Page 138 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Es por ello que nos ratificamos en una propues- desigualmente a los desiguales cuál va a ser la
ta de regionalización, pero dentro de un gobier- posición de este Congreso frente a la Provincia
no unitario. En tal sentido, los principales obje- Constitucional del Callao, frente a esa realidad que
tivos en el proceso de descentralización política, va más allá del entendimiento de algunos que lo
económica y social que debe propugnar la Cons- consideran como un apéndice de Lima, lo cual es
titución, son tres: la reacomodación territorial absolutamente falso por su tradición histórica, su
de la población, la redistribución de los medios presencia, su identidad y su vocación de destino.
de producción y la renta nacional, y la transfe-
rencia de decisiones autónomas, desde el centro El Callao goza de una autonomía e incluso para
hacia la periferia. Esto significa ir del centralis- información de los señores congresistas el pri-
mo hacia la descentralización de las provincias, mer Congreso Constituyente en el Perú tuvo
que tendrán plena capacidad autónoma para to- como sede el Callao, en 1823. Asimismo, esta pro-
mar sus propias decisiones conforme a su jerar- vincia constitucional fue declarada "provincia li-
quía orgánica; es decir, del Gobierno Central has- toral autónoma" un 20 de agosto de 1836 y esta-
ta los gobiernos regionales y posteriormente a mos próximos a su celebración. Posteriormente
los gobiernos locales. fue declarada "provincia constitucional de la Re-
pública" con un status sui géneris que debe ser
Con respecto al proyecto sustitutorio presenta- respetado por el Congreso Constituyente.
do por la Comisión de Descentralización y de
Gobiernos Locales, y tomado por la mayoría de Si en función de una determinación objetiva y
la Comisión de Constitución, quisiera referirme técnica se verifica que el Callao no reúne las con-
exclusivamente al tema regional, dado que pos- diciones para ser región, que se demuestre; pero
teriormente un distinguido miembro de la ban- de ninguna manera vamos a permitir que la pro-
cada del Partido Popular Cristiano se va a refe- vincia constitucional con el respeto a su tradi-
rir al tema específico de los gobiernos locales.
ción y a su conformación histórica sea anexa-
da a Lima Metropolitana bajo ningún concepto.
Si bien es un avance importante restituir un ni-
vel intermedio en la descentralización del poder, Por tales motivos, solicito por su intermedio
es decir, las regiones, así como la elección demo- a los miembros de la Comisión de Constitución
crática y directa del presidente de las mismas, que se restablezca no solamente la condición ju-
creemos que es preocupante que el texto consti-
tucional no consagre con claridad cuáles son las rídica de provincia constitucional que le corres-
ponde, sino que en la determinación autónoma
atribuciones, facultades y rentas que les corres-
ponden. Cabe resaltar que éstas sí han sido con- de los pueblos que sí considero muy positiva
sideradas en el dictamen sustitutorio en mino- en el proyecto planteado por la Comisión en ma-
ría presentado por el Partido Popular Cristiano. yoría el Callao tenga la capacidad de determi-
Creemos que no considerarlas en una ley es prác- nar si se mantiene en forma autónoma o perte-
ticamente desconocer en la realidad, entendien- nece a alguna región del país, de acuerdo con su
do la prioridad de la discusión de los temas que son derecho y su tradición histórica. Es un derecho
en este momento de trascendencia para el país. ganado por el Callao a través del tiempo y que va
más allá de la decisión de un Congreso Constitu-
El establecer reglas claras para este gobierno yente, porque el legislador o legisla hacia el bien
hasta 1995, con la elección directa del Ejecutivo, común o comete un atropello y una arbitrarie-
del Presidente, para que luego venga la capaci- dad, que detenta una posición ilegítima frente a
dad del pueblo de elegirlo, significa, creo, caer la vocación histórica de los pueblos.
en los mismos errores del pasado.
No se trata de practicar chauvinismo regionalista
Veamos con claridad cuáles son las atribuciones ni desconocer la integración de Lima y el Callao,
y facultades de los gobiernos regionales, cuáles sino de establecer posiciones claras respecto de la
son las rentas que les corresponden y luego la administración conjunta de servicios: luz, agua,
elección de su presidente, para buscar una ar- alcantarillado, transporte público, por ejemplo. Sin
mónica presencia institucional y una democra- embargo, no vamos a permitir que las rentas que
cia directa en nuestro país. le son propias al Callao por uso de puertos la-
mentablemente cercenadas durante este Gobier-
Asimismo, tengo una preocupación que debo no y lo que corresponde a una reivindicación
transmitir a título personal, tal como se lo he respecto del canon aduanero, pasen a Lima Me-
manifestado al presidente y a algunos miembros tropolitana, porque son rentas que le correspon-
de la Comisión de Descentralización y Gobiernos den única y exclusivamente al Callao.
Locales. Específicamente, queremos saber se-
gún esa teoría que dice que la justicia es tratar Muchas gracias.
1894