Page 894 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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la". Sin embargo, en el siguiente párrafo dice: "La Ya sea con una constitución vigente o sin ella, en
ley reglamenta la fabricación, el comercio, la po- la medida que no exista un jefe supremo de las
sesión y el uso, por los particulares, de las armas Fuerzas Armadas con verdadera convicción y eje-
que no son las de guerra". cutoria democrática, poco o nada de respeto a la
Constitución se les puede exigir a esos mandos
Hay que tomar en cuenta que, para fabricar, hay de las Fuerzas Armadas.
que usar; y, para usar, hay que poseer. En conse-
cuencia, este último párrafo creo que debe Por eso, quién sabe, la experiencia nos llevaría a
modificarse. En tal sentido, en vez de "armas que sostener que, si bien es positivo afirmar que el
no son las de guerra" tendría que ponerse "ar- Presidente de la República es el Jefe Supremo
mas en general". De este modo, será la ley la que de las Fuerza Armadas y de la Policía Nacional,
pueda distinguir en qué caso se puede usar, fa- en textos declarativos habría que incorporar que
bricar, comerciar o incluso probar las armas, por- esta jefatura suprema de las Fuerzas Armadas y
que no se puede fabricar armas sin luego probar- de la Policía Nacional la ejerce sólo dentro de las
las, sin luego usarlas. Los dos últimos acápites atribuciones constitucionales. Entonces, se hace
de esta norma son un contrasentido. conveniente y necesario incorporar la propuesta
constitucional que ha alcanzado el representan-
Alcanzo esta propuesta en aras de mejorar en te Barba Caballero sobre la posibilidad de deso-
algo, por lo menos la deficiente redacción. bediencia por parte de inferiores jerárquicos
cuando se trata de órdenes que violan flagran-
Gracias, señor Presidente. temente la Constitución.
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el Aunque la llamada "desobediencia debida" exis-
señor Olivera Vega. te en los códigos, en el Código de Justicia Militar
sería una expresión y una voluntad clara y meri-
El señor OLIVERA VEGA (FIM). Señor diana de afirmación de la constitucionalidad si
Presidente: Sobre el capítulo que hoy debatimos, es que se le da un rango constitucional a este
debo expresar que, por más que el texto consti- principio de la desobediencia debida de órdenes
tucional sea claro, siempre podremos afirmar que que emanan de autoridades que transgreden la
en mucho en la historia reciente, por lo me- Constitución. Además, cuando el Presidente de
la República ejerce el cargo de Jefe Supremo de
nos no deja de ser declarativo.
las Fuerzas Armadas, debe dejar el de Presiden-
te de la República, tal como lo señalaban ante-
Empezaremos por aquel famoso artículo, vigen-
te en la Constitución de 1979, que señala que las riores constituciones. De esta manera será, efec-
tivamente, el que se ponga al comando de las
Fuerzas Armadas no son deliberantes y que es- Fuerzas Armadas, y dejará que sea el Primer
tán sometidas al orden constitucional. Vicepresidente de la República, en este caso, el
que asuma la responsabilidad de representar a
Este artículo ha sido pisoteado flagrantemente la nación y de cumplir con toda la actividad pro-
el 5 de abril y no ha ocurrido absolutamente nada pia del Poder Ejecutivo.
con los responsables de ese atropello constitu-
cional. Por el contrario, restablecido, supuesta- En este caso preciso, las órdenes impartidas por
mente, el orden constitucional, el estado de de- el Presidente de la República en su calidad de
recho, y electo este Congreso Constituyente, con- Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas deben ser
tinúan los autores del atropello constitucional escritas y debidamente avaladas por un ministro
ratificados en sus cargos y seguramente hasta responsable.
han sido condecorados por los servicios leales que
han dado al Presidente de la República. No es posible que en uso y abuso de esta facultad
se hayan dado órdenes hasta delitos juzgados
En este sentido, confieso que no hay realmente y denunciados oportunamente que emanaron
una gran convicción de lo que aquí se afirma. de la disposición presidencial. Me refiero, por
Vemos que esa actitud deliberante y desafiante ejemplo, al caso de la masacre de los penales, en
ha sido dada incluso contra este Congreso 1986; o al caso del negociado de los Mirage aún
Constituyente por los mandos de las Fuerzas impune. En este último caso se llegó al extre-
Armadas cuando se llevaba a cabo la investiga- mo de colocar a un comandante general de la
ción de la desaparición de los estudiantes y el Fuerza Aérea para dar información que era se-
profesor de La Cantuta. No tuvieron ningún re- creto militar, propio de la seguridad nacional, a
paro en sacar los tanques para expresar, con la un extranjero traficante de armas. Esto debe
fuerza en las calles, cuál era el estado de ánimo merecer un pronunciamiento categórico como ex-
de la cúpula militar. presión de voluntad democrática; aunque dudo
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