Page 377 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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de acuerdo a ley. Pero creo que en este punto es  ces, si reconocemos el derecho de los ciudadanos
                  conveniente incorporar también a la Contraloría  a presentar iniciativas legislativas, ¿por qué no
                  General de la República, porque es un órgano  reconocer el derecho de las municipalidades a ser
                  corrector y fiscalizador. Por esta razón es impor-  lo consiguiente, en la medida en que son la es-
                  tante incorporarlo en este artículo.        tructura básica del Estado descentralizado y de-
                                                              ben serlo del gobierno unitario o representativo
                  Sobre el artículo 121º, en realidad debo recordar  descentralizado, al que hace referencia el artícu-
                  que se ha dicho constantemente que este Con-  lo 32º del texto constitucional ya aprobado?
                  greso está haciendo —en estos instantes nos di-
                  jeron casi sastres— una Constitución tipo sas-  Por eso, debemos expresar nuestra total coinci-
                  tre. Yo diría que de repente mañana aprendemos  dencia al reconocer el derecho de iniciativa legis-
                  a ser carpinteros y podemos hacer cajones y en-  lativa a las municipalidades; por cierto, a las
                  terrar a algunos muertitos.                 municipalidades provinciales, a cada una y a to-
                                                              das ellas en un sentido genérico, pues en esta
                  Si esta Constitución va a durar más que el go-  norma no podemos reglamentar que sea a un
                  bierno de nuestro presidente Fujimori, significa  número determinado de ellas; es decir, a quince,
                  que el pueblo no se ha equivocado en elegirlo,  veinte o treinta. Creemos que eso es desconocer
                  que tenemos la capacidad suficiente para dar una  las competencias; en otras palabras, la posibili-
                  Constitución que dure mucho tiempo. Por eso me  dad del ejercicio de este derecho a muchas de ellas
                  preocupa el artículo 121º. En mi concepto, el ar-  si es que vamos a limitarlas fijándoles un tope.
                  tículo 121º es un cuerpo orgánico articulado y
                  secuencial. En este sentido, propongo que se  Tampoco podríamos asignar este derecho muni-
                  mantenga la redacción del párrafo del artículo  cipal a la iniciativa legislativa a la institución que
                  193º de la Constitución vigente, a fin de que se  la representa, porque no es una estructura del
                  promulgue en forma integral después que se sub-  Estado, como es la Asociación Nacional de Muni-
                  sane la observación del Presidente en forma to-  cipalidades del Perú, AMPE. Por tanto, esta for-
                  tal o parcial.
                                                              mulación está bien elaborada y debe quedar como
                                                              está.
                  Eso es todo, Presidente. Los norteños somos efec-
                  tivos y claros.
                                                              Nos parece que las municipalidades tienen tan-
                  El señor PRESIDENTE.— Muy agradecido,       tas posibilidades de acertar como de errar, al igual
                                                              que las tenemos cada uno de nosotros juzgados
                  señor Paredes.
                                                              individualmente. Hay una cantidad considerable
                  Tiene la palabra el señor Julio Díaz.       de iniciativas legislativas que ahora vienen si-
                                                              guiendo su curso y que están mereciendo dictá-
                  El señor DÍAZ PALACIOS (MDI).— Señor        menes negativos, es decir, que no les correspon-
                  Presidente: Los sureños también somos efecti-  de convertirse, finalmente, en leyes. Creo que las
                  vos y concretos, en alusión a la expresión del co-  municipalidades van a pasar por ese mismo pro-
                  lega Paredes Cueva.                         ceso, que será un proceso relativamente largo de
                                                              aprendizaje y que seguramente, en un primer
                  Quiero, brevemente, referirme tanto al artículo  momento, las materias preferentes sobre las que
                  120º como al 121º, en lo referente al derecho de  van a presentar iniciativas legislativas van a re-
                  las municipalidades a presentar proyectos de ley,  ferirse a su ámbito de competencia, es decir, a la
                  así como en lo concerniente a la promulgación  organización, a las funciones, a los recursos de los
                  parcial de las leyes.                       gobiernos locales. Reconocerles esa facultad, cree-
                                                              mos, puede convertirse en un importantísimo
                  Nuestro movimiento ha coincidido con la mayo-  vehículo para el fortalecimiento de los gobiernos
                  ría y con otros grupos parlamentarios en la in-  locales como estructura básica del Estado y del
                  corporación de las instituciones de la democra-  gobierno descentralizado.
                  cia directa en el capítulo sobre Derechos Políti-
                  cos y Deberes, en particular el derecho ciudada-  Con relación a la facultad que se le pretende re-
                  no a ejercer la iniciativa legislativa.     conocer al Poder Ejecutivo para promulgar par-
                                                              cialmente las leyes en base a observaciones par-
                  Nos parece que esto constituye un paso adelante  ciales de los textos de las leyes que se remitan
                  en el reconocimiento de los derechos de nuestro  por el Congreso de la República, la opinión del
                  pueblo a ejercer de manera directa algunas fa-  Movimiento Democrático de Izquierda es contra-
                  cultades que dentro de la democracia represen-  ria a esa posibilidad por muchas razones que aquí
                  tativa tradicional están básicamente en pocas  se han señalado y que queremos resumirlas en
                  manos, en manos de los representantes. Enton-  cuatro.



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