Page 818 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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para sus contrataciones. Se reconoce así que el  seguridad para los convenios de estabilidad jurí-
                  mercado, a pesar de ser un término económico  dica, igualdad de oportunidades entre naciona-
                  que regula sólo la economía, a través de la oferta  les y extranjeros, libertad de comercio exterior,
                  y la demanda, necesita, de todas maneras, de re-  libre disponibilidad de moneda extranjera, libre
                  glas jurídicas mínimas que eviten su distorsión.  cambio de monedas; éste  es, entiendo, un aporte
                  Ello justifica la intervención normativa o fisca-  importante del Partido Popular Cristiano en este
                  lizadora del Estado en una serie de aspectos para  proyecto.
                  evitar las distorsiones que puedan hacer peligrar
                  la existencia misma del mercado.            El proyecto, aquí, tiene también normas de pro-
                                                              tección al consumidor: la intervención del Esta-
                  Ahora bien, si bien es cierto que el mercado debe  do en áreas sociales, la promoción de la pequeña
                  ser la regla que rija las relaciones económicas de  empresa y la normatividad de los aspectos que
                  los particulares, ello no es obstáculo para que el  distorsionan el mercado.
                  Estado opere en las áreas donde las reglas de
                  mercado podrían ser distorsionadas; o donde los  Repasando de nuevo el articulado del proyecto
                  particulares no muestren  interés en desarrollarlo;  en debate, podemos establecer, entre otros, que
                  o en las áreas que sean consideradas de necesa-  en este articulado se especifica, se garantiza y se
                  ria intervención del Estado.                establece, como una norma importante —repi-
                                                              to— la economía social de mercado, la participa-
                  Lo social de una economía social de mercado, valga  ción del Estado en servicios básicos, oportunida-
                  la redundancia, se evidencia, pues, en el hecho  des de superación, promoción de pequeñas em-
                  de que el Estado centra su atención en la protec-  presas, derechos de los consumidores, libre com-
                  ción de los consumidores como una parte débil  petencia. Se regula la actividad empresarial del
                  de la relación económica en el mercado; en la  Estado —excepcional—, se dan normas respecto
                  participación estatal, en áreas como la salud, la  del monopolio, se combate la posición dominan-
                  educación, la seguridad, los servicios públicos y  te del mercado y se dan medidas de salvaguarda.
                  la infraestructura; y en el reconocimiento de las
                  pequeñas empresas como entes que requieren de  En conclusión, tenemos normas que propugnan
                  sistemas promocionales para su desarrollo, a fin  el sistema de mercado, y otras que atenúan o
                  de que se tornen competitivas.              corrigen los excesos que puedan generarse por la
                                                              aplicación irrestricta del sistema y que dan el
                  En conclusión, consideramos que el modelo eco-  toque social a nuestro modelo económico. Obvia-
                  nómico que nuestra Constitución debe estable-  mente, algunos de los aquí presentes no compar-
                  cer, es el de una economía social de mercado, en  tirán, necesariamente, nuestra posición, o no
                  la forma en que lo presentamos en este proyecto  estarán de acuerdo en algunos temas. Reconoce-
                  y no en la forma en que fue interpretada hasta  mos los diversos puntos de vista discrepantes.
                  ahora, confundiendo, desafortunadamente, lo  Pero estamos convencidos de que el país saldrá
                  social con lo estatal; con los resultados que todos  adelante sólo si cada uno de los agentes de las
                  hemos podido verificar. Para ser coherentes con  relaciones sociales, en este caso económicas, adop-
                  nuestra presentación, debemos señalar que el  tan una actitud seria y responsable y no esperan
                  articulado de esta parte del proyecto en debate  del Estado medidas protectoras que suponen un
                  se resume en recoger un sistema de economía  estado de incapacidad de dichos agentes.
                  social de mercado, donde, por un lado, se garan-
                  tiza la iniciativa privada y, por el otro, se fijan  Puntualmente, señor Presidente, mencionaré
                  reglas de la participación estatal en la economía.  que, más temprano, se ha hecho referencia a que
                                                              debería eliminarse el artículo 64º del proyecto
                  Gran parte del articulado tiene como eje de desa-  en discusión. Éste literalmente dice: "El Estado
                  rrollo el garantizar la iniciativa privada de los  no puede resolver ni modificar unilateralmente
                  particulares en el campo económico. Tenemos así,  los contratos-ley." Quizás ha habido un mal en-
                  las garantías para la libertad de acción, libertad  tendimiento respecto del contenido de este ar-
                  de contratación, garantías de protección de la crea-  tículo; el cual está referido a las seguridades que
                  ción empresarial, el reconocimiento de la propie-  establecen los convenios de estabilidad jurídica,
                  dad privada de los medios de producción.    utilizados para atraer y otorgar seguridad jurídi-
                                                              ca a las inversiones.
                  Revisando el articulado, veremos que en estas
                  disposiciones se reconoce el reconocimiento a la  Deseo hacer notar que esta norma ya existe; y
                  iniciativa privada, la creación de riqueza, su im-  existe en el Código Civil de 1984, en el artículo
                  portancia, la libertad de trabajo, la libertad de  1357º, que textualmente dice: "Por ley, sustenta-
                  empresa, el pluralismo económico, las diversas  da en razones de interés social, nacional o públi-
                  formas de empresa, la libertad contractual, la  co, pueden establecerse garantías y seguridades



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