Page 95 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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segundo vía crucis, del sometimiento a un pre- cólica, supongo que esto podría exaltar algunas
supuesto que tiende a recortarse. pasiones, fue materia de un largo debate polí-
tico: es el de la observabilidad o no del presu-
Dicho con claridad, señor Presidente, indepen- puesto. Yo adhiero la tesis de la inobservabilidad
dientemente de las normas sobre nombramien- del presupuesto.
to de jueces, la carrera judicial, las normas pro-
cesales, la verdad de los hechos es que, si quere- El doctor Chirinos Soto afirmaba en la mañana:
mos un Poder Judicial fuerte, sólido y moderno, "Parlamento que no aprueba el presupuesto no
tenemos que invertir en el Poder Judicial, tene- es Parlamento". Muy bien, aunque admito que
mos que darle recursos ingentes al Poder Judi- en esto pueden haber tesis distintas. Yo sosten-
cial, tenemos que revertir una situación de mal go que sí hemos adoptado la fórmula francesa,
pago a los jueces, de pésima asignación de recur- es decir, si el Parlamento no aprueba, en equis
sos para su equipamiento, y por eso tenemos que tiempo, el presupuesto preparado por el Ejecuti-
darle la capacidad de presentar directamente su vo, entonces entra a regir, mediante decreto le-
presupuesto y eliminarle, cuando menos, un pri- gislativo, el presupuesto del Poder Ejecutivo; y
mer factor de recorte y permitirle de este modo si simultáneamente como ocurría en la Cons-
al Poder Judicial, en su condición de poder del titución de 1979 se le da a esta iniciativa del
Estado, venir directamente a tratar con el Parla- Ejecutivo que es su iniciativa única, sólo la
mento Nacional para que su presupuesto sea el puede hacer el Ejecutivo, ningún parlamentario
más sólido y el más grande que sea posible. puede tener iniciativa ni en el gasto ni en la for-
mulación del presupuesto, estamos ante una
Por eso, considero que ha sido un retroceso equi- norma de naturaleza diferente.
vocado el impedir que el Poder Judicial, el Mi-
nisterio Público y el Jurado Nacional de Eleccio- Es una norma de naturaleza diferente por el ori-
nes tengan que presentar su presupuesto al Mi- gen de la iniciativa sólo la tiene el Ejecutivo;
nisterio de Economía, y sólo entonces derivarlo. es una norma diferente por su sistema de apro-
bación; es una norma diferente por la naturale-
Hay otra fórmula que también es posible y que za que ella contiene. Aquí nosotros no ordena-
podría ser una fórmula de transacción la tiene mos nada, la Ley de Presupuesto es sólo una au-
la Constitución boliviana por ejemplo, con res- torización de gasto. Y si esto es así, la potestad
pecto a la Contraloría General de República. es una potestad del Congreso, la potestad de de-
¿En qué consiste? En que, en efecto, presenta su finir finalmente: "muy bien, señor, usted quiere
pliego ante el Ministerio de Economía si eso es gastar aquí"; pero este poder del Estado le dice:
lo que se quiere, pero no se admite que el Mi- "no, señor, las prioridades del gasto son éstas, las
nisterio de Economía modifique la suma que el normas para el gasto son éstas". En mi concepto,
Contralor General de la República presenta. Po- esto debiera ser y así lo reconoce un sector de
dría transigirse en una fórmula de ese tipo; es la doctrina, en efecto, una potestad que ema-
decir, el Poder Judicial presenta su pliego ante el na de este poder del Estado y que no admite
Ministerio de Economía, pero éste no recorta el cuestionamiento alguno de parte del otro poder
presupuesto que presenta a su consideración para del Estado.
su remisión al Parlamento. Cualquiera de las dos
vías nos parece razonable. Por eso, señor Presidente, creo que sería útil afir-
mar constitucionalmente que el presupuesto de
Lo que yo aspiro, lo que el PPC aspira, es que si la República es inobservable. De este modo que-
tenemos una real voluntad de transformar el daría zanjada una discusión doctrinaria y nues-
Poder Judicial, seamos conscientes que no hay tra Constitución habría tomado posición frente
forma de transformarlo si no le asignamos más a un tema debatido en la doctrina. Creo que esto
presupuesto, y que no podemos seguir tratando obligaría a conciliar criterios, fortalecería la ne-
como se viene tratando por siempre al Po- gociación entre el Ejecutivo y el Legislativo so-
der Judicial como la cenicienta de los poderes. bre las prioridades del gasto, y permitiría, final-
Por eso espero que en este punto podamos en- mente, tener un presupuesto que consagre una
contrar una fórmula de conciliación, sea la que potestad del Parlamento, sin que ella pueda ser
he indicado como una presentación directa bajo cuestionada por el Ejecutivo porque de él na-
tope que señale el Ministerio de Economía, o sea ció la iniciativa, su Ministro de Economía concu-
una presentación ante el Ministerio de Econo- rrió a sustentar los ingresos, sus ministros a sus-
mía, el que no puede modificar el presupuesto tentar sus gastos y sus egresos.
que le ha alcanzado el Poder Judicial.
No se tiene iniciativa desde el lado parlamenta-
Y el último tema, señor Presidente el doctor rio, pero, finalmente, en qué se gasta y cómo se
Moreyra hablaba hace un rato de una tarde bu- gasta, es una determinación que el Parlamento
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