Page 73 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Desde los orígenes del Parlamento, éste siempre pondencia a los objetivos establecidos en el Plan
ha tenido el mayor poder, tanto para poner los Nacional de Desarrollo.
tributos como para asignar y aprobar los gastos.
Un régimen claramente presidencialista, un tí- La Ley de Presupuesto establece los porcentajes
pico régimen presidencialista, como es el de Es- de ingresos que corresponden a los gobiernos de
tados Unidos, nos muestra mil ejemplos de cómo los entes descentralizados".
la voz definitoria en materia de asignación del
gasto la tiene el Parlamento, a tal punto que en En segundo lugar, nos preocupa desde el pun-
algunas cuestiones internacionales como las to de vista descentralista la redacción que le
ayudas militares, por ejemplo son las comisio- dan ustedes al tema del canon. Para ustedes el
nes respectivas las que terminan siendo el fiel canon se convirtió en una participación en el
reflejo de la decisión final. impuesto a la renta. Hablar de impuesto a la ren-
ta está muy lejos de hablar de renta, o de hablar
La primera preocupación que tenemos, señor, es de los beneficios que en conjunto obtiene el Es-
que no encontramos que el Parlamento decida tado; por ejemplo, en la Ley de Hidrocarburos
las prioridades del gasto público, y esto tiene que ustedes hablan de una regalía, que no es un im-
quedar bien establecido, sin negar la unidad de puesto a la renta exactamente. Por tanto, creo
gestión económica en manos del Poder Ejecuti- que este punto debe ser aclarado. Este aspecto
vo. va a ser tratado por el doctor Díaz Palacios y por
eso no lo desarrollo.
La segunda preocupación se refiere a la descen-
tralización, y en este punto pensamos que es in- En el artículo 83º se hace una afirmación que es
dispensable asegurar que el presupuesto expre- obvia pero que es necesario mantenerla: la obli-
se a las diferentes instancias descentralizadas del gación de hacer un presupuesto equilibrado. Sin
Estado. embargo, aparece una contradicción que, quizás,
debiera observar la Comisión de mayoría; ahí se
Estas dos preocupaciones, que atraviesan todo dice que no forman parte del presupuesto los
el capítulo, quiero expresarlas puntualmente re- préstamos del Banco Central de Reserva, pero el
firiéndome a algunos de los artículos. Por ejem- artículo 98º prohíbe los préstamos del Banco
plo, en el artículo 81º del texto de mayoría, que Central de Reserva. Pónganse entonces de acuer-
es el punto de partida para tratar el tema del do entre ustedes mismos.
presupuesto, nosotros agregamos "la participa-
ción necesaria de las instancias descentralizadas", En nuestra opinión, el artículo 84º del proyecto
que tienen, a su vez, presupuestos que ellas mis- en mayoría tiene una mala formulación, dice: "El
mas aprueban; pero que tienen, en el proceso de Congreso no tiene iniciativa para crear ni aumen-
presupuesto, que recibir incluso la asignación en tar, gastos públicos". La Constitución vigente, y
porcentaje de los recursos públicos que se les la propuesta que nosotros hemos hecho, dice: "Los
transfiere. Éste no es un proceso que sólo Representantes a Congreso no tienen iniciativa
involucre al Poder Ejecutivo. para crear ni aumentar Gastos Públicos". Este
texto es coherente con la primera versión que
La otra cuestión que incluimos ciertamente no redactó la Comisión de Constitución, en la cual
corresponde con la manera de entender las cosas incluso le impedía al Congreso modificar, se le
que tiene la mayoría. Nosotros decimos que no mandaba un presupuesto para que diga sí o sí.
se puede aprobar un presupuesto sin la previa Por supuesto que el Congreso, en conjunto, debe
aprobación del plan de desarrollo correspondien- tener iniciativa, porque puede cambiar un orden
te, porque no es posible discutir los gastos ni las de prioridades; aquí creo que hay una discrepan-
prioridades de gasto por sí mismos, pues éstos cia de fondo. El Congreso no sólo puede decir sí,
tienen que verse en función de un conjunto de el Congreso, además de decir no, puede decir
objetivos que deben ser previamente fijados. "cámbiese esta prioridad"; y aquí viene la pro-
puesta que queremos agregar al artículo 85º del
Por tanto, estamos proponiendo como lo dice dictamen en mayoría.
el artículo 87º de nuestro proyecto alternativo
una redacción que incluya a estos dos elemen- Estamos totalmente de acuerdo conque venga
tos, que es como sigue: cada ministro y sustente su pliego ante el Pleno
del Congreso, eso lo apoyamos en la Comisión y
"La administración económica y financiera del lo recogimos también en nuestro dictamen; pero
Estado se rige por el Presupuesto Público que eso no es suficiente. Es necesario, adicionalmen-
anualmente se elabora con participación de los te, que el Congreso vote las prioridades de gasto
gobiernos regionales y municipalidades, y que público para el ejercicio. Si no hace esto el Con-
aprueba el Congreso de la República, en corres- greso, no estará dándole no solamente un carác-
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