Page 605 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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personas inocentes con el ensañamiento con que  Y el 2266: "La preservación del bien común de la
                  vienen haciéndolo los terroristas? Yo no concibo  sociedad, exige colocar al agresor en estado de
                  un genocidio terrorista de mayor traición a la  no poder causar perjuicio. Por este motivo, la en-
                  patria que éste.                            señanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el
                                                              justo fundamento de derecho y deber de la legíti-
                  Pero aquí, señor, se han mencionado a obispos,  ma autoridad pública para aplicar penas propor-
                  se ha mencionado la doctrina de la Iglesia, se han  cionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en
                  mencionado principios cristianos.           caso de extrema gravedad, el recurso a la pena
                                                              de muerte.
                  El doctor Enrique Chirinos Soto dijo en la ma-
                  ñana, y éste es el punto fundamental, que San  Por motivos análogos, quienes poseen la autori-
                  Agustín decía que "en materia de fe, en lo que es  dad tienen el derecho de rechazar por medio de
                  de fe, unidad —para quienes nos reconocemos  las armas a los agresores de la sociedad que tie-
                  católicos—, y en lo que no es de fe, libertad y  nen a su cargo".
                  caridad". En uso de esa libertad, un católico tie-
                  ne la posibilidad de estar a favor de la pena de  Señor, yo me pregunto si la advertencia de que
                  muerte, sin incurrir en ningún asunto que tenga  se puede sancionar con la pena capital no es una
                  una naturaleza negativa de orden moral.     pena proporcional a un delito de la categoría del
                                                              genocidio terrorista, asesino de nuestro país.
                  No es un asunto de fe, ni de principios cristia-
                  nos. No sólo no estamos matando al establecer  Y el último punto, señor, como reflexión final.
                  la pena de muerte para el caso de terrorismo, no
                  solamente no estamos matando a un inocente,  Existe en el Perú una Ley de Arrepentimiento,
                  ni siquiera estamos matando a un culpable; re-  existe esa ley por una concesión de la sociedad
                  pito, estamos estableciendo la posibilidad de que  peruana y del gobierno peruano a quienes han
                  se haga merecedor a esa pena.               venido matando y asesinando. Me parece abso-
                                                              lutamente indispensable que exista ese recurso
                  Segundo, Santo Tomás de Aquino hablaba —ha  previo, porque eso es caridad, eso es prudencia,
                  sido recordado ligeramente por el doctor Mo-  eso es darle la oportunidad a todos a que se arre-
                  reyra— de la legítima defensa; legítima defensa  pientan. Pero, si encima de que existe la posibili-
                  que es de la propia vida, y en el caso de las auto-  dad de arrepentirse, no desean hacerlo y quie-
                  ridades, de la sociedad a la que están obligadas a  ren seguir matando y de hecho matan, ¿no ten-
                  defender. La autoridad tiene el deber de defen-  drá la sociedad el derecho de advertirles en la
                  der a la sociedad a la que dirige, y una acción de  Constitución que pueden hacerse merecedores de
                  defensa tiene doble efecto: lo querido, que es la  la pena capital?
                  conservación de la vida propia o de la sociedad a
                  la que uno defiende; y lo permitido, que es la  Señor, yo no quisiera que la pena de muerte se
                  muerte del agresor.                         tuviera que aplicar efectivamente en nuestro
                                                              país. No lo quisiera ni en un solo caso. La deci-
                  Lo que queremos, al establecer la posibilidad de  sión es de ellos, no de nosotros, no del juez. La
                  una sanción con la pena de muerte, es no matar  decisión es de los terroristas. Que se arrepien-
                  directamente al terrorista, sino advertir que exis-  tan, y evitaremos todos que la ley tenga que apli-
                  te esa pena para defender a la sociedad.    carse. Ellos tienen la palabra, y nosotros tene-
                                                              mos el deber de cuidar a la sociedad.
                  Pero yo quiero que no se use más el argumento
                  de que la fe cristiana o la fe católica no admite la  Gracias, señor Presidente.
                  pena de muerte. Y voy a leer sólo dos artículos
                  del Catecismo de la Iglesia, firmado hace poco  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra la
                  tiempo por Juan Pablo II. Respeto a quienes pien-  señorita Lourdes Flores.
                  sen lo contrario. No uso el argumento contrario
                  tampoco. No es menos cristiano el que está en  La señorita FLORES NANO (PPC).— Señor
                  contra de la pena de muerte, ni hablar. Pero lo  Presidente: Porque creo firmemente en la vida y
                  que quiero es dejar claro que esto no es opuesto  porque, además, en lo personal estoy esencialmen-
                  a la doctrina católica.                     te agradecida a ella, me he preguntado, a lo largo
                                                              de estos meses, tanto en el debate en la Comisión
                  "La legítima defensa —dice el punto 2265— pue-  de Constitución y de Reglamento, como por su-
                  de ser no solamente un derecho, sino un deber  puesto al reiterar posiciones en este Pleno, si era
                  grave, para el que es responsable de la vida de  éticamente admisible, desde mi punto de vista y,
                  otro, del bien común de la familia o de la socie-  además, adecuado a las actuales circunstancias,
                  dad".                                       legislar o no permitiendo la pena de muerte.



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