Page 73 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Desde los orígenes del Parlamento, éste siempre  pondencia a los objetivos establecidos en el Plan
                  ha tenido el mayor poder, tanto para poner los  Nacional de Desarrollo.
                  tributos como para asignar y aprobar los gastos.
                  Un régimen claramente presidencialista, un tí-  La Ley de Presupuesto establece los porcentajes
                  pico régimen presidencialista, como es el de Es-  de ingresos que corresponden a los gobiernos de
                  tados Unidos, nos muestra mil ejemplos de cómo  los entes descentralizados".
                  la voz definitoria en materia de asignación del
                  gasto la tiene el Parlamento, a tal punto que en  En segundo lugar, nos preocupa —desde el pun-
                  algunas cuestiones internacionales —como las  to de vista descentralista— la redacción que le
                  ayudas militares, por ejemplo— son las comisio-  dan ustedes al tema del canon. Para ustedes el
                  nes respectivas las que terminan siendo el fiel  canon se convirtió en una participación en el
                  reflejo de la decisión final.               impuesto a la renta. Hablar de impuesto a la ren-
                                                              ta está muy lejos de hablar de renta, o de hablar
                  La primera preocupación que tenemos, señor, es  de los beneficios que en conjunto obtiene el Es-
                  que no encontramos que el Parlamento decida  tado; por ejemplo, en la Ley de Hidrocarburos
                  las prioridades del gasto público, y esto tiene que  ustedes hablan de una regalía, que no es un im-
                  quedar bien establecido, sin negar la unidad de  puesto a la renta exactamente. Por tanto, creo
                  gestión económica en manos del Poder Ejecuti-  que este punto debe ser aclarado. Este aspecto
                  vo.                                         va a ser tratado por el doctor Díaz Palacios y por
                                                              eso no lo desarrollo.
                  La segunda preocupación se refiere a la descen-
                  tralización, y en este punto pensamos que es in-  En el artículo 83º se hace una afirmación que es
                  dispensable asegurar que el presupuesto expre-  obvia pero que es necesario mantenerla: la obli-
                  se a las diferentes instancias descentralizadas del  gación de hacer un presupuesto equilibrado. Sin
                  Estado.                                     embargo, aparece una contradicción que, quizás,
                                                              debiera observar la Comisión de mayoría; ahí se
                  Estas dos preocupaciones, que atraviesan todo  dice que no forman parte del presupuesto los
                  el capítulo, quiero expresarlas puntualmente re-  préstamos del Banco Central de Reserva, pero el
                  firiéndome a algunos de los artículos. Por ejem-  artículo 98º prohíbe los préstamos del Banco
                  plo, en el artículo 81º del texto de mayoría, que  Central de Reserva. Pónganse entonces de acuer-
                  es el punto de partida para tratar el tema del  do entre ustedes mismos.
                  presupuesto, nosotros agregamos "la participa-
                  ción necesaria de las instancias descentralizadas",  En nuestra opinión, el artículo 84º del proyecto
                  que tienen, a su vez, presupuestos que ellas mis-  en mayoría tiene una mala formulación, dice: "El
                  mas aprueban; pero que tienen, en el proceso de  Congreso no tiene iniciativa para crear ni aumen-
                  presupuesto, que recibir incluso la asignación en  tar, gastos públicos". La Constitución vigente, y
                  porcentaje de los recursos públicos que se les  la propuesta que nosotros hemos hecho, dice: "Los
                  transfiere. Éste no es un proceso que sólo  Representantes a Congreso no tienen iniciativa
                  involucre al Poder Ejecutivo.               para crear ni aumentar Gastos Públicos". Este
                                                              texto es coherente con la primera versión que
                  La otra cuestión que incluimos ciertamente no  redactó la Comisión de Constitución, en la cual
                  corresponde con la manera de entender las cosas  incluso le impedía al Congreso modificar, se le
                  que tiene la mayoría. Nosotros decimos que no  mandaba un presupuesto para que diga sí o sí.
                  se puede aprobar un presupuesto sin la previa  Por supuesto que el Congreso, en conjunto, debe
                  aprobación del plan de desarrollo correspondien-  tener iniciativa, porque puede cambiar un orden
                  te, porque no es posible discutir los gastos ni las  de prioridades; aquí creo que hay una discrepan-
                  prioridades de gasto por sí mismos, pues éstos  cia de fondo. El Congreso no sólo puede decir sí,
                  tienen que verse en función de un conjunto de  el Congreso, además de decir no, puede decir
                  objetivos que deben ser previamente fijados.  "cámbiese esta prioridad"; y aquí viene la pro-
                                                              puesta que queremos agregar al artículo 85º del
                  Por tanto, estamos proponiendo —como lo dice  dictamen en mayoría.
                  el artículo 87º de nuestro proyecto alternativo—
                  una redacción que incluya a estos dos elemen-  Estamos totalmente de acuerdo conque venga
                  tos, que es como sigue:                     cada ministro y sustente su pliego ante el Pleno
                                                              del Congreso, eso lo apoyamos en la Comisión y
                  "La administración económica y financiera del  lo recogimos también en nuestro dictamen; pero
                  Estado se rige por el Presupuesto Público que  eso no es suficiente. Es necesario, adicionalmen-
                  anualmente se elabora con participación de los  te, que el Congreso vote las prioridades de gasto
                  gobiernos regionales y municipalidades, y que  público para el ejercicio. Si no hace esto el Con-
                  aprueba el Congreso de la República, en corres-  greso, no estará dándole no solamente un carác-



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