Page 599 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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El señor PRESIDENTE. Continúe, señor con la disolución del Parlamento. Es, por el con-
Chirinos. trario, un mecanismo alternativo al de la disolu-
ción para resolver un conflicto entre los poderes.
El señor CHIRINOS SOTO (R). Yo me feli-
cito, jamás hubiera pensado poder convencer al El señor PRESIDENTE. Continúe, señor
doctor Moreyra; pero, en fin, uno se encuentra Chirinos.
con sorpresas en su vida todos los días. No sólo
me felicito, sino que le agradezco la hidalguía con El señor CHIRINOS SOTO (R). Con lo cual
que lo dice. la señorita Lourdes Flores que lee a Georges
Burdeau, y no sólo lo lee sino nos lo lee de-
Yo sí, también, empecé por decir mi acuerdo con muestra que no conoce las constituciones euro-
el doctor Moreyra, que era en lo siguiente: que peas, donde la disolución es el mecanismo para
los artículos constitucionales no son aislados. Por arbitrar entre el Poder Ejecutivo y el Poder Le-
eso tendríamos que discutir toda la Constitución gislativo.
de una sola vez. Porque yo sí creo que no hay
que darles el voto a las Fuerzas Armadas, pienso Señor Presidente, para terminar, quiero dar un
que no deben ser deliberantes, sino obedientes; solo ejemplo de cómo podría simplificarse la Cons-
pero considero que el Congreso cometería una titución: El artículo 31º dice: "Los ciudadanos
gravísima abdicación si renunciara a la potestad pueden ejercer sus derechos a través de partidos
de aprobar los grados de los más altos jefes de políticos, movimientos o alianzas, conforme a ley.
las Fuerzas Armadas. Y lo discutiremos en su Su inscripción en el registro, etcétera, etcétera".
oportunidad, y ojalá que yo diga razones capaces En el artículo correspondiente de nuestro pro-
de persuadir a alguien. yecto de Constitución en vano invoco la aten-
ción del señor Presidente de la Comisión de Cons-
Señor Presidente, en definitiva, para el golpe de titución, que está ocupado siempre en otras co-
Estado hay otros remedios: hay el remedio del sas decimos en ese mismo artículo: "Artículo
referéndum. Al hacer el elogio del referéndum 31º. Los ciudadanos pueden ejercer sus dere-
para zanjar las diferencias entre el Poder Legis- chos en forma individual o asociada", punto fi-
lativo y el Poder Ejecutivo, he creído entender nal, con lo cual decimos lo mismo y ahorramos
que la señorita Flores está a favor de la disolu- una cantidad de palabras.
ción del Congreso; eso es el referéndum: se di-
suelve el Congreso y el electorado elige a una El doctor Torres y Torres Lara no me escucha,
mayoría adversa o conforme con el Presidente quizá me escuche la señorita Martha Chávez. Pro-
de la República. pongo decir en el artículo 31º, y termino: "Los
ciudadanos pueden ejercer sus derechos en for-
Sí, señorita Flores, le concedo la interrupción, ma individual o asociada". Punto final.
con la venia de la Presidencia.
Gracias.
El señor PRESIDENTE. Puede interrumpir,
señorita Lourdes Flores. El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el
señor Díaz Palacios.
La señorita FLORES NANO (PPC). No es
así, doctor Chirinos, quizás no me he expresado El señor DÍAZ PALACIOS (MDI). Señor
suficientemente. Presidente: Yo quisiera llamar la atención, en este
debate acerca de los derechos políticos, sobre una
El referéndum de arbitraje, que es como la doc- cuestión muy puntual y que tiene que ver con la
trina lo conoce, no es un mecanismo de disolu- llamada democracia local, en el sentido de solici-
ción; es un mecanismo para arbitrar, como su tar a la Comisión de Constitución que en el ar-
nombre lo indica, un conflicto de poderes. Así, tículo pertinente incorpore precisamente como
por ejemplo, la Constitución ecuatoriana permi- un derecho de la ciudadanía la participación di-
te la posibilidad de poner en consulta popular una recta en el gobierno local.
determinada ley que, observada por el Presiden-
te, considera el Parlamento que, antes de su pro- Hay muchísimas razones para plantear la nece-
nunciamiento, es justo, para reforzar su actitud, sidad de que la Constitución, a través de un ar-
que merezca una decisión popular. tículo específico, ampare importantísimas expe-
riencias de gestión comunal, que tienen que ver
Es, pues, un mecanismo de arbitraje frente al con el desarrollo integral de nuestro país a par-
conflicto, que no tiene nada que ver necesaria- tir de la gestión de los gobiernos locales.
mente podría, en alguna otra circunstancia,
conducirse hacia eso, ni como correlato final, En ese sentido, y simplemente para un recuento
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