Page 94 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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No admito que el argumento frente a este meca- En efecto, se ha hecho un cuestionamiento so-
nismo de política tributaria, perfectamente ra- bre la iniciativa en el gasto, y nos parece que la
cional y lógico, sea decir: "No, volvemos al subsi- fórmula del proyecto de mayoría se excede del
dio, volvemos a los privilegios, volvemos a la in- marco. Estamos de acuerdo conque los congre-
moralidad, volvemos a la corrupción". Ese argu- sistas, individualmente, no tengamos iniciativa
mento no lo admito como un argumento racio- en el gasto; pero es razonable que haya, por par-
nal de política económica. La tributación es un te de la Comisión de Presupuesto y del propio
instrumento de política económica; y, en conse- Congreso, iniciativas en términos de modifica-
cuencia, una tributación adecuada puede perfec- ción del gasto o de reestructuración del presu-
tamente permitirle al país señalar su norte y puesto.
decir: "Sí, señor, voy a privilegiar tributariamente
determinada actividad o determinada zona del En segundo lugar, creemos que la fórmula de
país"; y los ejemplos saltan a la vista. "prioridad del gasto", podría ser mejor definida.
Se incide y creo que deberíamos hacerlo con
Las zonas francas son, evidentemente, zonas don- más firmeza en que las dos prioridades esen-
de se produce un tratamiento tributario diferen- ciales en el gasto deben ser: el gasto descentrali-
ciado. Son zonas donde se produce una exonera- zado, para favorecer la descentralización del país
ción absoluta, si es que así el país lo decide o los y la inversión; y el gasto social. Creemos que la
convenios que se hayan firmado conducen a eso. Ley de Presupuesto y esperamos que así se pro-
duzca en el debate del presupuesto de 1994
Pero el tema se suscitó a raíz del debate, por ejem- debe fundamentalmente incidir en esas dos va-
plo, de la posibilidad del desarrollo de la zona de riables: inversión pública para fomentar el desa-
selva o de la zona de frontera. Yo justifico que en rrollo descentralizado del país, e inversión pú-
esos casos el país pueda decir: "para generar con- blica para fomentar la inversión social y revertir
diciones de igualdad y para promover la inver- la situación que hoy día vivimos.
sión, yo exonero"; que se controle y fiscalice todo
lo que haga falta, pero no cerremos esas puertas. El tercer punto tiene que ver con un tema que
Y los hechos terminan dándonos la razón, muy
rápidamente, en este mismo gobierno. El próxi- fue materia de debate también en la Comisión
de Constitución y donde nosotros discrepamos
mo viernes ojalá, así ocurra vamos a debatir
una nueva Ley de Hidrocarburos que el país ne- con la propuesta de la mayoría. Logramos en un
cesita, que es fundamental para traer la inver- primer debate, con la intervención del Presiden-
sión. ¿Qué nos plantea la nueva Ley de Hidro- te de la Comisión de Justicia, doctor César Fer-
carburos? Exoneración absoluta de un conjunto nández Arce, que se admitiera la posibilidad de
de aspectos; y hasta cierto punto eso es lógico, que tanto el Poder Judicial, como el Ministerio
porque en determinados ámbitos, en efecto, la Público y el Jurado Nacional de Elecciones, pu-
competitividad del país reclama de un tratamien- dieran presentar directamente al Parlamento Na-
to tributario diferenciado. cional su presupuesto.
Por lo tanto, creo que la concepción dogmática Comprendo que sería un caos si es que no se su-
de afirmar: "ni un privilegio, ni una diferencia- piera el tope máximo que estos presupuestos
ción", es maniatar un instrumento económico deben tener. Pero hemos eliminado, y se aducen
como es la política tributaria. Por eso, nosotros razones técnicas, los porcentajes que contempla-
proponemos, específicamente en el artículo 88º, ba la Constitución para el Poder Judicial con-
lo siguiente: "Sólo por ley expresa, aprobada por templaba el dos por ciento. Hoy día, por tanto,
mayoría calificada de ambas Cámaras nosotros el Poder Judicial ya no tiene ni siquiera de dón-
hablamos de un sistema bicameral puede es- de asirse para reclamar su dos por ciento. Cierto
tablecerse selectiva y temporalmente un trata- es que no en todos los presupuestos de la Repú-
miento tributario especial para una determina- blica se le asignó esta suma, pero allí había un
da zona del país". mandato constitucional: "al Poder Judicial se le
asigna el dos por ciento". Se aducen razones téc-
Estos dos puntos, junto con el de los principios nicas y se retira este porcentaje, y yo admito las
tributarios, expuesto por el doctor Antero Flo- razones técnicas. Pero, entonces, decíamos dé-
res-Araoz, y donde nosotros recogemos el plan- mosle al Presidente de la Corte Suprema la posi-
teamiento del Instituto de Derecho Tributario, bilidad de presentar directamente su presupues-
nos parecen tres temas fundamentales en mate- to, con los topes que le señaló el Ministerio de
ria tributaria. Economía, pero no sometamos al Poder Judicial
al vía crucis de tener, primero, que pasar por el
En materia presupuestal, permítame resumir Ministerio de Economía, luchar allí su primer
algunos de los puntos de vista que creemos de- presupuesto, que éste sufra recortes, que se aco-
ben corregirse. mode a los intereses generales y, luego, pasar el
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