Page 237 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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No sé si con eso he satisfecho la inquietud.  tículo 219º, dentro del cual no tiene absolutamen-
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                  Gracias.
                                                              No quiero cansar más a la Sala con estos térmi-
                  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,      nos que quizás para algunos resulten ajenos; sin
                  señor Flores-Araoz.                         embargo, creo que éste es uno de los capítulos
                                                              más importantes de la Constitución Política del
                  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—       Perú: el control de la constitucionalidad de las
                  Continúo, señor.                            leyes. Toda norma tiene que tener un sustento
                                                              en la Constitución y no puede estar contra ella;
                  Creo que lo expuesto por el doctor Chirinos Soto  por lo tanto, el control de esta determinación es
                  y lo expresado por el doctor Fernández Arce, con-  de la más alta importancia y requiere que sea-
                  trariamente de darle la razón al doctor Fernández  mos sumamente prolijos.
                  Arce, creo que me la está dando a mí. Creo que
                  no solamente por la función de casación, que es-  Presidente, el doctor Fernández Arce me solicita
                  timo importante, sino por la función de doble  una interrupción.
                  instancia o de segunda instancia de determina-
                  dos procedimientos.                         El señor PRESIDENTE.— Puede interrumpir
                                                              el señor Fernández Arce.
                  Pero, más aún, ese Tribunal de Garantías Cons-
                  titucionales, al ser legislador negativo, no da le-  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  yes sino que al disponer su derogación o abroga-  Prometo no interferir más, señor Presidente.
                  ción está actuando para enmendar la plana a
                  quién, a un poder del Estado, que es el Legislati-  Creo que la posición del señor Antero Flores-Araoz
                  vo, y a otro que es el Ejecutivo. Porque para que  es muy interesante. Nosotros somos receptivos a
                  nazcan leyes, el cincuenta por ciento es la apro-  todas esas observaciones y tenga la seguridad de
                  bación del legislativo, pero el otro cincuenta por  que ahora haremos lo mejor posible para el Perú.
                  ciento es la aprobación del Ejecutivo; en conse-
                  cuencia, tiene una función tan importante el  Muchas gracias.
                  Tribunal de Garantías Constitucionales, que va
                  a enmendar la plana a dos poderes del Estado,  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  por lo cual considero que el Tribunal goce no so-  señor Flores-Araoz.
                  lamente de solvencia técnica, sino también de
                  mucha experiencia y de la tranquilidad que mu-  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  chas veces dan los años. Es que la gente, con el  Doctor Fernández Arce, soy el primero en reco-
                  transcurso de los años se va alejando de las pa-  nocer siempre sus buenas intenciones; quizás
                  siones y es muchísimo más difícil ejercer influen-  podamos discrepar en algunas cosas, pero en su
                  cia sobre ellas; cuanto más edad tienen las per-  buena intención, nunca.
                  sonas y más experimentadas se encuentran, más
                  cerca están del bien, porque se apartan del mal,  Gracias, señor Presidente.
                  están por encima de las pasiones tan humanas
                  como la del dinero, el poder y otras quizás mu-  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  chísimo menos mezquinas y agradables, pero tam-  señor García Mundaca, por un turno.
                  bién pasiones.
                                                              El señor GARCÍA MUNDACA (MIA).— Se-
                  Quiero insistir —como lo dije hace un rato— en  ñor Presidente: Voy a referirme exclusivamente
                  la necesidad de que la última parte del artículo  a la necesidad de continuar con la existencia del
                  219º estuviera separado. No nos olvidemos que  Tribunal de Garantías Constitucionales.
                  aquí se está consagrando lo que se conoce como
                  el control constitucional por vía incidental, con  Cómo cambian los tiempos, señor Presidente.
                  un alcance interpares, que es el control difuso en  Recuerdo que en el año 1979 el conjunto de
                  el sistema americano. Esto aparece por primera  arequipeños que estuvieron en la Asamblea Cons-
                  vez en el Perú, precisamente en nuestro Código  tituyente, con excepción de Enrique Chirinos
                  Civil de 1936, en el artículo XXII del Título Pre-  Soto, hicieron cuestión de estado para que
                  liminar; y luego también en el artículo 236º de la  Arequipa fuera la sede del Tribunal de Garan-
                  Constitución Política del Perú.             tías Constitucionales. Hubo una argumentación
                                                              en contra desde el punto de vista práctico; sin
                  Este aspecto amerita un artículo propio, un artí-  embargo, esas razones no fueron atendidas.
                  culo autónomo. No lo podemos poner simplemente
                  como agregado, como una cosa perdida en el ar-  No digo que me complace el cambio ahora, sino



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