Page 908 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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cuales casos, en los que se paga por bonos. En  cuestione lo que se refiere el precio; también el
                  este país se ha robado la propiedad pagando con  ciudadano tiene el derecho de cuestionar, aun-
                  bonos a veinte años de plazo, con cuatro por cien-  que sea por parte de una ley de la República, los
                  to de interés, cuando el país tenía una inflación  motivos, los considerandos que determinaron esa
                  de mil setecientos por ciento. Perdóneme, señor  acción por parte del Congreso Constituyente o
                  Kouri, a quien tanto estimo, pero su respuesta  por los Congresos posteriores.
                  no me satisface.
                                                              Al margen de las consideraciones sobre quién
                  Cuando usted habla del artículo, a mí no me in-  debe resolver en última instancia los procesos de
                  teresa. Yo le estoy diciendo una cosa muy senci-  expropiación, lo cierto es que no podemos, de
                  lla: se me puede quitar mi casa, mi fábrica, mi  ninguna manera, irnos ni al extremo que consi-
                  inversión nacional o extranjera, vía resolución  dera que se puede pagar con bonos e intereses
                  suprema o vía ley; ése es el punto, señor Presi-  que atentaron contra la propiedad ni al otro ex-
                  dente.                                      tremo del pago exclusivo al contado. Creo que
                                                              hay circunstancia en las cuales sería imposible
                  En el proyecto de la Comisión principal hemos  para amplios sectores del país poder acceder a
                  establecido que la expropiación se produce vía  esa posibilidad porque no cuentan con los recur-
                  ley, no vía decreto supremo ni vía resolución su-  sos apropiados.
                  prema. Si ustedes, los del Partido Popular Cris-
                  tiano, están a favor de la expropiación vía reso-  El señor PRESIDENTE.— Señor Kouri, está
                  lución suprema, discutamos el punto y votémos-  entrando al quinto turno.
                  lo nominalmente: quién está a favor de expro-
                  piar vía resolución suprema y quién está a favor  El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Cul-
                  de sólo expropiar vía ley. Perdóneme usted, se-  mino rápidamente, señor Presidente.
                  ñor Kouri, pero lo demás es literatura.
                                                              Debo indicar, en ese aspecto, que somos claros y
                  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,      definitivos. Respetamos los derechos de los ciu-
                  señor Kouri Bumachar.                       dadanos, pero los respetamos en su totalidad.
                                                              Consideramos que hay una función social de la
                  El señor KOURI BUMACHAR (PPC).— Se-         propiedad.
                  ñor Presidente: Para dar respuesta al señor
                  Chirinos, debo manifestar que lamentablemen-  Creo que es importante que el marco constitu-
                  te su interrupción se refiere a un aspecto parcial  cional no niegue la posibilidad de dar solución a
                  de lo que hemos dado lectura hasta este momen-  amplios sectores del país que en este momento
                  to; porque creemos que, a diferencia de lo que ha  se encuentran en proceso de expropiación. De lo
                  hecho la Comisión en mayoría —lo cual suscribe  contrario, se van a ver claramente afectados por
                  el doctor Chirinos—, se establece que hay acción  situaciones que están comprendidas en ese artícu-
                  ante el Poder Judicial para contestar solamente  lo que modifica sustancialmente el 125º de la Cons-
                  el precio, pero no la motivación por parte de la  titución.
                  ley, en la cual —de una u otra manera— también
                  el Congreso de la República puede cometer exce-  Creo que se puede buscar fórmulas intermedias
                  sos que atenten contra el bienestar de la comu-  entre un extremo y otro. No creemos en la ex-
                  nidad.                                      propiación de predios a plazo indeterminado, con
                                                              bonos y con intereses realmente irrisorios que
                  El problema no es quién lo hace, señor Chirinos;  se refieren a un valor contable, mas no real ni de
                  si lo hace el Congreso o el Ejecutivo. El proble-  mercado; pero nos parece que sería gravísimo que
                  ma está en los derechos del ciudadano para ac-  mediante este artículo se niegue, como reitero,
                  cionar ante el Poder Judicial no solamente por el  la posibilidad de que amplios sectores del país
                  justiprecio, sino sobre la intención y los objeti-  accedan a una propiedad que dignifique a ellos, a
                  vos referidos a la acción del legislador.   sus familias y, en el futuro, al país.

                  Le agradezco mucho, doctor Chirinos, porque  En lo concerniente al artículo 73º, considero —si
                  creo que estamos de acuerdo en el sentir de que  lo estima a bien el Presidente de la Comisión—
                  la crítica no sólo debe ser parcial a lo que se ha  que debe tener carácter de temporalidad cuando
                  manifestado, sino a toda la propuesta.      dice que "La ley puede, exclusivamente por ra-
                                                              zón de seguridad nacional, establecer restriccio-
                  Somos consecuentes con un pensamiento que   nes y prohibiciones especiales para la adquisi-
                  respeta la propiedad privada, pero no solamente  ción, posesión, explotación y transferencia de
                  le damos la oportunidad al ciudadano para que  determinados bienes"; de lo contrario, será per-



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