Page 818 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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para sus contrataciones. Se reconoce así que el seguridad para los convenios de estabilidad jurí-
mercado, a pesar de ser un término económico dica, igualdad de oportunidades entre naciona-
que regula sólo la economía, a través de la oferta les y extranjeros, libertad de comercio exterior,
y la demanda, necesita, de todas maneras, de re- libre disponibilidad de moneda extranjera, libre
glas jurídicas mínimas que eviten su distorsión. cambio de monedas; éste es, entiendo, un aporte
Ello justifica la intervención normativa o fisca- importante del Partido Popular Cristiano en este
lizadora del Estado en una serie de aspectos para proyecto.
evitar las distorsiones que puedan hacer peligrar
la existencia misma del mercado. El proyecto, aquí, tiene también normas de pro-
tección al consumidor: la intervención del Esta-
Ahora bien, si bien es cierto que el mercado debe do en áreas sociales, la promoción de la pequeña
ser la regla que rija las relaciones económicas de empresa y la normatividad de los aspectos que
los particulares, ello no es obstáculo para que el distorsionan el mercado.
Estado opere en las áreas donde las reglas de
mercado podrían ser distorsionadas; o donde los Repasando de nuevo el articulado del proyecto
particulares no muestren interés en desarrollarlo; en debate, podemos establecer, entre otros, que
o en las áreas que sean consideradas de necesa- en este articulado se especifica, se garantiza y se
ria intervención del Estado. establece, como una norma importante repi-
to la economía social de mercado, la participa-
Lo social de una economía social de mercado, valga ción del Estado en servicios básicos, oportunida-
la redundancia, se evidencia, pues, en el hecho des de superación, promoción de pequeñas em-
de que el Estado centra su atención en la protec- presas, derechos de los consumidores, libre com-
ción de los consumidores como una parte débil petencia. Se regula la actividad empresarial del
de la relación económica en el mercado; en la Estado excepcional, se dan normas respecto
participación estatal, en áreas como la salud, la del monopolio, se combate la posición dominan-
educación, la seguridad, los servicios públicos y te del mercado y se dan medidas de salvaguarda.
la infraestructura; y en el reconocimiento de las
pequeñas empresas como entes que requieren de En conclusión, tenemos normas que propugnan
sistemas promocionales para su desarrollo, a fin el sistema de mercado, y otras que atenúan o
de que se tornen competitivas. corrigen los excesos que puedan generarse por la
aplicación irrestricta del sistema y que dan el
En conclusión, consideramos que el modelo eco- toque social a nuestro modelo económico. Obvia-
nómico que nuestra Constitución debe estable- mente, algunos de los aquí presentes no compar-
cer, es el de una economía social de mercado, en tirán, necesariamente, nuestra posición, o no
la forma en que lo presentamos en este proyecto estarán de acuerdo en algunos temas. Reconoce-
y no en la forma en que fue interpretada hasta mos los diversos puntos de vista discrepantes.
ahora, confundiendo, desafortunadamente, lo Pero estamos convencidos de que el país saldrá
social con lo estatal; con los resultados que todos adelante sólo si cada uno de los agentes de las
hemos podido verificar. Para ser coherentes con relaciones sociales, en este caso económicas, adop-
nuestra presentación, debemos señalar que el tan una actitud seria y responsable y no esperan
articulado de esta parte del proyecto en debate del Estado medidas protectoras que suponen un
se resume en recoger un sistema de economía estado de incapacidad de dichos agentes.
social de mercado, donde, por un lado, se garan-
tiza la iniciativa privada y, por el otro, se fijan Puntualmente, señor Presidente, mencionaré
reglas de la participación estatal en la economía. que, más temprano, se ha hecho referencia a que
debería eliminarse el artículo 64º del proyecto
Gran parte del articulado tiene como eje de desa- en discusión. Éste literalmente dice: "El Estado
rrollo el garantizar la iniciativa privada de los no puede resolver ni modificar unilateralmente
particulares en el campo económico. Tenemos así, los contratos-ley." Quizás ha habido un mal en-
las garantías para la libertad de acción, libertad tendimiento respecto del contenido de este ar-
de contratación, garantías de protección de la crea- tículo; el cual está referido a las seguridades que
ción empresarial, el reconocimiento de la propie- establecen los convenios de estabilidad jurídica,
dad privada de los medios de producción. utilizados para atraer y otorgar seguridad jurídi-
ca a las inversiones.
Revisando el articulado, veremos que en estas
disposiciones se reconoce el reconocimiento a la Deseo hacer notar que esta norma ya existe; y
iniciativa privada, la creación de riqueza, su im- existe en el Código Civil de 1984, en el artículo
portancia, la libertad de trabajo, la libertad de 1357º, que textualmente dice: "Por ley, sustenta-
empresa, el pluralismo económico, las diversas da en razones de interés social, nacional o públi-
formas de empresa, la libertad contractual, la co, pueden establecerse garantías y seguridades
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