Page 789 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
P. 789
Por eso, el Estado sólo debe hacer empresas de el concepto de economía social de mercado con
salud, de infraestructura básica y de lo que no relación a la suplencia. El Estado está llamado a
puede hacer la empresa privada. Resulta funda- intervenir en aquellos casos en que la iniciativa
mental considerar eso para no encontrarnos en privada no lo puede hacer; no lo puede hacer por
el futuro, de nuevo, con un mar de empresas que razones de estrategia o no lo puede hacer por
han costado al Perú tres mil millones de dólares razones económicas. No es el momento de califi-
al año y, sobre todo, han desequilibrado nuestra carlo, pero hay determinadas actividades que la
balanza de pagos. iniciativa privada, simplemente, no abarca y en
esos casos se requiere la presencia del Estado para
Presidente, pido a mis colegas congresistas que cumplir con su obligación de suplencia.
nos olvidemos ahorita de nuestro color político y
de nuestras conveniencias personales, y pense- Nosotros respaldamos el apoyo a la iniciativa
mos solamente en hacer una Constitución para privada. Creemos en el pluralismo económico,
bien de la mayoría de los peruanos. creemos que se deben dar garantías a la inver-
sión y, en consecuencia, creemos que estos prin-
Gracias, señor Presidente. cipios, en la medida en que son recogidos por este
capítulo de la Constitución, deben ser respalda-
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el dos.
señor Luis Bedoya.
Creemos también que no deben haber distorsiones
El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC). económicas dentro del mercado. En consecuen-
Señor Presidente: El Título de Régimen Econó- cia, también coincidimos con la necesidad de eli-
mico es, sin duda, uno de los más importantes de minar cualquier posibilidad de monopolio, no
la Constitución. Nosotros hubiéramos esperado solamente monopolio legal, como señala la pro-
que al igual como se hizo con el capítulo co- puesta de redacción, sino también el monopolio
rrespondiente al tema de la Educación se nos concertado, porque las actitudes que distorsionan
hubiera presentado una alternativa distinta de el mercado no solamente se dan por efecto de la
redacción del Título de Régimen Económico, en presencia de alguna ley distorsionadora, sino tam-
especial en lo relativo a los Principios Generales. bién por la concertación de las partes.
Y digo esto, señor, no porque estemos en desacuer-
do con los principios contenidos. Estamos en des- Lo que sí creemos es que ha habido una omisión
acuerdo con la redacción, que nos parece, en gran importante al no contemplar ningún artículo con
parte, desordenada, que tiene omisiones y tiene respecto a la obligación que tiene el Estado de
artículos que en nuestro concepto deben ser su- planificar el desarrollo. En este sentido, coinci-
primidos. dimos con la propuesta del señor Moreyra y cree-
mos que lejos de distorsionar o intervenir en la
Nosotros, sin duda, acogemos el que la Constitu- economía, el Estado está obligado a planificar el
ción señale como modelo económico el de la eco- desarrollo.
nomía social de mercado. Consideramos que este
término no son simplemente palabras. La econo- En relación a este punto, señor, quiero leer el
mía social de mercado está llamada a combinar párrafo pertinente de la Comisión de Economía
los conceptos de libertad de mercado con los de de la Asamblea Constituyente del año 1979, en
compensación social. el que claramente señalaba, al momento de res-
paldar el artículo con respecto a la planificación,
Las características básicas de la subsidiariedad y los siguientes conceptos. Decía así: "Respecto de
de la suplencia no pueden ser ajenas a la activi- la planificación, debemos indicar que ella no con-
dad del Estado. Nosotros creemos que la subsi- tradice el papel del mercado, pues no lo suprime
diariedad debe estar presente en aquellos casos sino que al señalar la prioridad en los objetivos
en que el Estado debe contribuir a resolver algu- expresa tanto la orientación pública del régimen
nos problemas, especialmente de los más necesi- gobernante, como señala las metas a las cuales
tados. La subsidiariedad viene de subsidio, viene se dirigirán sus políticas y estrategias particula-
de asistencia, viene de presencia del Estado, es- res".
pecialmente cuando más se necesita su interven-
ción. Luego de esta orientación general, señor, quiero
hacer referencia a los artículos correspondientes
Es claro, por ejemplo, que en materia agrícola a este capítulo.
los campesinos necesitan de una intervención del
Estado y que eso podría merecer el carácter sub- En los artículos 57º y 60º del proyecto se hace
sidiario para establecer, por ejemplo, sistemas de referencia a la iniciativa privada y al pluralismo
crédito diferenciados. Pero es también importante económico en una economía social de mercado.
765

