Page 236 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
P. 236

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—          cia, o vamos a volver al absurdo sistema de la
                  ¿Me permite una interrupción, doctor Flores-  Constitución vigente mediante el cual el Tribu-
                  Araoz Esparza?                              nal de Garantías casa el recurso y lo devuelve a
                                                              la Corte Suprema para que ésta resuelva.
                  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  Con el mayor gusto, doctor Fernández Arce.  Sobre ese punto, me parece, doctor Flores-Araoz,
                                                              que si usted lo tiene a bien, yo quisiera conocer
                  El señor PRESIDENTE.— Puede interrumpir     qué es lo que desea la mayoría, porque no basta
                  el doctor Fernández Arce.                   decir casación, claro que hay casación. Ahora
                                                              mismo la Corte Suprema es un tribunal de casa-
                  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—          ción cuando devuelve un expediente por vicios
                  Con la venia del señor Presidente.          de procedimiento y no se pronuncia sobre el fon-
                                                              do; pero yo quiero saber si la mayoría está dis-
                  Sí, efectivamente, yo en ese punto quería signifi-  puesta a que el Tribunal de Garantías Constitu-
                  car que cuando dicho Tribunal de Garantías Cons-  cionales se pronuncie sobre el fondo de las accio-
                  titucionales conozca en casación las resoluciones  nes de amparo, hábeas corpus y acción popular.
                  judiciales, no requiere de la experiencia que se
                  necesita para conocer el fondo a nivel de Corte  Gracias.
                  Suprema, sino solamente conocer la parte cons-
                  titucional, para lo cual, considero, no se necesita  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  tanta edad sino únicamente la de treinta y cinco  señor Flores-Araoz.
                  años que la ley señala.
                                                              El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  No sé si he sido muy preciso doctor Flores-Araoz,  El doctor Fernández Arce me pide una interrup-
                  pero quería señalar que para conocimiento de  ción, señor Presidente.
                  asuntos de fondo en la Corte Suprema pensamos
                  que la edad de cuarenta y cinco años que hemos  El señor PRESIDENTE.— Perdón, a ver si los
                  determinado y que se ha rebajado a la que uste-  abogados dejan a este ingeniero Presidente diri-
                  des pusieron en la Constitución anterior, que es  gir un poco el debate; nada más, siga usted.
                  de cincuenta años, es saludable. Y lo es porque
                  requiere una madurez y una experiencia que se  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  gana con el tiempo, con la edad; en cambio, para  Eso es bueno, Presidente; "van a meter la pata
                  el Tribunal de Garantías Constitucionales, no  menos".
                  obstante ser tan importante y trascendente su
                  función, no es indispensable esa experiencia de  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  tantos años para poder conocer en casación; una  En realidad, yo quería decir en este punto que
                  cosa es la casación, la parte formal, la parte cons-  sólo conocería el Tribunal de Garantías Consti-
                  titucional, y otra la parte de fondo.       tucionales cuando sean denegatorias las resolu-
                                                              ciones expedidas por el Poder Judicial en mate-
                  Gracias.                                    ria de hábeas corpus y amparo. De tal manera
                                                              que conocería en estos casos el mencionado Tri-
                  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,      bunal, que, como sabemos, son asuntos muy
                  señor Flores-Araoz.                         atinentes a los derechos constitucionales, para
                                                              los cuales se requiere mucha sapiencia y mucho
                  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—       conocimiento técnico en la materia, mas no la
                  El señor Chirinos Soto me solicita una interrup-  experiencia que se necesita para conocer asun-
                  ción, señor Presidente.                     tos de fondo, de otros valores de carácter civil,
                                                              en materia ejecutiva, desahucios, acciones
                  El señor PRESIDENTE.— Puede interrumpir     reivindicatorias, acciones de interés de herencia,
                  el señor Enrique Chirinos.                  que sí requiere más tiempo de conocimientos que
                                                              los da la edad y la habitualidad en este trabajo.
                  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Desgracia-
                  damente, no pude escuchar completa la interven-  Aunque repito, son criterios relativos, evidente-
                  ción del doctor Fernández Arce. A mí me gusta-  mente, porque puede ser el caso de una persona
                  ría que definamos lo siguiente.             de treinta y cinco años que ha vivido más que
                                                              otra persona en cuarenta y cinco o cincuenta años.
                  El Tribunal de Garantías va a ser segunda ins-  Pero, dentro de estos criterios un poco arbitra-
                  tancia en hábeas corpus, amparo, acción popu-  rios, creo que lo prudente para el caso de los com-
                  lar; segunda instancia que puede operar como  ponentes del Tribunal de Garantías Constitucio-
                  casación; pero será segunda y definitiva instan-  nales son treinta y cinco años.



                                                          1992
   231   232   233   234   235   236   237   238   239   240   241