Page 907 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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El señor VELÁSQUEZ GONZÁLES (FNTC).—        El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Sí,
                  Qué pasaría, señor Kouri, si se produce una in-  cómo no, señor Chirinos, con la venia de la Pre-
                  vasión a un terreno de cultivo para un asenta-  sidencia.
                  miento humano; colocan cuatro calaminas, sus
                  banderitas, se instalan e inician un trámite de  El señor PRESIDENTE.— Puede hacer uso
                  expropiación del terreno. ¿Está usted de acuer-  de la palabra el señor Chirinos Soto para una
                  do que también así quiten la propiedad de la no-  interrupción.
                  che a la mañana a una persona que, seguramen-
                  te, le ha costado muchísimos años adquirirla? Así  El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Sería in-
                  se está acabando con todos los sectores agrícolas  justo de mi parte deducir de su planteamiento
                  de nuestro país.                            que el Estado pueda expropiarme mi casa en vir-
                                                              tud de una resolución suprema? No quiere usted
                  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,      ley, quiere resolución suprema. De manera que
                  señor Kouri.                                el Estado me quita mi casa vía resolución supre-
                                                              ma. Yo quisiera que usted me responda eso.
                  El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Creo,
                  señor Presidente, que ni de la noche a la maña-  El señor PRESIDENTE.— Continúe, señor
                  na ni de la mañana a la noche. Lo que considero  Kouri.
                  es que hay terrenos intangibles que no son sus-
                  ceptibles de ser expropiados.               El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Có-
                                                              mo no, señor Chirinos, por intermedio de la Pre-
                  A lo que me refiero es a que tampoco debemos  sidencia.
                  desconocer —como ayer se nos pedía— la verdad
                  de las cosas. Vayamos a legislar en función de la  El artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 313º
                  realidad del país. Estamos absolutamente de  establece lo siguiente, y puede tomar nota del
                  acuerdo con garantizar la propiedad privada; de  mismo: "El Poder Ejecutivo podrá disponer ex-
                  eso que no quepa la menor duda. El Partido Po-  propiaciones, siempre que sean en beneficio del
                  pular Cristiano defiende la inversión y la propie-  Estado, declaradas por causa de necesidad y uti-
                                                              lidad públicas y sólo cuando tengan por objeto la
                  dad privadas. Pero también creemos que hay una
                  función social y que en casos concretos, por ley y  ejecución de obras públicas, funcionamiento de
                                                              servicios públicos, remodelación de centros po-
                  por los órganos competentes, debe declararse la  blados o en caso de guerra o de calamidad públi-
                  expropiación con un pago de justiprecio.
                                                              ca".
                  No estamos en contra del artículo constitucio-  El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Me per-
                  nal. Creemos que es incompleto y que tan sólo se  mite una interrupción, señor Alex Kouri?
                  refiere a la sola posibilidad: de que sea el Poder
                  Legislativo, y no el Ejecutivo, el que pueda accio-  El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Si
                  nar en beneficio de amplios sectores del país.  me permite culminar con la segunda parte del
                                                              artículo, señor Chirinos...
                  Es así que, dejando en claro que nuestra posi-
                  ción es de defensa de la propiedad como derecho  Bueno, no hay ningún problema. Con la venia de
                  básico de la persona, también somos conscientes  la Presidencia le concedo una segunda interrup-
                  en un destino universal de los bienes, el cual ga-  ción.
                  rantiza su expropiación, porque el Estado —y así
                  lo hemos establecido en el artículo correspondien-  El señor PRESIDENTE.— Puede hacer uso
                  te— es el responsable de promover el bien co-  de la palabra el señor Chirinos Soto para una
                  mún como fin supremo de lo político.        interrupción.
                  Entendemos que en este momento hay aspectos  El señor CHIRINOS SOTO (R).— Entonces,
                  que son muy graves y que pueden significar un  usted quiere que vía resolución suprema el Es-
                  conflicto social innecesario en nuestro país. En  tado pueda quitarme mi casa, mi fábrica, mi in-
                  principio, se dice "por ley", cuando puede ser "con-  versión o lo que fuera.
                  forme a ley", dando la posibilidad a que sean va-
                  rios los que puedan resolver conforme a la legis-  A mí no me interesa para nada que la Constitu-
                  lación que adecuadamente pueda establecer el  ción se "vuele" el artículo 2º de la ley que usted
                  Congreso de la República.                   invoca; ese dispositivo repite la excepción cons-
                                                              titucional introducida por el señor Cornejo
                  El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Me per-       Chávez en el texto de la Constitución de 1979:
                  mite una interrupción?                      que la propiedad es inviolable, menos en tales o



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