Page 361 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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A propósito de qué es lo que el Congreso aprue-  plo, el Presidente dé una ley, de diez artículos de
                  ba, quiero recordarle que el Congreso aprueba  ésta promulgue cinco y observe cinco; posterior-
                  leyes. No es que el proyecto de ley se convierta  mente se reúne el Congreso y promulga la ley
                  en ley cuando lo promulgue el Ejecutivo. Es ley  que tiene otro número y diez artículos promul-
                  cuando lo aprueba este Congreso. Por eso es que  gados.
                  nosotros, de acuerdo a la Constitución, aproba-
                  mos leyes, no proyectos de ley.             Creo que al margen de estar a favor o en contra
                                                              de la facultad presidencial para promulgar par-
                  Tenía que hacer esa precisión.              cialmente, vale decir, observar parcialmente una
                                                              ley, la Comisión debería redactar con mucho cui-
                  Gracias.                                    dado esta figura de la observación, de modo que
                                                              no cree confusión en la ciudadanía y no genere
                  El señor PRESIDENTE.— Prosiga, señor Gar-   conflictos en el futuro.
                  cía Mundaca.
                                                              Por último, señor Presidente, nosotros discutimos
                  El señor GARCÍA MUNDACA (MIA).— La          in extenso el por qué otorgar quince días de plazo
                  exquisitez del Congreso no puede desconocer la  para que entren en vigencia las leyes. Efectiva-
                  claridad de la norma, para que ella sea compren-  mente, como lo ha recordado el congresista Ga-
                  dida por el pueblo.                         marra por la lectura —y yo lo recuerdo, pues lo
                                                              viví—, el Perú es un país complejo. Por lo mismo,
                  En consecuencia, lo que los congresistas puedan  en atención a esas dificultades de comunicación
                  percibir para sí, tiene que ser expresado de tal  no salvadas todavía a pesar del enorme adelanto
                  modo que el pueblo no tenga ninguna duda al  de las telecomunicaciones, creo que siguen rigiendo
                  respecto, ya que no son congresistas. En este sen-  los mismos factores que hacen necesaria, como
                  tido, sería muy difícil explicarle a un hombre que  generalidad, la vigencia de la ley al decimosexto
                  no posee los conocimientos que tenemos o tie-  día de su publicación. Hoy los peruanos leen me-
                  nen algunos de los congresistas que hay una dis-  nos periódicos porque no les alcanza el dinero y, a
                  tinción con esa ley que fue aprobada por el Con-  veces, la información que se da a través de la ra-
                  greso, y que de pronto lo favorece, pero no lo puede  dio y televisión no tiene la eficacia para que todos
                  beneficiar porque no ha sido promulgada por el  los peruanos se enteren oportunamente de la pu-
                  Presidente de la República. No nos estamos refi-  blicación de las leyes.
                  riendo sólo a la observación, sino a la demora en
                  la promulgación.                            Por ello, si se mantiene la fórmula que tiene la
                                                              actual Constitución, se atiende los dos concep-
                  Creo que, desde ese punto de vista, vale la pena  tos: elevar un plazo para que los peruanos pue-
                  distinguir entre proyecto de ley y la consagra-  dan informarse de la legislación que se da y per-
                  ción de la tesis para que el proyecto de ley se con-  mitir, como excepción, que las leyes, como se pro-
                  vierta en ley sólo por la promulgación, porque  pone, tengan vigencia al día siguiente de su pu-
                  incluso sabemos que hay decretos supremos   blicación.
                  —vale decir normas legales— que han surtido
                  sus efectos y que sin embargo no han sido publi-  Gracias, señor Presidente.
                  cados en El Peruano. Al respecto, se han genera-
                  do hechos y ciertas doctrinas.              El señor PRESIDENTE.— Puede hacer uso de
                                                              la palabra el señor Carlos Ferrero.
                  Pero, señor Presidente, si nos situamos en el fondo
                  de la cuestión, una promulgación parcial en la  El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—
                  forma como está resuelta por el proyecto, lleva-  Señor Presidente: Como anticipó el doctor Car-
                  ría a que sobre el mismo asunto existieran dos  los Torres y Torres Lara, varios de los miembros
                  leyes promulgadas. El Presidente puede promul-  de la Comisión de Constitución revisaron todo lo
                  gar parcialmente lo aprobado por el Congreso y  referente al problema de la promulgación par-
                  luego el Congreso puede promulgar lo mismo si  cial de la ley.
                  es que considera que debe aprobar el texto que,
                  a su vez, ya fue aprobado.                  Debo hacer pública —si así se puede llamar— un
                                                              mea culpa de lo que me correspondió aprobar del
                  Pensemos en un Congreso donde el Presidente  artículo, sin variación alguna, es decir, en la mis-
                  no tenga mayoría, porque esta Constitución está  ma forma en que se presentó en el Congreso. Yo
                  hecha, se supone, para que dure y en donde las  voté por el artículo tal como ustedes lo tienen en
                  fuerzas políticas puedan tener una conformación  sus escaños; pero, hoy debo reconocer que me he
                  distinta a la actual. En consecuencia, estamos  equivocado. Lo digo públicamente, aunque es
                  creando un conflicto futuro en el que, por ejem-  difícil reconocer el error. En otras palabras, equi-



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