Page 911 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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Sin embargo, deseo referirme a algunas preci- Veamos otro ejemplo. Cuando cada uno de noso-
siones adicionales a este tema, que tiene una evi- tros logra comprar o desenterrar un huaco y lo
dente connotación ideológica y que implica una guarda en su casa, sabe que es suyo, nada más
toma de posición sobre la actitud que queremos que suyo. Pero si lo quieres vender a un extran-
en el tipo de relación jurídica y social que se de- jero para que se lo lleve, la ley peruana te dice
sea establecer en el país. no. Uno podría decir: "Me están quitando el de-
recho sobre este patrimonio", pero ocurre que ese
Nosotros distinguimos en la propiedad dos ca- huaco no es solamente tuyo, sino que es un poco
racterísticas que son inseparables. La primera de todos. Así la propiedad tiene que estar limita-
es que, en general, la propiedad existe para be- da por un interés que es común, y eso se llama
neficio de todos; o sea, en principio, y antes que función social.
nada pensamos que los bienes que están en la
tierra deben servir para que todos puedan acce- Si cualquiera de nosotros pudiese tener dinero
der a ellos; es decir, la propiedad nace como una para comprar el terreno que está al lado derecho
alternativa a la que todos deben poder acceder. del Congreso, donde funcionó una guardería, y
Eso es lo que mi colega llamó el destino univer- lo adquirimos, pudiéramos hacer unos planos y
sal de los bienes. presentarnos a la Municipalidad de Lima para
decirle: "Señores, vamos a construir veinte pisos
Pero ese destino universal es inseparable, a su al lado de la Plaza del Congreso". Y la Municipa-
vez, de la finalidad que tiene la propiedad a efec- lidad de Lima nos diría: "No, porque frente al
tos de también permitir que la persona indivi- Congreso usted va a romper la armonía arqui-
dual, con el uso privado de los bienes, complete tectónica de la Plaza Bolívar, poniendo veinte pi-
su condición humana. En otras palabras, para sos al frente de este palacio y de esta plaza". En-
que un hombre sea verdaderamente libre, la pro- tonces, uno podría decir: "Pero yo soy dueño del
piedad privada resulta indispensable, porque es terreno, y por eso yo hago lo que me da la gana,
una continuación del margen de libertad indivi- treinta o cuarenta pisos". Pues, como ya dijeron
dual que permite un área de desempeño en la otros, la propiedad no puede ser absoluta, por-
vida donde tú puedas ser tú solo, sin necesidad que en realidad no hay ningún derecho que sea
de compartir con nadie esa propiedad privada.
realmente absoluto.
Entonces, entendido como principio uno, los bie- Cómo hacemos entonces para que los derechos,
nes, antes que todo, están para que cualquiera
tenga la posibilidad de alcanzarlos y que, al al- que no son absolutos, tengan una caracterización
canzarlos, el conjunto universal sea feliz. Pero que les permita salir de ese encierro. Los dere-
eso se apareja con la necesidad de que, dentro de chos, para no ser absolutos, salen de su encierro,
ese principio, uno pueda ser, también, privada- se libran de esa emboscada, aplicando la función
mente, propietario de algo para poder ser libre. social de la propiedad.
Esto, hasta acá, es solamente un señalamiento
teórico. El señor CHIRINOS SOTO (R). ¿Me per-
mite una interrupción?
Eso yo quisiera, quizás para invocar la atención
de mis colegas, presentar algunos ejemplos que El señor FERRERO COSTA (NM-C90).
nos introducen de manera violenta al tema cen- Cómo no, doctor Chirinos.
tral.
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso
Una urbanizadora, al terminar todas sus pistas de la palabra el señor Chirinos Soto para una
y veredas, está obligada a dirigirse al Estado a interrupción.
decirle: "Muy bien, ya he convertido estas tierras
eriazas en un lindo lugar donde vivir". Entonces, El señor CHIRINOS SOTO (R). Con la ve-
el Estado le dice: "Está muy bien. Puedes vender nia del señor Presidente.
tus casas; pero, eso sí, déjeme un poco para par-
ques, déjame un área para la escuela". Hoy, difí- Corro el peligro de estar de acuerdo con el doctor
cilmente un urbanizador podría decir: "No; por- Ferrero. Yo lo he apoyado en la Comisión de Cons-
que como toda la tierra es mía, no te dejo nada titución y de Reglamento y lo quiero apoyar aho-
para parques y no te dejo nada para escuelas". ra.
En ese ejemplo se puede ver que la sociedad le Creo que la propiedad debe usarse en armonía
reclama a todos los dueños tener en cuenta el con el interés social. Es un principio que data de
principio de la función social de la propiedad. la Constitución de 1933 y que se ha repetido en
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