que fueron tiem-  que sean nombradas por ese Consejo de la Ma-
                  po atrás.                                   gistratura y ratificadas por el Congreso, tengan
                                                              un grado de consenso tal que nos dé mayores
                  Por lo tanto, quizás lo que convendría es señalar  garantías a todos los ciudadanos.
                  que para las normas nacionales se requiera un
                  porcentaje determinado de los electores de las  Creemos también que, a fin de evitar que maña-
                  últimas elecciones generales, con lo cual tendría-  na una ley pudiera señalar una sede para el tri-
                  mos siempre una relación constante y no     bunal que no sea Lima, deberíamos decirlo que
                  necesitariamos modificarla posteriormente me-  sea Lima, porque no hay razón alguna para que
                  diante una reforma constitucional. Un porcenta-  no sea la capital de la República la sede de este
                  je menor tendría que ser para lo regional, uno  tribunal. La práctica nos ha dicho que le han cos-
                  muchísimo menor para las disposiciones muni-  tado al erario nacional mucho dinero los viajes
                  cipales provinciales y, por supuesto, considera-  de ida y retorno de los señores magistrados y de
                  blemente menor para las distritales; pero siem-  los señores funcionarios del Tribunal de Garan-
                  pre en relación con la población electoral exis-  tías Constitucionales; viajes de turismo, señor.
                  tente en las últimas elecciones generales que  Ninguno o muy pocos residieron en Arequipa, esto
                  hubieren habido.                            fue un despropósito. Los expedientes se veían en
                                                              Lima y solamente se iba a la audiencia en
                  Se requiere también una disposición transitoria  Arequipa llevándose el expediente bajo el brazo
                  que resuelva más de setecientos expedientes que  y muchas veces con la decisión ya tomada.
                  están trabados en el Tribunal de Garantías Cons-
                  titucionales —hoy día solamente existente en el  Entonces, esto es una burla a la administración
                  papel de la Constitución de 1979—, porque sabe-  de justicia. Es preferible las cosas claras, no por
                  mos perfectamente que el golpe de Estado del 5  este prurito de señalar que determinada ciudad
                  de abril de 1992 no solamente fue contra el Con-  será la sede de un organismo, que otra será la
                  greso sino también contra este Tribunal. Por ello,  capital de la marinera, una distinta la capital his-
                  señor, independientemente de los aciertos y des-  tórica y, finalmente, una la capital de la huacha-
                  aciertos del Tribunal, no se puede vulnerar los  fería; dejémonos de este tipo de actitudes, señor.
                  derechos de setecientos o, el doble, mil cuatro-  La capital de la República es la capital de la Re-
                  cientos litigantes, que tienen todavía pendientes  pública y sede de las entidades de carácter nacio-
                  de resolución en ese Tribunal y acumulándose  nal, pues tienen que estar en la ciudad capital,
                  expedientes en una mesa de partes porque no hay  nos agrade o no, eso es lo lógico.
                  quien los resuelva. Tenemos que buscar, como
                  Congreso Constituyente, a través de una dispo-  Señor, discúlpeme, pero tengo algunas ideas más
                  sición transitoria, cómo resolver esta situación  que agregar en relación con este tema y con el
                  de hecho que existe y que no podemos negar.  ánimo de mejorar el proyecto presentado.

                  En lo que se refiere a la elección del Tribunal de  En el inciso 2) del artículo 219º, al final, debería



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