Page 893 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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al poder constitucional. La ley establecerá los  He revisado muchos diccionarios jurídicos —Ome-
                  casos en los cuales emitirán opinión no vincu-  ba, Cabanellas, etcétera— y todos coinciden en
                  lante".                                     esta misma interpretación, que deberíamos to-
                                                              mar para el texto sustitutorio del artículo 198º
                  Esto tiene sus motivaciones. ¿Qué significa "ser  que hemos presentado al Presidente de la Comi-
                  deliberante"? Hay que verlo dentro de la catego-  sión de Constitución.
                  ría jurídica de lo que significa "deliberación": con-
                  versar, debatir y tomar una decisión vinculante.  En relación con los ascensos de los grados supe-
                  Es el término de categoría jurídica, porque no se  riores, creemos que como contrapeso al Poder Eje-
                  trata simplemente de la conversación coloquial  cutivo, que toma la decisión, tiene que darse el
                  entre amigos, sino del debate reflexivo para po-  respaldo y la ratificación del Poder Legislativo.
                  der tomar una decisión vinculante con el poder
                  político. Dentro de esas características, es indis-  En la mañana, Lourdes Flores Nano ha expresa-
                  cutible que las Fuerzas Armadas no sean delibe-  do y fundamentado hasta la saciedad este punto;
                  rantes, porque lo que ellas opinen y tomen como  por ello, no regresaré a lo mismo.
                  acuerdo no puede obligar al poder constituido, al
                  poder civil.                                También me parece perjudicial que, a través del
                                                              artículo 202º, en su última parte, se quiera crear
                  Eso no significa que entendamos a las Fuerzas  un servicio policial obligatorio, olvidándose de
                  Armadas como una entidad con una actitud emi-  que el tema policial es un asunto profesional y
                  nentemente mecánica, porque no lo son. Las  no simplemente el cumplimiento de una obliga-
                  Fuerzas Armadas no son armas, tanques, caño-  ción patriótica.
                  nes ni fusiles; son seres humanos que también
                  tienen pleno derecho de emitir una opinión. Esto  En este punto también se habla de la jurisdic-
                  es totalmente diferente al criterio de deliberar,  ción militar y de una ampliación. Entendemos
                  que tiene un criterio vinculante.           que la ampliación que ha habido para casos de
                                                              terrorismo y de traición a la patria con relación a
                  La opinión es ilustrativa, no genera obligación en  civiles ha sido circunstancial. Se han dado como
                  el oyente, simplemente ilustra, aconseja. Hay ca-  hechos muy singulares que ha vivido y vive el
                  sos en los que la opinión de las Fuerzas Armadas  Perú con respecto al terrorismo; pero no debe-
                  es necesaria. Fue necesaria muchas veces en los  rían ser tomadas como normas permanentes. Los
                  contratos petroleros, en los contratos mineros; y  militares tienen fueros para los delitos de fun-
                  puede ser necesaria cuando tenga que ver con de-  ción; pero los civiles no deberían ser, salvo en el
                  terminadas inversiones que se realicen en zonas  caso de traición a la patria en caso de guerra ex-
                  cercanas a la frontera o cuando tenga que ver con  terna, retirados del fuero que les corresponde
                  la constitución de una empresa que tenga por fi-  —el fuero ordinario— hacia un fuero especial
                  nalidad fabricar armas. En consecuencia, una cosa  como es el militar.
                  es "deliberar" y otra cosa es "opinar". No creemos,
                  de ninguna manera, que no deban tener el dere-  Tengo una relación extensa de todas las motiva-
                  cho de opinar; creemos que sí lo tienen.    ciones e intentos de este Gobierno y de este mis-
                                                              mo Congreso para desviar a los civiles de la ju-
                  Sobre este tema, Domingo García Belaunde, en  risdicción que les es aplicable y pasarlos a la ju-
                  Teoría y Práctica de la Constitución Peruana,  risdicción militar; pero, en fin, por la brevedad
                  tomo I, página 349, nos decía: "El término "deli-  del tiempo, no me voy a ocupar de ello.
                  berante", que es aquí clave, puede significar mu-
                  chas cosas, y de hecho en el lenguaje coloquial  Lo que sí voy a señalar —para finalizar, porque
                  aparece en una versión extrema, que algunos han  mi tiempo está concluyendo—, es que en el ar-
                  desnaturalizado. Pero desde un punto de vista  tículo 204º se refiere a la fabricación de armas
                  técnico del lenguaje, y más aún desde el punto  de guerra. Este concepto, por la imprecisión y
                  de vista del derecho, y más concretamente del  por el corsé que tenía la anterior disposición cons-
                  Derecho Constitucional, ello tiene un significa-  titucional de 1979, motivó que el ex diputado y ex
                  do muy preciso, cual es, capacidad de dialogar y  marino Raúl Pereyra presentara un proyecto de
                  de poder objetar conclusiones o procedimientos.  ley —el Nº 1470— el 21 de mayo de 1991 con la fi-
                  Esto es, si por deliberante entendemos una con-  nalidad de permitir la fabricación —no el uso ni la
                  sulta previa de carácter obligatoria, entonces las  posesión— de armas de guerra por particulares.
                  Fuerzas Armadas y Policiales no son deliberan-
                  tes, y éste es su sentido auténtico y jurídico". Es  Este criterio es acogido por el artículo 204º del
                  lógico, por eso tenemos que diferenciar muy cla-  proyecto en el penúltimo acápite, que dice: "Se
                  ramente lo que es una determinación deliberan-  exceptúa la fabricación de armas de guerra por
                  te de una opinión que es ilustrativa.       la industria privada en los casos que la ley seña-



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