Page 379 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el caso en el cual ha promulgado toda las disposi-
doctor Enrique Chirinos. ciones que las mañas parlamentarias han intro-
ducido.
El señor CHIRINOS SOTO (R). Señor Pre-
sidente: Voy a defender el texto original que apa- Frente a este problema del jefe de Estado, ha
rece en el dictamen de la Comisión de Constitu- surgido, en el moderno Derecho Constitucional,
ción, en lo que se refiere al veto parcial. Le con- la institución del veto parcial, que por lo visto
fieso, señor, no lo voy a defender con demasiado los constitucionalistas peruanos a quienes se cita
entusiasmo, porque sospecho que la mayoría par- no lo conocen. No conocen el veto parcial.
lamentaria, capitaneada, como es habitual, por
el doctor Carlos Ferrero Costa quien no se en- Señor Presidente, lo he dicho, pero lo repetiré.
cuentra presente va a flaquear. De manera que El veto parcial, para la ley de presupuesto, exis-
flaqueando la mayoría, yo quedo un poco en el te en cuarenta y nueve de los cincuenta estados
aire. Pero lo voy a hacer para dejar constancia, de la Unión, menos en el Estado de Nebraska.
para recogerlo en el libro que escriba. Y lo voy a Entonces, que no se me diga que no existe.
hacer porque desde 1979 persigo dotar a mi país
de un instrumento jurídico y político, novedoso Los gobernadores de los Estados Unidos pueden,
y moderno. traída la ley, promulgar la parte con la que están
de acuerdo y observar y devolver a la Legislatura
Voy a exponer razones. He escuchado algunas, la parte con la que no están de acuerdo. Y el Con-
no todas. Acabo de escuchar las razones del doc- greso no queda en una situación tan disminuida,
tor Henry Pease García, escuché la parte final de como dice el doctor Pease, porque éste inmedia-
la intervención del doctor Flores-Araoz. Desgra- tamente puede reunirse y, con el voto de la mi-
ciadamente no he escuchado otras intervencio- tad más uno de sus representantes, derrota el
nes. Voy a contestar razones con razones, como veto parcial del Presidente. De modo que siem-
acostumbro. Y es muy probable que se me con- pre, en lo que a la ley se refiere, el Poder Legisla-
teste mis razones como se acostumbra, con de- tivo tiene la última palabra.
nuestos. Por eso, me felicito de la discusión so-
bre un tema tan ávido, como es la retroactividad Señor Presidente, esta misma institución existe,
de la ley, que sostuve esta mañana con la doctora con variantes, en la Constitución de la Quinta
Lourdes Flores Nano, polémica brillante por su República Francesa y que a la letra su artículo
parte, pero en la que ni ella ni yo nos ofendimos, 10º dice: "El Presidente de la República puede,
porque no hay necesidad de ofenderse. antes de la expiración de dicho plazo, pedir al
Parlamento una nueva deliberación de la ley o
Yo comprendo que hay razones para estar en con- de algunos de sus artículos. Esta nueva delibera-
tra del veto parcial, pero que se piense que yo ción no puede ser denegada". Que no le puede
también tengo razones y que no estoy descubrien- ser denegada respecto de una ley o de algunos de
do la pólvora, que no tengo ideas propias sobre el sus artículos. Allí está el veto parcial.
particular sino ideas que he recogido en la legis-
lación comparada y en los textos constituciona- Existe lo he dicho en Chile o por lo menos
les de muchos otros países. Aquí se dice que esta existía en la Constitución anterior a Pinochet.
novedad es descabellada, pues resultaría que No hablo de la Constitución de Pinochet porque
muchos países han adoptado esta institución des- no la conozco suficientemente. Y he citado el caso
cabellada. con fecha 31 de diciembre de 1962, en que el Pre-
sidente, ese gran republicano que fue don Jorge
El veto parcial nace de la Ley de Presupuesto, Alessandri, promulga el presupuesto, menos un
ley a la que universalmente se llama "ley cajón artículo norma que le desfinanciaba el presu-
de sastre". También se le llama "ley ómnibus" puesto, y devuelve al Congreso el artículo ob-
porque lleva de todo. El Congreso, que es el que servado. El Congreso chileno estaba en su dere-
aprueba el presupuesto, introduce en la ley óm- cho de vencer la observación del Presidente de la
nibus una serie de preceptos. República.
Estos preceptos, en Estados Unidos, por ejem- El señor PEASE GARCÍA (MDI). ¿Me per-
plo, están destinados a favorecer a su clientela mite una interrupción?
electoral o a favorecer a los propios parlamenta-
rios. Se eleva la ley de presupuesto al Presidente El señor CHIRINOS SOTO (R). Cómo no,
de la República y se le coloca en una disyuntiva doctor Pease.
inabordable: o el Presidente de la República veta
la ley ómnibus, en ese caso el país se queda sin El señor PRESIDENTE. Puede interrumpir,
presupuesto; o promulga la ley de presupuesto, señor Pease.
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