Page 914 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
P. 914

Creo que eso es sustantivo para que pueda ha-  miento físico-legal a los asentamientos humanos
                  ber propiedad con justicia social. También es  de todas las ciudades del país.
                  fundamental que se declare la intención del Es-
                  tado de promover y crear las condiciones para  Conceptualmente, la necesidad y la utilidad pú-
                  que todo peruano pueda ser propietario; eso no  blicas suponen, como decía hace un instante, una
                  es fácil ni es algo reglamentable, pero sí es una  expropiación en favor del Estado, y éste cumple,
                  aspiración constitucional que sí permite que des-  a través de esa transferencia forzosa, la finali-
                  pués se evalúe qué quiso decir el constituyente  dad que ha dispuesto la ley. En cambio, el inte-
                  con el derecho de propiedad.                rés social supone una expropiación en favor de
                                                              un tercero, y, desde nuestro punto de vista, se
                  Entonces, es fundamental y necesario que se  hace bien en limitar las posibilidades de que pue-
                  modifique la propuesta de la mayoría. Si esto no  da expropiarse en favor de un tercero.
                  se toma en cuenta, frente a la Carta vigente, la
                  Constitución será un retroceso social por la for-  Pero el doctor Kouri, en su intervención, y, más
                  ma de concebir la propiedad; será un retroceso  tarde, el doctor Pease han puesto sobre el tapete
                  social porque no se declara la intención de usar  un hecho que evidentemente es un hecho social,
                  la acción estatal para generalizarla; y será tam-  frente al cual no podemos cerrar los ojos. Han
                  bién un retroceso porque el artículo, tal como  referido, en concreto, las facultades que vienen
                  está puesto, es concebido como una manera de  ejerciendo las municipalidades desde la Ley Nº
                  limitar e impedir que se pueda expropiar cuando  13517, dictada en la época del general Odría,
                  hay de por medio un problema social que no tie-  hasta la última ley vigente, que es la número
                  ne otra forma de ser resuelto.              24513, en cuya virtud —con diversas modifica-
                                                              ciones— las municipalidades del país —antes era
                  Gracias, señor Presidente.                  la Junta de Obras Públicas— han venido siendo
                                                              los sujetos activos en procedimientos de expro-
                  El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias,       piaciones; en cuya virtud, a un propietario se le
                  señor Pease.                                privaba de su propiedad para legalizar la pose-
                                                              sión de un asentamiento humano.
                  Tiene la palabra el señor Bedoya de Vivanco, por
                  un turno.                                   Desde mi punto de vista, la Ley Nº 24513 —con
                                                              muy mala técnica jurídica—, para comenzar, con-
                  El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC).—          fundió todo porque dijo: "Declárase de necesidad
                  Señor Presidente, yo no he pedido todavía el uso  y utilidad públicas y de preferente interés social";
                  de la palabra. Tomará el turno la señorita Flores  es decir, agarremos por donde se pueda. Estric-
                  Nano. Yo me reservo para después.           tamente es un caso de interés social.

                  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra la   Esta ley habría cubierto el propósito constitucio-
                  señorita Flores Nano.                       nal porque, en efecto, está declarando de necesi-
                                                              dad y utilidad públicas la remodelación de todos
                  La señorita FLORES NANO (PPC).— Señor       los centros poblados del país. No es, entonces, el
                  Presidente: Las intervenciones precedentes han  caso en que, en virtud de la norma, se declara de
                  puesto sobre el tapete algunos temas que me  necesidad y utilidad públicas tal específica trans-
                  parecen importantes para meditarlos adecuada-  ferencia, sino una situación excepcional en que,
                  mente.                                      por una ley general, se determina que es de nece-
                                                              sidad y utilidad públicas la remodelación de todos
                  En primer lugar, tanto el proyecto de la mayoría  los centros poblados del país.
                  como el nuestro fijan, fundamentalmente, tres
                  causas de posibles expropiaciones: la seguridad  En nuestro concepto, este hecho social no debe
                  nacional, la utilidad y la necesidad pública. En  quedar al margen, pero simultáneamente no que-
                  las tres hay el común denominador de expropiar  remos abrir la puerta o la ventana a través de la
                  en favor del Estado y que éste cumpla, por la vía  cual, y por la vía del interés social, volvamos a
                  de esta transferencia forzosa, la tarea de brindar  un sistema de inseguridad jurídica.
                  seguridad, si el caso lo aconseja, y cubrir alguna
                  necesidad o utilidad que así haya sido declarada  Nuestra propuesta, con cargo a que la interven-
                  por ley.                                    ción del doctor Bedoya perfile más el tema, apun-
                                                              taría a darle a esta excepcional situación un tra-
                  Se ha puesto en discusión la posibilidad de ex-  tamiento en vía de disposición transitoria; es
                  propiar también por causa de interés social, y se  decir, fijar con nitidez esta situación, darle un
                  ha invocado el caso —probablemente, en el que  carácter excepcional, pero no abrir la ventana del
                  más claramente opera esta figura— del sanea-  interés social como norma genérica.



                                                           890
   909   910   911   912   913   914   915   916   917   918   919