Page 56 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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públicas que administraban recursos del Estado En lo que se refiere a la Contraloría General de
y que originaban situaciones totalmente inope- la República, me permito sugerir al Presidente
rantes, que dilataban las acciones ejecutivas que de la Comisión de Constitución y a sus demás
debe tener cualquier empresa. miembros una adición al artículo 89º que esta-
blezca la existencia de un Sistema Nacional de
Este tipo de acciones originó que la empresa pú- Control, en la medida en que la Contraloría Ge-
blica, frente a la empresa privada, no tuviera igual neral de la República actúa en coordinación fun-
capacidad de decisión, por cuanto sus funciona- cional con las oficinas internas de control de las
rios permanentemente estaban pensando más en entidades sujetas a control, valga la redundan-
la forma en que iban a ser controlados que en los cia. Es necesario reconocer la existencia de este
objetivos, metas y resultados que permanente- Sistema Nacional de Control. Por ello, voy a al-
mente busca la empresa privada y cualquier em- canzar a la Presidencia de la Comisión un texto
presa cuya meta sea el lucro. adicional en tal sentido.
Sobre este tema, y solamente como anécdota, me De otro lado, se precisa que la Contraloría, al
permito contar el siguiente caso. supervigilar la ejecución del presupuesto del Es-
tado y de las operaciones de la deuda pública,
Hace unos años, en una empresa pública, la analiza la legalidad de estos actos y de otros que
Contraloría cuestionó la adquisición de un siste- puedan realizar las entidades sujetas a control.
ma de deposición electrolítica aduciendo que un
equipo que utilizada una densidad de corriente Por lo tanto, es la conformidad de la ejecución
de quinientos amperios por centímetro cuadra- del presupuesto del Estado, de las operaciones
do era más caro que otro que requería sólo dos- de la deuda pública y de los demás actos de ges-
cientos cincuenta amperios por centímetro cua- tión de las entidades sujetas a control, lo que debe
drado, sin tomar en cuenta que los costos de con- ser analizado, y no así interferir con decisiones
versión, operación y mantenimiento son diferen- de administración que implican elegir opciones
tes en cada una de estas alternativas, y que la y no un análisis al amparo de su conformidad o
productividad, por lo tanto, también es absolu- no a la ley.
tamente distinta.
Eso es todo lo que quiero señalar, señor Presi-
dente.
Sí creo que en este artículo se debe contemplar
lo siguiente: primero, que la supervisión también El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el
se debe efectuar a las operaciones de la deuda señor congresista Carlos Ferrero.
pública, en lo que se refiere a la parte normati-
va, a la legalidad; y, segundo, que el Congreso, a El señor FERRERO COSTA (NM-C90).
propuesta del Ejecutivo, sea el que designe al Presidente: Dos sugerencias muy concretas.
Contralor General de la República por un perío-
do constitucional. En el artículo 78º, "los tributos se crean, modifi-
can o derogan", creo que deberíamos incluir "exo-
Eso es todo, señor Presidente. Muy agradecido. neran" para completar la frase, sino la exonera-
ción estaría ausente del concepto.
El señor PRESIDENTE. Muchas gracias,
señor Blanco. La segunda es más interesante: en el mismo ar-
tículo, creo que por un error de redacción des-
Tiene la palabra la señorita congresista Martha aparece la legislación delegada. Es decir, con este
Chávez. artículo no podría el Congreso delegar al Ejecu-
tivo la posibilidad de dar leyes, porque dice "por
La señorita CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90). ley del Congreso", no como está en la Constitu-
Señor Presidente: Quisiera expresar mi confor- ción vigente "por ley expresa", permitiendo la fa-
midad con lo que ha señalado el ingeniero Carlos cultad delegada.
Blanco en lo que se refiere fundamentalmente al
presupuesto. También concuerdo con la necesi- Creo que no habrá inconveniente en recoger es-
dad de establecer en la Constitución que no pue- tas sugerencias.
de actuarse por dozavos en caso que el Congreso
no cumpla con aprobar oportunamente el pro- En cuanto al artículo 84º, como consta en las ac-
yecto de Presupuesto, por los fundamentos que tas de mi Comisión, yo observé la obligación de
él ha dado y porque no es posible limitar de ese pedir informe al Ministerio de Economía y Fi-
modo ni hacer que el Poder Ejecutivo actúe con nanzas sobre materias tributarias, y sostuve que
un presupuesto obsoleto. así se limitaba al Parlamento. Sin embargo, se
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